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Libro-Cooperativismo-Final-op2-Alta-resolución

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Wilson Miño GrijalvaIgualmente, la Ley contempla un conjunto de incentivos estatales que estimulan lacreación de cooperativas, mediante el apoyo del Estado central y los municipios queayudarán a las cooperativas con locales, subvenciones, exención de impuestos, materiasprimas y otros medios que estimaren convenientes para el desarrollo de la cooperación.Las cooperativas gozarían de descuentos en un 25% en el transporte vía ferrocarril,los cooperados dispondrían de acceso a un crédito adicional de la Caja de Pensiones,gozarían de preferencia en los concursos públicos de adquisiciones y liberación deimpuestos en los trámites judiciales. 61En el aspecto institucional la Ley de Cooperativas de 1937 estableció cambioscon la creación de un Departamento de Cooperativas, dentro del Ministerio dePrevisión Social. 62 El mismo que nunca se constituyó y el tema cooperativo se manejoprecariamente por parte de un pequeño Departamento de Asuntos Sociales durantemás de dos décadas. Es más, la figura del Departamento desaparece en el marco delReglamento General de la Ley de Cooperativas expedido en febrero de 1938. 63 En elbreve lapso de tiempo entre la expedición de la Ley y el Reglamento General se amplíala denominación a Ministerio de Previsión Social y Cooperativas.La creación de un marco jurídico de fuerte apoyo estatal al sector cooperativo, porparte de un gobierno revolucionario, no se mantuvo en el tiempo pero su vigencia abrióun abanico de posibilidades inmediatas y futuras para el desarrollo de la cooperaciónsin que el control y participación del Estado creciera con él. Lo que significó que paralos años 40 y 50 el aparato estatal fuera débil y se abriera el campo como para que sedesvirtúen los principios cooperativos y no se fortaleciera un verdadero actor social,a pesar de un activo crecimiento en el número de nuevas cooperativas. Sin embargo,constituiría un período fecundo en la definición de las políticas de la transformaciónagraria y el uso cooperativismo de los años 60.2.2 El cooperativismo en los años cuarenta y cincuentaEl marco jurídico de la Ley de Cooperativas incentivó la conformación de muchas ynuevas cooperativas, no obstante estas organizaciones con fines solidarios fueron débiles enla sociedad ecuatoriana de los años cuarenta y cincuenta. Muchas cooperativas estuvieronintegradas por personas de clase media y media alta, y no por convicción doctrinaria, nipor necesidad de solventar problemas comunes, sino con el afán lucrativo de apoderarse detierras y aprovecharse de las ventajas legales concedidas por el Estado (Gobierno central ymunicipios). Estos hechos sucedían en el Ecuador cuando se registraban elevados índicesde analfabetismo, en 1950 más de cuatro ecuatorianos de diez eran analfabetos (42.2%), 6461 Registro Oficial, Ley de Cooperativas, p. 234062 Ibíd., p. 233863 Se debe considerar que el propio Ministerio de Previsión Social en esos años es una dependenciaestatal nueva y se encontraba en proceso de conformación institucional.64 Censo de Población y Vivienda, 195046

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