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Nuestro Consejo<br />
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4.¿Si vendo mi casa y un tercero se subrogó en la hipoteca puedo reclamar lo pagado<br />
de más?<br />
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En este supuesto de hecho consideramos que al aun estar viva la hipoteca la acción para<br />
solicitar la nulidad de la cláusula la debe ejercer quien se haya subrogado, ahora bien se<br />
podría estudiar la posibilidad de reclamar por daños y perjuicios por lo que se pago de más<br />
mientras la hipoteca la tenía el deudor primitivo.<br />
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5.¿Puedo Reclamar los gastos de constitución de hipoteca si mi piso fue embargado?<br />
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En este caso se puede decir de forma tajante que si, que si podemos ejercer la acción.El<br />
artículo 83 del Texto Refundido de la Ley de la defensa de los consumidores y usuarios nos<br />
dice ”toda cláusula considera abusiva será declarada nula de pleno derecho”.Por lo que<br />
podemos concluir que la acción de nulidad es imprescriptible” aunque la acción de<br />
restitución tiene un plazo más corto 5 años.<br />
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Documentos necesarios para realizar una reclamación con garantías:<br />
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- Copia de la escritura de la hipoteca (ojo es distinto a la escritura de propiedad)<br />
- Factura de gastos notariales de la escritura de la hipoteca (también distintos a los de la<br />
escritura de propiedad)<br />
- Factura de gastos de notaria de la escrituración de la hipoteca<br />
- Modelo 601 de pago del impuesto de gastos jurídicos documentados<br />
- Factura de la tasación<br />
- Factura de los gastos del registro de la escritura de la hipoteca<br />
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Si ha extraviado alguno de estos documentos podría intentar solicitárselo al banco aunque<br />
por regla general no suelen muy cooperantes en facilitar la documentación, en este caso<br />
deberíamos acudir a la oficina del defensor del cliente.