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INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL ASEGURADO<br />

INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL ASEGURADO<br />

TARJETA SANITARIA<br />

La Tarjeta Sanitaria es un documento de identificación en ASISA, y le acredita para recibir<br />

la asistencia sanitaria que tiene usted concertada con ASISA. Por lo tanto, deberá<br />

llevarla siempre consigo junto con su DNI.<br />

La tarjeta Sanitaria lleva incorporada una banda magnética con sus datos personales,<br />

preparada para ser leída por los Terminales existentes en las consultas y centros<br />

médicos.<br />

NORMAS E INSTRUCCIONES A LOS ASEGURADOS ( * )<br />

1. Para requerir cualquier servicio, el asegurado tiene obligación de identificarse<br />

previamente, presentando su Tarjeta Sanitaria, de uso personal e intransferible, y<br />

el DNI si le es solicitado.<br />

2. El asegurado podrá acudir a cualquier facultativo de ASISA que figure en el Catálogo<br />

de Servicios, preferentemente dentro de la provincia donde resida.<br />

3. Antes de realizar cualquier prueba prescrita por su médico, el asegurado deberá<br />

consultar en la relación incluida en estas instrucciones, si debe ser autorizada en<br />

nuestras oficinas.<br />

4. El facultativo pasará la Tarjeta Sanitaria una sola vez por el terminal.<br />

5. EN CASO DE URGENCIA, EL ASEGURADO DEBERÁ LLAMAR AL TELÉFONO DE<br />

URGENCIAS DE ASISA 902 010 181.<br />

6. La asistencia a Domicilio del Médico de Cabecera o Pediatra se solicitará de 9 a 17<br />

horas sólo cuando la enfermedad impida acudir a la consulta.<br />

7. En caso de asistencia a domicilio y de urgencia, el asegurado deberá hacerlo constar<br />

en el documento que le presentará el facultativo, firmando en el apartado<br />

“ACTO PROFESIONAL REALIZADO”.<br />

8. El servicio de ATS-DUE necesita ser prescrito por un médico de ASISA. El ATS-<br />

DUE pasará la Tarjeta Sanitaria una sola vez por el terminal. Cuando la visita sea<br />

a domicilio o de urgencia, el asegurado deberá hacerlo constar firmando el documento<br />

que le presentará el profesional, dentro del apartado “ACTO PROFESIONAL<br />

REALIZADO”.<br />

(*) Estas Normas e Instrucciones son un extracto de las Condiciones Generales de la Póliza que son<br />

entregadas al Asegurado.<br />

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