ANTELO JIMENEZ ERICK
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Santa Cruz, 23 de junio de 2021
Señor(a):
ANTELO JIMENEZ ERICK
Presente.-
Ref.:
POLIZA DE AUTOMOTORES
Póliza No.
Dirección
Teléfono:
A0547126
N/A
3569989 3569989
La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A. le agradece por depositar nuevamente su confianza en nosotros. Estamos
convencidos que su decisión de seguir siendo nuestro cliente se justifica en la prestigiosa trayectoria de solidez, confiabilidad y
seguridad que nos ha caracterizado a través de los años
Adjunto a la presente, encontrará su Póliza de Seguro que le agradeceremos lea con detenimiento, y en caso de que tuviera
cualquier observación o discrepancia dentro de los 15 días calendario siguientes a la recepción de la misma, comuníquese con
nuestra compañía. De lo contrario y de acuerdo al artículo 1013 del Código de Comercio, asumiremos su conformidad con todos
los términos y/ o condiciones establecidas.
RENOVACION AUTOMATICA:
La póliza que acaba de contratar cuenta con una Cláusula de Renovación Automática, que garantiza la continuidad en la cobertura
de su vehículo. En este sentido y al vencimiento de la vigencia de esta póliza, se procederá con su renovación automática y bajo
mismos términos y condiciones y bajo las siguientes consideraciones:
- El Valor Asegurado del vehículo en la póliza, corresponde al valor facturado si es “ 0” Km, y al valor real comercial si es usado.
Para la renovación, le proponemos una depreciación anual del 15% para el primer año si su vehículo es “0” Km, y para vehículos
usados 10% del valor asegurado; En caso de preferir un valor asegurado diferente, le agradeceremos hacérnoslo saber para
considerarlo en su renovación.
- La tasa de renovación se mantendrá igual a la última vigencia, siempre y cuando la siniestralidad histórica de su póliza no supere
el 90% de la prima cobrada descontando impuestos de ley (prima neta). Y si la siniestralidad histórica fuera igual o mayor al 90%,
la tasa de renovación tendrá un recargo del 15% sobre la última vigencia.
Si por algún motivo no desea renovar su póliza, debe informar a la Compañía de manera formal y escrita, con al menos 15 días de
anticipación a la finalización de la vigencia actual.
Para cualquier consulta o comentario, comuníquese con el Sr. Mauricio Fuertes al número 3-415000 interno 2219 o al siguiente
correo mauricio.fuertes@lbc.bo.
Sin otro particular motivo nos es grato hacer llegar a Ud(s) nuestro(s) cordiales(s) saludos.
Forma parte integrante de la Póliza: A0547126
Emitida en favor de: ANTELO JIMENEZ ERICK
PÓLIZA DE SEGURO DE AUTOMOTORES LBC-AUTO
CONDICIONES PARTICULARES
Código Asignado: 101-910547-2017 09 400
En consideración a la Solicitud de Seguro presentada por el Asegurado y sus declaraciones contenidas en ella ,
con sujeción a las Condiciones Generales y Cláusulas de la Póliza y en virtud del pago de la prima
correspondiente, LA BOLIVIANA CIACRUZ DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. garantiza el pago de los daños o
pérdida que pudiera sufrir dicho asegurado, en los términos y condiciones que más adelante se establecen:
DATOS DEL TOMADOR/ASEGURADO/BENEFICIARIO
TOMADOR:
ASEGURADO:
DIRECCION:
TELÉFONO:
BENEFICIARIO:
IMCRUZ COMERCIAL S.A.
ANTELO JIMENEZ ERICK
N/A
3569989 3569989
ANTELO JIMENEZ ERICK
VIGENCIA:
MONEDA:
PRIMA TOTAL:
FORMA DE PAGO:
ANUAL
Dólares Americanos
428.78
CONTADO
DESDE:
HASTA:
Desde las 12:01 p.m. del 26 de junio de 2021
Hasta las 12:01 p.m. del 26 de junio de 2022
MATERIA ASEGURADA:
MARCA:
MODELO:
TIPO:
COLOR:
PLACA:
VALOR COMERCIAL
COBERTURAS ASEGURADAS
SUZUKI
GC416PV2
FURGON
BLANCO
5260FIY
USD. 14,535.00
CHASIS:
MOTOR:
TRACCION:
AÑO
USO:
PLAZA CIRCULACIÓN
MHYDN71V5LJ401799
G16AID317367
SIMPLE
2020
PARTICULAR LIVIANO
SANTA CRUZ
- Sección I - Cobertura de Pérdida Total por Accidente (al 100%)
- Sección II - Cobertura de Pérdida Total por Robo (al 100%)
- Sección III - Cobertura de Daños Propios (al 100%) sujeto a franquicia
- Sección IV - Cobertura de HMACC AMIT (al 100%) sujeto a franquicia
- Sección V - Cobertura de Robo Parcial de Partes y Piezas al 80%
- Sección VI - Cobertura de Responsabilidad Civil, hasta USD. 30,000.00
Forma parte integrante de la Póliza:
Emitida en favor de:
A0547126
ANTELO JIMENEZ ERICK
- Sección VII - Cobertura de Accidentes Personales a Ocupantes de Vehículos, hasta USD 10.000 (Gastos
Médicos y de Sepelio al 20% de la Suma Asegurada en esta Sección, máximo 7 personas)
CLÁUSULAS ADICIONALES
- Cláusula de Responsabilidad Civil por Perjuicios Económicos a Terceros, hasta USD 5.000.
- Cláusula de cobertura adicional de Extraterritorialidad.
- Cláusula del beneficio de Auxilio Mecánico Express (dentro del radio urbano de las ciudades de La Paz,
Cochabamba, Santa Cruz, Sucre y Tarija).
- Cláusula de beneficio de Conductor Profesional (Bs. 70 por uso, para las ciudades de La Paz, Santa Cruz y
Cochabamba).
- Cláusula de beneficio por Bono de Transporte, hasta USD 80.
- Cláusula de libre elegibilidad de ajustadores.
- Cláusula de cobertura por incendio y/o rayo y/o explosión.
- Cláusula de cobertura por riesgos de la naturaleza (con franquicia de cobertura de daños propios).
- Cláusula de pago parcial en caso de siniestro (anticipo del 50%).
- Cláusula de beneficio adicional de ampliación de vigencia a prorrata (90 días).
ACLARACIONES
1.- Es condición precedente para la aplicación de la cobertura de robo parcial en el caso de componentes
electrónicos de motor que limitan el funcionamiento del vehículo, que la provisión de los mismos sea realizada de
Imcruz.
2.- Se aclara que las siguientes coberturas forman parte de la presente póliza:
• Tránsito en vías no autorizadas.
Si bien dentro de las exclusiones del CG se excluyen los daños al vehículo por transitar en vías no habilitadas
(Otras exclusiones), también se menciona que se hace una excepción y se otorga cobertura cuando estas vías se
constituyan en el paso obligatorio de camino y siempre y cuando el vehículo asegurado no esté involucrado en
competencias de ningún tipo.
• Rehabilitación de la suma asegurada.
Se aclara que dentro de las consideraciones generales de la póliza (Reducción de la suma asegurada por
siniestro parcial), se acuerda y establece que la suma asegurada será rehabilitada al valor inicial contratado en el
seguro mediante el pago al contado de una prima de rehabilitación, calculada a prorrata por el plazo no corrido ,
utilizando la tasa aplicada al Valor Asegurado al momento de suscribir la Póliza .
• Eliminación de la copia legalizada de la denuncia.
Se aclara que el asegurado queda liberado de presentar la Copia Legalizada de la Denuncia emitida por la
autoridad competente, únicamente cuando los daños emergentes del accidente ocurrido, no superen el monto
establecido ($us.- 1.000,00) y el conductor del vehículo asegurado no haya cometido ninguna infracción al código
y/o reglamento de tránsito, se excluye responsabilidad civil.
• Ampliación de aviso de siniestro a 10 días..
Entre las obligaciones del asegurado está dar aviso del accidente a la Aseguradora tan pronto y a más tardar
dentro de los diez (10) días calendario de tener conocimiento del siniestro, salvo afecte la Cobertura de
Responsabilidad Civil, donde aplicará el plazo de tres (3) días de producido el hecho.
Forma parte integrante de la Póliza:
Emitida en favor de:
A0547126
ANTELO JIMENEZ ERICK
• Alcoholemia permitida.
Si bien dentro de las exclusiones del CG se excluyen hechos que se produzcan al ser el vehículo Asegurado
conducido por una persona que se halle bajo el efecto de bebidas alcohólicas, se aclara que serán siempre y
cuando sobrepasen el grado alcohólico máximo permitido de cero punto cincuenta (0.50) grados en cada mil
(1000) ml de sangre o su equivalente en mg/l en el aire espirado.
• Alcance Territorial.
Se aclara que el alcance territorial de la presente póliza es a nivel nacional.
- Indemnización sin depreciación por uso para Vehículos “0 km.” (hasta el primer año y 15.000 km.)
- Asesoría Jurídica (para las ciudades de La Paz y Santa Cruz. potestivamente para el resto del país).
- Indemnizaciones de Daños Propios y Robo Parcial, hasta USD 1.000, sin presentación de Denuncia ante
Autoridad Competente ni prueba de Dosaje Etílico.
- Rescisión de Contrato a prorrata.
- Partes Genuinas.
- Elegibilidad limitada de talleres (Talleres Imcruz).
- Exención del pago de Franquicias Deducibles para indemnizaciones en efectivo, aplicable a Secciones III ,
IV y V.
- Licencia de Conducir no vigente, 2 meses.
- Cobertura de robo parcial de 1 llanta y radio por año de acuerdo a condiciones de la cobertura de Robo
Parcial
- Rehabilitación de la Suma Asegurada con prima mínima de $us.- 15
- Tránsito en vías no autorizadas
- Conciliación y Arbitraje.
- Flete aéreo y/o Courier (overnight) hasta $us. -1,000.00.
- Daños producidos por el ingreso de agua a partes mecánicas, electrónicas, eléctricas o combinadas.
- Errores y Omisiones
EXCLUSIONES
Los siguientes vehículos se encuentran excluidos de cualquier cobertura o beneficio en la presente póliza:
- Automotores pesados con tonelajes mayores a 3,5 toneladas: Camiones, Tracto-camiones, Cisternas,
Tractores, Tráileres, Volquetas, Microbuses, Colectivos, Omnibuses, Chatas, Semi-remolques, Remolques,
Tolvas y Carrocerías).
- Equipo pesado de Contratistas sin placas de circulación.
- Vehículos de competición, campo traviesa (Off-Road) y/o carreras.
- Vehículos con modificaciones en su carrocería original (incluyendo vehículos ‘transformers’).
- Motocicletas y/o cuadratracks (ATV).
- Vehículos que sean dados en alquiler (o Rent-A-Car).
- Vehículos para uso de aprendizaje (Escuelas de Conducción).
- Vehículos antiguos (con año de fabricación anterior a 1995).
- Vehículos que, como parte de su actividad regular, circulen fuera del País. La extraterritorialidad ocasional no
forma parte de esta exclusión.
- Vehículos con capacidad original de más de 8 pasajeros.
Forma parte integrante de la Póliza:
A0547126
Emitida en favor de: ANTELO JIMENEZ ERICK
- Vehículos destinados para el servicio público (urbano o rural o internacional) de pasajeros.
- Vehículos descapotables y/o con techo de lona.
- Vehículos blindados.
- Vehículos de Bomberos, de la Policía, del Ejército.
DEDUCIBLES Y COASEGURO
- Sección V - Cobertura de Robo Parcial de Partes y Piezas, 20% del valor de la pérdida con un mínimo de
USD: 100
- Demás Eventos, USD: 100
ESPECIFICACIONES:
Central de Riesgos:
El asegurado autoriza a la Compañía su reporte a la Central de Riesgos del Mercado de Seguros, acorde a las
normativas reglamentarias de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS.
Se deja claramente establecido que la Compañía no se hace responsable por los repuestos que no puedan
encontrarse en el mercado boliviano a consecuencia del siniestro amparado en la Póliza. En este caso la
Compañía se reserva el derecho de indemnizar en efectivo de acuerdo a cotizaciones referenciales que pudieran
ser emitidas en el mercado local o a la substitución de partes similares.
Lugar y fecha: Santa Cruz, 23 de junio de 2021
FIRMA DEL ASEGURADO
POR LA COMPAÑIA
LA BOLIVIANA CIACRUZ
Forma parte integrante de la Póliza: A0547126
Emitida en favor de: ANTELO JIMENEZ ERICK
LIQUIDACIÓN DE COBRANZA
Ramo: LBC-Auto (Individual / Flota)
Certificado: A0684131
Vigencia: Desde las 12:01 p.m. del 26 de junio de 2021
Hasta las 12:01 p.m. del 26 de junio de 2022
Tomador:
IMCRUZ COMERCIAL S.A.
Asegurado:
ANTELO JIMENEZ ERICK
Código del Cliente: 40270835
Dirección:
N/A
Teléfono: 3569989 3569989
Fecha expedición: 23/06/2021
Moneda:
Dólares Americanos
FORMA DE PAGO
CodigoCuota
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Monto
Fecha Vencimiento
428.77 23/07/2021 02:01:37p. m.