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NIIF y TRIBUTACIÓN Impuestos Diferidos

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<strong>NIIF</strong> y <strong>TRIBUTACIÓN</strong>:<br />

<strong>Impuestos</strong> <strong>Diferidos</strong><br />

Luis A. Chávez<br />

Nota: Las opiniones vertidas en esta presentación son del expositor; por<br />

tanto, no representan, necesariamente, los pronunciamientos oficiales de<br />

las Instituciones para las que labora o está vinculado.


LUIS A. CHÁVEZ<br />

Ecuatoriano<br />

facebook.com/lchavez86<br />

twitter.com/l_chavez86<br />

Ingeniero en Ciencias Empresariales por la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES), con concentraciones<br />

en: Finanzas y Gestión Empresarial.<br />

Diplomado Internacional en <strong>NIIF</strong> Completas por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey<br />

(ITESM).<br />

Certificado en <strong>NIIF</strong> Completas por la Associaton of Chartered Certified Accountants (ACCA) de Reino Unido.<br />

Certificado en <strong>NIIF</strong> para las PYMES por el Institute of Chartered Accountants in England and Wales (ICAEW).<br />

Miembro del Grupo de Implementación para las PYMES (SMEIG) – Grupo Asesor del Consejo de Normas<br />

Internacionales de Contabilidad (IASB), con sede en Londres.<br />

Implementador de las Normas Internacionales de Información Financiera (<strong>NIIF</strong>), para empresas con responsabilidad<br />

pública de rendir cuentas y PYMES.<br />

Colaborador en reuniones de trabajo con la Superintendencia de Compañías del Ecuador, abordando temas de<br />

relevancia en la aplicación de las <strong>NIIF</strong>, y también como capacitador invitado.<br />

Consultor de la Superintendencia de Bancos y Seguros del Ecuador (SBS) en el proceso de aplicabilidad de las <strong>NIIF</strong> en<br />

el sistema financiero y sus principales impactos.<br />

Ex asesor contable-financiero para los socios de la Cámara de Comercio de Guayaquil y capacitador de los mismos.<br />

Ex-Gerente de Consultoría e Investigación de la firma auditora y consultora Hansen-Holm & Co.<br />

Conferencista sobre <strong>NIIF</strong> Completas y <strong>NIIF</strong> para las PYMES en congresos internacionales en representación de<br />

Ecuador en varios países de Latinoamérica.<br />

Conferencista en congresos internacionales virtuales para toda Iberoamérica.<br />

Miembro de Comisiones Técnicas del Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador (IICE), del Colegio de<br />

Contadores Públicos de Pichincha (CCPP), y de la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC).<br />

Escritor – Investigador. Ha publicado libros sobre <strong>NIIF</strong> y es articulista en importantes revistas y sitios web nivel<br />

internacional.<br />

Actualmente se desempeña como Experto en <strong>NIIF</strong> del Servicio de Rentas Internas (SRI) del Ecuador y como Asesor en<br />

<strong>NIIF</strong> de la Dirección Ejecutiva Ingresos (DEI) del Gobierno de Honduras.


“El futuro tiene muchos nombres. Para<br />

los débiles es lo inalcanzable. Para los<br />

temerosos, lo desconocido. Para los<br />

valientes es la oportunidad.”<br />

Víctor Hugo (1802 – 1885), poeta y novelista francés.


Contenido:<br />

1. Información financiera versus tributación.<br />

2. Consideraciones importantes de la NIC 12 – Impuesto a las<br />

Ganancias.<br />

3. La aplicación de los impuestos diferidos en Ecuador.


Información financiera versus tributación


¿QUÉ SON LAS <strong>NIIF</strong>/IFRS?<br />

Son las siglas de Normas<br />

Internacionales de Información<br />

Financiera (<strong>NIIF</strong>).<br />

Son un conjunto de principios<br />

(estándares) para la preparación de<br />

estados financieros con propósitos de<br />

información general.<br />

Emitidas por el Consejo de Normas<br />

Internacionales de Contabilidad (IASB).<br />

Actualmente son aplicadas por más de<br />

120 países alrededor del mundo.


¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LOS ‘ESTADOS FINANCIEROS<br />

CON PROPÓSITOS DE INFORMACIÓN GENERAL’?<br />

Proporcionar información sobre:<br />

Situación<br />

Financiera<br />

Rendimiento<br />

Administración<br />

Flujo de Caja


¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LOS ‘ESTADOS FINANCIEROS<br />

CON PROPÓSITOS DE INFORMACIÓN GENERAL’?<br />

Que sea útil para la toma de decisiones económicas de una<br />

gama amplia de usuarios.<br />

Son dirigidos principalmente a los<br />

inversores, prestamistas y otros<br />

acreedores existentes y potenciales<br />

para tomar decisiones sobre el<br />

suministro de recursos a la entidad.


¿LAS NORMAS TRIBUTARIAS Y SU OBJETIVO?<br />

Conjunto de cuerpos legales que norman o regulan las<br />

actividades de los contribuyentes para el cumplimiento de sus<br />

tributos con el Estado.<br />

.<br />

Tienen como objetivo permitir a<br />

las Administraciones Tributarias<br />

recaudar los recursos<br />

suficientes para financiar la<br />

inversión y el gasto público.


<strong>NIIF</strong> Y NORMAS TRIBUTARIAS: PRINCIPALES DIFERENCIAS<br />

Ambas persiguen objetivos distintos (información<br />

financiera versus recaudación fiscal).<br />

Las <strong>NIIF</strong> se basa principalmente en principios.<br />

.<br />

Las normas tributarias se basan principalmente en<br />

reglas.


DIFERENCIAS ENTRE PRINCIPIOS Y REGLAS<br />

Principios<br />

(<strong>NIIF</strong>)<br />

Regla<br />

(Tributación)<br />

.<br />

(Ejemplo: el tiempo de<br />

vida útil)<br />

(Ejemplo: límite máximo<br />

para la deducibilidad<br />

fiscal del gasto por<br />

depreciación).


DISTORSIÓN HISTÓRICA EN LA PREPARACIÓN DE ESTADOS<br />

FINANCIEROS<br />

Políticas<br />

Contables<br />

.<br />

Estados<br />

Financieros<br />

(EF)<br />

Principales causas:<br />

• Tradicional preponderancia de las reglas tributarias sobre la información financiera.<br />

• Desconocimiento de los principios contables y técnicas por parte de los preparadores de EF.<br />

• Incertidumbre de los efectos tributarios por la aplicación de las <strong>NIIF</strong>.<br />

• Mala interpretación de la premisa: “En caso de divergencia entre las normas tributarias y<br />

las normas contables y financieras, prevalecerán las primeras.”


“En caso de divergencia entre las normas tributarias y las normas<br />

contables y financieras, prevalecerán las primeras.”<br />

CONCEPCIÓN CORRECTA EN LA PREPARACIÓN DE EF<br />

Políticas<br />

Contables<br />

.<br />

Estados<br />

Financieros<br />

(EF)<br />

Cálculo del<br />

impuesto a<br />

pagar


CAMBIANDO DE PARADIGMA:<br />

LOS IMPUESTOS DIFERIDOS CONCILIANDO LAS DIFERENCIAS<br />

Aplicación<br />

de las <strong>NIIF</strong><br />

Registro de<br />

<strong>Impuestos</strong><br />

<strong>Diferidos</strong><br />

Aplicación<br />

de las<br />

normas<br />

tributarias


Consideraciones importantes de la NIC 12 –<br />

Impuesto a las Ganancias


OBJETIVO DE LA NIC 12<br />

Prescribir el tratamiento contable del impuesto a<br />

las ganancias.


ESTADO DE RESULTADOS ILUSTRATIVO<br />

(+) Ingresos de Actividades Ordinarias<br />

(-) Costos de Ventas<br />

(=) Utilidad Bruta<br />

(+) Otros Ingresos<br />

(-) Gastos de Distribución y Ventas<br />

(-) Gastos de Administración<br />

(-) Otros Gastos<br />

(-) Gastos Financieros<br />

(=) Utilidad antes de PTU e <strong>Impuestos</strong><br />

(-) 15% PTU<br />

(=) Utilidad antes de <strong>Impuestos</strong><br />

(-) Gasto por Impuesto a la Renta<br />

(=) Utilidad o Pérdida del Ejercicio


OBJETIVO DE LA NIC 12<br />

Se requiere que una entidad reconozca las<br />

consecuencias fiscales actuales y futuras de<br />

transacciones y otros sucesos que se hayan reconocido<br />

en los estados financieros.


¿QUÉ COMPRENDE EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS?<br />

Impuesto Corriente<br />

Impuesto a las<br />

Ganancias<br />

Impuesto Diferido


IMPUESTO CORRIENTE<br />

Es la cantidad a pagar<br />

(recuperar) por el<br />

impuesto a las<br />

ganancias relativo a la<br />

ganancia (pérdida)<br />

fiscal del periodo<br />

Ganancia contable 9,000<br />

Más:<br />

+Multa 1,000<br />

=Ganancia fiscal 10,000<br />

Tarifa de impuesto a la<br />

renta<br />

22%<br />

*Impuesto corriente 2,220<br />

* En Ecuador, de acuerdo al Formulario 101 para la declaración del impuesto a la<br />

renta, al impuesto corriente se lo conoce como “IMPUESTO A LA RENTA POR<br />

PAGAR”


EL IMPUESTO DIFERIDO:<br />

MÉTODO DEL PASIVO BASADO EN EL BALANCE<br />

A B C = A - B C * t<br />

Valor en Libros Base Fiscal DIFERENCIA TEMPORARIA IMPUESTO DIFERIDO<br />

1.000 800 200 44


LA BASE FISCAL DE UN ACTIVO<br />

La base fiscal de un activo es el importe que será<br />

deducible de los beneficios económicos que, para<br />

efectos fiscales, obtenga la entidad en el futuro, cuando<br />

recupere el importe en libros de dicho activo.<br />

Si tales beneficios económicos no fueran imponibles, la<br />

base fiscal del activo será igual a su importe en libros.


LA BASE FISCAL DE UN PASIVO<br />

La base fiscal de un pasivo es igual a su importe en<br />

libros menos cualquier importe que, eventualmente,<br />

sea deducible fiscalmente respecto de tal pasivo en<br />

periodos futuros.<br />

En el caso de ingresos de actividades ordinarias que<br />

se reciben de forma anticipada, la base fiscal del<br />

pasivo correspondiente es su importe en libros, menos<br />

cualquier eventual importe de ingresos de<br />

actividades ordinarias que no resulte imponible en<br />

periodos futuros.


DIFERENCIAS TEMPORARIAS E IMPUESTOS DIFERIDOS<br />

Las diferencias<br />

temporarias<br />

pueden ser:<br />

Diferencias<br />

Temporarias<br />

Deducibles<br />

Diferencias<br />

Temporarias<br />

Imponibles<br />

Activo por<br />

Impuesto<br />

Diferido<br />

Pasivo por<br />

Impuesto<br />

Diferido


Recuperación (deducibilidad) de<br />

los AID a través de la conciliación<br />

tributaria<br />

ACTIVOS POR IMPUESTOS DIFERIDOS (AID)<br />

Principales causales de los AID<br />

Ciertos gastos contables<br />

registrados actualmente<br />

producto de estimaciones,<br />

que serán deducibles de<br />

impuestos en el futuro<br />

cuando los hechos sean<br />

consumados.<br />

Gastos contables registrados<br />

actualmente que no generan<br />

aún una renta gravada, que<br />

serán deducibles de impuestos<br />

en el futuro cuando se genere<br />

una renta gravada<br />

relacionada.


Liquidación (imposición) de los<br />

PID a través de la conciliación<br />

tributaria<br />

PASIVOS POR IMPUESTOS DIFERIDOS (PID)<br />

Principales causales de los PID<br />

Activos registrados<br />

actualmente que generarán<br />

ingresos gravados en el<br />

futuro pero no gastos<br />

deducibles de impuesto.<br />

Ingresos contables registrados<br />

actualmente (devengados) que<br />

serán gravados en el futuro<br />

cuando cumplan la definición<br />

tributaria de renta.


La aplicación de los<br />

impuestos diferidos en Ecuador


ANTECEDENTES<br />

Circular NAC-DGECCGC12-00009 (R.O. 718 06/06/2012):<br />

(…)<br />

La aplicación de la deducibilidad de costos y gastos para efectos de la<br />

determinación de la base imponible sujeta al Impuesto a la Renta, se rige por las<br />

disposiciones de la Ley de Régimen Tributario y su Reglamento de aplicación, y en<br />

ninguno de estos cuerpos normativos se encuentra prevista la aplicación de una<br />

figura de “reverso de gastos no deducibles” (o “des-autoglosa”), para dichos<br />

efectos.<br />

En consecuencia, aquellos gastos que fueron considerados por los sujetos pasivos<br />

como no deducibles para efectos de la declaración del Impuesto a la Renta en un<br />

determinado ejercicio fiscal, no podrán ser considerados como deducibles en<br />

ejercicios fiscales futuros, por cuanto dicha circunstancia no está prevista en la<br />

normativa tributaria vigente, y el ejercicio impositivo de este tributo es anual,<br />

comprendido desde el 1o. de enero al 31 de diciembre de cada año.<br />

(…)


ANTECEDENTES<br />

Acorde con el contenido de la circular anterior:<br />

1. No deberían existir activos por impuestos diferidos,<br />

procedentes de pérdidas o gastos contables (que fueron<br />

considerados no deducibles), que se esperan hacer deducibles de<br />

impuesto a la renta en periodos futuros, puesto que la circular<br />

anterior no lo permitía.<br />

2. Siempre debieron ser contabilizados los pasivos por impuestos<br />

diferidos. El contenido de la circular mencionada no limita a los<br />

contribuyentes en el reconocimiento de este tipo de pasivos.


LEY ORGÁNICA DE INCENTIVOS A LA PRODUCCIÓN Y<br />

PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL (R.O. 405 29/12/2014)<br />

(…)<br />

Artículo 9.- A continuación del artículo 10 agréguese el siguiente<br />

artículo innumerado:<br />

“Art. (...).- <strong>Impuestos</strong> diferidos.- Para efectos tributarios se permite<br />

el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos,<br />

únicamente en los casos y condiciones que se establezcan en el<br />

reglamento.<br />

En caso de divergencia entre las normas tributarias y las normas<br />

contables y financieras, prevalecerán las primeras.”<br />

(…)


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


IMPUESTOS DIFERIDOS EN ECUADOR: CONCEPTOS ACEPTADOS<br />

1. Valor Neto Realizable de Inventarios<br />

2. Pérdidas esperadas en Contratos de Construcción<br />

3. Depreciación del Costo por Desmantelamiento<br />

4. Deterioro de Propiedades, Planta y Equipo<br />

5. Provisiones no tratadas por la normativa tributaria en otros artículos.<br />

6. Medición de Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta.<br />

7. Medición de Activos Biológicos<br />

8. Amortización de Pérdidas Tributarias<br />

9. Créditos Tributarios no Utilizados


CONCLUSIONES<br />

Las <strong>NIIF</strong> y las normas tributarias sí pueden coexistir.<br />

Las <strong>NIIF</strong> y las normas tributarias no se superponen, más bien, se<br />

complementan.<br />

Con la correcta aplicación de las <strong>NIIF</strong> y de las normas tributarias se<br />

logra un objetivo dual:<br />

(1) Cuando las entidades preparan y presentan información<br />

financiera de alta calidad, se pueden tomar mejores decisiones<br />

económicas y tienen un mayor acceso al capital.<br />

(2) El cálculo del pago de tributos nace de la técnica contable, y en<br />

la medida de que dicha técnica sea aplicada correctamente, los<br />

resultados tributarios generados serán los apropiados.


“Empieza por hacer lo necesario, luego lo<br />

que es posible, y de pronto te encontrarás<br />

haciendo lo imposible”.<br />

San Francisco de Asís (1182 – 1226), diácono italiano.


Muchas Gracias<br />

Luis A. Chávez<br />

l_chavez86@hotmail.com<br />

facebook.com/lchavez86<br />

@l_chavez86

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