2018 Reglamento CRAI
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UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS<br />
VICERRECTORÍA ACADÉMICA<br />
REGLAMENTO GENERAL<br />
CENTRO DE RECURSOS PARA EL APRENDIZAJE Y LA INVESTIGACIÓN<br />
<strong>CRAI</strong>-USTA COLOMBIA<br />
REGLAMENTO<br />
Preámbulo<br />
El uso de las tecnologías de la comunicación multiplica las posibilidades de<br />
acceso, clasificación, distribución de la información, jerarquización y<br />
aprovechamiento en la construcción del conocimiento; permite la conexión con<br />
distintos mundos de la realidad de manera diacrónica y sincrónica; demanda la<br />
personalización y autonomía en la gestión de los intereses y contenidos de<br />
aprendizaje; favorece el vínculo interdisciplinar y la reflexión colectiva sobre<br />
problemas, temáticas y procesos curriculares; y facilita la participación de los<br />
actores vinculados a la formación integral.<br />
Si la invención del lenguaje y la escritura transformaron el desarrollo humano y<br />
cultural en grado incomparable, y la imprenta trajo consigo la posibilidad de<br />
acceder a lo universal humano, después de la era industrial, la revolución de la<br />
información y el conocimiento, traen consigo múltiples cambios en la concepción<br />
tradicional de la enseñanza y el aprendizaje. Disponer de los medios adecuados<br />
para hacer uso de la información científicamente relevante, en el tiempo y del<br />
modo en que se requiere, tiene grandes ventajas e impredecibles consecuencias<br />
éticas, si al formar a los nuevos profesionales no se enfatiza en la adquisición de<br />
capacidades y competencias para el uso “trasparente, legal y socialmente<br />
relevante” de la información y del conocimiento.<br />
En la sociedad de la información y el aprendizaje a la biblioteca tradicional le urge<br />
transformarse en centro de apoyo en la construcción del conocimiento, la<br />
docencia, la investigación, la formación continua, la cultura y la responsabilidad<br />
social universitaria. Transformación que se condensa en el concepto de<br />
alfabetización múltiple, orientada al desarrollo de capacidades para la validación,<br />
producción y difusión del conocimiento, de igual manera que a la adquisición de<br />
competencias relacionadas con el acceso, manejo y gestión de la información a<br />
través de las TIC, sobre todo en lo relacionado con la búsqueda experta de la<br />
información pertinente y requerida en la construcción de nuevos saberes, la<br />
investigación y la producción académica de alta calidad. Así, las tecnologías de la<br />
información y la comunicación hacen posible que los gestores de servicios <strong>CRAI</strong><br />
prioricen en el apoyo a la formación y consolidación de capacidades<br />
informacionales, inventivas y de creación de saberes en docentes y estudiantes.<br />
1
El Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación <strong>CRAI</strong>-USTA apoya,<br />
también, la gestión del currículo al propiciar el fortalecimiento de la lectura<br />
comprensiva, diferencial y crítica de los lenguajes disciplinares básicos, así como<br />
la codificación y decodificación de los lenguajes de las áreas especializadas, el<br />
trabajo diacrónico y sincrónico, el acceso a la consultoría de expertos, y la<br />
producción de conocimiento por medio de comunidades de aprendizaje en red.<br />
El énfasis en el aprendizaje, contextuado, dialógico, crítico y comprensivo, más<br />
que en la enseñanza, en el aprovechamiento de las TIC, modifica de manera<br />
notoria y permanente los roles, perfiles y funciones de los profesionales al servicio<br />
de los <strong>CRAI</strong>. De igual manera, transforma las relaciones que se establecen entre<br />
los gestores de servicios y los usuarios, los tiempos y espacios de atención, pues<br />
así se multiplican y modifican los canales de acceso a la información. De esta<br />
manera se logra aglutinar diversos sistemas de información y los pone a<br />
disposición de los usuarios por medios digitales.<br />
Concebir los servicios de “biblioteca” de acuerdo con las exigencias, estructura y<br />
procesos organizacionales del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
investigación <strong>CRAI</strong>-USTA, requiere equiparse de los medios y poner en marcha<br />
las mediaciones para afianzar el trabajo colaborativo, la comunicación científica, la<br />
implementación de nuevos modelos de aprendizaje, el aprovechamiento óptimo<br />
del tiempo, y el acceso permanente a las fuentes de información. Así se contribuye<br />
al aprendizaje flexible, a la personalización de los servicios, y a la optimización de<br />
los espacios, los tiempos y el potencial humano especializado.<br />
En cuanto a integrar y gestionar recursos de apoyo para el desarrollo de las<br />
funciones sustantivas de la universidad, los <strong>CRAI</strong> se conciben como ejes de<br />
convergencia, optimización y gerencia de dichos recursos de apoyo, dado que se<br />
modifican y responden a las nuevas concepciones pedagógicas y curriculares, de<br />
enseñanza, investigación, y aprendizaje propios de la educación superior.<br />
Por todo lo anterior, los espacios del <strong>CRAI</strong> son funcionales, adaptables a las<br />
necesidades de los usuarios, estimulantes del aprendizaje, amigables en la oferta<br />
de servicios y adecuados a las tecnologías. La aglutinación de estos beneficios en<br />
un mismo lugar supone el análisis permanente de la relación costo-beneficio de<br />
los servicios que ofrece, el fortalecimiento de las estrategias institucionales de<br />
mejoramiento permanente y la formación para asumir pedagogías mediadas por<br />
TIC.<br />
En cuanto a la promoción del diálogo social y la protección del patrimonio<br />
multicultural, se tiene en cuenta que el estado social de derecho reconoce la<br />
existencia de múltiples “nacionalidades”, lenguas, culturas y dialectos que se<br />
solapan y migran interna y externamente, originando identidades complejas que<br />
necesitan coexistir en forma pacífica y ser protegidas por ser patrimonio de la<br />
humanidad. En consecuencia, desde el <strong>CRAI</strong> se promueve el compromiso con los<br />
principios de diversidad cultural y acceso equitativo al conocimiento.<br />
2
CONTENIDO<br />
ESTATUTO ORGÁNICO .............................................................................................. 5<br />
TÍTULO PRIMERO: DEL NOMBRE Y SU NATURALEZA ....................................... 5<br />
TÍTULO SEGUNDO: DE LA MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVOS, FUNCIONES Y<br />
DIRECTRICES .............................................................................................................. 6<br />
CAPÍTULO I: DE LA MISIÓN ................................................................................... 6<br />
CAPÍTULO II: DE LA VISIÓN .................................................................................. 6<br />
CAPÍTULO III: DE LOS OBJETIVOS ...................................................................... 6<br />
CAPÍTULO IV: DE LAS DIRECTRICES .................................................................. 8<br />
TITULO TERCERO: DEL GOBIERNO ....................................................................... 8<br />
CAPÍTULO I: SECCIONALES Y SEDES ................................................................ 8<br />
CAPÍTULO II: ESTRUCTURA ORGÁNICA .......................................................... 10<br />
CAPÍTULO VII: DE LAS AUTORIDADES GENERALES .................................... 11<br />
CAPÍTULO VIII: PERFILES Y FUNCIONES ......................................................... 13<br />
TÍTULO CUARTO: SERVICIOS Y RECURSOS ...................................................... 15<br />
CAPITULO IX: SERVICIOS .................................................................................... 15<br />
CAPÍTULO X: RECURSOS ELECTRÓNICOS Y HERRAMIENTAS<br />
TECNOLÓGICAS .................................................................................................... 17<br />
TÍTULO QUINTO: COLECCIONES .......................................................................... 18<br />
CAPÍTULO XI: COLECCIÓN GENERAL .............................................................. 18<br />
CAPÍTULO XII: COLECCIÓN DE REFERENCIA ................................................. 18<br />
CAPÍTULO XIII: COLECCIÓN DE HEMEROTECA ............................................. 19<br />
CAPÍTULO XIV: COLECCIÓN DE AUDIOVISUALES ......................................... 19<br />
CAPÍTULO XV: COLECCIÓN DE TESIS Y TRABAJOS DE GRADO ............... 20<br />
CAPÍTULO XVI: COLECCIÓN INSTITUCIONAL ................................................. 20<br />
TÍTULO SEXTO: USUARIOS .................................................................................... 20<br />
CAPÍTULO XVII: GENERALIDADES .................................................................... 20<br />
CAPÍTULO XVIII: DERECHOS DEL USUARIO ................................................... 21<br />
CAPÍTULO IXX: DEBERES DE LOS USUARIOS ............................................. 22<br />
3
CAPÍTULO XX: SANCIONES ................................................................................ 23<br />
CAPÍTULO XXI: MULTAS ...................................................................................... 24<br />
CAPÍTULO XXII: REPOSICIONES ........................................................................ 24<br />
CAPÍTULO XXIII: COBRO POR PROCESAMIENTO TÉCNICO ........................ 25<br />
TÍTULO SEPTIMO: DISPOSICIONES FINALES ..................................................... 25<br />
CAPÍTULO XXIV: .................................................................................................... 25<br />
4
ESTATUTO ORGÁNICO<br />
A partir del acuerdo No. 14 del 29 de septiembre de 2016, el Consejo Superior de<br />
la Universidad Santo Tomás en el ejercicio de las atribuciones que le confieren los<br />
numerales 7 y 16 del artículo 19 del Estatuto Orgánico y considerando que el<br />
Consejo Académico General en sesión celebrada el 28 de julio de 2016, dio su<br />
aval del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación –<strong>CRAI</strong>- de la<br />
Universidad Santo Tomás.<br />
Artículo 1<br />
TÍTULO PRIMERO: DEL NOMBRE Y SU NATURALEZA<br />
Oficialmente podrá utilizarse Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación, en forma abreviada, la sigla <strong>CRAI</strong>-USTA.<br />
Artículo 2<br />
Las Unidades de Información de la Universidad Santo Tomás se convierten en el<br />
Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación <strong>CRAI</strong>-USTA que apoya<br />
las funciones sustantivas de la Universidad y permite generar usuarios autónomos<br />
con habilidades y competencias informacionales, integrados en los procesos de<br />
aprendizaje para la vida.<br />
Artículo 3<br />
El Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación <strong>CRAI</strong>-USTA, está<br />
conformado por las unidades de información de las sedes y seccionales de la<br />
Universidad Santo Tomás en Colombia, bibliotecas conventuales y las colecciones<br />
bibliográficas de los Centros de Atención Universitaria (CAU).<br />
Artículo 4<br />
El Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación <strong>CRAI</strong>-USTA estará<br />
siempre orientado y dirigido a satisfacer la gestión del conocimiento, apoyando los<br />
procesos académicos e investigativos, utilizando las herramientas de Tecnologías<br />
de Información y Comunicación (TIC), alfabetización digital e informacional y<br />
generar hábitos de lectura que estimulen el aprendizaje, la sociabilidad y la<br />
cultura.<br />
5
TÍTULO SEGUNDO: DE LA MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVOS, FUNCIONES Y<br />
DIRECTRICES<br />
CAPÍTULO I: DE LA MISIÓN<br />
Artículo 5<br />
El Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la Universidad<br />
Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA y sus unidades de información, promueven una<br />
formación humana integral, brindando apoyo a la gestión de conocimiento de los<br />
miembros de la comunidad educativa tomasina a través de recursos de<br />
información actualizados, suficientes y pertinentes, soportados en una amplia<br />
oferta de servicios acorde a las necesidades la comunidad; promoviendo el uso<br />
adecuado de las Tecnologías de Información y Comunicación; desarrollando<br />
actividades de gestión cultural que produzcan hábitos y mejorando los procesos<br />
de investigación, docencia y proyección social que permitan generar procesos de<br />
aprendizaje para toda la vida.<br />
CAPÍTULO II: DE LA VISIÓN<br />
Artículo 6<br />
El Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la Universidad<br />
Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA se consolidará en el 2027 como un modelo de<br />
innovación en gestión y administración de los recursos de información y cultura,<br />
generando continuamente procesos articulados de formación con investigación,<br />
docencia, proyección social, aportando a los miembros de la comunidad tomasina<br />
el desarrollo del conocimiento, siendo reconocida a nivel nacional por su sólida<br />
infraestructura, sus procesos tecnológicos y de formación, así como por la calidad<br />
en sus servicios.<br />
CAPÍTULO III: DE LOS OBJETIVOS<br />
Artículo 7<br />
Son objetivos del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la<br />
Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA:<br />
6
OBJETIVO GENERAL<br />
Establecer condiciones de articulación, direccionamiento y desarrollo del sistema<br />
de bibliotecas multicampus de la Universidad Santo Tomás, como fortalecimiento<br />
del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación <strong>CRAI</strong>-USTA, en los<br />
que se viene conformando, para potenciar la gestión de la información y el<br />
posicionamiento del conocimiento de su comunidad académica.<br />
OBJETIVOS ESPECÍFICOS<br />
Proveer y promover el acceso y el uso de los recursos de información<br />
necesarios para el desarrollo de las actividades académicas, investigativas<br />
y culturales de la comunidad.<br />
Establecer alianzas estratégicas con entidades y gobiernos, para brindar<br />
asesoría y financiamiento a la digitalización tecnológica de centros<br />
documentales educativos.<br />
Fortalecer el trabajo en red entre sedes y seccionales, avanzar en la<br />
colaboración, la cooperación y la distribución de responsabilidades según<br />
estándares internacionales con metas a corto, mediano y largo plazo que<br />
apunten a la consolidación del referente paramétrico propio, evitar la<br />
duplicación del trabajo, y contar con pautas de seguimiento y evaluación de<br />
metas comunes.<br />
Favorecer la inter-operatividad entre las sedes y las seccionales <strong>CRAI</strong>-<br />
USTA, y de estas con las bibliotecas conventuales, institutos, fondos<br />
documentales y centros de investigación para adelantar proyectos<br />
cooperativos.<br />
Transferir conocimientos y buenas prácticas del <strong>CRAI</strong>-USTA que<br />
fortalezcan las actividades propias de la gestión bibliotecaria, los procesos<br />
de innovación y de gestión cultural.<br />
Diseñar estrategias de adquisición y afianzamiento de competencias<br />
informacionales relacionadas con el acceso efectivo a la información, su<br />
evaluación crítica y uso ético y legal, mediante actividades articuladas con<br />
el currículo de formación integral.<br />
Ofrecer a los usuarios internos y externos del <strong>CRAI</strong>-USTA información,<br />
asesoría, consultoría y formación basados en la aplicación de herramientas<br />
y métodos de cienciometría, bibliometría y vigilancia tecnológica.<br />
Propiciar escenarios de interacción, integración y reconocimiento de la<br />
diversidad cultural y la sostenibilidad ambiental, a través del trabajo con<br />
equipos académicos, personas, grupos, centros y facultades, mediante<br />
estrategias de formación, sensibilización, difusión que respondan a la<br />
demanda social y cultural de la comunidad académica y la realidad<br />
nacional.<br />
Ampliar, proteger y divulgar el acervo bibliográfico y documental del <strong>CRAI</strong>-<br />
7
USTA de acuerdo con estándares internacionales de procesos técnicos de<br />
catalogación, normas de procedimientos, digitalización, acceso abierto,<br />
divulgación, preservación y conservación de la colección bibliográfica y<br />
documental.<br />
Fijar los criterios de reconocimiento, recuperación, catalogación,<br />
salvaguarda y acceso al patrimonio bibliográfico y documental institucional,<br />
textos, módulos, cartillas, informes de acreditación, revistas, tesis,<br />
prospectos de congresos, conferencias, entre otros.<br />
CAPÍTULO IV: DE LAS DIRECTRICES<br />
Artículo 8<br />
Son directrices del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la<br />
Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA:<br />
Gobernabilidad: Unidades de información articuladas por un plan estratégico<br />
nacional con programas y proyectos conjuntos.<br />
Proyecto educativo: Recursos bibliográficos físicos y electrónicos con<br />
información pertinente y relevante para el desarrollo de servicios de formación que<br />
fomenten el aprendizaje autónomo.<br />
Investigación y proyección social: Programas y proyectos de formación<br />
informacional orientados al desarrollo de las regiones y el país.<br />
Enriquecimiento regional y estándares: Participación en redes y aplicación de<br />
estándares que aporten a la gestión de conocimiento.<br />
Transformación social: Estrategias que incentiven apropiación de la cultura y<br />
conocimiento desde diferentes expresiones y manifestaciones.<br />
Capacidad y gestión institucional: Recursos, infraestructura y cualificación del<br />
talento humano para el logro de los objetivos misionales.<br />
TÍTULO TERCERO: DEL GOBIERNO<br />
CAPÍTULO I: SECCIONALES Y SEDES<br />
Artículo 1<br />
8
El Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la Universidad<br />
Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA, está conformado por unidades de información<br />
académicas encargadas de la gestión de los recursos y servicios que apoyan los<br />
procesos de aprendizaje, docencia, investigación y proyección social, suscritas a<br />
los Sistemas de Información de la Educación Superior en el país.<br />
El <strong>CRAI</strong>-USTA, está articulado por los recursos, servicios, estrategias y programas<br />
que apoyan el fortalecimiento y consolidación de la comunidad académica a nivel<br />
nacional y promueven la interrelación entre las sedes y seccionales de la<br />
Universidad, con el sistema de unidades de información de la siguiente manera:<br />
Bogotá<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Sede Central - Fray Luis J. Torres., O.P.<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Sede Aquinate - Fray José de Jesús Farías Páez., O.P.<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Sede Dr. Angélico - Fray Bartolomé de las Casas, O.P.<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Sede Campus - Giordano Bruno<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Convento Santo Domingo<br />
Bucaramanga<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Campus Bucaramanga<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Campus Floridablanca<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Campus Piedecuesta<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Convento Cristo Rey<br />
Medellín<br />
Tunja<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Santo Domingo de Guzmán<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA - Fray Francisco Mora Díaz, O. P.<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA - Fray Ignacio Mariño, O.P.<br />
Villavicencio<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Aguas Claras<br />
• <strong>CRAI</strong>-USTA Loma Linda<br />
VUAD<br />
A nivel nacional se llevan a cabo los procesos que permiten integrar las<br />
colecciones correspondientes a 18 CAU de las siguientes ciudades: Arauca,<br />
Armenia, Barrancabermeja, Barranquilla, Cali, Chiquinquirá, Cúcuta, Duitama,<br />
Facatativá, Ibagué, Manizales, Montería, Neiva, Ocaña, Pasto, Sincelejo,<br />
Valledupar y Yopal.<br />
9
CAPÍTULO II: ESTRUCTURA ORGÁNICA<br />
Artículo 10<br />
El presente <strong>Reglamento</strong> se constituye en la autoridad normativa del Centro de<br />
Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la Universidad Santo Tomás<br />
<strong>CRAI</strong>-USTA. La estructura orgánica del Centro de Recursos para el Aprendizaje,<br />
la Investigación y la Docencia, se definió en dos instancias, una nacional y otra por<br />
sede y seccional, a saber:<br />
<strong>CRAI</strong>-USTA COLOMBIA<br />
Consejo<br />
Superior<br />
Rectoría<br />
General<br />
Vicerrectoría<br />
Académica<br />
General<br />
Consejo<br />
Nacional <strong>CRAI</strong><br />
Mesa Nacional<br />
de Bibliotecas<br />
USTA-Colombia<br />
Comité Técnico<br />
del <strong>CRAI</strong><br />
Sedes,<br />
seccionales,<br />
VUAD<br />
Desarrollo de<br />
Colecciones<br />
Servicios<br />
Formación de<br />
Usuarios<br />
Desarrollo<br />
Cultural<br />
Bibliometría<br />
Desarrollo<br />
Tecnológico<br />
Prospectiva,<br />
innovación y<br />
Vigilancia<br />
Tecnológica<br />
10
<strong>CRAI</strong>-USTA sede/seccional<br />
Consejo<br />
Directivo<br />
Rectoría<br />
Vicerrectoría<br />
Académica<br />
Dirección <strong>CRAI</strong><br />
Comité del<br />
<strong>CRAI</strong><br />
Dirección<br />
Técnica del<br />
<strong>CRAI</strong><br />
Secretaria<br />
Desarrollo de<br />
Colecciones<br />
Servicios<br />
Formación de<br />
Usuarios<br />
Desarrollo<br />
Cultural<br />
Bibliometría<br />
Desarrollo<br />
Tecnológico<br />
Prospectiva,<br />
innovación y<br />
Vigilancia<br />
Tecnológica<br />
CAPÍTULO VII: DE LAS AUTORIDADES GENERALES<br />
Artículo 11<br />
La Dirección Nacional del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA está bajo la dirección<br />
del Consejo Nacional del <strong>CRAI</strong> y precedida por la Mesa Nacional y el Comité<br />
técnico de sedes y seccionales.<br />
Artículo 12<br />
El Consejo Nacional del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación<br />
de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA: está conformado por el Vicerrector<br />
Académico General, los Vicerrectores Académicos, el Vicerrector General de la<br />
VUAD, los decanos de división de las sedes, los directores generales del <strong>CRAI</strong> y<br />
un representante de los directores técnicos, elegido por sus pares y que hará las<br />
veces de secretario.<br />
11
Parágrafo<br />
Son funciones del Comité Nacional del Centro de Recursos para el Aprendizaje y<br />
la Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA:<br />
• Establecer los lineamientos y directrices generales establecidas en la<br />
conformación del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación<br />
<strong>CRAI</strong>-USTA.<br />
• Estructurar planes estratégicos de desarrollo.<br />
• Presentar y sustentar el presupuesto asignado para cada sede y seccional.<br />
• Propone el estándar paramétrico de evaluación, cualificación y certificación.<br />
Artículo 13<br />
La Mesa Nacional del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación<br />
de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA está conformada por los directores<br />
técnicos del <strong>CRAI</strong>, los gestores de servicios y por personal experto, cuando sea<br />
necesario. Es convocada por el Vicerrector Académico General a petición de<br />
alguno de los que lo conforman.<br />
Parágrafo<br />
Son funciones de la Mesa Nacional del Centro de Recursos para el Aprendizaje y<br />
la Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA, según el acuerdo 01<br />
del 19 de enero del 2017:<br />
• Debatir propuestas que contribuyen alternativas de solución a problemas o<br />
necesidades del <strong>CRAI</strong>-USTA.<br />
• Evaluar procesos y hacer seguimientos mediante indicadores a los servicios<br />
que presta el <strong>CRAI</strong>-USTA<br />
• Elaborar propuestas para presentar a las instancias superiores<br />
• Fortalecer los servicios y recursos del <strong>CRAI</strong>-USTA, diseñando programas que<br />
potencialicen la gestión de la información y el posicionamiento del<br />
conocimiento de su comunidad.<br />
• Estandarizar lineamientos que permitan establecer directrices unificadas sobre<br />
temas de acceso abierto, derechos de autor, adquisiciones, catalogación y<br />
sistema de gestión de calidad, etc.<br />
• Realizar dos reuniones presenciales al año y reuniones quincenales virtuales<br />
de seguimiento a los planteamientos o proyectos aprobados nacionalmente,<br />
entre otros temas.<br />
12
• Realizar un trabajo constante en marco del Sistema de Gestión de la Calidad,<br />
revisando, optimizando y generando acciones de mejora frente a sus procesos<br />
y procedimientos.<br />
• Elaborar y ejecutar un Plan de Desarrollo Maestro <strong>CRAI</strong>-USTA que permita el<br />
desarrollo de programas en cada sede y seccional.<br />
• Implementar programas de Formación de Usuarios en Alfabetización<br />
Informacional para la comunidad tomasina que incluya el personal<br />
administrativo.<br />
Artículo 14<br />
El Comité Técnico del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación<br />
de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA está conformado por los<br />
profesionales expertos que apoyan los procesos del <strong>CRAI</strong>.<br />
Parágrafo<br />
El Comité técnico del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de<br />
la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA funciona como organismo de consulta y<br />
asesoría, donde desarrollara un plan de trabajo el cual será expuesto por un<br />
representante en la Mesa Nacional. Para cada uno de los servicios, se conforma el<br />
comité técnico respectivo, liderado por un director de sede y seccional.<br />
CAPÍTULO VIII: PERFILES Y FUNCIONES<br />
Artículo 15<br />
Para ser Director Técnico del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA se requiere ser<br />
profesional en Ciencia de la Información y Bibliotecología con posgrado en áreas<br />
administrativas, gestión y/o áreas afines. Conocimiento en manejo de tecnologías<br />
de la información y la comunicación, gestión del conocimiento, gestión de la<br />
información, investigación, docencia universitaria y diseño e implementación de<br />
servicios que apoyen la innovación en procesos de aprendizaje. Experiencia<br />
mínima de tres años en cargos directivos en bibliotecas universitarias.<br />
Parágrafo<br />
Son funciones del Director Técnico del Centro de Recursos para el Aprendizaje y<br />
la Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA:<br />
13
• Responder por la organización, ejecución y funcionamiento de los procesos<br />
llevados a cabo por Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación<br />
de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA.<br />
• Gestionar, articular, coordinar y liderar planes, proyectos y políticas trabajados<br />
por el Comité <strong>CRAI</strong>-USTA cumpliendo con las metas y objetivos trazados.<br />
• Gestionar y mantener colecciones bibliográficas en distintos soportes y hacer<br />
disponibles estos recursos.<br />
• Diseñar, promover y optimizar programas de uso, servicios y recursos<br />
electrónicos<br />
• Coordinar y evaluar la adquisición de material bibliográfico, material multimedia<br />
y bases de datos.<br />
• Proponer y dirigir proyectos a través de la transferencia de buenas prácticas<br />
en el <strong>CRAI</strong>-USTA<br />
• Promover y apoyar programas de alfabetización informacional - ALFIN<br />
• Establecer redes de colaboración interna y con otras instituciones del estado e<br />
internacionales.<br />
• Promover el trabajo cooperativo con otras instituciones, respondiendo a sus<br />
requerimientos.<br />
• Elaborar proyectos anuales con plan presupuestal.<br />
• Coordinar y liderar al equipo profesional para asegurar el cumplimiento de las<br />
estrategias institucionales.<br />
• Dirigir, gestionar y articular la aplicación de estrategias y procedimientos en<br />
materias de gestión presupuestaria, talento humano, planificación y control.<br />
• Presentar los informes requeridos por las diferentes instancias de la<br />
Universidad.<br />
• Asistir a los diferentes Comités convocados para optimizar el buen<br />
funcionamiento.<br />
• Participar en las reuniones de la Mesa Nacional del <strong>CRAI</strong>-USTA<br />
• Fortalecer y mejorar la eficiencia de la gestión administrativa.<br />
• Velar por el buen funcionamiento y la calidad del servicio brindado a los<br />
usuarios.<br />
• Participar en los procesos de selección del personal y evaluar su desempeño<br />
Artículo 16<br />
Para ser profesional experto del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA, se requiere ser<br />
profesional, que sea un facilitador del aprendizaje, con pensamiento crítico, que<br />
propicie las actividades colaborativas y tenga conocimiento en alfabetización<br />
informacional, gestión de información, manejo de aulas virtuales, búsqueda de<br />
trabajo, salas de estudio y desarrollo de contenidos digitales.<br />
Parágrafo<br />
14
Son funciones del profesional experto del Centro de Recursos para el Aprendizaje<br />
y la Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA, dependiendo del<br />
área de desempeño:<br />
• Ejecutar y garantizar los proyectos en servicios basados en las directrices<br />
del <strong>CRAI</strong>-USTA.<br />
• Liderar y ejecutar programas de uso de servicios y recursos electrónicos.<br />
• Elaborar y unificar informes anuales correspondientes a la gestión del <strong>CRAI</strong>-<br />
USTA<br />
• Generar informes estadísticos solicitados por la Dirección<br />
• Planificar proyectos a desarrollar por el <strong>CRAI</strong> de sedes y seccionales.<br />
• Crear competencias en el manejo de la información<br />
• Planear y desarrollar contenidos digitales para generar programas de<br />
aprendizaje virtuales.<br />
• Definir la política de desarrollo de las colecciones: política de selección,<br />
adquisición, mantenimiento, eliminación y conservación de material<br />
bibliográfico, acorde a las metas y objetivos.<br />
• Realizar los manuales de procedimiento del <strong>CRAI</strong>-USTA en el marco del<br />
Sistema de Gestión de la Calidad.<br />
• Planificar la gestión de colecciones con calidad y bajo instrumentos medibles.<br />
• Dirigir la gestión de las adquisiciones (plan anual, gestión de intercambios,<br />
donaciones, canje, control de suscripciones y reclamaciones).<br />
• Elaborar lineamientos de selección de proveedores, gestionando y controlando<br />
el presupuesto destinado a la adquisición y mantenimiento de colecciones.<br />
• Realizar estudio de los programas académicos, estudios de usuarios, uso de<br />
los recursos, consumo de información, características y usos de la colección<br />
bibliográfica en la Universidad.<br />
• Desarrollar encuestas y métodos bibliométricos que identifique las necesidades<br />
informativas del usuario.<br />
• Establecer una política de catalogación basada en las normas actuales de<br />
análisis de información.<br />
• Supervisar los procesos de evaluación de la calidad y pertinencia de la<br />
colección.<br />
• Elaborar lineamientos de conservación y preservación de colecciones.<br />
CAPITULO IX: SERVICIOS<br />
TÍTULO CUARTO: SERVICIOS Y RECURSOS<br />
Artículo 17<br />
15
Son servicios del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la<br />
Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA:<br />
Servicio de información global y acogida de la universidad: responde a la<br />
atención integral, específica y de orientación que debe recibir el estudiante durante<br />
su permanecía en la universidad. Este servicio orientara al usuario acerca de los<br />
procesos, procedimientos de la Universidad en general.<br />
Servicio de biblioteca: acceso a la información mediante las colecciones<br />
bibliográficas y recursos electrónicos que brinda el Centro de Recursos para el<br />
Aprendizaje y la Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA<br />
acogiendo a profesores, estudiantes e investigadores según su categorización y<br />
necesidad.<br />
Se clasifican de la siguiente manera:<br />
• Servicios básicos para el aprendizaje (profesores y estudiantes)<br />
• Servicios bibliotecarios para la investigación<br />
• Servicios bibliotecarios digitales<br />
Servicios a los usuarios:<br />
Servicio de laboratorio de idiomas: apoyo al aprendizaje de inglés y otros idiomas<br />
soportados en forma presencial o virtual a estudiantes, docentes, investigadores y grupos.<br />
Bilingüismo con entornos de idiomas y plan lector impartidos en formación y asesoramiento<br />
para los usuarios.<br />
Servicio de búsqueda activa de empleo: Formación de usuarios en técnicas y estrategias<br />
de búsqueda de empleo, orientación profesional, elaboración de currículum vitae y todo lo<br />
referente a los procesos de selección de personal.<br />
Servicio de salas de estudio y aulas de reserva: facilitar a estudiantes, docentes, grupos<br />
de investigación y administrativos salas de estudio adecuadas a sus necesidades y con<br />
horarios que cubran su necesidad de consulta.<br />
Servicio de soporte a la formación del profesor: formación a los docentes en<br />
metodologías didácticas, técnicas y estrategias pedagógicas, soportadas en herramientas<br />
tecnológicas que dinamicen el trabajo en las aulas, identifique procesos de formación y<br />
transforme conocimiento.<br />
Servicio de creación y elaboración de materiales docentes y multimedia: este servicio<br />
permitirá a los docentes desarrollar competencias en herramientas informáticas que le<br />
permitan crear contenidos en entornos virtuales a través de plataformas en línea para el<br />
uso en aulas.<br />
16
Servicio de presentaciones y debates: mediante este servicio un moderador expondrá un<br />
tema de debate acordado, promoviendo y creando la participación de estudiantes,<br />
docentes, administrativos e investigadores, permitiendo así argumentar de forma crítica a<br />
los participantes.<br />
Préstamo externo: uso y consulta del material bibliográfico fuera de las instalaciones del<br />
<strong>CRAI</strong>.<br />
Préstamo interbibliotecario USTA: disponer del material bibliográfico que conservado en<br />
las colecciones de la Universidad en cada una de las sedes y seccionales. Para usuarios<br />
externos se permitirá hacer uso de las colecciones que se tiene de acuerdo a los<br />
reglamentos y políticas de cada una de las sedes y seccionales más no de las bases de<br />
datos o recursos electrónicos.<br />
Servicios Culturales: La Universidad Santo Tomás tiene como misión la formación integral<br />
humanista y bajo esta premisa el <strong>CRAI</strong> USTA quiere contribuir a la comunidad tomasina<br />
mediante actividades que promuevan expresiones artísticas que giren en torno al libro, la<br />
lectura y la construcción de hábitos lectores en la comunidad académica.<br />
Otros servicios: servicio de publicaciones y ediciones<br />
Parágrafo<br />
Para servicios propios de cada sede, revisar la respectiva Carta de Servicios del<br />
Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la Universidad Santo<br />
Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA<br />
CAPÍTULO X: RECURSOS ELECTRÓNICOS Y HERRAMIENTAS<br />
TECNOLÓGICAS<br />
Artículo 18<br />
Los recursos electrónicos y las herramientas tecnológicas que presta el Centro de<br />
Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la Universidad Santo Tomás<br />
<strong>CRAI</strong>-USTA son:<br />
Recursos electrónicos<br />
1. Bases de datos: Mediante estos recursos la comunidad tomasina puede<br />
consultar información a través de datos almacenados en una computadora<br />
o servidor para su fácil acceso y recuperación. (IFLA).<br />
17
2. Libros electrónicos: versión digital de los documentos en formato libro.<br />
3. Revistas electrónicas: versión digital de publicaciones seriadas.<br />
Herramientas tecnológicas<br />
1. Sistema de gestión bibliográfico: permite la administración de la<br />
información bibliográfica, transacciones y datos personales de los usuarios.<br />
2. Portal de Revistas Institucionales: Permite el acceso libre en texto<br />
completo de los artículos de las revistas institucionales.<br />
3. Repositorio Institucional: Permite el acceso abierto en texto completo de<br />
la producción científica, académica e intelectual de la Comunidad<br />
Tomasina.<br />
4. Catálogo en línea: Mediante estos recursos la comunidad tomasina y<br />
usuarios externos podrán realizar búsqueda y recuperación de información<br />
del material bibliográfico disponible por el Centro de Recursos para el<br />
Aprendizaje y la Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA.<br />
Parágrafo<br />
Los usuarios podrán acceder a los recursos electrónicos, dentro y fuera del<br />
campus universitario, identificándose con el correo y contraseña institucional.<br />
TÍTULO QUINTO: COLECCIONES<br />
CAPÍTULO XI: COLECCIÓN GENERAL<br />
Obras monográficas básicas y especializadas cuyo contenido responde a las<br />
necesidades de información de los programas académicos y de investigación de la<br />
Universidad.<br />
Artículo 19<br />
La colección general del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación<br />
de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA está compuesta por los libros que<br />
tienen un tiempo mayor de préstamo externo.<br />
CAPÍTULO XII: COLECCIÓN DE REFERENCIA<br />
18
Fuentes de información de consulta rápida y puntual como enciclopedias,<br />
diccionarios, anuarios, directorios y atlas.<br />
Artículo 20<br />
La colección de referencia del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA está compuesta por los<br />
catálogos, boletines informativos, bibliografías, guías de lectura de la biblioteca,<br />
Enciclopedias, diccionarios, anuarios, atlas, mapas, biografías, diccionarios<br />
(glosarios, terminologías, tesauros, tesauros, vocabularios), directorios,<br />
enciclopedias, estadísticas, manuales (handbooks, libros de texto y tratados),<br />
memorias (no biográficas), normas, patentes, bibliografías, boletines de sumarios,<br />
boletines de índices, boletines de resúmenes.<br />
CAPÍTULO XIII: COLECCIÓN DE HEMEROTECA<br />
Revistas y periódicos especializados y de interés general en soportes de papel y<br />
electrónico.<br />
Artículo 21<br />
La colección de hemeroteca del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA está compuesta por las<br />
publicaciones seriadas, periódicos, anuarios, memorias e informes. Esta colección<br />
se encuentra disponible en formato físico y electrónico.<br />
CAPÍTULO XIV: COLECCIÓN DE AUDIOVISUALES<br />
Material multimedia en áreas de interés general, este se representa en mapas,<br />
DVD, CD-ROM, etc.<br />
Artículo 22<br />
La colección Multimedia del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA está compuesta por<br />
material en formato CD´s , DVD’s y BluRay y que da soporte tanto a los programas<br />
académicos como a las actividades culturales que se realizan en el <strong>CRAI</strong>-USTA<br />
19
CAPÍTULO XV: COLECCIÓN DE TESIS Y TRABAJOS DE GRADO<br />
Material disponible en soporte papel, microfichas y archivos electrónicos,<br />
entregados a la biblioteca.<br />
Artículo 23<br />
La colección trabajos de grado y/o tesis del Centro de Recursos para el<br />
Aprendizaje y la Investigación <strong>CRAI</strong>-USTA está compuesta por los trabajos de<br />
grado y/o tesis presentados como requisito de grado de los estudiantes de los<br />
programas académicos del nivel Pregrado y Posgrado.<br />
CAPÍTULO XVI: COLECCIÓN INSTITUCIONAL<br />
Artículo 24<br />
La colección institucional del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación <strong>CRAI</strong>-USTA está compuesta por la producción editorial de la<br />
Universidad con contenidos académicos, científicos e investigativos, en su<br />
manifestación impresa de libros y publicaciones seriadas.<br />
Parágrafo<br />
Para conocer el uso y tiempos de préstamo de cada colección revisar la «Carta de<br />
Servicios del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la<br />
Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA» de cada regional.<br />
TÍTULO SEXTO: USUARIOS<br />
CAPÍTULO XVII: GENERALIDADES<br />
Artículo 25<br />
Son usuarios internos del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA los estudiantes de<br />
20
pregrados, posgrados, investigadores, egresados, administrativos, docentes,<br />
tutores, egresados afiliados a ProUsta y frailes Dominicos en Colombia.<br />
Parágrafo<br />
Los usuarios internos del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA para utilizar los<br />
servicios y recursos deben identificarse con su respectivo carné institucional.<br />
Artículo 26<br />
Son usuarios externos del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA aquellos que aunque no<br />
pertenecen a la Universidad Santo Tomás pueden acceder al servicio por medio<br />
de los convenios que se tiene entre institución.<br />
Parágrafo<br />
Los usuarios externos del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA para utilizar los<br />
servicios y recursos deben identificarse con el carnet de la institución, carta de<br />
presentación de la institución y documento de identificación.<br />
CAPÍTULO XVIII: DERECHOS DEL USUARIO<br />
Artículo 27<br />
Son derechos de los usuarios internos y externos del Centro de Recursos para el<br />
Aprendizaje y la Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA<br />
• Recibir asistencia y orientación por parte del personal administrativo.<br />
• Disponer de los servicios bibliotecarios y acceder a los recursos de apoyo<br />
suscritos.<br />
• Disponer de un portafolio de servicios actualizado, acorde y de calidad<br />
• Solicitar el servicio de préstamo interbibliotecario o carta de presentación,<br />
cuando así lo requiera.<br />
• Ser atendido de manera respetuosa por parte del personal bibliotecario.<br />
• Recibir asesoramiento en el uso y políticas de la colección.<br />
• Recibir información, asesoría y formación de los servicios del <strong>CRAI</strong>.<br />
• Disponer de instalaciones idóneas para la consulta del material.<br />
• Participar en las actividades programas sin exclusión alguna<br />
21
• Garantizar el acceso de los servicios.<br />
• Recibir oportunamente una respuesta y solución por parte del <strong>CRAI</strong> cuando<br />
se instaure quejas y reclamos, sugerencias, acceso a bases de datos,<br />
solicitud de material bibliográfico, solicitud de capacitaciones, felicitaciones<br />
• Brindar alternativas de condonación cuando se presente un inconveniente<br />
con las sanciones puestas por material bibliográfico, durante el periodo<br />
académico vigente.<br />
• Solicitar paz y salvo<br />
CAPÍTULO IXX: DEBERES DE LOS USUARIOS<br />
Artículo 28<br />
Son deberes de los usuarios internos y externos del Centro de Recursos para el<br />
Aprendizaje y la Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA<br />
• Aceptar y cumplir responsablemente el reglamento y las normas<br />
vigentes establecidas por las directivas.<br />
• Presentar el carné que lo identifica como miembro de la Universidad Santo<br />
Tomás o la carta de presentación de la institución con la que se tiene el<br />
convenio.<br />
• Evitar suplantar algún miembro de la comunidad tomasina.<br />
• No utilizar identificaciones y contraseñas que no sean propios del usuario.<br />
• Ser respetuoso(a), considerado(a) y cortés con el personal bibliotecario que<br />
labora en el <strong>CRAI</strong>-USTA.<br />
• Ser organizado en el momento de utilizar alguno de los muebles o enseres que<br />
se prestan.<br />
• Presentar buena conducta y normas de urbanidad.<br />
• Mantener limpias las instalaciones físicas y del material bibliográfico: salas,<br />
cubículos, equipos y demás elementos.<br />
• Devolver el material bibliográfico solicitado, en las mismas condiciones<br />
recibidas.<br />
• Informar al personal sobre anomalías o uso inadecuado de las instalaciones,<br />
equipos, muebles y del material bibliográfico.<br />
• No consumir ningún tipo de alimento o bebida<br />
• Abstenerse de fumar.<br />
• El uso del carné es personal e intransferible.<br />
• Contribuir al normal desarrollo de las actividades ofrecidas por el <strong>CRAI</strong>.<br />
• Informar a las Direcciones o Coordinaciones cualquier anomalía en el servicio<br />
de las Bibliotecas.<br />
• Mantener el orden y el silencio dentro de las instalaciones<br />
• Evitar retirar cualquier material bibliográfico, sin el registro de préstamo en el<br />
sistema bibliográfico.<br />
• Evitar incomodar a otros usuarios con el uso de dispositivos móviles.<br />
22
• Evitar las conductas obscenas que falten al respeto tanto a los funcionarios<br />
como a los usuarios.<br />
• Pagar el material que sea extraviado por el usuario.<br />
• Ser respetuoso y ético con el uso de contenidos<br />
• Denunciar irregularidades en el préstamo del servicio.<br />
• Abstenerse de emplear programas que, de forma automática, extraigan<br />
masivamente documentos albergados en las bases de datos.<br />
• Tener cuidado y diligencia en la utilización de los servicios del <strong>CRAI</strong>, de tal<br />
manera que en todo caso o actuación se respeten los derechos morales y<br />
patrimoniales de autor.<br />
CAPÍTULO XX: SANCIONES<br />
Artículo 29<br />
Son sanciones del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la<br />
Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA<br />
• El usuario que incumpla alguno de los artículos del presente reglamento o<br />
norma establecida, se hace acreedor a la sanción determinada por las<br />
autoridades del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la<br />
Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA de acuerdo con el tipo de falta<br />
cometida.<br />
• El usuario que retire del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la<br />
Investigación de la Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA cualquier material de<br />
las colecciones, sin el debido proceso de préstamo, se le registrará una<br />
observación en el Sistema Bibliográfico. Si reincide por tercera vez, se le<br />
sancionará con la suspensión del servicio por un semestre.<br />
• El usuario que intente utilizar otra identidad, para hacer uso de los servicios,<br />
será sancionado con la suspensión del servicio durante 30 días y se informará<br />
a la decanatura o directivas según sea el caso.<br />
• A los usuarios con sanciones vigentes no se les prestará material bibliográfico<br />
externo e interbibliotecario.<br />
• El usuario que pierda o devuelva en mal estado el material bibliográfico, deberá<br />
reponerlo y pagar los gastos de reprocesamiento técnico establecidos por el<br />
<strong>CRAI</strong> de la sede o seccional.<br />
• Las autoridades intérpretes inmediatos del <strong>Reglamento</strong> y de las normas<br />
internas, podrán imponer las sanciones que crean convenientes por el<br />
incumplimiento que de ellas se tenga.<br />
• El usuario que sea sancionado en una Biblioteca con la que se tenga<br />
convenio, y por su causa sea sancionada la Universidad; recibirá la<br />
suspensión del servicio de la Biblioteca. El caso será presentado ante la<br />
Dirección para que se determine la decisión a tomar.<br />
23
• Cuando el usuario incurra en conductas que altere en forma grave el normal<br />
funcionamiento, se presentará el caso a la respectiva facultad y allí se<br />
determinará la sanción correspondiente con sujeción al <strong>Reglamento</strong> General<br />
Estudiantil.<br />
• El usuario que pierda un material en calidad de préstamo debe reportar la<br />
pérdida y deberá ser asumida con el costo del material u otro mismo ejemplar<br />
en buenas condiciones. De ser imposible adquirir el ejemplar descatalogado se<br />
hace la reposición de acuerdo a las políticas.<br />
• El <strong>CRAI</strong> podrá exonerar del pago de la multa a los usuarios (estudiantes,<br />
docentes y administrativos), por incapacidad médica o razones de fuerza<br />
mayor. Según el monto de la multa se podrá solicitar uno o varios títulos<br />
nuevos a cambio del valor. Todas estas acciones podrán realizarse<br />
exclusivamente con multas generadas durante el semestre académico vigente.<br />
Los estudiantes que no estén a paz y salvo con el <strong>CRAI</strong> no podrán matricularse<br />
en el siguiente semestre. Los docentes y administrativos necesitarán estar a<br />
paz y salvo para renovar sus contratos laborales. Además, estos usuarios, no<br />
podrán acceder a los servicios de préstamo de libros hasta estar al día.<br />
Parágrafo<br />
En caso de que estos entes no tomen las sanciones pertinentes, la Dirección del<br />
<strong>CRAI</strong>-USTA decidirá la situación del estudiante.<br />
Las sanciones económicas son definidas anualmente por el Consejo<br />
Administrativo Financiero Particular, quien es el órgano encargado de establecer<br />
los montos de las sanciones económicas.<br />
CAPÍTULO XXI: MULTAS<br />
Artículo 30<br />
Si la devolución del material bibliográfico no se realiza en el término señalado, el<br />
usuario será sancionado con la multa vigente correspondiente y serán<br />
suspendidos los servicios hasta el retorno del material y pago de la multa.<br />
CAPÍTULO XXII: REPOSICIONES<br />
Artículo 31<br />
Si la reposición es por concepto de pérdida de material bibliográfico por parte del<br />
usuario o por devolución de material bibliográfico en mal estado debe hacerse lo<br />
24
posible por reponerse por el mismo título. En caso de no encontrarse en el<br />
mercado deberá cambiarse por un título que contenga la misma temática y<br />
cancelar el valor correspondiente a la adecuación física. Cuando se realice la<br />
entrega del material deberá adjuntarse la factura original, como soporte de pago<br />
del derecho de autor de la obra recibida y contar con todos los requisitos de ley.<br />
CAPÍTULO XXIII: COBRO POR PROCESAMIENTO TÉCNICO<br />
Artículo 32<br />
Este costo se define en el Comité Nacional del <strong>CRAI</strong> de acuerdo al valor promedio<br />
del análisis de material bibliográfico en el mercado vigente.<br />
CAPÍTULO XXIV:<br />
TÍTULO SEPTIMO: DISPOSICIONES FINALES<br />
Artículo 33<br />
El <strong>Reglamento</strong> del Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación de la<br />
Universidad Santo Tomás <strong>CRAI</strong>-USTA fue modificado y revisado por la<br />
Vicerrectoría Académica General, Secretaría General, directores de sedes y<br />
seccionales y aprobado por el Consejo Académico General, el XX del mes XXX de<br />
XXXX.<br />
25