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reg_audio2 Alumno:doc

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®<br />

2016<br />

Reglamento de<br />

Audiovisuales


Inteligencia con Caracter<br />

®<br />

Reglamento de<br />

Adiovisuales<br />

Propiedad de la Universidad de la República Mexicana, S.C.<br />

Av. Tláhuac No. 4761, Col. El Vergel, Del. Iztapalapa, C.P.<br />

09880, México, D.F.<br />

Tel. 50-37-01-00 Página web: www.unirem.edu.mx<br />

La reproducción total o parcial de este <strong>doc</strong>umento sólo podrá<br />

efectuarse mediante la autorización de Dirección General<br />

Institucional de la UNIREM.<br />

2 de agosto del 2016.<br />

1


Inteligencia con Caracter<br />

®<br />

ACTA DE AUTORIZACIÓN<br />

2


Inteligencia con Caracter<br />

®<br />

PRESENTACIÓN<br />

La Universidad de la República Mexicana (UNIREM) es una Institución Educativa<br />

privada perteneciente al Sistema Educativo Nacional, a través del Reconocimiento de<br />

Validez Oficial de Estudios (RVOE) de la Dirección General de Acreditación, Incorporación<br />

y Revalidación dependiente de la Secretaría de Educación Pública. La UNIREM<br />

se estructuró para atender las necesidades educativas que permitan dar respuesta a<br />

los diferentes requerimientos de nuestra sociedad. Comprometida con la calidad y<br />

pertinencia de sus servicios educativos, diversificando sus opciones, además de<br />

contar con instalaciones de excelencia, para el beneficio del aprendizaje de su comunidad<br />

educativa.<br />

MISIÓN<br />

Formar profesionales capacitados con la más alta calidad académica en el campo de<br />

su especialidad, contribuyendo al desarrollo de sí mismo, de la sociedad y del progreso<br />

del país.<br />

VISIÓN<br />

Ser una institución educativa acreditada y certificada con reconocimiento a nivel<br />

nacional e internacional que contribuya activamente en la resolución de las problemáticas<br />

de su tiempo.<br />

PRINCIPIOS<br />

Formar seres humanos que a través del estudio y del trabajo logren insertarse en el<br />

campo productivo logrando su desarrollo y satisfacción personal. Llevar la ciencia, la<br />

cultura y el trabajo a la comunidad como agente de cambio y superación. Promover<br />

la transformación de los individuos, de la comunidad y de la sociedad.<br />

VALORES<br />

Honestidad, respeto, responsabilidad, solidaridad y superación.<br />

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REGLAMENTO DE<br />

AUDIOVISUALES<br />

El presente Reglamento contiene las disposiciones y normas con el objeto de establecer el buen uso<br />

y funcionamiento eficiente de los Audiovisuales, así como establecer las facultades y responsabilidades<br />

de la Dirección de Sistemas, los derechos y obligaciones de los usuarios así como las sanciones<br />

por el incumplimiento e inobservancia a las disposiciones que se enuncian en este <strong>doc</strong>umento<br />

normativo.<br />

La Dirección de Sistemas es la responsable de controlar y asegurar el buen funcionamiento de los<br />

Audiovisuales, además de brindar a los <strong>doc</strong>entes, personal académico, administrativo y personal<br />

externo autorizado que requiera hacer uso de los Audiovisuales.<br />

Los Audiovisuales comprenden el espacio físico conformado por un salón acondicionado con equipo<br />

de cómputo, proyector y conexiones para el uso de ciertos dispositivos.<br />

Los Audiovisuales podrán ser utilizadas por <strong>doc</strong>entes y personal académico para el desarrollo de actividades<br />

de orden educativo y vinculadas al proceso enseñanza aprendizaje y que incluyen: catedra,<br />

presentaciones, exposiciones, aplicación de evaluaciones, etc.<br />

Los Audiovisuales podrán ser utilizados, por el personal administrativo para el desarrollo de las<br />

diferentes actividades vinculadas a sus funciones y tareas dentro de la UNIREM, como son: reuniones<br />

de trabajo, presentaciones ejecutivas, cursos de capacitación o inducción, reuniones de cuerpos<br />

directivos, entre otros.<br />

Se considerará usuario a cualquier miembro de la comunidad universitaria de UNIREM: estudiantes,<br />

personal académico, administrativo; y al personal externo autorizado, que haga uso de los<br />

Audiovisuales.<br />

El <strong>doc</strong>ente o personal académico que requiera hacer uso del Audiovisual con los fines establecidos en<br />

el Artículo 4° de este Reglamento deberá apartarlo en la Dirección de Sistemas, con por lo menos un<br />

día y como máximo una semana de antelación.<br />

El personal administrativo que requiera hacer uso del Audiovisual con los fines establecidos en el Artículo<br />

5° de este Reglamento deberá apartarlo en el área de Sistemas, con por lo menos una semana<br />

de antelación.<br />

El <strong>doc</strong>ente, personal académico o administrativo previo a ingresar al Audiovisual apartado deberá de<br />

<strong>reg</strong>istrarse en la bitácora de reservación y ent<strong>reg</strong>ar su credencial UNIREM vigente al personal de<br />

Sistemas el cual le ent<strong>reg</strong>ará la llave y el control del proyector.<br />

El <strong>doc</strong>ente, personal académico o administrativo que aparte el Audiovisual, será el responsable del<br />

equipo y materiales que se encuentren en éste, llaves y control del proyector ent<strong>reg</strong>ados por el<br />

personal de Sistemas, así como del orden y la disciplina dentro del espacio.<br />

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El usuario no podrá utilizar ningún Audiovisual que no hayan sido previamente solicitado o reservado<br />

a la Dirección de Sistemas.<br />

Cuando por cualquier motivo el usuario desee cancelar la reservación, del Audiovisual deberá informarlo<br />

con la debida anticipación a la Dirección de Sistemas, especificando las razones de la cancelación.<br />

El <strong>doc</strong>ente responsable de haber apartado el Audiovisual, deberá presentarse por lo menos diez minutos<br />

antes de la hora solicitada, en el área de Sistemas con objeto de que se le haga ent<strong>reg</strong>a de la llave<br />

y el control del proyector además de resolver cualquier duda que tenga con respecto al uso del audio,<br />

video, computadora u otro equipo que el <strong>doc</strong>ente pueda utilizar en el del Audiovisual.<br />

En caso de que el usuario responsable de apartar el Audiovisual no llegara a ocuparlo pasados veinte<br />

minutos de la hora <strong>reg</strong>istrada en la bitácora de reservación, la Dirección de Sistemas podrá disponer<br />

del Audiovisual para dar servicio a otro usuario que la requiera.<br />

En caso de que el usuario responsable de apartar el Audiovisual requiera bocinas o extensiones<br />

deberá solicitarlo a la Dirección de Sistemas.<br />

En caso de que el usuario responsable de apartar el Audiovisual requiera utilizar equipo de cómputo<br />

portátil u otros instrumentos o herramientas que sirvan para llevar a cabo las presentaciones o sesiones<br />

académicas y que no sean contemplados en el Artículo 15° podrán ser traídos e ingresados al<br />

Audiovisual por el usuario previa autorización de la Dirección de Sistemas.<br />

Queda estrictamente prohibido a los usuarios dentro del Audiovisual:<br />

I. Provocar desorden, antes, durante y después del uso del espacio.<br />

II. Introducir o consumir bebidas y alimentos.<br />

III. Fumar, ingerir bebidas alcohólicas e inhalar sustancias prohibidas.<br />

IV. Todo acto que pueda dañar el mobiliario, equipo e instalaciones.<br />

V. Tirar basura en el interior y espacios aledaños.<br />

VI. Sentarse en las mesas, paletas, acostarse en las sillas, pegar chicles o subir los pies<br />

sobre el mobiliario o equipo.<br />

VII. Entrar sin que lo haya hecho antes el usuario responsable de apartar el espacio.<br />

El usuario que incumpla con lo establecido en el Artículo 17° y que por su conducta provoque o cause<br />

alteraciones en el orden mientras ocupe el Audiovisual deberá desalojarlo inmediatamente.<br />

El <strong>doc</strong>ente responsable del Audiovisual deberá durante y al término de su uso:<br />

I. Evitar manejar o mover sin autorización previa de la Dirección de Sistema el mobilia<br />

rio y equipo.<br />

II. Cuidar que no se exceda la capacidad instalada para el uso del espacio.<br />

III. Durante el desarrollo del evento cuando no sea necesario el uso del proyector, se<br />

deberá apagar, al finalizar la sesión o clase, se deberá apagar el proyector, el<br />

equipo de cómputo y las luces.<br />

IV. Asegurar que la puerta quede debidamente cerrada.<br />

V. Ent<strong>reg</strong>ar las llaves y control del proyector, que se le haya dado en custodia, en las<br />

mismas condiciones en que se le ent<strong>reg</strong>ó, de no ser así el infractor deberá cubrir los<br />

daños en el equipo afectado.<br />

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Los <strong>doc</strong>entes o personal administrativo solicitante del Audiovisual serán los responsables del orden<br />

que impere dentro éstos. Se deberá evitar en todo momento que los concurrentes eleven la voz y que<br />

profieran insultos o groserías a terceros dentro del Audiovisual.<br />

Los Audiovisuales deberán permanecer cerrados cuando no estén en uso y serán abiertos hasta que<br />

el usuario responsable de la reservación esté presente con su respectivo grupo o participantes, no se<br />

permitirá el acceso a ninguna persona si el usuario responsable no está presente.<br />

Los <strong>doc</strong>entes, personal académico o administrativo solicitante serán responsables de mantener el<br />

orden de los estudiantes o participantes durante el uso del Audiovisual, en caso contrario se les<br />

suspenderá temporalmente el servicio y le será levantado un reporte por parte de la Dirección de<br />

Sistemas para que sea comunicada la incidencia a la coordinación o jefatura académica, si se trata de<br />

un <strong>doc</strong>ente, o a la dirección administrativa correspondiente si se trata de un colaborador.<br />

Al momento de llevar a cabo la clase, conferencia, presentación o cualquier otro evento académico o<br />

administrativo que se realice en los Audiovisuales el <strong>doc</strong>ente o colaborador, deberá cuidar que el<br />

sonido de las bocinas sea el adecuado para que sea escuchado correctamente por los participantes,<br />

y que no interrumpan o afecten las actividades que se desarrollan en las salas y salones contiguos.<br />

La Dirección de Sistemas brindará el servicio de Audiovisuales en el horario siguiente:<br />

-De lunes a viernes de las 7:00 a las 22:00 hrs. Sábados de las 8:00 a las 13:30 hrs.<br />

Los usuarios tienen los siguientes derechos:<br />

I.Tener acceso a los Audiovisuales, mismos que se proporcionarán de acuerdo a los<br />

términos del presente Reglamento.<br />

II.Ser atendido con cortesía y respeto por el personal de la Dirección de Sistemas.<br />

III. Recibir la información y orientación que requieran, por parte del personal de la<br />

Dirección de Sistemas, con respecto a los servicios que se brindan en los Audiovisuales.<br />

IV. Utilizar los recursos de los Audiovisuales, cumpliendo en todo momento lo<br />

establecido en el presente Reglamento.<br />

V. Formular sugerencias que estimen oportunas para mejorar la calidad del servicio que<br />

se brinda.<br />

VI. Ser informado sobre los horarios de los Audiovisuales disponibles para su uso.<br />

VII. Recibir, en caso de necesitarlo, apoyo y asesoría, para el correcto uso del equipo de<br />

cómputo, proyector o instrumentos que formen parte del Audiovisual por parte del<br />

personal de la Dirección de Sistemas.<br />

ART.<br />

26<br />

Los usuarios tienen las siguientes obligaciones:<br />

I. Conocer y dar cumplimiento irrestricto del presente Reglamento.<br />

II. Dar un uso adecuado y mantener en buenas condiciones el equipo y mobiliario de los<br />

Audiovisuales.<br />

III. Contribuir al cuidado, orden y limpieza de los Audiovisuales en todo momento, al terminar de utilizarlos<br />

éstos deben quedar completamente limpios y en buen estado.<br />

IV. Reportar inmediatamente al personal de Sistemas cualquier anomalía en el mobiliario y equipo, en<br />

caso contrario los daños encontrados serán responsabilidad del usuario solicitante.<br />

V. Mantener el orden durante uso de los Audiovisuales, así como al ingreso y salida de los mismos. 6


VI. Presentar credencial UNIREM vigente de <strong>doc</strong>ente, personal académico y administrativo según sea<br />

el caso, al personal de Sistemas para apartar los Audiovisuales.<br />

VII. Cooperar con el personal de Sistemas para la coadyuvar en los fines del servicio y conservación<br />

del equipo, instrumentos e instalaciones de los Audiovisuales.<br />

VIII. Registrarse en la bitácora de reservación antes de ingresar al Audiovisual solicitado.<br />

IX. Revisar equipo y herramientas ent<strong>reg</strong>adas por el personal de Sistemas para validar que este<br />

completo.<br />

X. Sufragar el costo o reponer el equipo, mobiliario, herramienta, dispositivo tecnológico en caso de<br />

daños, descompostura o pérdida de los mismos.<br />

ART.<br />

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Cualquier actuación de los usuarios que contravenga al presente Reglamento facultara al personal de<br />

la Dirección de Sistemas, según la trascendencia de la conducta, para imponer algunas de las<br />

siguientes acciones:<br />

I. Advertencia verbal, en caso de mal comportamiento o el uso indebido de las<br />

herramientas e instrumentos que se encuentran en el Audiovisual.<br />

II. Reporte de indisciplina, dirigido al coordinador, jefe de academia o autoridad<br />

administrativa (jefe inmediato) según corresponda, por haber presentado un acto de<br />

indisciplina o mal comportamiento dentro del Audiovisual.<br />

III. Suspensión del uso servicios de los Audiovisuales, que podrá ser definitiva o<br />

temporal:<br />

a) Suspensión temporal: Cuando por la conducta o negligencia del usuario ponga<br />

en riesgo el funcionamiento del equipo,consumibles, instrumentos, materiales,<br />

instalaciones o integridad de otros usuarios.<br />

b) Suspensión definitiva: Cuando el usuario debido a su conducta sustraiga o<br />

cause daños graves al equipo, consumibles, instrumentos, materiales,<br />

mobiliario o a la infraestructura instalada.<br />

ART.<br />

28<br />

El usuario responsable de la desaparición, extravío, destrucción, deterioro del equipo, comestibles,<br />

instrumentos, instalaciones o infraestructuras de los Audiovisuales deberá reparar los daños y<br />

perjuicios causados, reponiendo los bienes o en su caso, sufragar el costo de los daños que ello<br />

origine.<br />

ART.<br />

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La Dirección de Administración y Recursos, determinará el importe de los daños y perjuicios,<br />

causados por el usuario a los Audiovisuales y se le comunicarán a éste, con el objeto de que reponga<br />

o sufrague el costo de los daños causados, dentro del plazo que al efecto se le confiera.<br />

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