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Nombre: Constanza Henríquez González.<br />

Curso: 4ºB.<br />

Fecha: 22/09/2015.<br />

Asignatura: Gestión en Comercio Exterior.<br />

Profesor: Guillermo Santis Toro.


La factura pro forma es un documento provisional emitido<br />

por el exportador con la finalidad de que el comprador<br />

disponga de información completa sobre los bienes o<br />

servicios que componen la operación de compraventa.<br />

esta factura se usa de forma obligatoria en operaciones de<br />

comercio Internacional. Siendo esta necesaria en muchos<br />

casos para otras aplicaciones relativas a la apertura de<br />

créditos documentados y conseguir financiación. Así<br />

mismo destacar que el uso de la proforma a nivel Europeo<br />

es facultativo pero recomendable.


Puedes enviar una proforma a tu cliente siempre que<br />

quieras informar de los detalles.<br />

Las facturas proforma se utiliza a menudo para declarar<br />

el valor de las mercancías en las aduanas.<br />

Es un documento en que consta al precio de las mercancías<br />

y que contiene una completa descripción de ellas al definir<br />

tipo, variedad, modelo, cantidad, peso, valor y la cláusula<br />

de compraventa pactada entre comprador y vendedor. Es un documento de primordial importancia pues<br />

acredita las condiciones contractuales, vale decir<br />

comprueba legalmente la decisión de las partes de trasladar de la una a la otra, el dominio de la<br />

mercancía objeto del negocio mediante el pago de un importe en dinero previamente acordado


Este documento juega un doble papel desde el punto de vista de la<br />

individualización de las<br />

mercancías y desde el punto de vista del pago. Debe establecerse, sin<br />

embargo, que en algunos<br />

casos sirve además, como propio contrato de compraventa.<br />

La factura comercial es un documento privado que el vendedor de una<br />

mercancía extiende a favor de su adquirente; refleja la libre voluntad de<br />

las partes en cada una de sus condiciones, pero al mismo tiempo debe<br />

ajustarse a normas y usos internacionales por cuanto es uno de los<br />

documentos básicos para cumplir los trámites de exportación e<br />

importación que implica la compraventa internacional.


El documento “Certificado de Origen” tiene como<br />

principal objetivo acreditar el origen nacional de un<br />

producto que se destina a la exportación, de acuerdo con<br />

las Normas de Origen pactadas en los respectivos<br />

Acuerdos Comerciales, es decir que este documento<br />

certifica que el producto exportado es nacional y se regula<br />

bajo las Normas de Origen prefijadas en cada Acuerdo<br />

suscripto por nuestro país. El principal motivo para un país<br />

que negocia bilateral o multilateralmente un acuerdo,<br />

solicitando o concediendo preferencias tarifarias<br />

(reducción o exención de los derechos de importación), es,<br />

principalmente, obtener facilidades de acceso a esos<br />

mercados y ayudar a las empresas de su país a abrir nuevos<br />

mercados para sus productos.


El Certificado Fitosanitario es un documento de control y de lucha<br />

contra plagas que requieren determinados vegetales y productos<br />

vegetales y que deben además ir acompañados de su<br />

correspondiente pasaporte fitosanitario en el momento de la<br />

expedición. La validez del Certificado Fitosanitario, no debe ser<br />

superior a 60 días a partir de la fecha de su expedición.<br />

La normativa vigente es la Convención Internacional de Protección<br />

Fitosanitaria. Momento de expedición:El documento se emite antes<br />

del despacho aduanero. Organismo emisor:Lo emite la Subdirección<br />

General de Sanidad Vegetal, Dirección General de Agricultura<br />

(Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) y las Consejerías<br />

de Agricultura de las Comunidades Autónomas.Finalidad:<br />

Acreditación fitosanitaria.


El Certificado de Inspección pre-embarque es un documento expedido por una autoridad competente<br />

que indica que las mercancías han sido inspeccionados (por lo general de acuerdo con un conjunto de<br />

especificaciones del sector, los clientes o el gobierno) antes del embarque, y en el cual se informa de<br />

los resultados de la inspección.<br />

Normalmente los Certificados de Inspección los<br />

emiten empresas especializadas en la inspección de<br />

mercancías en puertos, como por ejemplo la suiza<br />

SGS o la francesa Bureau Veritas, que tienen<br />

oficinas en un gran número de países.


Resguardo expedido por una compañía de seguros contra una póliza flotante acreditando la<br />

cobertura de un mercancía en un embarque concreto.<br />

En general el certificado de seguro es el documento por el que<br />

un asegurador da fe de la existencia de ciertas coberturas<br />

sobreun determinado objeto o persona. Normalmente<br />

el certificado de seguro solo recoge las condiciones<br />

particulares del contrato y se remite, en lo que a condiciones<br />

generales respecta, a la póliza base previamente suscrita.<br />

Véase póliza


es aquel contrato de seguro mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por<br />

los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del seguro incumpla las obligaciones, legales o<br />

contractuales, que mantenga con éste.<br />

Según el artículo 68 de la Ley española de Contrato de Seguro 50/1980 del 8 de octubre de 1980,1<br />

"por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso<br />

de incumplimiento por el tomador del seguro de sus<br />

obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al<br />

asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños<br />

patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos<br />

en la Ley o en el contrato. Todo pago hecho por el<br />

asegurador deberá serle reembolsado por el tomador<br />

del seguro".


Conocimiento de embarque o B/L (por sus iniciales en inglés,<br />

Bill of lading) es un documento propio del transporte marítimo<br />

que se utiliza en el marco de un contrato de transporte de las<br />

mercancías en un buque en línea regular. La finalidad de este<br />

documento es proteger al cargador y al consignatario de la<br />

carga frente al naviero y dar confianza a cada parte respecto<br />

al comportamiento de la otra.<br />

El transporte de mercancías en régimen de conocimiento de<br />

embarque está regulado por el Convenio de Bruselas de 1924,<br />

que ha sido modificado por las Reglas de La Haya-Visby de<br />

1968 y, más recientemente por las Reglas de Hamburgo de<br />

1978, éstas últimas elaboradas por UNCITRAL.


La declaración de salida es llamada normas de Dus en donde una serie de características generales las cuales son:<br />

1.1. El proceso de salida, es el conjunto de actividades que permiten la salida legal del país, temporal o definitiva, de<br />

mercancías o servicios.<br />

1.2. La salida de mercancías del país, deberá corresponder<br />

a una de las siguientes destinaciones aduaneras:<br />

Exportación, Reexportación o Salida Temporal.<br />

Tratándose de servicios, su salida sólo podrá ampararse<br />

en una exportación.<br />

1.3. Por regla general, el procedimiento de salida legal<br />

de mercancías o servicios del país, deberá cumplir<br />

con las siguientes etapas:<br />

- Presentación de las mercancías al Servicio:<br />

A través del Documento Único de Salida (DUS)<br />

Aceptación a Trámite (AT) o primer mensaje, el cual<br />

deberá ser emitido antes de solicitar el ingreso de las<br />

mercancías a zona primaria.


Las normas DIN representan regulaciones que operan sobre el comercio, la<br />

industria, la ciencia e instituciones públicas respecto del desarrollo de productos<br />

alemanes. DIN es un acrónimo de ‘Deutsches Institut für Normung’, o bien,<br />

“Instituto Alemán de Normalización”,<br />

que es la institución,<br />

con sede en Berlín y establecida en 1917,<br />

que se ocupa de la normalización alemana.<br />

El DIN realiza las mismas funciones<br />

que organismos internacionales<br />

como el ISO.

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