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Revista 100CIATEC Edicion 18 Ago - Dic 2015

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De Fea a Fiel<br />

Por: M.A. Rafael Guarneros Cruz, Docente de la División de Contador Público.<br />

Instituto Tecnológico Superior de San Martín Texmelucan<br />

RESUMEN<br />

Hoy en día la FEA se convirtió en FIEL, es decir solo se le<br />

llama Firma Electrónica por ello se le llama FIEL, y por la<br />

importancia de la misma se recomienda que siempre este<br />

resguardada; pues su utilización es exactamente la misma<br />

que la firma autógrafa y sirve para firmar electrónicamente<br />

algún trámite que se realice ante el Sistema de<br />

Administración Tributaria (SAT).<br />

Palabras clave:<br />

Autógrafa, Declaraciones, Firma Electrónica, Impuestos,<br />

Trámites.<br />

INTRODUCCIÓN<br />

La FIEL es un instrumento informático que sustituye a la<br />

firma autógrafa, y es obtenida a través del Servicio de<br />

Administración Tributario, para obtenerla se debe seguir un<br />

procedimiento el cual está basado en su funcionalidad en<br />

la Ley de Firma Electrónica.<br />

DESARROLLO<br />

Esta no es la historia de una chica poco agraciada, que de<br />

pronto quiso ser honesta, en realidad la FEA significa Firma<br />

Electrónica Avanzada y su Ley se creó y fue dada a<br />

conocer un 11 de enero de 2012.<br />

Pero, ¿Qué es la FEA?: es el conjunto de datos y<br />

caracteres que permite la identificación del firmante, que<br />

ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo<br />

control, de manera que está vinculada únicamente al<br />

mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que<br />

sea detectable cualquier modificación ulterior de estos, la<br />

cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma<br />

autógrafa.<br />

La FEA está regulada por la “Ley de Firma Electrónica<br />

Avanzada”; muchos piensan que solo es una herramienta<br />

que se crea en el SAT y que se ocupan de algunas<br />

operaciones que a continuación se explicarán.<br />

¿Quiénes pueden tener una Fiel?; pues en realidad<br />

prácticamente cualquier persona física o moral que esté<br />

dada de alta en el SAT o bien que cuente con Registro<br />

Federal de Causantes.<br />

Y ¿Para qué sirve? Se utiliza en la elaboración de<br />

documentos electrónicos y producirá los mismos efectos<br />

que la firma autógrafa.<br />

¿Cómo se obtiene? Primero se tiene que descargar una<br />

aplicación del SAT, que se llama Solcedi (hoy se le<br />

denomina Certifica) y a través de esta ya habiéndose<br />

dado antes de alta se obtienen dos archivo; uno con<br />

extensión .req y otro con extensión .key para ello ya se<br />

tiene la contraseña que se utilizará en su aplicación.<br />

Posteriormente hay que hacer una cita en el SAT, no en<br />

cualquier módulo, tendrá que ser generalmente en uno<br />

que se encuentre en la capital de cada estado; ahí se<br />

tendrá que obtener un tercer archivo el cual será el<br />

certificado digital y para ello tendrá que ir el interesado o<br />

bien el representante legal de la persona moral, pues se le<br />

tomarán sus datos biométricos; es decir como la firma<br />

electrónica es igual a la firma autógrafa, la autoridad<br />

tomará las huellas de los cinco dedos y las huellas de la<br />

retina de cada ojo, amén de la firma autógrafa que<br />

autoriza la elaboración de dicho certificado digital, para<br />

esto el contribuyente tendrá que llevar credencial de<br />

elector actual, acta de nacimiento, CURP y alta de<br />

hacienda si es persona física y lo mismo más acta<br />

constitutiva si es representante de una persona moral<br />

para mejorar la productividad.<br />

Figura 1. Diagrama de una firma electronica<br />

Fuente: SAT<br />

<strong>100CIATEC</strong><br />

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