MANUAL_CONVIVENCIA_AÑO_2016_FINAL1 2
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Educamos para la Paz y el Desarrollo<br />
Sostenible<br />
1
Resolución No. 032<br />
(JULIO 23 DE 2014)<br />
POR EL CUAL SE ADOPTA EL <strong>MANUAL</strong> DE <strong>CONVIVENCIA</strong> DEL<br />
COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ DEL MUNICIPIO DE SAN<br />
VICENTE DE CHUCURÍ.<br />
El suscrito rector del Colegio Nuestra Señora de la Paz del Municipio<br />
de San Vicente de Chucurí, (S), en uso de las facultades legales<br />
especialmente conferidas por el Art. 87 de la Ley 115/94, el Art. 17<br />
del Decreto 1860/94, el Art. 18 de la Ley 1620/2013 y los Art. 1, 28,<br />
29 y 30 del Decreto 1965/2013 y,<br />
CONSIDERANDO:<br />
1. Que la institución educativa debe elaborar y aplicar un manual de<br />
convivencia como parte integral del PEI, el cual debe estar en<br />
concordancia con los principios definidos en este último.<br />
2. Que el manual de convivencia define los derechos y obligaciones<br />
de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la comunidad<br />
educativa, a través de los cuales se rigen las características y<br />
condiciones de interacción y convivencia entre los mismos y señala el<br />
debido proceso que se debe seguir ante el incumplimiento del<br />
mismo, según los acuerdos establecidos entre sus miembros.<br />
3. Que, de conformidad con la normatividad vigente, el manual de<br />
convivencia debe definir los criterios, parámetros, procedimientos,<br />
acuerdos, reglas o normas para el uso y comportamiento.<br />
4. Que el objeto del Manual de Convivencia es proveer los principios<br />
reguladores de convivencia, procedimentales, culturales y de<br />
solidaridad como una ruta para alcanzar los objetivos contemplados<br />
en la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994.<br />
5. Que la comunidad educativa ha participado en las propuestas y la<br />
elaboración de los ajustes al presente manual de convivencia, las<br />
cuales han sido aprobadas por el Consejo Directivo.<br />
2
6. Que el Art. 29 del Decreto 1965/2013, define los lineamientos<br />
generales para incorporar en el manual de convivencia de los<br />
establecimientos educativos las disposiciones sobre manejo de<br />
situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos<br />
humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.<br />
7. Que el manual de convivencia, de acuerdo con el Art. 21 de la Ley<br />
1620/2013, ordena que los manuales de convivencia deben<br />
identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la<br />
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales<br />
y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error,<br />
respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así<br />
como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el<br />
ejercicio de sus derechos.<br />
8. Que el Art. 144 de la Ley 115/94 y el Art. 23 del Decreto 1860/94,<br />
establecen como función del Consejo Directivo la adopción del<br />
Manual de Convivencia de conformidad con la normatividad legal<br />
pertinente,<br />
9. Que el Consejo Directivo en reunión celebrada el 22 de Julio de<br />
2014 aprobó el texto del Manual de Convivencia con todas sus<br />
reformas presentado por el rector, después de haber sido elaborado,<br />
analizado y discutido por los diferentes representantes de la<br />
comunidad educativa.<br />
10. Que la rectoría es la ejecutora de las decisiones aprobadas por el<br />
Consejo Directivo.<br />
RESUELVE:<br />
Artículo primero: Aprobar la reforma del Manual de Convivencia y<br />
todo lo que éste contiene.<br />
Artículo Segundo: Publicar a través de la página web de la Institución,<br />
el texto completo del Manual de Convivencia y realizar la promoción<br />
entre sus miembros a través de los medios de comunicación interna,<br />
de los distintos órganos del gobierno escolar y las diferentes<br />
instancias de participación, de manera que sea ampliamente<br />
conocido por toda la comunidad educativa y en particular por<br />
estudiantes, padres y madres de familia y acudientes.<br />
Artículo tercero: Adoptar como Manual de Convivencia todo lo que<br />
en él está contenido, el cual deberá ser respetado y acatado por<br />
todos los miembros la comunidad educativa, sin excepción.<br />
Artículo cuarto: Dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente<br />
Manual de Convivencia, el cual entra a regir a partir de la fecha de la<br />
presente resolución, hasta cuando este consejo directivo no<br />
determine lo contrario, y que será responsabilidad de todos los<br />
estamentos de la comunidad educativa actuar conforme a lo<br />
establecido en el mismo.<br />
Artículo quinto: la presente resolución rige a partir de la fecha y<br />
deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.<br />
Dada en San Vicente de Chucurí a los (23) días del mes de julio de<br />
Dos mil catorce (2014).<br />
El Rector,<br />
Esp. PEDRO ELIAS GRASS APARICIO<br />
3
San Vicente de Chucurí.<br />
INTRODUCCIÓN<br />
Con lo ordenado por la Constitución política de Colombia, la Ley<br />
115 de 1994, ley general de educación y la Ley 1620 / 2013, el<br />
colegio Nuestra Señora de la Paz salvaguarda los derechos<br />
fundamentales obligatorios para todo ciudadano, de modo tal que el<br />
ambiente formativo escolar, propicie la vivencia permanente,<br />
reflexiva y participativa de los derechos y deberes de todos, razón<br />
por la cual, en el presente manual de convivencia la institución se<br />
empeña en promover, prevenir, atender y hacer seguimiento<br />
oportuno de los procesos de formación en los derechos humanos, de<br />
educación para la sexualidad, de manera ágil, integral y<br />
personalizada.<br />
La Institución reconoce que con la expedición de la Ley 1098 de 2006<br />
(Ley de Infancia y Adolescencia) y LEY 1620 DEL 15 DE MARZO DE<br />
2013 (Ley de convivencia escolar) tiene obligaciones especiales,<br />
complementarias y éticas que debe cumplir como representante del<br />
Estado en el proceso Educativo, pero a su vez también conoce y<br />
admite que la Educación es un derecho – deber que impone a todos<br />
los actores de la Comunidad Educativa una corresponsabilidad en los<br />
procesos integrales de formación, por ende se hizo necesario<br />
redefinir las obligaciones de cada uno de los actores, con el fin de<br />
que sean ampliamente conocidas y aplicadas para garantizar de<br />
manera efectiva el Derecho a la Educación.<br />
Educar es ayudar a formar, y nuestros jóvenes necesitan de este<br />
apoyo diario que los docentes, directivos padres de familia y<br />
acudientes estamos en la obligación de dar. Es por esto que<br />
debemos hacernos partícipes de este pacto de convivencia,<br />
conocerlo, analizarlo y aplicarlo; hacer ver los derechos pero también<br />
cumpliendo los deberes.<br />
RESEÑA HISTORICA<br />
Fundadora de la congregación de<br />
las Hermanas Dominicas de la<br />
Presentación de la Santísima<br />
Virgen; Nació en Francia en<br />
Dourdan el 14 de 0ctubre de<br />
1.653, desde su infancia fue<br />
modelo de fidelidad y el don de su<br />
temprana entrega a la comunidad,<br />
inspiradora de los quereres de<br />
Dios se llamó siempre Marie<br />
Poussepin, LA DIVINA<br />
PROVIDENCIA, murió el 24 de<br />
enero de 1744.<br />
En 1956, el Párroco de San Vicente de Chucurí, Pbro. CIRO<br />
ALFONSO GOMEZ SERRANO, funda el Colegio "Nuestra<br />
Señora del Socorro" y de la Presentación.<br />
En febrero de 1996 de la comunidad de Hermanas de la<br />
Presentación entregan la dirección de la institución, siguiendo<br />
una etapa de transición en la que conserva su modalidad pero<br />
ofrece la posibilidad de ingreso a jóvenes de ambos sexos.<br />
El 30 de julio de 1997 según Acuerdo Municipal Nº014, se<br />
creó el Colegio NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ y el 21 de<br />
noviembre del mismo año obtiene la aprobación según<br />
Resolución Nº0830 del 21 de noviembre de 1997 por la<br />
Secretaria de Educación de Santander.<br />
En 1998 se traslada la primaria a las instalaciones del colegio<br />
para laborar en la jornada de la tarde, convirtiéndose en el<br />
primer Colegio del municipio que funciona desde el grado cero<br />
hasta undécimo con la modalidad Técnico Comercial.<br />
El 09 de diciembre de 2002, mediante resolución N° 14665 de<br />
la secretaria de educación departamental se integra la escuela<br />
Valentín González Rangel como una sede del Colegio Nuestra<br />
Señora de la Paz.<br />
4
En Noviembre 01 del año 2006 mediante resolución 15603,<br />
fue aprobada por la secretaria de educación departamental la<br />
modalidad técnico ambiental.<br />
SIMBOLOS DEL COLEGIO<br />
Himno<br />
I<br />
COLNUPAZ MI FAMILIA POR SIEMPRE<br />
PATRIA CHICA DEL GRAN CHUCURÍ,<br />
PLANTEL FORJADOR DE VALORES<br />
MIS CONQUISTAS SERÁN PARA TI.<br />
Bandera<br />
........................CORO…………………..<br />
JUVENTUD CON CARÁCTER Y EMPEÑO,<br />
LUCHADORES DE GRANDES PRINCIPIOS<br />
EL AMOR, ORACIÓN Y RESPETO,<br />
SON PILARES DE NUESTRA MISIÓN<br />
II<br />
MI COLEGIO ES ORGULLO DE TODOS<br />
GENTE NUEVA QUE QUIERE TRIUNFAR<br />
CON ESTUDIO QUERIDA OH CIENCIA,<br />
EL CAMINO ES CON PASO TRIUNFAL.<br />
........................CORO…………………..<br />
III<br />
LOS RECUERDOS SERÁN IMBORRABLES<br />
PATIO MIO AQUEL GRAN SALÓN<br />
LA AMISTAD EL TESORO MÁS GRANDE<br />
COLNUPAZ MI ORGULLOSA INSTITUCIÓN.<br />
Esta insignia tan significativa fue diseñada por el estudiante<br />
MANUEL RONDÓN OTERO, Plasmada utilizando los dos<br />
grandes colores que identifican nuestra institución. Su división<br />
diagonal refleja el crecimiento permanente el cual<br />
fortalecemos diariamente.<br />
EL AZUL representa el conocimiento que recibimos día a día, el<br />
cual será pilar fundamental para nuestra formación personal.<br />
EL BLANCO: representa la dignidad y libertad la cual debemos<br />
estar dispuestos a defender con empuje y tesón demostrando<br />
la grandeza de nuestra tierra y los valores que nos identifican<br />
como personas de bien, útiles a una sociedad.<br />
5
Escudo<br />
Nombre:<br />
Dirección:<br />
IDENTIFICACIÓN<br />
Colegio Nuestra Señora de la Paz<br />
Calle 4 N. 5-73 Samanes<br />
Telefax: 6254311- 6254627<br />
E.mail:<br />
Municipio:<br />
Departamento:<br />
Aprob. De Estudios:<br />
colnupaz1997@gmail.com<br />
San Vicente de Chucurí.<br />
Santander<br />
Res.Nº15603 del 01 de Nov.2006<br />
Secretaria de Educación Dptal.<br />
6<br />
Está diseñado en forma ovalada con una franja de color<br />
amarillo en la cual se lee: COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE LA<br />
PAZ, San Vicente de Chucurí. En el centro reposa un libro<br />
abierto que invita a la familia Colnupaz a construir el mundo<br />
del saber. Sobre el libro abierto encontramos el símbolo de la<br />
tecnología (un computador) moderna y futura.<br />
En la parte superior se encuentra una paloma de color blanco<br />
con las alas abiertas llevando en el pico una rama de laurel<br />
símbolo de la paz y la libertad anhelada.<br />
En la parte inferior lleva los aros olímpicos significado de la<br />
formación deportiva que deben vivenciar los(as) jóvenes de<br />
Colnupaz.<br />
Naturaleza:<br />
Oficial Creado mediante Acuerdo<br />
Municipal N 0 014 de julio 31/97<br />
Calendario: A.<br />
Nivel:<br />
Preescolar, básica, media técnica y<br />
educación formal de adultos.<br />
Registro DANE: N º 168689002968<br />
NIT: N º 829000858-1
1. GENERALIDADES<br />
CAPIITULO II<br />
1.1. DEL <strong>MANUAL</strong> DE <strong>CONVIVENCIA</strong>.<br />
1.1.1. Definición<br />
Es una norma que contempla un conjunto disposiciones<br />
concertadas que rigen a cada uno de los integrantes de la Comunidad<br />
Educativa del Colegio Nuestra Señora de la Paz.<br />
El manual de convivencia es un referente legal que integra elementos<br />
estatutarios, reglamentarios y procedimentales acordados por todos<br />
los actores que conforman la comunidad educativa del colegio<br />
nuestra señora de la paz, de San Vicente de Chucurí, según lo<br />
ordenado por la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994 y lo<br />
establecido por la Ley 1620/13 y el decreto reglamentario1965 /13,<br />
relación con la formación para los derechos humanos, la educación<br />
para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar,<br />
con miras a la participación democrática, la convivencia pacífica y la<br />
salvaguarda de los deberes y derechos consagrados en la<br />
Constitución Política de Colombia en contexto educativo<br />
institucional. Como acuerdo colectivo obliga a todos los actores que<br />
sustentan vínculos legales vigentes con el colegio, los involucra en el<br />
desarrollo de la Misión y la Visión, les demanda liderazgo para la<br />
obtención de los objetivos educativos institucionales y los<br />
compromete en la ejecución de los planes, programas y actividades<br />
derivadas del Proyecto Educativo Institucional, PEI.<br />
Como marco normativo del bien común de la institución, el<br />
manual de convivencia, regula el ejercicio de los entes que<br />
constituyen el gobierno escolar, quienes garantizarán que se cumpla<br />
de manera coherente de acuerdo con las funciones que este<br />
Manual determine, a fin de llevar a cabo los siguientes objetivos<br />
para la convivencia:<br />
Asumir y garantizar a los estudiantes, educadores, directivos<br />
docentes y colaboradores el respeto por la vida, la dignidad<br />
humana, la integridad física y moral como eje fundamental de la<br />
convivencia escolar y de los derechos humanos, sexuales y<br />
reproductivos.<br />
Desarrollar estrategias de prevención, promoción, atención,<br />
protección y seguimiento a través del presente manual que faciliten<br />
la atención integral para la convivencia y se proteja a los estudiantes<br />
contra toda de acoso, violencia escolar y vulneración de sus<br />
derechos humanos, sexuales y reproductivos.<br />
Salvaguardar el logro de los objetivos educativos de la<br />
Institución con los cuales se comprometen los padres de familia,<br />
estudiantes, docentes, directivos y colaboradores como ejercicio<br />
permanente de inclusión cultural, social, científica, artística y<br />
espiritual, expresados en el proyecto educativo vigente.<br />
Trabajar en la promoción y desarrollo integral humano con<br />
respeto y consideración hacia la diversidad y la pluralidad desde<br />
los valores humano cristianos, según el modelo educativo<br />
propuesto por el colegio, mediado a través de la estrategia curricular<br />
vigente y en coherencia con el modelo de evaluación centrado en la<br />
persona, en la autonomía, en la corresponsabilidad y en la<br />
construcción de capacidades y competencias.<br />
Promover alternativas de desarrollo sustentable del medio<br />
ambiente y de los recursos que constituyen patrimonio de<br />
identidad, subsistencia, convivencia y futuro de las nuevas<br />
generaciones de colombianos.<br />
Comprometerse de manera auténtica, crítica, ética e<br />
intelectual en el mejoramiento de la calidad del servicio educativo<br />
que favorezca las mejores condiciones de vida humana, social,<br />
ecológica y cultural de la comunidad.<br />
Dar a conocer y vincular al ejercicio de la plena participación los<br />
derechos y deberes de quienes constituyen la Comunidad Educativa,<br />
7
estimulando actitudes que promuevan y fortalezcan la convivencia,<br />
la reconciliación y la solución consensuada de los conflictos<br />
1.1.2. FUNDAMENTACIÓN LEGAL.<br />
Este manual de convivencia se fundamenta en siguiente<br />
normatividad legal:<br />
Constitución Política de 1991: Se destacan los siguientes<br />
disposiciones constitucionales: Artículos 1°, 2°, 16°, 27°, 44° y 67°.<br />
Declaración Universal de los Derechos Humanos: La Institución<br />
declara que el presente Manual de Convivencia tiene fundamento<br />
especial en el Declaración Universal de los Derechos Humanos,<br />
conforme a lo expresado en la Constitución Política.<br />
Declaración de los Derecho del Niño: Entiéndase incluidos en este<br />
Manual todos los derechos emanados de la Declaración del Niño,<br />
como fundamento especial del mismo, con arreglo en lo expresado<br />
para los efectos en la Constitución Política.<br />
Ley General de la Educación: Fundamentamos este manual en todo<br />
su articulado, pero especialmente en los siguientes Artículo 5° ,<br />
Artículo 6° , Artículo 7° , Artículo 24° , Articulo 25° , Artículo 91° ,<br />
Articulo 95° , Articulo 96°.<br />
Decreto 1860 de 1994: Es fundamento especial de este Manual de<br />
Convivencia, el Decreto 1860 de 1994.<br />
Ley 30 de 1986: Acójase como fundamento especial de este Manual<br />
de Convivencia, la Ley 30 de 1986. Por el cual se adapta el Estatuto<br />
Nacional de Estupefacientes.<br />
Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006: por el cual se expide el nuevo<br />
Código de Infancia y Adolescencia:<br />
Ley 1146 de 2007: Acójase como fundamento especial de este<br />
Manual de Convivencia, la Ley 1146 de 2007 – Normas para<br />
prevención de la Violencia Sexual, en especial los Artículos 11, 12, 13<br />
y 14<br />
Decreto 1290 de 2009: Norma que faculta a las Instituciones<br />
Educativas a implementar su propio proceso de evaluación y<br />
promoción.<br />
Ley 1620 De 2013 Y El Decreto 1965 De 11 De Septiembre De 2013.<br />
Como un mecanismo de denuncia y detección de casos de violencia e<br />
intimidación escolar, que serán tratados por el comité de convivencia<br />
y tendrán una reparación integral apoyada por el “ICBF”.<br />
1.1.3. OBLIGATORIEDAD DEL <strong>MANUAL</strong> DE <strong>CONVIVENCIA</strong>.<br />
En cumplimiento del principio de publicidad y de legalidad, una vez<br />
divulgado el Manual de Convivencia a la comunidad educativa de la<br />
institución, para su conocimiento y demás fines pertinentes, el<br />
mismo, se torna de obligatorio cumplimiento en la regulación de los<br />
derechos y deberes de los diferentes miembros de la comunidad<br />
educativa, so pena de la imposición de las sanciones a que haya<br />
lugar, previa garantía del debido proceso.<br />
1.2. MARCO FILOSÓFICO INSTITUCIONAL<br />
1.2.1. MISIÓN<br />
El Colegio Nuestra Señora de la Paz tiene como Misión promover el<br />
desarrollo integral de los Estudiantes sin distingo de origen, raza<br />
religión o condición social desde el grado de preescolar hasta el<br />
grado undécimo en las dimensiones social, ético, biológico, creativo<br />
cognitivo y tecnológico; bajo parámetros curriculares que permitan<br />
recrear la cultura y crecer como seres humanos en una lucha<br />
constante por la búsqueda de la excelencia.<br />
8
1.2.2. VISIÓN<br />
En el año 2020, el Colegio Nuestra Señora de la Paz, será ́ una<br />
institución ́ n reconocida por el excelente servicio educativo, líder en<br />
la formación de personas , que con sus conocimientos y<br />
competencias dispongan de las habilidades necesarias para potenciar<br />
el desarrollo regional que permita mediante la vivencia de valores<br />
alcanzar una sana convivencia y respeto por los derechos humanos.<br />
1.2.3. FILOSOFÍA<br />
Los estudiantes del Colegio Nuestra Señora de la Paz son la base y<br />
centro de nuestro quehacer educativo, por ello la institución<br />
persigue su desarrollo integral a través de un proceso formativo y<br />
académico donde se articule la teoríá y la práctica y se garantice<br />
aprendizajes a la vida cotidiana, haciendo especial énfasis en el<br />
desarrollo de sus habilidades, aptitudes, creatividad y<br />
responsabilidad de los estudiantes, en el fomento de los valores<br />
éticos, morales, de justicia social, espirituales, de respeto por los<br />
símbolos patrios, de amor fraternal, de solidaridad y de un<br />
comportamiento digno apropiado en las relaciones con sus<br />
semejantes, que les permita el ingreso a la educación superior y/o<br />
vincularse al sector productivo con un compromiso comunitario<br />
verdadero, que lo lleve a colaborar con el progreso de su municipio y<br />
su paíś , a través de su propia autogestión, asumiendo y enfrentando<br />
con entereza y seriedad los problemas que le ofrezca la vida. El<br />
Colegio Nuestra Señora de la Paz, es eminentemente formativo en<br />
todos sus aspectos, bajo la modalidad técnica en Comercio y Gestión<br />
Ambiental, siguiendo los lineamientos y la autonomíá que le brindan<br />
la Constitución y la Ley General de Educación, los cuales son su<br />
sustento y orientación.<br />
1.2.4 OBJETIVOS INSTITUCIONALES<br />
Crear un ambiente propicio para que todos los miembros de la<br />
comunidad estudiantil y adultos que los acompañan se apropien de<br />
aprendizajes significativos que les permitan desarrollar capacidades,<br />
actitudes, valores y conocimientos, que les permitan asumir los<br />
compromisos necesarios para mejorar la calidad de vida, tanto social<br />
como personalmente, transformando y enriqueciendo su contexto.<br />
Formar personas integras, competentes para desempeñarse<br />
eficientemente en su entorno, siendo respetuosos de la ley, del<br />
derecho de los demás y del medio ambiente.<br />
Formar personas ricas en valores, capaces de reconocer y aceptar<br />
las diferencias individuales y por ende a todas las personas con sus<br />
virtudes y defectos, esto es que sean tolerantes.<br />
Propiciar la formación de personas con alto espíritu filantrópico,<br />
con gran sentido de pertenencia por todo los suyo, capaces de dar<br />
sin esperar nada a cambio.<br />
Fomentar el desarrollo de la investigación como forma de formar<br />
personas inquietas por la adquisición de nuevos conocimientos,<br />
recurriendo para ello a la práctica de la tecnología del momento.<br />
Fortalecer prácticas pedagógicas capaces de integrar a toda la<br />
comunidad educativa como mecanismo para procurar una<br />
convivencia escolar rica en la práctica de valores.<br />
Propiciar el crecimiento cualitativo institucional, dando a los<br />
estudiantes los conocimientos necesarios para ello, siendo los<br />
docentes los gestores de procesos de guía y asesoría de los primeros,<br />
de tal manera, que se fortalezcan las relaciones intra e<br />
interpersonales de toda la comunidad educativa.<br />
Formar personas aptas para servir a su comunidad, a su familia y al<br />
estado apropiándose de conocimientos empíricos y científicos para la<br />
práctica social.<br />
Formar personas capaces de reconocer a un ser superior dador de<br />
vida y por tanto merecedor de respeto, obediencia y temor, como<br />
forma de fortalecer la parte espiritual del hombre.<br />
1.2.5. OBJETIVO GENERAL<br />
Acompañar el proceso de desarrollo integral de cada uno de los<br />
educandos a través de los diferentes estamentos que conforman<br />
la comunidad educativa, mediante la exploración y vivencia de los<br />
valores humano-cristianos para que sea agente de su propia<br />
formación y de cambio en la sociedad, proyectándose a la<br />
comunidad en el campo comercial con visión transformadora.<br />
9
CAPIITULO IIII<br />
ESTUDIIANTES<br />
Son estudiantes del Colegio Nuestra Señora de la Paz Las niñas y los<br />
niños, las(os) adolescentes y las(os) jóvenes, matriculadas(os)<br />
válidamente dentro de un período lectivo, según el calendario<br />
oficial, bajo la responsabilidad directa de los padres de familia y/o<br />
acudientes, quienes constituyen la razón de ser de la institución,<br />
que pone a favor de ellos y de su formación integral, tanto el<br />
enfoque educativo como las personas que lo lideran y los medios<br />
necesarios para llevarlo a cabo.<br />
2.1 REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN<br />
El proceso de admisión de estudiantes en el Colegio Nuestra Señora<br />
de la Paz, comprende la elaboración de la solicitud escrita por parte<br />
de los padres de familia y el aspirante.<br />
Los siguientes son los requisitos:<br />
1. Inscribirse en las fechas señaladas por la Secretaría de Educación<br />
Departamental.<br />
2. Adquirir el formulario de pre matrícula en la secretaría de la<br />
institución.<br />
3. Entregar el formulario de pre matrícula debidamente diligenciado<br />
en la fecha establecida por la Secretaría de Educación<br />
Departamental.<br />
4. Los alumnos nuevos deben presentar registro civil de nacimiento,<br />
documento de identidad, informe final valorativo de la institución<br />
donde cursó el grado anterior con su respectiva ficha de seguimiento<br />
(fotocopia del observador), constancia de estar afiliado el menor a un<br />
sistema de seguridad social en salud.<br />
5. La asistencia de los padres de familia con el estudiante.<br />
6. Los padres de familia o acudientes se comprometen a conocer y<br />
cumplir lo establecido en el presente Manual de Convivencia.<br />
EDADES:<br />
PRE-ESCOLAR GRADO CERO<br />
Cinco (5) años cumplidos con una margen de menos de tres<br />
meses máximo contados a partir del día en que se hace<br />
matrícula.<br />
CICLO BÁSICA PRIMARIA:<br />
Primero Seis (6) a siete (7) años<br />
Segundo Siete (7) a ocho (8) años<br />
Tercero Ocho (8) a nueve (9) años<br />
Cuarto nueve (9) a diez (10) años<br />
Quinto diez (10) a once (11) años<br />
CICLO BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA VOCACIONAL<br />
Sexto hasta los trece (13) años<br />
Séptimo hasta los quince (15) años<br />
Octavo hasta los dieciséis (16) años<br />
Noveno hasta los diecisiete (17) años<br />
Décimo hasta los dieciocho (18) años<br />
Undécimo hasta los diecinueve (19) años<br />
Los anteriores límites de edad no se tendrán en cuenta para<br />
estudiantes que adelantan estudios actualmente en la institución En<br />
la organización de los grados se tendrá en cuenta la edad de los<br />
estudiantes.<br />
Todo estudiante a quién se le haya cancelado la matrícula en<br />
cumplimiento de los deberes y prohibiciones fijados en el<br />
manual de convivencia, sólo tendrá derecho a su admisión, (2)<br />
años después de cumplida la cancelación de la matrícula<br />
10
2.2. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA.<br />
La matrícula es el acto por el cual el estudiante es admitido y<br />
adquiere la calidad de estudiante del Colegio Nuestra Señora de la<br />
Paz, a través de la firma de un contrato. La matrícula se debe renovar<br />
año tras año, de acuerdo con el cumplimiento de las normas<br />
establecidas por la ley y en el presente Manual. Es un acto donde las<br />
partes se comprometen a cumplir con las normas legales e<br />
institucionales vigentes y que cualquiera de las partes puede dar por<br />
terminado en caso de algún incumplimiento parcial o total.<br />
Para formalizar la matrícula, se debe acreditar los siguientes<br />
requisitos:<br />
1. Haber sido oficialmente admitido (para los estudiantes nuevos).<br />
Haber aprobado el curso anterior (presentar boletín final).<br />
2. Presentarse en la hora y fecha indicada por la institución<br />
acompañado del padre o acudiente.<br />
3. Presentar las certificaciones de estudio anteriores al grado al cual<br />
se matricula, con el visto bueno de la secretaría académica (para los<br />
estudiantes nuevos). Los demás documentos exigidos deben estar en<br />
buen estado y los nombres deben coincidir con el registro civil. En el<br />
momento de la matrícula los estudiantes del grado undécimo deben<br />
tener completa la documentación para efectos de graduación.<br />
4. Presentar recibos de pago de los derechos y costos educativos<br />
legalmente establecidos si a ello hubiere lugar.<br />
5. Presentar carné de afiliación al sistema de seguridad social en<br />
salud del estudiante.<br />
6. Presentar fotocopia del documento de identidad del estudiante y<br />
del acudiente.<br />
7. Para los estudiantes nuevos deben presentar la fotocopia del<br />
observador del alumno del establecimiento de donde provenga.<br />
8. Acta de matrícula firmada por el rector, secretaria académica,<br />
padre de familia y/o acudiente y el estudiante.<br />
9. Fotocopia del carné del SISBEN donde se certifique estrato y nivel<br />
socioeconómico.<br />
2.3. UNIFORMES.<br />
Los estudiantes del Colegio Nuestra Señora de la Paz portarán<br />
los siguientes uniformes.<br />
UNIFORME DE DIARIO (mujeres) según modelo:<br />
Camisa blanca según modelo. Jardinera modelo<br />
establecido.<br />
Zapato colegial color negro con hebilla o cordón bien<br />
portado.<br />
Medias blancas no tobillera<br />
El largo del uniforme hasta la rodilla.<br />
Para recogerse el cabello podrá utilizar adornos (ganchos,<br />
colas, diademas, moñas) deben ser de color azul, blanco, o<br />
negro.<br />
UNIFORME DE DIARIO (hombres) según modelo.<br />
Pantalón azul con correa de cuero negra delgada sin taches ni<br />
aderezos.<br />
Camisa blanca, manga corta, cuello sport o camisa guayabera<br />
blanca<br />
Zapato colegial color negro con hebilla o cordón bien portado.<br />
Medias blancas o azules no tobilleras<br />
Si el estudiante utiliza camiseta debajo de la camisa, debe ser<br />
completamente blanca.<br />
Para las prácticas de laboratorio estudiantes deberán usar una<br />
bata blanca.<br />
En la eventualidad de que una estudiante se encuentre en estado<br />
de embarazo, portará en lugar del uniforme de diario un traje<br />
cuyo color y diseño será fijado por la institución.<br />
En caso de enfermedad o debido circunstancias climáticas se<br />
debiera presentar con buzo este será de color azul o blanco<br />
exclusivamente.<br />
11
UNIFORME DE EDUCACION FÍSICA<br />
(Según modelo)<br />
Camiseta blanca con el escudo del colegio.<br />
Sudadera azul con letrero en blanco<br />
Medias blancas con dos franjas azules<br />
Pantaloneta de color azul rey. Se permite el uso de la licra azul<br />
rey si es necesario debajo de la pantalonera.<br />
Tenis totalmente blanco.<br />
Se podrá utilizar una gorra o cachucha exclusivamente en las<br />
clases de Educación Física y será diseñada para tal fin por los<br />
estudiantes.<br />
En las clases de educación física se permite el porte de la<br />
camiseta por fuera de la pantaloneta, en los demás casos se<br />
deberá portar dentro de la sudadera<br />
Parágrafo<br />
1. El uniforme debe portarse limpio, ordenado y completo.<br />
2. Por ningún motivo el uniforme será distinto a lo especificado<br />
anteriormente.<br />
3. El uniforme deportivo se debe portar sólo los días de clase de<br />
Educación Física.<br />
4. Para los actos y celebraciones especiales se utilizará camisa blanca<br />
manga larga y corbata azul para hombres y mujeres.<br />
5. Para los estudiantes del programa de Educación Formal de Adultos<br />
Jornada Sabatina, el uniforme será camiseta blanca tipo polo con el<br />
escudo del Colegio y para los actos y ceremonias especiales utilizarán<br />
camisa blanca manga larga y pantalón negro.<br />
6. En caso de usar moños, bufandas chaquetas, abrigos estos serán<br />
de los mismos colores del uniforme. (Azul, blanco o negro)<br />
En caso de utilizar camiseta interior debe ser blanca sin ningún tipo<br />
de dibujo o logotipo<br />
7. Vestir adecuadamente el uniforme deportivo. No se permitirán<br />
pantalonetas de colores diferentes a las del uniforme, pantalones<br />
entubados, decolorados, rotos y/o arrastrando. Sólo se permite el<br />
uso de medias largas blancas con las líneas azules.<br />
8. Para las clases de educación física los estudiantes deberán utilizar<br />
una camiseta blanca.<br />
9. Si algún o alguna estudiante no trae el uniforme correspondiente,<br />
debe presentar excusa ante la Coordinación debidamente justificada,<br />
firmada por el padre de familia o acudiente, ésta analizará la<br />
situación y procederá a autorizar la excusa si encuentra válida la<br />
justificación, en caso contrario se llamará a su acudiente. La excusa<br />
autorizada por la Coordinación deberá ser presentada por él o la<br />
estudiante a los docentes con quienes tengan clase, o cuando se la<br />
soliciten.<br />
2.4. PERFIL DEL ESTUDIANTE<br />
El Colegio Nuestra Señora de la Paz promueve la formación del<br />
estudiante para que sea una persona:<br />
1. Promotor agente del cambio social y político donde sea posible<br />
el compromiso de una vida cristiana traducida en obras que<br />
expresen la vivencia de los valores éticos, religiosos, sociales,<br />
culturales, artísticos y ecológicos.<br />
2. Con espíritu de lucha por la conservación de la vida y defensa de<br />
los recursos naturales.<br />
3. Con gran sentido de amor, igualdad, solidaridad y tolerancia<br />
hacia los demás.<br />
4. Respetuoso de los derechos humanos, de los principios<br />
democráticos de convivencia y pluralismo.<br />
5. Seguro de sí mismo y con capacidad de opción y decisión libre y<br />
consciente.<br />
6. Que asuma con responsabilidad los derechos y deberes.<br />
7. Con identidad protagonista de su propia historia.<br />
8. Que vivencie con agrado y responsabilidad los valores familiares.<br />
9. Abierto al diálogo, al servicio, fiel a Dios, a su conciencia y a sus<br />
principios políticos y religiosos.<br />
10. Que ama, respeta y acepta su identidad sexual.<br />
11. Consciente y responsable de su quehacer educativo como<br />
agente de su desarrollo personal y profesional.<br />
12
12. Con conocimientos académicos, técnicos y científicos que le<br />
permitan un desempeño profesional idóneo o una<br />
autoformación individual.<br />
13. Creativo, innovador, con capacidad de análisis crítico y reflexivo<br />
frente a la realidad personal, social y cultural.<br />
2.5. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.<br />
Como centro del proceso educativo del Colegio Nuestra Señora de la<br />
Paz de San Vicente de Chucurí, tengo derecho a:<br />
1. Ser reconocido y respetado en mis derechos sin ser objeto de<br />
discriminación.<br />
2. Estudiar la constitución política de Colombia y la cívica, lo mismo<br />
que el aprendizaje de principios y valores de participación<br />
ciudadana.<br />
3. Recibir una formación cristiana, moral, ética, cultural, científica, y<br />
académica de acuerdo con la época actual, en el marco de una<br />
educación, orientada al desarrollo integral de mi personalidad, que<br />
me prepare para el ejercicio de una vida ciudadana profesional, en<br />
forma honesta, responsable, solidaria y competente.<br />
4. Obtener y conocer el manual de convivencia de la institución.<br />
5. Ser tratado con respeto y dignidad por todos los miembros de la<br />
comunidad educativa.<br />
6. Ser evaluado continua, integral y cualitativamente de acuerdo con<br />
las normas establecidas por el Ministerio de Educación Nacional,<br />
tener conocimiento oportuno de los resultados obtenidos en cada<br />
periodo antes de ser entregados a la coordinación académica.<br />
7. Utilizar el conducto regular (profesor, director de grupo,<br />
coordinador académico, consejo académico) para lograr los cambios<br />
metodológicos necesarios y así obtener los mejores resultados<br />
académicos.<br />
8. Elegir y ser elegido en forma democrática como representante<br />
activo en los diferentes estamentos que se organicen en la<br />
institución, cumpliendo con los requisitos exigidos.<br />
9. Elegir entre los estudiantes de undécimo grado el personero del<br />
plantel y entre los estudiantes de décimo grado el contralor por<br />
sistema de mayoría simple y Voto secreto.<br />
10. Tener una representación general en el Consejo Estudiantil que<br />
garantice la participación activa de los Educandos.<br />
11. Utilizar adecuadamente los servicios que brinda el Colegio<br />
Nuestra Señora de la Paz para el desarrollo de actividades<br />
académicas y complementarias (laboratorios, bibliotecas,<br />
implementos y campos deportivos, orientación y asesoría pedagógica<br />
y servicios de pastoral).<br />
12. Pertenecer a organizaciones que desarrollen el espíritu de<br />
servicio a la comunidad, grupos juveniles, Coros, danzas, teatro,<br />
grupos deportivos, ecológicos, supervivir, alfabetización y otros que<br />
se creen con fines semejantes.<br />
13. Acordar con el profesor de la materia, previa presentación de una<br />
excusa justificada por la Coordinación académica y dentro de los tres<br />
días siguientes a la ausencia, la fecha para realizar las evaluaciones<br />
no presentadas oportunamente.<br />
14. Hacerme acreedor a los estímulos o incentivos que la institución<br />
establezca para los estudiantes sobresalientes (grupo de danzas,<br />
teatro, grupos juveniles, diferentes comités y demás grupos que<br />
representen al colegio).<br />
15. Disfrutar de descansos, recreos, tiempo libre y periodo de<br />
vacaciones.<br />
16. Expresar libremente opiniones en forma cortés y dentro del<br />
marco de respeto que merece la opinión ajena.<br />
17. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I. a<br />
través de mis representantes.<br />
18. Ser escuchado antes de ser sancionado y apelar a la<br />
sanción si la considera injusta o inapropiada, siguiendo los<br />
procedimientos establecidos para tal fin y el apoyo del Personero(a).<br />
19. Recibir las medidas correctivas merecedoras por mi mal<br />
comportamiento, bajo rendimiento académico o inmoralidad<br />
comprobada.<br />
20. Conocer los registros que sobre mi comportamiento se haga en<br />
el observador del estudiante o en cualquier otro documento interno<br />
de la institución.<br />
21. Recibir el carnet estudiantil para identificarme en cualquier lugar<br />
como miembro del plantel.<br />
13
22. Asistir a todas las actividades programadas por la institución en<br />
horarios y lugares establecidos por ella exceptuando cuando esté<br />
inhabilitado disciplinariamente.<br />
23. Que se programen actividades individuales o grupales que se<br />
requieran para superar las dificultades en la consecución de logros.<br />
24. Conocer el resultado cuando presenten evaluaciones, trabajos,<br />
tareas lo más pronto posible, cuando la prueba sea oral debe<br />
dárseme inmediatamente su valoración.<br />
25. Exigir a mis representantes: personero, representante<br />
estudiantil, que desarrollen con eficiencia y responsabilidad sus<br />
funciones.<br />
26. Conocer al inicio de cada período las temáticas y los criterios de<br />
evaluación.<br />
27. Gozar de precios módicos en la tienda escolar<br />
2.6. DEBERES DEL ESTUDIANTE.<br />
Como estudiante del Colegio Nuestra Señora de la Paz, debo cumplir<br />
con los siguientes compromisos:<br />
1. Aprender a valorar la vida de otros como mi propia vida.<br />
2. Valoraré y respetaré a todas y cada una de las personas que<br />
conforman la comunidad educativa, evitando las bromas de mal<br />
gusto, los apodos y las burlas.<br />
3. Enalteceré y respetaré la institución con una conducta digna y<br />
honesta dentro y fuera del plantel.<br />
4. Llevaré con dignidad y respeto el uniforme, carnet, manual de<br />
convivencia, insignias que me identifique como estudiante del<br />
Colegio Nuestra Señora de la Paz, sea dentro o fuera del plantel.<br />
5. Respetaré los símbolos patrios, la cultura nacional y guardaré<br />
silencio en izadas de bandera, actos comunitarios dentro y fuera del<br />
plantel.<br />
6. Donaré parte o todo el uniforme a estudiantes que lo necesiten y<br />
hagan uso adecuado de él, ya que este es un símbolo que identifica<br />
nuestra institución.<br />
7. De acuerdo con los valores humanos deberé respetar mi cuerpo<br />
conservando mi dignidad y la de los demás.<br />
8. Comunicaré oportunamente a mis padres o acudiente las<br />
citaciones notas y condiciones de desarrollo académico cuando los<br />
directivos o profesores así lo determinen.<br />
9. Los modales, conversaciones, vocabulario, tono de voz, escritos y<br />
comportamientos en general, dentro y fuera de la institución, deberá<br />
expresar valores y testimoniar la formación recibida y la dignidad que<br />
posea como persona.<br />
10. Mantendré orden en mi presentación personal para conservar la<br />
salud y un ambiente sano, agradable e higiénico para una buena<br />
aceptación en la comunidad.<br />
11. Me presentaré con el uniforme de diario o el uniforme de<br />
educación física trayéndolo completo y en perfecto orden, de<br />
acuerdo con el horario e incluyendo el horario de las modalidades<br />
excepto cuando hayan prácticas ambientales y comerciales<br />
quedando a criterio del profesor.<br />
Utilizaré con delicadeza y buenos modales el servicio de tienda<br />
escolar y colaboraré con el orden del envase en las canastas<br />
distribuidas, además del aseo de patios y corredores.<br />
12. Evitaré utilizar accesorios y maquillaje que desentonen con el<br />
uniforme.<br />
13. Me abstendré de comer y masticar chicle dentro de la institución.<br />
14. Velaré por la conservación de los enseres, el material<br />
bibliográfico, deportivo y cultural que pertenezcan al colegio,<br />
respondiendo por la pérdida o daños causados y devolviendo<br />
aquellos que me hayan sido prestados, en las mismas condiciones<br />
que me fueron entregados<br />
15. Manifestaré actitud de cambio frente al proceso educativo,<br />
llegando puntualmente según el horario establecido y<br />
permaneciendo dentro del salón en horas de clases.<br />
16. Asistiré a las recuperaciones y presentaré los trabajos y<br />
sustentaciones de acuerdo con la hora, condición y metodología<br />
establecidas por la institución. Sino recupero en este tiempo deberé<br />
prepararme y responder por la nivelación.<br />
17. Solucionaré todos los conflictos de manera pacífica y racional.<br />
18. Cumpliré con tareas, lecciones, trabajos y evaluaciones, los<br />
presentaré el día y la hora acordada en forma clara y ordenada.<br />
19. Cuidaré y respetaré los baños y sitios de recreación, implementos<br />
como carteles, pupitres, murales, paredes y demás materiales<br />
didácticos que el colegio colocará a mi disposición para el mejor<br />
desempeño de mi labor educativa.<br />
14
20. Me abstendré de ingresar a la sala de profesores y demás<br />
dependencias administrativas sin previa autorización.<br />
21. Ajustaré mi comportamiento en el colegio o en cualquier otro<br />
lugar, a las normas de mayor compostura moral y al sano espíritu de<br />
compañerismo.<br />
22. Me abstendré de presentar manifestaciones amorosas de tipo<br />
físico dentro de la institución y fuera de él mientras porte el<br />
uniforme como consecuencia del noviazgo que compromete a<br />
parejas de estudiantes.<br />
23. Cumpliré y participaré activamente en los eventos especiales<br />
programados por la institución.<br />
24. Me comportaré en forma adecuada en los recesos pedagógicos<br />
evitando entrar a los salones, correr en los pasillos, tirar basura y<br />
dejar los envases en cualquier lugar.<br />
25. Seguiré responsablemente el proceso de la clase, participando<br />
activamente en los trabajos de consulta personal y grupal.<br />
26. Traeré los materiales o elementos indispensables para la<br />
realización de cada labor académica.<br />
27. Mantendré una actitud de respeto y escucha ante las<br />
exposiciones, observaciones, aclaraciones de observación integral del<br />
docente involucrado.<br />
28. Mi comportamiento digno, respetuoso y culto evitando toda<br />
expresión de abuso y acoso escolar (discriminación, agresión física y<br />
verbal, psicológica y la intimidación) dentro y fuera de la institución<br />
29. Seré honesto conmigo mismo y con los demás, evitando la<br />
mentira, el fraude, la sustracción, el engaño, la suplantación, la<br />
falsificación de documentos, trabajos y evaluaciones.<br />
30. Evitaré elaborar letreros y dibujos que denigren u ofendan a<br />
cualquier persona o institución y atenten contra la dignidad humana<br />
o deterioren la planta física.<br />
31. Respetar las pertenencias ajenas de cualquier persona y<br />
devolveré lo encontrado dentro y fuera de la institución. Me<br />
responsabilizaré de los objetos personales dentro del colegio,<br />
asumiendo las consecuencias en caso de pérdida.<br />
32. Respetaré el templo y oratorio del colegio como lugar de silencio,<br />
oración y encuentro con Dios.<br />
33. Me abstendré de utilizar equipos electrónicos (celular, Mp4, Mp3,<br />
Tablet y equipos de audio y video), revistas, periódicos o juegos que<br />
interfieran las labores académicas.<br />
34. Omitiré el porte y consumo de cigarrillos, licores, armas, drogas o<br />
cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física, moral o<br />
mental propia o de cualquier persona de la institución dentro de la<br />
jornada académica o en eventos especiales.<br />
35. Cuando faltare a clase debo presentarme al día siguiente con una<br />
excusa firmada por mis padres o acudiente que justifique mi<br />
ausencia ante el coordinador de bienestar estudiantil<br />
36. Mantendré el salón de clase en perfecto orden y limpieza durante<br />
el desarrollo de las jornadas de clase y al terminar las mismas.<br />
37. Conoceré y aplicaré las normas establecidas en el manual de<br />
convivencia que contribuyan a formar en los valores de fe cristiana,<br />
trabajo, respeto, honradez, disciplina, solidaridad, justicia, tolerancia<br />
y todos aquellos que propendan al bienestar personal y comunitario.<br />
38. Me interesaré permanentemente en la actualización y<br />
capacitación correspondiente a la modalidad técnica.<br />
39. No abandonaré por motivo alguno el colegio en horas de clase sin<br />
previa solicitud a nivel personal o por escrito de mis padres o<br />
acudientes y con debida autorización de los directivos de la<br />
institución.<br />
40. Debo tener en cuenta que cuando sea reconocido o escogido por<br />
mis cualidades o méritos, no implica el incumplimiento de los demás<br />
deberes establecidos en el pacto de convivencia social.<br />
NOTA:<br />
Cuando el estudiante no asista a la institución por 1 ó 2 días<br />
consecutivos deberá presentarse al día siguiente con una excusa<br />
justificada por el padre de familia o acudiente. Después de tres o<br />
más días de ausencia deberá presentarse con el padre de familia o<br />
acudiente para explicar los motivos de la inasistencia, salvo si el<br />
estudiante presenta incapacidad médica. La excusa debe ser<br />
presentada a la coordinación de bienestar estudiantil para que se le<br />
expida el respectivo paz y salvo y el estudiante se haga así acreedor a<br />
presentar las evaluaciones y actividades realizadas durante su<br />
ausencia.<br />
Cuando el estudiante solicite un permiso, deberá ser solicitado por<br />
15
el padre de familia o acudiente.<br />
Para participar en cualquiera de los grupos representativos de la<br />
institución (danzas, banda, teatro, grupos deportivos o artísticos)<br />
debo esforzarme por mantener un buen rendimiento académico y<br />
disciplinario, manifestando buenos modales.<br />
2.7. PROHIBICIONES A LOS ESTUDIANTES.<br />
Uno de los principios que nos caracteriza, es lograr que los<br />
estudiantes actúen con valores éticos. Es necesario recordar el valor<br />
pedagógico de la prohibición, la cual debe ser justa y adecuada como<br />
medio para orientar a aquellos educandos que, con su<br />
comportamiento inadecuado, atenten contra el bien personal y<br />
comunitario.<br />
1. Salir de las instalaciones de la institución sin el respectivo permiso<br />
concedido por la Coordinación o la Rectoría, con sus padres o<br />
acudientes o con su autorización.<br />
2. Calumniar o injuriar a cualquier miembro de la comunidad<br />
educativa.<br />
3. El fraude en las evaluaciones, firmas, calificaciones, excusas y<br />
demás documentos.<br />
4. Sustraer objetos que no sean de su propiedad.<br />
5. Consumir sustancias nocivas para la salud que alteren el normal<br />
funcionamiento de su estado físico, mental y social.<br />
6. Portar, exhibir y leer revistas, folletos, fotos, videos o utilizar otros<br />
medios de divulgación de contenido pornográfico o mensajes<br />
subliminales, e inducir a otros en estas actividades.<br />
7. Emplear lenguaje soez acompañado de actitudes y modales<br />
incultos.<br />
8. Utilizar el nombre de la institución sin autorización de Rectoría<br />
para efectuar paseos, rifas, bailes o cualquier tipo de actividad.<br />
9. Traer armas de fuego, armas blancas, corto punzante o corto<br />
contundentes.<br />
10. Confabularse en actos o hechos que atenten contra la veracidad<br />
de una determinada situación ocurrida dentro o fuera de la<br />
institución.<br />
11. Cualquier acto que en una u otra forma atente contra el derecho<br />
a la vida, agresión verbal, agresión física, amenaza o chantaje, dentro<br />
y fuera de la institución.<br />
12. Consumir, usar o expender drogas alucinógenas o<br />
estupefacientes dentro y fuera de la institución, o inducir a otros a<br />
venderla y/o consumirla.<br />
13. Rayar o poner avisos en muros, puertas y demás sitios no<br />
autorizados de la institución.<br />
14. Proferir actos de burla, humillación, trato cruel, degradante, en<br />
contra de los demás compañeros y en especial, de los alumnos o<br />
alumnas que tengan capacidad reducida.<br />
15. El acoso escolar o bullying o ciberbullying en contra de cualquier<br />
miembro de la comunidad.<br />
16. Utilizar celulares o cualquier tipo de aparato electrónico en horas<br />
de clase sin la debida autorización del docente.<br />
17. Realizar manifestaciones de índole amorosa asociadas con el<br />
noviazgo y todo acto obsceno que atente contra la dignidad y<br />
respeto del cuerpo.<br />
18. Comprar y consumir alimentos, dulces, helados, frutas que son<br />
ofrecidos en la calle y adquiridos mientras están dentro de la<br />
institución.<br />
19. Desperdiciar, botar o jugar con los alimentos que ofrece el<br />
refrigerio escolar<br />
20. Protagonizar desordenes como consecuencia de la celebración de<br />
cumpleaños utilizando huevos, harinas o cualquier tipo de elementos<br />
dentro o fuera de la institución.<br />
2.8. ESTÍMULOS<br />
El Colegio Nuestra Señora de la Paz considera necesario<br />
estimular el esfuerzo y la dedicación de sus mejores estudiantes<br />
y presentarlos como ejemplo a las futuras generaciones de<br />
la institución.<br />
2.8.1 ESTÍMULOS POR PERIODO PARA LOS ESTUDIANTE<br />
16
El estudiante que sobresalga por su buen comportamiento,<br />
rendimiento académico, espíritu de servicio y colaboración,<br />
actividades culturales, artísticas y deportivas será premiado<br />
con los siguientes estímulos:<br />
2.8.1.1. Izada de bandera: Para el estudiante de cada grado<br />
que sobresalga en diferentes aspectos determinados por<br />
el consejo de profesores o Director de grupo.<br />
2.8.1.2 ser reconocido en el periódico mural.<br />
Para los estudiantes que académica o disciplinariamente<br />
observen el mejor desempeño en el periodo.<br />
Para el grado que durante el transcurso de los primeros<br />
periodos demuestre el mejor rendimiento académico,<br />
disciplinario, aseo y decoración, se hará creedor de un<br />
estímulo por parte del colegio.<br />
2.8.2. ESTÍMULOS DE CLAUSURA PARA LOS ESTUDIANTES.<br />
2.8.2.1 Diploma de excelencia: Se otorgará a los estudiantes<br />
que hayan acumulado el mejor promedio académico de su<br />
grado y que cumplan con el perfil del estudiante Colnupaz<br />
2.8.2.2 Mención de honor: para los estudiantes que se hayan<br />
distinguido por sus méritos deportivos, su espíritu de<br />
colaboración y participación en los proyectos de la institución.<br />
Otorgar mención de honor a los estudiantes que hayan<br />
representado a la institución en alguno de los grupos<br />
organizados del municipio y que hayan mantenido un buen<br />
rendimiento académico disciplinario.<br />
2.8.3 MEDALLAS.<br />
2.8.3.1. Medalla Nuestra Señora de la Paz al mejor bachiller.<br />
Se otorgará al estudiante que haya obtenido los mejores<br />
promedios desde sexto a undécimo grado.<br />
2.8.3.2. Medalla Nuestra Señora de la Paz al mejor rango en<br />
las Pruebas Saber. Al estudiante que haya obtenido el mejor<br />
desempeño en las pruebas saber 11.<br />
2.8.3.3. Medalla Nuestra Señora de la Paz al mejor<br />
rendimiento en la modalidad. Distinción concedida al<br />
estudiante que durante la Media Vocacional se haya destacado<br />
por su eficiencia y habilidad en el desempeño de las labores en<br />
el área técnica comercial o técnica ambiental, además de dar<br />
muestra de una formación integral.<br />
2.9. NORMAS GENERALES Y PROCEDIMIENTOS DE<br />
UTILIZACION DE SERVICIOS:<br />
2.9.1. ORATORIO<br />
1. Estará abierto durante la jornada para quien desee visitarlo libre y<br />
voluntariamente.<br />
2. Respetar los implementos que allí se encuentren.<br />
3. Mantener una actitud de silencio y respeto siempre que esté allí.<br />
4. No se permite comer, no realizar actividades diferentes a la<br />
oración.<br />
2.9.2. USO DE LA SALA DE INFORMATICA<br />
1. No se debe comer dentro de la sala.<br />
2. No ingresar elementos como lapiceros, lápices, etc.<br />
3. Cualquier daño ocasionado al equipo o muebles que le sean<br />
asignados, el alumno debe pagar el arreglo correspondiente.<br />
4. No se permite el ingreso de cualquier tipo de diskette.<br />
5. Al terminar la clase los equipos deben quedar cubiertos, y<br />
cumpliendo con las indicaciones que el profesor señale.<br />
2.9.3. USO DEL LABORATORIO<br />
17
1. Para el ingreso del laboratorio es indispensable portar la bata<br />
establecida en el reglamento.<br />
2. Los usuarios del laboratorio responderán por los elementos<br />
utilizados en las prácticas.<br />
3. Al término de cada práctica el laboratorio debe dejarse en<br />
completo orden y aseo.<br />
4. El material reactivo del laboratorio son uso exclusivo del plantel,<br />
solo se prestará para prácticas, no se debe utilizar reactivos e<br />
implementos sin autorización.<br />
5. No se debe consumir alimentos y bebidas dentro del salón.<br />
6. Para el servicio a otras instituciones debe ser con previa orden de<br />
rectoría según convenios establecidos.<br />
7. El profesor que dirige las prácticas podrá ordenar el ingreso de<br />
sustancias necesarias para el desarrollo de la experimentación.<br />
2.9.4. USO DE LA SALA DE AUDIOVISUALES<br />
El usuario del departamento audiovisual solicitará el servicio con<br />
anticipación con el fin de preparar el material respectivo.<br />
1. No se permite el consumo de alimentos y bebidas.<br />
2. En la sala de audiovisuales se debe guardar silencio y compostura.<br />
3. Se prohíbe la proyección, reproducción o transmisión de material<br />
no autorizado.<br />
2.9.5. CAFETERÍA<br />
Para utilizar el servicio de cafetería durante el descanso, se deben<br />
observar las siguientes reglas:<br />
1. Depositar los envases en las canastas dispuestas para tal fin.<br />
2. No arrojar servilletas, papeles, pitillos, bolsas u otro material de<br />
desecho al suelo.<br />
3. Hacer la fila, guardando compostura y respetando el derecho de<br />
los demás.<br />
4. Solicitar respetuosa y ordenadamente los comestibles y bebidas.<br />
5. Hacer buen uso de las sillas y mesas de la cafetería.<br />
2.10. HORARIO<br />
CICLO SECUNDARIA BASICA Y MEDIA VOCACIONAL<br />
JORNADA DE LA MAÑANA<br />
6:00 AM A 12:30 PM<br />
PREESCOLAR<br />
JORNADA DE LA MAÑANA<br />
7:30 AM A 11:30 PM<br />
JORNADA DE LA TARDE<br />
1:00 PM A 5:00 PM<br />
PRIMARIA<br />
JORNADA DE LA MAÑANA<br />
6:45 AM A 12:15 PM<br />
JORNADA DE LA TARDE<br />
12:45 PM A 6:15 PM<br />
* CICLO EDUCACION DE ADULTOS “CLEI” SABATINA<br />
7:00 AM A 12:00 M<br />
1:00 PM A 6:00 PM<br />
18
CAPIITULO IIIIII<br />
ÓRGANOS DELL GOBIERNO ESCOLLAR Y ÓRGANOS<br />
QUE FOMENTAN LLA PARTICIPACI<br />
IÓN<br />
DEMOCRÁTICA<br />
3. MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD<br />
EDUCATIVA<br />
La comunidad educativa de esta institución está conformada por<br />
estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes de los<br />
estudiantes, egresados, directivos docentes todos ellos según su<br />
competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del<br />
Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del<br />
establecimiento, basados en los Artículos 6 de la Ley 115, Artículo 18<br />
del Decreto 1860 y Artículo 68 de la Constitución Política Nacional.<br />
3.1 . GOBIERNO ESCOLAR<br />
El gobierno escolar es la instancia de dirección, participación<br />
de la comunidad educativa y orientación académico-administrativa<br />
de la Institución. Está conformado por el Consejo Directivo, el<br />
Consejo Académico y la Rectora, a quien le compete, además de<br />
representar la Institución ante las autoridades educativas, garantizar<br />
la ejecución de lo decidido en esta instancia. Son funciones del<br />
Gobierno Escolar:<br />
1. Garantizar la participación democrática de todos los<br />
estamentos de la comunidad educativa y vivenciar la práctica del<br />
pluralismo, la tolerancia, el diálogo y la concertación.<br />
2. Democratizar las decisiones de carácter administrativo, técnico,<br />
pedagógico y financiero del plantel.<br />
3. Fortalecer una cultura de participación, mediante la acción<br />
efectiva que integre a todos los miembros de la comunidad<br />
educativa en torno a propósitos comunes.<br />
El gobierno escolar del Colegio Nuestra Señora de la Paz se regirá por<br />
las normas establecidas en el Artículo 142 de la Ley 115 y los<br />
Artículos 19 y 20 del Decreto 1860, con participación democrática de<br />
todos los estamentos de la comunidad educativa.<br />
El gobierno escolar de este establecimiento educativo está<br />
constituido por los siguientes órganos:<br />
3.1.1 .CONSEJO DIRECTIVO<br />
Es la instancia superior de orientación pedagógica y administrativa<br />
de la institución educativa. Está conformado por:<br />
Rector(a)<br />
Dos representantes del personal docente<br />
Dos representantes de los padres de familia<br />
Un representante del sector productivo<br />
Un representante de los ex alumnos<br />
Un representante del consejo estudiantil<br />
FUNCIONES CONSEJO DIRECTIVO:<br />
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la<br />
institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad,<br />
tales como las reservadas a la dirección.<br />
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten<br />
entre docentes y administrativos con los alumnos del<br />
establecimiento educativo y después de haber agotado los<br />
procedimientos previstos en el reglamento del manual de<br />
convivencia.<br />
3. Adaptar el manual de convivencia y el reglamento de la<br />
institución.<br />
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la<br />
admisión de nuevos alumnos.<br />
19
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la<br />
comunidad educativa cuando alguno de los miembros se sienta<br />
lesionado.<br />
6. Aprobar el plan de actualización académica del personal docente<br />
presentado por el rector.<br />
7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo<br />
Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlo a la<br />
consideración de la secretaría de educación respectiva o del<br />
organismo que haga sus veces para que verifique el<br />
cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los<br />
reglamentos.<br />
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución<br />
educativa.<br />
9. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de la institución.<br />
10. Revisar y ajustar el Proyecto Educativo Institucional, el<br />
manual de convivencia y el sistema institucional de evaluación<br />
de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que<br />
involucre a los estudiantes y en general a la comunidad<br />
educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias<br />
acordes con la Ley general de educación, las ley 1098/06 y las<br />
normas que las desarrollan (Art. 17 / 1620).<br />
11. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar<br />
del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo<br />
y factores protectores que incidan en la convivencia escolar,<br />
protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en<br />
los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de<br />
calidad, con base en la implementación de la ruta de atención<br />
integral y en las decisiones que adopte el Comité escolar de<br />
Convivencia (Numeral 5, Art. 17/1620)<br />
3.1.2 . CONSEJO ACADÉMICO<br />
Es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica<br />
del establecimiento y sirve como órgano consultor del Consejo<br />
Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo<br />
Institucional (PEI). Está integrado por:<br />
Rector(a)<br />
Directivos Docentes<br />
Un docente por cada área o grado<br />
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO:<br />
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de<br />
la propuesta del proyecto educativo institucional.<br />
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento<br />
introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el<br />
procedimiento previsto en el decreto 1860.<br />
3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.<br />
4. Participar en la evaluación institucional anual aplicada a los<br />
diferentes estamentos de la comunidad educativa.<br />
5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica<br />
del rendimiento de los educandos y para la promoción,<br />
asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de<br />
evaluación.<br />
6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación<br />
educativa. Emprender acciones que involucren a toda la<br />
comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica<br />
sobre los factores asociados a la violencia y al acoso escolar y a<br />
la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y al<br />
impacto de los mismos, que incorpore el enfoque de<br />
“coeducación” (Numeral 6, Art. 17/1620).<br />
7. Las demás funciones afines complementarias con las anteriores<br />
que le atribuya el proyecto educativo institucional.<br />
3.1.2.1. Comisión de Evaluación<br />
El Consejo Académico conformará comisiones de evaluación (Artículo<br />
50 del 1860) integradas por un número plural de docentes con el fin<br />
de analizar, los casos persistentes de superación o insuficiencia en la<br />
consecución de los logros. Como resultado del análisis, las<br />
comisiones prescribirán las actividades pedagógicas<br />
complementarias y necesarias para superar las deficiencias.<br />
Las Funciones de esta comisión son:<br />
20
1. Valorar los casos de persistente insuficiencia y persistente<br />
superación en la consecución de los logros.<br />
2. Remitir a la comisión de promoción los casos de alumnos de<br />
persistente superación que considera candidatos para una<br />
promoción anticipada.<br />
3. Prescribir actividades pedagógicas complementarias para<br />
aquellos alumnos que presentan persistente insuficiencia en la<br />
consecución de logros.<br />
4. Registrar al finalizar cada año académico, los casos de alumnos<br />
con deficiencias en la obtención de los logros.<br />
5. Prescribir actividades de profundización, investigación o de<br />
práctica para aquellos alumnos valorados y que no ameritan la<br />
promoción anticipada.<br />
6. Proporcionar a los educadores, al iniciar cada año lectivo, la lista<br />
de los estudiantes que integran el curso y que presentan<br />
insuficiencias en la consecución de los logros, en el grado o<br />
grados precedentes, citando el código de los mismos.<br />
7. Remitir a la comisión de promoción los casos de estudiantes que<br />
al finalizar, no han alcanzado satisfactoriamente los logros<br />
correspondientes a lo grados que les preceden.<br />
8. Llevar un archivo organizado del trabajo realizado con cada<br />
estudiante.<br />
3.1.2.2 Comisión de Promoción<br />
El Consejo Académico conformará comisiones de promoción (Art.52<br />
del 1860) integradas por docentes para definir la promoción de los<br />
alumnos que al finalizar cada uno de loso grados establecidos en la<br />
institución presenten deficiencia en la obtención de los logros<br />
definidos en el P.E.I. Entre sus funciones están:<br />
1. Valorar los casos de alumnos con superación persistente como<br />
candidatos para ser promovidos anticipadamente y tomar la<br />
decisión al respecto.<br />
2. Valorar y decidir los casos de alumnos de persistente<br />
insuficiencia.<br />
3. Prescribir actividades pedagógicas complementarias especiales, a<br />
aquellos estudiantes que finalizan los grados 6º. Y 9º. Y que<br />
presentan persistente insuficiencia en la consecución de los<br />
logros.<br />
4. La ejecución y evaluación de las actividades pedagógicas<br />
complementarias especiales.<br />
5. Oficializar la reprobación de alumnos.<br />
6. Decidir la promoción de alumnos a quienes se les ha registrado<br />
inasistencia superior a la cuarta parte de las actividades<br />
pedagógicas programadas en cualquier grado.<br />
7. Concertar con los padres de familia y el alumno reprobado el<br />
procedimiento que seguirá el estudiante para superar las<br />
insuficiencias.<br />
8. Coordinar la realización de la programación específica para<br />
alumnos reprobados.<br />
9. Valorar los resultados de la programación específica para<br />
estudiantes reprobados.<br />
10. Comunicar oportunamente a los estamentos requeridos las<br />
decisiones tomadas.<br />
11. Legalizar la promoción de alumnos con rendimiento académico<br />
satisfactorio.<br />
12. Llevar un archivo organizado del trabajo realizado con cada<br />
estudiante<br />
NOTA<br />
Las comisiones de evaluación y promoción quedarán conformadas<br />
mediante acta aprobada por el Consejo de profesores por el mismo<br />
Consejo Académico y desempeñarán las funciones según los casos<br />
remitidos, previo estudio de cada comité de área.<br />
PARÁGRAFO<br />
Los miembros del Consejo Académico y Directivo son elegidos<br />
durante las cinco primeras semanas después de iniciadas las labores<br />
escolares. Cada representante al consejo directivo o académico,<br />
es elegido por el año escolar respectivo.<br />
21
3.2. CONSEJO DE PADRES<br />
Es un órgano destinado a asegurar su continua participación en el<br />
proceso educativo y elevar los resultados de calidad del servicio.<br />
Para su composición, estará integrado por un padre de familia de<br />
cada uno de los grupos de los diferentes grados que ofrece la<br />
institución.<br />
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES<br />
1. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los<br />
resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las<br />
pruebas de Estado.<br />
2. Propender porque el establecimiento, con todos sus estudiantes<br />
participe en las pruebas de competencias y de estado realizadas por<br />
el ICFES.<br />
3. Apoyar todas las actividades institucionales.<br />
4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento en el<br />
alcance de las metas institucionales.<br />
5. Promover actividades de formación para los padres de familia para<br />
favorecer y apoyar el desarrollo integral de sus hijos.<br />
6. Propiciar el clima de confianza, entendimiento, integración,<br />
solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la<br />
comunidad educativa.<br />
7. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia<br />
en el marco de la constitución y la ley.<br />
8. Apoyar el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes<br />
según la normatividad vigente.<br />
9. Elegir los representantes de los padres de familia para el Consejo<br />
Directivo.<br />
PARÁGRAFO<br />
Según el artículo 31 del decreto 1860, la junta directiva de la<br />
asociación de padres de familia convocará dentro de los primeros<br />
treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases del<br />
periodo lectivo anual, a sendas asambleas de los padres de familia de<br />
los alumnos de cada grado, en las cuales se elegirá para el<br />
correspondiente año lectivo a uno de ellos como vocero. La elección<br />
se efectuará por mayoría de votos de los miembros presentes,<br />
después de transcurrida la primera hora de iniciada la asamblea.<br />
3.3. ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA<br />
Es un cuerpo de apoyo y colaboración del Rector del plantel en<br />
cuestiones relativas a la relación Instituto- familia- comunidad. Para<br />
todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una<br />
entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se<br />
constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia<br />
de los estudiantes matriculados en el establecimiento educativo.<br />
El consejo Directivo del Colegio Nuestra Señora de la promoverá la<br />
constitución de la Asociación de Padres de Familia, para lo cual podrá<br />
citar a una asamblea general los treinta primeros días calendario<br />
escolar.<br />
Sólo existirá una asociación de padres de familia en esta institución y<br />
el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40<br />
del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya<br />
adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de<br />
Comercio. Su patrimonio y gestión estarán claramente separados de<br />
los de la Institución. Sus finalidades, Manejo de recursos y demás<br />
generalidades son las establecidas en el Decreto 1286 de 2005.<br />
FUNCIONES ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA<br />
Según el artículo 30 del decreto 1860 sus funciones son:<br />
1. Velar por el cumplimiento del P.E.I. y su continua evaluación,<br />
para lo cual podrá contratar asesorías especializadas.<br />
2. Promover programas de formación del Consejo de Padres de<br />
familia como apoyo a la función pedagógica que les<br />
compromete.<br />
3. Las demás funciones que determine la asociación de Padres de<br />
22
Familia.<br />
Nota: La Junta Directiva de la Asociación de Padres existentes en el<br />
establecimiento elegirá dos representantes al Consejo Directivo uno<br />
deberá ser miembro de la junta directiva y el otro miembro del<br />
Consejo de Padres de Familia.<br />
3.4. CONSEJO ESTUDIANTIL:<br />
Es el máximo órgano colegiado que procura asegurar y garantizar el<br />
permanente ejercicio de la participación democrática de los<br />
educandos.<br />
Es integrado por un representante de cada uno de los grados<br />
ofrecidos por la institución, tanto de la Básica Primaria como de la<br />
secundaria, eligiendo un representante de los grados 0 a 3º.<br />
Primaria.<br />
Los representantes se elegirán por votación secreta ante el director<br />
de grupo en un plazo de 30 días después de haber iniciado clases.<br />
3.4.1. PERFIL DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO<br />
ESTUDIANTIL<br />
El estudiante que aspire a ser miembro del Consejo de Estudiantes,<br />
será una persona que reúna los siguientes requisitos:<br />
1. Ser estudiante de la institución y estar matriculado legalmente.<br />
2. Demostrar conocimiento y cumplimiento del Manual de<br />
Convivencia.<br />
3. Acreditar buen rendimiento académico.<br />
4. No haber tenido antecedentes disciplinarios o faltas graves al<br />
Manual de Convivencia, conforme a lo dispuesto en el numeral<br />
6.4 del capítulo 5º. De este manual.<br />
5. Destacarse por su liderazgo positivo y conciliador.<br />
6. Demostrar sentido de pertenencia por la institución.<br />
7. Velar por el cuidado del medio ambiente.<br />
8. Aceptar y/o acatar las orientaciones y sugerencias hechas por el<br />
coordinador del proyecto.<br />
3.4.2. PROCESO PARA ELEGIR CONSEJO ESTUDIANTIL<br />
1. Motivación por parte del titular de cada grado durante una<br />
semana en el mes de febrero.<br />
2. Inscripción de candidatos ante el titular.<br />
3. Elección del representante a través de voto secreto.<br />
4. Posesión del representante ante el titular de grupo.<br />
3.4.3. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL<br />
1. Darse su propia organización interna.<br />
2. Elegir el representante de los estudiantes ante el consejo<br />
directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de<br />
su representación.<br />
3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten<br />
iniciativas, sobre el desarrollo de la vida estudiantil.<br />
4. Las demás funciones afines atribuidas por el Pacto de<br />
Convivencia.<br />
3.4.4. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO<br />
DIRECTIVO:<br />
En la Ley General de Educación en el artículo 143 manifiesta lo<br />
siguiente:<br />
Que el representante de los estudiantes debe estar cursando el<br />
último grado de educación que ofrezca la institución.<br />
En el decreto 1860 en el artículo 21 dice:<br />
Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de<br />
estudiantes entre los alumnos que se encuentren cursando el<br />
último grado de educación ofrecida en la institución.<br />
3.4.4.1. PROCESO DE ELECCION DEL REPRESENTANTE DE LOS<br />
ALUMNOS:<br />
1. Motivación a los estudiantes del grado undécimo realizado por<br />
los titulares de cada grado.<br />
23
2. Inscripción ante el consejo estudiantil.<br />
3. Elección del candidato por medio del voto secreto.<br />
4. Posesión del representante al consejo directivo.<br />
3.4.4.2. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS<br />
ESTUDIANTES<br />
1. Asistir con responsabilidad a todas las reuniones convocadas por<br />
el consejo directivo de la institución.<br />
2. Exponer sugerencias, inquietudes e iniciativas de los estudiantes<br />
ante el Consejo Directivo, deliberadas en el Consejo Estudiantil.<br />
3. Informar al consejo estudiantil sobre las decisiones tomadas en<br />
las sesiones del Consejo Directivo.<br />
4. Atender las inquietudes de los padres de familia.<br />
5. Convocar a reuniones extraordinarias al consejo estudiantil<br />
cuando la ocasión lo amerite.<br />
3.5. PERSONERO ESTUDIANTIL<br />
La (el) estudiante de último grado encargada(o) de la promoción<br />
de los deberes y derechos consagrados en la Constitución Política<br />
y adoptados por la Institución en el Manual de Convivencia vigente.<br />
3.5.1. REQUISITOS<br />
El estudiante que aspire al cargo de personero estudiantil, o al cargo<br />
de representante de los estudiantes al consejo estudiantil, deberá<br />
reunir los siguientes requisitos:<br />
1. Ser un estudiante que se caracterice por su liderazgo a nivel grupal<br />
e institucional<br />
2. conocer la filosofía del colegio, ser sensible a la práctica de los<br />
derechos y deberes<br />
3. ser hábil en la solución de conflictos y problemas<br />
4. Destacarse académicamente, cumplidor de sus deberes, asistir a<br />
clase en los horarios establecidos, desarrollar tareas asignadas,<br />
buscando siempre la excelencia<br />
5. Disciplinariamente se destacará por su buen comportamiento y<br />
relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la<br />
comunidad educativo<br />
6. Será un estudiante que proyecte y vivencie actitudes<br />
fundamentadas en valores, como el respeto a la diferencia, el amor,<br />
la responsabilidad y la fraternidad<br />
7. Será una persona que refleje ante la sociedad el modelo de<br />
estudiante promovido por la institución.<br />
8. Será un estudiante con sentido de pertenencia, que participe<br />
activamente en los diferentes proyectos de la institución.<br />
9. No haberse visto involucrado en procesos disciplinarios durante los<br />
dos (2) últimos años anteriores a la elección, conforme a lo dispuesto<br />
en el numeral 6.4 del capítulo 5º. de este manual.<br />
3.5.2. PROCESO PARA ELEGIR PERSONERO ESTUDIANTIL<br />
Motivación:<br />
Los maestros encargados del proyecto de democracia darán una<br />
charla utilizando mecanismos de publicidad para despertar interés y<br />
expectativa por las elecciones.<br />
Inscripción de Candidatos:<br />
Se hará ante el grupo responsable del proyecto dando a conocer su<br />
plan de gobierno.<br />
Campaña Electoral:<br />
Cada candidato planteará las propuestas a la comunidad<br />
educativa en los espacios de participación ofrecidos por la<br />
institución<br />
3.5.3. PROCESO DE ELECCION DEL PERSONERO<br />
El grupo responsable del proyecto prepara con anterioridad los<br />
recursos necesarios: Tarjetones, mesas de votación, hojas de<br />
registro, juradas, escrutadoras. Las elecciones se realizan en una<br />
jornada laboral con apoyo de los docentes. El mismo día de las<br />
elecciones se hace la posesión del personero.<br />
El personero será elegido dentro de los treinta (30) días calendario<br />
siguiente a la iniciación de clases del periodo lectivo anual. Para tal<br />
efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con<br />
24
el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto<br />
secreto. Se levanta el acta correspondiente<br />
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es<br />
incompatible con el representante de los estudiantes ante el consejo<br />
directivo.<br />
El personero tendrá un periodo de un año.<br />
FUNCIONES DEL PERSONERO<br />
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los<br />
estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación<br />
internos del establecimiento.<br />
2. Organizar otras formas de deliberación en colaboración con el<br />
Consejo Estudiantil.<br />
3. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los<br />
educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier<br />
persona de la Comunidad Educativa sobre el incumplimiento de las<br />
obligaciones de los estudiantes.<br />
4. Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus<br />
competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que<br />
considere necesario, para proteger los derechos de los estudiantes y<br />
facilitar el cumplimiento de sus deberes.<br />
5. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o<br />
el Organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a<br />
las peticiones por su intermedio.<br />
6. Las demás funciones afines atribuidos por el manual de<br />
convivencia.<br />
3.6 CONTRALOR ESCOLAR<br />
El Contralor Escolar es un líder encargado de velar por el buen uso de<br />
los recursos y de los bienes públicos de la institución. Para ejercer su<br />
labor podrá contar con los instrumentos dispuestos por la<br />
Contraloría Municipal de Departamento de Santander y con el apoyo<br />
de la Secretaría de Educación Municipal.<br />
3.6.1. PROCESO PARA ELEGIR EL CONTRALOR ESTUDIANTIL<br />
Para su elección la Rectoría convoca a los estudiantes de grado<br />
décimo para que se postulen a la representación de los estudiantes<br />
como Contralor(a) y se procede de la siguiente forma:<br />
1. Se postulan los estudiantes que lo deseen y que cumplan con el<br />
perfil para ser Contralor Escolar.<br />
2. Los candidatos desarrollan campañas de sensibilización dirigidas a<br />
toda la comunidad estudiantil mediante la presentación de<br />
propuestas.<br />
3. Se hace votación directa con todos los estudiantes y se elige por<br />
mayoría simple.<br />
4. Se levanta el acta correspondiente.<br />
5, Su elección se hará el mismo día de las elecciones de Personero y<br />
Consejo de Estudiantes y su periodo será de un año.<br />
3.6.2. PERFIL DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL<br />
Para ser Contralor Escolar se debe cumplir con los siguientes<br />
requisitos:<br />
1. Ser estudiante de décimo grado de la institución y estar<br />
matriculado legalmente.<br />
2. Demostrar conocimiento y cumplimiento del Manual de<br />
Convivencia.<br />
3. Acreditar buen rendimiento académico.<br />
4. No haber tenido antecedentes disciplinarios o faltas graves al<br />
Manual de Convivencia.<br />
5. Destacarse por su liderazgo positivo y conciliador.<br />
6. Demostrar sentido de pertenencia por la institución.<br />
7. Tener en cuenta las recomendaciones de los líderes del proceso de<br />
elección de los órganos del gobierno escolar.<br />
8. No haberse visto involucrado en procesos disciplinarios durante<br />
los dos (2) últimos años anteriores a la elección, conforme a lo<br />
dispuesto en el numeral 6.4 del capítulo 5º. de este manual.<br />
3.6.3. FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL<br />
1. El Contralor escolar, tendrá las siguientes funciones:<br />
25
2. Propiciar acciones concretas y permanentes, de control social a la<br />
gestión de la institución.<br />
3. Promover la rendición de cuentas en la institución.<br />
4. Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre<br />
deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el<br />
manejo de los bienes de la institución.<br />
5. Poner en conocimiento del organismo de control competente, las<br />
denuncias que tengan merito, con el fin de que se apliquen los<br />
procedimientos de investigación que resulten procedentes.<br />
6. Comunicar a la comunidad educativa, los resultados de la gestión<br />
realizada durante el periodo.<br />
7. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el plan de<br />
mejoramiento, el presupuesto y el plan de compras de la institución.<br />
8. Promover en la comunidad educativa, programas para incentivar<br />
el uso racional de los recursos y el cuidado del medio ambiente.<br />
9. Aplicar para el ejercicio de sus actividades, los procedimientos y<br />
formatos dispuestos en el manual diseñado por la contraloría.<br />
10. Seguir los requerimientos de la contraloría para su formación,<br />
plan de trabajo de gestión, entrega de informes y conducto regular<br />
de comunicación frente a presuntas inconsistencias surgidas del<br />
control social.<br />
11. Mantener una actitud ejemplar, caracterizada por el<br />
cumplimiento de las normas, el respeto a los parámetros fijados en el<br />
presente Manual de Convivencia y su transparente gestión en el<br />
control social de la institución.<br />
3.7. COMITÉ ESCOLAR DE <strong>CONVIVENCIA</strong><br />
Es el organismo institucional de naturaleza colegiada que tiene como<br />
objeto contribuir a la formación de ciudadanos activos, que<br />
aporten a la construcción de una sociedad democrática,<br />
participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con lo<br />
mandado por la constitución y la Ley General de Educación, de modo<br />
que contribuya a la convivencia escolar, el ejercicio responsable de<br />
los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la<br />
prevención y la mitigación de la violencia escolar y el fortalecimiento<br />
de la democracia y la civilidad en todos los niveles educativos, desde<br />
preescolar hasta la media técnica. De conformidad a la Ley 1620 de<br />
2013 y al Decreto 1965 de 2013.<br />
3.7.1. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE<br />
<strong>CONVIVENCIA</strong><br />
El Comité estará integrado por:<br />
El rector del establecimiento educativo, quien preside el<br />
comité.<br />
El personero estudiantil.<br />
El docente con función de orientación.<br />
Los coordinadores de convivencia.<br />
El presidente del consejo de padres de familia.<br />
El presidente del consejo de estudiantes.<br />
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia<br />
escolar.<br />
Parágrafo 1. Para la elección del docente al comité escolar de<br />
convivencia, las áreas podrán postular candidatos para que sea<br />
elegido por mayoría simple mediante voto secreto por el<br />
cuerpo docente. Esta elección se hará el mismo día que se<br />
elige el representante al consejo directivo.<br />
Parágrafo 2. En caso de ausencia de candidatos de los<br />
docentes al comité de convivencia será su representante ante<br />
el consejo directivo quien los represente ante este comité.<br />
3.7.2. FUNCIONES DEL COMITÉ DE ESCOLAR <strong>CONVIVENCIA</strong><br />
Este Comité está encargado de apoyar la labor de promoción, a la<br />
educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales<br />
y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del<br />
manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la<br />
violencia escolar.<br />
Las funciones del Comité de Convivencia Escolar serán las siguientes:<br />
26
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se<br />
presenten entre docentes y estudiantes, directivos y<br />
estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.<br />
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten<br />
la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los<br />
derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y<br />
mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la<br />
comunidad educativa.<br />
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a<br />
estrategias, programas y actividades de convivencia y<br />
construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que<br />
respondan a las necesidades de su comunidad educativa.<br />
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de<br />
situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por<br />
solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad<br />
educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura<br />
de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la<br />
comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el<br />
padre, madre de familia, acudiente o un compañero del<br />
establecimiento educativo.<br />
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar<br />
definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones<br />
específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas<br />
de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos<br />
sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este ·<br />
comité de acuerdo con lo establecido en el manual de<br />
convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan<br />
las características de la comisión de una conducta punible, razón<br />
por la cual deben ser atendidos por otras instancias o<br />
autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la<br />
Ruta.<br />
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a<br />
promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los<br />
derechos humanos sexuales y reproductivos.<br />
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones<br />
establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a<br />
la respectiva instancia que hace parte de la estructura del<br />
Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los<br />
Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la<br />
Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o<br />
situaciones que haya conocido el comité.<br />
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que<br />
permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la<br />
articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto<br />
educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más<br />
y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la<br />
ciudadanía.<br />
9. Evaluar constantemente el comportamiento disciplinario de los<br />
alumnos y dar orientación sobre los procesos disciplinarios<br />
para garantizar el cumplimiento de los derechos y obligaciones,<br />
dar solución a los conflictos a través de diálogos y consolidar un<br />
espíritu democrático.<br />
10. Estudiar los casos de indisciplina considerados graves y<br />
recomendar las sanciones y correctivos<br />
11. Servir de instancia orientadora y de apoyo, para estimular y<br />
garantizar el cumplimiento de los deberes y derechos, la<br />
convivencia pacífica, la solución de conflictos por la vía del<br />
diálogo, la conciliación o la sanción cuando la situación lo<br />
ameriten, y la consolidación del espíritu democrático y<br />
participativo en todos los miembros de la comunidad, de modo<br />
que se asegure un ambiente favorable para la formación del<br />
educando.<br />
12. Darse su propio reglamento.<br />
ARTICULO XX.- SESIONES.<br />
El Comité Escolar de Convivencia del colegio Nuestra Señora<br />
de la Paz, sesionará como mínimo cada dos meses y de forma<br />
extraordinaria convocado por su presidente, el rector, o por<br />
solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo cuando las<br />
circunstancias lo ameriten.<br />
Parágrafo. En caso de ser necesario se invitará a cualquier<br />
miembro de la comunidad educativa con voz pero sin voto.<br />
27
CAPIITULO IIV<br />
PADRES DE FAMIILIIA Y/O<br />
ACUDIIENTES<br />
Las personas que por vínculo directo de consanguinidad, por vínculo<br />
legal o por delegación comprobada de los padres del estudiante,<br />
tienen la autoridad, ejercen la función de acudientes y asumen<br />
libremente delante de las autoridades de la Institución la<br />
responsabilidad de la manutención, el cuidado y el acompañamiento<br />
del proceso formativo del estudiante válidamente matriculada(o) en<br />
el colegio nuestra señora de la paz, de San Vicente de Chucurí.<br />
4.1. PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA.<br />
La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco<br />
del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los<br />
derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y<br />
mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones<br />
consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley<br />
115 de 1994, la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la<br />
Adolescencia), a Ley 1453 de 2011 (reforma del Código de Infancia y<br />
Adolescencia) y demás normas vigentes, deberá:<br />
- Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen<br />
confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico,<br />
social y ambiental.<br />
- Participar en la formulación, planeación y desarrollo de<br />
estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos<br />
humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia,<br />
y el fomento de estilos de vida saludable.<br />
-Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso<br />
pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la<br />
convivencia y la sexualidad.<br />
- Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través<br />
de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo<br />
institucional (PEI).<br />
- Asumir responsabilidades en actividades para el<br />
aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el sano<br />
desarrollo físico, emocional, espiritual y mental.<br />
- Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el<br />
manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna<br />
de las normas allí definidas.<br />
- Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se<br />
presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos<br />
sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo<br />
con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del<br />
respectivo establecimiento educativo.<br />
- Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la<br />
Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los<br />
derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.<br />
4.2 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA<br />
1. Conocer la organización y funcionamiento de la institución y<br />
utilizar cada uno de los servicios que el plantel presta en beneficio de<br />
la formación integral.<br />
2. Elegir responsable y democráticamente a los padres de familia<br />
que los representarán en la Asociación de Padres de Familia (A.P.F.);<br />
y los demás estamentos de participación democrática del colegio<br />
donde tengan derecho.<br />
3. Establecer y mantener constante diálogo con los profesores de<br />
sus hijos con el fin de obtener información sobre el resultado<br />
académico y disciplinario de su hijo (a) en el colegio.<br />
4. Solicitar información sobre el movimiento financiero de la<br />
28
Asociación de Padres de Familia.<br />
5. Proponer estrategias que beneficien la labor educativa.<br />
6. Solicitar certificación o constancias a las cuales tenga derecho y<br />
retirar la documentación al cancelar la matrícula, siempre y cuando<br />
se encuentre a paz y salvo por todo concepto con la institución.<br />
7. Conocer amplia, clara y oportunamente las diversas estrategias<br />
metodológicas evaluativas y disciplinarias relacionadas con la<br />
formación integral de sus hijos.<br />
8. Aprovechar los servicios de asesoría espiritual y psicológica que<br />
brinda el colegio.<br />
9. Pertenecer y colaborar en la Asociación de Padres de Familia en<br />
caso de ser nombrado por el grupo a que pertenece el hijo o elegir a<br />
su propio representante.<br />
10. Recibir informaciones periódicas en forma personal y directa,<br />
oral o escrita sobre la asistencia, rendimiento, comportamiento de<br />
sus hijos, así como también sobre el desarrollo de actividades<br />
programadas por el plantel.<br />
11. Recibir capacitación sobre temas que contribuyan a la formación<br />
de los hijos y a la unidad familiar.<br />
12. Participar en las actividades culturales programadas por la<br />
institución.<br />
13. Integrarse en el proceso de formación de sus hijos, orientándolos<br />
hacia su desarrollo.<br />
14. Solicitar entrevistas con los docentes cuando lo requiera para<br />
apoyar el proceso de formación de sus hijos.<br />
15. Ser atendidos oportunamente por el personal del colegio para<br />
dar curso al planteamiento y solución de problemas en la formación<br />
de sus hijos o sobre la institución.<br />
4.3 COMPROMISOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA<br />
Y / O ACUDIENTES<br />
Los Padres de Familia son los primeros responsables de la educación<br />
de sus hijos. “Es responsabilidad de los padres, velar porque los hijos<br />
reciban los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo físico,<br />
intelectual, moral y social”. Por lo tanto tiene dentro de sus deberes<br />
los siguientes:<br />
1. Valorar y respetar el personal directivo, docente administrativo y<br />
de servicios generales de la institución.<br />
2. Al momento de la matrícula debe respaldar con su firma que<br />
conoce y acepta el Pacto de Convivencia Social.<br />
3. Asistir puntualmente a las reuniones, encuentros y demás<br />
actividades programadas por el colegio.<br />
4. Crear un ambiente sano y saludable en el hogar para que su hijo<br />
pueda desarrollar las actividades de formación como<br />
cumplimiento del trabajo escolar, evitando el castigo físico y la<br />
agresión verbal.<br />
5. Ingresar e impulsar la educación familiar y escolar en un<br />
ambiente agradable que estimule el desarrollo físico, afectivo,<br />
moral, social y natural.<br />
6. Ayudar a organizar y orientar el tiempo libre de sus hijos.<br />
7. Estimular el desarrollo de hábitos de higiene, pulcritud,<br />
delicadeza y buenos modales.<br />
8. Participar como miembro activo de la comunidad fortaleciendo<br />
las orientaciones impartidas por el plantel desde el momento<br />
que se firma la matrícula de su hijo (a).<br />
9. Velar por la buena imagen pública del plantel y de cualquiera de<br />
sus integrantes.<br />
10. Matricular a su hijo en las fechas y horarios establecidos.<br />
11. Contribuir solidariamente con el plantel para el logro del<br />
Proyecto Educativo Institucional (P.E.I).<br />
12. Justificar personalmente o por escrito la inasistencia de su hijo<br />
29
(a) al plantel.<br />
13. Cancelar los daños ocasionados por sus hijos a la institución.<br />
14. Seguir el conducto regular establecido por la institución para<br />
exponer sus Inquietudes.<br />
15. Asumir la misión de primeros formadores de sus hijos en la fe.<br />
16. Proporcionar al hijo todos los elementos indispensables para su<br />
labor: uniformes, útiles, etc.<br />
17. Velar por su correcta observancia de las normas elementales de<br />
urbanidad, dentro y fuera de la institución.<br />
18. Asistir puntualmente a las reuniones reglamentarias.<br />
19. Valorar y acatar los correctivos impuestos a sus hijos.<br />
20. Velar por la presentación personal de cada uno de sus hijos.<br />
21. Respetar la integridad moral profesional de la comunidad<br />
educativa.<br />
22. Asistir a la Escuela de Padres de Familia que el colegio cite,<br />
porque en ella comparte experiencias y analiza estrategias<br />
pedagógicas le ayudarán a comprender a su hijo, según su edad y<br />
época actual.<br />
23. Colaborar en forma decidida y oportuna con las actividades que<br />
la institución programe. Debe recordar que estas actividades se<br />
desarrollan para beneficio de la comunidad educativa del Colegio<br />
Nuestra Señora de la Paz, siendo el centro de ésta, su hijo.<br />
24. Informar cualquier mal comportamiento de los estudiantes fuera<br />
de la institución.<br />
25. Informar sobre tratamientos médicos especiales, así como<br />
enfermedades que padezca el estudiante.<br />
4.4 ESTÍMULOS<br />
1. Reconocimiento público, mediante carta de felicitación a los<br />
padres cuyos hijos(as), hayan alcanzado todos los logros, sin<br />
recuperación en cada periodo.<br />
2. Celebración especial para el día de la familia.<br />
3. Reconocimiento público por su labor en pro de la institución.<br />
4. Distinción particular por la colaboración en actividades<br />
programadas por el plantel.<br />
4.5 . MECANISMOS DE CONTROL<br />
EL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE QUE:<br />
1. Incumpla los compromisos consignados en este Manual<br />
convivencia será citado a presentarse en el plantel establecer un<br />
compromiso escrito al respecto.<br />
2. Al ser citado por las Directivas o Docentes del plantel y NO<br />
presenten sin justificación, el estudiante realizará trabajos de<br />
formación personal asignados por los directivos hasta tanto la<br />
citación se haya cumplido.<br />
3. El Padre de familia que no asista a las citaciones realizadas por los<br />
docentes o directivos, serán reportados a la Comisaría de<br />
Familia.<br />
4. Al Maltratar física o moralmente a su hijo será denunciado por<br />
institución ante las autoridades competentes.<br />
CAPIITULO V<br />
DOCENTES Y DIIRECTIIVOS DOCENTES<br />
El ejercicio de la función docente dentro de la Institución se<br />
rige por lo estipulado en la Constitución Política Colombiana, en la<br />
Ley General de Educación y en sus decretos reglamentarios vigentes.<br />
5.1. DOCENTES<br />
(Ley 115 de 1994 Título VI capítulo 1º. Artículo 104; Decreto<br />
Reglamento 1860 de 1994 capítulo IV Artículo 18).<br />
30
El educador pertenece a la comunidad educativa la cual está<br />
constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en<br />
la organización, desarrollo y evolución del proyecto educativo<br />
institucional que se ejecuta en el establecimiento o institución<br />
educativa.<br />
El educador es el orientador en los establecimientos, de un<br />
proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los educandos,<br />
acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la<br />
fila familiar y la sociedad<br />
5.1.1. PERFIL DEL EDUCADOR<br />
El docente del Colegio Nuestra Señora de la paz, manifiesta en su<br />
personalidad y labor pedagógica lo siguiente:<br />
1. Liderazgo para promover una convivencia fundada en: verdad, la<br />
justicia, la solidaridad, la paz, el respeto y todo cuanto<br />
contribuya al bienestar de la comunidad.<br />
2. Preocupación constante por el desarrollo físico, afectivo<br />
psicológico, político, intelectual, moral y espiritual de<br />
educandos.<br />
3. Capacidad de discernimiento crítico para denunciar y actuar<br />
frente a las manipulaciones ideológicas, la injusticia, la violencia,<br />
la opresión y todo cuanto atenté contra la dignidad humana.<br />
4. Dinamismo y compromiso en la construcción d e una sociedad<br />
humana, democrática, participativa y pluralista como educador<br />
cristiano.<br />
5. Ser comunicador idóneo y profesional de lo que sabe y conoce<br />
para garantizar un mejor servicio educativo.<br />
6. Colaboración con los estudiantes en el descubrir de su pro<br />
identidad, su capacidad de trascender, sus aspiraciones, valores<br />
y su compromiso social, cultural y político.<br />
7. Capacidad de diálogo, escucha, servicio, paciencia,<br />
afectividad, comprensión y gran sensibilidad social a favor los<br />
más necesitados.<br />
8. Apertura al cambio y ser prototipo de valores éticos, religiosos<br />
sociales, culturales, artísticos y ecológicos.<br />
9. Fortaleza moral caracterizada por la responsabilidad, respeto, la<br />
honestidad, la dignidad dando siempre testimonio de vida.<br />
10. Claridad en los objetivos, enérgico, creativo e innovador en el<br />
quehacer pedagógico.<br />
11. Espíritu de investigación científica, autocrítica, reflexión<br />
conocimiento de los nuevos avance técnicos y pedagógicos<br />
12. Colaboración generosa y constante en los procesos filosóficos,<br />
académicos y disciplinarios para el proceso y buen nombre de la<br />
institución.<br />
5.1.2. DERECHOS DE LOS EDUCADORES:<br />
1. Recibir trato respetuoso y cordial de todos los estamentos del<br />
plantel.<br />
2. Recibir capacitación y actualización de acuerdo a las innovaciones<br />
pedagógicas para una mejor formación de la niñez y la juventud.<br />
3. Recibir el apoyo moral, psicológico y material de acuerdo a las<br />
condiciones del plantel.<br />
4. Respeto a su vida privada, honra y reputación.<br />
5. Expresar opiniones libres siempre y cuando no interfieran en la<br />
buena marcha del plantel.<br />
6. Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo<br />
con las disposiciones legales pertinentes.<br />
7. Ejercer la libertad de cátedra.<br />
8. Presentar sugerencias y reclamos respetuosos, en pro del<br />
mejoramiento de la calidad de la educación u otro aspecto de<br />
interés para el colegio.<br />
9. Ser evaluado integral y objetivamente de conformidad con las<br />
normas legales establecidas.<br />
10. Hacer uso responsable de los bienes muebles e inmuebles<br />
de la Institución, así como de los diferentes servicios y<br />
facilidades que esta le ofrece.<br />
11. Presentar las excusas respectivas, tales como incapacidades<br />
por el no cumplimiento de sus deberes o la inasistencia al<br />
trabajo como docente.<br />
12. Los demás derechos contemplados en el Estatuto Docente y Ley.<br />
5.1.3 DEBERES DE LOS DOCENTES<br />
31
1. Son responsabilidades de los Docentes en relación con la<br />
promoción de la Convivencia Escolar, la formación para los<br />
derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención<br />
y mitigación de la violencia escolar, las siguientes:<br />
*Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de<br />
acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y<br />
reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento<br />
educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y<br />
demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los<br />
protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la<br />
Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen<br />
conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente<br />
deberá reportar al “comité escolar de convivencia” para activar el<br />
protocolo respectivo.<br />
*Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la<br />
construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y<br />
tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva<br />
de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la<br />
dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los<br />
estudiantes.<br />
*Participar de los procesos de actualización y de formación docente<br />
y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.<br />
*Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia<br />
2. Cumplir la constitución Nacional, Código del menor y demás leyes<br />
colombianas.<br />
3. Inculcar a los educandos el respeto y amor hacia los valores<br />
humano cristiano (amor, respeto, honestidad, tolerancia, etc.). a los<br />
valores históricos y culturales y el respeto a los símbolos patrios.<br />
4. Cumplir órdenes a su cargo que le impartan sus superiores.<br />
5. Asistir a las reuniones convocadas por las directivas en las horas<br />
señaladas.<br />
6. Velar por la conservación y mejoramiento de vida.<br />
7. Dar trato cortes a los compañeros y personal directivo,<br />
compartiendo sus tareas con espíritu de solidaridad.<br />
8. Velar por la conservación de documentos útiles, muebles, que le<br />
sean confiados.<br />
9. Planear y preparar sus clases, dirigir, controlar, asesorar y evaluar<br />
los procesos de desarrollo del conocimiento, diligenciamiento de los<br />
respectivos libros reglamentarios.<br />
10. cumplir con las actividades asignadas por la institución<br />
(disciplina, periódico mural, izadas de bandera, cartelera general,<br />
comités, actos culturales y otros).<br />
11. Observar una buena conducta pública acorde con el decoro y<br />
dignidad de su cargo.<br />
12. Participar en la elaboración del P.E.I., en el Manual de<br />
Convivencia, planeamiento y programación de actividades.<br />
13. Brindar asesorías pedagógicas a los padres de familia cuando lo<br />
requieran.<br />
14. Contribuir responsablemente en el plantel para el logro del P.E.I.<br />
15. Estar a paz y salvo con todas las dependencias del plantel al<br />
terminar el año lectivo.<br />
16. Asumir permanentemente una aptitud de compromiso,<br />
identidad, pertenencia y lealtad al colegio.<br />
17. Velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones que<br />
contempla el Manual de Convivencia y el Reglamento Interno.<br />
18. Presentarse al colegio en óptimas condiciones (físicas y<br />
anímicas), para desempeñar su labor educativa.<br />
19. solicitar la autorización de la rectoría para realizar actividades<br />
(culturales, deportivas, rifas, compras o ventas).<br />
20. Tratar con dignidad y sigilo los asuntos que puedan atentar<br />
contra el buen nombre de las personas y del colegio.<br />
21. Mantener adecuadas relaciones con las directivas del plantel,<br />
compañeros, personal administrativo y de servicios.<br />
22. Atender a los padres de familia de acuerdo con el horario<br />
preestablecido y a los estudiantes que soliciten cualquier orientación<br />
acerca de sus logros o temas de clase.<br />
23. Fomentar hábitos de higiene y salud en sus estudiantes.<br />
24. Velar por el bienestar, la seguridad e integridad de los<br />
estudiantes en todo momento, especialmente en los turnos de<br />
vigilancia, desplazamientos fuera de la institución y actividades<br />
culturales y deportivas entre otras.<br />
25. Cumplir puntualmente y de manera organizada con todas<br />
sus obligaciones académicas y formativas programadas por el<br />
32
colegio, tales como clases, entrega de notas, manejo de la<br />
plataforma, turnos de vigilancia, entre otras<br />
26. Mantener actualizada la plataforma académica con los registros<br />
oportunos de notas de evaluaciones, trabajos y demás actividades<br />
escolares.<br />
27. Las demás contempladas en el Estatuto Docente, Artículo 48<br />
decreto Ley 227/79, Régimen disciplinario Decreto 2480 31 de 1.986<br />
y demás consagradas por la legislación Colombiana vigente.<br />
5.1.4. FUNCIONES DE LOS DOCENTES.<br />
1. Participar activamente en la elaboración del planeamiento y<br />
programación del área respectiva y en la realización de los<br />
diferentes proyectos.<br />
2. Programar, organizar y acompañar el desarrollo de las<br />
actividades de la asignatura a su cargo de acuerdo con los<br />
criterios establecidos.<br />
3. Presentar oportunamente a coordinación el informe académico<br />
de los estudiantes a su cargo al finalizar cada período.<br />
4. Elaborar el diagnóstico de su área y la selección de alternativas<br />
para lograr eficiencia académica.<br />
5. Llevar el seguimiento permanente de los estudiantes en los<br />
diversos aspectos del proceso de formación integral.<br />
6. Diseñar estrategias metodológicas y llevar a cabo actividades<br />
complementarias que lleven al logro de los objetivos<br />
propuestos.<br />
7. Realizar actividades de nivelación y recuperación con los<br />
estudiantes que lo requieran.<br />
8. Participar activa y creativamente en las actividades y comités<br />
organizados, asistir a las reuniones convocadas por las<br />
directivas, controlar y mantener la disciplina de los estudiantes<br />
dentro y fuera del aula.<br />
9. Desempeñarse como director de grupo cuando sea asignada esa<br />
responsabilidad, permanecer en la institución durante la<br />
jornada de trabajo.<br />
10. Cumplir con la jornada laboral y carga académica asignada de<br />
acuerdo a las normas vigentes.<br />
11. Participar en el diseño de estrategias metodológicas a que dé<br />
lugar el análisis de resultados de las evaluaciones.<br />
12. Presentar los casos especiales a los coordinadores, director de<br />
grupo y/o Psicorientación para su tratamiento.<br />
13. Presentarse en el salón de clase puntualmente con las<br />
actividades y materiales debidamente planeadas, evitando la<br />
improvisación e indisciplina.<br />
14. Presentar oportunamente y por escrito al rector la solicitud de<br />
permiso en caso de ausencia justificada.<br />
15. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de<br />
los equipos y materiales que le sean confiados y al finalizar el<br />
año escolar entregar el inventario correspondiente.<br />
16. Presentar oportunamente los informes académicos de los<br />
estudiantes a la Coordinación Académica.<br />
17. Elegir un representante para que pertenezca al Consejo<br />
Directivo y Consejo Académico.<br />
18. En caso de ausencia justificada, presentar a coordinación<br />
académica talleres, arreglos a las actividades planeadas de tal<br />
manera que los estudiantes puedan desarrollarlas<br />
debidamente.<br />
19. Cumplir la demás funciones que sean asignadas de acuerdo con<br />
la naturaleza de su cargo<br />
5.1.5. DOCENTES DIRECTORES DE GRUPO.<br />
El docente director de grupo es la persona que mediante su<br />
trayectoria profesional tiene méritos suficientes en cuanto a la<br />
responsabilidad, acompañamiento permanente y el testimonio de<br />
vida, en la dirección de un grupo de estudiantes confiados a su cargo<br />
FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRUPO.<br />
1. Elaborar un diagnóstico y ejecutar el proyecto de dirección de<br />
grupo e inducción de los estudiantes confiados a su cuidado.<br />
2. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer el seguimiento<br />
del grupo confiado a su responsabilidad.<br />
33
3. Orientar las actividades de los estudiantes para lograr el<br />
desarrollo de su personalidad y dar tratamiento y ejemplo<br />
formativo.<br />
4. Participar con puntualidad en la realización de las actividades de<br />
izadas de bandera, desfiles, actos religiosos, culturales, ecológicos<br />
y deportivos con su grupo.<br />
5. Promover el análisis de situaciones conflictivas individual y de<br />
grupo y buscar con otros estamentos soluciones adecuadas.<br />
6. Establecer permanente comunicación con profesores, directores<br />
y padres de familia para coordinar la acción educativa.<br />
7. Presentar al coordinador académico informe sobre el desarrollo<br />
de las actividades propias de su cargo, cuando le sean solicitadas.<br />
8. Colaborar en la organización del gobierno escolar, consejo de<br />
estudiantes, comisiones, comités y representaciones de su grupo.<br />
9. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su<br />
comportamiento y aprovechamiento académico en coordinación<br />
con el servicio de Psicorientación.<br />
10. Motivar y fomentar las habilidades y destrezas que poseen los<br />
estudiantes con miras a la proyección dentro y fuera de la<br />
institución.<br />
11. Organizar comités y promover actividades (aseo, decoración,<br />
cuidado y mantenimiento de muebles y paredes) que propicien<br />
un ambiente favorable para el desarrollo de las actividades<br />
escolares.<br />
12. Al finalizar el año lectivo hacer entrega del inventario de los<br />
enseres del salón confiados a su responsabilidad.<br />
5.1.6. DOCENTE ORIENTADORA<br />
El orientador escolar o consejero, depende del rector del plantel. Le<br />
corresponde facilitar que los alumnos y los demás estamentos de la<br />
Comunidad Educativa identifiquen sus características y necesidades<br />
personales y sociales para que tomen decisiones consciente y<br />
responsablemente, creando así un ambiente que estimule el<br />
rendimiento escolar y la realización personal.<br />
FUNCIONES DE LA DOCENTE ORIENTADORA<br />
1. Participar en los comités en que sea requerido.<br />
2. Participar en la planeación del currículo.<br />
3. Planear y programar, en colaboración con los coordinadores, las<br />
actividades de su dependencia, de acuerdo con los criterios<br />
establecidos por la dirección del plantel.<br />
4. Contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de los educandos,<br />
en participar en cuanto a:<br />
a. Toma de decisiones personales.<br />
b. Identificación de aptitudes e intereses.<br />
c. Solución de conflictos y problemas individuales, familiares y<br />
grupales.<br />
d. Participación en la vida académica, social y comunitaria.<br />
e. Desarrollo de valores.<br />
5. Realizar al iniciar el año encuentros de inducción con los alumnos<br />
de sexto grado.<br />
6. Elaborar y ejecutar los encuentros formativos con padres de<br />
familia y alumnos.<br />
7. Orientar y asesorar a los docentes para la realización de la<br />
instrucción.<br />
8. Colaborar con los docentes y padres de familia en la orientación<br />
de los estudiantes que presenten mayor dificultad en su proceso<br />
de formación.<br />
9. Estar disponible y atento a la escucha de docentes, padres de<br />
familia y alumnos y personas que lo requieran.<br />
10. Programar y ejecutar actividades pendientes al mejoramiento<br />
del proceso educativo.<br />
11. Llevar a cabo el seguimiento de los alumnos con mayor<br />
problemática.<br />
12. Diligenciar a nivel personal la ficha acumulativa de cada alumno.<br />
13. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de<br />
los materiales a su cargo.<br />
14. Presentar al rector oportunamente y por escrito los permisos<br />
para justificar sus ausencias.<br />
15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo a<br />
su cargo.<br />
PROCEDIMIENTO PARA LOS SERVICIOS DE<br />
PSICOORIENTACION<br />
34
Para recibir el servicio de Psicoorientación se tendrán en cuenta los<br />
siguientes conductos regulares:<br />
1. Se solicitará con anticipación el servicio que se quiera tener,<br />
según las funciones del Psicorientador.<br />
2. Cuando un estudiante sea solicitado en Psicoorientación, se<br />
enviará al docente que esté laborando con él en ese momento,<br />
una boleta de citación.<br />
3. Para la atención a padres de familia que sean solicitados en<br />
Psicoorientación, se enviará con el estudiante, la citación<br />
respectiva.<br />
4. Si al ser citada la persona en Psicoorientación y no puede<br />
responder, debe informar oportunamente.<br />
5. Cuando un docente remita a un estudiante a piso-orientación,<br />
debe solicitar con anterioridad la entrevista y enviar la remisión<br />
por escrito.<br />
5.1.7. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES<br />
1. Medalla al mérito Marie Poussepin: otorgada a los directivos,<br />
docentes, personal administrativo y operativo por veinte (20)<br />
años de servicio a la institución, reconocimiento que se hará en<br />
ceremonia de graduación.<br />
2. Pergamino otorgado a los docentes por cada quinquenio de<br />
labores en la institución, el cual será entregado en ceremonia<br />
especial.<br />
3. Premio al docente del año: Reconocimiento al profesor que<br />
durante el año se destaque por sus méritos, actitudes y<br />
cumplimiento cabal de sus funciones.<br />
4. Reconocimiento a los docentes e fechas especiales por su labor<br />
pedagógica.<br />
5. Recibir capacitación de acuerdo a los cambios generados en el<br />
proceso educativo.<br />
6. Destacar en forma verbal y/o escrita cualquier acción que<br />
redunde en bienestar de la familia Colnupaz<br />
2.2. DIRECTIVOS DOCENTES<br />
Los directivos docentes del colegio nuestra señora de la paz, según<br />
el artículo 27 de la Ley 115, son responsables de garantizar la<br />
atención de calidad a los estudiantes en todos los aspectos del<br />
desarrollo integral humano. A su vez, orientan el desempeño de<br />
los docentes de acuerdo con el PEI, Las funciones y deberes de<br />
los mismos contemplados en este manual, y el plan de estudios.<br />
Además, propician el clima de interacción y participación de la<br />
comunidad educativa con miras al bienestar de todos.<br />
5.2.1. RECTOR.<br />
Es el representante legal de la institución , ante las autoridades<br />
educativas correspondientes; preside los organismos de dirección y<br />
administración; promueve el cumplimiento de la misión según el PEI;<br />
salvaguarda el cumplimiento del Manual de Convivencia y, garantiza<br />
la ejecución de lo decidido válidamente en el gobierno escolar.<br />
FUNCIONES DEL RECTOR<br />
Según el artículo 25 del decreto 1860 le corresponden al rector del<br />
establecimiento educativo las siguientes funciones:<br />
1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar<br />
las decisiones del gobierno escolar.<br />
2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el<br />
oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el<br />
efecto.<br />
3. Promover el proceso continuo del mejoramiento de la calidad de<br />
la educación en el establecimiento.<br />
4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas,<br />
con los patrocinadores de la institución y con la comunidad local,<br />
para el continuo progreso académico del mejoramiento de la<br />
vida comunitaria.<br />
5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes<br />
estamentos de la comunidad Educativa.<br />
6. Orientar el progreso educativo con la asistencia del Consejo<br />
Académico.<br />
35
7. Ejercer las funciones disciplinarias que la atribuya la ley, los<br />
reglamentos y el Manual de Convivencia.<br />
8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para<br />
canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo<br />
institucional.<br />
9. Promover actividades de beneficio social que vinculen al<br />
establecimiento con la comunidad local.<br />
10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado,<br />
atinentes a la presentación del servicio público y educativo.<br />
11. Liderar el Comité Escolar de Convivencia acorde con lo estipulado<br />
en los Art. 11, 12 y 13 de la Ley 1620 /13.<br />
12. Incorporar en los procesos de planeación institucional el<br />
desarrollo de los componentes de prevención y de promoción y<br />
los protocolos o procedimientos establecidos para la<br />
implementación de la ruta de atención integral para la<br />
convivencia escolar (No. 2, Art. 18/1620).<br />
13. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y<br />
vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños,<br />
niñas, adolescentes y jóvenes del establecimiento educativo en<br />
sus calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia,<br />
acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en<br />
la ruta de atención integral y, hacer seguimiento a dichos casos<br />
(No. 4, Art. 18/1620).<br />
14. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores<br />
que le atribuya el proceso educativo Institucional y la Ley.<br />
5.2.2. COORDINADOR (A) ACADÉMICO (A).<br />
El coordinador(a) académico(a) depende del rector del plantel. Le<br />
corresponde la administración académica de la institución. De él<br />
dependen los coordinadores de área y por relación de autoridad<br />
funcional los profesores y estudiantes.<br />
FUNCIONES DELCOORDINADOR(A) ACADÉMICO(A).<br />
1. Pertenecer al consejo académico y participar en los demás en que<br />
sea requerido(a).<br />
2. Colaborar con el rector en la elaboración y ejecución del P.E.I.<br />
3. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el<br />
horario general de clases del plantel.<br />
4. Organizar a los docentes por comités de área de acuerdo con las<br />
normas vigentes coordinar sus acciones para el logro de los<br />
objetivos.<br />
5. Asesorar el desarrollo de las actividades académicas de acuerdo<br />
con el plan de es estudios, la práctica del diseño instruccional de<br />
las unidades propuestas para su debida evaluación y<br />
retroalimentación.<br />
6. Establecer canales de comunicación entre los diferentes<br />
estamentos de la comunidad educativa.<br />
7. Orientar el progreso educativo con la asistencia del Consejo<br />
Académico.<br />
8. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la Ley, los<br />
reglamentos y el manual de convivencia.<br />
9. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para<br />
canalizar a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo<br />
Institucional.<br />
10. Promover actividades e beneficio social que vinculen al<br />
establecimiento con la comunidad local.<br />
11. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado,<br />
atinentes a la prestación del servicio público y educativo.<br />
12. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores<br />
que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional y la Ley.<br />
5.2.3. COORDINADOR (A) DE BIENESTAR ESTUDIANTIL<br />
El coordinador (a) de bienestar estudiantil depende del rector del<br />
plantel. Le corresponde la administración disciplinaria del plantel. De<br />
él dependen por relación de autoridad funcional los profesores y<br />
estudiantes.<br />
FUNCIONES DEL COORDINADOR DE BIENESTAR ESTUDIANTIL:<br />
36
1. Pertenecer al Consejo Académico y participar en los demás en los<br />
que sea requerido.<br />
2. Colaborar con el rector en la elaboración y ejecución del P.E.I.<br />
3. Dirigir la planeación y programación de la administración de<br />
docentes y estudiantes, de acuerdo con los objetivos y criterios<br />
curriculares.<br />
4. Organizar las direcciones de grupo para que sean las ejecutoras<br />
inmediatas de la administración de estudiantes.<br />
5. Coordinar todas las acciones en conjunto con la coordinación<br />
académica, servicios de bienestar, padres de familia y demás<br />
estamentos de la comunidad educativa.<br />
6. Establecer canales y mecanismos de comunicación entre<br />
docentes, estudiantes y padres de familia en cuanto al proceso de<br />
formación integral.<br />
7. Velar por el diligenciamiento oportuno del control de asistencia<br />
en cada salón de clase.<br />
8. Rendir periódicamente informes al rector y a los docentes sobre<br />
los aspectos relevantes para solucionar posibles anomalías.<br />
9. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de<br />
los equipos y materiales confiados a su manejo.<br />
10. Velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias<br />
contempladas en el manual de convivencia que favorezca un<br />
clima de respeto, orden y responsabilidad.<br />
11. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración<br />
de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas,<br />
adolescentes y jóvenes del establecimiento educativo acorde con<br />
la normatividad vigente y los protocolos definidos en la ruta de<br />
atención integral y, hacer seguimiento a dichos casos (No. 4, Art.<br />
18/1620).<br />
12. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo<br />
con la naturaleza del cargo.<br />
5.2.4. COORDINADOR(A) DE LA BASICA CICLO PRIMARIA:<br />
El coordinador (a) de la Básica ciclo primaria depende del rector del<br />
plantel. Le corresponde la administración académica y disciplinaria<br />
del Preescolar y primaria. De él dependen por relación de autoridad<br />
funcional los profesores y estudiantes de la primaria.<br />
FUNCIONES DEL COORDINADOR (A) DE LA BASICA PRIMARIA:<br />
1. Colaborar con el rector en la elaboración y ejecución del P.E.I.<br />
2. Dar a conocer a los docentes el resultado de la evaluación del<br />
trabajo desarrollado para presentar alternativas que conlleven al<br />
mejoramiento de la calidad de la educación.<br />
3. Establecer canales y mecanismos de comunicación entre<br />
docentes, estudiantes y padres de familia en cuanto al proceso de<br />
formación integral.<br />
4. Hacer seguimiento periódico de los resultados académicos en las<br />
diferentes áreas y grados; para establecer estrategias de<br />
mejoramiento en las dificultades presentadas en cuanto a<br />
docentes y estudiantes.<br />
5. Presentar al rector las necesidades en materia didáctica de los<br />
comités de área.<br />
6. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de<br />
los equipos y materiales confiados a su manejo.<br />
7. Velar por el diligenciamiento oportuno del Diseño Institucional y<br />
control de asistencia.<br />
8. Revisar y organizar los informes académicos para su respectiva<br />
sistematización.<br />
9. Dirigir la planeación y programación de la administración de<br />
docentes y estudiantes, de acuerdo con los objetivos y criterios<br />
curriculares.<br />
10. Coordinar todas las acciones en conjunto con la coordinación<br />
académica, servicios de bienestar, padres de familia y demás<br />
estamentos de la comunidad educativa.<br />
11. Velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias<br />
contempladas en el Manual de convivencia que favorezca un<br />
clima de respeto, orden y responsabilidad.<br />
12. . Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y<br />
vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños,<br />
niñas, adolescentes y jóvenes del establecimiento educativo<br />
acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en<br />
37
la ruta de atención integral y, hacer seguimiento a dichos casos<br />
(No. 4, Art. 18/1620).<br />
13. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo<br />
con la naturaleza del cargo.<br />
sus intereses.<br />
• Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las<br />
que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan<br />
lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados,<br />
enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad<br />
educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y<br />
cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera<br />
de los involucrados.<br />
• Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios<br />
integrantes de la comunidad educativa que busca afectar<br />
negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los<br />
cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser<br />
física, verbal, gestual, relacional y electrónica.<br />
- Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar<br />
daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos,<br />
patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos,<br />
jalón de pelo, entre otras.<br />
- Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras<br />
degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos,<br />
apodos ofensivos, burlas y amenazas.<br />
- Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos<br />
degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.<br />
38<br />
CAPIITULO VII<br />
FALTAS Y SIITUACIIONES QUE AFECTAN LA<br />
CONVIIVENCIIA ESCOLAR,, SANCIIONES Y SU<br />
PROCEDIIMIIENTO<br />
6.1. DEFINICIONES<br />
Para efectos de aplicación del presente Manual, se incorporan las<br />
Definiciones del Artículo 39 del Decreto 1965/2013.<br />
• Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una<br />
incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a<br />
- Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar<br />
negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de<br />
grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos<br />
buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la<br />
persona frente a otros.<br />
- Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar<br />
negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la<br />
divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet,<br />
realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de<br />
redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto<br />
insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se<br />
revela la identidad de quien los envía.<br />
• Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620<br />
de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y<br />
sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización,
difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a<br />
la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o<br />
por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente por parte<br />
de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una<br />
relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a<br />
lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte<br />
de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra<br />
docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.<br />
• Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de<br />
la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso<br />
deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales<br />
virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato<br />
psicológico y continuado.<br />
• Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de<br />
la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños,<br />
niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual<br />
ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o<br />
cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional,<br />
aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las<br />
relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".<br />
• Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es<br />
toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio<br />
pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.<br />
• Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y<br />
adolescentes. Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra<br />
naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e<br />
integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para<br />
disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.<br />
6.2. FALTAS Y SITUCIONES QUE AFECTAN LA <strong>CONVIVENCIA</strong><br />
ESCOLAR<br />
6.2.1. SITUACIONES <strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO I Y FALTAS LEVES<br />
En el Colegio Nuestra Señora de la Paz de San Vicente de Chucurí,<br />
se consideran faltas leves que atentan contra la convivencia y el<br />
ejercicio pleno de los derechos humanos “a aquellas situaciones<br />
que el Art. 40/ Ley 1965 clasifica como de Tipo l y que se<br />
refieren a conflictos y tensiones manejados inadecuadamente,<br />
esporádicos cuya incidencia enrarece la convivencia escolar, pero<br />
que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud de las<br />
personas, pueden ser causadas por descuido involuntario”. Se<br />
consideran faltas leves aquellas que no desestabilizan las actividades<br />
propias del grupo, del proceso de formación o del proceso<br />
metodológico, en el instante en que se producen y que son<br />
pasajeras, no permanentes o repetitivas entendiéndose por<br />
reincidencia a partir de la segunda vez en que ocurra dicha falta.<br />
Se consideran faltas leves las siguientes:<br />
1. Uso indebido del uniforme dentro y fuera de la institución.<br />
2. Comportamiento inadecuado en los medios de transporte.<br />
3. Los retardos y el incumplimiento en el horario establecido por la<br />
institución cuando el estudiante haya completado tres retardos,<br />
se solicitará la presencia del padre de familia o acudiente para<br />
informar sobre la situación disciplinaria del estudiante.<br />
4. El retiro del aula de clase, sin permiso del profesor.<br />
5. El no mostrar un comportamiento adecuado en los actos cívicos o<br />
comunitarios.<br />
6. Utilizar en el desarrollo de las clases elementos que no<br />
correspondan a las actividades como revistas, radios, celulares,<br />
Mp3, Mp4, tablets y equipos de audio y video. La institución no<br />
se hará responsable por la pérdida de los mismos<br />
7. Tirar basura y dejar botellas fuera del sitio correspondiente.<br />
8. Generar violencia, propiciar la intolerancia y atentar contra la<br />
integridad a la comunidad educativa de personas en condiciones<br />
de diferencia cultural social y racial, con lenguajes agresivos de<br />
mofa, ridiculización, abucheo, burlas o apodos.<br />
9. Presentarse al colegio sin uniformes exigidos cuando le<br />
correspondan, igualmente el porte inadecuado del mismo.<br />
10. Permanecer dentro del salón de clase o pasillos durante los<br />
descansos.<br />
11. Perturbar el orden de las clases fomentando la indisciplina.<br />
39
12. Realizar, promover, sin autorización de las directivas cualquier<br />
género de ventas, rifas, contribuciones y negociaciones con los<br />
compañeros o funcionarios del plantel.<br />
13. No entregar a tiempo a los padres de familia o acudiente las<br />
comunicaciones enviadas por el colegio y no devolverlas firmadas<br />
oportunamente<br />
14. Presentarse al colegio sin los elementos necesarios para<br />
desarrollar las actividades académicas.<br />
15. No asistir a clase sin causa justificada, estando dentro del colegio.<br />
16. No asistir a las actividades programadas por la institución sin<br />
causa debidamente justificada.<br />
17. Salir de la casa para el colegio y no llegar a este, sin causa<br />
justificada.<br />
18. . Hacer apuestas o prácticas de juegos de azar<br />
19. Ingerir cualquier tipo de alimentos en clase o en actos<br />
comunitarios.<br />
20. Realizar actividades diferentes a la clase que se esté<br />
desarrollando<br />
21. No hacer uso adecuado de los recipientes y espacios destinados<br />
para el reciclaje de basuras y desperdicios, que ponen en<br />
riesgo el ambiente de vida saludable.<br />
22. El desperdicio de papel o materiales didácticos necesarios para<br />
el aprendizaje.<br />
Parágrafo 1. Reincidir sistemáticamente en situaciones de<br />
convivencia Tipo I y faltas leves, puede ser causal de inicio de<br />
proceso disciplinario, ya que su reincidencia se convierte en falta<br />
grave, siempre y cuando se garantice el derecho al debido proceso<br />
establecido en el protocolo de atención del presente Manual.<br />
6.2.2. SITUACIONES <strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO II Y FALTAS<br />
GRAVES<br />
En el colegio Nuestra Señora de la Paz de San Vicente de Chucurí, se<br />
consideran faltas graves que atentan contra la convivencia y el<br />
ejercicio pleno de los derechos humanos “a “aquellas situaciones que<br />
el Art. 40/ decreto 1965 clasifica como de Tipo Il, se refieren a la<br />
agresión escolar, acoso escolar ó bullying y ciberacoso ó<br />
ciberbullying, que no revisten las características de la comisión de un<br />
delito y que cumplen con las siguientes características: Son<br />
repetitivas y sistemáticas; causan daño al cuerpo o a la salud sin<br />
generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados”.<br />
Se consideran faltas graves aquellos comportamientos que<br />
interfieren en el normal desarrollo de las actividades institucionales e<br />
invaden negativamente la esfera de los derechos de los otros<br />
miembros de la comunidad educativa.<br />
Dentro de este tipo de situaciones o faltas tenemos:<br />
1. Hurto comprobado.<br />
2. El incumplimiento a las sanciones.<br />
3. Fraude en evaluaciones, tareas trabajos.<br />
4. Adulteración de informes, previas, firmas y documentos en<br />
general.<br />
5. Agresión física o moral e irrespeto a las personas que integran<br />
comunidad educativa. . Realizar actos que afecten la integridad<br />
personal.<br />
6. Ejecutar o promover actos que atenten contra el medio<br />
ambiente, la salubridad individual o general de la institución.<br />
7. Participar e incitar directa o indirectamente en peleas y/o<br />
agresiones, empleando la violencia física o verbal dentro de la<br />
Institución o fuera de ella portando el uniforme.<br />
8. Realizar manifestaciones exhibicionistas o aquellas propias que<br />
pertenecen a la intimidad de la pareja dentro de la institución o<br />
fuera de ella, usando el uniforme<br />
9. Rebeldía y burla contra orientaciones impartidas por directivos<br />
profesores o personal administrativo.<br />
10. Destruir o deteriorar premeditadamente muebles, enseres,<br />
equipos, material didáctico, pertenencias de los compañeros<br />
profesores y causar daño la planta física (ventanas, cortinas,<br />
puertas, baños, conexiones eléctricas, etc.)<br />
11. El incumplimiento constante de los deberes. Reincidencia<br />
sistemática de las faltas leves, después de la segunda vez<br />
sucedida, es considerada grave.<br />
12. Portar o consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos o sustancias<br />
alucinógenas dentro de la institución o donde esté presente el<br />
nombre de la misma.<br />
13. Presentarse al colegio en estado de embriaguez o bajo la<br />
40
influencia de drogas alucinógenas.<br />
14. Promover la rebeldía y saboteos contra las orientaciones de<br />
directivos y profesores dentro o fuera de la institución.<br />
15. Manifestar situaciones que atenten contra la dignidad y la moral<br />
de la persona en contraprestación por un servicio académico.<br />
16. Incitar o inducir a otros a cometer cualquiera de las faltas<br />
señaladas este manual.<br />
17. Emplear vocabulario soez y actitudes desafiantes y ofensivas, en<br />
el trato con directivos, docentes, personal auxiliar, o cualquier<br />
miembro de la comunidad, dentro o fuera de la institución.<br />
18. Emplear los uniformes para frecuentar establecimientos donde<br />
se expenda licores, se exhiba videos, se practiquen juegos<br />
electrónicos, discotecas o cualquier sitio de mala reputación.<br />
19. Fugarse del colegio, de las actividades programadas por el mismo.<br />
20. Negarse a cumplir los correctivos a que se ha hecho merecedor<br />
por el desacato a las normas establecidas en Pacto de<br />
Convivencia social.<br />
21. Portar armas o cualquier instrumento que implique peligro para<br />
las demás personas.<br />
22. Causar daño a vehículos de la comunidad.<br />
23. Escribir expresiones que atenten contra la dignidad de las<br />
personas.<br />
24. Publicar, exhibir, divulgar, vender o proporcionar dentro y fuera<br />
de las instalaciones del plantel educativo, o por cualquier otro<br />
medio, fotos y videos de contenido erótico - sexual de cualquier<br />
miembro de la comunidad que vulnere su integridad, dignidad y<br />
decoro.<br />
25. Realizar actos de abuso, bulling, ciber bulling y acoso escolar<br />
(discriminación, agresión física y verbal, psicológica y la<br />
intimidación) dentro y fuera de la institución a cualquier miembro<br />
de la comunidad educativa.<br />
26. Ofender con expresiones, palabras o gestos que atenten<br />
contra la integridad y buena imagen de las personas que<br />
constituyen la comunidad educativa<br />
27. Reincidir en comportamientos que pongan en riesgo o<br />
atenten contra las buenas costumbres en la calle, en el<br />
transporte o en lugares públicos.<br />
28. Invitar o sugerir a otras(os) compañeras(os) a comportarse<br />
de manera deshonesta, riesgosa o nociva.<br />
29. . Actuar en complicidad con otras personas para ocultar hechos o<br />
mentir, para evitar la sanción personal o de un tercero.<br />
30. Agredir o aprovecharse de cualquier integrante de la comunidad<br />
en su aspecto físico, como en lo psicológico.<br />
31. Faltar a la verdad afectando el buen nombre de cualquier<br />
miembro de la comunidad.<br />
32. Agredir física o psicológicamente, tener comportamientos de<br />
burla, desprecio y humillación hacia estudiantes con dificultades<br />
en el aprendizaje, en el lenguaje o que tengan capacidades<br />
sobresalientes o especiales.<br />
33. Elaborar Los letreros o dibujos obscenos, insultantes,<br />
degradantes, denigrantes.<br />
34. Desperdiciar el agua, la energía eléctrica o contaminar el<br />
aire con materiales que impiden la normal respiración.<br />
35. Contaminar el ambiente con ruido excesivo que atente contra<br />
la salud y equilibrio de las personas según lo sanciona la ley.<br />
36. Destruir implementos, mecanismos o señales destinados a<br />
salvaguardar la seguridad de las personas y a reducir los índices<br />
de riesgo en caso de calamidad.<br />
37. Tirar piedras u otros elementos que puedan causar daño a<br />
personas, otros seres vivos u objetos.<br />
Parágrafo 1. Incurrir en situaciones de convivencia Tipo II y faltas<br />
graves puede dar origen al inicio de un Proceso Disciplinario, siempre<br />
y cuando se garantice el debido proceso establecido en el protocolo<br />
de atención del presente Manual.<br />
6.2.3. SITUACIONES <strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO III Y FALTAS<br />
GRAVÍSIMAS<br />
En el colegio Nuestra Señora de la Paz de San Vicente de Chucurí, se<br />
consideran faltas muy graves “a aquellas situaciones que el Art. 40/<br />
decreto 1965 clasifica como de Tipo IIl, que constituyen presuntos<br />
delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en<br />
el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen<br />
cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.<br />
41
Y faltas gravísimas Son aquellos comportamientos que tienen gran<br />
transcendencia negativa y perjudicial en la marcha institucional,<br />
además lesionan y perjudican física y/o sicológicamente a los otros<br />
miembros de la comunidad educativa.<br />
Son consideradas situaciones tipo III y faltas gravísimas las siguientes:<br />
1. Atentar contra la propia vida, o la vida de otra persona.<br />
2 . I ncurrir en delitos penalizados por la ley actual o relacionada con<br />
el porte ilegal de armas, la distribución y/o consumo de bebidas<br />
alcohólicas, sustancias psicoactivas, y cualquier otra sustancia que<br />
genere dependencia o adicción o que alteren la integridad física y/o<br />
emocional, dentro del colegio o durante las salidas programadas por<br />
la Institución o fuera de ella portando el uniforme.<br />
3. Propiciar y/o pertenecer a grupos al margen de la ley.<br />
4. Utilización de artículos detonantes, sustancias químicas etc.,<br />
dentro y fuera del colegio o en actividades donde representen a la<br />
institución, con el propósito de causar daño o indisciplina originando<br />
anormalidad en el evento.<br />
5. Promover, ocultar o facilitar la trata de personas, la pornografía<br />
infantil, la violencia carnal, las relaciones sexuales prematuras y toda<br />
forma de prostitución que conlleven o no al embarazo y/o al aborto.<br />
6. Promover, ocultar o facilitar el trato degradante y la violencia<br />
psíquica y/o afectiva o las acciones que atenten contra la integridad<br />
Física y la salud y seguridad de las personas dentro y fuera de la<br />
institución.<br />
7. Atentar contra la libertad y el libre desarrollo de las personas<br />
a través del trato discriminatorio e intolerante por cualquier<br />
medio de amenaza y violencia, como soborno, extorsión, chantaje<br />
o exclusión.<br />
8. Atentar contra la honra y dignidad, intimidad personal y familiar,<br />
al destruir el buen nombre por calumnia, difamación o violación de la<br />
vida privada<br />
9. Reincidir en acciones que atentan contra el bien común<br />
general o de la comunidad educativa en particular, según<br />
parámetros establecidos en el PEI y Manual de Convivencia, como<br />
malversación de fondos, agresión verbal o física, sustracción,<br />
adulteración o mal uso de documentos públicos o privados,<br />
propios o ajenos, falsificación de firmas, sellos o similares.<br />
10. Promover acciones que degradan la ética y la moral públicas y,<br />
que atentan contra la igualdad y dignidad de las personas.<br />
11. Elaborar anónimos o escritos que denigren o intimiden a<br />
personas de la institución, utilizando cualquier medio de<br />
comunicación o redes sociales.<br />
12. Promover y/o realizar escándalos en el colegio o cualquier otro<br />
lugar comprometiendo el buen nombre de la Institución, portando el<br />
uniforme.<br />
13. Acosar sexualmente.<br />
14. La incursión reiterada en faltas graves y prohibiciones.<br />
15. Atentar contra la vida y sostenibilidad del medio ambiente<br />
mediante productos químicos o medios físicos prohibidos por la ley.<br />
16. Traficar con especies u ocasionar sufrimientos injustificados<br />
contra los animales.<br />
17. El incumplimiento a lo estipulado en el acuerdo conciliatorio<br />
Parágrafo 1. Incurrir en una situación de convivencia Tipo III, o falta<br />
gravísima es causal de inicio de Proceso Disciplinario garantizando el<br />
debido proceso establecido en el protocolo de atención del presente<br />
Manual.<br />
a. DEBIDO PROCESO<br />
Consideramos la educación como un proceso y una práctica de<br />
interacción comunicativa. Por ello creemos que el diálogo<br />
orientado al entendimiento y acuerdo mutuo es el vehículo más<br />
apropiado para el logro de una educación integral, para la<br />
formación del criterio y de una conciencia individual basada en la<br />
responsabilidad.<br />
Por lo tanto, en todos los procesos disciplinarios debe recurrirse<br />
siempre y en primera instancia al diálogo entre los agentes del<br />
proceso educativo implicados, con el fin de lograr el<br />
entendimiento, la conciliación, y un ambiente de aceptación y<br />
cumplimiento de las normas, deberes y derechos. De este modo<br />
se procederá por convicción, no por coacción, y se motivará al<br />
cumplimiento de las responsabilidades.<br />
Las acciones correctivas de los hechos o faltas se aplicaran después<br />
de escuchar al estudiante involucrado en la situación problema y<br />
42
tendrá derecho a conocer y rebatir las pruebas y a ejercer<br />
plenamente el Derecho de Defensa.<br />
El estudiante tiene derecho a realizar los descargos de forma oral o<br />
por escrito, en forma inmediata a la ocurrencia de la falta si así lo<br />
decide, los cuales se tendrán en cuenta para el respectivo análisis.<br />
De todo ello se dejará constancia en el observador del estudiante<br />
por parte de las directivas del Colegio.<br />
6.3. CONDUCTO REGULAR.<br />
El conducto regular es el seguimiento de las instancias que atienden<br />
las acciones pedagógicas según su competencia en los diferentes<br />
niveles de actuación e intervención pedagógica. Se espera que las<br />
actuaciones de los docentes y directivos, tanto como las de los<br />
padres y equipos asesores sigan un camino o secuencia, de acuerdo<br />
con la naturaleza de la intervención y en procura del debido<br />
proceso a que tienen derecho los estudiantes del Colegio Nuestra<br />
Señora de la Paz.<br />
En cada instancia debe quedar plasmado un registro de la actuación y<br />
notificación de la misma en documentos como memorandos, actas,<br />
compromisos disciplinarios, resoluciones y notificaciones, dejando<br />
copia para el archivo. En cualquier instancia los intervinientes,<br />
pueden dar por concluido el proceso dejándose constancia de la<br />
misma.<br />
Parágrafo 1. Ante casos especiales y de acuerdo con la gravedad de<br />
la falta, o en aquellos casos que no sean de competencia de las<br />
instancias mencionadas en el numeral anterior, se rompe con el<br />
conducto regular.<br />
6.4. ACCIONES O MEDIDAS PEDAGÓGICAS FORMATIVAS.<br />
Se denominan medidas pedagógicas a las acciones y mecanismos<br />
conducentes a lograr el Cumplimiento de las normas que orientan el<br />
proceso formativo integral de los estudiantes del Colegio Nuestra<br />
Señora de la Paz. La aplicación de un correctivo se hace en todo caso<br />
con la finalidad de estructurar al educando como ser social<br />
consciente de la necesidad de respetar las normas para la<br />
convivencia armónica.<br />
43<br />
6.3.1. INSTANCIAS DEL CONDUCTO REGULAR<br />
Para situaciones de convivencia con estudiantes en<br />
corresponsabilidad con los padres de familia, La institución,<br />
determina las siguientes instancias del conducto regular:<br />
1. El docente de la asignatura, el docente responsable del curso, la<br />
persona involucrada.<br />
2. El docente director de grupo.<br />
3. El Coordinador de Bienestar estudiantil<br />
4. Docente Orientadora<br />
5. Rector de la institución.<br />
6. El Comité de Convivencia.<br />
7. El Consejo Directivo.<br />
6.4.1 AMONESTACIÓN VERBAL<br />
Consiste en un dialogo reflexivo con el estudiante en el momento<br />
oportuno, en el que se procurará hacer ver sus dificultades y la<br />
necesidad de un cambio de actitud y de comportamiento ante una<br />
falta cometida.<br />
6.4.2. AMONESTACIÓN ESCRITA:<br />
Cuando las circunstancias lo ameriten, será procedente la<br />
amonestación escrita, en la cual se describe la falta en un<br />
memorando, señalándose que si es constante en esta u otra falta. El<br />
estudiante debe firmar, escribir los descargos y escribir a qué se<br />
compromete en adelante. El estudiante por sí mismo, y si fuere<br />
necesario en conjunto con el padre de familia o acudiente, debe
presentar a coordinación una respuesta escrita derivada de este<br />
análisis teniendo en cuenta el manual de convivencia.<br />
6.4.3. NOTIFICACIÓN AL PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE Y<br />
FIRMA DE COMPROMISO<br />
Cuando el estudiante persiste en su comportamiento incorrecto sin<br />
mostrar la intención de cambio, y de acuerdo a la gravedad de la<br />
falta, se citará al acudiente para informarle sobre las anomalías<br />
presentadas. En este encuentro deben estar presentes las partes,<br />
se procede a suscribir el compromiso pedagógico o de convivencia<br />
según el caso.<br />
6.4.4. REBAJA EN LA VALORACIÓN DE COMPORTAMIENTO<br />
Al finalizar cada periodo, con base en las anotaciones hechas en los<br />
memorandos, al reporte del comité escolar de convivencia y al<br />
seguimiento realizado al estudiante, teniendo en cuenta el criterio<br />
del Director de grupo y la coordinación de bienestar estudiantil se<br />
procederá a la rebaja en la valoración del comportamiento del<br />
alumno.<br />
6.4.5. SUSPENSIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESCOLARES HASTA<br />
POR TRES DÍAS<br />
Se realiza desde la coordinación de bienestar estudiantil<br />
debidamente facultada por rectoría. Para ello se requiere de la<br />
notificación al estudiante y al padre de familia y/o acudiente de la<br />
resolución de suspensión, con el fin de que conozcan la<br />
determinación adoptada por el Colegio.<br />
El estudiante que sea sancionado con suspensión dentro del colegio<br />
por faltas contempladas en este Manual, deberá desarrollar todas<br />
las tareas asignadas por la coordinación o por la docente<br />
orientadora, las cuales estarán bajo control y supervisión, en un<br />
lugar diferente al salón de clase normal.<br />
Parágrafo 1. Durante los días de suspensión, el alumno deberá<br />
indagar con sus compañeros sobre las actividades de tipo<br />
académico y se compromete realizar sus actividades al orden del<br />
día. Para las evaluaciones orales o escritas realizadas en los días de<br />
suspensión, el implicado las presentará en los días en que se<br />
programen las actividades de recuperación del período o final del<br />
año.<br />
6.4.6. REMISION AL COMITÉ ESCOLAR DE <strong>CONVIVENCIA</strong><br />
Un estudiante es remitido al Comité de Convivencia cuando dentro<br />
de un Proceso Disciplinario, incumple nuevamente con los<br />
compromisos adquiridos, o cuando la gravedad de la falta o el tipo de<br />
situación convivencial a si lo amerite. A este Comité, asiste el<br />
estudiante con sus padres, Se analiza el caso, se generan nuevos<br />
compromisos, se establecen nuevos tiempos o se toma la decisión de<br />
remitir el caso al Consejo Directivo. De lo actuado se deja la<br />
respectiva acta con las firmas de los intervinientes.<br />
6.4.7. MATRÍCULA CONDICIONAL O MATRÍCULA EN<br />
OBSERVACIÓN<br />
La rectoría y el consejo de profesores analizaran el caso para tomar<br />
decisiones institucionales sobre la situación comportamental del<br />
estudiante en particular. Se aplicará matrícula en observación,<br />
cuando el rector y el consejo de profesores consideren que a pesar<br />
de haber tenido el estudiante suficiente seguimiento y<br />
acompañamiento, no se haya logrado el comportamiento adecuado,<br />
de acuerdo al perfil del estudiante del colegio nuestra señora de la<br />
paz.<br />
Los padres o acudientes deberán atender el llamado del Colegio<br />
para firmar la notificación de la resolución de la matrícula en<br />
observación, la cual es válida por tiempo determinado sin que éste<br />
exceda un año escolar. Le corresponde al rector aplicar esta<br />
sanción debiendo tomar la decisión después de recibir los<br />
reportes del Comité de Convivencia y/o de la coordinación de<br />
bienestar estudiantil.<br />
Parágrafo 1. Además de las anteriores sanciones, cuando el<br />
sancionado sea deportista activo y/o participe en grupos<br />
44
epresentativos de la institución, y cometa una falta considerada<br />
como grave o gravísima, podrá ser sancionado con la exclusión del<br />
equipo deportivo y/o con la exclusión del grupo o proyecto al que<br />
pertenezca y no podrá seguir participando en las competencias o<br />
actividades, dentro o fuera de la Institución Educativa, a nombre<br />
del grado o del Colegio.<br />
Parágrafo 2. De las referidas sanciones podrá escogerse la más<br />
apropiada o, así mismo, podrán combinarse dos o más de estas.<br />
6.4.8. EXCLUSIÓN DE LA INSTITUCIÓN O CANCELACIÓN DE<br />
MATRÍCULA<br />
Es una decisión tomada por constantes comportamientos<br />
considerados entre faltas leves y/o graves y/o gravísimas que afecten<br />
el bien general del grupo o de la institución. La rectoría debe expedir<br />
una resolución y notificarla al estudiante, padre de familia o<br />
acudiente. La exclusión puede darse en cualquier momento del<br />
año lectivo.<br />
Parágrafo 1. La exclusión Se refiere al retiro de un estudiante de la<br />
institución educativa por reiterado incumplimiento de sus deberes en<br />
materia académica, disciplinaria moral o física. (Ley General de<br />
Educación o Ley 115/94 Art. 96, Sentencia Corte Constitucional T-<br />
341/92, T-402/92 C-035/95. T-094/96).<br />
Parágrafo 2. La cancelación de la matrícula opera por convicción del<br />
padre de familia para proporcionar un mecanismo de cambio de<br />
institución como correctivo que presuntamente puede favorecer al<br />
estudiante. Su realización será autorizada por el rector, previo<br />
concepto del Consejo Directivo.<br />
6.4.9. EXPULSION DE LA INSTITUCIÓN<br />
Le expulsión recae, en un momento determinado, como un<br />
correctivo muy severo, esta decisión podrá adoptarse<br />
excepcionalmente, cuando se cometa una sola falta gravísima, de tal<br />
entidad que no sea legal, posible o conveniente, por las<br />
circunstancias del hecho, que el alumno continúe en la institución<br />
escolar, incluyendo a estudiantes de buen comportamiento y<br />
excelentes condiciones académicas. Para la aplicación de estas<br />
medidas se requiere la autorización del Consejo Directivo.<br />
6.5. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA SANCIÓN<br />
Para determinar la sanción se tendrán en cuenta los siguientes<br />
criterios:<br />
6.5.1 CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES.<br />
Son causales de atenuación de las faltas, las siguientes:<br />
1. Presentarse voluntariamente ante la autoridad institucional<br />
competente después de cometido el hecho para reconocerlo y<br />
enmendarlo.<br />
2. Reconocer la falta desde el inicio de la investigación.<br />
3. Mejorar el comportamiento, resarcir o reparar el daño causado y<br />
ofrecer las debidas disculpas en el momento oportuno.<br />
4. El cometer la falta en estado de alteración, motivado por<br />
circunstancias que le causen dolor físico o psíquico.<br />
5. El haber obrado por motivos altruistas o nobles.<br />
6. El buen comportamiento anterior.<br />
6.5.2. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES.<br />
Son causales de agravación de las faltas, las siguientes:<br />
1. Negarse a reconocer los hechos, negarse a firmar el<br />
memorando, negarse a realizar los descargos o la constante<br />
anotación por faltas a los criterios de convivencia.<br />
2. Ser reincidente en la comisión de hechos sancionables.<br />
3. Cometer la falta para ocultar otra.<br />
4. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad<br />
educativa.<br />
5. El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada<br />
por los directivos, docentes, compañeros o padres de familia<br />
45
6. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad o<br />
indefensión de otras personas.<br />
7. Negación inicial del hecho, aun siendo comprobada su<br />
participación.<br />
8. Poner en peligro la vida o la integridad física de un compañero,<br />
maestro, directivo o empleado de la institución.<br />
9. La premeditación o planeación de la falta.<br />
10. La complicidad con otras personas pertenecientes o no al<br />
Colegio.<br />
6.6. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE SANCIONES<br />
6.6.1. Procedimiento para la aplicación de sanciones a faltas<br />
leves.<br />
El procedimiento lo adelantará el Profesor o Directivo docente<br />
previa citación al Padre de Familia y/o acudiente, quien no podrá<br />
prescindir de su asistencia. La sanción se impondrá después de oír los<br />
descargos del estudiante, diligencia en la que deberá estar presente<br />
su acudiente.<br />
6.6.2. Procedimiento para la aplicación de sanciones a faltas<br />
graves.<br />
Cuando se trate de faltas graves, la Coordinación deberá citar por<br />
escrito inmediatamente al padre de familia y/o acudiente, citación<br />
que deberá ser devuelta con firma de recibido al día siguiente del<br />
envío, para llevar a cabo la diligencia de descargos, la cual en todo<br />
caso será dentro de los tres días siguientes a la citación.<br />
Para imponer la sanción, se realizará la diligencia en la que estará<br />
obligatoriamente presente el padre de familia o su acudiente, con el<br />
fin de que conozca los criterios tenidos en cuenta al determinar la<br />
sanción, lo cual deberá realizarse en un plazo no mayor a ocho días<br />
hábiles, después de cometida la falta.<br />
6.6.3. Procedimiento para la aplicación de sanciones a faltas<br />
gravísimas.<br />
Cuando se trate de la comisión de faltas gravísimas, el Rector,<br />
deberá, igualmente, formular los cargos, realizar citación por escrito<br />
a los padres de familia o acudientes, con el fin de oír al estudiante en<br />
descargos, una vez rendidos los mismos, se procederá a evaluarlos,<br />
en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles siguientes a la<br />
ocurrencia de la falta; al cabo de los cuales se graduará y decidirá<br />
mediante acto administrativo, las sanción a imponer. En dicha<br />
diligencia deberá estar presente el acudiente o padre de familia.<br />
Parágrafo 1. Cuando se trate de faltas leves los descargos podrán ser<br />
rendidos verbalmente, si se trata de faltas graves o gravísimas el<br />
estudiante y su acudiente decidirá si rinden descargos verbalmente o<br />
por escrito.<br />
6.7. OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA O<br />
ACUDIENTES.<br />
Los padres de familia y/o acudientes, hacen parte del proceso<br />
sancionatorio y participan activamente en la resolución del caso.<br />
La asistencia es obligatoria, de lo contrario será reportada a las<br />
autoridades competentes en el tema de familia.<br />
6.7.1. REGISTRO DE FALTAS.<br />
Toda falta leve, grave o gravísima, quedará registrada en<br />
memorandos, o en el observador del estudiante, con el fin de que<br />
sirvan como antecedentes, que permitirán graduar las sanciones que<br />
se impondrán con posterioridad.<br />
6.7.2. RECURSOS QUE PROCEDEN POR LA APLICACIÓN DE<br />
SANCIONES POR FALTAS GRAVES Y GRAVÍSIMAS<br />
Ante la adopción de cualquier sanción por faltas graves y gravísimas<br />
proceden los recursos de reposición y de apelación:<br />
6.7.2.1. RECURSO DE REPOSICIÓN<br />
46
Este Recurso se puede presentar ante el funcionario competente que<br />
emitió la sanción con el objeto de que la revise, modifique o<br />
revoque. Se deberá interponer dentro de los tres (3) días hábiles<br />
siguientes, contados a partir de la fecha de notificación. Por su parte,<br />
el Colegio contará con cinco (5) días hábiles para modificar, confirmar<br />
o revocar la decisión tomada. El recurso de reposición será resuelto<br />
por la misma autoridad escolar que haya impuesto la<br />
correspondiente sanción.<br />
6.7.2.2. RECURSO DE APELACIÓN<br />
El recurso de apelación deberá interponerse como subsidiario del de<br />
reposición o directamente cuando no se emplee el recurso de<br />
reposición, dentro de los tres días (3) días hábiles siguientes<br />
contados a partir de la notificación de la decisión de primera<br />
instancia.<br />
El Colegio deberá responder dentro de los cinco (5) días hábiles<br />
siguientes a la interposición del recurso, salvo que se solicite la<br />
práctica de pruebas, evento en el cual este término se doblará.<br />
Cuando la falta sea de carácter grave y la sanción la imponga el<br />
Coordinador la resolución de la apelación será de competencia del<br />
Rector.<br />
Cuando la falta sea de carácter gravísima y la sanción la imponga el<br />
rector, la resolución de la apelación será de competencia del Consejo<br />
Directivo.<br />
Parágrafo 1. El no hacer uso de los recursos señalados<br />
(reposición y apelación) en los términos del tiempo previsto hace<br />
que la sanción quede en firme.<br />
6.8. RUTA DE LA ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA <strong>CONVIVENCIA</strong><br />
ESCOLAR.<br />
“La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar en el<br />
Colegio Nuestra Señora de la Paz, de San Vicente, determina cuales<br />
son los procesos y las acciones que conforman los protocolos a<br />
seguir en la formación para la convivencia escolar, el ejercicio de<br />
los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la<br />
prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en<br />
que estos se vean afectados, según lo determina el Art. 29 /1620.<br />
Dicha ruta comprende estrategias pedagógicas de promoción,<br />
estrategias de prevención, acciones de atención y procesos de<br />
seguimiento a los casos detectados de violencia y degradación de la<br />
vivencia de los derechos humanos.<br />
Los protocolos de atención vigentes en la comunidad educativa del<br />
colegio Nuestra Señora de la Paz, para resolver las situaciones que<br />
atentan o vulneran la convivencia escolar y el goce de los derechos<br />
humanos, sexuales y reproductivos de quienes la conforman, buscan<br />
ante todo atender de manera oportuna, equitativa y personalizada a<br />
las víctimas, a los victimarios y a todos los implicados, de modo que,<br />
se restablezcan los derechos, se eliminen las causas de la violencia y<br />
se provea a la formación integral.<br />
PARÁGRAFO: Para todos los efectos, cuando los procesos<br />
disciplinarios se apliquen a estudiantes menores de edad del<br />
programa de educación formal de adultos, estos contarán con el<br />
acompañamientos de sus padre o acudiente, si se trata de<br />
estudiantes mayores de edad, se evaluará la falta y se<br />
recomendará si es del caso, la cancelación de la matrícula por<br />
parte del rector.<br />
6.9. PROTOCOLOS DE NORMALIZACIÓN DE LA <strong>CONVIVENCIA</strong><br />
ESCOLAR<br />
Los protocolos de normalización escolar del colegio Nuestra Señora<br />
de la Paz de San Vicente, se ajustan al enfoque de desarrollo<br />
humano y personalizado que orienta la formación institucional y,<br />
median oportunamente el manejo de las situaciones que afectan la<br />
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales<br />
y reproductivos. La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a<br />
47
las situaciones convivenciales que se presenten de estudiantes hacia<br />
otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de<br />
la comunidad educativa hacia estudiantes. Estas estrategias<br />
pedagógicas, serán asumidas como oportunidades para el<br />
aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas.<br />
6.9.1. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES<br />
<strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO I.<br />
Para este tipo de situaciones se debe seguir el siguiente<br />
procedimiento:<br />
1. El profesor o Directivo que detecte el caso, o ante el cual se<br />
denuncie la situación escucha a las partes involucradas, con el fin<br />
de actuar como mediador y detectar las causas, factores o<br />
motivos que generan el conflicto dejando registro en la ficha<br />
de seguimiento a estudiantes, en el cual se describe la situación<br />
convivencial y se consigna las estrategias de seguimiento: llamado<br />
de atención verbal, remisión al titular del curso, remisión a servicio<br />
de psi orientación, Remisión a coordinación de bienestar estudiantil<br />
y citación a padres de familia.<br />
2. Conocidos los argumentos generadores del conflicto el mediador<br />
buscará la reconciliación entre las partes, al tiempo que deben<br />
buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de<br />
los derechos. Dichos acuerdos o compromisos también quedarán<br />
registrados en la ficha de seguimiento a estudiantes.<br />
3. Para todas las situaciones de convivencia atendidas, el docente las<br />
pondrá en conocimiento de del comité escolar de convivencia para<br />
que de manera conjunta se haga el debido seguimiento.<br />
4. En caso de que la situación se convierta en tipo II o tipo III, se<br />
seguirán los protocolos establecidos en el presente Manual de<br />
Convivencia para la atención de este tipo de situaciones.<br />
5. De la relación de lo sucedido, desde el momento en que se inició el<br />
conflicto hasta su solución, incluida la reparación de los daños<br />
causados y el restablecimiento de los derechos se dejará constancia<br />
en el observador del estudiante.<br />
6. En todos los casos y en todas las instancias la institución<br />
salvaguarda la integridad de la información suministrada por las<br />
personas que intervienen en la normatización según lo determinado<br />
por la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el<br />
Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia”,<br />
también cuando se trate de informaciones confidenciales.<br />
6.9.2. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES<br />
<strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO II.<br />
Se debe desarrollar el siguiente procedimiento para la atención de<br />
situaciones tipo II<br />
1. Recepción de la queja por parte de la coordinación de bienestar<br />
estudiantil. El docente, estudiante o cualquier miembro de la<br />
comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de<br />
este tipo la pondrá en conocimiento de manera inmediata.<br />
2. En caso de presentar daño al cuerpo o a la salud se debe<br />
garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los<br />
involucrados mediante la remisión a las entidades competentes en el<br />
documento denominado ficha de remisión de situaciones<br />
convivenciales tipo II y III<br />
3. La coordinación de Bienestar estudiantil al recibir la denuncia,<br />
adoptará las medidas necesarias para proteger a los involucrados en<br />
el conflicto, para lo cual podrá solicitar la colaboración del personal<br />
docente o administrativo que considere pertinente.<br />
4. La coordinación de Bienestar estudiantil informará de manera<br />
inmediata a los padres de familia o acudientes de todos los<br />
estudiantes involucrados y permitirá espacios para que los<br />
estudiantes en compañía de sus padres o acudientes puedan<br />
exponer y precisar lo acontecido.<br />
5. Expuestos los argumentos de cada una de las partes involucradas<br />
en los hechos y de quienes el directivo docente solicitó alguna<br />
versión para ampliar conocimiento sobre lo sucedido (al docente o<br />
personal administrativo que conozcan de la situación y estudiante no<br />
involucrado en la situación que tiene conocimiento de los hechos),<br />
se buscará la reparación de los daños, el restablecimiento de los<br />
derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones<br />
constructivas en el establecimiento educativo. Se diligencia la ficha<br />
de seguimiento a estudiantes.<br />
6. El Coordinador de bienestar estudiantil y/o rector procederá a<br />
48
aplicar el proceso disciplinario según lo establecido en el capítulo VI<br />
del presente Manual de Convivencia.<br />
De todo lo ocurrido el directivo docente dejará constancia en el<br />
observador del estudiante.<br />
7. La coordinación de bienestar estudiantil informará la situación al<br />
rector, presidente del Comité escolar de Convivencia así como las<br />
medidas adoptadas, éste a su vez también informará a los demás<br />
integrantes del comité.<br />
8. El Comité Escolar de Convivencia hará seguimiento a la situación y<br />
verificará si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al<br />
protocolo establecido en el artículo 75 (situaciones tipo 3) del<br />
Presente Manual de Convivencia.<br />
9. A su vez el Comité Escolar de Convivencia levantará acta de todo<br />
lo ocurrido y de las decisiones que tome, la cual será suscrita por<br />
todos los integrantes e intervinientes.<br />
El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la<br />
información del caso al aplicativo que para tal efecto se haya<br />
implementado en el Sistema de Información Unificado de<br />
Convivencia Escolar.<br />
Parágrafo 1. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como<br />
acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto<br />
Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de<br />
derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud<br />
integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45<br />
del Decreto 1965.<br />
6.9.3. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES<br />
<strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO III.<br />
Se debe desarrollar el siguiente procedimiento: (Decreto 1965,<br />
artículo 44).<br />
1. constatado el hecho de violencia por parte de los docentes o<br />
coordinadores, se atenderá de manera inmediata a las víctimas<br />
de daño físico y/o mental dejando acta de remisión y constancia<br />
de la situación.<br />
2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes<br />
de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará<br />
constancia.<br />
3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia, rector de la<br />
institución, de manera inmediata y por el medio más expedito,<br />
pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación<br />
de la cual se dejará constancia, en un acta.<br />
4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los<br />
integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados<br />
en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.<br />
5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los<br />
participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la<br />
convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda<br />
atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las<br />
partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad<br />
competente.<br />
6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las<br />
autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará,<br />
de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento<br />
educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus<br />
competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las<br />
personas que hayan informado o hagan parte de la situación<br />
presentada, actuación de la cual se dejará constancia.<br />
7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la<br />
información del caso al aplicativo que para el efecto se haya<br />
implementado en el Sistema de Información Unificado de<br />
Convivencia Escolar.<br />
8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento<br />
por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que<br />
asuma el conocimiento y del comité municipal, o departamental de<br />
convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento<br />
educativo en el cual se presentó el hecho.<br />
9. Sin perjuicio de lo establecido en los numerales anteriores, el<br />
directivo docente procederá a aplicar el proceso disciplinario según<br />
lo establecido en el capítulo VI del presente Manual de Convivencia.<br />
Parágrafo 1. El Comportamiento del estudiante será analizado por<br />
la coordinación de bienestar estudiantil y/o por la rectoría. Según<br />
la gravedad de la falta, se tomarán decisiones y se oficializará<br />
por resolución rectoral. Si el estudiante es suspendido, él asume la<br />
responsabilidad de ponerse al día y superar la insuficiencia en su<br />
proceso académico.<br />
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Parágrafo 2. Ante la imposibilidad de contactar a los padres de<br />
familia y/o acudientes o por inasistencia de ellos a la cita, la<br />
secretaría general les notificará por correo certificado sobre el<br />
proceso de normalización y seguimiento.<br />
Parágrafo 3. Si los padres de familia y/o acudientes, asisten a la cita,<br />
pero se niegan a firmar el acta correspondiente, lo podrá hacer otra<br />
persona como testigo,a solicitud de quien hace la notificación.<br />
Parágrafo 4. De todos los procedimientos de protocolos se dejará<br />
constancia en los observadores y actas del comité escolar de<br />
convivencia y en los formatos que el Comité Escolar de Convivencia<br />
determine pertinente.<br />
Parágrafo 5. En caso de ausencia del presidente del Comité Escolar<br />
de Convivencia el directivo docente que se encuentre en calidad de<br />
rector encargado deberá ser quien informe de la situación a la<br />
Policía Nacional.<br />
6.10. CONCILIACIÓN<br />
Para efectos de este Manual de Convivencia se entiende por<br />
"conciliación", el proceso por medio del cual los miembros de la<br />
comunidad educativa (tanto menores como mayores de edad), que<br />
se encuentren en conflicto, con la asistencia y orientación de un<br />
tercero neutral y calificado, denominado conciliador(a), procuran<br />
llegar a un acuerdo para solucionarlo y pactan unos compromisos<br />
que son de obligatorio cumplimiento.<br />
La conciliación en la comunidad educativa tiene como objetivo<br />
lograr en lo posible una solución inmediata y definitiva a los<br />
conflictos interpersonales e intergrupales que se presentan en las<br />
relaciones cotidianas.<br />
Cuando se presenten conflictos entre dos (2) o más personas de la<br />
comunidad educativa, que no impliquen la necesidad de aplicar<br />
sanciones, se podrá intentar el mecanismo de la conciliación. O,<br />
incluso, dicho mecanismo podrá implementarse aun cuando se<br />
adelanten procesos disciplinarios que concluyan o no con<br />
sanciones, si se juzga conveniente para la sana convivencia de los<br />
miembros de la comunidad escolar.<br />
La conciliación en todos los casos será una alternativa de solución<br />
de conflictos tendiente a evitar el hacer uso de las otras acciones<br />
pedagógicas siempre y cuando haya acuerdo conciliatorio.<br />
Para llevar a cabo la conciliación es necesario que el comité de<br />
convivencia haga parte de la misma. Se denomina "acuerdo<br />
conciliatorio" el compromiso que de mutuo acuerdo y de forma<br />
libre asuman las partes en conflicto en busca de solución y<br />
superación de las diferencias.<br />
Si al intentarse la conciliación resulta imposible el acuerdo o<br />
no existe ánimo conciliatorio, se entenderá cumplido el trámite y<br />
se podrá de inmediato iniciar la aplicación de las otras acciones<br />
pedagógicas, si hubiere lugar a estas.<br />
La conciliación también podrá proceder en aquellos conflictos de<br />
relaciones interpersonales que con anterioridad no se haya hecho<br />
uso de la conciliación. Quien incumpla los acuerdos conciliatorios<br />
no podrá hacer uso nuevamente de la opción de conciliación en<br />
ningún caso.<br />
El acuerdo conciliatorio tendrá efectos sólo entre los<br />
conciliantes según lo estipulado por este manual.<br />
Los compromisos del acuerdo conciliatorio deben estar inspirados<br />
por los principios de respeto, igualdad, autonomía, participación y<br />
tolerancia, acatando y respetando las disposiciones del Manual de<br />
Convivencia.<br />
El acuerdo conciliatorio debe buscar siempre solución al conflicto,<br />
sea en forma parcial o total, dentro de los parámetros trazados por<br />
la Constitución Nacional, las leyes y el Manual de Convivencia.<br />
En caso de incumplimiento del acuerdo conciliatorio, el conciliante<br />
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infractor será sancionado de acuerdo con las normas previstas en<br />
el presente Manual de Convivencia, en cuyo caso se<br />
considerará el incumplimiento como una falta gravísima.<br />
La competencia para designar al conciliador será del Rector, ante<br />
quien los interesados en la conciliación podrán acudir para ese<br />
efecto. Igualmente, es de competencia del rector promover o<br />
procurar los mecanismos de conciliación.<br />
COORDINADOR SEDE B<br />
Quintana<br />
Esp. Henry de Jesús<br />
Mogollón<br />
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RECTOR<br />
Esp. Pedro Elías Grass Aparicio.<br />
COORDINADORES<br />
ACADÉMICO<br />
BIENESTAR ESTUDIANTIL<br />
Esp. José Manuel Jerez Larrotta.<br />
Esp. Elvira Isabel Bonilla