Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
NORMA TÉCNICA NTC
COLOMBIANA 5236
2003-12-19
FUEGOS ARTIFICIALES.
ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS EN ESPACIOS
ABIERTOS. ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y
USO.
E: PYROTECHNICS. STORAGE, TRANSPORT AND USE
FOR OUTDOOR DISPLAYS
CORRESPONDENCIA:
DESCRIPTORES:
fuegos artificiales; artículos pirotécnicos,
espectáculos pirotécnicos en espacios
abiertos.
I.C.S.: 71.100.30
Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC)
Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel. 6078888 - Fax 2221435
Prohibida su reproducción Editada 2004-01-30
PRÓLOGO
El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo
nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993.
ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental
para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el
sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en
los mercados interno y externo.
La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica
está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último
caracterizado por la participación del público en general.
La NTC 5236 fue ratificada por el Consejo Directivo del 2003-12-19.
Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en
todo momento a las necesidades y exigencias actuales.
A continuación se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a
través de su participación en el Comité Técnico 85. Pirotecnia. Fabricación de artículos.
ALFONVAR LTDA.
ASOCIACIÓN DE INDUSTRIA PIROTÉCNICA
HOFFMAN
CANDIDATO AL CONCEJO. RICARDO BELLO
CHISPITAS CARNAVAL FIRE WORKS
CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS
DISTRIBUIDORA MARÍA TERESA DE ÁNGEL
DISTRIBUIDORA. EDUARDO BOHÓRQUEZ
DISTRIBUIDORA. MARIA DE BOHÓRQUEZ
DISTRIBUIDORA ROSA EMILIA SÁNCHEZ
DISTRIBUIDORA. ALCIRA FAJARDO
DISTRIBUIDORA CENTELLA
DISTRIBUIDORA PROPIROTECNICOS LA
MONA
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DPAE
-FOPAE-
EL REY
EL TRÉBOL
FABRICANTE, JOSÉ FRANCISCO SEGURA
FABRICANTE, SANTOS CÚBIDES.
FABRICANTE Y VENDEDOR, JORGE
ARTURO LÓPEZ CAÑÓN
FABRICANTE, LILIA PIERNAGORDA
FABRICANTE, OTONIEL RUDAS
FABRICANTE, LILIA PIERNAGORDA
FABRICANTE, OTONIEL RUDAS
FUNDACIÓN SOCIAL DE PIROTÉCNICOS
FLOR DEL GUACANÁ
FUEGOS ARTIFICIALES GRAN LUJO
FUNDACIÓN SOCIAL DE PIROTÉCNICOS
INDUSTRIAS HOFFMAN
INDUSTRIA MILITAR
INDUSTRIAS PIROTÉCNICAS CARNAVAL
INDUSTRIAS PIROTÉCNICAS GARCÍA
LUCES DE COLOMBIA
MONARCA SHOWS LTDA.
MORIAH PIROTECNIA
PIROTÉCNICOS EL SOL
PRODUCTOS PIROTÉCNICOS
DIAMANTE
PRODUCTOS PIROTÉCNICOS J.B.
PRODUCTOS PIROTÉCNICOS LA
ESTRELLA DORADA
PRODUCTOS PIROTÉCNICOS LA
SIRENA
SAN ANTONIO
SINDICATO NACIONAL DE
PIROTÉCNICOS
Además de las anteriores, en Consulta Pública el Proyecto se puso a consideración de las
siguientes empresas:
INDUSTRIA LÁSER
INDUSTRIA PIROTÉCNICA SUPER
MARAVILLOSA
INDUSTRIAS VAQUERO
LOS MAGOS
MI LUCESITA
MESA HERMANOS CÍA.
MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL
POLVORERÍA CALI
POLVORERÍA LA SORPRESA
PRODUCTOS PIROTÉCNICOS EL CHINO
SECRETARIA DE GOBIERNO
SERVICIO DE SALUD DE BOGOTÁ
ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados
normas internacionales, regionales y nacionales.
DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
TABLA DE CONTENIDO
Página
1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 1
2. REFERENCIAS NORMATIVAS 1
3. DEFINICIONES 2
4. REQUISITOS GENERALES 3
4.1 PRODUCTOS 3
4.2 TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO 4
5. UBICACIÓN DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO 4
5.1 REQUISITOS GENERALES 4
5.2 DISTANCIAS DE SEGURIDAD MÍNIMAS 5
5.3 REQUISITOS EN EL SITIO 7
5.4 PREVENCIÓN DE INCENDIOS 8
6. OPERACIONES 8
6.1 GENERALIDADES 8
6.2 SEGURIDAD 10
6.3 PERSONAL 10
6.4 PREPARACIÓN DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO 10
6.5 REALIZACIÓN DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO 15
6.6 LIMPIEZA 16
7. PROCEDIMIENTOS DE EMERGENCIA 17
7.1 ACCIDENTES 17
7.2 INCENDIO 17
7.3 FUNCIONAMIENTO DEFECTUOSO 17
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
Página
7.4 ROBO O PÉRDIDA 18
ANEXO A
ANEXO B
MÉTODOS DE PROTECCIÓN PARA MORTEROS QUE DISPARAN
CARCASAS AÉREAS 19
REQUISITOS DE PROTECCIÓN PARA MORTEROS QUE DISPARAN
CARCASAS DE PETARDOS AÉREOS 20
ANEXO C BIBLIOGRAFÍA 21
DOCUMENTO DE REFERENCIA
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
FUEGOS ARTIFICIALES.
ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS EN ESPACIOS ABIERTOS.
ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y USO
1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Esta norma establece los requisitos y precauciones dentro del lugar de montaje de un espectáculo
pirotécnico, para el almacenamiento, transporte, manipulación y uso de los fuegos artificiales para los
espectáculos pirotécnicos (Categorías 2 y 3, NTC 5045-1) y para la realización de dichos
espectáculos.
Esta norma no se aplica a fuegos artificiales:
a) Para recintos interiores como cines y teatros.
b) Para señales de emergencia marítima.
c) Clasificados como fuegos artificiales para venta al publico en tienda, almacenes por
departamentos, o supermercados por ejemplo: Categoría 1 (véase la NTC 5045-1).
d) Para motores de cohetes modelo.
Esta norma se aplica solamente a los fuegos artificiales usados en espectáculos pirotécnicos
en espacios abiertos. (Categorías 2 y 3, NTC 5045-1)
NOTA 1 Las autoridades regulatorias que controlan el almacenamiento, manejo y uso de fuegos artificiales para
espectáculos pirotécnicos en espacios abiertos pueden tener regulaciones o imponer condiciones que son diferentes
de los requisitos de esta norma.
NOTA 2 Las exhibiciones exteriores pueden estar sujetas a requisitos legislativos y en donde sea necesario, el
operador debería consultar a la autoridad reguladora.
NOTA 3 Las autoridades contra incendios y los consejos locales pueden exigir la notificación y aprobación de una
exhibición pirotécnica.
2. REFERENCIAS NORMATIVAS
Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicación de este
documento normativo. Para referencias fechadas. Se aplica únicamente la edición citada. Para
referencias no fechadas, se aplica la ultima edición del documento normativo referenciado (incluida
cualquier corrección).
1
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
NTC 5045-1, Fuegos artificiales. Clasificación.
NTC 5045-2, Fuegos artificiales para uso recreativo. Requisitos.
NTC 5045-3, Fuegos artificiales para uso recreativo. Métodos de ensayo.
3. DEFINICIONES
Para el propósito de esta norma, se aplican las definiciones usadas en la NTC 5045 Parte 1 y/o las
siguientes:
3.1
artículos pirotécnicos fijos
es el conjunto de artículos pirotécnicos diseñados para funcionar desde el suelo o fijados a un
poste o andamio. Se distinguen de carcasas aéreas y voladores porque sus efectos son de baja
altura y sus residuos son limitados generalmente chispas y ceniza. Ejemplos de estos artículos son
fuentes, ruedas, candelas romanas, granadas de piso, cascadas, letreros, tortas y ponqués.
3.2
fulminante (Flash Powder)
compuesto explosivo utilizado en petardos, carcasas aéreas, y/o voladores para producir un efecto
auditivo fuerte. Mezclas típicas de estos compuestos contienen cloratos o percloratos con azufre o
antimonio o aluminio en polvo.
NOTA El clorato de potasio como los cloratos de bario y sodio son productos químicos usados en la pirotecnia.
Normalmente se regula la cantidad de una mezcla de los cloratos con varios materiales combustibles orgánicos tal
como azufre, antimonio, aluminio y otros. Las mezclas de cloratos con estos materiales conocidos como fulminantes
“Flash Powder” son sensibles y explosivas. Se usan de acuerdo a las precauciones de operación dadas por el
fabricante para producir efectos auditivos.
3.3
morteros
un tubo del cual las carcasas aéreas son disparadas.
3.4
petardo aéreo o tiro seco
artículo pirotécnico especial lanzado dentro de una carcasa aérea o volador diseñado para
producir un efecto auditivo fuerte utilizando una composición de fulminante.
3.5
sitio de seguridad
es el área inmediata en donde un espectáculo pirotécnico es montado y presentado. Esta área
incluye el sito de disparo y las distancias de separación entre los morteros (y otros equipos) y el
publico según el tipo y tamaño del articulo pirotécnico que se va a utilizar.
3.6
detonación por simpatía
explosión provocada por una onda de detonación de otra explosión.
2
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
4. REQUISITOS GENERALES
4.1 PRODUCTOS
4.1.1 Fabricación
Las carcasas aéreas (Tipos 2J, 2K, 3J, 3K según clasificaciones de la NTC 5045-1) deben
estar construidas de manera que se ajusten fácilmente en el mortero de tamaño apropiado, y
que la carga impulsora y la mecha de retardo aseguren que la carcasa aérea alcanza una
altura segura antes de funcionar.
La altura a la cual las partículas o luces candentes se extinguen sobre el nivel del suelo, se
debe determinar mediante ensayos. (Véase la NTC 5045 Parte 3)
Las carcasas aéreas se deben clasificar y describir solamente en términos del diámetro interno
del mortero en el cual se pueden usar con seguridad, por ejemplo: las carcasas aéreas de 75 mm
son para uso solamente en morteros de 75 mm.
Las carcasas aéreas que utilizan fulminante para efectos auditivos fuertes (petardos aéreos y
tiros secos) de un solo estallido deben medir máximo 75 mm (3 pulgadas) de diámetro o 75 mm
(3 pulgadas) de longitud (excepto la carga propulsante). La cantidad máxima de fulminante en
estos productos no debe exceder los 100 g. Para carcasas de un solo estallido que contienen
múltiples efectos internos, y para carcasas aéreas de estallidos múltiples, la cantidad máxima
de fulminante por unidad (efecto) interna no debe ser mayor de 100 g, con máximo 300 g de
fulminante en cualquier producto de fuego artificial.
4.1.2 Ensayo
Los morteros se deben ensayar o certificar por una persona competente, para asegurar que
tengan suficiente:
a) Resistencia y durabilidad, para disparar en forma segura las carcasas aéreas
que se van a usar, y
b) Longitud, para asegurar que las carcasas aéreas son impulsadas a una altura a
la que estallan sin poner en peligro a personas ni a propiedades.
4.1.3 Etiquetado y advertencias
Además de los requisitos aquí descritos los fuegos artificiales para espectáculos abiertos Categoría 2
y 3, deben ir rotulados de acuerdo con lo contemplado en el numeral 4.2 de la NTC 5045-2. 1
4.1.3.1 Carcasas aéreas
Como mínimo para el caso especifico de carcasas aéreas, cada una debe llevar una etiqueta
con la siguiente información:
a) Una descripción del tamaño de la carcasa aérea (el diámetro del mortero que se
va a usar), por ejemplo, "CARCASA AÉREA DE 75 mm".
1
Para este numeral se debe tener en cuenta además la reglamentación vigente de la autoridad
competente del Estado.
3
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
b) Una descripción del tipo de carcasa aérea, por ejemplo: Doble estallido con
golpe de sonido. La etiqueta o envoltura de cualquier tipo de petardo aérea debe
estar marcada en forma llamativa con la palabra ”petardo”
c) Una frase de advertencia con las palabras:
PELIGRO
ARTEFACTO PIROTÉCNICO DE USO PROFESIONAL
Las frases exigidas deben ir impresas en un color que contraste claramente con el del fondo,
su tamaño y dimensiones deberán cumplir con lo especificado en la NTC 5045-2.
4.2 TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
4.2.1 Empaques
Los empaques usados para el transporte de artículos pirotécnicos o sustancias pirotécnicas, y los
procedimientos de transporte, deben estar de acuerdo con las regulaciones que expiden las
autoridades que controlan el almacenamiento, empaque y transporte de fuegos artificiales para
espectáculos pirotécnicos en espacios abiertos.
4.2.2 Transporte
Todos los fuegos artificiales se deben transportar de acuerdo con los requisitos que expide la
autoridad que controla el transporte de mercancías peligrosas en el país 2 .
4.2.3 Lugar del espectáculo pirotécnico
El área de almacenamiento no debe estar ubicada a menos de 8 m de cualquier fuente de
ignición y de las áreas de acceso al público, y debe tener sistemas de identificación que
indiquen el peligro y la prohibición de fumar. Si los fuegos artificiales se van a almacenar en el
sitio del espectáculo pirotécnico durante la noche, se debe informar a la autoridad regulatoria.
4.2.4 Sitio diferente del lugar del espectáculo pirotécnico
El almacenamiento de los fuegos artificiales en un sitio diferente al del espectáculo debe estar de
acuerdo con las regulaciones locales y requisitos del cuerpo de bomberos o autoridad competente.
5. UBICACIÓN DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO
5.1 REQUISITOS GENERALES
El operador debe asegurar que el punto de lanzamiento para cohetes y carcasas aéreas
garantiza la seguridad del público y propiedades cercanas contra la descarga de artículos
pirotécnicos, residuos, funcionamiento defectuoso y cualquier otro peligro asociado.
Los morteros se deben colocar de manera que cualquier carcasa aérea que no se haya
encendido como se prevé, caiga dentro del sitio de seguridad del espectáculo pirotécnico (o
dentro de un área controlada y no ocupada, por ejemplo el área de caída).
2
Ministerio de Transporte (véase el Anexo C).
4
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
Los artículos pirotécnicos no deben cruzar ni explotar sobre ningún área ocupada por
espectadores.
Se deben tomar medidas para proteger todos las artículos pirotécnicas que se van a usar en el
espectáculo pirotécnico, contra chispas o condiciones climáticas adversas. No se deben usar
materiales dañados por la humedad.
En la Figura 1 se ilustra un sitio típico de seguridad de un espectáculo pirotécnico.
Distancia de seguridad, como se exige en la Tabla 2
Viviendas o edificaciones
Perímetro del sitio del espectáculo
Punto de lanzamiento; carcasas aéreas
El doble de las distancias de seguridad
exigidas en la Tabla 2 ó 250 m
Área de visión
para espectadores
Almacenes de mercancías peligrosas
Punto de lanzamiento, articulos pirotecnicos fijos
Distancias de seguridad exigidas en la Tabla 1
Figura 1. Sitio típico de seguridad de un espectáculo pirotécnico
5.2 DISTANCIAS DE SEGURIDAD MÍNIMAS
5.2.1 Espectáculos de artículos pirotécnicos fijos
5.2.1.1 Fuentes y/o cascadas (2B, 3B), ruedas (2E, 3E) y otros elementos pirotécnicos fijos
como castillos, letreros, iluminaciones, etc., (2L, 3L y 2X, 3X). Se deben situar de acuerdo a las
distancias de seguridad mínimas, con relación a los espectadores, viviendas o áreas de
parqueo presentadas en la Tabla 1, ó a una distancia mayor según recomendación específica
del fabricante. Ya que las chispas candentes de estos artículos pirotécnicos pueden tocar el
suelo, el área inmediata debería estar libre de maleza y pasto seco. En donde los efectos de
estos artículos pirotécnicos fijos se acercan a una distancia de 10 m de los espectadores,
viviendas o áreas de parqueo, la distancia mínima de seguridad se debe incrementar.
5
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
Elementos:
Tabla 1. Distancias mínimas de seguridad. Espectáculos de artículos pirotécnicos
a) Letreros solamente
Fuegos artificiales
b) Letreros que incluyen fuentes
Distancia mínima de seguridad,
m
Fuentes, ruedas y cascadas 20
Granadas de piso, tortas o ponqués u otras cajas de disparos
múltiples (Tipo 2X o 3X), y velas romanas. 30
10
20
Estos artículos pirotécnicos fijos se deben colocar o proyectar en el momento del espectáculo
de forma que minimice la caída de partículas encendidas para que ninguna otro articulo
pirotécnico adyacente origine combustión.
5.2.1.2 Cajas de disparos múltiples prefabricados y descargas similares de secuencia rápida de
carcasas aéreas (Tipo 2X y 3X) hasta de 50 mm (2 pulgadas) de diámetro, granadas de piso
(2D, 3D), velas romanas (2C y 3C), helicópteros (2I y 3I) y otros artículos pirotécnicos fijos con
un diámetro menor a 75 mm (3 pulgadas): Deben ser colocados a una distancia mayor a 30 m
del publico, excepto si los artículos se encuentran inclinados, en tal caso la distancia debe ser
de 60 m en la dirección del disparo ó a una distancia mayor según recomendación específica
del fabricante.
El área de disparo debe estar libre de obstrucciones tales como cables eléctricos, edificaciones
y árboles, a una distancia no menor de 10 m
5.2.2 Espectáculos pirotécnicos aéreos
(Los que utilizan carcasas y / o voladores u otros artículos pirotécnicos clasificados como 2F,
2G, 2I, 2J, 2K, 2L, 2X, 3F, 3G, 3I, 3J, 3K,3L, 3X .
5.2.2.1 Generalidades
No obstante las distancias mínimas de seguridad, los fuegos artificiales para espectáculos
pirotécnicos aéreos se deben colocar a una distancia suficiente de los espectadores, para
minimizar el riesgo de un accidente.
Excepto lo permitido en el numeral 5.3, no debe haber espectadores, viviendas ni áreas de parqueo
dentro del sitio de seguridad del espectáculo pirotécnico.
5.2.2.2 Carcasas aéreas (2J, 2K, 3J, 3K)
Las carcasas aéreas con un diámetro máximo de 300 mm (12 pulgadas) se deben colocar a las
distancias mínimas de seguridad presentadas en la Tabla 2, o más allá de ellas, siempre y cuando:
a) Los morteros estén fabricados con el material adecuado con respecto a su tamaño,
por ejemplo cartón, acero o polietileno de alta densidad.
b) Que las cargas para estallido estén fabricados a base de compuestos de perclorato
y nitrato.
El sitio del espectáculo pirotécnico seleccionado para el lanzamiento de los cohetes y carcasas
aéreas debe estar ubicado de manera que su trayectoria este libre de obstrucciones (tales como
cables eléctricos, edificaciones y árboles) a una distancia no menor de 10 m.
6
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
Las carcasas que están diseñadas para emitir partículas o estrellas candentes al nivel del suelo, se
deben disparar sobre áreas sin personas o propiedades, y sin que causen peligro de incendio.
Los voladores no deben encenderse sin haber tenido en cuenta las normas de seguridad
apropiadas.
La distancia mínima de seguridad para carcasas aéreas de máximo 300 mm de diámetro
(12 pulgadas), desde el punto de lanzamiento hasta las edificaciones con carteles que
indican el almacenamiento de mercancías peligrosas de Clase 1, 2.1, 2.2, 5.1, 3 ó 4.1, o
subriesgo Clase 1, 2.1 ó 3 debe ser superior que la menor de los dos valores siguientes:
(i)
el doble de la distancia presentada en la Tabla 2, ó
(ii) 250 m.
Tabla 2. Distancias mínimas de seguridad de carcasas aéreas de un solo estallido en mm (pulgadas)
Tamaño de la carcasa
aérea en mm (pulgadas)
Distancia mínima de
seguridad en m
Tamaño de la carcasa
aérea en mm (pulgadas)
Distancia mínima de
seguridad en m
< 75 ( 3”) 30 175 ( 7”) 120
75 ( 3”) 30 200 ( 8”) 140
100 (4”) 50 250 (10”) 170
125 ( 5”) 70 300 (12”) 200
150 ( 6”) 100 >300 ( 12”) *
* Satisfactorio para la autoridad regulatoria.
NOTA 1
Tamaño de la carcasa aérea hace referencia a su diámetro.
NOTA 2 En donde la propagación de las carcasas es mayor que las distancias de seguridad propuestas, éstas se
deberían incrementar de conformidad con el fabricante.
NOTA 3 Si los morteros para disparar carcasas y/o petardos aéreos tienen un ángulo mayor de 20° a la vertical, se
deben doblar las distancias anteriores en la dirección del vuelo.
NOTA 4 Si se busca una reducción en la distancia anterior, el solicitante debería presentar a la autoridad
regulatoria un resumen con el tipo, tamaño y cantidad de las carcasas aéreas que se utilizarán en el espectáculo, y
obtener la aprobación de dicha autoridad. En la búsqueda de esta reducción será de ayuda una indicación de la
propagación de las luces cuando la carcasa aérea se dispara en un lugar abierto, justo sobre el suelo (400 mm), y se
confirma mediante ensayo para cada tipo de carcasa aérea que se va a usar en el espectáculo.
NOTA 5 Para carcasas tipo multi-estallidos (generalmente carcasas cilíndricas), la distancia mínima de seguridad
se debe incrementar a la de la siguiente carcasa aérea más grande.
5.2.2.3 Petardos aéreos
Los petardos aéreos que no excedan los 75 mm de diámetro (3 pulgadas) deben tener una distancia
de seguridad mínima de 30 m, pero esta se debe incrementar a 60 m en el caso que haya
edificaciones en las que se han colocado sistemas de identificación para indicar el almacenamiento
de mercancías peligrosas empacadas o a granel de la Clase 1 (Explosivos), 2.1 y 2.2 (Gases
inflamables), 5.1 (Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos), 3 (Líquidos inflamables) ó 4
(Sólidos inflamables).
5.3 REQUISITOS EN EL SITIO
Las edificaciones, incluidas viviendas y áreas accesibles al público pueden estar localizadas
dentro del perímetro del sitio de seguridad del espectáculo pirotécnico si las mismas o el
7
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
público no están en peligro por el uso de los fuegos artificiales y se ha notificado a la autoridad
regulatoria.
Cuando se han tomado precauciones de seguridad adicionales o existen condiciones
particularmente favorables, la autoridad regulatoria puede reducir las distancias de separación
entre el publico y el sitio de disparo. Por el contrario, en donde existen condiciones inusuales de
clima u otra índole que amenacen la seguridad, la autoridad regulatoria puede considerar que se
deberían aplicar distancias mayores de separación.
El propietario del sitio debe autorizar el espectáculo pirotécnico y conocer previamente el tipo y
forma del mismo.
El sitio seleccionado debe brindar al operador del espectáculo pirotécnico, o a un asistente en
contacto directo con el operador, una visión completa de la zona de disparo.
El operador debe considerar cuidadosamente el lugar y carácter del sitio específico
seleccionado, de manera que:
a) el ruido se pueda minimizar para instituciones particularmente sensibles en el
vecindario (por ejemplo: Hospitales, ancianatos, zoológicos), y
b) la selección apropiada del material del espectáculo, incluida la construcción de
carcasas aéreas, conducirá a la prevención de efectos ambientales adversos, por
ejemplo, escombros, acceso de los animales a los escombros, y contaminación.
NOTA El organizador del evento deberá notificar previamente a aquellas personas que pudieran resultar
afectadas por el espectáculo pirotécnico, como por ejemplo los vecinos del sitio de disparo, para minimizar el
potencial de quejas.
5.4 PREVENCIÓN DE INCENDIOS
El operador del espectáculo pirotécnico debe colocar al menos un extintor de incendios, de
agua y/o multipropósitos, de 9 L (2,5 galones) 3 , en cada punto de lanzamiento.
NOTA Se debería informar al cuerpo de bomberos local o la autoridad competente acerca de la hora, lugar y tipo
del espectáculo pirotécnico.
6. OPERACIONES
6.1 GENERALIDADES
6.1.1 Controles de seguridad
No se permite fumar dentro de 50 m del sitio de disparo cuando hay presentes materiales
pirotécnicos.
El operador de un espectáculo de fuegos artificiales al aire libre debe ser responsable de
asegurar que:
a) En el sitio del espectáculo no se consumen alcohol o drogas que puedan afectar
su realización o funcionamiento.
b) Ninguna persona afectada por alcohol o drogas es admitida en el sitio de
seguridad del espectáculo pirotécnico, y
3
Para efectos informativos se pueden consultar las NTC 1916 y NTC 2361(véase el Anexo C).
8
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
c) Solamente personas autorizadas pueden acercarse al sitio de disparo del
espectáculo pirotécnico.
NOTA Se puede considerar que una persona está afectada por alcohol o drogas, cuando se observa que sus
acciones, actitudes, movimientos, respuestas y capacidad de comunicarse no son coordinadas y son inaceptables
para el trabajo que se va a realizar y en donde se está arriesgando la seguridad de otras personas.
El operador debe inspeccionar todos los fuegos artificiales y equipos en el sitio, para asegurar
que todos los asistentes están entrenados y vestidos apropiadamente para sus labores.
El operador debe asegurar que tiene a mano un número suficiente de asistentes para la
realización segura del espectáculo pirotécnico .
El operador u organizador de la exhibición debe asegurar que los espectadores, vehículos
(diferentes de los necesarios para la realización del espectáculo) o cualquier material
fácilmente combustible no esté localizado dentro del área de seguridad durante el espectáculo
pirotécnico.
NOTA
El área de caída de residuos puede ser más grande que el área de seguridad.
6.1.2 Sitio de seguridad del espectáculo pirotécnico
El sitio de seguridad no será confirmado por el cuerpo de bomberos o la autoridad competente
sino hasta que se haya notificado acerca del espectáculo pirotécnico, a las instituciones de
asistencia médica, a los lugares públicos de reunión y a los zoológicos o reservas de animales
dentro de 250 m del sitio del lanzamiento.
El operador debe coordinar con el organizador los requisitos de seguridad para el sitio de
seguridad del espectáculo pirotécnico, que deben incluir las medidas apropiadas para impedir
el acceso al sitio de disparo por parte de los espectadores y otras personas no autorizadas:
a) Antes del espectáculo pirotécnico y después de la llegada inicial de los artículos
pirotécnicos.
b) Durante el espectáculo pirotécnico, es decir, durante el disparo de los fuegos
artificiales, y
c) Después del espectáculo pirotécnico, hasta que se retiren:
(i)
todas los artículos pirotécnicas del punto de lanzamiento, y
(ii) cualquier fuego artificial no disparado o que ha funcionado
defectuosamente del sitio de seguridad.
NOTA 1 El control del público se puede facilitar anunciando de antemano los mejores lugares desde los cuales se
puede observar el espectáculo pirotécnico.
NOTA 2 A menos que haya personal de seguridad y barricadas o acordonamientos para impedir el acceso
efectivamente, el operador u organizador debe dar instrucciones al público acerca de no entrar al sitio de la
exhibición, mediante el uso de altavoces o avisos llamativos.
NOTA 3 Cuando el operador considere que el organizador no ha promovido las medidas apropiadas para proteger
el sitio de seguridad del espectáculo pirotécnico, el operador se puede rehusar a comenzar o interrumpir en
cualquier momento el espectáculo.
9
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
6.2 SEGURIDAD
6.2.1 Consideraciones
Siempre que, en opinión del operador, exista una situación adversa que afecte
significativamente la seguridad, el espectáculo pirotécnico se debe posponer o cancelar.
Si hay vientos fuertes, lluvias u otras condiciones climáticas adversas de manera que en
opinión del operador existe un riesgo significativo, la exhibición pirotécnica se debe posponer
hasta que las condiciones climáticas sean las adecuadas.
NOTA Cuando se usan planchones u otras embarcaciones como lugares de disparo, deberían ser estables y
resistentes a las condiciones ambientales previstas, y resistentes a la acción de las olas debido al viento o al
movimiento de los barcos, y la colocación de los morteros debería tener en cuenta cualquier acción de las olas.
6.2.2 Precauciones
Los fuegos artificiales deben ser manipulados y encendidos por el operador, o bajo el control
total de éste.
En donde exista riesgo de lesión, los operadores y asistentes deben vestir overoles, casco y
calzado adecuados, y protección apropiada para los ojos y los oídos. (Véase el Anexo C).
6.3 PERSONAL
El operador de un espectáculo pirotécnico debe ser una persona competente y debe tener al
menos 18 años de edad.
El operador es responsable de asegurar que todos sus asistentes:
a) Estén entrenados adecuadamente en el uso de los artículos pirotécnicos,
procedimientos en caso de incendio y de emergencias, uso de equipo de
protección, manejo de fuegos pirotécnicos que funcionan defectuosamente, y
control de multitudes, pertinentes a la ejecución de las tareas asignadas.
b) Tengan una buena compresión de los peligros, reglas de seguridad e
instrucciones.
y
c) Tengan más de 18 años y estén supervisados apropiadamente.
6.4 PREPARACIÓN DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO
6.4.1 Generalidades
Antes de preparar los fuegos artificiales para un espectáculo, el operador debe haber leído
todas las instrucciones de operación y seguridad del proveedor o fabricante, relacionadas con
la instalación y operación de los fuegos artificiales que se van a usar en el espectáculo
pirotécnico. Si existe alguna duda sobre el método de operación de cualquier fuego artificial, el
operador debe contactar al proveedor y obtener asesoría e instrucciones adicionales.
El operador debe inspeccionar todos los fuegos artificiales en el sitio de montaje y disparo.
Cualquier fuego artificial que tenga rasgaduras, fugas, mechas rotas o que tenga señales de
humedad, se debe apartar y no se debe utilizar. Después del espectáculo pirotécnico estos
10
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
fuegos artificiales se deben devolver al proveedor o se deben destruir de acuerdo con las
instrucciones del fabricante .
NOTA
Las reparaciones menores a las mechas las puede realizar una persona competente.
Los fuegos artificiales se deben desempacar, inspeccionar y preparar para su uso de acuerdo
con las instrucciones del proveedor antes de montar el espectáculo pirotécnico. En donde sea
necesario, para la preparación de los fuegos artificiales se puede designar un área segura
separada del sitio de seguridad pero cerca de ella.
El operador debe asegurar que todos los artículos pirotécnicos fijos que funcionan en el suelo o
fijados a una torre estén colocados en forma segura de acuerdo con las instrucciones del
fabricante, de manera que permanezcan en posición cuando sean disparados o en casos de
funcionamiento defectuoso del elemento pirotécnico.
Excepto para sitios de seguridad que estén rodeados completamente por el publico, los
morteros se deben ubicar y colocar en un ángulo tal que las carcasas aéreas y voladores se
disparen en la dirección contraria del área de observación del publico.
NOTA Cuando un sitio de exhibición este completamente rodeado por el área de observación, los morteros se
pueden ubicar en un ángulo tal que compense el viento y la configuración del sitio de la exhibición.
Excepto en donde se usa una forma de disparo eléctrico, el casquillo de seguridad que protege
la mecha no debe ser retirado por la persona responsable de encenderla sino inmediatamente
antes de que se vaya a disparar la carcasa aérea.
Cualquier operación que involucre la fijación, remoción o reparación de un encendedor eléctrico
se debe llevar a cabo en sitios alejados de personas, obras protegidas, polvorines y otros
elementos que representan riesgo inaceptable en caso de la iniciación accidental de los fuegos
artificiales.
El sitio de seguridad del espectáculo pirotécnico debe estar preparado adecuadamente (véase
el numeral 6.1).
Los postes o andamios para la utilización de los artículos pirotécnicos fijos (castillos, etc.),
deben estar asegurados firmemente de manera que no se puedan caer cuando se pongan en
funcionamiento los artículos pirotécnicos.
Una vez se haya considerado la clase y velocidad de la mecha para cada artículo pirotécnico,
se debe seleccionar un método de encendido adecuado para minimizar el riesgo para el
operador y sus asistentes durante el disparo de los fuegos artificiales.
6.4.2 Morteros para las carcasas aéreas
6.4.2.1 Inspección de morteros
Todos los tubos de mortero usados para lanzar carcasas aéreas se deben mantener en
condiciones de funcionamiento seguras. Antes de usarlos en un espectáculo pirotécnico, cada uno
se debe inspeccionar cuidadosamente para detectar defectos visibles tales como abolladuras,
extremos doblados, superficies interiores dañadas, grietas, tapones dañados y daños por agua. No
se deben usar morteros defectuosos.
11
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
6.4.2.2 Protección de soporte y fijación de los tubos de mortero
Los tubos de mortero deben estar sostenidos por uno de los siguientes medios:
a) Enterramiento del mortero en el suelo a una profundidad apropiada.
b) Colocación de bolsas de arena alrededor del mortero a la altura apropiada sobre
la ubicación de la carcasa aérea en el tubo de mortero.
c) Enterramiento parcial del mortero en el suelo con protección adicional mediante
una bolsa de arena, para brindar protección a la altura requerida.
d) Alguno de los métodos de protección para carcasas aéreas descritos en el
Anexo A.
NOTA
Los morteros no se deben recargar durante una exhibición.
Siempre que se disparen eléctricamente más de tres carcasas aéreas en forma simultánea, o se
les vaya a colocar mecha en cadena, por ejemplo para descargas múltiples y/o continuas y para la
parte final del espectáculo pirotécnico, se deben tomar medidas adicionales para impedir que los
morteros adyacentes se reposicionen o que las carcasas aéreas se enciendan por simpatía. Estas
medidas pueden involucrar aumentar la distancia de separación entre morteros o la construcción
de soportes, o ambos, para asegurar que no ocurra daño a los morteros adyacentes o detonación
de los morteros por simpatía. En donde se construyen soportes, el diseño de estos se debería
probar mediante ensayo.
NOTA Para un encendido seguro de las carcasas aéreas lanzadas con mortero, es esencial que el mortero esté
sostenido en forma segura y que se hayan tomado precauciones para impedir la explosión accidental de una
carcasa aérea en un mortero, que causaría la explosión de las carcasas aéreas cargadas en los tubos de mortero
adyacentes. Se pueden obtener condiciones seguras enterrando el tubo de mortero, en donde las condiciones del
sitio de disparo lo permitan (por ejemplo, en una playa). Sin embargo, en la mayoría de los sitios es posible que no
sea viable enterrar el mortero, y no es necesario en todas las ocasiones, siempre que:
a) Los morteros estén fijados y sostenidos en forma segura, para garantizar que permanecen en su
posición cuando se encienden durante el espectáculo pirotécnico , y
b) Los morteros estén protegidos o separados uno de otro para asegurar
(i)
(ii)
una máxima protección para el operador durante la exhibición, y
la protección del público durante la exhibición.
6.4.2.3 Separación de los morteros
Para tubos de mortero de polietileno de alta densidad y carcasas aéreas normales, (que no son
ni petardos aéreos ni carcasas de múltiple estallido) se debe mantener la separación mínima
entre morteros presentada en la Tabla 3:
Tamaño del mortero
D = diámetro en mm (pulgadas)
D<- 150 ( 6 pulgadas)
Tabla 3. Separación mínima de los morteros
Separación mínima
D´= diámetro del mortero más grande
No se requiere separación
150 <D<-225 (6 pulgadas – 9 pulgadas) 0,5 x D´
225 <D<-300 (10 pulgadas – 12 pulgadas) 2,0 x D´
300 <D (mayor de 12 pulgadas) Se requieren protección y separación
12
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
NOTA Si se puede demostrar, mediante un encendido de ensayo con testigos, que una carcasa aérea con
funcionamiento defectuoso que explota en un mortero no dañará o realineará el mortero cargado, estas distancias se
pueden reducir.
Cuando se usan carcasas aéreas de diseño más potente que las estándar (por ejemplo:
algunas europeas o japonesas) o se usan tubos de mortero de menor resistencia, estas
distancias se deben incrementar.
Los morteros se pueden asegurar a estacas o postes, dentro de dispositivos de morteros en
serie. Cuando los morteros están asegurados a postes o estacas, estos no deben extenderse
más allá de la boca del mortero, a menos que no haya riesgo de que la carcasa aérea
proyectada pueda golpear el poste o estaca al encenderse.
Cada grupo de morteros debe tener un medio de soporte apropiado independiente, por
ejemplo, cadenas y postes o estacas, con los morteros limitados a:
(i)
(ii)
El mismo diámetro y no mayor de 125 mm de diámetro, y
no más de 10 morteros en serie.
6.4.3 Carcasas de petardos aéreos
A menos que se obtenga la aprobación específica de la autoridad regulatoria para el sitio
particular del espectáculo pirotécnico, las carcasas de petardos aéreos de un diámetro mayor
de 75 mm no se deben disparar en exhibiciones exteriores.
Los morteros para petardos aéreos deben estar protegidos mediante enterramiento a una
profundidad que asegure que la carcasa de salva en el tubo de mortero está al menos a tres
diámetros por debajo de la superficie de la arena o tierra o por otro medio según el Anexo B.
A menos que estén protegidos para disparar carcasas de petardos aéreos no se deben usar
morteros de acero. En el Anexo B se presenta un resumen completo de los procedimientos de
protección adecuados para morteros usados para disparar carcasas de petardos aéreos.
6.4.4 Disparos múltiples y finales
Cada vez que se disparen grupos de carcasas adyacentes simultáneamente a manera de
disparos múltiples, o con las mechas en cadena, se requieran medidas adicionales para
impedir que los morteros adyacentes se reposicionen, o sus carcasas aéreas cargadas se
enciendan accidentalmente.
Se debe suministrar protección equivalente al enterramiento de los morteros con una
separación entre si de tres diámetros bajo tierra (véanse los Anexos A y B), a menos que se
demuestre mediante disparos de ensayo con testigos, que una carcasa aérea que funciona en
forma defectuosa no dañará ni realineará un mortero cargado cercano.
6.4.5 Manipulación de las carcasas aéreas
A menos que estén diseñadas para ser transportadas por la mecha, las carcasas aéreas se
deben transportar por el cuerpo.
Cuando es necesario preparar los fuegos artificiales para su uso se debe hacer en el sitio de
seguridad del espectáculo pirotécnico o en un lugar que esté a una distancia segura del público
y de obras protegidas.
13
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
Las carcasas aéreas se deben revisar para asegurar su ajuste apropiado en los tubos de
mortero en los que se van a usar. La carcasa debe deslizarse en forma ajustada en el mortero.
Las carcasas aéreas que no ajustan bien a los morteros apropiados, se deben tratar como se
especifica en el numeral 7.3.
Inmediatamente antes de cargar una carcasa aérea en un mortero, éste debe ser examinado
por la persona que lo está cargando, para verificar que no ha entrado al tubo agua, material
extraño o desechos durante las operaciones de montaje del mortero.
La carcasa se debe cargar en el tubo de mortero de manera que la carga impulsora de
elevación esté por debajo de la carcasa aérea, con la flecha del rotulado apuntando hacia
arriba cuando la carcasa desciende en el mortero.
Mientras las carcasas aéreas descienden en el mortero se deben sostener por la mecha, o por
cordones colocados en la carcasas para tal motivo, de manera que la carcasa se apoye
suavemente en la base del mortero, y descanse sobre su carga de elevación. Su correcto
asentamiento se puede confirmar elevando y bajando ligeramente la carcasa, o midiendo la
profundidad de la carcasa usando una varilla de carga premarcada.
Una vez que la carcasa está cargada en el mortero, se debe evitar pasar las manos u otras
partes del cuerpo por encima de la boca del mortero.
6.4.6 Equipo de encendido
6.4.6.1 Disparo eléctrico
La unidad de disparo eléctrico debe incluir:
a) Un interruptor operado por llave, que debe:
(i)
(ii)
permanecer en todo momento bajo el control del operador del
espectáculo pirotécnico, y
estar diseñado de manera que el circuito quede inactivado al retirar la
llave.
b) Una luz de advertencia u otro dispositivo que indique cuándo hay potencia
eléctrica conectada, y
c) un dispositivo de parada de emergencia en el sitio de disparo del espectáculo
pirotécnico, para permitir que el operador detenga todos los disparos siguientes,
retirando toda la potencia del sistema.
Las unidades de disparo eléctrico activadas manualmente deben estar diseñadas de manera
que se emprendan al menos dos acciones positivas para aplicar corriente a un fósforo
eléctrico.
NOTA Esto se puede lograr con dos interruptores en serie, que deben estar operados ambos para que pase
corriente.
El cable eléctrico conectado a cada unidad de disparo eléctrico debe estar aislado
adecuadamente para impedir que ocurra cortocircuito, fuga de corriente a tierra o corrientes
eléctricas parásitas, y debe estar protegido contra escombros ardientes. Los sistemas de
14
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
disparo eléctrico deben tener medios para impedir cortocircuitos para todos los fósforos
eléctricos conectados al sistema durante la carga y la preparación del espectáculo pirotécnico.
Los teléfonos móviles y los radios de comunicación se deben mantener al menos a 5 m de los
operadores y asistentes mientras se cargan los morteros.
Los sitios de seguridad de los espectáculos pirotécnicos deben tener una distancia de
seguridad adecuada con relación a las líneas de potencia y transmisores de radio. Las fuentes
de energía extrañas se deben identificar y los peligros potenciales se deben controlar.
NOTA Los siguientes tipos de unidades de disparo eléctrico pueden requerir aprobación por parte de la autoridad
regulatoria:
(i)
(ii)
Unidades alimentadas por corriente alterna o batería.
Unidades activadas por computador a través de la línea terrestre y que cumplen
con la Nota (i).
Cuando se realiza cualquier ensayo de circuitos de disparo, no se permite que haya ninguna
persona presente en el área inmediata de los fuegos artificiales que hayan sido conectados a la
unidad de disparo eléctrico.
6.4.6.2 Disparo manual
Los asistentes comprometidos en el disparo manual deben recibir instrucciones adecuadas
sobre:
a) Los procedimientos y peligros asociados.
b) Las velocidades de quemado de las mechas, el tiempo de inicio y la secuencia
del disparo.
c) Tipo de dispositivos de encendido, por ejemplo, portafuegos, etc., y
d) En donde se suministre, el lugar de los refugios de seguridad y su uso.
6.5 REALIZACIÓN DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO
6.5.1 Generalidades
El operador tiene la responsabilidad primordial por la seguridad.
El día del espectáculo pirotécnico, el operador debe comprobar las condiciones climáticas
previstas para el momento del espectáculo.
Los artículos pirotécnicos individuales se deben disparar siguiendo las instrucciones del
fabricante. Estas instrucciones pueden ir impresas en el elemento o estar en el mismo
empaque que él. Cuando el fabricante está realizando la exhibición, no se requieren estas
instrucciones.
No se debe usar una llama para iluminación en un punto de disparo o en un área en donde se
presentan o manipulan fuegos artificiales.
La primer carcasa aérea disparada se debe observar cuidadosamente para determinar que su
trayectoria es tal que funciona sobre el área seguridad y de caída y que cualquier residuo
15
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
peligroso o carcasa aérea sin explotar caerán en ellas. Si la trayectoria inicial es incorrecta o
hay cambio en las condiciones ambientales, los morteros se deben realinear o reposicionar, o
ambos, según se necesite.
6.5.2 Disparo manual
Para carcasas aéreas que usan una mecha rápida para encender la carga de elevación, no
menos de 150 mm de la mecha deben sobresalir del mortero después de que la carcasa aérea
ha sido insertada apropiadamente.
Para permitir que la persona que enciende las carcasas aéreas se retire en forma segura, el
tiempo entre el encendido de la punta de la mecha de la carcasa aérea y el disparo de la
carcasa aérea no debe ser inferior a 3 s.
Se debe colocar un casquillo de seguridad sobre el extremo expuesto de la mecha. Este
casquillo de seguridad debe ser de un color diferente al de la mecha, y se debe instalar de
manera que la mecha no sufra daño al quitarlo.
Las carcasas aéreas que no son encendidas eléctricamente deben ser encendidas en la
punta de la mecha con un portafuego o dispositivo de encendido similar. Durante la operación
de disparo, el disparador no debe colocar ninguna parte de su cuerpo sobre el mortero. Tan
pronto se encienda la mecha, el disparador se debe retirar del área del mortero.
6.5.3 Disparo eléctrico
Para exhibiciones disparadas eléctricamente, no hay requisito de casquillos de seguridad,
excepto que no debe haber compuestos pirotécnicos expuestos, y las mechas deben estar
protegidas contra encendido accidental.
NOTA Para exhibiciones encendidas eléctricamente, no hay requisito para un período de retardo cuando se
disparan carcasas aéreas.
6.6 LIMPIEZA
Después del espectáculo pirotécnico, el operador y sus asistentes deberán realizar una
inspección del área de seguridad y caída, con el propósito de localizar cualquier fuego artificial
que no haya explotado. Esta inspección se debe realizar antes de que se permita cualquier
acceso del público al sitio. Cualquier carcasa aérea encontrada durante la búsqueda se debe
separar en un área equivalente a su diámetro de estallido y no se debe manipular hasta que
hayan transcurrido al menos 30 min desde el momento en que se disparó la carcasa aérea.
Esta carcasa se debe empapar con agua y se deben dejar transcurrir 5 min antes de colocarla
cuidadosamente en un balde plástico o caja de fibra de vidrio. Se debe contactar al fabricante
lo más pronto posible, para recibir instrucciones acerca de la disposición del fuego artificial. Las
carcasas aéreas sin explotar no se deben desechar mediante quemado.
Cuando los fuegos artificiales se exhiben en la noche y no es posible inspeccionar completamente
el sitio, el operador debe tomar medidas de antemano para asegurar que todo el sitio es
reinspeccionado tan pronto la luz del sol lo permita.
Todos los escombros, estacas, marcos de madera, cajas y empaques se deben recoger y retirar
del sitio después del espectáculo pirotécnico. Todos los huecos se deberían rellenar, incluidos los
hechos en el pasto.
16
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
7. PROCEDIMIENTOS DE EMERGENCIA
7.1 ACCIDENTES
Cualquier accidente o incidente, que cause lesión o daño, se debe reportar a la autoridad
regulatoria en un período de 24 h desde ocurrido el accidente. El operador debe:
a) Asegurar que el área del accidente está aislada y no ha sido alterada hasta que
finaliza la investigación en el sitio.
b) Recopilar y poner a disposición para la investigación los nombres y otros detalles
de las personas lesionadas, involucradas o testigos del accidente.
7.2 INCENDIO
En el caso de cualquier incidente que provoque un incendio a causa del espectáculo
pirotécnico, éste se debe detener inmediatamente y se deben iniciar los procedimientos de
emergencia apropiados.
7.3 FUNCIONAMIENTO DEFECTUOSO
En el evento de que una carcasa aérea falle y no salga del mortero, éste se debe marcar de
manera que indique de alguna manera la presencia de una carcasa aérea no disparada, y el
mortero no se debe recargar ni reutilizar en tanto la carcasa aérea que funcionó
defectuosamente permanezca en él. Cuando sea viable, el mortero debe estar aislado durante
el resto del espectáculo pirotécnico. Entonces, inmediatamente después del espectáculo
pirotécnico, pero no antes de 30 min después de que se intentó el disparo, si la carcasa aérea
todavía no se ha disparado, el mortero se debe inundar cuidadosamente con agua y se debe
dejar reposar durante un mínimo de 5 min antes de retirar cuidadosamente la carcasa aérea.
Se debe contactar al proveedor lo más pronto posible, para obtener instrucciones sobre su
disposición final. Las carcasas aéreas sin explotar no se deben desechar mediante quemado.
Cuando se usa encendido eléctrico y la falla del disparo es de naturaleza eléctrica o la carcasa aérea
intencionalmente se dejó de disparar, ésta debe estar marcada apropiadamente y puede ser
recuperada por el operador.
NOTA Cuando la causa del funcionamiento defectuoso se ha identificado y es seguro recobrar la carcasa aérea, el
operario la puede recobrar.
La persona que enciende las carcasas aéreas, o un asistente que detecte que una carcasa
aérea no se ha disparado de un mortero, debe advertir a las otras personas del área y debe
hacer que se marque inmediatamente el mortero para indicar la presencia de una carcasa
aérea sin disparar.
En donde se usa reencendido manual para encender las carcasas aéreas con mecha en
cadena, esto se debe intentar solamente en un punto de encendido instalado apropiadamente.
Cuando el disparo es eléctrico, no es necesario marcar inmediatamente el mortero; sin
embargo, a las personas que entren al área después del espectáculo pirotécnico se les debe
advertir que hay una carcasa aérea sin encender. Al final de la exhibición el mortero se debe
marcar.
17
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
7.4 ROBO O PÉRDIDA
Cualquier robo o pérdida de fuegos artificiales debe ser reportado inmediatamente por el
operador a la policía y a la autoridad con jurisdicción, en un período de 24 h o al siguiente día
laboral. El reporte debe incluir las cantidades, tipos y descripción, y el peligro potencial de los
fuegos artificiales extraviados.
18
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
ANEXO A
(Normativo)
MÉTODOS DE PROTECCIÓN PARA MORTEROS
QUE DISPARAN CARCASAS AÉREAS
Para impedir que ocurra cualquier lesión a personas o daño a propiedades a causa de la falla
de un tubo de mortero, funcionamiento defectuoso de la carcasa aérea, explosión prematura de
una carcasa aérea, proyección de escombros o descarga inadecuada de una carcasa aérea, la
protección y soporte a los morteros se puede lograr mediante:
a) Enterramiento de los morteros en el suelo a una profundidad apropiada.
b) Colocación de bolsas de arena alrededor de los morteros, a una altura
apropiada.
c) Enterramiento de los morteros en el suelo, con protección adicional mediante
bolsas de arena.
d) Colocación de morteros en canaletas de madera o metal con tabiques internos,
según sea necesario, para sostener las canaletas, y arena u otro relleno
adecuado para sostener y separar los morteros según sea apropiado.
e) Colocación de morteros en canaletas de madera o metal con tabiques internos,
según sea necesario, para sostener las canaletas, y con entramado de madera o
metal para sostener y separar los morteros, según sea apropiado.
f) Colocación de los morteros en tambores metálicos con:
(i)
(ii)
Entramado de madera o metal para sostener y separar los morteros,
según sea apropiado, o
Arena u otro relleno adecuado para sostener los morteros.
g) Colocación de morteros en serie en dispositivos de metal o madera (baterías).
h) Colocación de morteros detrás de una barrera o pared, que por ensayos se haya
demostrado que son resistentes a los fragmentos generados por el disparo de la
carcasa aérea y la ruptura del mortero.
(i)
Soporte para morteros o morteros en serie, canaletas o tambores, para asegurar
que los morteros no se realineen.
19
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
ANEXO B
(Normativo)
REQUISITOS DE PROTECCIÓN PARA MORTEROS QUE DISPARAN
CARCASAS DE PETARDOS AÉREOS
Para las carcasas de petardos aéreos y para las carcasas (cilíndricas) de estallidos múltiples se
debe suministrar una mayor protección contra comunicación de la explosión y mayor protección
para el operador en el caso de explosión prematura de una de éstas.
Los morteros para carcasas de petardos aéreos
siguientes medios:
deben estar protegidos con uno de los
a) Enterramiento en el suelo a una profundidad no inferior a tres veces el diámetro
de la carcasa, medida desde la superficie del suelo hasta la punta superior de la
carcasa.
b) Colocación en tambores o bateas llenas de arena, o protegidos por una pared de
bolsas de arena hasta una altura no inferior a tres veces el diámetro de la
carcasa y que se extiende en todas direcciones a un ancho no inferior a dos
veces el diámetro de la carcasa.
c) Un encerramiento brindado por una pared de protección u otra barrera adecuada
que proteja efectivamente a las personas contra el mortero, si llegara a funcionar
defectuosamente, siempre y cuando la altura de la pared o barrera no sea
inferior a 2/3 de la longitud del mortero, o tres diámetros de la carcasa aérea,
cualquiera de estos, el que sea mayor.
No se deben usar morteros de acero para disparar carcasas de petardos aéreos, a menos que los
morteros estén protegidos un mínimo de 2/3 de la longitud desde su base mediante:
(i)
(ii)
(iii)
(iv)
Enterramiento en el suelo.
Rodeando el mortero con bolsas de arena, con un ancho en todas direcciones,
de al menos medio metro.
Mediante una combinación de los ítemes (i) y (ii), y
Mediante su colocación detrás de una barrera que haya demostrado, mediante
ensayos con testigos, que puede detener fragmentos de morteros de acero
reventados por explosivos.
20
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
ANEXO C
(Informativo)
BIBLIOGRAFÍA
NTC 1461, Higiene y seguridad. Colores y señales de seguridad.
NTC 1478, Material de seguridad y lucha contra incendio. Terminología.
NTC 1523, Segunda actualización: Higiene y seguridad. Cascos de seguridad industrial.
NTC 1692, Transporte de mercancías peligrosas. Clasificación, etiquetado y rotulado.
NTC 1728, Higiene y seguridad. Equipos de protección respiratoria contra gases tóxicos.
NTC 1733, Higiene y seguridad. Equipos de protección respiratoria. Requisitos generales.
NTC 1867, Higiene y seguridad. Sistema de señales contra incendio. Instalación, mantenimiento y
usos.
NTC 1916, Extintores de fuego. Clasificación y ensayo.
NTC 1931 (Primera actualización), Protección contra incendios. Señales de seguridad.
NTC 2361, Extintores del Tipo de Agua Almacenada a Presión con Capacidad de 9,5 L.
NTC 3252, Higiene y Seguridad. Ropa de protección contra el fuego y contra el calor.
Recomendaciones generales.
NTC 3966, Transporte de mercancías peligrosas. Clase 1. Explosivos. Transporte terrestre.
NTC 4435, Transporte de mercancías. Hojas de seguridad para materiales. Preparación.
NTC 4532, Transporte de mercancías peligrosas. Tarjetas de emergencia para transporte de
materiales. Elaboración.
NTC 4702-1, Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas. Clase 1. Explosivos.
NTC 5049, Overoles industriales de propósito general.
Ministerio de Transporte. Dirección general de transporte y transito automotor, subdirección
operativa de transporte automotor. Reglamento para el manejo y transporte de mercancías
peligrosas. Decreto 1609 de julio 31 de 2002. Disponible en http://www.mintransporte.gov.co
21
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5236
DOCUMENTO DE REFERENCIA
AUSTRALIAN STANDARD. Explosives. Storage, Transport and Use. Part 4: Pyrotechnics. Outdoor
Displays. New South Wales, 1998. 23 p. (AS 2187.4).
22