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MANUAL_CONVIVENCIA_AÑO_2016_FINAL1 2

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Educamos para la Paz y el Desarrollo<br />

Sostenible<br />

1


Resolución No. 032<br />

(JULIO 23 DE 2014)<br />

POR EL CUAL SE ADOPTA EL <strong>MANUAL</strong> DE <strong>CONVIVENCIA</strong> DEL<br />

COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ DEL MUNICIPIO DE SAN<br />

VICENTE DE CHUCURÍ.<br />

El suscrito rector del Colegio Nuestra Señora de la Paz del Municipio<br />

de San Vicente de Chucurí, (S), en uso de las facultades legales<br />

especialmente conferidas por el Art. 87 de la Ley 115/94, el Art. 17<br />

del Decreto 1860/94, el Art. 18 de la Ley 1620/2013 y los Art. 1, 28,<br />

29 y 30 del Decreto 1965/2013 y,<br />

CONSIDERANDO:<br />

1. Que la institución educativa debe elaborar y aplicar un manual de<br />

convivencia como parte integral del PEI, el cual debe estar en<br />

concordancia con los principios definidos en este último.<br />

2. Que el manual de convivencia define los derechos y obligaciones<br />

de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la comunidad<br />

educativa, a través de los cuales se rigen las características y<br />

condiciones de interacción y convivencia entre los mismos y señala el<br />

debido proceso que se debe seguir ante el incumplimiento del<br />

mismo, según los acuerdos establecidos entre sus miembros.<br />

3. Que, de conformidad con la normatividad vigente, el manual de<br />

convivencia debe definir los criterios, parámetros, procedimientos,<br />

acuerdos, reglas o normas para el uso y comportamiento.<br />

4. Que el objeto del Manual de Convivencia es proveer los principios<br />

reguladores de convivencia, procedimentales, culturales y de<br />

solidaridad como una ruta para alcanzar los objetivos contemplados<br />

en la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994.<br />

5. Que la comunidad educativa ha participado en las propuestas y la<br />

elaboración de los ajustes al presente manual de convivencia, las<br />

cuales han sido aprobadas por el Consejo Directivo.<br />

2


6. Que el Art. 29 del Decreto 1965/2013, define los lineamientos<br />

generales para incorporar en el manual de convivencia de los<br />

establecimientos educativos las disposiciones sobre manejo de<br />

situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos<br />

humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.<br />

7. Que el manual de convivencia, de acuerdo con el Art. 21 de la Ley<br />

1620/2013, ordena que los manuales de convivencia deben<br />

identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la<br />

convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales<br />

y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error,<br />

respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así<br />

como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el<br />

ejercicio de sus derechos.<br />

8. Que el Art. 144 de la Ley 115/94 y el Art. 23 del Decreto 1860/94,<br />

establecen como función del Consejo Directivo la adopción del<br />

Manual de Convivencia de conformidad con la normatividad legal<br />

pertinente,<br />

9. Que el Consejo Directivo en reunión celebrada el 22 de Julio de<br />

2014 aprobó el texto del Manual de Convivencia con todas sus<br />

reformas presentado por el rector, después de haber sido elaborado,<br />

analizado y discutido por los diferentes representantes de la<br />

comunidad educativa.<br />

10. Que la rectoría es la ejecutora de las decisiones aprobadas por el<br />

Consejo Directivo.<br />

RESUELVE:<br />

Artículo primero: Aprobar la reforma del Manual de Convivencia y<br />

todo lo que éste contiene.<br />

Artículo Segundo: Publicar a través de la página web de la Institución,<br />

el texto completo del Manual de Convivencia y realizar la promoción<br />

entre sus miembros a través de los medios de comunicación interna,<br />

de los distintos órganos del gobierno escolar y las diferentes<br />

instancias de participación, de manera que sea ampliamente<br />

conocido por toda la comunidad educativa y en particular por<br />

estudiantes, padres y madres de familia y acudientes.<br />

Artículo tercero: Adoptar como Manual de Convivencia todo lo que<br />

en él está contenido, el cual deberá ser respetado y acatado por<br />

todos los miembros la comunidad educativa, sin excepción.<br />

Artículo cuarto: Dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente<br />

Manual de Convivencia, el cual entra a regir a partir de la fecha de la<br />

presente resolución, hasta cuando este consejo directivo no<br />

determine lo contrario, y que será responsabilidad de todos los<br />

estamentos de la comunidad educativa actuar conforme a lo<br />

establecido en el mismo.<br />

Artículo quinto: la presente resolución rige a partir de la fecha y<br />

deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.<br />

Dada en San Vicente de Chucurí a los (23) días del mes de julio de<br />

Dos mil catorce (2014).<br />

El Rector,<br />

Esp. PEDRO ELIAS GRASS APARICIO<br />

3


San Vicente de Chucurí.<br />

INTRODUCCIÓN<br />

Con lo ordenado por la Constitución política de Colombia, la Ley<br />

115 de 1994, ley general de educación y la Ley 1620 / 2013, el<br />

colegio Nuestra Señora de la Paz salvaguarda los derechos<br />

fundamentales obligatorios para todo ciudadano, de modo tal que el<br />

ambiente formativo escolar, propicie la vivencia permanente,<br />

reflexiva y participativa de los derechos y deberes de todos, razón<br />

por la cual, en el presente manual de convivencia la institución se<br />

empeña en promover, prevenir, atender y hacer seguimiento<br />

oportuno de los procesos de formación en los derechos humanos, de<br />

educación para la sexualidad, de manera ágil, integral y<br />

personalizada.<br />

La Institución reconoce que con la expedición de la Ley 1098 de 2006<br />

(Ley de Infancia y Adolescencia) y LEY 1620 DEL 15 DE MARZO DE<br />

2013 (Ley de convivencia escolar) tiene obligaciones especiales,<br />

complementarias y éticas que debe cumplir como representante del<br />

Estado en el proceso Educativo, pero a su vez también conoce y<br />

admite que la Educación es un derecho – deber que impone a todos<br />

los actores de la Comunidad Educativa una corresponsabilidad en los<br />

procesos integrales de formación, por ende se hizo necesario<br />

redefinir las obligaciones de cada uno de los actores, con el fin de<br />

que sean ampliamente conocidas y aplicadas para garantizar de<br />

manera efectiva el Derecho a la Educación.<br />

Educar es ayudar a formar, y nuestros jóvenes necesitan de este<br />

apoyo diario que los docentes, directivos padres de familia y<br />

acudientes estamos en la obligación de dar. Es por esto que<br />

debemos hacernos partícipes de este pacto de convivencia,<br />

conocerlo, analizarlo y aplicarlo; hacer ver los derechos pero también<br />

cumpliendo los deberes.<br />

RESEÑA HISTORICA<br />

Fundadora de la congregación de<br />

las Hermanas Dominicas de la<br />

Presentación de la Santísima<br />

Virgen; Nació en Francia en<br />

Dourdan el 14 de 0ctubre de<br />

1.653, desde su infancia fue<br />

modelo de fidelidad y el don de su<br />

temprana entrega a la comunidad,<br />

inspiradora de los quereres de<br />

Dios se llamó siempre Marie<br />

Poussepin, LA DIVINA<br />

PROVIDENCIA, murió el 24 de<br />

enero de 1744.<br />

En 1956, el Párroco de San Vicente de Chucurí, Pbro. CIRO<br />

ALFONSO GOMEZ SERRANO, funda el Colegio "Nuestra<br />

Señora del Socorro" y de la Presentación.<br />

En febrero de 1996 de la comunidad de Hermanas de la<br />

Presentación entregan la dirección de la institución, siguiendo<br />

una etapa de transición en la que conserva su modalidad pero<br />

ofrece la posibilidad de ingreso a jóvenes de ambos sexos.<br />

El 30 de julio de 1997 según Acuerdo Municipal Nº014, se<br />

creó el Colegio NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ y el 21 de<br />

noviembre del mismo año obtiene la aprobación según<br />

Resolución Nº0830 del 21 de noviembre de 1997 por la<br />

Secretaria de Educación de Santander.<br />

En 1998 se traslada la primaria a las instalaciones del colegio<br />

para laborar en la jornada de la tarde, convirtiéndose en el<br />

primer Colegio del municipio que funciona desde el grado cero<br />

hasta undécimo con la modalidad Técnico Comercial.<br />

El 09 de diciembre de 2002, mediante resolución N° 14665 de<br />

la secretaria de educación departamental se integra la escuela<br />

Valentín González Rangel como una sede del Colegio Nuestra<br />

Señora de la Paz.<br />

4


En Noviembre 01 del año 2006 mediante resolución 15603,<br />

fue aprobada por la secretaria de educación departamental la<br />

modalidad técnico ambiental.<br />

SIMBOLOS DEL COLEGIO<br />

Himno<br />

I<br />

COLNUPAZ MI FAMILIA POR SIEMPRE<br />

PATRIA CHICA DEL GRAN CHUCURÍ,<br />

PLANTEL FORJADOR DE VALORES<br />

MIS CONQUISTAS SERÁN PARA TI.<br />

Bandera<br />

........................CORO…………………..<br />

JUVENTUD CON CARÁCTER Y EMPEÑO,<br />

LUCHADORES DE GRANDES PRINCIPIOS<br />

EL AMOR, ORACIÓN Y RESPETO,<br />

SON PILARES DE NUESTRA MISIÓN<br />

II<br />

MI COLEGIO ES ORGULLO DE TODOS<br />

GENTE NUEVA QUE QUIERE TRIUNFAR<br />

CON ESTUDIO QUERIDA OH CIENCIA,<br />

EL CAMINO ES CON PASO TRIUNFAL.<br />

........................CORO…………………..<br />

III<br />

LOS RECUERDOS SERÁN IMBORRABLES<br />

PATIO MIO AQUEL GRAN SALÓN<br />

LA AMISTAD EL TESORO MÁS GRANDE<br />

COLNUPAZ MI ORGULLOSA INSTITUCIÓN.<br />

Esta insignia tan significativa fue diseñada por el estudiante<br />

MANUEL RONDÓN OTERO, Plasmada utilizando los dos<br />

grandes colores que identifican nuestra institución. Su división<br />

diagonal refleja el crecimiento permanente el cual<br />

fortalecemos diariamente.<br />

EL AZUL representa el conocimiento que recibimos día a día, el<br />

cual será pilar fundamental para nuestra formación personal.<br />

EL BLANCO: representa la dignidad y libertad la cual debemos<br />

estar dispuestos a defender con empuje y tesón demostrando<br />

la grandeza de nuestra tierra y los valores que nos identifican<br />

como personas de bien, útiles a una sociedad.<br />

5


Escudo<br />

Nombre:<br />

Dirección:<br />

IDENTIFICACIÓN<br />

Colegio Nuestra Señora de la Paz<br />

Calle 4 N. 5-73 Samanes<br />

Telefax: 6254311- 6254627<br />

E.mail:<br />

Municipio:<br />

Departamento:<br />

Aprob. De Estudios:<br />

colnupaz1997@gmail.com<br />

San Vicente de Chucurí.<br />

Santander<br />

Res.Nº15603 del 01 de Nov.2006<br />

Secretaria de Educación Dptal.<br />

6<br />

Está diseñado en forma ovalada con una franja de color<br />

amarillo en la cual se lee: COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE LA<br />

PAZ, San Vicente de Chucurí. En el centro reposa un libro<br />

abierto que invita a la familia Colnupaz a construir el mundo<br />

del saber. Sobre el libro abierto encontramos el símbolo de la<br />

tecnología (un computador) moderna y futura.<br />

En la parte superior se encuentra una paloma de color blanco<br />

con las alas abiertas llevando en el pico una rama de laurel<br />

símbolo de la paz y la libertad anhelada.<br />

En la parte inferior lleva los aros olímpicos significado de la<br />

formación deportiva que deben vivenciar los(as) jóvenes de<br />

Colnupaz.<br />

Naturaleza:<br />

Oficial Creado mediante Acuerdo<br />

Municipal N 0 014 de julio 31/97<br />

Calendario: A.<br />

Nivel:<br />

Preescolar, básica, media técnica y<br />

educación formal de adultos.<br />

Registro DANE: N º 168689002968<br />

NIT: N º 829000858-1


1. GENERALIDADES<br />

CAPIITULO II<br />

1.1. DEL <strong>MANUAL</strong> DE <strong>CONVIVENCIA</strong>.<br />

1.1.1. Definición<br />

Es una norma que contempla un conjunto disposiciones<br />

concertadas que rigen a cada uno de los integrantes de la Comunidad<br />

Educativa del Colegio Nuestra Señora de la Paz.<br />

El manual de convivencia es un referente legal que integra elementos<br />

estatutarios, reglamentarios y procedimentales acordados por todos<br />

los actores que conforman la comunidad educativa del colegio<br />

nuestra señora de la paz, de San Vicente de Chucurí, según lo<br />

ordenado por la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994 y lo<br />

establecido por la Ley 1620/13 y el decreto reglamentario1965 /13,<br />

relación con la formación para los derechos humanos, la educación<br />

para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar,<br />

con miras a la participación democrática, la convivencia pacífica y la<br />

salvaguarda de los deberes y derechos consagrados en la<br />

Constitución Política de Colombia en contexto educativo<br />

institucional. Como acuerdo colectivo obliga a todos los actores que<br />

sustentan vínculos legales vigentes con el colegio, los involucra en el<br />

desarrollo de la Misión y la Visión, les demanda liderazgo para la<br />

obtención de los objetivos educativos institucionales y los<br />

compromete en la ejecución de los planes, programas y actividades<br />

derivadas del Proyecto Educativo Institucional, PEI.<br />

Como marco normativo del bien común de la institución, el<br />

manual de convivencia, regula el ejercicio de los entes que<br />

constituyen el gobierno escolar, quienes garantizarán que se cumpla<br />

de manera coherente de acuerdo con las funciones que este<br />

Manual determine, a fin de llevar a cabo los siguientes objetivos<br />

para la convivencia:<br />

Asumir y garantizar a los estudiantes, educadores, directivos<br />

docentes y colaboradores el respeto por la vida, la dignidad<br />

humana, la integridad física y moral como eje fundamental de la<br />

convivencia escolar y de los derechos humanos, sexuales y<br />

reproductivos.<br />

Desarrollar estrategias de prevención, promoción, atención,<br />

protección y seguimiento a través del presente manual que faciliten<br />

la atención integral para la convivencia y se proteja a los estudiantes<br />

contra toda de acoso, violencia escolar y vulneración de sus<br />

derechos humanos, sexuales y reproductivos.<br />

Salvaguardar el logro de los objetivos educativos de la<br />

Institución con los cuales se comprometen los padres de familia,<br />

estudiantes, docentes, directivos y colaboradores como ejercicio<br />

permanente de inclusión cultural, social, científica, artística y<br />

espiritual, expresados en el proyecto educativo vigente.<br />

Trabajar en la promoción y desarrollo integral humano con<br />

respeto y consideración hacia la diversidad y la pluralidad desde<br />

los valores humano cristianos, según el modelo educativo<br />

propuesto por el colegio, mediado a través de la estrategia curricular<br />

vigente y en coherencia con el modelo de evaluación centrado en la<br />

persona, en la autonomía, en la corresponsabilidad y en la<br />

construcción de capacidades y competencias.<br />

Promover alternativas de desarrollo sustentable del medio<br />

ambiente y de los recursos que constituyen patrimonio de<br />

identidad, subsistencia, convivencia y futuro de las nuevas<br />

generaciones de colombianos.<br />

Comprometerse de manera auténtica, crítica, ética e<br />

intelectual en el mejoramiento de la calidad del servicio educativo<br />

que favorezca las mejores condiciones de vida humana, social,<br />

ecológica y cultural de la comunidad.<br />

Dar a conocer y vincular al ejercicio de la plena participación los<br />

derechos y deberes de quienes constituyen la Comunidad Educativa,<br />

7


estimulando actitudes que promuevan y fortalezcan la convivencia,<br />

la reconciliación y la solución consensuada de los conflictos<br />

1.1.2. FUNDAMENTACIÓN LEGAL.<br />

Este manual de convivencia se fundamenta en siguiente<br />

normatividad legal:<br />

Constitución Política de 1991: Se destacan los siguientes<br />

disposiciones constitucionales: Artículos 1°, 2°, 16°, 27°, 44° y 67°.<br />

Declaración Universal de los Derechos Humanos: La Institución<br />

declara que el presente Manual de Convivencia tiene fundamento<br />

especial en el Declaración Universal de los Derechos Humanos,<br />

conforme a lo expresado en la Constitución Política.<br />

Declaración de los Derecho del Niño: Entiéndase incluidos en este<br />

Manual todos los derechos emanados de la Declaración del Niño,<br />

como fundamento especial del mismo, con arreglo en lo expresado<br />

para los efectos en la Constitución Política.<br />

Ley General de la Educación: Fundamentamos este manual en todo<br />

su articulado, pero especialmente en los siguientes Artículo 5° ,<br />

Artículo 6° , Artículo 7° , Artículo 24° , Articulo 25° , Artículo 91° ,<br />

Articulo 95° , Articulo 96°.<br />

Decreto 1860 de 1994: Es fundamento especial de este Manual de<br />

Convivencia, el Decreto 1860 de 1994.<br />

Ley 30 de 1986: Acójase como fundamento especial de este Manual<br />

de Convivencia, la Ley 30 de 1986. Por el cual se adapta el Estatuto<br />

Nacional de Estupefacientes.<br />

Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006: por el cual se expide el nuevo<br />

Código de Infancia y Adolescencia:<br />

Ley 1146 de 2007: Acójase como fundamento especial de este<br />

Manual de Convivencia, la Ley 1146 de 2007 – Normas para<br />

prevención de la Violencia Sexual, en especial los Artículos 11, 12, 13<br />

y 14<br />

Decreto 1290 de 2009: Norma que faculta a las Instituciones<br />

Educativas a implementar su propio proceso de evaluación y<br />

promoción.<br />

Ley 1620 De 2013 Y El Decreto 1965 De 11 De Septiembre De 2013.<br />

Como un mecanismo de denuncia y detección de casos de violencia e<br />

intimidación escolar, que serán tratados por el comité de convivencia<br />

y tendrán una reparación integral apoyada por el “ICBF”.<br />

1.1.3. OBLIGATORIEDAD DEL <strong>MANUAL</strong> DE <strong>CONVIVENCIA</strong>.<br />

En cumplimiento del principio de publicidad y de legalidad, una vez<br />

divulgado el Manual de Convivencia a la comunidad educativa de la<br />

institución, para su conocimiento y demás fines pertinentes, el<br />

mismo, se torna de obligatorio cumplimiento en la regulación de los<br />

derechos y deberes de los diferentes miembros de la comunidad<br />

educativa, so pena de la imposición de las sanciones a que haya<br />

lugar, previa garantía del debido proceso.<br />

1.2. MARCO FILOSÓFICO INSTITUCIONAL<br />

1.2.1. MISIÓN<br />

El Colegio Nuestra Señora de la Paz tiene como Misión promover el<br />

desarrollo integral de los Estudiantes sin distingo de origen, raza<br />

religión o condición social desde el grado de preescolar hasta el<br />

grado undécimo en las dimensiones social, ético, biológico, creativo<br />

cognitivo y tecnológico; bajo parámetros curriculares que permitan<br />

recrear la cultura y crecer como seres humanos en una lucha<br />

constante por la búsqueda de la excelencia.<br />

8


1.2.2. VISIÓN<br />

En el año 2020, el Colegio Nuestra Señora de la Paz, será ́ una<br />

institución ́ n reconocida por el excelente servicio educativo, líder en<br />

la formación de personas , que con sus conocimientos y<br />

competencias dispongan de las habilidades necesarias para potenciar<br />

el desarrollo regional que permita mediante la vivencia de valores<br />

alcanzar una sana convivencia y respeto por los derechos humanos.<br />

1.2.3. FILOSOFÍA<br />

Los estudiantes del Colegio Nuestra Señora de la Paz son la base y<br />

centro de nuestro quehacer educativo, por ello la institución<br />

persigue su desarrollo integral a través de un proceso formativo y<br />

académico donde se articule la teoríá y la práctica y se garantice<br />

aprendizajes a la vida cotidiana, haciendo especial énfasis en el<br />

desarrollo de sus habilidades, aptitudes, creatividad y<br />

responsabilidad de los estudiantes, en el fomento de los valores<br />

éticos, morales, de justicia social, espirituales, de respeto por los<br />

símbolos patrios, de amor fraternal, de solidaridad y de un<br />

comportamiento digno apropiado en las relaciones con sus<br />

semejantes, que les permita el ingreso a la educación superior y/o<br />

vincularse al sector productivo con un compromiso comunitario<br />

verdadero, que lo lleve a colaborar con el progreso de su municipio y<br />

su paíś , a través de su propia autogestión, asumiendo y enfrentando<br />

con entereza y seriedad los problemas que le ofrezca la vida. El<br />

Colegio Nuestra Señora de la Paz, es eminentemente formativo en<br />

todos sus aspectos, bajo la modalidad técnica en Comercio y Gestión<br />

Ambiental, siguiendo los lineamientos y la autonomíá que le brindan<br />

la Constitución y la Ley General de Educación, los cuales son su<br />

sustento y orientación.<br />

1.2.4 OBJETIVOS INSTITUCIONALES<br />

Crear un ambiente propicio para que todos los miembros de la<br />

comunidad estudiantil y adultos que los acompañan se apropien de<br />

aprendizajes significativos que les permitan desarrollar capacidades,<br />

actitudes, valores y conocimientos, que les permitan asumir los<br />

compromisos necesarios para mejorar la calidad de vida, tanto social<br />

como personalmente, transformando y enriqueciendo su contexto.<br />

Formar personas integras, competentes para desempeñarse<br />

eficientemente en su entorno, siendo respetuosos de la ley, del<br />

derecho de los demás y del medio ambiente.<br />

Formar personas ricas en valores, capaces de reconocer y aceptar<br />

las diferencias individuales y por ende a todas las personas con sus<br />

virtudes y defectos, esto es que sean tolerantes.<br />

Propiciar la formación de personas con alto espíritu filantrópico,<br />

con gran sentido de pertenencia por todo los suyo, capaces de dar<br />

sin esperar nada a cambio.<br />

Fomentar el desarrollo de la investigación como forma de formar<br />

personas inquietas por la adquisición de nuevos conocimientos,<br />

recurriendo para ello a la práctica de la tecnología del momento.<br />

Fortalecer prácticas pedagógicas capaces de integrar a toda la<br />

comunidad educativa como mecanismo para procurar una<br />

convivencia escolar rica en la práctica de valores.<br />

Propiciar el crecimiento cualitativo institucional, dando a los<br />

estudiantes los conocimientos necesarios para ello, siendo los<br />

docentes los gestores de procesos de guía y asesoría de los primeros,<br />

de tal manera, que se fortalezcan las relaciones intra e<br />

interpersonales de toda la comunidad educativa.<br />

Formar personas aptas para servir a su comunidad, a su familia y al<br />

estado apropiándose de conocimientos empíricos y científicos para la<br />

práctica social.<br />

Formar personas capaces de reconocer a un ser superior dador de<br />

vida y por tanto merecedor de respeto, obediencia y temor, como<br />

forma de fortalecer la parte espiritual del hombre.<br />

1.2.5. OBJETIVO GENERAL<br />

Acompañar el proceso de desarrollo integral de cada uno de los<br />

educandos a través de los diferentes estamentos que conforman<br />

la comunidad educativa, mediante la exploración y vivencia de los<br />

valores humano-cristianos para que sea agente de su propia<br />

formación y de cambio en la sociedad, proyectándose a la<br />

comunidad en el campo comercial con visión transformadora.<br />

9


CAPIITULO IIII<br />

ESTUDIIANTES<br />

Son estudiantes del Colegio Nuestra Señora de la Paz Las niñas y los<br />

niños, las(os) adolescentes y las(os) jóvenes, matriculadas(os)<br />

válidamente dentro de un período lectivo, según el calendario<br />

oficial, bajo la responsabilidad directa de los padres de familia y/o<br />

acudientes, quienes constituyen la razón de ser de la institución,<br />

que pone a favor de ellos y de su formación integral, tanto el<br />

enfoque educativo como las personas que lo lideran y los medios<br />

necesarios para llevarlo a cabo.<br />

2.1 REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN<br />

El proceso de admisión de estudiantes en el Colegio Nuestra Señora<br />

de la Paz, comprende la elaboración de la solicitud escrita por parte<br />

de los padres de familia y el aspirante.<br />

Los siguientes son los requisitos:<br />

1. Inscribirse en las fechas señaladas por la Secretaría de Educación<br />

Departamental.<br />

2. Adquirir el formulario de pre matrícula en la secretaría de la<br />

institución.<br />

3. Entregar el formulario de pre matrícula debidamente diligenciado<br />

en la fecha establecida por la Secretaría de Educación<br />

Departamental.<br />

4. Los alumnos nuevos deben presentar registro civil de nacimiento,<br />

documento de identidad, informe final valorativo de la institución<br />

donde cursó el grado anterior con su respectiva ficha de seguimiento<br />

(fotocopia del observador), constancia de estar afiliado el menor a un<br />

sistema de seguridad social en salud.<br />

5. La asistencia de los padres de familia con el estudiante.<br />

6. Los padres de familia o acudientes se comprometen a conocer y<br />

cumplir lo establecido en el presente Manual de Convivencia.<br />

EDADES:<br />

PRE-ESCOLAR GRADO CERO<br />

Cinco (5) años cumplidos con una margen de menos de tres<br />

meses máximo contados a partir del día en que se hace<br />

matrícula.<br />

CICLO BÁSICA PRIMARIA:<br />

Primero Seis (6) a siete (7) años<br />

Segundo Siete (7) a ocho (8) años<br />

Tercero Ocho (8) a nueve (9) años<br />

Cuarto nueve (9) a diez (10) años<br />

Quinto diez (10) a once (11) años<br />

CICLO BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA VOCACIONAL<br />

Sexto hasta los trece (13) años<br />

Séptimo hasta los quince (15) años<br />

Octavo hasta los dieciséis (16) años<br />

Noveno hasta los diecisiete (17) años<br />

Décimo hasta los dieciocho (18) años<br />

Undécimo hasta los diecinueve (19) años<br />

Los anteriores límites de edad no se tendrán en cuenta para<br />

estudiantes que adelantan estudios actualmente en la institución En<br />

la organización de los grados se tendrá en cuenta la edad de los<br />

estudiantes.<br />

Todo estudiante a quién se le haya cancelado la matrícula en<br />

cumplimiento de los deberes y prohibiciones fijados en el<br />

manual de convivencia, sólo tendrá derecho a su admisión, (2)<br />

años después de cumplida la cancelación de la matrícula<br />

10


2.2. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA.<br />

La matrícula es el acto por el cual el estudiante es admitido y<br />

adquiere la calidad de estudiante del Colegio Nuestra Señora de la<br />

Paz, a través de la firma de un contrato. La matrícula se debe renovar<br />

año tras año, de acuerdo con el cumplimiento de las normas<br />

establecidas por la ley y en el presente Manual. Es un acto donde las<br />

partes se comprometen a cumplir con las normas legales e<br />

institucionales vigentes y que cualquiera de las partes puede dar por<br />

terminado en caso de algún incumplimiento parcial o total.<br />

Para formalizar la matrícula, se debe acreditar los siguientes<br />

requisitos:<br />

1. Haber sido oficialmente admitido (para los estudiantes nuevos).<br />

Haber aprobado el curso anterior (presentar boletín final).<br />

2. Presentarse en la hora y fecha indicada por la institución<br />

acompañado del padre o acudiente.<br />

3. Presentar las certificaciones de estudio anteriores al grado al cual<br />

se matricula, con el visto bueno de la secretaría académica (para los<br />

estudiantes nuevos). Los demás documentos exigidos deben estar en<br />

buen estado y los nombres deben coincidir con el registro civil. En el<br />

momento de la matrícula los estudiantes del grado undécimo deben<br />

tener completa la documentación para efectos de graduación.<br />

4. Presentar recibos de pago de los derechos y costos educativos<br />

legalmente establecidos si a ello hubiere lugar.<br />

5. Presentar carné de afiliación al sistema de seguridad social en<br />

salud del estudiante.<br />

6. Presentar fotocopia del documento de identidad del estudiante y<br />

del acudiente.<br />

7. Para los estudiantes nuevos deben presentar la fotocopia del<br />

observador del alumno del establecimiento de donde provenga.<br />

8. Acta de matrícula firmada por el rector, secretaria académica,<br />

padre de familia y/o acudiente y el estudiante.<br />

9. Fotocopia del carné del SISBEN donde se certifique estrato y nivel<br />

socioeconómico.<br />

2.3. UNIFORMES.<br />

Los estudiantes del Colegio Nuestra Señora de la Paz portarán<br />

los siguientes uniformes.<br />

UNIFORME DE DIARIO (mujeres) según modelo:<br />

Camisa blanca según modelo. Jardinera modelo<br />

establecido.<br />

Zapato colegial color negro con hebilla o cordón bien<br />

portado.<br />

Medias blancas no tobillera<br />

El largo del uniforme hasta la rodilla.<br />

Para recogerse el cabello podrá utilizar adornos (ganchos,<br />

colas, diademas, moñas) deben ser de color azul, blanco, o<br />

negro.<br />

UNIFORME DE DIARIO (hombres) según modelo.<br />

Pantalón azul con correa de cuero negra delgada sin taches ni<br />

aderezos.<br />

Camisa blanca, manga corta, cuello sport o camisa guayabera<br />

blanca<br />

Zapato colegial color negro con hebilla o cordón bien portado.<br />

Medias blancas o azules no tobilleras<br />

Si el estudiante utiliza camiseta debajo de la camisa, debe ser<br />

completamente blanca.<br />

Para las prácticas de laboratorio estudiantes deberán usar una<br />

bata blanca.<br />

En la eventualidad de que una estudiante se encuentre en estado<br />

de embarazo, portará en lugar del uniforme de diario un traje<br />

cuyo color y diseño será fijado por la institución.<br />

En caso de enfermedad o debido circunstancias climáticas se<br />

debiera presentar con buzo este será de color azul o blanco<br />

exclusivamente.<br />

11


UNIFORME DE EDUCACION FÍSICA<br />

(Según modelo)<br />

Camiseta blanca con el escudo del colegio.<br />

Sudadera azul con letrero en blanco<br />

Medias blancas con dos franjas azules<br />

Pantaloneta de color azul rey. Se permite el uso de la licra azul<br />

rey si es necesario debajo de la pantalonera.<br />

Tenis totalmente blanco.<br />

Se podrá utilizar una gorra o cachucha exclusivamente en las<br />

clases de Educación Física y será diseñada para tal fin por los<br />

estudiantes.<br />

En las clases de educación física se permite el porte de la<br />

camiseta por fuera de la pantaloneta, en los demás casos se<br />

deberá portar dentro de la sudadera<br />

Parágrafo<br />

1. El uniforme debe portarse limpio, ordenado y completo.<br />

2. Por ningún motivo el uniforme será distinto a lo especificado<br />

anteriormente.<br />

3. El uniforme deportivo se debe portar sólo los días de clase de<br />

Educación Física.<br />

4. Para los actos y celebraciones especiales se utilizará camisa blanca<br />

manga larga y corbata azul para hombres y mujeres.<br />

5. Para los estudiantes del programa de Educación Formal de Adultos<br />

Jornada Sabatina, el uniforme será camiseta blanca tipo polo con el<br />

escudo del Colegio y para los actos y ceremonias especiales utilizarán<br />

camisa blanca manga larga y pantalón negro.<br />

6. En caso de usar moños, bufandas chaquetas, abrigos estos serán<br />

de los mismos colores del uniforme. (Azul, blanco o negro)<br />

En caso de utilizar camiseta interior debe ser blanca sin ningún tipo<br />

de dibujo o logotipo<br />

7. Vestir adecuadamente el uniforme deportivo. No se permitirán<br />

pantalonetas de colores diferentes a las del uniforme, pantalones<br />

entubados, decolorados, rotos y/o arrastrando. Sólo se permite el<br />

uso de medias largas blancas con las líneas azules.<br />

8. Para las clases de educación física los estudiantes deberán utilizar<br />

una camiseta blanca.<br />

9. Si algún o alguna estudiante no trae el uniforme correspondiente,<br />

debe presentar excusa ante la Coordinación debidamente justificada,<br />

firmada por el padre de familia o acudiente, ésta analizará la<br />

situación y procederá a autorizar la excusa si encuentra válida la<br />

justificación, en caso contrario se llamará a su acudiente. La excusa<br />

autorizada por la Coordinación deberá ser presentada por él o la<br />

estudiante a los docentes con quienes tengan clase, o cuando se la<br />

soliciten.<br />

2.4. PERFIL DEL ESTUDIANTE<br />

El Colegio Nuestra Señora de la Paz promueve la formación del<br />

estudiante para que sea una persona:<br />

1. Promotor agente del cambio social y político donde sea posible<br />

el compromiso de una vida cristiana traducida en obras que<br />

expresen la vivencia de los valores éticos, religiosos, sociales,<br />

culturales, artísticos y ecológicos.<br />

2. Con espíritu de lucha por la conservación de la vida y defensa de<br />

los recursos naturales.<br />

3. Con gran sentido de amor, igualdad, solidaridad y tolerancia<br />

hacia los demás.<br />

4. Respetuoso de los derechos humanos, de los principios<br />

democráticos de convivencia y pluralismo.<br />

5. Seguro de sí mismo y con capacidad de opción y decisión libre y<br />

consciente.<br />

6. Que asuma con responsabilidad los derechos y deberes.<br />

7. Con identidad protagonista de su propia historia.<br />

8. Que vivencie con agrado y responsabilidad los valores familiares.<br />

9. Abierto al diálogo, al servicio, fiel a Dios, a su conciencia y a sus<br />

principios políticos y religiosos.<br />

10. Que ama, respeta y acepta su identidad sexual.<br />

11. Consciente y responsable de su quehacer educativo como<br />

agente de su desarrollo personal y profesional.<br />

12


12. Con conocimientos académicos, técnicos y científicos que le<br />

permitan un desempeño profesional idóneo o una<br />

autoformación individual.<br />

13. Creativo, innovador, con capacidad de análisis crítico y reflexivo<br />

frente a la realidad personal, social y cultural.<br />

2.5. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.<br />

Como centro del proceso educativo del Colegio Nuestra Señora de la<br />

Paz de San Vicente de Chucurí, tengo derecho a:<br />

1. Ser reconocido y respetado en mis derechos sin ser objeto de<br />

discriminación.<br />

2. Estudiar la constitución política de Colombia y la cívica, lo mismo<br />

que el aprendizaje de principios y valores de participación<br />

ciudadana.<br />

3. Recibir una formación cristiana, moral, ética, cultural, científica, y<br />

académica de acuerdo con la época actual, en el marco de una<br />

educación, orientada al desarrollo integral de mi personalidad, que<br />

me prepare para el ejercicio de una vida ciudadana profesional, en<br />

forma honesta, responsable, solidaria y competente.<br />

4. Obtener y conocer el manual de convivencia de la institución.<br />

5. Ser tratado con respeto y dignidad por todos los miembros de la<br />

comunidad educativa.<br />

6. Ser evaluado continua, integral y cualitativamente de acuerdo con<br />

las normas establecidas por el Ministerio de Educación Nacional,<br />

tener conocimiento oportuno de los resultados obtenidos en cada<br />

periodo antes de ser entregados a la coordinación académica.<br />

7. Utilizar el conducto regular (profesor, director de grupo,<br />

coordinador académico, consejo académico) para lograr los cambios<br />

metodológicos necesarios y así obtener los mejores resultados<br />

académicos.<br />

8. Elegir y ser elegido en forma democrática como representante<br />

activo en los diferentes estamentos que se organicen en la<br />

institución, cumpliendo con los requisitos exigidos.<br />

9. Elegir entre los estudiantes de undécimo grado el personero del<br />

plantel y entre los estudiantes de décimo grado el contralor por<br />

sistema de mayoría simple y Voto secreto.<br />

10. Tener una representación general en el Consejo Estudiantil que<br />

garantice la participación activa de los Educandos.<br />

11. Utilizar adecuadamente los servicios que brinda el Colegio<br />

Nuestra Señora de la Paz para el desarrollo de actividades<br />

académicas y complementarias (laboratorios, bibliotecas,<br />

implementos y campos deportivos, orientación y asesoría pedagógica<br />

y servicios de pastoral).<br />

12. Pertenecer a organizaciones que desarrollen el espíritu de<br />

servicio a la comunidad, grupos juveniles, Coros, danzas, teatro,<br />

grupos deportivos, ecológicos, supervivir, alfabetización y otros que<br />

se creen con fines semejantes.<br />

13. Acordar con el profesor de la materia, previa presentación de una<br />

excusa justificada por la Coordinación académica y dentro de los tres<br />

días siguientes a la ausencia, la fecha para realizar las evaluaciones<br />

no presentadas oportunamente.<br />

14. Hacerme acreedor a los estímulos o incentivos que la institución<br />

establezca para los estudiantes sobresalientes (grupo de danzas,<br />

teatro, grupos juveniles, diferentes comités y demás grupos que<br />

representen al colegio).<br />

15. Disfrutar de descansos, recreos, tiempo libre y periodo de<br />

vacaciones.<br />

16. Expresar libremente opiniones en forma cortés y dentro del<br />

marco de respeto que merece la opinión ajena.<br />

17. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I. a<br />

través de mis representantes.<br />

18. Ser escuchado antes de ser sancionado y apelar a la<br />

sanción si la considera injusta o inapropiada, siguiendo los<br />

procedimientos establecidos para tal fin y el apoyo del Personero(a).<br />

19. Recibir las medidas correctivas merecedoras por mi mal<br />

comportamiento, bajo rendimiento académico o inmoralidad<br />

comprobada.<br />

20. Conocer los registros que sobre mi comportamiento se haga en<br />

el observador del estudiante o en cualquier otro documento interno<br />

de la institución.<br />

21. Recibir el carnet estudiantil para identificarme en cualquier lugar<br />

como miembro del plantel.<br />

13


22. Asistir a todas las actividades programadas por la institución en<br />

horarios y lugares establecidos por ella exceptuando cuando esté<br />

inhabilitado disciplinariamente.<br />

23. Que se programen actividades individuales o grupales que se<br />

requieran para superar las dificultades en la consecución de logros.<br />

24. Conocer el resultado cuando presenten evaluaciones, trabajos,<br />

tareas lo más pronto posible, cuando la prueba sea oral debe<br />

dárseme inmediatamente su valoración.<br />

25. Exigir a mis representantes: personero, representante<br />

estudiantil, que desarrollen con eficiencia y responsabilidad sus<br />

funciones.<br />

26. Conocer al inicio de cada período las temáticas y los criterios de<br />

evaluación.<br />

27. Gozar de precios módicos en la tienda escolar<br />

2.6. DEBERES DEL ESTUDIANTE.<br />

Como estudiante del Colegio Nuestra Señora de la Paz, debo cumplir<br />

con los siguientes compromisos:<br />

1. Aprender a valorar la vida de otros como mi propia vida.<br />

2. Valoraré y respetaré a todas y cada una de las personas que<br />

conforman la comunidad educativa, evitando las bromas de mal<br />

gusto, los apodos y las burlas.<br />

3. Enalteceré y respetaré la institución con una conducta digna y<br />

honesta dentro y fuera del plantel.<br />

4. Llevaré con dignidad y respeto el uniforme, carnet, manual de<br />

convivencia, insignias que me identifique como estudiante del<br />

Colegio Nuestra Señora de la Paz, sea dentro o fuera del plantel.<br />

5. Respetaré los símbolos patrios, la cultura nacional y guardaré<br />

silencio en izadas de bandera, actos comunitarios dentro y fuera del<br />

plantel.<br />

6. Donaré parte o todo el uniforme a estudiantes que lo necesiten y<br />

hagan uso adecuado de él, ya que este es un símbolo que identifica<br />

nuestra institución.<br />

7. De acuerdo con los valores humanos deberé respetar mi cuerpo<br />

conservando mi dignidad y la de los demás.<br />

8. Comunicaré oportunamente a mis padres o acudiente las<br />

citaciones notas y condiciones de desarrollo académico cuando los<br />

directivos o profesores así lo determinen.<br />

9. Los modales, conversaciones, vocabulario, tono de voz, escritos y<br />

comportamientos en general, dentro y fuera de la institución, deberá<br />

expresar valores y testimoniar la formación recibida y la dignidad que<br />

posea como persona.<br />

10. Mantendré orden en mi presentación personal para conservar la<br />

salud y un ambiente sano, agradable e higiénico para una buena<br />

aceptación en la comunidad.<br />

11. Me presentaré con el uniforme de diario o el uniforme de<br />

educación física trayéndolo completo y en perfecto orden, de<br />

acuerdo con el horario e incluyendo el horario de las modalidades<br />

excepto cuando hayan prácticas ambientales y comerciales<br />

quedando a criterio del profesor.<br />

Utilizaré con delicadeza y buenos modales el servicio de tienda<br />

escolar y colaboraré con el orden del envase en las canastas<br />

distribuidas, además del aseo de patios y corredores.<br />

12. Evitaré utilizar accesorios y maquillaje que desentonen con el<br />

uniforme.<br />

13. Me abstendré de comer y masticar chicle dentro de la institución.<br />

14. Velaré por la conservación de los enseres, el material<br />

bibliográfico, deportivo y cultural que pertenezcan al colegio,<br />

respondiendo por la pérdida o daños causados y devolviendo<br />

aquellos que me hayan sido prestados, en las mismas condiciones<br />

que me fueron entregados<br />

15. Manifestaré actitud de cambio frente al proceso educativo,<br />

llegando puntualmente según el horario establecido y<br />

permaneciendo dentro del salón en horas de clases.<br />

16. Asistiré a las recuperaciones y presentaré los trabajos y<br />

sustentaciones de acuerdo con la hora, condición y metodología<br />

establecidas por la institución. Sino recupero en este tiempo deberé<br />

prepararme y responder por la nivelación.<br />

17. Solucionaré todos los conflictos de manera pacífica y racional.<br />

18. Cumpliré con tareas, lecciones, trabajos y evaluaciones, los<br />

presentaré el día y la hora acordada en forma clara y ordenada.<br />

19. Cuidaré y respetaré los baños y sitios de recreación, implementos<br />

como carteles, pupitres, murales, paredes y demás materiales<br />

didácticos que el colegio colocará a mi disposición para el mejor<br />

desempeño de mi labor educativa.<br />

14


20. Me abstendré de ingresar a la sala de profesores y demás<br />

dependencias administrativas sin previa autorización.<br />

21. Ajustaré mi comportamiento en el colegio o en cualquier otro<br />

lugar, a las normas de mayor compostura moral y al sano espíritu de<br />

compañerismo.<br />

22. Me abstendré de presentar manifestaciones amorosas de tipo<br />

físico dentro de la institución y fuera de él mientras porte el<br />

uniforme como consecuencia del noviazgo que compromete a<br />

parejas de estudiantes.<br />

23. Cumpliré y participaré activamente en los eventos especiales<br />

programados por la institución.<br />

24. Me comportaré en forma adecuada en los recesos pedagógicos<br />

evitando entrar a los salones, correr en los pasillos, tirar basura y<br />

dejar los envases en cualquier lugar.<br />

25. Seguiré responsablemente el proceso de la clase, participando<br />

activamente en los trabajos de consulta personal y grupal.<br />

26. Traeré los materiales o elementos indispensables para la<br />

realización de cada labor académica.<br />

27. Mantendré una actitud de respeto y escucha ante las<br />

exposiciones, observaciones, aclaraciones de observación integral del<br />

docente involucrado.<br />

28. Mi comportamiento digno, respetuoso y culto evitando toda<br />

expresión de abuso y acoso escolar (discriminación, agresión física y<br />

verbal, psicológica y la intimidación) dentro y fuera de la institución<br />

29. Seré honesto conmigo mismo y con los demás, evitando la<br />

mentira, el fraude, la sustracción, el engaño, la suplantación, la<br />

falsificación de documentos, trabajos y evaluaciones.<br />

30. Evitaré elaborar letreros y dibujos que denigren u ofendan a<br />

cualquier persona o institución y atenten contra la dignidad humana<br />

o deterioren la planta física.<br />

31. Respetar las pertenencias ajenas de cualquier persona y<br />

devolveré lo encontrado dentro y fuera de la institución. Me<br />

responsabilizaré de los objetos personales dentro del colegio,<br />

asumiendo las consecuencias en caso de pérdida.<br />

32. Respetaré el templo y oratorio del colegio como lugar de silencio,<br />

oración y encuentro con Dios.<br />

33. Me abstendré de utilizar equipos electrónicos (celular, Mp4, Mp3,<br />

Tablet y equipos de audio y video), revistas, periódicos o juegos que<br />

interfieran las labores académicas.<br />

34. Omitiré el porte y consumo de cigarrillos, licores, armas, drogas o<br />

cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física, moral o<br />

mental propia o de cualquier persona de la institución dentro de la<br />

jornada académica o en eventos especiales.<br />

35. Cuando faltare a clase debo presentarme al día siguiente con una<br />

excusa firmada por mis padres o acudiente que justifique mi<br />

ausencia ante el coordinador de bienestar estudiantil<br />

36. Mantendré el salón de clase en perfecto orden y limpieza durante<br />

el desarrollo de las jornadas de clase y al terminar las mismas.<br />

37. Conoceré y aplicaré las normas establecidas en el manual de<br />

convivencia que contribuyan a formar en los valores de fe cristiana,<br />

trabajo, respeto, honradez, disciplina, solidaridad, justicia, tolerancia<br />

y todos aquellos que propendan al bienestar personal y comunitario.<br />

38. Me interesaré permanentemente en la actualización y<br />

capacitación correspondiente a la modalidad técnica.<br />

39. No abandonaré por motivo alguno el colegio en horas de clase sin<br />

previa solicitud a nivel personal o por escrito de mis padres o<br />

acudientes y con debida autorización de los directivos de la<br />

institución.<br />

40. Debo tener en cuenta que cuando sea reconocido o escogido por<br />

mis cualidades o méritos, no implica el incumplimiento de los demás<br />

deberes establecidos en el pacto de convivencia social.<br />

NOTA:<br />

Cuando el estudiante no asista a la institución por 1 ó 2 días<br />

consecutivos deberá presentarse al día siguiente con una excusa<br />

justificada por el padre de familia o acudiente. Después de tres o<br />

más días de ausencia deberá presentarse con el padre de familia o<br />

acudiente para explicar los motivos de la inasistencia, salvo si el<br />

estudiante presenta incapacidad médica. La excusa debe ser<br />

presentada a la coordinación de bienestar estudiantil para que se le<br />

expida el respectivo paz y salvo y el estudiante se haga así acreedor a<br />

presentar las evaluaciones y actividades realizadas durante su<br />

ausencia.<br />

Cuando el estudiante solicite un permiso, deberá ser solicitado por<br />

15


el padre de familia o acudiente.<br />

Para participar en cualquiera de los grupos representativos de la<br />

institución (danzas, banda, teatro, grupos deportivos o artísticos)<br />

debo esforzarme por mantener un buen rendimiento académico y<br />

disciplinario, manifestando buenos modales.<br />

2.7. PROHIBICIONES A LOS ESTUDIANTES.<br />

Uno de los principios que nos caracteriza, es lograr que los<br />

estudiantes actúen con valores éticos. Es necesario recordar el valor<br />

pedagógico de la prohibición, la cual debe ser justa y adecuada como<br />

medio para orientar a aquellos educandos que, con su<br />

comportamiento inadecuado, atenten contra el bien personal y<br />

comunitario.<br />

1. Salir de las instalaciones de la institución sin el respectivo permiso<br />

concedido por la Coordinación o la Rectoría, con sus padres o<br />

acudientes o con su autorización.<br />

2. Calumniar o injuriar a cualquier miembro de la comunidad<br />

educativa.<br />

3. El fraude en las evaluaciones, firmas, calificaciones, excusas y<br />

demás documentos.<br />

4. Sustraer objetos que no sean de su propiedad.<br />

5. Consumir sustancias nocivas para la salud que alteren el normal<br />

funcionamiento de su estado físico, mental y social.<br />

6. Portar, exhibir y leer revistas, folletos, fotos, videos o utilizar otros<br />

medios de divulgación de contenido pornográfico o mensajes<br />

subliminales, e inducir a otros en estas actividades.<br />

7. Emplear lenguaje soez acompañado de actitudes y modales<br />

incultos.<br />

8. Utilizar el nombre de la institución sin autorización de Rectoría<br />

para efectuar paseos, rifas, bailes o cualquier tipo de actividad.<br />

9. Traer armas de fuego, armas blancas, corto punzante o corto<br />

contundentes.<br />

10. Confabularse en actos o hechos que atenten contra la veracidad<br />

de una determinada situación ocurrida dentro o fuera de la<br />

institución.<br />

11. Cualquier acto que en una u otra forma atente contra el derecho<br />

a la vida, agresión verbal, agresión física, amenaza o chantaje, dentro<br />

y fuera de la institución.<br />

12. Consumir, usar o expender drogas alucinógenas o<br />

estupefacientes dentro y fuera de la institución, o inducir a otros a<br />

venderla y/o consumirla.<br />

13. Rayar o poner avisos en muros, puertas y demás sitios no<br />

autorizados de la institución.<br />

14. Proferir actos de burla, humillación, trato cruel, degradante, en<br />

contra de los demás compañeros y en especial, de los alumnos o<br />

alumnas que tengan capacidad reducida.<br />

15. El acoso escolar o bullying o ciberbullying en contra de cualquier<br />

miembro de la comunidad.<br />

16. Utilizar celulares o cualquier tipo de aparato electrónico en horas<br />

de clase sin la debida autorización del docente.<br />

17. Realizar manifestaciones de índole amorosa asociadas con el<br />

noviazgo y todo acto obsceno que atente contra la dignidad y<br />

respeto del cuerpo.<br />

18. Comprar y consumir alimentos, dulces, helados, frutas que son<br />

ofrecidos en la calle y adquiridos mientras están dentro de la<br />

institución.<br />

19. Desperdiciar, botar o jugar con los alimentos que ofrece el<br />

refrigerio escolar<br />

20. Protagonizar desordenes como consecuencia de la celebración de<br />

cumpleaños utilizando huevos, harinas o cualquier tipo de elementos<br />

dentro o fuera de la institución.<br />

2.8. ESTÍMULOS<br />

El Colegio Nuestra Señora de la Paz considera necesario<br />

estimular el esfuerzo y la dedicación de sus mejores estudiantes<br />

y presentarlos como ejemplo a las futuras generaciones de<br />

la institución.<br />

2.8.1 ESTÍMULOS POR PERIODO PARA LOS ESTUDIANTE<br />

16


El estudiante que sobresalga por su buen comportamiento,<br />

rendimiento académico, espíritu de servicio y colaboración,<br />

actividades culturales, artísticas y deportivas será premiado<br />

con los siguientes estímulos:<br />

2.8.1.1. Izada de bandera: Para el estudiante de cada grado<br />

que sobresalga en diferentes aspectos determinados por<br />

el consejo de profesores o Director de grupo.<br />

2.8.1.2 ser reconocido en el periódico mural.<br />

Para los estudiantes que académica o disciplinariamente<br />

observen el mejor desempeño en el periodo.<br />

Para el grado que durante el transcurso de los primeros<br />

periodos demuestre el mejor rendimiento académico,<br />

disciplinario, aseo y decoración, se hará creedor de un<br />

estímulo por parte del colegio.<br />

2.8.2. ESTÍMULOS DE CLAUSURA PARA LOS ESTUDIANTES.<br />

2.8.2.1 Diploma de excelencia: Se otorgará a los estudiantes<br />

que hayan acumulado el mejor promedio académico de su<br />

grado y que cumplan con el perfil del estudiante Colnupaz<br />

2.8.2.2 Mención de honor: para los estudiantes que se hayan<br />

distinguido por sus méritos deportivos, su espíritu de<br />

colaboración y participación en los proyectos de la institución.<br />

Otorgar mención de honor a los estudiantes que hayan<br />

representado a la institución en alguno de los grupos<br />

organizados del municipio y que hayan mantenido un buen<br />

rendimiento académico disciplinario.<br />

2.8.3 MEDALLAS.<br />

2.8.3.1. Medalla Nuestra Señora de la Paz al mejor bachiller.<br />

Se otorgará al estudiante que haya obtenido los mejores<br />

promedios desde sexto a undécimo grado.<br />

2.8.3.2. Medalla Nuestra Señora de la Paz al mejor rango en<br />

las Pruebas Saber. Al estudiante que haya obtenido el mejor<br />

desempeño en las pruebas saber 11.<br />

2.8.3.3. Medalla Nuestra Señora de la Paz al mejor<br />

rendimiento en la modalidad. Distinción concedida al<br />

estudiante que durante la Media Vocacional se haya destacado<br />

por su eficiencia y habilidad en el desempeño de las labores en<br />

el área técnica comercial o técnica ambiental, además de dar<br />

muestra de una formación integral.<br />

2.9. NORMAS GENERALES Y PROCEDIMIENTOS DE<br />

UTILIZACION DE SERVICIOS:<br />

2.9.1. ORATORIO<br />

1. Estará abierto durante la jornada para quien desee visitarlo libre y<br />

voluntariamente.<br />

2. Respetar los implementos que allí se encuentren.<br />

3. Mantener una actitud de silencio y respeto siempre que esté allí.<br />

4. No se permite comer, no realizar actividades diferentes a la<br />

oración.<br />

2.9.2. USO DE LA SALA DE INFORMATICA<br />

1. No se debe comer dentro de la sala.<br />

2. No ingresar elementos como lapiceros, lápices, etc.<br />

3. Cualquier daño ocasionado al equipo o muebles que le sean<br />

asignados, el alumno debe pagar el arreglo correspondiente.<br />

4. No se permite el ingreso de cualquier tipo de diskette.<br />

5. Al terminar la clase los equipos deben quedar cubiertos, y<br />

cumpliendo con las indicaciones que el profesor señale.<br />

2.9.3. USO DEL LABORATORIO<br />

17


1. Para el ingreso del laboratorio es indispensable portar la bata<br />

establecida en el reglamento.<br />

2. Los usuarios del laboratorio responderán por los elementos<br />

utilizados en las prácticas.<br />

3. Al término de cada práctica el laboratorio debe dejarse en<br />

completo orden y aseo.<br />

4. El material reactivo del laboratorio son uso exclusivo del plantel,<br />

solo se prestará para prácticas, no se debe utilizar reactivos e<br />

implementos sin autorización.<br />

5. No se debe consumir alimentos y bebidas dentro del salón.<br />

6. Para el servicio a otras instituciones debe ser con previa orden de<br />

rectoría según convenios establecidos.<br />

7. El profesor que dirige las prácticas podrá ordenar el ingreso de<br />

sustancias necesarias para el desarrollo de la experimentación.<br />

2.9.4. USO DE LA SALA DE AUDIOVISUALES<br />

El usuario del departamento audiovisual solicitará el servicio con<br />

anticipación con el fin de preparar el material respectivo.<br />

1. No se permite el consumo de alimentos y bebidas.<br />

2. En la sala de audiovisuales se debe guardar silencio y compostura.<br />

3. Se prohíbe la proyección, reproducción o transmisión de material<br />

no autorizado.<br />

2.9.5. CAFETERÍA<br />

Para utilizar el servicio de cafetería durante el descanso, se deben<br />

observar las siguientes reglas:<br />

1. Depositar los envases en las canastas dispuestas para tal fin.<br />

2. No arrojar servilletas, papeles, pitillos, bolsas u otro material de<br />

desecho al suelo.<br />

3. Hacer la fila, guardando compostura y respetando el derecho de<br />

los demás.<br />

4. Solicitar respetuosa y ordenadamente los comestibles y bebidas.<br />

5. Hacer buen uso de las sillas y mesas de la cafetería.<br />

2.10. HORARIO<br />

CICLO SECUNDARIA BASICA Y MEDIA VOCACIONAL<br />

JORNADA DE LA MAÑANA<br />

6:00 AM A 12:30 PM<br />

PREESCOLAR<br />

JORNADA DE LA MAÑANA<br />

7:30 AM A 11:30 PM<br />

JORNADA DE LA TARDE<br />

1:00 PM A 5:00 PM<br />

PRIMARIA<br />

JORNADA DE LA MAÑANA<br />

6:45 AM A 12:15 PM<br />

JORNADA DE LA TARDE<br />

12:45 PM A 6:15 PM<br />

* CICLO EDUCACION DE ADULTOS “CLEI” SABATINA<br />

7:00 AM A 12:00 M<br />

1:00 PM A 6:00 PM<br />

18


CAPIITULO IIIIII<br />

ÓRGANOS DELL GOBIERNO ESCOLLAR Y ÓRGANOS<br />

QUE FOMENTAN LLA PARTICIPACI<br />

IÓN<br />

DEMOCRÁTICA<br />

3. MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD<br />

EDUCATIVA<br />

La comunidad educativa de esta institución está conformada por<br />

estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes de los<br />

estudiantes, egresados, directivos docentes todos ellos según su<br />

competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del<br />

Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del<br />

establecimiento, basados en los Artículos 6 de la Ley 115, Artículo 18<br />

del Decreto 1860 y Artículo 68 de la Constitución Política Nacional.<br />

3.1 . GOBIERNO ESCOLAR<br />

El gobierno escolar es la instancia de dirección, participación<br />

de la comunidad educativa y orientación académico-administrativa<br />

de la Institución. Está conformado por el Consejo Directivo, el<br />

Consejo Académico y la Rectora, a quien le compete, además de<br />

representar la Institución ante las autoridades educativas, garantizar<br />

la ejecución de lo decidido en esta instancia. Son funciones del<br />

Gobierno Escolar:<br />

1. Garantizar la participación democrática de todos los<br />

estamentos de la comunidad educativa y vivenciar la práctica del<br />

pluralismo, la tolerancia, el diálogo y la concertación.<br />

2. Democratizar las decisiones de carácter administrativo, técnico,<br />

pedagógico y financiero del plantel.<br />

3. Fortalecer una cultura de participación, mediante la acción<br />

efectiva que integre a todos los miembros de la comunidad<br />

educativa en torno a propósitos comunes.<br />

El gobierno escolar del Colegio Nuestra Señora de la Paz se regirá por<br />

las normas establecidas en el Artículo 142 de la Ley 115 y los<br />

Artículos 19 y 20 del Decreto 1860, con participación democrática de<br />

todos los estamentos de la comunidad educativa.<br />

El gobierno escolar de este establecimiento educativo está<br />

constituido por los siguientes órganos:<br />

3.1.1 .CONSEJO DIRECTIVO<br />

Es la instancia superior de orientación pedagógica y administrativa<br />

de la institución educativa. Está conformado por:<br />

Rector(a)<br />

Dos representantes del personal docente<br />

Dos representantes de los padres de familia<br />

Un representante del sector productivo<br />

Un representante de los ex alumnos<br />

Un representante del consejo estudiantil<br />

FUNCIONES CONSEJO DIRECTIVO:<br />

1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la<br />

institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad,<br />

tales como las reservadas a la dirección.<br />

2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten<br />

entre docentes y administrativos con los alumnos del<br />

establecimiento educativo y después de haber agotado los<br />

procedimientos previstos en el reglamento del manual de<br />

convivencia.<br />

3. Adaptar el manual de convivencia y el reglamento de la<br />

institución.<br />

4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la<br />

admisión de nuevos alumnos.<br />

19


5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la<br />

comunidad educativa cuando alguno de los miembros se sienta<br />

lesionado.<br />

6. Aprobar el plan de actualización académica del personal docente<br />

presentado por el rector.<br />

7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo<br />

Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlo a la<br />

consideración de la secretaría de educación respectiva o del<br />

organismo que haga sus veces para que verifique el<br />

cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los<br />

reglamentos.<br />

8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución<br />

educativa.<br />

9. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de la institución.<br />

10. Revisar y ajustar el Proyecto Educativo Institucional, el<br />

manual de convivencia y el sistema institucional de evaluación<br />

de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que<br />

involucre a los estudiantes y en general a la comunidad<br />

educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias<br />

acordes con la Ley general de educación, las ley 1098/06 y las<br />

normas que las desarrollan (Art. 17 / 1620).<br />

11. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar<br />

del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo<br />

y factores protectores que incidan en la convivencia escolar,<br />

protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en<br />

los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de<br />

calidad, con base en la implementación de la ruta de atención<br />

integral y en las decisiones que adopte el Comité escolar de<br />

Convivencia (Numeral 5, Art. 17/1620)<br />

3.1.2 . CONSEJO ACADÉMICO<br />

Es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica<br />

del establecimiento y sirve como órgano consultor del Consejo<br />

Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo<br />

Institucional (PEI). Está integrado por:<br />

Rector(a)<br />

Directivos Docentes<br />

Un docente por cada área o grado<br />

FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO:<br />

1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de<br />

la propuesta del proyecto educativo institucional.<br />

2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento<br />

introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el<br />

procedimiento previsto en el decreto 1860.<br />

3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.<br />

4. Participar en la evaluación institucional anual aplicada a los<br />

diferentes estamentos de la comunidad educativa.<br />

5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica<br />

del rendimiento de los educandos y para la promoción,<br />

asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de<br />

evaluación.<br />

6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación<br />

educativa. Emprender acciones que involucren a toda la<br />

comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica<br />

sobre los factores asociados a la violencia y al acoso escolar y a<br />

la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y al<br />

impacto de los mismos, que incorpore el enfoque de<br />

“coeducación” (Numeral 6, Art. 17/1620).<br />

7. Las demás funciones afines complementarias con las anteriores<br />

que le atribuya el proyecto educativo institucional.<br />

3.1.2.1. Comisión de Evaluación<br />

El Consejo Académico conformará comisiones de evaluación (Artículo<br />

50 del 1860) integradas por un número plural de docentes con el fin<br />

de analizar, los casos persistentes de superación o insuficiencia en la<br />

consecución de los logros. Como resultado del análisis, las<br />

comisiones prescribirán las actividades pedagógicas<br />

complementarias y necesarias para superar las deficiencias.<br />

Las Funciones de esta comisión son:<br />

20


1. Valorar los casos de persistente insuficiencia y persistente<br />

superación en la consecución de los logros.<br />

2. Remitir a la comisión de promoción los casos de alumnos de<br />

persistente superación que considera candidatos para una<br />

promoción anticipada.<br />

3. Prescribir actividades pedagógicas complementarias para<br />

aquellos alumnos que presentan persistente insuficiencia en la<br />

consecución de logros.<br />

4. Registrar al finalizar cada año académico, los casos de alumnos<br />

con deficiencias en la obtención de los logros.<br />

5. Prescribir actividades de profundización, investigación o de<br />

práctica para aquellos alumnos valorados y que no ameritan la<br />

promoción anticipada.<br />

6. Proporcionar a los educadores, al iniciar cada año lectivo, la lista<br />

de los estudiantes que integran el curso y que presentan<br />

insuficiencias en la consecución de los logros, en el grado o<br />

grados precedentes, citando el código de los mismos.<br />

7. Remitir a la comisión de promoción los casos de estudiantes que<br />

al finalizar, no han alcanzado satisfactoriamente los logros<br />

correspondientes a lo grados que les preceden.<br />

8. Llevar un archivo organizado del trabajo realizado con cada<br />

estudiante.<br />

3.1.2.2 Comisión de Promoción<br />

El Consejo Académico conformará comisiones de promoción (Art.52<br />

del 1860) integradas por docentes para definir la promoción de los<br />

alumnos que al finalizar cada uno de loso grados establecidos en la<br />

institución presenten deficiencia en la obtención de los logros<br />

definidos en el P.E.I. Entre sus funciones están:<br />

1. Valorar los casos de alumnos con superación persistente como<br />

candidatos para ser promovidos anticipadamente y tomar la<br />

decisión al respecto.<br />

2. Valorar y decidir los casos de alumnos de persistente<br />

insuficiencia.<br />

3. Prescribir actividades pedagógicas complementarias especiales, a<br />

aquellos estudiantes que finalizan los grados 6º. Y 9º. Y que<br />

presentan persistente insuficiencia en la consecución de los<br />

logros.<br />

4. La ejecución y evaluación de las actividades pedagógicas<br />

complementarias especiales.<br />

5. Oficializar la reprobación de alumnos.<br />

6. Decidir la promoción de alumnos a quienes se les ha registrado<br />

inasistencia superior a la cuarta parte de las actividades<br />

pedagógicas programadas en cualquier grado.<br />

7. Concertar con los padres de familia y el alumno reprobado el<br />

procedimiento que seguirá el estudiante para superar las<br />

insuficiencias.<br />

8. Coordinar la realización de la programación específica para<br />

alumnos reprobados.<br />

9. Valorar los resultados de la programación específica para<br />

estudiantes reprobados.<br />

10. Comunicar oportunamente a los estamentos requeridos las<br />

decisiones tomadas.<br />

11. Legalizar la promoción de alumnos con rendimiento académico<br />

satisfactorio.<br />

12. Llevar un archivo organizado del trabajo realizado con cada<br />

estudiante<br />

NOTA<br />

Las comisiones de evaluación y promoción quedarán conformadas<br />

mediante acta aprobada por el Consejo de profesores por el mismo<br />

Consejo Académico y desempeñarán las funciones según los casos<br />

remitidos, previo estudio de cada comité de área.<br />

PARÁGRAFO<br />

Los miembros del Consejo Académico y Directivo son elegidos<br />

durante las cinco primeras semanas después de iniciadas las labores<br />

escolares. Cada representante al consejo directivo o académico,<br />

es elegido por el año escolar respectivo.<br />

21


3.2. CONSEJO DE PADRES<br />

Es un órgano destinado a asegurar su continua participación en el<br />

proceso educativo y elevar los resultados de calidad del servicio.<br />

Para su composición, estará integrado por un padre de familia de<br />

cada uno de los grupos de los diferentes grados que ofrece la<br />

institución.<br />

FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES<br />

1. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los<br />

resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las<br />

pruebas de Estado.<br />

2. Propender porque el establecimiento, con todos sus estudiantes<br />

participe en las pruebas de competencias y de estado realizadas por<br />

el ICFES.<br />

3. Apoyar todas las actividades institucionales.<br />

4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento en el<br />

alcance de las metas institucionales.<br />

5. Promover actividades de formación para los padres de familia para<br />

favorecer y apoyar el desarrollo integral de sus hijos.<br />

6. Propiciar el clima de confianza, entendimiento, integración,<br />

solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la<br />

comunidad educativa.<br />

7. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia<br />

en el marco de la constitución y la ley.<br />

8. Apoyar el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes<br />

según la normatividad vigente.<br />

9. Elegir los representantes de los padres de familia para el Consejo<br />

Directivo.<br />

PARÁGRAFO<br />

Según el artículo 31 del decreto 1860, la junta directiva de la<br />

asociación de padres de familia convocará dentro de los primeros<br />

treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases del<br />

periodo lectivo anual, a sendas asambleas de los padres de familia de<br />

los alumnos de cada grado, en las cuales se elegirá para el<br />

correspondiente año lectivo a uno de ellos como vocero. La elección<br />

se efectuará por mayoría de votos de los miembros presentes,<br />

después de transcurrida la primera hora de iniciada la asamblea.<br />

3.3. ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA<br />

Es un cuerpo de apoyo y colaboración del Rector del plantel en<br />

cuestiones relativas a la relación Instituto- familia- comunidad. Para<br />

todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una<br />

entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se<br />

constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia<br />

de los estudiantes matriculados en el establecimiento educativo.<br />

El consejo Directivo del Colegio Nuestra Señora de la promoverá la<br />

constitución de la Asociación de Padres de Familia, para lo cual podrá<br />

citar a una asamblea general los treinta primeros días calendario<br />

escolar.<br />

Sólo existirá una asociación de padres de familia en esta institución y<br />

el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40<br />

del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya<br />

adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de<br />

Comercio. Su patrimonio y gestión estarán claramente separados de<br />

los de la Institución. Sus finalidades, Manejo de recursos y demás<br />

generalidades son las establecidas en el Decreto 1286 de 2005.<br />

FUNCIONES ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA<br />

Según el artículo 30 del decreto 1860 sus funciones son:<br />

1. Velar por el cumplimiento del P.E.I. y su continua evaluación,<br />

para lo cual podrá contratar asesorías especializadas.<br />

2. Promover programas de formación del Consejo de Padres de<br />

familia como apoyo a la función pedagógica que les<br />

compromete.<br />

3. Las demás funciones que determine la asociación de Padres de<br />

22


Familia.<br />

Nota: La Junta Directiva de la Asociación de Padres existentes en el<br />

establecimiento elegirá dos representantes al Consejo Directivo uno<br />

deberá ser miembro de la junta directiva y el otro miembro del<br />

Consejo de Padres de Familia.<br />

3.4. CONSEJO ESTUDIANTIL:<br />

Es el máximo órgano colegiado que procura asegurar y garantizar el<br />

permanente ejercicio de la participación democrática de los<br />

educandos.<br />

Es integrado por un representante de cada uno de los grados<br />

ofrecidos por la institución, tanto de la Básica Primaria como de la<br />

secundaria, eligiendo un representante de los grados 0 a 3º.<br />

Primaria.<br />

Los representantes se elegirán por votación secreta ante el director<br />

de grupo en un plazo de 30 días después de haber iniciado clases.<br />

3.4.1. PERFIL DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO<br />

ESTUDIANTIL<br />

El estudiante que aspire a ser miembro del Consejo de Estudiantes,<br />

será una persona que reúna los siguientes requisitos:<br />

1. Ser estudiante de la institución y estar matriculado legalmente.<br />

2. Demostrar conocimiento y cumplimiento del Manual de<br />

Convivencia.<br />

3. Acreditar buen rendimiento académico.<br />

4. No haber tenido antecedentes disciplinarios o faltas graves al<br />

Manual de Convivencia, conforme a lo dispuesto en el numeral<br />

6.4 del capítulo 5º. De este manual.<br />

5. Destacarse por su liderazgo positivo y conciliador.<br />

6. Demostrar sentido de pertenencia por la institución.<br />

7. Velar por el cuidado del medio ambiente.<br />

8. Aceptar y/o acatar las orientaciones y sugerencias hechas por el<br />

coordinador del proyecto.<br />

3.4.2. PROCESO PARA ELEGIR CONSEJO ESTUDIANTIL<br />

1. Motivación por parte del titular de cada grado durante una<br />

semana en el mes de febrero.<br />

2. Inscripción de candidatos ante el titular.<br />

3. Elección del representante a través de voto secreto.<br />

4. Posesión del representante ante el titular de grupo.<br />

3.4.3. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL<br />

1. Darse su propia organización interna.<br />

2. Elegir el representante de los estudiantes ante el consejo<br />

directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de<br />

su representación.<br />

3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten<br />

iniciativas, sobre el desarrollo de la vida estudiantil.<br />

4. Las demás funciones afines atribuidas por el Pacto de<br />

Convivencia.<br />

3.4.4. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO<br />

DIRECTIVO:<br />

En la Ley General de Educación en el artículo 143 manifiesta lo<br />

siguiente:<br />

Que el representante de los estudiantes debe estar cursando el<br />

último grado de educación que ofrezca la institución.<br />

En el decreto 1860 en el artículo 21 dice:<br />

Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de<br />

estudiantes entre los alumnos que se encuentren cursando el<br />

último grado de educación ofrecida en la institución.<br />

3.4.4.1. PROCESO DE ELECCION DEL REPRESENTANTE DE LOS<br />

ALUMNOS:<br />

1. Motivación a los estudiantes del grado undécimo realizado por<br />

los titulares de cada grado.<br />

23


2. Inscripción ante el consejo estudiantil.<br />

3. Elección del candidato por medio del voto secreto.<br />

4. Posesión del representante al consejo directivo.<br />

3.4.4.2. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS<br />

ESTUDIANTES<br />

1. Asistir con responsabilidad a todas las reuniones convocadas por<br />

el consejo directivo de la institución.<br />

2. Exponer sugerencias, inquietudes e iniciativas de los estudiantes<br />

ante el Consejo Directivo, deliberadas en el Consejo Estudiantil.<br />

3. Informar al consejo estudiantil sobre las decisiones tomadas en<br />

las sesiones del Consejo Directivo.<br />

4. Atender las inquietudes de los padres de familia.<br />

5. Convocar a reuniones extraordinarias al consejo estudiantil<br />

cuando la ocasión lo amerite.<br />

3.5. PERSONERO ESTUDIANTIL<br />

La (el) estudiante de último grado encargada(o) de la promoción<br />

de los deberes y derechos consagrados en la Constitución Política<br />

y adoptados por la Institución en el Manual de Convivencia vigente.<br />

3.5.1. REQUISITOS<br />

El estudiante que aspire al cargo de personero estudiantil, o al cargo<br />

de representante de los estudiantes al consejo estudiantil, deberá<br />

reunir los siguientes requisitos:<br />

1. Ser un estudiante que se caracterice por su liderazgo a nivel grupal<br />

e institucional<br />

2. conocer la filosofía del colegio, ser sensible a la práctica de los<br />

derechos y deberes<br />

3. ser hábil en la solución de conflictos y problemas<br />

4. Destacarse académicamente, cumplidor de sus deberes, asistir a<br />

clase en los horarios establecidos, desarrollar tareas asignadas,<br />

buscando siempre la excelencia<br />

5. Disciplinariamente se destacará por su buen comportamiento y<br />

relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la<br />

comunidad educativo<br />

6. Será un estudiante que proyecte y vivencie actitudes<br />

fundamentadas en valores, como el respeto a la diferencia, el amor,<br />

la responsabilidad y la fraternidad<br />

7. Será una persona que refleje ante la sociedad el modelo de<br />

estudiante promovido por la institución.<br />

8. Será un estudiante con sentido de pertenencia, que participe<br />

activamente en los diferentes proyectos de la institución.<br />

9. No haberse visto involucrado en procesos disciplinarios durante los<br />

dos (2) últimos años anteriores a la elección, conforme a lo dispuesto<br />

en el numeral 6.4 del capítulo 5º. de este manual.<br />

3.5.2. PROCESO PARA ELEGIR PERSONERO ESTUDIANTIL<br />

Motivación:<br />

Los maestros encargados del proyecto de democracia darán una<br />

charla utilizando mecanismos de publicidad para despertar interés y<br />

expectativa por las elecciones.<br />

Inscripción de Candidatos:<br />

Se hará ante el grupo responsable del proyecto dando a conocer su<br />

plan de gobierno.<br />

Campaña Electoral:<br />

Cada candidato planteará las propuestas a la comunidad<br />

educativa en los espacios de participación ofrecidos por la<br />

institución<br />

3.5.3. PROCESO DE ELECCION DEL PERSONERO<br />

El grupo responsable del proyecto prepara con anterioridad los<br />

recursos necesarios: Tarjetones, mesas de votación, hojas de<br />

registro, juradas, escrutadoras. Las elecciones se realizan en una<br />

jornada laboral con apoyo de los docentes. El mismo día de las<br />

elecciones se hace la posesión del personero.<br />

El personero será elegido dentro de los treinta (30) días calendario<br />

siguiente a la iniciación de clases del periodo lectivo anual. Para tal<br />

efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con<br />

24


el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto<br />

secreto. Se levanta el acta correspondiente<br />

El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es<br />

incompatible con el representante de los estudiantes ante el consejo<br />

directivo.<br />

El personero tendrá un periodo de un año.<br />

FUNCIONES DEL PERSONERO<br />

1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los<br />

estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación<br />

internos del establecimiento.<br />

2. Organizar otras formas de deliberación en colaboración con el<br />

Consejo Estudiantil.<br />

3. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los<br />

educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier<br />

persona de la Comunidad Educativa sobre el incumplimiento de las<br />

obligaciones de los estudiantes.<br />

4. Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus<br />

competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que<br />

considere necesario, para proteger los derechos de los estudiantes y<br />

facilitar el cumplimiento de sus deberes.<br />

5. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o<br />

el Organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a<br />

las peticiones por su intermedio.<br />

6. Las demás funciones afines atribuidos por el manual de<br />

convivencia.<br />

3.6 CONTRALOR ESCOLAR<br />

El Contralor Escolar es un líder encargado de velar por el buen uso de<br />

los recursos y de los bienes públicos de la institución. Para ejercer su<br />

labor podrá contar con los instrumentos dispuestos por la<br />

Contraloría Municipal de Departamento de Santander y con el apoyo<br />

de la Secretaría de Educación Municipal.<br />

3.6.1. PROCESO PARA ELEGIR EL CONTRALOR ESTUDIANTIL<br />

Para su elección la Rectoría convoca a los estudiantes de grado<br />

décimo para que se postulen a la representación de los estudiantes<br />

como Contralor(a) y se procede de la siguiente forma:<br />

1. Se postulan los estudiantes que lo deseen y que cumplan con el<br />

perfil para ser Contralor Escolar.<br />

2. Los candidatos desarrollan campañas de sensibilización dirigidas a<br />

toda la comunidad estudiantil mediante la presentación de<br />

propuestas.<br />

3. Se hace votación directa con todos los estudiantes y se elige por<br />

mayoría simple.<br />

4. Se levanta el acta correspondiente.<br />

5, Su elección se hará el mismo día de las elecciones de Personero y<br />

Consejo de Estudiantes y su periodo será de un año.<br />

3.6.2. PERFIL DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL<br />

Para ser Contralor Escolar se debe cumplir con los siguientes<br />

requisitos:<br />

1. Ser estudiante de décimo grado de la institución y estar<br />

matriculado legalmente.<br />

2. Demostrar conocimiento y cumplimiento del Manual de<br />

Convivencia.<br />

3. Acreditar buen rendimiento académico.<br />

4. No haber tenido antecedentes disciplinarios o faltas graves al<br />

Manual de Convivencia.<br />

5. Destacarse por su liderazgo positivo y conciliador.<br />

6. Demostrar sentido de pertenencia por la institución.<br />

7. Tener en cuenta las recomendaciones de los líderes del proceso de<br />

elección de los órganos del gobierno escolar.<br />

8. No haberse visto involucrado en procesos disciplinarios durante<br />

los dos (2) últimos años anteriores a la elección, conforme a lo<br />

dispuesto en el numeral 6.4 del capítulo 5º. de este manual.<br />

3.6.3. FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL<br />

1. El Contralor escolar, tendrá las siguientes funciones:<br />

25


2. Propiciar acciones concretas y permanentes, de control social a la<br />

gestión de la institución.<br />

3. Promover la rendición de cuentas en la institución.<br />

4. Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre<br />

deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el<br />

manejo de los bienes de la institución.<br />

5. Poner en conocimiento del organismo de control competente, las<br />

denuncias que tengan merito, con el fin de que se apliquen los<br />

procedimientos de investigación que resulten procedentes.<br />

6. Comunicar a la comunidad educativa, los resultados de la gestión<br />

realizada durante el periodo.<br />

7. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el plan de<br />

mejoramiento, el presupuesto y el plan de compras de la institución.<br />

8. Promover en la comunidad educativa, programas para incentivar<br />

el uso racional de los recursos y el cuidado del medio ambiente.<br />

9. Aplicar para el ejercicio de sus actividades, los procedimientos y<br />

formatos dispuestos en el manual diseñado por la contraloría.<br />

10. Seguir los requerimientos de la contraloría para su formación,<br />

plan de trabajo de gestión, entrega de informes y conducto regular<br />

de comunicación frente a presuntas inconsistencias surgidas del<br />

control social.<br />

11. Mantener una actitud ejemplar, caracterizada por el<br />

cumplimiento de las normas, el respeto a los parámetros fijados en el<br />

presente Manual de Convivencia y su transparente gestión en el<br />

control social de la institución.<br />

3.7. COMITÉ ESCOLAR DE <strong>CONVIVENCIA</strong><br />

Es el organismo institucional de naturaleza colegiada que tiene como<br />

objeto contribuir a la formación de ciudadanos activos, que<br />

aporten a la construcción de una sociedad democrática,<br />

participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con lo<br />

mandado por la constitución y la Ley General de Educación, de modo<br />

que contribuya a la convivencia escolar, el ejercicio responsable de<br />

los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la<br />

prevención y la mitigación de la violencia escolar y el fortalecimiento<br />

de la democracia y la civilidad en todos los niveles educativos, desde<br />

preescolar hasta la media técnica. De conformidad a la Ley 1620 de<br />

2013 y al Decreto 1965 de 2013.<br />

3.7.1. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE<br />

<strong>CONVIVENCIA</strong><br />

El Comité estará integrado por:<br />

El rector del establecimiento educativo, quien preside el<br />

comité.<br />

El personero estudiantil.<br />

El docente con función de orientación.<br />

Los coordinadores de convivencia.<br />

El presidente del consejo de padres de familia.<br />

El presidente del consejo de estudiantes.<br />

Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia<br />

escolar.<br />

Parágrafo 1. Para la elección del docente al comité escolar de<br />

convivencia, las áreas podrán postular candidatos para que sea<br />

elegido por mayoría simple mediante voto secreto por el<br />

cuerpo docente. Esta elección se hará el mismo día que se<br />

elige el representante al consejo directivo.<br />

Parágrafo 2. En caso de ausencia de candidatos de los<br />

docentes al comité de convivencia será su representante ante<br />

el consejo directivo quien los represente ante este comité.<br />

3.7.2. FUNCIONES DEL COMITÉ DE ESCOLAR <strong>CONVIVENCIA</strong><br />

Este Comité está encargado de apoyar la labor de promoción, a la<br />

educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales<br />

y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del<br />

manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la<br />

violencia escolar.<br />

Las funciones del Comité de Convivencia Escolar serán las siguientes:<br />

26


1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se<br />

presenten entre docentes y estudiantes, directivos y<br />

estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.<br />

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten<br />

la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los<br />

derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y<br />

mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la<br />

comunidad educativa.<br />

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a<br />

estrategias, programas y actividades de convivencia y<br />

construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que<br />

respondan a las necesidades de su comunidad educativa.<br />

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de<br />

situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por<br />

solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad<br />

educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura<br />

de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la<br />

comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el<br />

padre, madre de familia, acudiente o un compañero del<br />

establecimiento educativo.<br />

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar<br />

definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones<br />

específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas<br />

de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos<br />

sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este ·<br />

comité de acuerdo con lo establecido en el manual de<br />

convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan<br />

las características de la comisión de una conducta punible, razón<br />

por la cual deben ser atendidos por otras instancias o<br />

autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la<br />

Ruta.<br />

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a<br />

promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los<br />

derechos humanos sexuales y reproductivos.<br />

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones<br />

establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a<br />

la respectiva instancia que hace parte de la estructura del<br />

Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los<br />

Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la<br />

Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o<br />

situaciones que haya conocido el comité.<br />

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que<br />

permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la<br />

articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto<br />

educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más<br />

y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la<br />

ciudadanía.<br />

9. Evaluar constantemente el comportamiento disciplinario de los<br />

alumnos y dar orientación sobre los procesos disciplinarios<br />

para garantizar el cumplimiento de los derechos y obligaciones,<br />

dar solución a los conflictos a través de diálogos y consolidar un<br />

espíritu democrático.<br />

10. Estudiar los casos de indisciplina considerados graves y<br />

recomendar las sanciones y correctivos<br />

11. Servir de instancia orientadora y de apoyo, para estimular y<br />

garantizar el cumplimiento de los deberes y derechos, la<br />

convivencia pacífica, la solución de conflictos por la vía del<br />

diálogo, la conciliación o la sanción cuando la situación lo<br />

ameriten, y la consolidación del espíritu democrático y<br />

participativo en todos los miembros de la comunidad, de modo<br />

que se asegure un ambiente favorable para la formación del<br />

educando.<br />

12. Darse su propio reglamento.<br />

ARTICULO XX.- SESIONES.<br />

El Comité Escolar de Convivencia del colegio Nuestra Señora<br />

de la Paz, sesionará como mínimo cada dos meses y de forma<br />

extraordinaria convocado por su presidente, el rector, o por<br />

solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo cuando las<br />

circunstancias lo ameriten.<br />

Parágrafo. En caso de ser necesario se invitará a cualquier<br />

miembro de la comunidad educativa con voz pero sin voto.<br />

27


CAPIITULO IIV<br />

PADRES DE FAMIILIIA Y/O<br />

ACUDIIENTES<br />

Las personas que por vínculo directo de consanguinidad, por vínculo<br />

legal o por delegación comprobada de los padres del estudiante,<br />

tienen la autoridad, ejercen la función de acudientes y asumen<br />

libremente delante de las autoridades de la Institución la<br />

responsabilidad de la manutención, el cuidado y el acompañamiento<br />

del proceso formativo del estudiante válidamente matriculada(o) en<br />

el colegio nuestra señora de la paz, de San Vicente de Chucurí.<br />

4.1. PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA.<br />

La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco<br />

del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los<br />

derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y<br />

mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones<br />

consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley<br />

115 de 1994, la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la<br />

Adolescencia), a Ley 1453 de 2011 (reforma del Código de Infancia y<br />

Adolescencia) y demás normas vigentes, deberá:<br />

- Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen<br />

confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico,<br />

social y ambiental.<br />

- Participar en la formulación, planeación y desarrollo de<br />

estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos<br />

humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia,<br />

y el fomento de estilos de vida saludable.<br />

-Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso<br />

pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la<br />

convivencia y la sexualidad.<br />

- Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través<br />

de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo<br />

institucional (PEI).<br />

- Asumir responsabilidades en actividades para el<br />

aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el sano<br />

desarrollo físico, emocional, espiritual y mental.<br />

- Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el<br />

manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna<br />

de las normas allí definidas.<br />

- Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se<br />

presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos<br />

sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo<br />

con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del<br />

respectivo establecimiento educativo.<br />

- Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la<br />

Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los<br />

derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.<br />

4.2 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA<br />

1. Conocer la organización y funcionamiento de la institución y<br />

utilizar cada uno de los servicios que el plantel presta en beneficio de<br />

la formación integral.<br />

2. Elegir responsable y democráticamente a los padres de familia<br />

que los representarán en la Asociación de Padres de Familia (A.P.F.);<br />

y los demás estamentos de participación democrática del colegio<br />

donde tengan derecho.<br />

3. Establecer y mantener constante diálogo con los profesores de<br />

sus hijos con el fin de obtener información sobre el resultado<br />

académico y disciplinario de su hijo (a) en el colegio.<br />

4. Solicitar información sobre el movimiento financiero de la<br />

28


Asociación de Padres de Familia.<br />

5. Proponer estrategias que beneficien la labor educativa.<br />

6. Solicitar certificación o constancias a las cuales tenga derecho y<br />

retirar la documentación al cancelar la matrícula, siempre y cuando<br />

se encuentre a paz y salvo por todo concepto con la institución.<br />

7. Conocer amplia, clara y oportunamente las diversas estrategias<br />

metodológicas evaluativas y disciplinarias relacionadas con la<br />

formación integral de sus hijos.<br />

8. Aprovechar los servicios de asesoría espiritual y psicológica que<br />

brinda el colegio.<br />

9. Pertenecer y colaborar en la Asociación de Padres de Familia en<br />

caso de ser nombrado por el grupo a que pertenece el hijo o elegir a<br />

su propio representante.<br />

10. Recibir informaciones periódicas en forma personal y directa,<br />

oral o escrita sobre la asistencia, rendimiento, comportamiento de<br />

sus hijos, así como también sobre el desarrollo de actividades<br />

programadas por el plantel.<br />

11. Recibir capacitación sobre temas que contribuyan a la formación<br />

de los hijos y a la unidad familiar.<br />

12. Participar en las actividades culturales programadas por la<br />

institución.<br />

13. Integrarse en el proceso de formación de sus hijos, orientándolos<br />

hacia su desarrollo.<br />

14. Solicitar entrevistas con los docentes cuando lo requiera para<br />

apoyar el proceso de formación de sus hijos.<br />

15. Ser atendidos oportunamente por el personal del colegio para<br />

dar curso al planteamiento y solución de problemas en la formación<br />

de sus hijos o sobre la institución.<br />

4.3 COMPROMISOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA<br />

Y / O ACUDIENTES<br />

Los Padres de Familia son los primeros responsables de la educación<br />

de sus hijos. “Es responsabilidad de los padres, velar porque los hijos<br />

reciban los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo físico,<br />

intelectual, moral y social”. Por lo tanto tiene dentro de sus deberes<br />

los siguientes:<br />

1. Valorar y respetar el personal directivo, docente administrativo y<br />

de servicios generales de la institución.<br />

2. Al momento de la matrícula debe respaldar con su firma que<br />

conoce y acepta el Pacto de Convivencia Social.<br />

3. Asistir puntualmente a las reuniones, encuentros y demás<br />

actividades programadas por el colegio.<br />

4. Crear un ambiente sano y saludable en el hogar para que su hijo<br />

pueda desarrollar las actividades de formación como<br />

cumplimiento del trabajo escolar, evitando el castigo físico y la<br />

agresión verbal.<br />

5. Ingresar e impulsar la educación familiar y escolar en un<br />

ambiente agradable que estimule el desarrollo físico, afectivo,<br />

moral, social y natural.<br />

6. Ayudar a organizar y orientar el tiempo libre de sus hijos.<br />

7. Estimular el desarrollo de hábitos de higiene, pulcritud,<br />

delicadeza y buenos modales.<br />

8. Participar como miembro activo de la comunidad fortaleciendo<br />

las orientaciones impartidas por el plantel desde el momento<br />

que se firma la matrícula de su hijo (a).<br />

9. Velar por la buena imagen pública del plantel y de cualquiera de<br />

sus integrantes.<br />

10. Matricular a su hijo en las fechas y horarios establecidos.<br />

11. Contribuir solidariamente con el plantel para el logro del<br />

Proyecto Educativo Institucional (P.E.I).<br />

12. Justificar personalmente o por escrito la inasistencia de su hijo<br />

29


(a) al plantel.<br />

13. Cancelar los daños ocasionados por sus hijos a la institución.<br />

14. Seguir el conducto regular establecido por la institución para<br />

exponer sus Inquietudes.<br />

15. Asumir la misión de primeros formadores de sus hijos en la fe.<br />

16. Proporcionar al hijo todos los elementos indispensables para su<br />

labor: uniformes, útiles, etc.<br />

17. Velar por su correcta observancia de las normas elementales de<br />

urbanidad, dentro y fuera de la institución.<br />

18. Asistir puntualmente a las reuniones reglamentarias.<br />

19. Valorar y acatar los correctivos impuestos a sus hijos.<br />

20. Velar por la presentación personal de cada uno de sus hijos.<br />

21. Respetar la integridad moral profesional de la comunidad<br />

educativa.<br />

22. Asistir a la Escuela de Padres de Familia que el colegio cite,<br />

porque en ella comparte experiencias y analiza estrategias<br />

pedagógicas le ayudarán a comprender a su hijo, según su edad y<br />

época actual.<br />

23. Colaborar en forma decidida y oportuna con las actividades que<br />

la institución programe. Debe recordar que estas actividades se<br />

desarrollan para beneficio de la comunidad educativa del Colegio<br />

Nuestra Señora de la Paz, siendo el centro de ésta, su hijo.<br />

24. Informar cualquier mal comportamiento de los estudiantes fuera<br />

de la institución.<br />

25. Informar sobre tratamientos médicos especiales, así como<br />

enfermedades que padezca el estudiante.<br />

4.4 ESTÍMULOS<br />

1. Reconocimiento público, mediante carta de felicitación a los<br />

padres cuyos hijos(as), hayan alcanzado todos los logros, sin<br />

recuperación en cada periodo.<br />

2. Celebración especial para el día de la familia.<br />

3. Reconocimiento público por su labor en pro de la institución.<br />

4. Distinción particular por la colaboración en actividades<br />

programadas por el plantel.<br />

4.5 . MECANISMOS DE CONTROL<br />

EL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE QUE:<br />

1. Incumpla los compromisos consignados en este Manual<br />

convivencia será citado a presentarse en el plantel establecer un<br />

compromiso escrito al respecto.<br />

2. Al ser citado por las Directivas o Docentes del plantel y NO<br />

presenten sin justificación, el estudiante realizará trabajos de<br />

formación personal asignados por los directivos hasta tanto la<br />

citación se haya cumplido.<br />

3. El Padre de familia que no asista a las citaciones realizadas por los<br />

docentes o directivos, serán reportados a la Comisaría de<br />

Familia.<br />

4. Al Maltratar física o moralmente a su hijo será denunciado por<br />

institución ante las autoridades competentes.<br />

CAPIITULO V<br />

DOCENTES Y DIIRECTIIVOS DOCENTES<br />

El ejercicio de la función docente dentro de la Institución se<br />

rige por lo estipulado en la Constitución Política Colombiana, en la<br />

Ley General de Educación y en sus decretos reglamentarios vigentes.<br />

5.1. DOCENTES<br />

(Ley 115 de 1994 Título VI capítulo 1º. Artículo 104; Decreto<br />

Reglamento 1860 de 1994 capítulo IV Artículo 18).<br />

30


El educador pertenece a la comunidad educativa la cual está<br />

constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en<br />

la organización, desarrollo y evolución del proyecto educativo<br />

institucional que se ejecuta en el establecimiento o institución<br />

educativa.<br />

El educador es el orientador en los establecimientos, de un<br />

proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los educandos,<br />

acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la<br />

fila familiar y la sociedad<br />

5.1.1. PERFIL DEL EDUCADOR<br />

El docente del Colegio Nuestra Señora de la paz, manifiesta en su<br />

personalidad y labor pedagógica lo siguiente:<br />

1. Liderazgo para promover una convivencia fundada en: verdad, la<br />

justicia, la solidaridad, la paz, el respeto y todo cuanto<br />

contribuya al bienestar de la comunidad.<br />

2. Preocupación constante por el desarrollo físico, afectivo<br />

psicológico, político, intelectual, moral y espiritual de<br />

educandos.<br />

3. Capacidad de discernimiento crítico para denunciar y actuar<br />

frente a las manipulaciones ideológicas, la injusticia, la violencia,<br />

la opresión y todo cuanto atenté contra la dignidad humana.<br />

4. Dinamismo y compromiso en la construcción d e una sociedad<br />

humana, democrática, participativa y pluralista como educador<br />

cristiano.<br />

5. Ser comunicador idóneo y profesional de lo que sabe y conoce<br />

para garantizar un mejor servicio educativo.<br />

6. Colaboración con los estudiantes en el descubrir de su pro<br />

identidad, su capacidad de trascender, sus aspiraciones, valores<br />

y su compromiso social, cultural y político.<br />

7. Capacidad de diálogo, escucha, servicio, paciencia,<br />

afectividad, comprensión y gran sensibilidad social a favor los<br />

más necesitados.<br />

8. Apertura al cambio y ser prototipo de valores éticos, religiosos<br />

sociales, culturales, artísticos y ecológicos.<br />

9. Fortaleza moral caracterizada por la responsabilidad, respeto, la<br />

honestidad, la dignidad dando siempre testimonio de vida.<br />

10. Claridad en los objetivos, enérgico, creativo e innovador en el<br />

quehacer pedagógico.<br />

11. Espíritu de investigación científica, autocrítica, reflexión<br />

conocimiento de los nuevos avance técnicos y pedagógicos<br />

12. Colaboración generosa y constante en los procesos filosóficos,<br />

académicos y disciplinarios para el proceso y buen nombre de la<br />

institución.<br />

5.1.2. DERECHOS DE LOS EDUCADORES:<br />

1. Recibir trato respetuoso y cordial de todos los estamentos del<br />

plantel.<br />

2. Recibir capacitación y actualización de acuerdo a las innovaciones<br />

pedagógicas para una mejor formación de la niñez y la juventud.<br />

3. Recibir el apoyo moral, psicológico y material de acuerdo a las<br />

condiciones del plantel.<br />

4. Respeto a su vida privada, honra y reputación.<br />

5. Expresar opiniones libres siempre y cuando no interfieran en la<br />

buena marcha del plantel.<br />

6. Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo<br />

con las disposiciones legales pertinentes.<br />

7. Ejercer la libertad de cátedra.<br />

8. Presentar sugerencias y reclamos respetuosos, en pro del<br />

mejoramiento de la calidad de la educación u otro aspecto de<br />

interés para el colegio.<br />

9. Ser evaluado integral y objetivamente de conformidad con las<br />

normas legales establecidas.<br />

10. Hacer uso responsable de los bienes muebles e inmuebles<br />

de la Institución, así como de los diferentes servicios y<br />

facilidades que esta le ofrece.<br />

11. Presentar las excusas respectivas, tales como incapacidades<br />

por el no cumplimiento de sus deberes o la inasistencia al<br />

trabajo como docente.<br />

12. Los demás derechos contemplados en el Estatuto Docente y Ley.<br />

5.1.3 DEBERES DE LOS DOCENTES<br />

31


1. Son responsabilidades de los Docentes en relación con la<br />

promoción de la Convivencia Escolar, la formación para los<br />

derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención<br />

y mitigación de la violencia escolar, las siguientes:<br />

*Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de<br />

acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y<br />

reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento<br />

educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y<br />

demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los<br />

protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la<br />

Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen<br />

conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente<br />

deberá reportar al “comité escolar de convivencia” para activar el<br />

protocolo respectivo.<br />

*Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la<br />

construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y<br />

tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva<br />

de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la<br />

dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los<br />

estudiantes.<br />

*Participar de los procesos de actualización y de formación docente<br />

y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.<br />

*Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia<br />

2. Cumplir la constitución Nacional, Código del menor y demás leyes<br />

colombianas.<br />

3. Inculcar a los educandos el respeto y amor hacia los valores<br />

humano cristiano (amor, respeto, honestidad, tolerancia, etc.). a los<br />

valores históricos y culturales y el respeto a los símbolos patrios.<br />

4. Cumplir órdenes a su cargo que le impartan sus superiores.<br />

5. Asistir a las reuniones convocadas por las directivas en las horas<br />

señaladas.<br />

6. Velar por la conservación y mejoramiento de vida.<br />

7. Dar trato cortes a los compañeros y personal directivo,<br />

compartiendo sus tareas con espíritu de solidaridad.<br />

8. Velar por la conservación de documentos útiles, muebles, que le<br />

sean confiados.<br />

9. Planear y preparar sus clases, dirigir, controlar, asesorar y evaluar<br />

los procesos de desarrollo del conocimiento, diligenciamiento de los<br />

respectivos libros reglamentarios.<br />

10. cumplir con las actividades asignadas por la institución<br />

(disciplina, periódico mural, izadas de bandera, cartelera general,<br />

comités, actos culturales y otros).<br />

11. Observar una buena conducta pública acorde con el decoro y<br />

dignidad de su cargo.<br />

12. Participar en la elaboración del P.E.I., en el Manual de<br />

Convivencia, planeamiento y programación de actividades.<br />

13. Brindar asesorías pedagógicas a los padres de familia cuando lo<br />

requieran.<br />

14. Contribuir responsablemente en el plantel para el logro del P.E.I.<br />

15. Estar a paz y salvo con todas las dependencias del plantel al<br />

terminar el año lectivo.<br />

16. Asumir permanentemente una aptitud de compromiso,<br />

identidad, pertenencia y lealtad al colegio.<br />

17. Velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones que<br />

contempla el Manual de Convivencia y el Reglamento Interno.<br />

18. Presentarse al colegio en óptimas condiciones (físicas y<br />

anímicas), para desempeñar su labor educativa.<br />

19. solicitar la autorización de la rectoría para realizar actividades<br />

(culturales, deportivas, rifas, compras o ventas).<br />

20. Tratar con dignidad y sigilo los asuntos que puedan atentar<br />

contra el buen nombre de las personas y del colegio.<br />

21. Mantener adecuadas relaciones con las directivas del plantel,<br />

compañeros, personal administrativo y de servicios.<br />

22. Atender a los padres de familia de acuerdo con el horario<br />

preestablecido y a los estudiantes que soliciten cualquier orientación<br />

acerca de sus logros o temas de clase.<br />

23. Fomentar hábitos de higiene y salud en sus estudiantes.<br />

24. Velar por el bienestar, la seguridad e integridad de los<br />

estudiantes en todo momento, especialmente en los turnos de<br />

vigilancia, desplazamientos fuera de la institución y actividades<br />

culturales y deportivas entre otras.<br />

25. Cumplir puntualmente y de manera organizada con todas<br />

sus obligaciones académicas y formativas programadas por el<br />

32


colegio, tales como clases, entrega de notas, manejo de la<br />

plataforma, turnos de vigilancia, entre otras<br />

26. Mantener actualizada la plataforma académica con los registros<br />

oportunos de notas de evaluaciones, trabajos y demás actividades<br />

escolares.<br />

27. Las demás contempladas en el Estatuto Docente, Artículo 48<br />

decreto Ley 227/79, Régimen disciplinario Decreto 2480 31 de 1.986<br />

y demás consagradas por la legislación Colombiana vigente.<br />

5.1.4. FUNCIONES DE LOS DOCENTES.<br />

1. Participar activamente en la elaboración del planeamiento y<br />

programación del área respectiva y en la realización de los<br />

diferentes proyectos.<br />

2. Programar, organizar y acompañar el desarrollo de las<br />

actividades de la asignatura a su cargo de acuerdo con los<br />

criterios establecidos.<br />

3. Presentar oportunamente a coordinación el informe académico<br />

de los estudiantes a su cargo al finalizar cada período.<br />

4. Elaborar el diagnóstico de su área y la selección de alternativas<br />

para lograr eficiencia académica.<br />

5. Llevar el seguimiento permanente de los estudiantes en los<br />

diversos aspectos del proceso de formación integral.<br />

6. Diseñar estrategias metodológicas y llevar a cabo actividades<br />

complementarias que lleven al logro de los objetivos<br />

propuestos.<br />

7. Realizar actividades de nivelación y recuperación con los<br />

estudiantes que lo requieran.<br />

8. Participar activa y creativamente en las actividades y comités<br />

organizados, asistir a las reuniones convocadas por las<br />

directivas, controlar y mantener la disciplina de los estudiantes<br />

dentro y fuera del aula.<br />

9. Desempeñarse como director de grupo cuando sea asignada esa<br />

responsabilidad, permanecer en la institución durante la<br />

jornada de trabajo.<br />

10. Cumplir con la jornada laboral y carga académica asignada de<br />

acuerdo a las normas vigentes.<br />

11. Participar en el diseño de estrategias metodológicas a que dé<br />

lugar el análisis de resultados de las evaluaciones.<br />

12. Presentar los casos especiales a los coordinadores, director de<br />

grupo y/o Psicorientación para su tratamiento.<br />

13. Presentarse en el salón de clase puntualmente con las<br />

actividades y materiales debidamente planeadas, evitando la<br />

improvisación e indisciplina.<br />

14. Presentar oportunamente y por escrito al rector la solicitud de<br />

permiso en caso de ausencia justificada.<br />

15. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de<br />

los equipos y materiales que le sean confiados y al finalizar el<br />

año escolar entregar el inventario correspondiente.<br />

16. Presentar oportunamente los informes académicos de los<br />

estudiantes a la Coordinación Académica.<br />

17. Elegir un representante para que pertenezca al Consejo<br />

Directivo y Consejo Académico.<br />

18. En caso de ausencia justificada, presentar a coordinación<br />

académica talleres, arreglos a las actividades planeadas de tal<br />

manera que los estudiantes puedan desarrollarlas<br />

debidamente.<br />

19. Cumplir la demás funciones que sean asignadas de acuerdo con<br />

la naturaleza de su cargo<br />

5.1.5. DOCENTES DIRECTORES DE GRUPO.<br />

El docente director de grupo es la persona que mediante su<br />

trayectoria profesional tiene méritos suficientes en cuanto a la<br />

responsabilidad, acompañamiento permanente y el testimonio de<br />

vida, en la dirección de un grupo de estudiantes confiados a su cargo<br />

FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRUPO.<br />

1. Elaborar un diagnóstico y ejecutar el proyecto de dirección de<br />

grupo e inducción de los estudiantes confiados a su cuidado.<br />

2. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer el seguimiento<br />

del grupo confiado a su responsabilidad.<br />

33


3. Orientar las actividades de los estudiantes para lograr el<br />

desarrollo de su personalidad y dar tratamiento y ejemplo<br />

formativo.<br />

4. Participar con puntualidad en la realización de las actividades de<br />

izadas de bandera, desfiles, actos religiosos, culturales, ecológicos<br />

y deportivos con su grupo.<br />

5. Promover el análisis de situaciones conflictivas individual y de<br />

grupo y buscar con otros estamentos soluciones adecuadas.<br />

6. Establecer permanente comunicación con profesores, directores<br />

y padres de familia para coordinar la acción educativa.<br />

7. Presentar al coordinador académico informe sobre el desarrollo<br />

de las actividades propias de su cargo, cuando le sean solicitadas.<br />

8. Colaborar en la organización del gobierno escolar, consejo de<br />

estudiantes, comisiones, comités y representaciones de su grupo.<br />

9. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su<br />

comportamiento y aprovechamiento académico en coordinación<br />

con el servicio de Psicorientación.<br />

10. Motivar y fomentar las habilidades y destrezas que poseen los<br />

estudiantes con miras a la proyección dentro y fuera de la<br />

institución.<br />

11. Organizar comités y promover actividades (aseo, decoración,<br />

cuidado y mantenimiento de muebles y paredes) que propicien<br />

un ambiente favorable para el desarrollo de las actividades<br />

escolares.<br />

12. Al finalizar el año lectivo hacer entrega del inventario de los<br />

enseres del salón confiados a su responsabilidad.<br />

5.1.6. DOCENTE ORIENTADORA<br />

El orientador escolar o consejero, depende del rector del plantel. Le<br />

corresponde facilitar que los alumnos y los demás estamentos de la<br />

Comunidad Educativa identifiquen sus características y necesidades<br />

personales y sociales para que tomen decisiones consciente y<br />

responsablemente, creando así un ambiente que estimule el<br />

rendimiento escolar y la realización personal.<br />

FUNCIONES DE LA DOCENTE ORIENTADORA<br />

1. Participar en los comités en que sea requerido.<br />

2. Participar en la planeación del currículo.<br />

3. Planear y programar, en colaboración con los coordinadores, las<br />

actividades de su dependencia, de acuerdo con los criterios<br />

establecidos por la dirección del plantel.<br />

4. Contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de los educandos,<br />

en participar en cuanto a:<br />

a. Toma de decisiones personales.<br />

b. Identificación de aptitudes e intereses.<br />

c. Solución de conflictos y problemas individuales, familiares y<br />

grupales.<br />

d. Participación en la vida académica, social y comunitaria.<br />

e. Desarrollo de valores.<br />

5. Realizar al iniciar el año encuentros de inducción con los alumnos<br />

de sexto grado.<br />

6. Elaborar y ejecutar los encuentros formativos con padres de<br />

familia y alumnos.<br />

7. Orientar y asesorar a los docentes para la realización de la<br />

instrucción.<br />

8. Colaborar con los docentes y padres de familia en la orientación<br />

de los estudiantes que presenten mayor dificultad en su proceso<br />

de formación.<br />

9. Estar disponible y atento a la escucha de docentes, padres de<br />

familia y alumnos y personas que lo requieran.<br />

10. Programar y ejecutar actividades pendientes al mejoramiento<br />

del proceso educativo.<br />

11. Llevar a cabo el seguimiento de los alumnos con mayor<br />

problemática.<br />

12. Diligenciar a nivel personal la ficha acumulativa de cada alumno.<br />

13. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de<br />

los materiales a su cargo.<br />

14. Presentar al rector oportunamente y por escrito los permisos<br />

para justificar sus ausencias.<br />

15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo a<br />

su cargo.<br />

PROCEDIMIENTO PARA LOS SERVICIOS DE<br />

PSICOORIENTACION<br />

34


Para recibir el servicio de Psicoorientación se tendrán en cuenta los<br />

siguientes conductos regulares:<br />

1. Se solicitará con anticipación el servicio que se quiera tener,<br />

según las funciones del Psicorientador.<br />

2. Cuando un estudiante sea solicitado en Psicoorientación, se<br />

enviará al docente que esté laborando con él en ese momento,<br />

una boleta de citación.<br />

3. Para la atención a padres de familia que sean solicitados en<br />

Psicoorientación, se enviará con el estudiante, la citación<br />

respectiva.<br />

4. Si al ser citada la persona en Psicoorientación y no puede<br />

responder, debe informar oportunamente.<br />

5. Cuando un docente remita a un estudiante a piso-orientación,<br />

debe solicitar con anterioridad la entrevista y enviar la remisión<br />

por escrito.<br />

5.1.7. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES<br />

1. Medalla al mérito Marie Poussepin: otorgada a los directivos,<br />

docentes, personal administrativo y operativo por veinte (20)<br />

años de servicio a la institución, reconocimiento que se hará en<br />

ceremonia de graduación.<br />

2. Pergamino otorgado a los docentes por cada quinquenio de<br />

labores en la institución, el cual será entregado en ceremonia<br />

especial.<br />

3. Premio al docente del año: Reconocimiento al profesor que<br />

durante el año se destaque por sus méritos, actitudes y<br />

cumplimiento cabal de sus funciones.<br />

4. Reconocimiento a los docentes e fechas especiales por su labor<br />

pedagógica.<br />

5. Recibir capacitación de acuerdo a los cambios generados en el<br />

proceso educativo.<br />

6. Destacar en forma verbal y/o escrita cualquier acción que<br />

redunde en bienestar de la familia Colnupaz<br />

2.2. DIRECTIVOS DOCENTES<br />

Los directivos docentes del colegio nuestra señora de la paz, según<br />

el artículo 27 de la Ley 115, son responsables de garantizar la<br />

atención de calidad a los estudiantes en todos los aspectos del<br />

desarrollo integral humano. A su vez, orientan el desempeño de<br />

los docentes de acuerdo con el PEI, Las funciones y deberes de<br />

los mismos contemplados en este manual, y el plan de estudios.<br />

Además, propician el clima de interacción y participación de la<br />

comunidad educativa con miras al bienestar de todos.<br />

5.2.1. RECTOR.<br />

Es el representante legal de la institución , ante las autoridades<br />

educativas correspondientes; preside los organismos de dirección y<br />

administración; promueve el cumplimiento de la misión según el PEI;<br />

salvaguarda el cumplimiento del Manual de Convivencia y, garantiza<br />

la ejecución de lo decidido válidamente en el gobierno escolar.<br />

FUNCIONES DEL RECTOR<br />

Según el artículo 25 del decreto 1860 le corresponden al rector del<br />

establecimiento educativo las siguientes funciones:<br />

1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar<br />

las decisiones del gobierno escolar.<br />

2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el<br />

oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el<br />

efecto.<br />

3. Promover el proceso continuo del mejoramiento de la calidad de<br />

la educación en el establecimiento.<br />

4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas,<br />

con los patrocinadores de la institución y con la comunidad local,<br />

para el continuo progreso académico del mejoramiento de la<br />

vida comunitaria.<br />

5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes<br />

estamentos de la comunidad Educativa.<br />

6. Orientar el progreso educativo con la asistencia del Consejo<br />

Académico.<br />

35


7. Ejercer las funciones disciplinarias que la atribuya la ley, los<br />

reglamentos y el Manual de Convivencia.<br />

8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para<br />

canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo<br />

institucional.<br />

9. Promover actividades de beneficio social que vinculen al<br />

establecimiento con la comunidad local.<br />

10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado,<br />

atinentes a la presentación del servicio público y educativo.<br />

11. Liderar el Comité Escolar de Convivencia acorde con lo estipulado<br />

en los Art. 11, 12 y 13 de la Ley 1620 /13.<br />

12. Incorporar en los procesos de planeación institucional el<br />

desarrollo de los componentes de prevención y de promoción y<br />

los protocolos o procedimientos establecidos para la<br />

implementación de la ruta de atención integral para la<br />

convivencia escolar (No. 2, Art. 18/1620).<br />

13. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y<br />

vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños,<br />

niñas, adolescentes y jóvenes del establecimiento educativo en<br />

sus calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia,<br />

acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en<br />

la ruta de atención integral y, hacer seguimiento a dichos casos<br />

(No. 4, Art. 18/1620).<br />

14. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores<br />

que le atribuya el proceso educativo Institucional y la Ley.<br />

5.2.2. COORDINADOR (A) ACADÉMICO (A).<br />

El coordinador(a) académico(a) depende del rector del plantel. Le<br />

corresponde la administración académica de la institución. De él<br />

dependen los coordinadores de área y por relación de autoridad<br />

funcional los profesores y estudiantes.<br />

FUNCIONES DELCOORDINADOR(A) ACADÉMICO(A).<br />

1. Pertenecer al consejo académico y participar en los demás en que<br />

sea requerido(a).<br />

2. Colaborar con el rector en la elaboración y ejecución del P.E.I.<br />

3. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el<br />

horario general de clases del plantel.<br />

4. Organizar a los docentes por comités de área de acuerdo con las<br />

normas vigentes coordinar sus acciones para el logro de los<br />

objetivos.<br />

5. Asesorar el desarrollo de las actividades académicas de acuerdo<br />

con el plan de es estudios, la práctica del diseño instruccional de<br />

las unidades propuestas para su debida evaluación y<br />

retroalimentación.<br />

6. Establecer canales de comunicación entre los diferentes<br />

estamentos de la comunidad educativa.<br />

7. Orientar el progreso educativo con la asistencia del Consejo<br />

Académico.<br />

8. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la Ley, los<br />

reglamentos y el manual de convivencia.<br />

9. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para<br />

canalizar a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo<br />

Institucional.<br />

10. Promover actividades e beneficio social que vinculen al<br />

establecimiento con la comunidad local.<br />

11. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado,<br />

atinentes a la prestación del servicio público y educativo.<br />

12. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores<br />

que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional y la Ley.<br />

5.2.3. COORDINADOR (A) DE BIENESTAR ESTUDIANTIL<br />

El coordinador (a) de bienestar estudiantil depende del rector del<br />

plantel. Le corresponde la administración disciplinaria del plantel. De<br />

él dependen por relación de autoridad funcional los profesores y<br />

estudiantes.<br />

FUNCIONES DEL COORDINADOR DE BIENESTAR ESTUDIANTIL:<br />

36


1. Pertenecer al Consejo Académico y participar en los demás en los<br />

que sea requerido.<br />

2. Colaborar con el rector en la elaboración y ejecución del P.E.I.<br />

3. Dirigir la planeación y programación de la administración de<br />

docentes y estudiantes, de acuerdo con los objetivos y criterios<br />

curriculares.<br />

4. Organizar las direcciones de grupo para que sean las ejecutoras<br />

inmediatas de la administración de estudiantes.<br />

5. Coordinar todas las acciones en conjunto con la coordinación<br />

académica, servicios de bienestar, padres de familia y demás<br />

estamentos de la comunidad educativa.<br />

6. Establecer canales y mecanismos de comunicación entre<br />

docentes, estudiantes y padres de familia en cuanto al proceso de<br />

formación integral.<br />

7. Velar por el diligenciamiento oportuno del control de asistencia<br />

en cada salón de clase.<br />

8. Rendir periódicamente informes al rector y a los docentes sobre<br />

los aspectos relevantes para solucionar posibles anomalías.<br />

9. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de<br />

los equipos y materiales confiados a su manejo.<br />

10. Velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias<br />

contempladas en el manual de convivencia que favorezca un<br />

clima de respeto, orden y responsabilidad.<br />

11. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración<br />

de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas,<br />

adolescentes y jóvenes del establecimiento educativo acorde con<br />

la normatividad vigente y los protocolos definidos en la ruta de<br />

atención integral y, hacer seguimiento a dichos casos (No. 4, Art.<br />

18/1620).<br />

12. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo<br />

con la naturaleza del cargo.<br />

5.2.4. COORDINADOR(A) DE LA BASICA CICLO PRIMARIA:<br />

El coordinador (a) de la Básica ciclo primaria depende del rector del<br />

plantel. Le corresponde la administración académica y disciplinaria<br />

del Preescolar y primaria. De él dependen por relación de autoridad<br />

funcional los profesores y estudiantes de la primaria.<br />

FUNCIONES DEL COORDINADOR (A) DE LA BASICA PRIMARIA:<br />

1. Colaborar con el rector en la elaboración y ejecución del P.E.I.<br />

2. Dar a conocer a los docentes el resultado de la evaluación del<br />

trabajo desarrollado para presentar alternativas que conlleven al<br />

mejoramiento de la calidad de la educación.<br />

3. Establecer canales y mecanismos de comunicación entre<br />

docentes, estudiantes y padres de familia en cuanto al proceso de<br />

formación integral.<br />

4. Hacer seguimiento periódico de los resultados académicos en las<br />

diferentes áreas y grados; para establecer estrategias de<br />

mejoramiento en las dificultades presentadas en cuanto a<br />

docentes y estudiantes.<br />

5. Presentar al rector las necesidades en materia didáctica de los<br />

comités de área.<br />

6. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de<br />

los equipos y materiales confiados a su manejo.<br />

7. Velar por el diligenciamiento oportuno del Diseño Institucional y<br />

control de asistencia.<br />

8. Revisar y organizar los informes académicos para su respectiva<br />

sistematización.<br />

9. Dirigir la planeación y programación de la administración de<br />

docentes y estudiantes, de acuerdo con los objetivos y criterios<br />

curriculares.<br />

10. Coordinar todas las acciones en conjunto con la coordinación<br />

académica, servicios de bienestar, padres de familia y demás<br />

estamentos de la comunidad educativa.<br />

11. Velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias<br />

contempladas en el Manual de convivencia que favorezca un<br />

clima de respeto, orden y responsabilidad.<br />

12. . Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y<br />

vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños,<br />

niñas, adolescentes y jóvenes del establecimiento educativo<br />

acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en<br />

37


la ruta de atención integral y, hacer seguimiento a dichos casos<br />

(No. 4, Art. 18/1620).<br />

13. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo<br />

con la naturaleza del cargo.<br />

sus intereses.<br />

• Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las<br />

que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan<br />

lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados,<br />

enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad<br />

educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y<br />

cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera<br />

de los involucrados.<br />

• Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios<br />

integrantes de la comunidad educativa que busca afectar<br />

negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los<br />

cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser<br />

física, verbal, gestual, relacional y electrónica.<br />

- Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar<br />

daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos,<br />

patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos,<br />

jalón de pelo, entre otras.<br />

- Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras<br />

degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos,<br />

apodos ofensivos, burlas y amenazas.<br />

- Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos<br />

degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.<br />

38<br />

CAPIITULO VII<br />

FALTAS Y SIITUACIIONES QUE AFECTAN LA<br />

CONVIIVENCIIA ESCOLAR,, SANCIIONES Y SU<br />

PROCEDIIMIIENTO<br />

6.1. DEFINICIONES<br />

Para efectos de aplicación del presente Manual, se incorporan las<br />

Definiciones del Artículo 39 del Decreto 1965/2013.<br />

• Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una<br />

incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a<br />

- Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar<br />

negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de<br />

grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos<br />

buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la<br />

persona frente a otros.<br />

- Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar<br />

negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la<br />

divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet,<br />

realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de<br />

redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto<br />

insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se<br />

revela la identidad de quien los envía.<br />

• Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620<br />

de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y<br />

sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización,


difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a<br />

la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o<br />

por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente por parte<br />

de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una<br />

relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a<br />

lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte<br />

de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra<br />

docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.<br />

• Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de<br />

la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso<br />

deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales<br />

virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato<br />

psicológico y continuado.<br />

• Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de<br />

la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños,<br />

niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual<br />

ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o<br />

cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional,<br />

aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las<br />

relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".<br />

• Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es<br />

toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio<br />

pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.<br />

• Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y<br />

adolescentes. Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra<br />

naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e<br />

integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para<br />

disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.<br />

6.2. FALTAS Y SITUCIONES QUE AFECTAN LA <strong>CONVIVENCIA</strong><br />

ESCOLAR<br />

6.2.1. SITUACIONES <strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO I Y FALTAS LEVES<br />

En el Colegio Nuestra Señora de la Paz de San Vicente de Chucurí,<br />

se consideran faltas leves que atentan contra la convivencia y el<br />

ejercicio pleno de los derechos humanos “a aquellas situaciones<br />

que el Art. 40/ Ley 1965 clasifica como de Tipo l y que se<br />

refieren a conflictos y tensiones manejados inadecuadamente,<br />

esporádicos cuya incidencia enrarece la convivencia escolar, pero<br />

que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud de las<br />

personas, pueden ser causadas por descuido involuntario”. Se<br />

consideran faltas leves aquellas que no desestabilizan las actividades<br />

propias del grupo, del proceso de formación o del proceso<br />

metodológico, en el instante en que se producen y que son<br />

pasajeras, no permanentes o repetitivas entendiéndose por<br />

reincidencia a partir de la segunda vez en que ocurra dicha falta.<br />

Se consideran faltas leves las siguientes:<br />

1. Uso indebido del uniforme dentro y fuera de la institución.<br />

2. Comportamiento inadecuado en los medios de transporte.<br />

3. Los retardos y el incumplimiento en el horario establecido por la<br />

institución cuando el estudiante haya completado tres retardos,<br />

se solicitará la presencia del padre de familia o acudiente para<br />

informar sobre la situación disciplinaria del estudiante.<br />

4. El retiro del aula de clase, sin permiso del profesor.<br />

5. El no mostrar un comportamiento adecuado en los actos cívicos o<br />

comunitarios.<br />

6. Utilizar en el desarrollo de las clases elementos que no<br />

correspondan a las actividades como revistas, radios, celulares,<br />

Mp3, Mp4, tablets y equipos de audio y video. La institución no<br />

se hará responsable por la pérdida de los mismos<br />

7. Tirar basura y dejar botellas fuera del sitio correspondiente.<br />

8. Generar violencia, propiciar la intolerancia y atentar contra la<br />

integridad a la comunidad educativa de personas en condiciones<br />

de diferencia cultural social y racial, con lenguajes agresivos de<br />

mofa, ridiculización, abucheo, burlas o apodos.<br />

9. Presentarse al colegio sin uniformes exigidos cuando le<br />

correspondan, igualmente el porte inadecuado del mismo.<br />

10. Permanecer dentro del salón de clase o pasillos durante los<br />

descansos.<br />

11. Perturbar el orden de las clases fomentando la indisciplina.<br />

39


12. Realizar, promover, sin autorización de las directivas cualquier<br />

género de ventas, rifas, contribuciones y negociaciones con los<br />

compañeros o funcionarios del plantel.<br />

13. No entregar a tiempo a los padres de familia o acudiente las<br />

comunicaciones enviadas por el colegio y no devolverlas firmadas<br />

oportunamente<br />

14. Presentarse al colegio sin los elementos necesarios para<br />

desarrollar las actividades académicas.<br />

15. No asistir a clase sin causa justificada, estando dentro del colegio.<br />

16. No asistir a las actividades programadas por la institución sin<br />

causa debidamente justificada.<br />

17. Salir de la casa para el colegio y no llegar a este, sin causa<br />

justificada.<br />

18. . Hacer apuestas o prácticas de juegos de azar<br />

19. Ingerir cualquier tipo de alimentos en clase o en actos<br />

comunitarios.<br />

20. Realizar actividades diferentes a la clase que se esté<br />

desarrollando<br />

21. No hacer uso adecuado de los recipientes y espacios destinados<br />

para el reciclaje de basuras y desperdicios, que ponen en<br />

riesgo el ambiente de vida saludable.<br />

22. El desperdicio de papel o materiales didácticos necesarios para<br />

el aprendizaje.<br />

Parágrafo 1. Reincidir sistemáticamente en situaciones de<br />

convivencia Tipo I y faltas leves, puede ser causal de inicio de<br />

proceso disciplinario, ya que su reincidencia se convierte en falta<br />

grave, siempre y cuando se garantice el derecho al debido proceso<br />

establecido en el protocolo de atención del presente Manual.<br />

6.2.2. SITUACIONES <strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO II Y FALTAS<br />

GRAVES<br />

En el colegio Nuestra Señora de la Paz de San Vicente de Chucurí, se<br />

consideran faltas graves que atentan contra la convivencia y el<br />

ejercicio pleno de los derechos humanos “a “aquellas situaciones que<br />

el Art. 40/ decreto 1965 clasifica como de Tipo Il, se refieren a la<br />

agresión escolar, acoso escolar ó bullying y ciberacoso ó<br />

ciberbullying, que no revisten las características de la comisión de un<br />

delito y que cumplen con las siguientes características: Son<br />

repetitivas y sistemáticas; causan daño al cuerpo o a la salud sin<br />

generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados”.<br />

Se consideran faltas graves aquellos comportamientos que<br />

interfieren en el normal desarrollo de las actividades institucionales e<br />

invaden negativamente la esfera de los derechos de los otros<br />

miembros de la comunidad educativa.<br />

Dentro de este tipo de situaciones o faltas tenemos:<br />

1. Hurto comprobado.<br />

2. El incumplimiento a las sanciones.<br />

3. Fraude en evaluaciones, tareas trabajos.<br />

4. Adulteración de informes, previas, firmas y documentos en<br />

general.<br />

5. Agresión física o moral e irrespeto a las personas que integran<br />

comunidad educativa. . Realizar actos que afecten la integridad<br />

personal.<br />

6. Ejecutar o promover actos que atenten contra el medio<br />

ambiente, la salubridad individual o general de la institución.<br />

7. Participar e incitar directa o indirectamente en peleas y/o<br />

agresiones, empleando la violencia física o verbal dentro de la<br />

Institución o fuera de ella portando el uniforme.<br />

8. Realizar manifestaciones exhibicionistas o aquellas propias que<br />

pertenecen a la intimidad de la pareja dentro de la institución o<br />

fuera de ella, usando el uniforme<br />

9. Rebeldía y burla contra orientaciones impartidas por directivos<br />

profesores o personal administrativo.<br />

10. Destruir o deteriorar premeditadamente muebles, enseres,<br />

equipos, material didáctico, pertenencias de los compañeros<br />

profesores y causar daño la planta física (ventanas, cortinas,<br />

puertas, baños, conexiones eléctricas, etc.)<br />

11. El incumplimiento constante de los deberes. Reincidencia<br />

sistemática de las faltas leves, después de la segunda vez<br />

sucedida, es considerada grave.<br />

12. Portar o consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos o sustancias<br />

alucinógenas dentro de la institución o donde esté presente el<br />

nombre de la misma.<br />

13. Presentarse al colegio en estado de embriaguez o bajo la<br />

40


influencia de drogas alucinógenas.<br />

14. Promover la rebeldía y saboteos contra las orientaciones de<br />

directivos y profesores dentro o fuera de la institución.<br />

15. Manifestar situaciones que atenten contra la dignidad y la moral<br />

de la persona en contraprestación por un servicio académico.<br />

16. Incitar o inducir a otros a cometer cualquiera de las faltas<br />

señaladas este manual.<br />

17. Emplear vocabulario soez y actitudes desafiantes y ofensivas, en<br />

el trato con directivos, docentes, personal auxiliar, o cualquier<br />

miembro de la comunidad, dentro o fuera de la institución.<br />

18. Emplear los uniformes para frecuentar establecimientos donde<br />

se expenda licores, se exhiba videos, se practiquen juegos<br />

electrónicos, discotecas o cualquier sitio de mala reputación.<br />

19. Fugarse del colegio, de las actividades programadas por el mismo.<br />

20. Negarse a cumplir los correctivos a que se ha hecho merecedor<br />

por el desacato a las normas establecidas en Pacto de<br />

Convivencia social.<br />

21. Portar armas o cualquier instrumento que implique peligro para<br />

las demás personas.<br />

22. Causar daño a vehículos de la comunidad.<br />

23. Escribir expresiones que atenten contra la dignidad de las<br />

personas.<br />

24. Publicar, exhibir, divulgar, vender o proporcionar dentro y fuera<br />

de las instalaciones del plantel educativo, o por cualquier otro<br />

medio, fotos y videos de contenido erótico - sexual de cualquier<br />

miembro de la comunidad que vulnere su integridad, dignidad y<br />

decoro.<br />

25. Realizar actos de abuso, bulling, ciber bulling y acoso escolar<br />

(discriminación, agresión física y verbal, psicológica y la<br />

intimidación) dentro y fuera de la institución a cualquier miembro<br />

de la comunidad educativa.<br />

26. Ofender con expresiones, palabras o gestos que atenten<br />

contra la integridad y buena imagen de las personas que<br />

constituyen la comunidad educativa<br />

27. Reincidir en comportamientos que pongan en riesgo o<br />

atenten contra las buenas costumbres en la calle, en el<br />

transporte o en lugares públicos.<br />

28. Invitar o sugerir a otras(os) compañeras(os) a comportarse<br />

de manera deshonesta, riesgosa o nociva.<br />

29. . Actuar en complicidad con otras personas para ocultar hechos o<br />

mentir, para evitar la sanción personal o de un tercero.<br />

30. Agredir o aprovecharse de cualquier integrante de la comunidad<br />

en su aspecto físico, como en lo psicológico.<br />

31. Faltar a la verdad afectando el buen nombre de cualquier<br />

miembro de la comunidad.<br />

32. Agredir física o psicológicamente, tener comportamientos de<br />

burla, desprecio y humillación hacia estudiantes con dificultades<br />

en el aprendizaje, en el lenguaje o que tengan capacidades<br />

sobresalientes o especiales.<br />

33. Elaborar Los letreros o dibujos obscenos, insultantes,<br />

degradantes, denigrantes.<br />

34. Desperdiciar el agua, la energía eléctrica o contaminar el<br />

aire con materiales que impiden la normal respiración.<br />

35. Contaminar el ambiente con ruido excesivo que atente contra<br />

la salud y equilibrio de las personas según lo sanciona la ley.<br />

36. Destruir implementos, mecanismos o señales destinados a<br />

salvaguardar la seguridad de las personas y a reducir los índices<br />

de riesgo en caso de calamidad.<br />

37. Tirar piedras u otros elementos que puedan causar daño a<br />

personas, otros seres vivos u objetos.<br />

Parágrafo 1. Incurrir en situaciones de convivencia Tipo II y faltas<br />

graves puede dar origen al inicio de un Proceso Disciplinario, siempre<br />

y cuando se garantice el debido proceso establecido en el protocolo<br />

de atención del presente Manual.<br />

6.2.3. SITUACIONES <strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO III Y FALTAS<br />

GRAVÍSIMAS<br />

En el colegio Nuestra Señora de la Paz de San Vicente de Chucurí, se<br />

consideran faltas muy graves “a aquellas situaciones que el Art. 40/<br />

decreto 1965 clasifica como de Tipo IIl, que constituyen presuntos<br />

delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en<br />

el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen<br />

cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.<br />

41


Y faltas gravísimas Son aquellos comportamientos que tienen gran<br />

transcendencia negativa y perjudicial en la marcha institucional,<br />

además lesionan y perjudican física y/o sicológicamente a los otros<br />

miembros de la comunidad educativa.<br />

Son consideradas situaciones tipo III y faltas gravísimas las siguientes:<br />

1. Atentar contra la propia vida, o la vida de otra persona.<br />

2 . I ncurrir en delitos penalizados por la ley actual o relacionada con<br />

el porte ilegal de armas, la distribución y/o consumo de bebidas<br />

alcohólicas, sustancias psicoactivas, y cualquier otra sustancia que<br />

genere dependencia o adicción o que alteren la integridad física y/o<br />

emocional, dentro del colegio o durante las salidas programadas por<br />

la Institución o fuera de ella portando el uniforme.<br />

3. Propiciar y/o pertenecer a grupos al margen de la ley.<br />

4. Utilización de artículos detonantes, sustancias químicas etc.,<br />

dentro y fuera del colegio o en actividades donde representen a la<br />

institución, con el propósito de causar daño o indisciplina originando<br />

anormalidad en el evento.<br />

5. Promover, ocultar o facilitar la trata de personas, la pornografía<br />

infantil, la violencia carnal, las relaciones sexuales prematuras y toda<br />

forma de prostitución que conlleven o no al embarazo y/o al aborto.<br />

6. Promover, ocultar o facilitar el trato degradante y la violencia<br />

psíquica y/o afectiva o las acciones que atenten contra la integridad<br />

Física y la salud y seguridad de las personas dentro y fuera de la<br />

institución.<br />

7. Atentar contra la libertad y el libre desarrollo de las personas<br />

a través del trato discriminatorio e intolerante por cualquier<br />

medio de amenaza y violencia, como soborno, extorsión, chantaje<br />

o exclusión.<br />

8. Atentar contra la honra y dignidad, intimidad personal y familiar,<br />

al destruir el buen nombre por calumnia, difamación o violación de la<br />

vida privada<br />

9. Reincidir en acciones que atentan contra el bien común<br />

general o de la comunidad educativa en particular, según<br />

parámetros establecidos en el PEI y Manual de Convivencia, como<br />

malversación de fondos, agresión verbal o física, sustracción,<br />

adulteración o mal uso de documentos públicos o privados,<br />

propios o ajenos, falsificación de firmas, sellos o similares.<br />

10. Promover acciones que degradan la ética y la moral públicas y,<br />

que atentan contra la igualdad y dignidad de las personas.<br />

11. Elaborar anónimos o escritos que denigren o intimiden a<br />

personas de la institución, utilizando cualquier medio de<br />

comunicación o redes sociales.<br />

12. Promover y/o realizar escándalos en el colegio o cualquier otro<br />

lugar comprometiendo el buen nombre de la Institución, portando el<br />

uniforme.<br />

13. Acosar sexualmente.<br />

14. La incursión reiterada en faltas graves y prohibiciones.<br />

15. Atentar contra la vida y sostenibilidad del medio ambiente<br />

mediante productos químicos o medios físicos prohibidos por la ley.<br />

16. Traficar con especies u ocasionar sufrimientos injustificados<br />

contra los animales.<br />

17. El incumplimiento a lo estipulado en el acuerdo conciliatorio<br />

Parágrafo 1. Incurrir en una situación de convivencia Tipo III, o falta<br />

gravísima es causal de inicio de Proceso Disciplinario garantizando el<br />

debido proceso establecido en el protocolo de atención del presente<br />

Manual.<br />

a. DEBIDO PROCESO<br />

Consideramos la educación como un proceso y una práctica de<br />

interacción comunicativa. Por ello creemos que el diálogo<br />

orientado al entendimiento y acuerdo mutuo es el vehículo más<br />

apropiado para el logro de una educación integral, para la<br />

formación del criterio y de una conciencia individual basada en la<br />

responsabilidad.<br />

Por lo tanto, en todos los procesos disciplinarios debe recurrirse<br />

siempre y en primera instancia al diálogo entre los agentes del<br />

proceso educativo implicados, con el fin de lograr el<br />

entendimiento, la conciliación, y un ambiente de aceptación y<br />

cumplimiento de las normas, deberes y derechos. De este modo<br />

se procederá por convicción, no por coacción, y se motivará al<br />

cumplimiento de las responsabilidades.<br />

Las acciones correctivas de los hechos o faltas se aplicaran después<br />

de escuchar al estudiante involucrado en la situación problema y<br />

42


tendrá derecho a conocer y rebatir las pruebas y a ejercer<br />

plenamente el Derecho de Defensa.<br />

El estudiante tiene derecho a realizar los descargos de forma oral o<br />

por escrito, en forma inmediata a la ocurrencia de la falta si así lo<br />

decide, los cuales se tendrán en cuenta para el respectivo análisis.<br />

De todo ello se dejará constancia en el observador del estudiante<br />

por parte de las directivas del Colegio.<br />

6.3. CONDUCTO REGULAR.<br />

El conducto regular es el seguimiento de las instancias que atienden<br />

las acciones pedagógicas según su competencia en los diferentes<br />

niveles de actuación e intervención pedagógica. Se espera que las<br />

actuaciones de los docentes y directivos, tanto como las de los<br />

padres y equipos asesores sigan un camino o secuencia, de acuerdo<br />

con la naturaleza de la intervención y en procura del debido<br />

proceso a que tienen derecho los estudiantes del Colegio Nuestra<br />

Señora de la Paz.<br />

En cada instancia debe quedar plasmado un registro de la actuación y<br />

notificación de la misma en documentos como memorandos, actas,<br />

compromisos disciplinarios, resoluciones y notificaciones, dejando<br />

copia para el archivo. En cualquier instancia los intervinientes,<br />

pueden dar por concluido el proceso dejándose constancia de la<br />

misma.<br />

Parágrafo 1. Ante casos especiales y de acuerdo con la gravedad de<br />

la falta, o en aquellos casos que no sean de competencia de las<br />

instancias mencionadas en el numeral anterior, se rompe con el<br />

conducto regular.<br />

6.4. ACCIONES O MEDIDAS PEDAGÓGICAS FORMATIVAS.<br />

Se denominan medidas pedagógicas a las acciones y mecanismos<br />

conducentes a lograr el Cumplimiento de las normas que orientan el<br />

proceso formativo integral de los estudiantes del Colegio Nuestra<br />

Señora de la Paz. La aplicación de un correctivo se hace en todo caso<br />

con la finalidad de estructurar al educando como ser social<br />

consciente de la necesidad de respetar las normas para la<br />

convivencia armónica.<br />

43<br />

6.3.1. INSTANCIAS DEL CONDUCTO REGULAR<br />

Para situaciones de convivencia con estudiantes en<br />

corresponsabilidad con los padres de familia, La institución,<br />

determina las siguientes instancias del conducto regular:<br />

1. El docente de la asignatura, el docente responsable del curso, la<br />

persona involucrada.<br />

2. El docente director de grupo.<br />

3. El Coordinador de Bienestar estudiantil<br />

4. Docente Orientadora<br />

5. Rector de la institución.<br />

6. El Comité de Convivencia.<br />

7. El Consejo Directivo.<br />

6.4.1 AMONESTACIÓN VERBAL<br />

Consiste en un dialogo reflexivo con el estudiante en el momento<br />

oportuno, en el que se procurará hacer ver sus dificultades y la<br />

necesidad de un cambio de actitud y de comportamiento ante una<br />

falta cometida.<br />

6.4.2. AMONESTACIÓN ESCRITA:<br />

Cuando las circunstancias lo ameriten, será procedente la<br />

amonestación escrita, en la cual se describe la falta en un<br />

memorando, señalándose que si es constante en esta u otra falta. El<br />

estudiante debe firmar, escribir los descargos y escribir a qué se<br />

compromete en adelante. El estudiante por sí mismo, y si fuere<br />

necesario en conjunto con el padre de familia o acudiente, debe


presentar a coordinación una respuesta escrita derivada de este<br />

análisis teniendo en cuenta el manual de convivencia.<br />

6.4.3. NOTIFICACIÓN AL PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE Y<br />

FIRMA DE COMPROMISO<br />

Cuando el estudiante persiste en su comportamiento incorrecto sin<br />

mostrar la intención de cambio, y de acuerdo a la gravedad de la<br />

falta, se citará al acudiente para informarle sobre las anomalías<br />

presentadas. En este encuentro deben estar presentes las partes,<br />

se procede a suscribir el compromiso pedagógico o de convivencia<br />

según el caso.<br />

6.4.4. REBAJA EN LA VALORACIÓN DE COMPORTAMIENTO<br />

Al finalizar cada periodo, con base en las anotaciones hechas en los<br />

memorandos, al reporte del comité escolar de convivencia y al<br />

seguimiento realizado al estudiante, teniendo en cuenta el criterio<br />

del Director de grupo y la coordinación de bienestar estudiantil se<br />

procederá a la rebaja en la valoración del comportamiento del<br />

alumno.<br />

6.4.5. SUSPENSIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESCOLARES HASTA<br />

POR TRES DÍAS<br />

Se realiza desde la coordinación de bienestar estudiantil<br />

debidamente facultada por rectoría. Para ello se requiere de la<br />

notificación al estudiante y al padre de familia y/o acudiente de la<br />

resolución de suspensión, con el fin de que conozcan la<br />

determinación adoptada por el Colegio.<br />

El estudiante que sea sancionado con suspensión dentro del colegio<br />

por faltas contempladas en este Manual, deberá desarrollar todas<br />

las tareas asignadas por la coordinación o por la docente<br />

orientadora, las cuales estarán bajo control y supervisión, en un<br />

lugar diferente al salón de clase normal.<br />

Parágrafo 1. Durante los días de suspensión, el alumno deberá<br />

indagar con sus compañeros sobre las actividades de tipo<br />

académico y se compromete realizar sus actividades al orden del<br />

día. Para las evaluaciones orales o escritas realizadas en los días de<br />

suspensión, el implicado las presentará en los días en que se<br />

programen las actividades de recuperación del período o final del<br />

año.<br />

6.4.6. REMISION AL COMITÉ ESCOLAR DE <strong>CONVIVENCIA</strong><br />

Un estudiante es remitido al Comité de Convivencia cuando dentro<br />

de un Proceso Disciplinario, incumple nuevamente con los<br />

compromisos adquiridos, o cuando la gravedad de la falta o el tipo de<br />

situación convivencial a si lo amerite. A este Comité, asiste el<br />

estudiante con sus padres, Se analiza el caso, se generan nuevos<br />

compromisos, se establecen nuevos tiempos o se toma la decisión de<br />

remitir el caso al Consejo Directivo. De lo actuado se deja la<br />

respectiva acta con las firmas de los intervinientes.<br />

6.4.7. MATRÍCULA CONDICIONAL O MATRÍCULA EN<br />

OBSERVACIÓN<br />

La rectoría y el consejo de profesores analizaran el caso para tomar<br />

decisiones institucionales sobre la situación comportamental del<br />

estudiante en particular. Se aplicará matrícula en observación,<br />

cuando el rector y el consejo de profesores consideren que a pesar<br />

de haber tenido el estudiante suficiente seguimiento y<br />

acompañamiento, no se haya logrado el comportamiento adecuado,<br />

de acuerdo al perfil del estudiante del colegio nuestra señora de la<br />

paz.<br />

Los padres o acudientes deberán atender el llamado del Colegio<br />

para firmar la notificación de la resolución de la matrícula en<br />

observación, la cual es válida por tiempo determinado sin que éste<br />

exceda un año escolar. Le corresponde al rector aplicar esta<br />

sanción debiendo tomar la decisión después de recibir los<br />

reportes del Comité de Convivencia y/o de la coordinación de<br />

bienestar estudiantil.<br />

Parágrafo 1. Además de las anteriores sanciones, cuando el<br />

sancionado sea deportista activo y/o participe en grupos<br />

44


epresentativos de la institución, y cometa una falta considerada<br />

como grave o gravísima, podrá ser sancionado con la exclusión del<br />

equipo deportivo y/o con la exclusión del grupo o proyecto al que<br />

pertenezca y no podrá seguir participando en las competencias o<br />

actividades, dentro o fuera de la Institución Educativa, a nombre<br />

del grado o del Colegio.<br />

Parágrafo 2. De las referidas sanciones podrá escogerse la más<br />

apropiada o, así mismo, podrán combinarse dos o más de estas.<br />

6.4.8. EXCLUSIÓN DE LA INSTITUCIÓN O CANCELACIÓN DE<br />

MATRÍCULA<br />

Es una decisión tomada por constantes comportamientos<br />

considerados entre faltas leves y/o graves y/o gravísimas que afecten<br />

el bien general del grupo o de la institución. La rectoría debe expedir<br />

una resolución y notificarla al estudiante, padre de familia o<br />

acudiente. La exclusión puede darse en cualquier momento del<br />

año lectivo.<br />

Parágrafo 1. La exclusión Se refiere al retiro de un estudiante de la<br />

institución educativa por reiterado incumplimiento de sus deberes en<br />

materia académica, disciplinaria moral o física. (Ley General de<br />

Educación o Ley 115/94 Art. 96, Sentencia Corte Constitucional T-<br />

341/92, T-402/92 C-035/95. T-094/96).<br />

Parágrafo 2. La cancelación de la matrícula opera por convicción del<br />

padre de familia para proporcionar un mecanismo de cambio de<br />

institución como correctivo que presuntamente puede favorecer al<br />

estudiante. Su realización será autorizada por el rector, previo<br />

concepto del Consejo Directivo.<br />

6.4.9. EXPULSION DE LA INSTITUCIÓN<br />

Le expulsión recae, en un momento determinado, como un<br />

correctivo muy severo, esta decisión podrá adoptarse<br />

excepcionalmente, cuando se cometa una sola falta gravísima, de tal<br />

entidad que no sea legal, posible o conveniente, por las<br />

circunstancias del hecho, que el alumno continúe en la institución<br />

escolar, incluyendo a estudiantes de buen comportamiento y<br />

excelentes condiciones académicas. Para la aplicación de estas<br />

medidas se requiere la autorización del Consejo Directivo.<br />

6.5. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA SANCIÓN<br />

Para determinar la sanción se tendrán en cuenta los siguientes<br />

criterios:<br />

6.5.1 CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES.<br />

Son causales de atenuación de las faltas, las siguientes:<br />

1. Presentarse voluntariamente ante la autoridad institucional<br />

competente después de cometido el hecho para reconocerlo y<br />

enmendarlo.<br />

2. Reconocer la falta desde el inicio de la investigación.<br />

3. Mejorar el comportamiento, resarcir o reparar el daño causado y<br />

ofrecer las debidas disculpas en el momento oportuno.<br />

4. El cometer la falta en estado de alteración, motivado por<br />

circunstancias que le causen dolor físico o psíquico.<br />

5. El haber obrado por motivos altruistas o nobles.<br />

6. El buen comportamiento anterior.<br />

6.5.2. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES.<br />

Son causales de agravación de las faltas, las siguientes:<br />

1. Negarse a reconocer los hechos, negarse a firmar el<br />

memorando, negarse a realizar los descargos o la constante<br />

anotación por faltas a los criterios de convivencia.<br />

2. Ser reincidente en la comisión de hechos sancionables.<br />

3. Cometer la falta para ocultar otra.<br />

4. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad<br />

educativa.<br />

5. El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada<br />

por los directivos, docentes, compañeros o padres de familia<br />

45


6. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad o<br />

indefensión de otras personas.<br />

7. Negación inicial del hecho, aun siendo comprobada su<br />

participación.<br />

8. Poner en peligro la vida o la integridad física de un compañero,<br />

maestro, directivo o empleado de la institución.<br />

9. La premeditación o planeación de la falta.<br />

10. La complicidad con otras personas pertenecientes o no al<br />

Colegio.<br />

6.6. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE SANCIONES<br />

6.6.1. Procedimiento para la aplicación de sanciones a faltas<br />

leves.<br />

El procedimiento lo adelantará el Profesor o Directivo docente<br />

previa citación al Padre de Familia y/o acudiente, quien no podrá<br />

prescindir de su asistencia. La sanción se impondrá después de oír los<br />

descargos del estudiante, diligencia en la que deberá estar presente<br />

su acudiente.<br />

6.6.2. Procedimiento para la aplicación de sanciones a faltas<br />

graves.<br />

Cuando se trate de faltas graves, la Coordinación deberá citar por<br />

escrito inmediatamente al padre de familia y/o acudiente, citación<br />

que deberá ser devuelta con firma de recibido al día siguiente del<br />

envío, para llevar a cabo la diligencia de descargos, la cual en todo<br />

caso será dentro de los tres días siguientes a la citación.<br />

Para imponer la sanción, se realizará la diligencia en la que estará<br />

obligatoriamente presente el padre de familia o su acudiente, con el<br />

fin de que conozca los criterios tenidos en cuenta al determinar la<br />

sanción, lo cual deberá realizarse en un plazo no mayor a ocho días<br />

hábiles, después de cometida la falta.<br />

6.6.3. Procedimiento para la aplicación de sanciones a faltas<br />

gravísimas.<br />

Cuando se trate de la comisión de faltas gravísimas, el Rector,<br />

deberá, igualmente, formular los cargos, realizar citación por escrito<br />

a los padres de familia o acudientes, con el fin de oír al estudiante en<br />

descargos, una vez rendidos los mismos, se procederá a evaluarlos,<br />

en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles siguientes a la<br />

ocurrencia de la falta; al cabo de los cuales se graduará y decidirá<br />

mediante acto administrativo, las sanción a imponer. En dicha<br />

diligencia deberá estar presente el acudiente o padre de familia.<br />

Parágrafo 1. Cuando se trate de faltas leves los descargos podrán ser<br />

rendidos verbalmente, si se trata de faltas graves o gravísimas el<br />

estudiante y su acudiente decidirá si rinden descargos verbalmente o<br />

por escrito.<br />

6.7. OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA O<br />

ACUDIENTES.<br />

Los padres de familia y/o acudientes, hacen parte del proceso<br />

sancionatorio y participan activamente en la resolución del caso.<br />

La asistencia es obligatoria, de lo contrario será reportada a las<br />

autoridades competentes en el tema de familia.<br />

6.7.1. REGISTRO DE FALTAS.<br />

Toda falta leve, grave o gravísima, quedará registrada en<br />

memorandos, o en el observador del estudiante, con el fin de que<br />

sirvan como antecedentes, que permitirán graduar las sanciones que<br />

se impondrán con posterioridad.<br />

6.7.2. RECURSOS QUE PROCEDEN POR LA APLICACIÓN DE<br />

SANCIONES POR FALTAS GRAVES Y GRAVÍSIMAS<br />

Ante la adopción de cualquier sanción por faltas graves y gravísimas<br />

proceden los recursos de reposición y de apelación:<br />

6.7.2.1. RECURSO DE REPOSICIÓN<br />

46


Este Recurso se puede presentar ante el funcionario competente que<br />

emitió la sanción con el objeto de que la revise, modifique o<br />

revoque. Se deberá interponer dentro de los tres (3) días hábiles<br />

siguientes, contados a partir de la fecha de notificación. Por su parte,<br />

el Colegio contará con cinco (5) días hábiles para modificar, confirmar<br />

o revocar la decisión tomada. El recurso de reposición será resuelto<br />

por la misma autoridad escolar que haya impuesto la<br />

correspondiente sanción.<br />

6.7.2.2. RECURSO DE APELACIÓN<br />

El recurso de apelación deberá interponerse como subsidiario del de<br />

reposición o directamente cuando no se emplee el recurso de<br />

reposición, dentro de los tres días (3) días hábiles siguientes<br />

contados a partir de la notificación de la decisión de primera<br />

instancia.<br />

El Colegio deberá responder dentro de los cinco (5) días hábiles<br />

siguientes a la interposición del recurso, salvo que se solicite la<br />

práctica de pruebas, evento en el cual este término se doblará.<br />

Cuando la falta sea de carácter grave y la sanción la imponga el<br />

Coordinador la resolución de la apelación será de competencia del<br />

Rector.<br />

Cuando la falta sea de carácter gravísima y la sanción la imponga el<br />

rector, la resolución de la apelación será de competencia del Consejo<br />

Directivo.<br />

Parágrafo 1. El no hacer uso de los recursos señalados<br />

(reposición y apelación) en los términos del tiempo previsto hace<br />

que la sanción quede en firme.<br />

6.8. RUTA DE LA ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA <strong>CONVIVENCIA</strong><br />

ESCOLAR.<br />

“La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar en el<br />

Colegio Nuestra Señora de la Paz, de San Vicente, determina cuales<br />

son los procesos y las acciones que conforman los protocolos a<br />

seguir en la formación para la convivencia escolar, el ejercicio de<br />

los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la<br />

prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en<br />

que estos se vean afectados, según lo determina el Art. 29 /1620.<br />

Dicha ruta comprende estrategias pedagógicas de promoción,<br />

estrategias de prevención, acciones de atención y procesos de<br />

seguimiento a los casos detectados de violencia y degradación de la<br />

vivencia de los derechos humanos.<br />

Los protocolos de atención vigentes en la comunidad educativa del<br />

colegio Nuestra Señora de la Paz, para resolver las situaciones que<br />

atentan o vulneran la convivencia escolar y el goce de los derechos<br />

humanos, sexuales y reproductivos de quienes la conforman, buscan<br />

ante todo atender de manera oportuna, equitativa y personalizada a<br />

las víctimas, a los victimarios y a todos los implicados, de modo que,<br />

se restablezcan los derechos, se eliminen las causas de la violencia y<br />

se provea a la formación integral.<br />

PARÁGRAFO: Para todos los efectos, cuando los procesos<br />

disciplinarios se apliquen a estudiantes menores de edad del<br />

programa de educación formal de adultos, estos contarán con el<br />

acompañamientos de sus padre o acudiente, si se trata de<br />

estudiantes mayores de edad, se evaluará la falta y se<br />

recomendará si es del caso, la cancelación de la matrícula por<br />

parte del rector.<br />

6.9. PROTOCOLOS DE NORMALIZACIÓN DE LA <strong>CONVIVENCIA</strong><br />

ESCOLAR<br />

Los protocolos de normalización escolar del colegio Nuestra Señora<br />

de la Paz de San Vicente, se ajustan al enfoque de desarrollo<br />

humano y personalizado que orienta la formación institucional y,<br />

median oportunamente el manejo de las situaciones que afectan la<br />

convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales<br />

y reproductivos. La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a<br />

47


las situaciones convivenciales que se presenten de estudiantes hacia<br />

otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de<br />

la comunidad educativa hacia estudiantes. Estas estrategias<br />

pedagógicas, serán asumidas como oportunidades para el<br />

aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas.<br />

6.9.1. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES<br />

<strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO I.<br />

Para este tipo de situaciones se debe seguir el siguiente<br />

procedimiento:<br />

1. El profesor o Directivo que detecte el caso, o ante el cual se<br />

denuncie la situación escucha a las partes involucradas, con el fin<br />

de actuar como mediador y detectar las causas, factores o<br />

motivos que generan el conflicto dejando registro en la ficha<br />

de seguimiento a estudiantes, en el cual se describe la situación<br />

convivencial y se consigna las estrategias de seguimiento: llamado<br />

de atención verbal, remisión al titular del curso, remisión a servicio<br />

de psi orientación, Remisión a coordinación de bienestar estudiantil<br />

y citación a padres de familia.<br />

2. Conocidos los argumentos generadores del conflicto el mediador<br />

buscará la reconciliación entre las partes, al tiempo que deben<br />

buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de<br />

los derechos. Dichos acuerdos o compromisos también quedarán<br />

registrados en la ficha de seguimiento a estudiantes.<br />

3. Para todas las situaciones de convivencia atendidas, el docente las<br />

pondrá en conocimiento de del comité escolar de convivencia para<br />

que de manera conjunta se haga el debido seguimiento.<br />

4. En caso de que la situación se convierta en tipo II o tipo III, se<br />

seguirán los protocolos establecidos en el presente Manual de<br />

Convivencia para la atención de este tipo de situaciones.<br />

5. De la relación de lo sucedido, desde el momento en que se inició el<br />

conflicto hasta su solución, incluida la reparación de los daños<br />

causados y el restablecimiento de los derechos se dejará constancia<br />

en el observador del estudiante.<br />

6. En todos los casos y en todas las instancias la institución<br />

salvaguarda la integridad de la información suministrada por las<br />

personas que intervienen en la normatización según lo determinado<br />

por la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el<br />

Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia”,<br />

también cuando se trate de informaciones confidenciales.<br />

6.9.2. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES<br />

<strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO II.<br />

Se debe desarrollar el siguiente procedimiento para la atención de<br />

situaciones tipo II<br />

1. Recepción de la queja por parte de la coordinación de bienestar<br />

estudiantil. El docente, estudiante o cualquier miembro de la<br />

comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de<br />

este tipo la pondrá en conocimiento de manera inmediata.<br />

2. En caso de presentar daño al cuerpo o a la salud se debe<br />

garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los<br />

involucrados mediante la remisión a las entidades competentes en el<br />

documento denominado ficha de remisión de situaciones<br />

convivenciales tipo II y III<br />

3. La coordinación de Bienestar estudiantil al recibir la denuncia,<br />

adoptará las medidas necesarias para proteger a los involucrados en<br />

el conflicto, para lo cual podrá solicitar la colaboración del personal<br />

docente o administrativo que considere pertinente.<br />

4. La coordinación de Bienestar estudiantil informará de manera<br />

inmediata a los padres de familia o acudientes de todos los<br />

estudiantes involucrados y permitirá espacios para que los<br />

estudiantes en compañía de sus padres o acudientes puedan<br />

exponer y precisar lo acontecido.<br />

5. Expuestos los argumentos de cada una de las partes involucradas<br />

en los hechos y de quienes el directivo docente solicitó alguna<br />

versión para ampliar conocimiento sobre lo sucedido (al docente o<br />

personal administrativo que conozcan de la situación y estudiante no<br />

involucrado en la situación que tiene conocimiento de los hechos),<br />

se buscará la reparación de los daños, el restablecimiento de los<br />

derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones<br />

constructivas en el establecimiento educativo. Se diligencia la ficha<br />

de seguimiento a estudiantes.<br />

6. El Coordinador de bienestar estudiantil y/o rector procederá a<br />

48


aplicar el proceso disciplinario según lo establecido en el capítulo VI<br />

del presente Manual de Convivencia.<br />

De todo lo ocurrido el directivo docente dejará constancia en el<br />

observador del estudiante.<br />

7. La coordinación de bienestar estudiantil informará la situación al<br />

rector, presidente del Comité escolar de Convivencia así como las<br />

medidas adoptadas, éste a su vez también informará a los demás<br />

integrantes del comité.<br />

8. El Comité Escolar de Convivencia hará seguimiento a la situación y<br />

verificará si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al<br />

protocolo establecido en el artículo 75 (situaciones tipo 3) del<br />

Presente Manual de Convivencia.<br />

9. A su vez el Comité Escolar de Convivencia levantará acta de todo<br />

lo ocurrido y de las decisiones que tome, la cual será suscrita por<br />

todos los integrantes e intervinientes.<br />

El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la<br />

información del caso al aplicativo que para tal efecto se haya<br />

implementado en el Sistema de Información Unificado de<br />

Convivencia Escolar.<br />

Parágrafo 1. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como<br />

acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto<br />

Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de<br />

derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud<br />

integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45<br />

del Decreto 1965.<br />

6.9.3. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES<br />

<strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO III.<br />

Se debe desarrollar el siguiente procedimiento: (Decreto 1965,<br />

artículo 44).<br />

1. constatado el hecho de violencia por parte de los docentes o<br />

coordinadores, se atenderá de manera inmediata a las víctimas<br />

de daño físico y/o mental dejando acta de remisión y constancia<br />

de la situación.<br />

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes<br />

de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará<br />

constancia.<br />

3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia, rector de la<br />

institución, de manera inmediata y por el medio más expedito,<br />

pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación<br />

de la cual se dejará constancia, en un acta.<br />

4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los<br />

integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados<br />

en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.<br />

5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los<br />

participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la<br />

convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda<br />

atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las<br />

partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad<br />

competente.<br />

6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las<br />

autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará,<br />

de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento<br />

educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus<br />

competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las<br />

personas que hayan informado o hagan parte de la situación<br />

presentada, actuación de la cual se dejará constancia.<br />

7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la<br />

información del caso al aplicativo que para el efecto se haya<br />

implementado en el Sistema de Información Unificado de<br />

Convivencia Escolar.<br />

8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento<br />

por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que<br />

asuma el conocimiento y del comité municipal, o departamental de<br />

convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento<br />

educativo en el cual se presentó el hecho.<br />

9. Sin perjuicio de lo establecido en los numerales anteriores, el<br />

directivo docente procederá a aplicar el proceso disciplinario según<br />

lo establecido en el capítulo VI del presente Manual de Convivencia.<br />

Parágrafo 1. El Comportamiento del estudiante será analizado por<br />

la coordinación de bienestar estudiantil y/o por la rectoría. Según<br />

la gravedad de la falta, se tomarán decisiones y se oficializará<br />

por resolución rectoral. Si el estudiante es suspendido, él asume la<br />

responsabilidad de ponerse al día y superar la insuficiencia en su<br />

proceso académico.<br />

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Parágrafo 2. Ante la imposibilidad de contactar a los padres de<br />

familia y/o acudientes o por inasistencia de ellos a la cita, la<br />

secretaría general les notificará por correo certificado sobre el<br />

proceso de normalización y seguimiento.<br />

Parágrafo 3. Si los padres de familia y/o acudientes, asisten a la cita,<br />

pero se niegan a firmar el acta correspondiente, lo podrá hacer otra<br />

persona como testigo,a solicitud de quien hace la notificación.<br />

Parágrafo 4. De todos los procedimientos de protocolos se dejará<br />

constancia en los observadores y actas del comité escolar de<br />

convivencia y en los formatos que el Comité Escolar de Convivencia<br />

determine pertinente.<br />

Parágrafo 5. En caso de ausencia del presidente del Comité Escolar<br />

de Convivencia el directivo docente que se encuentre en calidad de<br />

rector encargado deberá ser quien informe de la situación a la<br />

Policía Nacional.<br />

6.10. CONCILIACIÓN<br />

Para efectos de este Manual de Convivencia se entiende por<br />

"conciliación", el proceso por medio del cual los miembros de la<br />

comunidad educativa (tanto menores como mayores de edad), que<br />

se encuentren en conflicto, con la asistencia y orientación de un<br />

tercero neutral y calificado, denominado conciliador(a), procuran<br />

llegar a un acuerdo para solucionarlo y pactan unos compromisos<br />

que son de obligatorio cumplimiento.<br />

La conciliación en la comunidad educativa tiene como objetivo<br />

lograr en lo posible una solución inmediata y definitiva a los<br />

conflictos interpersonales e intergrupales que se presentan en las<br />

relaciones cotidianas.<br />

Cuando se presenten conflictos entre dos (2) o más personas de la<br />

comunidad educativa, que no impliquen la necesidad de aplicar<br />

sanciones, se podrá intentar el mecanismo de la conciliación. O,<br />

incluso, dicho mecanismo podrá implementarse aun cuando se<br />

adelanten procesos disciplinarios que concluyan o no con<br />

sanciones, si se juzga conveniente para la sana convivencia de los<br />

miembros de la comunidad escolar.<br />

La conciliación en todos los casos será una alternativa de solución<br />

de conflictos tendiente a evitar el hacer uso de las otras acciones<br />

pedagógicas siempre y cuando haya acuerdo conciliatorio.<br />

Para llevar a cabo la conciliación es necesario que el comité de<br />

convivencia haga parte de la misma. Se denomina "acuerdo<br />

conciliatorio" el compromiso que de mutuo acuerdo y de forma<br />

libre asuman las partes en conflicto en busca de solución y<br />

superación de las diferencias.<br />

Si al intentarse la conciliación resulta imposible el acuerdo o<br />

no existe ánimo conciliatorio, se entenderá cumplido el trámite y<br />

se podrá de inmediato iniciar la aplicación de las otras acciones<br />

pedagógicas, si hubiere lugar a estas.<br />

La conciliación también podrá proceder en aquellos conflictos de<br />

relaciones interpersonales que con anterioridad no se haya hecho<br />

uso de la conciliación. Quien incumpla los acuerdos conciliatorios<br />

no podrá hacer uso nuevamente de la opción de conciliación en<br />

ningún caso.<br />

El acuerdo conciliatorio tendrá efectos sólo entre los<br />

conciliantes según lo estipulado por este manual.<br />

Los compromisos del acuerdo conciliatorio deben estar inspirados<br />

por los principios de respeto, igualdad, autonomía, participación y<br />

tolerancia, acatando y respetando las disposiciones del Manual de<br />

Convivencia.<br />

El acuerdo conciliatorio debe buscar siempre solución al conflicto,<br />

sea en forma parcial o total, dentro de los parámetros trazados por<br />

la Constitución Nacional, las leyes y el Manual de Convivencia.<br />

En caso de incumplimiento del acuerdo conciliatorio, el conciliante<br />

50


infractor será sancionado de acuerdo con las normas previstas en<br />

el presente Manual de Convivencia, en cuyo caso se<br />

considerará el incumplimiento como una falta gravísima.<br />

La competencia para designar al conciliador será del Rector, ante<br />

quien los interesados en la conciliación podrán acudir para ese<br />

efecto. Igualmente, es de competencia del rector promover o<br />

procurar los mecanismos de conciliación.<br />

COORDINADOR SEDE B<br />

Quintana<br />

Esp. Henry de Jesús<br />

Mogollón<br />

51<br />

RECTOR<br />

Esp. Pedro Elías Grass Aparicio.<br />

COORDINADORES<br />

ACADÉMICO<br />

BIENESTAR ESTUDIANTIL<br />

Esp. José Manuel Jerez Larrotta.<br />

Esp. Elvira Isabel Bonilla

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