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convocatoria contratación administrativa de servicios – cas

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g) Por <strong>de</strong>cisión unilateral <strong>de</strong> la entidad <strong>de</strong> haberse producido un incumplimiento injustificado<strong>de</strong> las obligaciones esenciales <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong>l contrato y señaladas en el requerimiento<strong>de</strong> <strong>servicios</strong> y los términos <strong>de</strong> referencia que forman parte <strong>de</strong>l presente contrato o poracreditada <strong>de</strong>ficiencia en el cumplimiento <strong>de</strong> las tareas encomendadas.h) El vencimiento <strong>de</strong>l contrato.En el <strong>cas</strong>o <strong>de</strong>l literal g) la entidad <strong>de</strong>berá comunicar por escrito a EL CONTRATADO elincumplimiento; el contratado tiene un plazo <strong>de</strong> cinco días hábiles para señalar lo conveniente.Vencido ese plazo la entidad <strong>de</strong>be <strong>de</strong>cidir, en forma motivada y según los criterios <strong>de</strong>razonabilidad y proporcionalidad, si resuelve o no el contrato, comunicándolo al contratado.Esta <strong>de</strong>cisión agota la vía <strong>administrativa</strong>, conforme a lo señalado en el artículo 16º <strong>de</strong>l DecretoSupremo Nº 075-2008-PCM.CLÁUSULA VIGESIMO SEGUNDA: RÉGIMEN LEGAL APLICABLELas obligaciones y <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> EL CONTRATO y LA ENTIDAD, aplicables al presente Contrato,se originan por lo establecido en éste y en el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento, elDecreto Supremo Nº 075-2008-PCM. Toda modificación normativa es <strong>de</strong> aplicación inmediata alcontrato.CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: DOMICILIOLas partes señalan como domicilio legal las direcciones que figuran en la introducción <strong>de</strong>lpresente Contrato, lugar don<strong>de</strong> se les cursará válidamente las notificaciones <strong>de</strong> ley.Los cambios domiciliarios que pudieran ocurrir, serán comunicados notarialmente al domiciliolegal <strong>de</strong> la otra parte <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los cinco días siguientes <strong>de</strong> iniciado el trámite.CLÁUSULA VIGESIMO CUARTA: DISPOSICIONES FINALESa) Los conflictos <strong>de</strong>rivados <strong>de</strong> la prestación <strong>de</strong> los <strong>servicios</strong> ejecutados conforme a esteContrato serán sometidos al proceso contencioso-administrativo.b) Las disposiciones contenidas en el presente Contrato, en relación a su cumplimiento yresolución, se sujetan a lo que establezca el Reglamento <strong>de</strong>l Decreto Legislativo N°1057, y sus normas complementarias.c) Las partes ratifican que la relación que las vincula es una <strong>de</strong> carácter especialcontemplada exclusivamente por el Decreto Legislativo N° 1057 y normasreglamentarias.d) La Entidad se compromete a entregar al contratado una copia <strong>de</strong>l Decreto Legislativo Nº1057 y su reglamento, el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, al momento <strong>de</strong> suscribir <strong>de</strong>lpresente contrato.En señal <strong>de</strong> conformidad y aprobación con las condiciones establecidas en el presenteContrato, las partes lo suscriben en dos ejemplares igualmente válidos, en la ciudad <strong>de</strong>XXXXXX, el «Día»<strong>de</strong> «Mes»<strong>de</strong> 200…..

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