NIIF y TRIBUTACIÓN Impuestos Diferidos
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<strong>NIIF</strong> y <strong>TRIBUTACIÓN</strong>:<br />
<strong>Impuestos</strong> <strong>Diferidos</strong><br />
Luis A. Chávez<br />
Nota: Las opiniones vertidas en esta presentación son del expositor; por<br />
tanto, no representan, necesariamente, los pronunciamientos oficiales de<br />
las Instituciones para las que labora o está vinculado.
LUIS A. CHÁVEZ<br />
Ecuatoriano<br />
facebook.com/lchavez86<br />
twitter.com/l_chavez86<br />
Ingeniero en Ciencias Empresariales por la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES), con concentraciones<br />
en: Finanzas y Gestión Empresarial.<br />
Diplomado Internacional en <strong>NIIF</strong> Completas por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey<br />
(ITESM).<br />
Certificado en <strong>NIIF</strong> Completas por la Associaton of Chartered Certified Accountants (ACCA) de Reino Unido.<br />
Certificado en <strong>NIIF</strong> para las PYMES por el Institute of Chartered Accountants in England and Wales (ICAEW).<br />
Miembro del Grupo de Implementación para las PYMES (SMEIG) – Grupo Asesor del Consejo de Normas<br />
Internacionales de Contabilidad (IASB), con sede en Londres.<br />
Implementador de las Normas Internacionales de Información Financiera (<strong>NIIF</strong>), para empresas con responsabilidad<br />
pública de rendir cuentas y PYMES.<br />
Colaborador en reuniones de trabajo con la Superintendencia de Compañías del Ecuador, abordando temas de<br />
relevancia en la aplicación de las <strong>NIIF</strong>, y también como capacitador invitado.<br />
Consultor de la Superintendencia de Bancos y Seguros del Ecuador (SBS) en el proceso de aplicabilidad de las <strong>NIIF</strong> en<br />
el sistema financiero y sus principales impactos.<br />
Ex asesor contable-financiero para los socios de la Cámara de Comercio de Guayaquil y capacitador de los mismos.<br />
Ex-Gerente de Consultoría e Investigación de la firma auditora y consultora Hansen-Holm & Co.<br />
Conferencista sobre <strong>NIIF</strong> Completas y <strong>NIIF</strong> para las PYMES en congresos internacionales en representación de<br />
Ecuador en varios países de Latinoamérica.<br />
Conferencista en congresos internacionales virtuales para toda Iberoamérica.<br />
Miembro de Comisiones Técnicas del Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador (IICE), del Colegio de<br />
Contadores Públicos de Pichincha (CCPP), y de la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC).<br />
Escritor – Investigador. Ha publicado libros sobre <strong>NIIF</strong> y es articulista en importantes revistas y sitios web nivel<br />
internacional.<br />
Actualmente se desempeña como Experto en <strong>NIIF</strong> del Servicio de Rentas Internas (SRI) del Ecuador y como Asesor en<br />
<strong>NIIF</strong> de la Dirección Ejecutiva Ingresos (DEI) del Gobierno de Honduras.
“El futuro tiene muchos nombres. Para<br />
los débiles es lo inalcanzable. Para los<br />
temerosos, lo desconocido. Para los<br />
valientes es la oportunidad.”<br />
Víctor Hugo (1802 – 1885), poeta y novelista francés.
Contenido:<br />
1. Información financiera versus tributación.<br />
2. Consideraciones importantes de la NIC 12 – Impuesto a las<br />
Ganancias.<br />
3. La aplicación de los impuestos diferidos en Ecuador.
Información financiera versus tributación
¿QUÉ SON LAS <strong>NIIF</strong>/IFRS?<br />
Son las siglas de Normas<br />
Internacionales de Información<br />
Financiera (<strong>NIIF</strong>).<br />
Son un conjunto de principios<br />
(estándares) para la preparación de<br />
estados financieros con propósitos de<br />
información general.<br />
Emitidas por el Consejo de Normas<br />
Internacionales de Contabilidad (IASB).<br />
Actualmente son aplicadas por más de<br />
120 países alrededor del mundo.
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LOS ‘ESTADOS FINANCIEROS<br />
CON PROPÓSITOS DE INFORMACIÓN GENERAL’?<br />
Proporcionar información sobre:<br />
Situación<br />
Financiera<br />
Rendimiento<br />
Administración<br />
Flujo de Caja
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LOS ‘ESTADOS FINANCIEROS<br />
CON PROPÓSITOS DE INFORMACIÓN GENERAL’?<br />
Que sea útil para la toma de decisiones económicas de una<br />
gama amplia de usuarios.<br />
Son dirigidos principalmente a los<br />
inversores, prestamistas y otros<br />
acreedores existentes y potenciales<br />
para tomar decisiones sobre el<br />
suministro de recursos a la entidad.
¿LAS NORMAS TRIBUTARIAS Y SU OBJETIVO?<br />
Conjunto de cuerpos legales que norman o regulan las<br />
actividades de los contribuyentes para el cumplimiento de sus<br />
tributos con el Estado.<br />
.<br />
Tienen como objetivo permitir a<br />
las Administraciones Tributarias<br />
recaudar los recursos<br />
suficientes para financiar la<br />
inversión y el gasto público.
<strong>NIIF</strong> Y NORMAS TRIBUTARIAS: PRINCIPALES DIFERENCIAS<br />
Ambas persiguen objetivos distintos (información<br />
financiera versus recaudación fiscal).<br />
Las <strong>NIIF</strong> se basa principalmente en principios.<br />
.<br />
Las normas tributarias se basan principalmente en<br />
reglas.
DIFERENCIAS ENTRE PRINCIPIOS Y REGLAS<br />
Principios<br />
(<strong>NIIF</strong>)<br />
Regla<br />
(Tributación)<br />
.<br />
(Ejemplo: el tiempo de<br />
vida útil)<br />
(Ejemplo: límite máximo<br />
para la deducibilidad<br />
fiscal del gasto por<br />
depreciación).
DISTORSIÓN HISTÓRICA EN LA PREPARACIÓN DE ESTADOS<br />
FINANCIEROS<br />
Políticas<br />
Contables<br />
.<br />
Estados<br />
Financieros<br />
(EF)<br />
Principales causas:<br />
• Tradicional preponderancia de las reglas tributarias sobre la información financiera.<br />
• Desconocimiento de los principios contables y técnicas por parte de los preparadores de EF.<br />
• Incertidumbre de los efectos tributarios por la aplicación de las <strong>NIIF</strong>.<br />
• Mala interpretación de la premisa: “En caso de divergencia entre las normas tributarias y<br />
las normas contables y financieras, prevalecerán las primeras.”
“En caso de divergencia entre las normas tributarias y las normas<br />
contables y financieras, prevalecerán las primeras.”<br />
CONCEPCIÓN CORRECTA EN LA PREPARACIÓN DE EF<br />
Políticas<br />
Contables<br />
.<br />
Estados<br />
Financieros<br />
(EF)<br />
Cálculo del<br />
impuesto a<br />
pagar
CAMBIANDO DE PARADIGMA:<br />
LOS IMPUESTOS DIFERIDOS CONCILIANDO LAS DIFERENCIAS<br />
Aplicación<br />
de las <strong>NIIF</strong><br />
Registro de<br />
<strong>Impuestos</strong><br />
<strong>Diferidos</strong><br />
Aplicación<br />
de las<br />
normas<br />
tributarias
Consideraciones importantes de la NIC 12 –<br />
Impuesto a las Ganancias
OBJETIVO DE LA NIC 12<br />
Prescribir el tratamiento contable del impuesto a<br />
las ganancias.
ESTADO DE RESULTADOS ILUSTRATIVO<br />
(+) Ingresos de Actividades Ordinarias<br />
(-) Costos de Ventas<br />
(=) Utilidad Bruta<br />
(+) Otros Ingresos<br />
(-) Gastos de Distribución y Ventas<br />
(-) Gastos de Administración<br />
(-) Otros Gastos<br />
(-) Gastos Financieros<br />
(=) Utilidad antes de PTU e <strong>Impuestos</strong><br />
(-) 15% PTU<br />
(=) Utilidad antes de <strong>Impuestos</strong><br />
(-) Gasto por Impuesto a la Renta<br />
(=) Utilidad o Pérdida del Ejercicio
OBJETIVO DE LA NIC 12<br />
Se requiere que una entidad reconozca las<br />
consecuencias fiscales actuales y futuras de<br />
transacciones y otros sucesos que se hayan reconocido<br />
en los estados financieros.
¿QUÉ COMPRENDE EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS?<br />
Impuesto Corriente<br />
Impuesto a las<br />
Ganancias<br />
Impuesto Diferido
IMPUESTO CORRIENTE<br />
Es la cantidad a pagar<br />
(recuperar) por el<br />
impuesto a las<br />
ganancias relativo a la<br />
ganancia (pérdida)<br />
fiscal del periodo<br />
Ganancia contable 9,000<br />
Más:<br />
+Multa 1,000<br />
=Ganancia fiscal 10,000<br />
Tarifa de impuesto a la<br />
renta<br />
22%<br />
*Impuesto corriente 2,220<br />
* En Ecuador, de acuerdo al Formulario 101 para la declaración del impuesto a la<br />
renta, al impuesto corriente se lo conoce como “IMPUESTO A LA RENTA POR<br />
PAGAR”
EL IMPUESTO DIFERIDO:<br />
MÉTODO DEL PASIVO BASADO EN EL BALANCE<br />
A B C = A - B C * t<br />
Valor en Libros Base Fiscal DIFERENCIA TEMPORARIA IMPUESTO DIFERIDO<br />
1.000 800 200 44
LA BASE FISCAL DE UN ACTIVO<br />
La base fiscal de un activo es el importe que será<br />
deducible de los beneficios económicos que, para<br />
efectos fiscales, obtenga la entidad en el futuro, cuando<br />
recupere el importe en libros de dicho activo.<br />
Si tales beneficios económicos no fueran imponibles, la<br />
base fiscal del activo será igual a su importe en libros.
LA BASE FISCAL DE UN PASIVO<br />
La base fiscal de un pasivo es igual a su importe en<br />
libros menos cualquier importe que, eventualmente,<br />
sea deducible fiscalmente respecto de tal pasivo en<br />
periodos futuros.<br />
En el caso de ingresos de actividades ordinarias que<br />
se reciben de forma anticipada, la base fiscal del<br />
pasivo correspondiente es su importe en libros, menos<br />
cualquier eventual importe de ingresos de<br />
actividades ordinarias que no resulte imponible en<br />
periodos futuros.
DIFERENCIAS TEMPORARIAS E IMPUESTOS DIFERIDOS<br />
Las diferencias<br />
temporarias<br />
pueden ser:<br />
Diferencias<br />
Temporarias<br />
Deducibles<br />
Diferencias<br />
Temporarias<br />
Imponibles<br />
Activo por<br />
Impuesto<br />
Diferido<br />
Pasivo por<br />
Impuesto<br />
Diferido
Recuperación (deducibilidad) de<br />
los AID a través de la conciliación<br />
tributaria<br />
ACTIVOS POR IMPUESTOS DIFERIDOS (AID)<br />
Principales causales de los AID<br />
Ciertos gastos contables<br />
registrados actualmente<br />
producto de estimaciones,<br />
que serán deducibles de<br />
impuestos en el futuro<br />
cuando los hechos sean<br />
consumados.<br />
Gastos contables registrados<br />
actualmente que no generan<br />
aún una renta gravada, que<br />
serán deducibles de impuestos<br />
en el futuro cuando se genere<br />
una renta gravada<br />
relacionada.
Liquidación (imposición) de los<br />
PID a través de la conciliación<br />
tributaria<br />
PASIVOS POR IMPUESTOS DIFERIDOS (PID)<br />
Principales causales de los PID<br />
Activos registrados<br />
actualmente que generarán<br />
ingresos gravados en el<br />
futuro pero no gastos<br />
deducibles de impuesto.<br />
Ingresos contables registrados<br />
actualmente (devengados) que<br />
serán gravados en el futuro<br />
cuando cumplan la definición<br />
tributaria de renta.
La aplicación de los<br />
impuestos diferidos en Ecuador
ANTECEDENTES<br />
Circular NAC-DGECCGC12-00009 (R.O. 718 06/06/2012):<br />
(…)<br />
La aplicación de la deducibilidad de costos y gastos para efectos de la<br />
determinación de la base imponible sujeta al Impuesto a la Renta, se rige por las<br />
disposiciones de la Ley de Régimen Tributario y su Reglamento de aplicación, y en<br />
ninguno de estos cuerpos normativos se encuentra prevista la aplicación de una<br />
figura de “reverso de gastos no deducibles” (o “des-autoglosa”), para dichos<br />
efectos.<br />
En consecuencia, aquellos gastos que fueron considerados por los sujetos pasivos<br />
como no deducibles para efectos de la declaración del Impuesto a la Renta en un<br />
determinado ejercicio fiscal, no podrán ser considerados como deducibles en<br />
ejercicios fiscales futuros, por cuanto dicha circunstancia no está prevista en la<br />
normativa tributaria vigente, y el ejercicio impositivo de este tributo es anual,<br />
comprendido desde el 1o. de enero al 31 de diciembre de cada año.<br />
(…)
ANTECEDENTES<br />
Acorde con el contenido de la circular anterior:<br />
1. No deberían existir activos por impuestos diferidos,<br />
procedentes de pérdidas o gastos contables (que fueron<br />
considerados no deducibles), que se esperan hacer deducibles de<br />
impuesto a la renta en periodos futuros, puesto que la circular<br />
anterior no lo permitía.<br />
2. Siempre debieron ser contabilizados los pasivos por impuestos<br />
diferidos. El contenido de la circular mencionada no limita a los<br />
contribuyentes en el reconocimiento de este tipo de pasivos.
LEY ORGÁNICA DE INCENTIVOS A LA PRODUCCIÓN Y<br />
PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL (R.O. 405 29/12/2014)<br />
(…)<br />
Artículo 9.- A continuación del artículo 10 agréguese el siguiente<br />
artículo innumerado:<br />
“Art. (...).- <strong>Impuestos</strong> diferidos.- Para efectos tributarios se permite<br />
el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos,<br />
únicamente en los casos y condiciones que se establezcan en el<br />
reglamento.<br />
En caso de divergencia entre las normas tributarias y las normas<br />
contables y financieras, prevalecerán las primeras.”<br />
(…)
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />
1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />
2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />
3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />
4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />
5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />
6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />
7. Medición de Activos Biológicos<br />
8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />
9. Créditos Tributarios no Utilizados
CONCLUSIONES<br />
Las <strong>NIIF</strong> y las normas tributarias sí pueden coexistir.<br />
Las <strong>NIIF</strong> y las normas tributarias no se superponen, más bien, se<br />
complementan.<br />
Con la correcta aplicación de las <strong>NIIF</strong> y de las normas tributarias se<br />
logra un objetivo dual:<br />
(1) Cuando las entidades preparan y presentan información<br />
financiera de alta calidad, se pueden tomar mejores decisiones<br />
económicas y tienen un mayor acceso al capital.<br />
(2) El cálculo del pago de tributos nace de la técnica contable, y en<br />
la medida de que dicha técnica sea aplicada correctamente, los<br />
resultados tributarios generados serán los apropiados.
“Empieza por hacer lo necesario, luego lo<br />
que es posible, y de pronto te encontrarás<br />
haciendo lo imposible”.<br />
San Francisco de Asís (1182 – 1226), diácono italiano.
Muchas Gracias<br />
Luis A. Chávez<br />
l_chavez86@hotmail.com<br />
facebook.com/lchavez86<br />
@l_chavez86