revista 2.0
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Nombre: Constanza Henríquez González.<br />
Curso: 4ºB.<br />
Fecha: 22/09/2015.<br />
Asignatura: Gestión en Comercio Exterior.<br />
Profesor: Guillermo Santis Toro.
La factura pro forma es un documento provisional emitido<br />
por el exportador con la finalidad de que el comprador<br />
disponga de información completa sobre los bienes o<br />
servicios que componen la operación de compraventa.<br />
esta factura se usa de forma obligatoria en operaciones de<br />
comercio Internacional. Siendo esta necesaria en muchos<br />
casos para otras aplicaciones relativas a la apertura de<br />
créditos documentados y conseguir financiación. Así<br />
mismo destacar que el uso de la proforma a nivel Europeo<br />
es facultativo pero recomendable.
Puedes enviar una proforma a tu cliente siempre que<br />
quieras informar de los detalles.<br />
Las facturas proforma se utiliza a menudo para declarar<br />
el valor de las mercancías en las aduanas.<br />
Es un documento en que consta al precio de las mercancías<br />
y que contiene una completa descripción de ellas al definir<br />
tipo, variedad, modelo, cantidad, peso, valor y la cláusula<br />
de compraventa pactada entre comprador y vendedor. Es un documento de primordial importancia pues<br />
acredita las condiciones contractuales, vale decir<br />
comprueba legalmente la decisión de las partes de trasladar de la una a la otra, el dominio de la<br />
mercancía objeto del negocio mediante el pago de un importe en dinero previamente acordado
Este documento juega un doble papel desde el punto de vista de la<br />
individualización de las<br />
mercancías y desde el punto de vista del pago. Debe establecerse, sin<br />
embargo, que en algunos<br />
casos sirve además, como propio contrato de compraventa.<br />
La factura comercial es un documento privado que el vendedor de una<br />
mercancía extiende a favor de su adquirente; refleja la libre voluntad de<br />
las partes en cada una de sus condiciones, pero al mismo tiempo debe<br />
ajustarse a normas y usos internacionales por cuanto es uno de los<br />
documentos básicos para cumplir los trámites de exportación e<br />
importación que implica la compraventa internacional.
El documento “Certificado de Origen” tiene como<br />
principal objetivo acreditar el origen nacional de un<br />
producto que se destina a la exportación, de acuerdo con<br />
las Normas de Origen pactadas en los respectivos<br />
Acuerdos Comerciales, es decir que este documento<br />
certifica que el producto exportado es nacional y se regula<br />
bajo las Normas de Origen prefijadas en cada Acuerdo<br />
suscripto por nuestro país. El principal motivo para un país<br />
que negocia bilateral o multilateralmente un acuerdo,<br />
solicitando o concediendo preferencias tarifarias<br />
(reducción o exención de los derechos de importación), es,<br />
principalmente, obtener facilidades de acceso a esos<br />
mercados y ayudar a las empresas de su país a abrir nuevos<br />
mercados para sus productos.
El Certificado Fitosanitario es un documento de control y de lucha<br />
contra plagas que requieren determinados vegetales y productos<br />
vegetales y que deben además ir acompañados de su<br />
correspondiente pasaporte fitosanitario en el momento de la<br />
expedición. La validez del Certificado Fitosanitario, no debe ser<br />
superior a 60 días a partir de la fecha de su expedición.<br />
La normativa vigente es la Convención Internacional de Protección<br />
Fitosanitaria. Momento de expedición:El documento se emite antes<br />
del despacho aduanero. Organismo emisor:Lo emite la Subdirección<br />
General de Sanidad Vegetal, Dirección General de Agricultura<br />
(Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) y las Consejerías<br />
de Agricultura de las Comunidades Autónomas.Finalidad:<br />
Acreditación fitosanitaria.
El Certificado de Inspección pre-embarque es un documento expedido por una autoridad competente<br />
que indica que las mercancías han sido inspeccionados (por lo general de acuerdo con un conjunto de<br />
especificaciones del sector, los clientes o el gobierno) antes del embarque, y en el cual se informa de<br />
los resultados de la inspección.<br />
Normalmente los Certificados de Inspección los<br />
emiten empresas especializadas en la inspección de<br />
mercancías en puertos, como por ejemplo la suiza<br />
SGS o la francesa Bureau Veritas, que tienen<br />
oficinas en un gran número de países.
Resguardo expedido por una compañía de seguros contra una póliza flotante acreditando la<br />
cobertura de un mercancía en un embarque concreto.<br />
En general el certificado de seguro es el documento por el que<br />
un asegurador da fe de la existencia de ciertas coberturas<br />
sobreun determinado objeto o persona. Normalmente<br />
el certificado de seguro solo recoge las condiciones<br />
particulares del contrato y se remite, en lo que a condiciones<br />
generales respecta, a la póliza base previamente suscrita.<br />
Véase póliza
es aquel contrato de seguro mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por<br />
los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del seguro incumpla las obligaciones, legales o<br />
contractuales, que mantenga con éste.<br />
Según el artículo 68 de la Ley española de Contrato de Seguro 50/1980 del 8 de octubre de 1980,1<br />
"por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso<br />
de incumplimiento por el tomador del seguro de sus<br />
obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al<br />
asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños<br />
patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos<br />
en la Ley o en el contrato. Todo pago hecho por el<br />
asegurador deberá serle reembolsado por el tomador<br />
del seguro".
Conocimiento de embarque o B/L (por sus iniciales en inglés,<br />
Bill of lading) es un documento propio del transporte marítimo<br />
que se utiliza en el marco de un contrato de transporte de las<br />
mercancías en un buque en línea regular. La finalidad de este<br />
documento es proteger al cargador y al consignatario de la<br />
carga frente al naviero y dar confianza a cada parte respecto<br />
al comportamiento de la otra.<br />
El transporte de mercancías en régimen de conocimiento de<br />
embarque está regulado por el Convenio de Bruselas de 1924,<br />
que ha sido modificado por las Reglas de La Haya-Visby de<br />
1968 y, más recientemente por las Reglas de Hamburgo de<br />
1978, éstas últimas elaboradas por UNCITRAL.
La declaración de salida es llamada normas de Dus en donde una serie de características generales las cuales son:<br />
1.1. El proceso de salida, es el conjunto de actividades que permiten la salida legal del país, temporal o definitiva, de<br />
mercancías o servicios.<br />
1.2. La salida de mercancías del país, deberá corresponder<br />
a una de las siguientes destinaciones aduaneras:<br />
Exportación, Reexportación o Salida Temporal.<br />
Tratándose de servicios, su salida sólo podrá ampararse<br />
en una exportación.<br />
1.3. Por regla general, el procedimiento de salida legal<br />
de mercancías o servicios del país, deberá cumplir<br />
con las siguientes etapas:<br />
- Presentación de las mercancías al Servicio:<br />
A través del Documento Único de Salida (DUS)<br />
Aceptación a Trámite (AT) o primer mensaje, el cual<br />
deberá ser emitido antes de solicitar el ingreso de las<br />
mercancías a zona primaria.
Las normas DIN representan regulaciones que operan sobre el comercio, la<br />
industria, la ciencia e instituciones públicas respecto del desarrollo de productos<br />
alemanes. DIN es un acrónimo de ‘Deutsches Institut für Normung’, o bien,<br />
“Instituto Alemán de Normalización”,<br />
que es la institución,<br />
con sede en Berlín y establecida en 1917,<br />
que se ocupa de la normalización alemana.<br />
El DIN realiza las mismas funciones<br />
que organismos internacionales<br />
como el ISO.