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arquitectónicas - World Monuments Fund

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MEMORIA Y LINEAMIENTOS DEL TALLER SOBRE IMPLEMENTACIÓN<br />

DE CUBIERTAS ARQUITECTÓNICAS EN CONTEXTOS ARQUEOLÓGICOS<br />

adosados originales que requieren de protección especial a la intemperie, aclarando<br />

que muchos de ellos en algún momento fueron por diferentes motivos<br />

sustituidos por copias. Se busca analizar la efectividad de las techumbres y<br />

barreras de protección existentes y, en su caso, explorar alternativas de diseño<br />

que afecten en menor grado a las estructuras precoloniales y a su entorno<br />

urbano, paisajístico y natural. En el trabajo de campo realizado por el sitio se<br />

observa la existencia de techumbres y cubiertas, así como sistemas de protección<br />

de distinta naturaleza y materiales, que ponen en duda la integridad de<br />

las estructuras y la homogeneidad de criterio en las intervenciones realizadas.<br />

Con estas inquietudes e interrogantes en mente y a iniciativa del ihah se<br />

organizó la III Reunión Internacional de Expertos Para la Conservación del<br />

Parque Arqueológico Ruinas de Copán, a la que concurrió un grupo de especialistas<br />

que discutieron la problemática y acordaron lineamientos, enmarcados<br />

en las normas y principios de los siguientes documentos:<br />

Internacionales<br />

• Carta de Venecia (1964). Establece los principios de conservación<br />

y restauración de monumentos.<br />

• Convención del Patrimonio Mundial (1972) unesco. Marca las<br />

disposiciones generales que establecen un sistema eficaz de protección<br />

colectiva del patrimonio cultural y natural de valor excepcional,<br />

aplicables por los estados firmantes de ésta y en los sitios nominados<br />

dentro de la Lista del Patrimonio Mundial.<br />

• Declaración de Ámsterdam (1975). Propone el concepto de conservación<br />

integral.<br />

• Carta icamh (1990). Establece que la conservación in situ debe<br />

ser la finalidad principal de la conservación del patrimonio arqueológico.<br />

• Carta de Burra (1990). Propone que el fin de la conservación es<br />

retener el significado cultural de un lugar.<br />

• Carta de Nara (1994). Establece que la conservación del patrimonio<br />

cultural en todas sus formas y periodos está basada en los valores que<br />

se le atribuyen, los cuales sólo pueden ser comprendidos a partir del<br />

conocimiento de fuentes de información fidedignos y verdaderas,<br />

cuya evaluación y significado es la base para asesorar todos los aspectos<br />

relacionados con la autenticidad.<br />

• Enamel Charter (tercer borrador, 2004). Establece que la interpretación<br />

es también parte esencial del proceso de conservación y fundamental<br />

para que éste obtenga resultados positivos.<br />

Legislación hondureña<br />

• Ley de Protección del Patrimonio Cultural de la Nación (1997).

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