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Memoria 2004

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ISBA / INFORME ANUAL <strong>2004</strong><br />

Al 31 de diciembre de <strong>2004</strong> el desglose de los socios partícipes es el siguiente:<br />

EUROS<br />

CAPITAL<br />

CAPITAL<br />

PENDIENTE DE<br />

DESEMBOLSADO DESEMBOLSO TOTAL<br />

Socios avalados en mora 66.673 247 66.920<br />

Socios dudosos 253.405 845 254.250<br />

Restantes socios avalados 2.651.048 5.022 2.656.070<br />

Socios no avalados 764.479 786.691 1.551.170<br />

3.735.605 792.805 4.528.410<br />

(b) De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 1/1994, de 11 de marzo y los estatutos de<br />

la Sociedad, ésta detraerá como mínimo un 50% de los beneficios que obtenga en<br />

cada ejercicio, una vez deducido el Impuesto sobre Sociedades, hasta constituir un<br />

fondo de reserva legal que alcance un valor igual al triple de la cifra mínima del<br />

capital social. De esta reserva sólo podrá disponerse, en su caso, para cubrir el<br />

saldo deudor de la cuenta de pérdidas y ganancias, y deberá reponerse cuando<br />

descienda del indicado nivel. Durante el ejercicio terminado en 31 de diciembre de<br />

<strong>2004</strong> no se ha producido movimiento alguno en la reserva legal.<br />

(c) Según el Real Decreto 2345/1996, a los efectos del cumplimiento de los requisitos<br />

mínimos de solvencia exigibles a las sociedades de garantía recíproca, sus recursos<br />

propios computables estarán compuestos por:<br />

• El capital social suscrito y desembolsado.<br />

• Las reservas efectivas y expresas.<br />

• Las reservas de regularización, actualización o revalorización de activos<br />

verificadas por el Banco de España.<br />

• El fondo de provisiones técnicas, salvo en la parte que corresponda a las<br />

provisiones dotadas con carácter específico.<br />

• Menos, los resultados negativos de ejercicios anteriores y del ejercicio corriente,<br />

así como los activos inmateriales.<br />

• Menos, los déficits existentes en las provisiones o fondos específicos de<br />

dotación obligatoria.<br />

A las sociedades de garantía recíproca les será de aplicación el mismo régimen de<br />

recursos propios exigible que a las entidades de crédito. De acuerdo con esta<br />

normativa, los recursos propios computables de la Sociedad al 31 de diciembre de<br />

<strong>2004</strong> ascienden a 8.051.158 euros que representa un 10´82 % sobre las<br />

posiciones de riesgo ponderadas, superándose los requisitos mínimos de solvencia<br />

fijados en el 8% calculado sobre las cuentas patrimoniales, los compromisos y<br />

demás cuentas de orden que presentan riesgo de crédito.<br />

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