Revista 100CIATEC Edicion 18 Ago - Dic 2015
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De Fea a Fiel<br />
Por: M.A. Rafael Guarneros Cruz, Docente de la División de Contador Público.<br />
Instituto Tecnológico Superior de San Martín Texmelucan<br />
RESUMEN<br />
Hoy en día la FEA se convirtió en FIEL, es decir solo se le<br />
llama Firma Electrónica por ello se le llama FIEL, y por la<br />
importancia de la misma se recomienda que siempre este<br />
resguardada; pues su utilización es exactamente la misma<br />
que la firma autógrafa y sirve para firmar electrónicamente<br />
algún trámite que se realice ante el Sistema de<br />
Administración Tributaria (SAT).<br />
Palabras clave:<br />
Autógrafa, Declaraciones, Firma Electrónica, Impuestos,<br />
Trámites.<br />
INTRODUCCIÓN<br />
La FIEL es un instrumento informático que sustituye a la<br />
firma autógrafa, y es obtenida a través del Servicio de<br />
Administración Tributario, para obtenerla se debe seguir un<br />
procedimiento el cual está basado en su funcionalidad en<br />
la Ley de Firma Electrónica.<br />
DESARROLLO<br />
Esta no es la historia de una chica poco agraciada, que de<br />
pronto quiso ser honesta, en realidad la FEA significa Firma<br />
Electrónica Avanzada y su Ley se creó y fue dada a<br />
conocer un 11 de enero de 2012.<br />
Pero, ¿Qué es la FEA?: es el conjunto de datos y<br />
caracteres que permite la identificación del firmante, que<br />
ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo<br />
control, de manera que está vinculada únicamente al<br />
mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que<br />
sea detectable cualquier modificación ulterior de estos, la<br />
cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma<br />
autógrafa.<br />
La FEA está regulada por la “Ley de Firma Electrónica<br />
Avanzada”; muchos piensan que solo es una herramienta<br />
que se crea en el SAT y que se ocupan de algunas<br />
operaciones que a continuación se explicarán.<br />
¿Quiénes pueden tener una Fiel?; pues en realidad<br />
prácticamente cualquier persona física o moral que esté<br />
dada de alta en el SAT o bien que cuente con Registro<br />
Federal de Causantes.<br />
Y ¿Para qué sirve? Se utiliza en la elaboración de<br />
documentos electrónicos y producirá los mismos efectos<br />
que la firma autógrafa.<br />
¿Cómo se obtiene? Primero se tiene que descargar una<br />
aplicación del SAT, que se llama Solcedi (hoy se le<br />
denomina Certifica) y a través de esta ya habiéndose<br />
dado antes de alta se obtienen dos archivo; uno con<br />
extensión .req y otro con extensión .key para ello ya se<br />
tiene la contraseña que se utilizará en su aplicación.<br />
Posteriormente hay que hacer una cita en el SAT, no en<br />
cualquier módulo, tendrá que ser generalmente en uno<br />
que se encuentre en la capital de cada estado; ahí se<br />
tendrá que obtener un tercer archivo el cual será el<br />
certificado digital y para ello tendrá que ir el interesado o<br />
bien el representante legal de la persona moral, pues se le<br />
tomarán sus datos biométricos; es decir como la firma<br />
electrónica es igual a la firma autógrafa, la autoridad<br />
tomará las huellas de los cinco dedos y las huellas de la<br />
retina de cada ojo, amén de la firma autógrafa que<br />
autoriza la elaboración de dicho certificado digital, para<br />
esto el contribuyente tendrá que llevar credencial de<br />
elector actual, acta de nacimiento, CURP y alta de<br />
hacienda si es persona física y lo mismo más acta<br />
constitutiva si es representante de una persona moral<br />
para mejorar la productividad.<br />
Figura 1. Diagrama de una firma electronica<br />
Fuente: SAT<br />
<strong>100CIATEC</strong><br />
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