INFANCIAS INVISIBLES
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Esto es lo que le pasó a Adbul, un adolescente marroquí de 16<br />
años que fue encontrado en las calles de Melilla por unas ciudadanas<br />
que se dieron cuenta de que tenía heridas en un ojo y un oído.<br />
Él les contó que se encontraba acogido en un centro de menores<br />
y aseguraba que habían sido unos educadores del propio centro<br />
los que le habían ocasionado las lesiones. El chico quiso denunciar<br />
los hechos y, tras ir a un centro sanitario, acudió a la comisaría<br />
de Policía acompañado de estas mismas mujeres. Lo intentaron<br />
tres veces y además acudieron también a la Guardia Civil. Abdul<br />
no pudo denunciar no sólo porque no había traductor, sino porque<br />
para poder hacerlo tenía que tener autorización de su tutor<br />
legal, la Consejería de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma,<br />
contratadora de los educadores que, presuntamente, le pegaron.<br />
Finalmente, las ciudadanas de Melilla que le ayudaron en todo el<br />
proceso decidieron denunciar en nombre de Abdul.A Abdul se le<br />
negó el derecho a una tutela judicial efectiva y a ser escuchado.<br />
La imposibilidad de poner una denuncia tuvo como consecuencia,<br />
además, que no se pudiera abrir una investigación que permitiera<br />
esclarecer si, como él decía, le habían agredido los educadores o<br />
sus heridas habían sido provocadas de otra forma.<br />
La llave para poder integrarse: la documentación<br />
La integración a largo plazo de estos menores de edad en la sociedad<br />
de acogida es una obligación de los poderes públicos que está<br />
siendo desatendida. Y esto porque, por un lado, las respuestas que se<br />
les da no tienen en cuenta sus deseos ni buscan ofrecer a cada uno<br />
de estos chicos un proyecto de vida 7 y, por otro, prima su condición<br />
de migrantes sobre la de ser menores de edad. Un ejemplo de esto es<br />
que para poder trabajar no les basta con cumplir los 16 años como<br />
cualquier chico español, sino que tienen que, además, cumplir con<br />
una serie de requisitos adicionales.<br />
Aunque a todos los menores de edad que se encuentran en territorio<br />
español se les reconoce los derechos establecidos en la Convención<br />
sobre los Derechos del Niño 8 en igualdad de condiciones respecto a<br />
un niño o niña español, el acceso a estos derechos se ve condicionado,<br />
en primer lugar, por su situación administrativa.<br />
7 Un proyecto de vida es un plan elaborado y negociado entre el menor y las autoridades<br />
del país de acogida, representadas por un profesional designado a tal efecto,<br />
con la participación de diversos profesionales de otras disciplinas. Los proyectos de<br />
vida son instrumentos de carácter integral, personalizados y flexibles. Más información<br />
en Consejo de Europa (2010). Proyectos de vida para menores migrantes no<br />
acompañados. Manual para profesionales de primera línea. http://www.coe.int/t/dg3/<br />
migration/archives/Source/ID10803%20-%20Proyectos%20de%20vida_es.pdf<br />
20<br />
8 La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional que recoge<br />
los derechos de la infancia y que, por primera vez, reconoce a los niños como titulares<br />
de derechos que son exigibles jurídicamente.