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100 • Las <strong>mujeres</strong> durante la Reforma Raúl González Lezama • 101<br />
defensa de la mujer sí hace manifiesto el abuso, por más que<br />
su objetivo era que no se considerara contrato al matrimonio<br />
y le fuera reconocida su condición de sacramento. En ese<br />
momento, Ponciano Arriaga argumenta que la mujer, dentro<br />
del matrimonio, es persona, no es cosa, no es esclava. Al hacer<br />
defensa de la igualdad de la mujer y el hombre continúa<br />
afirmando que los pueblos, a medida que adelantan en la civilización,<br />
“enaltecen a la mujer y reconocen sus derechos”. 15<br />
Por su parte, el diputado Francisco de Paula Cendejas advirtió<br />
que “mientras haya en la Asamblea quien considere a la mujer<br />
como cosa, no será posible entenderse al discutir los derechos<br />
del hombre”. 16<br />
Las breves intervenciones de Arriaga, Gamboa y Cendejas<br />
demuestran que, al igual que Ramírez, en la mente de<br />
varios constitucionalistas existía el convencimiento de que el<br />
reconocimiento de los derechos de la mujer formaba parte<br />
de la lucha por los Derechos Humanos. Sin embargo, en el<br />
Constituyente resultaba delicado abundar más en los derechos<br />
femeninos, pues este tema era relacionado tanto con las<br />
ideas socialistas como con las protestantes, puntos susceptibles<br />
de provocar mayor rechazo a la intención de obtener la<br />
libertad de cultos, objetivo indispensable para la creación del<br />
Estado laico.<br />
Cuando el 29 de julio de 1856 en el Constituyente se inició<br />
la discusión del artículo 15 del proyecto, que trataba sobre la<br />
tolerancia de cultos, llegaron al Congreso numerosas representaciones<br />
pidiendo a los constituyentes que no fuera aprobada<br />
la tolerancia religiosa. Una, firmada por las señoras de la ciudad<br />
de México —de las más distinguidas de la capital, según<br />
Zamacois—, así como dos representaciones de las <strong>mujeres</strong> de<br />
Lagos, otras de Guadalajara, Puebla, Toluca, Veracruz, León,<br />
Guanajuato y de poblaciones de varios puntos del país. 17 Pese<br />
15<br />
Ibidem, p. 82.<br />
16<br />
Ibidem, p. 85.<br />
17<br />
Niceto de Zamacois, Historia de Méjico desde sus tiempos más remotos hasta el<br />
gobierno de D. Benito Juárez, tomo XIV, p. 323.<br />
a su número, no se puede afirmar que las <strong>mujeres</strong> de todas las<br />
clases se hubieran involucrado. Al revisar las casi quince páginas<br />
de firmas que acompañan la representación de las <strong>mujeres</strong><br />
de la capital, encontramos multitud de apellidos conocidos,<br />
como Escandón, Algara, Mier y Terán, Ormaechea, Esnáurrizar,<br />
etc. Por su parte, la firma de Isabel Ogazón de Vallarta,<br />
madre de Ignacio L. Vallarta, encabezó la firma de la representación<br />
de las señoras de Guadalajara. 18<br />
Las firmantes de la representación justifican su osada intervención<br />
ya que es a ellas, a las <strong>mujeres</strong> “á quien corresponde<br />
zanjar los cimientos de la vida civil y religiosa del ciudadano”. 19<br />
Y aunque afirmaban que “No venimos, no, á ingerirnos en<br />
las difíciles cuestiones de la política, extrañas del todo á nuestro<br />
sexo…”; 20 sí se trataba de una cuestión política y así fue entendida<br />
dentro y fuera del seno del Congreso Constituyente y<br />
por lo mismo duramente atacada. Aun tratándose de la defensa<br />
de la religión, pocos fueron los que aprobaron la injerencia de<br />
las <strong>mujeres</strong>.<br />
Joaquín García Granados, diputado por el territorio de<br />
Tehuantepec, se preguntó —en una intervención que, en opinión<br />
de Niceto de Zamacois, estuvo plagada de comentarios<br />
inoportunos y de poca gracia— “si las <strong>mujeres</strong> que habían firmado<br />
las representaciones contra la libertad de cultos, habían<br />
recibido permiso de sus maridos”. 21<br />
Por su parte, el diputado liberal José María Mata, haciendo<br />
uso de la palabra, descalificó las representaciones femeninas<br />
atribuyéndolas a la manipulación:<br />
18<br />
Representación que las señoras de Guadalajara dirigen al Soberano Congreso<br />
Constituyente, sobre que en la Carta Fundamental que se discute, no quede<br />
consignada la tolerancia de cultos en la República, Guadalajara, Tipografía de<br />
Rodríguez, 1856.<br />
19<br />
Representación que las señoras mejicanas elevaron al congreso constituyente,<br />
pidiendo que no se establezca en la república la tolerancia de cultos, en Zamacois,<br />
op. cit, p. 1025.<br />
20<br />
Ibidem, p. 1026.<br />
21<br />
Zamacois, op. cit., p. 332.