12.01.2013 Views

LINEAMIENTO SEGURIDAD LÓGICA V1 - SE SNSP

LINEAMIENTO SEGURIDAD LÓGICA V1 - SE SNSP

LINEAMIENTO SEGURIDAD LÓGICA V1 - SE SNSP

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Abril 2010<br />

CENTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN<br />

Seguridad Lógica de la<br />

Plataforma México<br />

Lineamientos<br />

CNI-SLPM-1.0<br />

Codificación<br />

L-SLPM-513 <strong>V1</strong>.2


ÍNDICE<br />

ANTECEDENTES 2<br />

OBJETIVO 2<br />

ÁMBITO DE APLICACIÓN 2<br />

FUNDAMENTO LEGAL 2<br />

DEFINICIONES 3<br />

DISPOSICIONES GENERALES 4<br />

DE LOS EQUIPOS 4<br />

DE LOS RIESGOS 4<br />

DE LOS ESTÁNDARES DE <strong><strong>SE</strong>GURIDAD</strong> 5<br />

MECANISMOS DE VIGILANCIA Y EVALUACIÓN 5<br />

CNI-SLPM-1.0<br />

Codificación<br />

L-SLPM-513 <strong>V1</strong>.2


ANTECEDENTES<br />

Las tecnologías de la información son fundamentales para el logro de los objetivos<br />

del Sistema Nacional de Seguridad Pública, ya que permiten la rápida integración,<br />

actualización y consulta de las bases de datos criminalísticas y de personal de las<br />

diferentes instituciones y organismos.<br />

Plataforma México es la red que facilita la interconexión entre instituciones de<br />

Seguridad Pública de los tres órdenes de gobierno a fin de que puedan compartir<br />

información y homologar criterios.<br />

El presente documento está destinado a establecer pautas que se deben cumplir<br />

en las dependencias federales, del Distrito Federal, de los estados y de los<br />

municipios para hacer uso en forma segura de la Plataforma México.<br />

Establece también actividades y responsabilidades que se deben llevar a cabo a<br />

fin de salvaguardar la información utilizada por los integrantes del Sistema<br />

Nacional de Seguridad Pública.<br />

OBJETIVO<br />

Establecer una cultura de seguridad informática para la detección oportuna de<br />

amenazas y de comportamientos anómalos y nocivos en el tráfico de información.<br />

ÁMBITO DE APLICACIÓN<br />

Todas las instituciones y organismos con acceso a la Plataforma México.<br />

FUNDAMENTO LEGAL<br />

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 21,<br />

párrafos noveno y décimo.<br />

• Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Artículos 7,<br />

fracción VII; 18, fracción XXIII; 19, fracciones I, II, IV y VI; 109; 110, y 139,<br />

fracción II.<br />

• Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, Artículo 3,<br />

fracción II y XIII; 4, fracción III; 18, fracción II, y 21.<br />

CNI-SLPM-1.0<br />

2<br />

Codificación<br />

L-IPHO-513


DEFINICIONES<br />

Plataforma México: Red nacional que alberga las bases de datos criminalísticas y<br />

de personal de Seguridad Pública y facilita su suministro, actualización y consulta.<br />

Por extensión, la Coordinación General de SSP responsable de la red.<br />

Instituciones Involucradas: Todas las instituciones y organismos con acceso a la<br />

Plataforma México.<br />

Seguridad lógica: Barreras informáticas y medidas de prevención en la<br />

Plataforma México destinadas a evitar que tengan acceso a las bases de datos<br />

personas no autorizadas; por extensión, medidas para evitar situaciones que<br />

pongan en riesgo las bases de datos criminalísticas y de personal de Seguridad<br />

Pública.<br />

Usuario: Funcionario individual con acceso a la Plataforma México.<br />

Estándares abiertos: Programas, sistemas y lenguajes informáticos que pueden<br />

ser utilizados sin necesidad de pagar regalías a un fabricante.<br />

Monitoreo: Análisis exhaustivo y constante que se hace a los equipos para evitar<br />

los ataques internos o externos.<br />

Reportes: Todos los datos recopilados e interpretados del escaneo, monitoreo y<br />

mantenimiento de los equipos, que sirven como base para prever futuros ataques<br />

o principales vulnerabilidades.<br />

Auditor: Personal de Plataforma México capacitado para realizar una auditoria,<br />

presentar un informe final indicando riesgos encontrados y la solución a los<br />

mismos.<br />

Usuario Solicitante: Funcionario a cargo de una oficina que utiliza la Plataforma<br />

México y que solicita una autoría.<br />

DISPOSICIONES GENERALES<br />

Corresponde al Centro Nacional de Información:<br />

• En coordinación con Plataforma México, garantizar la seguridad y<br />

funcionalidad de las bases de datos criminalísticas y de Personal de<br />

Seguridad Pública.<br />

Corresponde a la Coordinación General de Plataforma México.<br />

• Realizar las auditorias necesarias para la seguridad de la Plataforma<br />

México.<br />

• Coordinar los trabajos de mantenimiento de hardware.<br />

• Organizar los tiempos y procedimientos para el monitoreo y escaneo de la<br />

red de la Plataforma México.<br />

CNI-SLPM-1.0<br />

3<br />

Codificación<br />

L-IPHO-513


Corresponde a las Instituciones Involucradas:<br />

• Distribuir la documentación interna sobre seguridad lógica según la<br />

necesidad que cada cual tenga de conocerla.<br />

• Controlar el acceso a la documentación e instruir a los usuarios acerca de<br />

cómo protegerla.<br />

DE LOS EQUIPOS<br />

1. Los equipos informáticos relacionados con el suministro, actualización y<br />

consulta de datos e información criminalística y de personal de Seguridad<br />

Pública, incluyendo equipos de cómputo, servidores, equipos de<br />

telecomunicaciones, deben inventariarse apropiadamente.<br />

2. Además del inventario, cada oficina que tenga acceso a la Plataforma México<br />

deberá contar con medidas de seguridad para garantizar el buen uso de los<br />

equipos.<br />

3. Se deberán establecer métodos específicos para evaluar continuamente los<br />

riesgos potenciales con la finalidad de mantener la seguridad en un nivel<br />

aceptable.<br />

4. Se deberán identificar controles adicionales de seguridad para reducir al<br />

mínimo el riesgo en caso que el público en general deba tener algún tipo de<br />

acceso al sistema.<br />

5. Se evitará crear un sistema de seguridad muy complicado que desaliente su<br />

uso entre los usuarios.<br />

6. Los controles de seguridad para los componentes, los programas y los<br />

sistemas informáticos serán parte integral de la arquitectura tecnológica de<br />

los sistemas de información de la Institución Involucrada, por lo que también<br />

deberán ser descritas en el inventario.<br />

7. Se documentarán todos los procesos y configuraciones referidas a temas de<br />

seguridad de la información que se implementen.<br />

DE LOS RIESGOS<br />

8. Todo usuario tendrá la obligación de informar a sus superiores de cada<br />

problema que se presente en el uso de Plataforma México y que pueda<br />

representar una amenaza a la seguridad de la red.<br />

9. Cada problema que sea sospechoso de constituir una amenaza deberá ser<br />

investigado.<br />

10. Se establecerán el control de la autentificación, tales como firmas digitales<br />

basadas en claves cifradas.<br />

11. Sin menoscabo de los numerales anteriores, se deberá controlar la<br />

información sobre los usuarios: el uso que hacen de la información, los<br />

mecanismos que usan para llegar a ella, los usuarios que pueden crear<br />

CNI-SLPM-1.0<br />

4<br />

Codificación<br />

L-IPHO-513


cuentas adicionales y auditar cada cuenta con periodicidad en busca de<br />

inconsistencias en el uso de las mismas.<br />

DE LOS ESTÁNDARES DE <strong><strong>SE</strong>GURIDAD</strong><br />

12. Previa autorización de la Plataforma México, los productos de seguridad<br />

basados en estándares abiertos pueden ser implementados.<br />

13. En caso de utilizar estándares abiertos en materia de seguridad, éstos deben<br />

estar documentados para su uso por parte de los usuarios y como referencia<br />

para el personal responsable de mantenimiento.<br />

MECANISMOS DE VIGILANCIA Y EVALUACIÓN<br />

1. El Centro Nacional de Información en coordinación con la Plataforma<br />

México, verificará el cumplimiento de los presentes lineamientos y<br />

determinará las medidas adicionales en caso de detectarse riesgos o<br />

amenazas a la integridad de las bases de datos.<br />

CNI-SLPM-1.0<br />

5<br />

Codificación<br />

L-IPHO-513

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!