reg_audio2 Alumno:doc
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®<br />
2016<br />
Reglamento de<br />
Audiovisuales
Inteligencia con Caracter<br />
®<br />
Reglamento de<br />
Adiovisuales<br />
Propiedad de la Universidad de la República Mexicana, S.C.<br />
Av. Tláhuac No. 4761, Col. El Vergel, Del. Iztapalapa, C.P.<br />
09880, México, D.F.<br />
Tel. 50-37-01-00 Página web: www.unirem.edu.mx<br />
La reproducción total o parcial de este <strong>doc</strong>umento sólo podrá<br />
efectuarse mediante la autorización de Dirección General<br />
Institucional de la UNIREM.<br />
2 de agosto del 2016.<br />
1
Inteligencia con Caracter<br />
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ACTA DE AUTORIZACIÓN<br />
2
Inteligencia con Caracter<br />
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PRESENTACIÓN<br />
La Universidad de la República Mexicana (UNIREM) es una Institución Educativa<br />
privada perteneciente al Sistema Educativo Nacional, a través del Reconocimiento de<br />
Validez Oficial de Estudios (RVOE) de la Dirección General de Acreditación, Incorporación<br />
y Revalidación dependiente de la Secretaría de Educación Pública. La UNIREM<br />
se estructuró para atender las necesidades educativas que permitan dar respuesta a<br />
los diferentes requerimientos de nuestra sociedad. Comprometida con la calidad y<br />
pertinencia de sus servicios educativos, diversificando sus opciones, además de<br />
contar con instalaciones de excelencia, para el beneficio del aprendizaje de su comunidad<br />
educativa.<br />
MISIÓN<br />
Formar profesionales capacitados con la más alta calidad académica en el campo de<br />
su especialidad, contribuyendo al desarrollo de sí mismo, de la sociedad y del progreso<br />
del país.<br />
VISIÓN<br />
Ser una institución educativa acreditada y certificada con reconocimiento a nivel<br />
nacional e internacional que contribuya activamente en la resolución de las problemáticas<br />
de su tiempo.<br />
PRINCIPIOS<br />
Formar seres humanos que a través del estudio y del trabajo logren insertarse en el<br />
campo productivo logrando su desarrollo y satisfacción personal. Llevar la ciencia, la<br />
cultura y el trabajo a la comunidad como agente de cambio y superación. Promover<br />
la transformación de los individuos, de la comunidad y de la sociedad.<br />
VALORES<br />
Honestidad, respeto, responsabilidad, solidaridad y superación.<br />
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REGLAMENTO DE<br />
AUDIOVISUALES<br />
El presente Reglamento contiene las disposiciones y normas con el objeto de establecer el buen uso<br />
y funcionamiento eficiente de los Audiovisuales, así como establecer las facultades y responsabilidades<br />
de la Dirección de Sistemas, los derechos y obligaciones de los usuarios así como las sanciones<br />
por el incumplimiento e inobservancia a las disposiciones que se enuncian en este <strong>doc</strong>umento<br />
normativo.<br />
La Dirección de Sistemas es la responsable de controlar y asegurar el buen funcionamiento de los<br />
Audiovisuales, además de brindar a los <strong>doc</strong>entes, personal académico, administrativo y personal<br />
externo autorizado que requiera hacer uso de los Audiovisuales.<br />
Los Audiovisuales comprenden el espacio físico conformado por un salón acondicionado con equipo<br />
de cómputo, proyector y conexiones para el uso de ciertos dispositivos.<br />
Los Audiovisuales podrán ser utilizadas por <strong>doc</strong>entes y personal académico para el desarrollo de actividades<br />
de orden educativo y vinculadas al proceso enseñanza aprendizaje y que incluyen: catedra,<br />
presentaciones, exposiciones, aplicación de evaluaciones, etc.<br />
Los Audiovisuales podrán ser utilizados, por el personal administrativo para el desarrollo de las<br />
diferentes actividades vinculadas a sus funciones y tareas dentro de la UNIREM, como son: reuniones<br />
de trabajo, presentaciones ejecutivas, cursos de capacitación o inducción, reuniones de cuerpos<br />
directivos, entre otros.<br />
Se considerará usuario a cualquier miembro de la comunidad universitaria de UNIREM: estudiantes,<br />
personal académico, administrativo; y al personal externo autorizado, que haga uso de los<br />
Audiovisuales.<br />
El <strong>doc</strong>ente o personal académico que requiera hacer uso del Audiovisual con los fines establecidos en<br />
el Artículo 4° de este Reglamento deberá apartarlo en la Dirección de Sistemas, con por lo menos un<br />
día y como máximo una semana de antelación.<br />
El personal administrativo que requiera hacer uso del Audiovisual con los fines establecidos en el Artículo<br />
5° de este Reglamento deberá apartarlo en el área de Sistemas, con por lo menos una semana<br />
de antelación.<br />
El <strong>doc</strong>ente, personal académico o administrativo previo a ingresar al Audiovisual apartado deberá de<br />
<strong>reg</strong>istrarse en la bitácora de reservación y ent<strong>reg</strong>ar su credencial UNIREM vigente al personal de<br />
Sistemas el cual le ent<strong>reg</strong>ará la llave y el control del proyector.<br />
El <strong>doc</strong>ente, personal académico o administrativo que aparte el Audiovisual, será el responsable del<br />
equipo y materiales que se encuentren en éste, llaves y control del proyector ent<strong>reg</strong>ados por el<br />
personal de Sistemas, así como del orden y la disciplina dentro del espacio.<br />
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El usuario no podrá utilizar ningún Audiovisual que no hayan sido previamente solicitado o reservado<br />
a la Dirección de Sistemas.<br />
Cuando por cualquier motivo el usuario desee cancelar la reservación, del Audiovisual deberá informarlo<br />
con la debida anticipación a la Dirección de Sistemas, especificando las razones de la cancelación.<br />
El <strong>doc</strong>ente responsable de haber apartado el Audiovisual, deberá presentarse por lo menos diez minutos<br />
antes de la hora solicitada, en el área de Sistemas con objeto de que se le haga ent<strong>reg</strong>a de la llave<br />
y el control del proyector además de resolver cualquier duda que tenga con respecto al uso del audio,<br />
video, computadora u otro equipo que el <strong>doc</strong>ente pueda utilizar en el del Audiovisual.<br />
En caso de que el usuario responsable de apartar el Audiovisual no llegara a ocuparlo pasados veinte<br />
minutos de la hora <strong>reg</strong>istrada en la bitácora de reservación, la Dirección de Sistemas podrá disponer<br />
del Audiovisual para dar servicio a otro usuario que la requiera.<br />
En caso de que el usuario responsable de apartar el Audiovisual requiera bocinas o extensiones<br />
deberá solicitarlo a la Dirección de Sistemas.<br />
En caso de que el usuario responsable de apartar el Audiovisual requiera utilizar equipo de cómputo<br />
portátil u otros instrumentos o herramientas que sirvan para llevar a cabo las presentaciones o sesiones<br />
académicas y que no sean contemplados en el Artículo 15° podrán ser traídos e ingresados al<br />
Audiovisual por el usuario previa autorización de la Dirección de Sistemas.<br />
Queda estrictamente prohibido a los usuarios dentro del Audiovisual:<br />
I. Provocar desorden, antes, durante y después del uso del espacio.<br />
II. Introducir o consumir bebidas y alimentos.<br />
III. Fumar, ingerir bebidas alcohólicas e inhalar sustancias prohibidas.<br />
IV. Todo acto que pueda dañar el mobiliario, equipo e instalaciones.<br />
V. Tirar basura en el interior y espacios aledaños.<br />
VI. Sentarse en las mesas, paletas, acostarse en las sillas, pegar chicles o subir los pies<br />
sobre el mobiliario o equipo.<br />
VII. Entrar sin que lo haya hecho antes el usuario responsable de apartar el espacio.<br />
El usuario que incumpla con lo establecido en el Artículo 17° y que por su conducta provoque o cause<br />
alteraciones en el orden mientras ocupe el Audiovisual deberá desalojarlo inmediatamente.<br />
El <strong>doc</strong>ente responsable del Audiovisual deberá durante y al término de su uso:<br />
I. Evitar manejar o mover sin autorización previa de la Dirección de Sistema el mobilia<br />
rio y equipo.<br />
II. Cuidar que no se exceda la capacidad instalada para el uso del espacio.<br />
III. Durante el desarrollo del evento cuando no sea necesario el uso del proyector, se<br />
deberá apagar, al finalizar la sesión o clase, se deberá apagar el proyector, el<br />
equipo de cómputo y las luces.<br />
IV. Asegurar que la puerta quede debidamente cerrada.<br />
V. Ent<strong>reg</strong>ar las llaves y control del proyector, que se le haya dado en custodia, en las<br />
mismas condiciones en que se le ent<strong>reg</strong>ó, de no ser así el infractor deberá cubrir los<br />
daños en el equipo afectado.<br />
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Los <strong>doc</strong>entes o personal administrativo solicitante del Audiovisual serán los responsables del orden<br />
que impere dentro éstos. Se deberá evitar en todo momento que los concurrentes eleven la voz y que<br />
profieran insultos o groserías a terceros dentro del Audiovisual.<br />
Los Audiovisuales deberán permanecer cerrados cuando no estén en uso y serán abiertos hasta que<br />
el usuario responsable de la reservación esté presente con su respectivo grupo o participantes, no se<br />
permitirá el acceso a ninguna persona si el usuario responsable no está presente.<br />
Los <strong>doc</strong>entes, personal académico o administrativo solicitante serán responsables de mantener el<br />
orden de los estudiantes o participantes durante el uso del Audiovisual, en caso contrario se les<br />
suspenderá temporalmente el servicio y le será levantado un reporte por parte de la Dirección de<br />
Sistemas para que sea comunicada la incidencia a la coordinación o jefatura académica, si se trata de<br />
un <strong>doc</strong>ente, o a la dirección administrativa correspondiente si se trata de un colaborador.<br />
Al momento de llevar a cabo la clase, conferencia, presentación o cualquier otro evento académico o<br />
administrativo que se realice en los Audiovisuales el <strong>doc</strong>ente o colaborador, deberá cuidar que el<br />
sonido de las bocinas sea el adecuado para que sea escuchado correctamente por los participantes,<br />
y que no interrumpan o afecten las actividades que se desarrollan en las salas y salones contiguos.<br />
La Dirección de Sistemas brindará el servicio de Audiovisuales en el horario siguiente:<br />
-De lunes a viernes de las 7:00 a las 22:00 hrs. Sábados de las 8:00 a las 13:30 hrs.<br />
Los usuarios tienen los siguientes derechos:<br />
I.Tener acceso a los Audiovisuales, mismos que se proporcionarán de acuerdo a los<br />
términos del presente Reglamento.<br />
II.Ser atendido con cortesía y respeto por el personal de la Dirección de Sistemas.<br />
III. Recibir la información y orientación que requieran, por parte del personal de la<br />
Dirección de Sistemas, con respecto a los servicios que se brindan en los Audiovisuales.<br />
IV. Utilizar los recursos de los Audiovisuales, cumpliendo en todo momento lo<br />
establecido en el presente Reglamento.<br />
V. Formular sugerencias que estimen oportunas para mejorar la calidad del servicio que<br />
se brinda.<br />
VI. Ser informado sobre los horarios de los Audiovisuales disponibles para su uso.<br />
VII. Recibir, en caso de necesitarlo, apoyo y asesoría, para el correcto uso del equipo de<br />
cómputo, proyector o instrumentos que formen parte del Audiovisual por parte del<br />
personal de la Dirección de Sistemas.<br />
ART.<br />
26<br />
Los usuarios tienen las siguientes obligaciones:<br />
I. Conocer y dar cumplimiento irrestricto del presente Reglamento.<br />
II. Dar un uso adecuado y mantener en buenas condiciones el equipo y mobiliario de los<br />
Audiovisuales.<br />
III. Contribuir al cuidado, orden y limpieza de los Audiovisuales en todo momento, al terminar de utilizarlos<br />
éstos deben quedar completamente limpios y en buen estado.<br />
IV. Reportar inmediatamente al personal de Sistemas cualquier anomalía en el mobiliario y equipo, en<br />
caso contrario los daños encontrados serán responsabilidad del usuario solicitante.<br />
V. Mantener el orden durante uso de los Audiovisuales, así como al ingreso y salida de los mismos. 6
VI. Presentar credencial UNIREM vigente de <strong>doc</strong>ente, personal académico y administrativo según sea<br />
el caso, al personal de Sistemas para apartar los Audiovisuales.<br />
VII. Cooperar con el personal de Sistemas para la coadyuvar en los fines del servicio y conservación<br />
del equipo, instrumentos e instalaciones de los Audiovisuales.<br />
VIII. Registrarse en la bitácora de reservación antes de ingresar al Audiovisual solicitado.<br />
IX. Revisar equipo y herramientas ent<strong>reg</strong>adas por el personal de Sistemas para validar que este<br />
completo.<br />
X. Sufragar el costo o reponer el equipo, mobiliario, herramienta, dispositivo tecnológico en caso de<br />
daños, descompostura o pérdida de los mismos.<br />
ART.<br />
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Cualquier actuación de los usuarios que contravenga al presente Reglamento facultara al personal de<br />
la Dirección de Sistemas, según la trascendencia de la conducta, para imponer algunas de las<br />
siguientes acciones:<br />
I. Advertencia verbal, en caso de mal comportamiento o el uso indebido de las<br />
herramientas e instrumentos que se encuentran en el Audiovisual.<br />
II. Reporte de indisciplina, dirigido al coordinador, jefe de academia o autoridad<br />
administrativa (jefe inmediato) según corresponda, por haber presentado un acto de<br />
indisciplina o mal comportamiento dentro del Audiovisual.<br />
III. Suspensión del uso servicios de los Audiovisuales, que podrá ser definitiva o<br />
temporal:<br />
a) Suspensión temporal: Cuando por la conducta o negligencia del usuario ponga<br />
en riesgo el funcionamiento del equipo,consumibles, instrumentos, materiales,<br />
instalaciones o integridad de otros usuarios.<br />
b) Suspensión definitiva: Cuando el usuario debido a su conducta sustraiga o<br />
cause daños graves al equipo, consumibles, instrumentos, materiales,<br />
mobiliario o a la infraestructura instalada.<br />
ART.<br />
28<br />
El usuario responsable de la desaparición, extravío, destrucción, deterioro del equipo, comestibles,<br />
instrumentos, instalaciones o infraestructuras de los Audiovisuales deberá reparar los daños y<br />
perjuicios causados, reponiendo los bienes o en su caso, sufragar el costo de los daños que ello<br />
origine.<br />
ART.<br />
29<br />
La Dirección de Administración y Recursos, determinará el importe de los daños y perjuicios,<br />
causados por el usuario a los Audiovisuales y se le comunicarán a éste, con el objeto de que reponga<br />
o sufrague el costo de los daños causados, dentro del plazo que al efecto se le confiera.<br />
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