Revista Metales
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RECUPERACIÓN & RECICLAJE<br />
La industria del reciclaje solicita una reducción<br />
urgente de las cargas administrativas<br />
La Federación Española de la Recuperación<br />
y el Reciclaje (FER) ha remitido<br />
sendas misivas a los ministerios de Interior<br />
y Medio Ambiente y a las CC. AA. en<br />
los que informa a sus responsables que<br />
las cargas administrativas que impone la<br />
Administración a los gestores de residuos<br />
pone en serio riesgo la viabilidad de las<br />
empresas que se dedican a la conversión<br />
de residuos en recursos en España.<br />
A través de su directora general, Alicia<br />
García-Franco, la federación lamenta en<br />
la carta remitida que “pese a todos los<br />
llamamientos realizados por parte de<br />
la Administración General del Estado,<br />
de la OCDE y de la Unión Europea –por<br />
ejemplo, el pasado 14 de julio el Ministerio<br />
de Hacienda y las patronales CEOE<br />
y CEPYME firmaron el octavo convenio<br />
de colaboración para la reducción de<br />
las cargas administrativas que soportan<br />
las empresas–, hemos constatado que,<br />
tristemente, en el ámbito de la gestión de<br />
residuos la carga burocrática es cada vez<br />
mayor”.<br />
“Además, en las últimas normas y<br />
adaptaciones legislativas de importancia<br />
en el ámbito de los residuos no solo<br />
no se reducen esas cargas, sino que se<br />
incrementan exponencialmente”, añade<br />
García-Franco. Tal es el caso del Real<br />
Decreto 110/2015 de RAEE y su extraordinariamente<br />
profuso y complejo archivo<br />
cronológico, así como de la reciente aplicación<br />
del Real Decreto de traslado a los<br />
traslados internos de residuos realizados<br />
dentro de las CCAA.<br />
Estimación de costes<br />
En la misiva que ha remitido FER a Interior,<br />
Medio Ambiente y a las CC. AA., la<br />
patronal del reciclaje adjunta un estudio<br />
propio en el que se analizan los costes<br />
derivados de las cargas burocráticas y<br />
administrativas para las empresas, en relación<br />
a los datos obtenidos en el registro<br />
de obligaciones burocráticas por razón<br />
de normativa ambiental y en cumplimentar<br />
el archivo cronológico (artículo 40 de<br />
la Ley 22/2011).<br />
En cuanto al volumen de operaciones,<br />
una gran parte de las empresas (el 33%)<br />
reporta más de 10.000 apuntes al año,<br />
otro 35% menos de 10.000 operaciones y<br />
destacan algunas que llevan a cabo más<br />
de 100.000 apuntes anuales.<br />
Lógicamente, apunta la directora<br />
general de FER, todas estas cargas<br />
burocráticas “se traducen en un elevado<br />
numero de horas de trabajo por parte del<br />
personal, que supone un elevado coste<br />
para las empresas”.<br />
FER ha estimado que los gastos derivados<br />
de estos trámites suponen para<br />
cada empresa, independientemente de<br />
su volumen de facturación en un sector<br />
formado mayoritariamente por pymes,<br />
unos 20.000 euros anuales. “Es una cifra<br />
que pudiera no parecer desorbitada”,<br />
advierte García-Franco, “pero el trabajo<br />
de las empresas recuperadoras no es el<br />
de reportar datos, sino el de gestionar<br />
adecuadamente los residuos, por lo<br />
que estos gastos suponen una carga<br />
impuesta”.<br />
Soluciones urgentes<br />
La federación, cita la vigente Ley 39/2015<br />
del Procedimiento Administrativo Común<br />
de las Administraciones Públicas y su<br />
artículo 129 “Principios de buena regulación”,<br />
en virtud del cual, por el principio<br />
de proporcionalidad, las iniciativas<br />
que se propongan deberán atender la<br />
necesidad a cubrir tras constatar que no<br />
existen otras medidas menos restrictivas<br />
de derechos, o que impongan menos<br />
obligaciones a los destinatarios y en<br />
aplicación del principio de eficiencia, la<br />
iniciativa normativa debe evitar cargas<br />
administrativas innecesarias o accesorias<br />
y racionalizar, en su aplicación, la gestión<br />
de los recursos públicos.<br />
Además, para evitar esa duplicidad y<br />
carga administrativa innecesaria, señala<br />
la carta enviada por FER, la propia Ley<br />
22/2011, desde hace ya más de cinco<br />
años, en su disposición adicional sexta,<br />
“Control de actividades de gestión de<br />
residuos relevantes para la seguridad<br />
ciudadana”, contempla que realizar un<br />
registro único sería el método idóneo<br />
para satisfacer sus necesidades de información,<br />
sin imponer cargas innecesarias<br />
y desproporcionadas a las empresas:<br />
“1. El Ministerio del Interior y el Ministerio<br />
de Medio Ambiente, y Medio<br />
Rural y Marino determinarán de forma<br />
conjunta mediante orden ministerial,<br />
las actividades de gestión de residuos<br />
que son relevantes para la seguridad<br />
ciudadana, a los efectos previstos<br />
en el artículo 12 de la Ley Orgánica<br />
1/1992, de 21 de febrero, de Protección<br />
de la Seguridad Ciudadana.<br />
2. Reglamentariamente se determinará<br />
la información complementaria<br />
sobre estas actividades que, en su<br />
caso, deberá incluirse en el Registro<br />
de producción y gestión de residuos y<br />
en el Archivo cronológico, establecidos<br />
en los artículos 39 y 40.<br />
La información contenida en el Registro<br />
de producción y gestión, y en los<br />
Archivos cronológicos permanecerá a<br />
disposición de las autoridades competentes<br />
a efectos de inspección y control”.<br />
FER considera imperativa y urgente la<br />
aplicación de esa disposición y se pone a<br />
disposición de ambos ministerios y de las<br />
diferentes CC.AA. para estudiar las vías<br />
por las que se puedan agilizar los trámites<br />
que acaben con las actuales cargas burocráticas<br />
y administrativas.<br />
Por último, Alicia García-Franco denuncia<br />
que frente a esta situación, en la<br />
que las empresas legales que cumplen<br />
con sus obligaciones tiene cada vez más<br />
costes y trabas burocráticas, las empresas<br />
ilegales operan al margen de estos<br />
registros y obligaciones administrativas y<br />
sus costes derivados, “pues quien actúa<br />
sin autorización tampoco se preocupa de<br />
cumplir con ellas y operan en el mercado<br />
de la recuperación ejerciendo una clara<br />
competencia desleal frente a los gestores<br />
autorizados y con grave peligro para el<br />
medio ambiente”.<br />
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