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rALcA, 20F¡lt2011 - Serviu Maule

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nnREF: EXPROPIA DERECHOS CUOTATIVOSsoBRE INMUEBLE QUE INDIC&UBICADO EN tA COMUNA DECONSTITUCIóN.REsolucroNExENrArro ü$4I<strong>rALcA</strong>, 20F¡lt2011VISTO:a) El artículo 51 de la Ley No 16.391, QU€ declara de utilidad pública losinmuebles que sean indispensables para el cumplimiento de los programas deviviendas, equipamiento comunitario, obras de infraestructura y remodelaciones queapruebe el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;b) El D.S. No 495 de Vivienda y Urbanismo de ZOLO, que aprueba elPrograma de Expropiaciones de 13.500 M2. de inmuebles, para la adquisición deterrenos destinados a la reconstrucción de los Conjuntos Habitacionales "CerroO'higgins", "Villa El Aromo"y"Manuel Francisco Mesa Seco IV Etapa", de la comuna yciudad de Constitución, que resultaron gravemente dañados a raíz del terremoto del 27de febrero del año 2010;c) El Oficio No 1532 de 22.It.2010, de la Seremi Minvu de la Regióndel <strong>Maule</strong>, en el que informa favorablemente la expropiación de los derechoscuotativos del inmueble en que se emplazaba el Conjunto Habitacional Villa El Aromo,ubicado en la comuna de Constitución y que interesa al MINVU por ser necesario parallevar adelante el Plan de Reconstrucción Nacional "Chile Unido Reconstruye Mejor";d) La Resolución Exenta No 6192, de V. y U., de fecha 29 de Septiembrede 2010, que otorga subsidios habitacionales del Programa Fondo Solidario de Viviendaconforme al artículo 30 inciso séptimo del D.S. L74 (V. y U.) de 2005, para losintegrantes del Conjunto Habitacional Villa El Aromo, de la comuna de Constitución,Región del <strong>Maule</strong>;e) La Resolución Exenta No 2064 de fecha 23 de Noviembre de 2010,del <strong>Serviu</strong> Región del <strong>Maule</strong>, que designó la Comisión de Peritos encargada dedeterminar el monto de la indemnización provisional por la expropiación de losderechos cuotativos que recaen sobre el terreno donde se encontraba emplazado elConjunto Habitacional Villa El Aromo de la comuna de Constitución y que seindividualizan por su rol de avalúo, dirección municipal y aparente propietario;f) El informe Técnico No 19 de fecha 19.11.2010 del DepartamentoTécnico del Servicio, que señala que se encuentran afectos a expropiación total losderechos cuotativos que recaen sobre el inmueble en que se emplazaba el CONJUNTOHABITACIONAL VILLA EL AROMO, ubicado en O'HIGGINS No 853, comuna deConstitución, de una superficie de 2.210 metros cuadrados de terreno y que seindividualiza en el plano que para dichos efectos elaboro el Departamento Técnico del<strong>Serviu</strong> Región del <strong>Maule</strong> y cuya nomina de expropiado se individualizan por su rol deavalúo, dirección municipal y aparente propietario, es la siguiente:Rol SII Dirección o nombre orooiedad Prooietario aDarentePorcentajecuotativo85-28 O'HIGGINS 853 DEPTO 107 CARRASCO LOPEZ PAMELA DEL ROSARI Y 1,25LB5-29 O'HIGGINS 853 DEPTO 108 SAPULVEDA ZURITA CARMEN GLORIAt.25LB5-66 O'HIGGINS 853 DEPTO 305 VASOUEZ GONZALEZ BLANCA ]-25985-81 O'HIGGINS 853 DEPTO 320 ANDAUR BECERRA PEDRO r,25985-97 O'HIGGINS 853 DEPTO 416 SERVIU t,259


g) El informe de tasación evacuado el mes de Noviembre del año 201por la Comisión de Peritos integrada por el Arquitecto don Patricio Ulises DuranMarcos, por el Constructor Civil don Rodrigo Antonio Silva Lazo, y por el Arquitecto donPedro Pablo Cruz Weston, que determina que el valor del terreno en que se emplaza elConjunto habitacional Villa El Bosque y que se singulariza en el Plano elaborado por eldepartamento Técnico del servicio es de i473.594.823.- y fija el monto de laindemnización provisional por la expropiación de los derechos cuotativos sobre esteinmueble y que corresponden a 5 aparentes propietarios, en la suma de$29.737.0L9;h) El informe Jurídico No 19 de fecha 23 de Noviembre de 2010, delDepartamento Jurídico del Servicio que señala que respecto de los derechos cuotativosque recaen en el terreno donde se encontraba emplazada el Conjunto Habitacional VillaEl Aromo, de la comuna de Constitución y que se individualizan por su rol de avalúo,dirección municipal y aparente propietario en el listado consignado en la letra f) deestos vistos, no ha sido posible determinar su inscripción de dominio en el Registro dePropieda del Conservador de Bienes Raíces competente y que éstos figuran con losRoles de Avalúos del Servicio de Impuestos Internos que en dicho listado se señalan,siendo sus aparentes propietarios los indicados en ese listado, razón por la cual laexpropiación deberá entenderse con ellos; yi) Las facultades que me confiere el D. S. No 355 de V. y U., deL976, lo dispuesto en el D. L. No 2.186, lo prevenido en la Resolución No 1600 de2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención deltrámite de toma de razón, lo señalado en el inciso 4o del artículo 27 de la Ley No16.391 y el D. s. No 131, de V. y u., de 2010, que me designa Director (s) del SERVIUREGION DEL MAULE, dicto la siguiente:RESOLUCION:1.- Procédase a la expropiación total de los derechos cuotativos en elinmueble en el que se encontraba emplazado el Conjunto Habitacional Villa El Aromo,comuna de Constitución, enmarcado en el polígono A-B-C-D-A del plano que paradichos efectos elaboro el Departamento Técnico del servicio, en el cual se indican susdeslindes, y cuyos roles de avalúo, porcentaje del derecho cuotativo a expropiar,monto a pagar por ellos y aparentes propietarios se detallan en el cuadro siguientgt.-,,,ROLRq-?RRq-?qB5-6685-8185-97DIRECCION O NOMBREPROPIEDADPROPIETARIO APARENTEO'HIGGINS 853 DEPTO CARMSCO LOPEZ PAMELA DELt07ROSARIO'HIGGINS 853 DEPTO108 SAPULVEDAO'HIGGINS 853 DEPTOPORCENTAJEValor derechoCUOTATIVOen$Y L,25L 5.924.671ZURITA CARMEN GLORIA L,25t 5.924.677305 VASOUEZ GONZALEZ BI.ANCA L.259 5.962.559O'HIGGINS 853 DEPTO320 ANDAUR BECERRA PEDRO r.2595.962.559O'HIGGINS 853 DEPTO5.962.5594L6 SERVIU 1.2592.- El inmueble sobre que recaen los derechos cuotativos a expropiar,según plano de expropiaciones, tiene una superficie de 2.270 metros cuadrados deterreno, y se enmarca en el polígono A-B-C-D-A, siendo sus deslindes especiales lossiguientes:NORTE = Trazo C-D en 60 metros con otros propietarios;SUR : Trazo A-B en 60 metros con otros propietarios;ORIENTE z Trazo A-D en 36,13 metros con calle O'higgins; yPONIENTE: Trazo B-C en 36,13 metros con otros propietarios.3.- El monto de la indemnización provisional de los derechos cuotativosindicados, fue fijado por la Comisión de Peritos en su Informe, en la suma de$29.737.0I9.-, y será pagado al contado.


4.- El Departamento de Finanzas del Servicio pondrá a disposición delDepartamento Jurídico, conforme a autorización de pago que otorgará elDepartamento de Operaciones Habitacionales, la suma de $29.737.0L9.-, en chequeapto para depósito judicial, a fin de que se proceda en su oportunidad a consignar a laorden del Tribunal competente la indemnización provisional ya referida.5.- Publíquesen extracto por una sola vez este Acto Expropiatorio, enlos diarios y fechas que indica el artículo 70 del D. L. No 2.186, de 1978.6.- Impútese el gasto que irrogue el cumplimiento de la presenteResolución, al ítem 33.01,023.007.2010 FSVl-Atención damnificados del presupuestovigente del Servicio; todo esto con cargo a los Subsidios de que da cuenta laResolución Exenta No 6192 de 29 de Septiembre de 2010 de V. y U.ANóTESE, couuNÍeuEsE y rRANscnÍslse(s)MUÑOZ SAAVEDRARVIU REGION DEL MAULEGVaREGIONAL MINISTERIAL2. DIRECTORSERVIU REGION DEL MAULE3. DEPARTAMENTO JURTDICO (2)4. DEPARTAMENTO TECNICO5. DEPARTAMENTO ADM. Y FINANZAS6. SECCION PPTO Y CONTABILIDAD7. DEPTO PROGRAMACION FISICAYCONTROL8. DEPTO OPERACIONES HABITACIONALES9. OFICINA DE PARTES

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