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Real Decreto 39/1997, de 17 enero, Reglamento de ... - Amat

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En todo caso, se <strong>de</strong>berá revisar laevaluación correspondiente a aquellospuestos <strong>de</strong> trabajo afectados cuando sehayan <strong>de</strong>tectado daños a la salud <strong>de</strong> lostrabajadores o se haya apreciado a través<strong>de</strong> los controles periódicos, incluidos losrelativos a la vigilancia <strong>de</strong> la salud, que lasactivida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> prevención pue<strong>de</strong>n serina<strong>de</strong>cuadas o insuficientes. Para ello setendrán en cuenta los resultados <strong>de</strong>:a) La investigación sobre las causas <strong>de</strong>los daños para la salud que se hayanproducido.b) Las activida<strong>de</strong>s para la reducción <strong>de</strong>los riesgos a que se hace referencia en elapartado 1 a) <strong>de</strong>l artículo 3.c) Las activida<strong>de</strong>s para el control <strong>de</strong> losriesgos a que se hace referencia en elapartado 1 b) <strong>de</strong>l artículo 3.d) El análisis <strong>de</strong> la situaciónepi<strong>de</strong>miológica según los datos aportadospor el sistema <strong>de</strong> información sanitaria uotras fuentes disponibles.2. Sin perjuicio <strong>de</strong> lo señalado en elapartado anterior, <strong>de</strong>berá revisarseigualmente la evaluación inicial con laperiodicidad que se acuer<strong>de</strong> entre laempresa y los representantes <strong>de</strong> lostrabajadores, teniendo en cuenta, enparticular, el <strong>de</strong>terioro por el transcurso <strong>de</strong>ltiempo <strong>de</strong> los elementos que integran elproceso productivo.Artículo 7. Documentación1. En la documentación a que hacenreferencia los párrafos b) y c) <strong>de</strong>l artículo23.1 <strong>de</strong> la Ley 31/1995, <strong>de</strong> 8 <strong>de</strong>noviembre, <strong>de</strong> Prevención <strong>de</strong> RiesgosLaborales, <strong>de</strong>berán reflejarse, para cadapuesto <strong>de</strong> trabajo cuya evaluación ponga<strong>de</strong> manifiesto la necesidad <strong>de</strong> tomar algunamedida preventiva, los siguientes datos:a) La i<strong>de</strong>ntificación <strong>de</strong>l puesto <strong>de</strong>trabajo.b) El riesgo o riesgos existentes y larelación <strong>de</strong> trabajadores afectados.c) El resultado <strong>de</strong> la evaluación y lasmedidas preventivas proce<strong>de</strong>ntes, teniendoen cuenta lo establecido en el artículo 3.d) La referencia <strong>de</strong> los criterios yprocedimientos <strong>de</strong> evaluación y <strong>de</strong> losmétodos <strong>de</strong> medición, análisis o ensayoutilizados, en los casos en que sea <strong>de</strong>aplicación lo dispuesto en el apartado 3 <strong>de</strong>lartículo 5.Sección 2ª. Planificación <strong>de</strong> la actividadpreventivaArtículo 8. Necesidad <strong>de</strong> la planificaciónCuando el resultado <strong>de</strong> la evaluaciónpusiera <strong>de</strong> manifiesto situaciones <strong>de</strong>riesgo, el empresario planificará laactividad preventiva que proceda conobjeto <strong>de</strong> eliminar o controlar y reducirdichos riesgos, conforme a un or<strong>de</strong>n <strong>de</strong>priorida<strong>de</strong>s en función <strong>de</strong> su magnitud ynúmero <strong>de</strong> trabajadores expuestos a losmismos.En la planificación <strong>de</strong> esta actividadpreventiva se tendrá en cuenta laexistencia, en su caso, <strong>de</strong> disposicioneslegales relativas a riesgos específicos, asícomo los principios <strong>de</strong> acción preventivaseñalados en el artículo 15 <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong>Prevención <strong>de</strong> Riesgos Laborales.Artículo 9. Contenido1. La planificación <strong>de</strong> la actividadpreventiva incluirá, en todo caso, losmedios humanos y materiales necesarios,así como la asignación <strong>de</strong> los recursoseconómicos precisos para la consecución<strong>de</strong> los objetivos propuestos.2. Igualmente habrán <strong>de</strong> ser objeto <strong>de</strong>integración en la planificación <strong>de</strong> laactividad preventiva las medidas <strong>de</strong>emergencia y la vigilancia <strong>de</strong> la saludprevistas en los artículos 20 y 22 <strong>de</strong> la Ley<strong>de</strong> Prevención <strong>de</strong> Riesgos Laborales, asícomo la información y la formación <strong>de</strong> lostrabajadores en materia preventiva y lacoordinación <strong>de</strong> todos estos aspectos.

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