Estatuto-Fraternidad-laical-Santo-Domingo (2)
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26. En lo posible, debe cuidarse la colaboración con las otras
ramas de la Orden y de la Familia Dominicana en la
común misión de la predicación.
Capítulo V
DE LOS NUEVOS HERMANOS
Artículo 1: Promoción vocacional
27. El Consejo Provincial y el Consejo de cada Fraternidad
deben estudiar la manera de ofrecer a otros la vida de
las Fraternidades como un modo idóneo de respuesta
vocacional al Evangelio. Si lo encuentran conveniente,
nombrarán responsables para esta área, prepararán
material adecuado para dar a conocer la vocación laical
dominicana, organizarán encuentros o jornadas de
oración, e implementarán otros medios para lograr dicho
propósito.
28. Debe tenerse presente la necesaria colaboración y
coordinación con las otras ramas de la Orden y con la
Familia Dominicana.
Artículo 2: La admisión
29. Para ser admitido en una Fraternidad se requiere que el
candidato tenga las siguientes condiciones y cualidades:
a) 18 años de edad.
b) Ser una persona capaz.
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