Estatutos Sindicato de Burocratas
Version 1 Mtro Miguel Angel Ibarra Arenas
Version 1 Mtro Miguel Angel Ibarra Arenas
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
CAPITULO CUARTO De las Convenciones Estatales<br />
ARTICULO 9o.- Las Convenciones Estatales son la máxima autoridad <strong>de</strong>l <strong>Sindicato</strong><br />
y estas se verificarán en los términos que establecen estos <strong>Estatutos</strong>.<br />
ARTICULO 10o.- Las Convenciones Estatales será:<br />
I. Ordinarias<br />
II.<br />
Extraordinarias<br />
ARTICULO l1.- Las Convenciones Ordinarias se verificarán anualmente, durante el<br />
mes <strong>de</strong> marzo, en el lugar que previamente señale el Comité Ejecutivo Estatal en la<br />
Convocatoria respectiva. Las Convenciones Extraordinarias se verificarán cuando<br />
algún asunto <strong>de</strong> importancia lo amerite o a petición <strong>de</strong> una o más Secciones Sindicales,<br />
acatando en todo lo establecido en el Artículo Quince <strong>de</strong> estos <strong>Estatutos</strong>.<br />
ARTICULO 12o.- Las Convenciones Estatales ordinarias y extraordinarias, se<br />
integrarán con siete Delegados propietarios y siete suplentes por cada Sección, y no<br />
podrá ser Delegado ningún miembro <strong>de</strong>l Comité Ejecutivo Estatal.<br />
I. Ante la Convención, el Secretario General Seccional será Delegado<br />
Propietario sin necesidad <strong>de</strong> ser sometido a votación, y encabezará a los<br />
Delegados en su Sección.<br />
ARTICULO 13o.- Los Delegados a las Convenciones Estatales serán electos en las<br />
Asambleas Seccionales, y se acreditarán ante el Comité Ejecutivo Estatal mediante la<br />
copia <strong>de</strong>l acta <strong>de</strong> la Asamblea Seccional que los eligió y expedida por la mesa directiva<br />
<strong>de</strong> la misma, así como las cre<strong>de</strong>nciales respectivas.<br />
10