05.10.2017 Views

DI-UTP-DCE-01 REGLAMENTO DE ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO UTP_VERSIÓN 1. 2017

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>ADMISIÓN</strong>, <strong>PERMANENCIA</strong> Y <strong>EGRESO</strong><br />

<strong>DE</strong> ALUMNOS <strong>DE</strong> LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA <strong>DE</strong>L PONIENTE<br />

VIII. Decreto de Creación: el Decreto Número 435 que crea la Universidad Tecnológica del Poniente, publicado<br />

en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, el día 21 de julio del año 2<strong>01</strong>1;<br />

IX. Departamento: el Departamento de Control Escolar de la Universidad Tecnológica del Poniente;<br />

X. Dirección: la Dirección de Carrera de la Universidad Tecnológica del Poniente;<br />

XI. Estadía Profesional: el período de tiempo durante el cual el alumno, de acuerdo a los planes de estudio,<br />

permanece en una empresa o una organización pública o privada, bajo la tutela de uno de sus integrantes;<br />

XII. Equivalencia: el reconocimiento de los estudios realizados por un alumno de alguna institución del Sistema<br />

de Universidades Tecnológicas, para efectos de su ingreso a alguna de las carreras que imparte la Universidad<br />

Tecnológica del Poniente;<br />

XIII. Junta de Gobierno: la Junta de Gobierno de la Universidad Tecnológica del Poniente;<br />

XIV. Rector: el Rector de la Universidad Tecnológica del Poniente;<br />

XV. Reglamento: el Reglamento de Admisión, Permanencia y Egreso de la Universidad Tecnológica del Poniente,<br />

y<br />

XVI. Universidad: la Universidad Tecnológica del Poniente.<br />

Categoría de los alumnos<br />

Artículo 4. Los alumnos de la Universidad tendrán las categorías siguientes:<br />

I. De nuevo ingreso: la persona que ha cumplido con los requisitos de admisión exigidos por este Reglamento y<br />

que se inscribe por primera ocasión en alguna de las carreras que se imparten en la Universidad;<br />

II. De reingreso: la persona que ha interrumpido sus estudios y que, sin existir impedimento legal o administrativo<br />

alguno, se reinscribe en el cuatrimestre correspondiente de la carrera que cursaba en la Universidad, y<br />

III. Reinscrito: la persona que ha cumplido con los requisitos académicos y administrativos del cuatrimestre escolar<br />

inmediato anterior y que se reinscribe al cuatrimestre escolar inmediato siguiente, de conformidad con el plan de<br />

estudios de la carrera correspondiente.<br />

3<br />

<strong>VERSIÓN</strong> <strong>01</strong><br />

La descarga y/o impresión de este documento fuera de la Red de la Universidad es considerada una copia<br />

NO controlada, por lo que es responsabilidad de los usuarios consultar la versión más actualizada.<br />

<strong>DI</strong>-<strong>UTP</strong>-<strong>DCE</strong>-<strong>01</strong>

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!