JAIME AMÍN HERNÁNDEZ SENADOR CENTRO DEMOCRÁTICO
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<strong>JAIME</strong> <strong>AMÍN</strong> <strong>HERNÁNDEZ</strong><br />
<strong>SENADOR</strong> <strong>CENTRO</strong> <strong>DEMOCRÁTICO</strong><br />
Artículo 193.<br />
ASPECTOS<br />
ESPECÍFICOS RELATIVOS A LA<br />
PÓLIZA.<br />
2. Vigencia de la póliza. La vigencia<br />
de la póliza de seguro de daños<br />
corporales causados a las personas en<br />
accidentes de tránsito será, cuando<br />
menos anual, excepto en seguros<br />
expedidos con carácter transitorio para<br />
los vehículos que circulen por las zonas<br />
fronterizas y para los vehículos<br />
importados que se desplacen del puerto<br />
a los concesionarios para su venta al<br />
público. Para los vehículos que hayan<br />
obtenido la clasificación como<br />
automóviles antiguos o clásicos la<br />
vigencia de dicha póliza no podrá ser<br />
menor a un trimestre.<br />
ARTICULO 193. ASPECTOS<br />
ESPECIFICOS RELATIVOS A LA<br />
POLIZA.<br />
2. Vigencia de la póliza. La vigencia<br />
de la póliza de seguro de daños<br />
corporales causados a las personas en<br />
accidentes de tránsito será, cuando<br />
menos anual, excepto en seguros<br />
expedidos con carácter transitorio para<br />
los vehículos que circulen por las zonas<br />
fronterizas y para los vehículos<br />
importados que se desplacen del puerto<br />
a los concesionarios para su venta al<br />
público. Para los vehículos que hayan<br />
obtenido la clasificación como<br />
automóviles antiguos o clásicos la<br />
vigencia de dicha póliza no podrá ser<br />
menor a un trimestre.<br />
La vigencia de las pólizas de<br />
responsabilidad civil extracontractual<br />
integral, Rcei, será la acordada por las<br />
partes. Para los vehículos importados<br />
que se desplacen del puerto a los<br />
concesionarios para su venta al público<br />
o a zonas de disposición temporal<br />
podrán emitirse pólizas de<br />
responsabilidad civil extracontractual<br />
integral, Rcei, con vigencias desde un<br />
día.<br />
Las autoridades de tránsito verificarán<br />
esta circunstancia.<br />
4. Improcedencia de la duplicidad de<br />
amparos. Las coberturas del seguro<br />
obligatorio serán exclusivas del mismo<br />
Las autoridades de tránsito verificarán<br />
esta circunstancia.<br />
4. Improcedencia coexistencia de la<br />
duplicidad de amparos pólizas. Las<br />
coberturas y demás características del<br />
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