STUDENT CODE OF CONDUCT - Eagle Pass ISD
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Administración:<br />
EAGLE PASS I.S.D.<br />
JUNTA DIRECTIVA<br />
Lupita Fuentes<br />
Presidenta<br />
Ramon Ramirez<br />
Vice-presidente<br />
Ignacio Saucedo<br />
Secretario<br />
Miembros de la junta directiva:<br />
Sr. David Riojas<br />
Sr. Rodolfo Lopez<br />
Sra. Glenna Purcell<br />
Sra. Ana Gonzalez-Santleben<br />
Gilberto González, Superintendente de escuelas<br />
Eduardo Treviño, Asistente al superintendente para operaciones del distrito<br />
Samuel Mijares, Asistente al superintendente para curricula e instrucción<br />
Ismael Mijares, Asistente al superintendente para finanzas<br />
Arturo Costilla, Director ejecutivo para recursos humanos<br />
Vacante, Director ejecutivo para servicios instructivos<br />
_____________________________________________________________________<br />
2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
Estimados Padres, Estudiantes y Personal,<br />
Agosto 27, 2012<br />
Aprovecho esta oportunidad para darles una bienvenida a nuestros estudiantes, padres,<br />
personal y a la Junta Directive del Distrito Escolar de <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> del año escolar 2012-2013.<br />
Estoy muy orgulloso the ser parte de una comunidad escolar que a logrado ser “Reconocido”<br />
academicamente. Mi vision sobre la comunidad escolar es demonstrar compromiso y<br />
determinacion necesaria para sobre llevar los obstaculos diaros, como el Nuevo examen the<br />
STARR y los Logros Adecuados Anuales.<br />
Nuestro distrito continuaro dirijiendo esfuerzo a enriqueser las experiencias de aprendisaje de<br />
los estudiantes, mejorando academicamente, participacion de los padres, y seguridad en<br />
nuestras escuelas pare asegurar que los estudiantes triunfen. Agregramos que vamos a<br />
promover un nivel de aprendisaje con metas y expectaciones altas con vision de excelencia.<br />
Seguimos comprometidos a proveer una experiencia lleña de oportunidades para que todos los<br />
estudiantes pueden participar en actividades escolares y triunfar en los examenes estatales.<br />
Les aseguro que la seguridad de sus hijos, logros academicos y un ambiente de aprendisaje<br />
sano son de suma importancia para mi. Les estamos entregando informacion sobre las polizas,<br />
los requisitos de conducta y las consequencias de mala conducta y los procedimientos para<br />
administrar disciplina. Es la responsabilidad de cada estudiante y padre de leer a fondo el<br />
codigo de conducta y el manual estudiantil para tener un año exitoso.<br />
Les recomiendo que participen en nuestra comunidad escolar que se unan a nosotros en<br />
nuestra mission de lograr una educacion de alta calidad que nuestros hijos merezen. Como<br />
compañeros de educacion vamos a seguir apollando a nuestros hijos a alcanzar su potencia.<br />
Me conprometo con ustedes mi dedicacion y Apollo asi a la excelencia y a satisfacer las<br />
necesidades de nuestros estudiantes y personal.<br />
Juntos motivaremos y crearemos oportunidades para los lideres de nuestro futuro.<br />
Sinceramente,<br />
Gilberto González<br />
Superintendiente de Escuela<br />
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2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
2012-2013<br />
Código de conducta estudiantil<br />
Miembros del comité<br />
El EP<strong>ISD</strong> agradece a los miembros del comité su tiempo y<br />
esfuerzo dedicado hacia la creación del Código estudiantil de<br />
conducta, así asegurando que todos los alumnos asistan a un<br />
distrito escolar que promueve y mantiene un ambiente sano y salvo<br />
que es propicio para el aprendizaje.<br />
1. Humberto Araiza Director de Tranportacion<br />
2. Bruce Ballou Jefe de Oficial de Juveniles<br />
3. Rosa Barcena Directora de Liberty Elementary<br />
4. Pedro Castillon Sub-director de Memorial Jr. High<br />
5. Arturo Costilla Director de Sam Houston<br />
6. Mario Escobar Director de DAEP<br />
7. Delia Gonzalez Directora de educación especial<br />
8. Javier Gonzalez Oficial de Juveniles<br />
9. Rosa Gonzalez Padres<br />
10. Edward Graf Oficial de Audiencias<br />
11. Blanca Hernandez Maestra<br />
12. Armando Iruegas Maestro<br />
13. Maribel Martinez Directora de Seco Mines Elementary<br />
14. Jose Morales Sub-director de Memorial Jr. High<br />
15. Vale Moreno Sub-director de EPHS<br />
16. Delia Muzquiz Padres<br />
17. Yolanda Ramon Sub-directora de EPJS<br />
18. Toyoko Rivera Consejera<br />
19. Lee Rodriguez Oficial de Juveniles<br />
20. Alfredo Salinas Coordinador PEIMS<br />
21. Dora Tapia Sub-directora EPJ<br />
22. Clint Wheeler Sub-director CCWinn<br />
23. Cynthia Wheeler Directora de San Luis<br />
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2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
PREPARATORIAS<br />
Campus Address Phone Fax Principal<br />
C. C. Winn Campus 265 Foster-Maldonado 830-757-0828 830-757-3268 Jesús Dâaz-Wever<br />
<strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> High School 2020 Second 830-773-2381 830-757-1795 Rudy Bowles<br />
Discipline Alt. Education Program 649 Webster St. 830-758-7193 830-773-0289 Mario Escobar<br />
PRIMARIAS<br />
<strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> Junior High School 1750 N. Bibb Street 830-758-7037 830-757-1278 Oscar Castillón<br />
Memorial Junior High School 1800 Lewis Street 830-773-8838 830-773-8900 Vera Sumpter<br />
ESCUELAS ELEMENTALES<br />
Benavides Heights 1750 Mesa Drive 830-758-7006 830-758-0216 Juanita Gonzalez<br />
Dena Kelso Graves 720 Kelso Drive 830-758-7043 830-758-0342 Sandra Koenig<br />
Henry B. González 400 Balcones 830-758-7099 830-757-3274 Carmen Romo<br />
Kirchner Crockett Street 830-758-7045 830-758-0328 Rosa Valderrama<br />
Liberty 1850 Flowers Street 830-758-7156 830-757-3237 Rosalinda Barcena<br />
Nellie M. Glass 1501 Boehmer Ave. 830-758-7041 830-773-5989 Rosa Castillon<br />
Pete Gallego 300 Azucena Drive 830-758-7130 830-757-5795 Sylvia Saucedo<br />
Ray Darr 841 Memo Robinson 830-758-7060 830-758-0090 Adelita Olivares<br />
Robert E. Lee 300 S. Monroe 830-758-7062 830-773-3471 Aida Pang Villa<br />
Rosita Valley 1610 Del Rio Blvd. 830-758-7065 830-757-2098 Luz Lazarski<br />
Stephen F. Austin 565 Madison 830-758-7004 830-773-2731 Alma Martínez<br />
Sam Houston 2781 FM 1021 830-758-7069 830-757-6639 Jesse Montalvo<br />
San Luis 2090 Williams 830-758-7071 830-773-1632 Cynthia Wheeler<br />
Seco Mines 2900 Diaz 830-758-7073 830-773-8725 Maribel Martinez<br />
JÁRDINES DE INFANCIA<br />
Early Childhood Center 636 Kelso 830-758-7027 830-757-1153 Lety Sandoval<br />
Language Development Ctr. 724 Loop 3443 830-758-7047 830-757-1528 Rosella Even<br />
Kennedy Hall 1610-B Del Rio Blvd. 830-758-7189 830-758-7192 Lisa Ruiz<br />
Rosita Valley Literacy Academy 565 Madison 830-758-7067 830-773-8859 Aida Pang-Villa<br />
Life Skills Program for Students<br />
& Parents<br />
PROGRAMS<br />
904 Kelso 830-758-7019 830-773-6317 Nancy Johnson<br />
Career & Technology Program 122 Foster-Maldonado 830-758-7181 830-758-7212 Ana Laura Castillon<br />
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2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
Los siguientes programas están disponibles en el distrito para asistirles a ustedes y sus hijos. Puede llamar<br />
al teléfono apropiado para asistencia en el área en cuestión:<br />
Problemas relacionados con operaciones escolares..........................758-7078<br />
Preguntas sobre visitas a casa / comprobantes de residencia............758-7078<br />
Falta de asistencia a clases / educación casera..................................758-7078<br />
Educación bilingüe / Inglés como segundo idioma..........................773-5181<br />
Preguntas sobre dificultades en idioma aparte del inglés.................773-5181<br />
Programas para alumnos regulares que no pueden obtener los requisitos para graduación de su<br />
escuela..............................................................................................773-5181<br />
Programas Compensatorios (Especiales).........................................758-7087<br />
Programas de asistencia para alumnos que están propensos a reprobar (no<br />
pasar)................................................................................................758-7087<br />
Oficina de empleados estudiantiles..........................………………758-7078<br />
Problemas relacionados con disciplina estudiantil, administrativa, alternativas para padres,<br />
asistencia a clases, admisiones (ingresar), traslados............................................758-7078<br />
Asistencia a clases, Admisiones.......................................................758-7078<br />
Director de transporte.......................................................................773-3725<br />
Información tocante a transporte de autobuses.................................773-3725<br />
Problemas relacionados con instrucción y currículo.........................773-5181<br />
Departamento de Educación Especial...............................................758-7023<br />
Problemas / Programas relacionados con discapacidades emocionales o físicas y servicios para<br />
instrucción en casa...............................................................................................758-7023<br />
Servicios de salud..............................................................................758-7078<br />
Preguntas sobre vacunas, medicamentos, o preguntas relacionados con preocupaciones<br />
de salud……………………………………………………………..758-7078<br />
Policía del distrito escolar..................................................................758-7098<br />
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2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
Coordinador de sección 504 ..............................................................758-7023<br />
Sección I. Propósito de Código y Conducta Estudiantil......................................Pagina 1<br />
Sección II. Autoridad y Jurisdicción del Distrito Escolar......................................Página 2<br />
Sección III. Normas de Conducta Estudiantil.......................................................Página 3<br />
Sección IV. Información General.........................................................................Página 3<br />
Sección V. Técnicas para Control de Disciplina...................................................Página 7<br />
Sección VI. Retiro del Ambiente Regular Educativo..........................................Página 9<br />
Sección VII. Suspensión………………………………………………………….....Página 10<br />
Sección VIII. Provisiones Generales del Código de vestir.................................Página 11<br />
Sección IX. Niveles de Faltas Disciplinarias......................................................Página 13<br />
Primer Nivel – Maestro se Encarga.....................................................Página 13<br />
Segundo Nivel – Administrador Interviene..........................................Página 14<br />
Tercer Nivel – Disposición Discreta al DAEP......................................Página 15<br />
Cuarto Nivel – Disposición Mandataria al DAEP.................................Página 18<br />
Quinto Nivel – Expulsión Mandataria por Ofensas Serias...................Página 22<br />
Sexto Nivel – Ofensas Por las cuales pueden ser Expulsados del DAEP.....Página 24<br />
Sección X. Colocación al DAEP.........................................................................Página 25<br />
Sección XI. Colocación/o expulsión para ciertas ofensas serias………………..Página 29<br />
Sección XII. Autoridad para retirar / expulsar.....................................................Página 30<br />
Sección XIII. Proceso de apelación …………………………..……………….…...Página 31<br />
Sección XIV. Reportes a Ley Local....................................................................Página 32<br />
Sección XV. Retiros de Emergencia...................................................................Página 34<br />
Sección XVI. Programas de Educación y Disciplina Alternativa (DAEP)...........Página 35<br />
Sección XVII. Glosario........................................................................................Página 37<br />
Sección XVIII. Cartas de Acuse..........................................................................Página 48<br />
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2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
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2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
SECCIÓN I: EL PROPÓSITO DEL CÓDIGO ESTUDIANTIL DE <strong>CONDUCT</strong>A<br />
El Código Estudiantil de Conducta es la respuesta del distrito para los requisitos de Capítulo 37<br />
del Texas Education Code. El Código provee métodos y opciones para manejar a estudiantes en<br />
el aula y en las bases sostenibles de la escuela, disciplinando estudiantes, e impidiendo e<br />
interviniendo en problemas estudiantiles de disciplina.<br />
La ley requiere que el distrito defina mala conducta que puede, o debe, dé como resultado un<br />
rango de consecuencias disciplinarias específicas incluyendo remoción de un plantel o aula<br />
normal, suspensión, colocación en un Programa Alternativo Disciplinario (DAEP) de<br />
Educación, o la expulsión de escuela.<br />
Este Código Estudiantil de Conducta ha sido adoptado por la Junta Directiva del Distrito<br />
Escolar Independiente de <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> y desarrollado con el consejo del comité del distrito. Este<br />
Código provee información para los padres y los estudiantes acerca del criterio de conducta, las<br />
consecuencias de la mala conducta, y los procedimientos para la administración de disciplina.<br />
De conformidad con la ley estatal, el Código estará disponible en cada plantel del Distrito<br />
Escolar o estará disponible para la revisión en la oficina del director del plantel. Los padres<br />
serán notificados de cualquier violación de conducta que pueda resultar en que un estudiante sea<br />
suspendido, colocado en el DAEP o expulsado. El Código de conducta estará para acceso en la<br />
pagina del internet del distrito www.eaglepassisd.net<br />
El <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> <strong>ISD</strong> ha adoptado un Código de Conducta estudiantil que creará un ambiente más<br />
positivo y seguro en nuestras escuelas. Su propósito principal es para:<br />
describir el comportamiento que promueve un ambiente positivo para aprender<br />
proveer para el distrito la uniformidad en ocuparse de la disciplina estudiantil<br />
definir los derechos y responsabilidades de cada miembro de la escuela (los estudiantes,<br />
los padres, los maestros, los administradores) en establecer y mantener buena disciplina<br />
en escuelas del distrito<br />
describir el comportamiento que se espera de todos los estudiantes<br />
describir ejemplos específicos de mala conducta estudiantil<br />
especificar las circunstancias que pueden remover a un estudiante de la clase, plantel o<br />
del programa de educación alternativa<br />
especificar las condiciones que autorizan o requieren a un director para asignar a un<br />
estudiante al programa de educación alternativa<br />
describir las condiciones que se puede suspender un estudiante Sección 37,005 o<br />
expulsión por la Sección 37.007<br />
especificar las consideraciones otorgadas para 1) defensa propia 2) intención o falta de<br />
intención cuando el estudiante cometió la infracción 3) historial de disciplina del
estudiante 4) una deshabilitad que impide la capacidad de valorar<br />
la conducta<br />
del estudiante inapropiado, como factores en la decisión para ordenar una suspensión, a<br />
enviar al estudiante al programa de educación alternativa o expulsión<br />
determinar guías para obtener el tiempo del termino de suspensión o tiempo asignado al<br />
programa de educación alternativo<br />
notificación al los padres o tutores cuando el estudiante comité una infracción de<br />
conducta que requiere suspensión, asignar a el programa de educación alternativa o<br />
expulsión<br />
prohibir intimidar, acoso, obtener lista de golpear y asegurar que los empleados del<br />
distrito sigan las prohibiciones<br />
proveer, de acuerdo a los niveles de grado para cada estudiante métodos para manejar<br />
los estudiantes en la clase y o en el plantel<br />
comunicar las pólizas de la Mesa Directiva acerca del comportamiento estudiantil<br />
apropiado<br />
El Código de Conducta Estudiantil está en vigor desde el tiempo que un estudiante entra en un<br />
autobús escolar, pisa terreno escolar o asiste a actividades patrocinadas por la escuela.<br />
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2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
LA DECLARACIÓN DE NO DISCRIMINACIÓN<br />
El <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> <strong>ISD</strong> no tiene prejuicio en sus programas educativos y servicios respeto al<br />
sexo, raza, religión, color, origen nacional, o la discapacidad. El Distrito accede con<br />
Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972 y con Sección 504 del Acto de<br />
Rehabilitación de 1973. Cualquier pregunta o cualesquier preocupación acerca de la<br />
conformidad del distrito con estos programas federales deberán ser llevados a la atención<br />
de la siguiente persona:<br />
Eduardo Treviño, Title IX<br />
Delia González Directora de Educación Especial/ 504 y Coordinadora<br />
Rodolfo Villalpando, Supervisor de Educación Especial<br />
Porque el Código Estudiantil de Conducta es adoptado por la Mesa Directiva del distrito<br />
tiene la fuerza de póliza; por consiguiente, en caso de conflicto entre el Código y el<br />
manual estudiantil, el Código prevalecerá.<br />
Por favor preste atención: La disciplina de estudiantes con discapacidades que califican<br />
para servicios bajo la ley federal (los individuos con discapacidades Sección 504 del Acto<br />
de Rehabilitación de 1973) está sujeto a esas leyes.<br />
SECCIÓN II: AUTORIDAD DEL DISTRITO ESCOLAR Y JUR<strong>ISD</strong>ICCIÓN<br />
Las reglas de la escuela y la autoridad del distrito para administrar disciplina aplican cada<br />
vez que el interés del distrito este en juego, en terreno escolar o fuera, en conjunción con<br />
o independiente de clases y actividades patrocinadas por la escuela.<br />
El distrito tiene autoridad disciplinaria sobre un estudiante:<br />
durante el día de clases normal y mientras el estudiante es transportado por el<br />
distrito:<br />
durante los períodos del almuerzo en los cuales un estudiante tiene permiso de<br />
salir del plantel;<br />
mientras el estudiante está en asistencia en cualquier actividad relacionada con la<br />
escuela, a pesar del tiempo o el lugar.<br />
por cualesquier mala conducta relacionada con la escuela, a pesar del tiempo o el<br />
lugar;<br />
cuando haya represalias en contra de un empleado de la escuela o un voluntario o<br />
sean amenazados a pesar del tiempo o lugar;<br />
cuando el daño criminal es cometido en o fuera de la propiedad escolar o en un<br />
evento escolar;<br />
para ciertas ofensas cometidas dentro de 300 pies de la propiedad de la escuela<br />
para ciertas ofensas cometidas en propiedad de la escuela o al asistir a una<br />
actividad patrocinada por la escuela o relacionada con otro distrito escolar en<br />
Texas; y<br />
cuando el estudiante comete un delito mayor, como previsto por Texas Education<br />
Code 37.006 o 37.0081.<br />
cuando se requiere que el estudiante se registre como agresor(a) sexual<br />
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2
El distrito tiene el derecho de registrar (cachear) un vehículo conducido por un estudiante<br />
y estacionado en propiedad de la escuela cuando haya causa razonable y se piense que<br />
contenga artículos o materiales prohibidos por el distrito.<br />
Cachear de casilleros estudiantiles<br />
En un esfuerzo para asegurar de que todas las escuelas estén seguras y libres de drogas,<br />
representantes del distrito escolar pueden registrar los casilleros estudiantiles en<br />
cualesquier instante durante el ciclo escolar. Los casilleros estudiantiles son propiedad y<br />
quedan bajo el control y jurisdicción de la escuela aún siendo asignados a un alumno.<br />
Los estudiantes serán responsables por la seguridad y contenido del casillero que les sea<br />
asignado. Los alumnos tendrán que asegurarse de que su casillero se mantenga cerrado y<br />
que la combinación no sea adquirida por otros estudiantes.<br />
Notificación a los padres de artículos prohibidos<br />
Si artículos o materiales prohibidos son encontrados en el casillero o vehículo del<br />
estudiante estacionado en propiedad escolar, o en el alumno como consecuencia de un<br />
registro (cacheo) de acuerdo con la póliza (política) del distrito, los padres del estudiante<br />
o el tutor serán notificados inmediatamente.<br />
El uso de perros adiestrados<br />
El distrito usará perros adiestrados cuales no serán agresivos para olfatear y alertar sobre<br />
la presencia de artículos ocultos prohibidos, sustancias ilícitas delimitadas en FNCF<br />
(Local) explosivos o artículos incendiarios y alcohol. Este programa está implementado<br />
en reacción a los problemas y consumo de drogas y alcohol en nuestro distrito y para<br />
mantener un ambiente escolar seguro y propicio para la educación. Los K-9s se usarán<br />
para olfatear y alertar a los oficiales, para registrar casilleros, efectos personales (bolsas,<br />
mochilas, etc.) y vehículos estacionados en propiedad y todas las áreas, dirigidas y<br />
controladas por el distrito.<br />
Los administradores de la escuela reportarán crímenes conforme exige la ley y llamarán a<br />
la ley local cuando el administrador sospeche que un crimen ha sido cometido en el<br />
plantel.<br />
El distrito tiene el derecho de revocar el traslado de un estudiante que no es residente de<br />
la zona residencial del plantel que le corresponda y que a la vez viola el Código del<br />
distrito.<br />
SECCIÓN III: EL CRITERIO PARA LA <strong>CONDUCT</strong>A ESTUDIANTIL<br />
Se espera que cada estudiante:<br />
demuestre cortesía, aun cuando los otros no lo hagan<br />
se comporte en una manera responsable, siempre empleando autodisciplina<br />
asista a todas las clases regularmente y a tiempo<br />
se preparé para cada clase; lleve asignaciones y materiales correctos para clase<br />
observe criterios del distrito y del plantel para arreglarse y tener buena<br />
presentación<br />
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2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong><br />
2
obedezca todas las reglas del plantel y del salón<br />
respete los derechos y los privilegios de estudiantes, maestros, y otro personal del<br />
distrito y voluntarios<br />
respete la propiedad de otros, incluyendo propiedad del distrito y instalaciones<br />
coopere con y ayude al personal de la escuela en mantener seguridad, orden, y<br />
disciplina<br />
se mantenga fiel a los requisitos del Código Estudiantil de Conducta<br />
se vista de acuerdo con la Sección VIII<br />
mantenerse a los requisitos del código de conducta estudiantil<br />
Los estudiantes están bajo la supervisión directa de los administradores de la escuela o<br />
los maestros del plantel en todo momento. Se espera que se respeten las pólizas del<br />
plantel y las reglas del salón. Para crear un ambiente para el aprendizaje, el orden debe<br />
ser mantenido en todo momento. Los estudiantes deben dirigirse correctamente y de una<br />
manera ordenada como dictado por la administración y maestros. El incumplimiento con<br />
las reglas del distrito e implementado por maestros y los administradores resultarán en<br />
acción disciplinaria. Los estudiantes en las actividades patrocinadas por la escuela son<br />
representantes del distrito. Se espera que su conducta sea conforme a las pólizas y reglas<br />
del distrito y el patrocinador.<br />
SECCIÓN IV: INFORMACIÓN GENERAL<br />
Reporte sobre crónica de registros 425<br />
El EP<strong>ISD</strong> reportará el número de días completos y parciales al que un estudiante está<br />
asignado y atiende al DAEP en la crónica 425. También, el distrito reportará el número<br />
de expulsiones que son encontradas por ser inconsistentes con las reglas expuestas en el<br />
Código Estudiantil de Conducta.<br />
Código de Acción 28 – (Acción obligatoria disciplinaria no tomada (TEC 37.001(a)<br />
(4))<br />
Bajo Código de Acción 28, se le es concedido al administrador el derecho de no tomar<br />
acción en contra de un estudiante que comete una violación que requiere acción<br />
obligatoria disciplinaria porque el Código estudiantil de conducta del distrito incluye una<br />
o más de las provisiones TEC 37.001(a) (4) que permite que el distrito tome en<br />
consideración defensa propia, intento o falta de intento, historial disciplinario del<br />
estudiante, o discapacidad que sustancialmente impide la capacidad del alumno en<br />
apreciar el error de su conducta como un factor en la decisión de ordenar su suspensión,<br />
traslado a un programa disciplinario de educación alternativa, o expulsión.<br />
Antes de elegir el código 28 Acción obligatoria disciplinaria no tomada, el<br />
administrador le proporcionará al Asistente del superintendente para currículo e<br />
instrucción documentación sustancial para considerar la provisión bajo TEC<br />
37.001 (a) (4) tal como defensa propia, intento o falta de intento, historial<br />
disciplinario del alumno, o discapacidad que sustancialmente impide la capacidad<br />
del estudiante en apreciar el error de su conducta como un factor en la decisión de<br />
ordenar suspensión, traslado a un programa disciplinario de educación alternativa,<br />
o expulsión. El Asistente del superintendente para currículo e instrucción tendrá la<br />
decisión final para utilizar el código 28 (Acción obligatoria disciplinaria no tomada)<br />
_____________________________________________________________________<br />
2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong><br />
3
Crédito durante el proceso disciplinario<br />
Los estudiantes recibirán crédito completo por las asignaciones terminadas en DAEP,<br />
incluyendo en la suspensión de la escuela. Un estudiante suspendido de sus clases<br />
normales recibirá una ausencia justificada si el estudiante satisfactoriamente completa las<br />
asignaciones para el período de suspensión dentro del tiempo determinado por el maestro.<br />
Un ajuste de calificación puede ser impuesto en las asignaciones durante el período de<br />
suspensión según la póliza de la mesa directiva.<br />
Absentismo escolar<br />
Empleados escolares deben investigar y reportar violaciones de la ley estatal de asistencia<br />
a clases obligatorias. Un estudiante ausente de la escuela sin permiso de cualesquier<br />
clase requerida será considerado ausente sin permiso y será sujeto a acción disciplinaria.<br />
Absentismo sin permiso también puede resultar en castigo de una corte de ley en contra<br />
de ambos hijos y padres. Una queja en contra del padre puede ser archivada en la corte<br />
apropiada si el estudiante:<br />
está ausente de clases diez o más días o días parciales dentro de un periodo de<br />
seis meses en el mismo año escolar, o<br />
está ausente tres o más días o días parciales dentro de un periodo de cuatro<br />
semanas<br />
El estudiante no deberá recibir crédito por el curso al menos que tenga un 90% de<br />
asistencia en la clase. Si el estudiante asiste a el programa de recuperación de crédito y<br />
satisface todos los requisitos ( grados satisfactorios, cumplir con las horas necesarios) el<br />
estudiante recibirá crédito.<br />
De acuerdo a la póliza del distrito (FEA local) los estudiantes menores de 18 años pueden<br />
ser retirados de la escuela después de obtener 10 faltes, y que el oficial y director del<br />
plantel han hecho el esfuerzo de localizar al estudiante.<br />
Interrogación de estudiantes<br />
Administradores, maestros, y otro personal profesional pueden interrogar a un estudiante<br />
tocante a la propia conducta del estudiante o la conducta de otros estudiantes. En el<br />
contexto de disciplina escolar, los estudiantes no tienen reclamo o derecho de no<br />
incriminarse a si mismos.<br />
Detención<br />
Para infracciones menores del Código Estudiantil de Conducta en el plante o el salón, los<br />
maestros o los administradores pueden retener a los estudiantes después de las horas de la<br />
escuela uno o más días. Antes de ser asignado a detención, el estudiante será informado<br />
del comportamiento que supuestamente constituye la violación, y recibirá una<br />
oportunidad para explicar su versión del incidente. El período de tiempo por el cual un<br />
estudiante es asignado a la detención servirá para propósitos educativos.<br />
El aviso de asignación para detención<br />
Cuando la detención es asignada, el aviso primero será dado al padre del estudiante para<br />
darles a él o a ella cuenta de la razón por la detención y permitirle hacer arreglos para el<br />
transporte necesario del estudiante, Con excepción en el caso de un estudiante que<br />
tienen 18 años de edad, la detención no comenzará hasta que los padres hayan sido<br />
notificados. Los padres del estudiante menor de edad estarán obligados a proveer<br />
transporte cuando el estudiante haya sido asignado detención.<br />
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Estudiante sin licencia de conducir<br />
Un alumno conduciendo un vehiculo motorizado sin licencia de conducir o que no<br />
mantenga los requisitos de aseguranza será multado por oficiales de la ley. Después de<br />
la tercera violación, el vehiculo podrá ser remolcado (se usará grúa) a costo del dueño.<br />
Los padres serán notificados de la violación de conducir del estudiante.<br />
Responsabilidad del padre por propiedad escolar<br />
Un padre u otra persona que tiene el deber de control y disciplina razonable de un niño es<br />
responsable de cualquier daño de propiedad causado por el alumno:<br />
la conducta negligente del niño, si la conducta es razonablemente el fracaso<br />
negligente del padre u otra persona de ejercitar tal responsabilidad, o<br />
la conducta deliberada y maliciosa de un niño que tiene al menos diez años de<br />
edad pero menos de 18 años<br />
Responsabilidades del padre<br />
Asegurar que sus hijos observen y cumplan con las pólizas, reglas y regulaciones del<br />
distrito y escuela.<br />
ayude a su niño para asistir a la escuela bien peinado y vestido apropiadamente de<br />
acuerdo con la Sección VIII de este codigo<br />
comunicarse regularmente con la escuela tocante el progreso académico de su<br />
niño y de su conducta.<br />
tenga previstas las necesidades físicas del niño<br />
participe en conferencias del maestro y padre y otras actividades en las cuales su<br />
niño está involucrado<br />
coopere con y apoye a los maestros y los administradores de la escuela en sus<br />
esfuerzos para lograr y mantener un sistema de escuela de calidad<br />
discuta calificaciones y tareas con su niño<br />
revele información a la escuela de cualquier problema o cualquier condición en la<br />
casa que afecte a su niño.<br />
provea un área de trabajo libre de interrupción donde su niño pueda estudiar y<br />
pueda hacer tarea<br />
mantenga sus números de teléfono de casa, trabajo y de emergencia en la escuela<br />
prepare al niño emocionalmente y socialmente para que sea receptivo al<br />
aprendizaje y a la disciplina<br />
aliente al niño a desarrollar hábitos correctos de estudio en casa<br />
envíe a su niño a escuela a tiempo y diariamente<br />
enséñele a su niño a respetar a la autoridad<br />
insista que el niño use un período de tiempo mínimo estudiando cada día<br />
ayude al niño a ser responsable por su comportamiento y a aceptar las<br />
consecuencias de comportamiento inapropiado<br />
coopere con la escuela en ayudar a su niño en convertirse a ser un individuo<br />
disciplinado, maduro y responsable<br />
Las responsabilidades del maestro<br />
Proveer un programa efectivo de instrucción.<br />
mantener un salón ordenado, condutal al aprendizaje<br />
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servir de modelo para los estudiantes mostrando respeto para ellos mismos, para<br />
los estudiantes, padres, y otras personas de la escuela<br />
estar en asistencia normalmente<br />
ser puntual<br />
comunicarse regularmente con los padres acerca del progreso de su niño<br />
mantener una apariencia bien arreglada y vestirse apropiadamente, ser un modelo<br />
para estudiantes<br />
indicar un interés genuino y preocuparse por el bienestar de estudiantes<br />
ayudar los estudiantes a seguir las reglas de comportamiento<br />
enseñar a estudiantes a ser responsables por sus acciones implementando las<br />
reglas de conducta y disciplinar medianamente y apropiadamente para esos<br />
estudiantes que violan estas reglas<br />
reconocer el desarrollo, los logros, y el éxito de los estudiantes<br />
obedecer las pólizas y regulaciones del distrito y de la escuela<br />
enseñar los criterios requeridos por el distrito<br />
establecer un entendimiento mutuo y una relación efectiva con los con padres,<br />
estudiantes, y todo personal del distrito<br />
animar hábitos de trabajo que conduzcan a la realización de ambas metas de<br />
término de corto plazo y largo plazo<br />
Las responsabilidades del administrador<br />
Establecer un clima conducente a la buena actuación del maestro y propicio al<br />
aprendizaje de máximo crecimiento del estudiante.<br />
proveer apoyo para los maestros en tratar con estudiantes que son enviados a la<br />
oficina por comportarse inapropiadamente<br />
implementar un plan de estudio flexible dentro de los límites provistos por el<br />
distrito y el estado para facilitar las necesidades de todos los estudiantes.<br />
promover entrenamiento efectivo y disciplina basada en el tratamiento justo e<br />
imparcial de todos los estudiantes usando el Código de Conducta Estudiantil<br />
como un punto de referencia<br />
animar a los padres a mantener comunicación con la escuela y animar la<br />
participación del padre en conferencias requeridas por los maestros<br />
desarrollar una relación cooperativa entre personal y estudiantes<br />
ayudar a los estudiantes con asistencia apropiada en aprender autodisciplina.<br />
tomar responsabilidad y liderazgo instructivo para la disciplina y para la<br />
evaluación del plan de disciplina<br />
asegurar la seguridad de estudiantes a través del mantenimiento físico del plantel<br />
manejar recursos humanos y físicos en apoyo a las metas globales del programa<br />
educativo<br />
mantener una buena apariencia y apropiadamente vestido<br />
Conducta en el autobús escolar<br />
Transportación en el autobús escolar se provee a los estudiantes que viven 2 millas o más<br />
del plantel correspondido, Estudiantes que viven en áreas asignadas de alto riesgo<br />
también recibirán transportación. Estudiantes del programa de educación especial que<br />
especifica en el IEP deberán obtener servicios de transportación. Se requiere una junta de<br />
“ARD” para determinar las necesidades de el estudiante de educación especial,<br />
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correspondiendo a las pólizas definidas en el código del estado de Texas.<br />
Métodos para la disciplina en el autobús escolar<br />
El autobús escolar es como una extensión de las clases y la disciplina del estudiante será<br />
dirigida por el director de transportación, y el director del plantel con la asistencia del<br />
chofer del autobús. Las pólizas del distrito y del código de conducta del distrito deberán<br />
ser seguidas en el autobús escolar.<br />
Procedimientos/Consecuencias<br />
Cuando un estudiante ignora las reglas de conducta del autobús escolar o hace alguna<br />
infracción perjudicando la seguridad de de otros pasajeros, o del chofer, se deberá llevar<br />
acción utilizando los métodos del plan. Métodos alternativos para manejar las conducta<br />
pueden ser consejería, asignar asiento, silencio para obtener un cambio en el<br />
comportamiento del estudiante. Si estos métodos no funcionan otros pasos mas severos<br />
se aplicaran de acuerdo a el proceso describió en estos pasos:<br />
1Primer Incidente:<br />
El chofer del camión verbalmente le avisara al estudiante<br />
2 Segundo Incidente:<br />
El chofer le enviara un reporte al director de transportación. El director de transportación<br />
deberá de notificar al director del plantel para el avise a los padres del estudiante y acción<br />
requerida se haga ( según la gravedad de la ofensa puede ser suspendido 3 dias)<br />
3 Tercer Incidente:<br />
El estudiante pierde los privilegios de transportación hasta 10 (diez) días.<br />
Si continua el mal comportamiento el estudiante puede perder los privilegios de<br />
transportación por el resto del año escolar.<br />
Alguna otra conducta no especificada que interrumpa la seguridad del la transportación,<br />
puede resultar en suspensión de los servicios de transportación o otra acción disciplinaria<br />
puede ser aplicada.<br />
Cámaras de seguridad pueden ser utilizadas en el autobús para promover la seguridad<br />
Puede referir al libro del Estudiante y Padres para más información referente a<br />
transportación<br />
SECCIÓN V: LOS METODOS PARA TRATAR LA DISCIPLINA<br />
La disciplina será diseñada para mejorar la conducta y animar a los estudiantes a ser<br />
responsables como miembros de la comunidad de la escuela. La acción disciplinaria hará<br />
uso del juicio profesional de maestros y administradores y de un rango de métodos de<br />
disciplina. La disciplina será correlacionada a la seriedad de la ofensa, la edad y grado<br />
del estudiante, la frecuencia de mala conducta, la actitud del estudiante, el efecto de la<br />
mala conducta en el ambiente de la escuela, y los requisitos legales.<br />
Por estos factores, la disciplina para una ofensa particular (salvo indicación contraria por<br />
la ley) puede traer a consecuencia varias técnicas y respuestas.<br />
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Los métodos<br />
Los siguientes métodos de disciplina pueden servir – solos o en combinación – al<br />
comportamiento prohibido por el Código de Conducta Estudiantil, las reglas del plantel, o<br />
del salón:<br />
la corrección verbal (oral o por escrito)<br />
tiempo de enfriamiento o "la interrupción"<br />
la asignación de los asientos cambia dentro del aula<br />
la confiscación temporal de artículos que desestabilizan el proceso educativo<br />
las recompensas o los deméritos<br />
los contratos conductistas<br />
consejos por maestros, los consejeros, o el personal administrativo<br />
las citas entre maestro y padre<br />
reducciones de calificaciones permitidas por la póliza<br />
detención<br />
enviando al estudiante a la oficina u otro área asignada, o suspensión de la escuela<br />
la asignación de deberes de la escuela, como limpiar o recoger basura<br />
el retiro de privilegios, como la participación en las actividades extracurriculares,<br />
la elegibilidad para mantener posiciones honorarias, o la asociación en clubes<br />
patrocinados por la escuela y las organizaciones<br />
la consecuencia identificada en los estándares extracurriculares de<br />
comportamiento de organizaciones estudiantiles individuales<br />
el retiro o la restricción de privilegios del autobús<br />
el período de prueba evaluado por la escuela y administrado por la escuela<br />
la suspensión extraescolar, como especificado en la sección de Suspensión de este<br />
Código<br />
la colocación en DAEP, como especificado en la sección DAEP de este Código<br />
la expulsión, tan especificado en la sección de Expulsión de este Código.<br />
el enviar para una agencia exterior o la autoridad legal para el procesamiento<br />
criminal además de las medidas disciplinarias impuestas por el distrito<br />
otras estrategias y otras consecuencias como determinados por oficiales escolares<br />
“RTI” Responder Atreves de Intervenciones<br />
Recomendar a entrenamientos al Centro de Padres<br />
La disciplina de estudiantes con discapacidades<br />
La disciplina de estudiantes con discapacidades está sujeta a la aplicable ley estatal y<br />
federal además del Código Estudiantil de Conducta. Si existe cualesquier conflicto, la<br />
ley estatal y/o la ley federal prevalecerá.<br />
De conformidad con el Código de Educación, un estudiante que está inscrito en un<br />
programa especial de educación no puede ser disciplinado por la conducta definida como<br />
intimidación, hostigamiento, o haciendo listas de victimas (vea glosario) hasta que el<br />
comité de Ingresar, Reseña, y de Despido (ARD) hayan revisado la conducta.<br />
En decidirse si a ordenar colocación de suspensión, DAEP, o expulsión el distrito tomará<br />
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en consideración una incapacidad que sustancialmente deteriora la aptitud del estudiante<br />
en apreciar lo inaceptable de la conducta del estudiante.<br />
El personal del distrito tratará a estudiantes con dignidad y respetará y asegurará que los<br />
estudiantes con discapacidades elegible bajo el Sub-capítulo A, el Capítulo 29, no estará<br />
recluido en una caja cerrada, armario cerrado u otro espacio en especial cerrado, diseñado<br />
como una práctica de la administración de disciplina o una técnica de la administración<br />
de comportamiento. (Una enmienda para 37.0021 (b) (1), suma el término<br />
"significativamente" para la definición de atemperación. El propósito de esta enmienda<br />
es aclarar el grado /tipo de atemperación por el cual los procedimientos adoptados por el<br />
comisionado tendrán aplicación relacionados con atemperación y la identificación de<br />
cualesquier entrenamiento que los empleados deberán recibir antes de aplicar esta<br />
técnica. Una enmienda para 37.0021 (b) (3) (B) suma idioma para aclarar la definición<br />
de interrupción. Una enmienda para 37.0021 (c), se añade que el idioma para clarificar<br />
que la subdivisión (c) relacionó con el uso de reclusión no se aplica a la mayoría de<br />
colocaciones tribunales ordenadas. Una enmienda para 37.0021 (d) se añade "con una<br />
discapacidad" para la subdivisión.)<br />
Al tratar con estudiantes de EP<strong>ISD</strong> con incapacidades, la enmienda suma a la subdivisión<br />
(g), que aclara 37.0021 y cualesquier reglas adoptadas para implementar la sección no<br />
aplica : 1) un oficial del orden público al realizar deberes de ejecución de la ley; 2) el<br />
período de prueba de menores, la detención, o el personal de correcciones; o 3) un<br />
proveedor educativo de servicios con quien un estudiante es colocado por una autoridad<br />
judicial, a menos que los servicios sean brindados en un programa educativo de un<br />
distrito escolar.<br />
La colocación de estudiantes con discapacidades<br />
La colocación de un estudiante con incapacidades que recibe servicios especiales de<br />
educación puede ser hecha sólo por un comité ARD. Un estudiante con una incapacidad<br />
que recibe servicios especiales de educación no puede ser colocado en programas<br />
alternativos de educación solamente para los propósitos educativos si el estudiante no<br />
alcanza el criterio para la colocación alternativa por su conducta.<br />
Cualquier acción de disciplina tocante a un estudiante con incapacidades que constituiría<br />
un cambio en la colocación bajo la ley federal sólo puede ocurrir después de que una<br />
revisión de determinación de manifestación haya estado bajo la dirección del comité<br />
ARD.<br />
Todas las acciones disciplinarias en cuanto- un estudiante con una incapacidad que recibe<br />
servicios especiales de educación serán determinadas de conformidad con las reglas y ley<br />
federal, incluyendo la provisión de valoraciones conductistas funcionales; Las<br />
intervenciones conductistas positivas, las estrategias, y los apoyos; Los planes<br />
conductistas de intervención; Y la revisión de determinación de manifestación.<br />
Notificación<br />
El administrador o director apropiado notificará al padre de un estudiante por teléfono o<br />
escrito de cualquier violación que puede dar como resultado una suspensión, la<br />
colocación en DAEP, o la expulsión. La notificación sé hará dentro de tres días escolares<br />
después de que el administrador se entere de la violación.<br />
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La citatoria requerida<br />
No más tarde que el tercer día de clases después del día en el cual un estudiante es<br />
removido de la clase por un maestro o por un administrador de la escuela, el<br />
administrador u otro administrador apropiado programará una citatoria que incluye<br />
administrador u otro administrador apropiado, un padre o un tutor del estudiante, el<br />
maestro quitando al estudiante de clase, si cualquier, y el estudiante. En la citatoria, el<br />
estudiante es informado por aviso escrito u oral de motivos por ser removido, una<br />
explicación del motivo, y una oportunidad a responder a los motivos de ser removido. El<br />
estudiante no puede volver a la clase normal antes de la citatoria. Después de la citatoria,<br />
y aunque cada persona catatado no este en asistencia después de intentos para requerir la<br />
asistencia de la persona, el administrador determinará la disposición del caso consistente<br />
con el Código de Conducta Estudiantil.<br />
Preguntas y quejas<br />
Las preguntas de padres o las quejas tocante medidas disciplinarias deberán ser dirigidas<br />
a la maestra o la administración del plantel, según el caso, y de conformidad con la póliza<br />
FNG (LOCAL). Una copia de la póliza puede ser obtenida de la oficina del director o la<br />
oficina central de administración o a través de la Póliza En Línea en la siguiente<br />
dirección de Web:<br />
www.eaglepassisd.net<br />
Las consecuencias no serán aplazadas antes del resultado de una queja.<br />
SECCIÓN VI: LA MUDANZA DEL TRASFONDO EDUCATIVO NORMAL<br />
Además de otras técnicas de la administración de disciplina, la mala conducta puede dar<br />
como resultado mudanza del trasfondo educativo normal en forma de una queja de rutina<br />
o una remoción formal.<br />
Envío de rutina<br />
Una queja de rutina ocurre cuando un maestro envía a un estudiante a la oficina del<br />
director con documentación correcta como técnica disciplinaria. El director puede<br />
utilizar técnicas adicionales. El estudiante puede ser de enviado para su clase de vuelta<br />
después de la acción administrativa.<br />
La remoción formal<br />
Un maestro o un administrador puede remover a un estudiante de una clase por un<br />
comportamiento que viola este Código para mantener disciplina efectiva en el aula. Un<br />
maestro también puede iniciar una remoción formal de clase si;<br />
el comportamiento del estudiante ha sido documentado por el maestro que el<br />
alumno repetidamente impide la habilidad del maestro para instruir su clase; O<br />
el comportamiento es tan rebelde, disruptivo, u ofensivo que el maestro no puede<br />
instruir, y que los estudiantes en el aula no pueden aprender.<br />
Un maestro o un administrador debe remover a un estudiante de clase si el estudiante se<br />
involucra en comportamiento que bajo el Código de Educación requiere o permite que el<br />
estudiante se colocado en un DAEP o expulsado. Al ser mudado por esas razones, los<br />
procedimientos en las subsiguientes secciones en DAEP o la expulsión serán seguidos.<br />
De otra manera, dentro de tres días escolares de la remoción formal, el administrador<br />
apropiado programará a una citatoria con los padres del estudiante; el estudiante; el<br />
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maestro, en caso de la remoción por un maestro; y cualquier otro administrador.<br />
En la citatoria, el administrador apropiado le dará al estudiante cuenta de la mala<br />
conducta por la cual él o ella esta acusado y las consecuencias. El administrador le dará<br />
al estudiante una oportunidad para dar su versión del incidente.<br />
Cuándo un estudiante es removido del aula normal por un maestro y una citatoria está<br />
pendiente, el administrador puede mandar al estudiante:<br />
otro aula apropiada<br />
en la suspensión dentro de la escuela<br />
la suspensión extraescolar (fuera)<br />
DAEP<br />
Sin embargo, un estudiante que ha sido removido formalmente por un maestro, puede reingresar<br />
al salón del mismo maestro sin su consentimiento, si el comité de revisión de<br />
colocación determina que la clase del maestro es la mejor o única alternativa disponible.<br />
Devolviendo el alumno al salón<br />
Cuando un estudiante ha sido formalmente removido de clases por un maestro por la<br />
conducta en contra del maestro conteniendo los elementos de asalto, asalto e intención de<br />
crimen, atentado sexual, atentado sexual agravado, asesinato homicida capital, o el<br />
estudiante trata de cometer asesinato o asesinato capital, el estudiante no puede ser<br />
devuelto a la clase del maestro sin consentimiento del maestro.<br />
SECCIÓN VII: SUSPENSIÓN<br />
La mala conducta<br />
Los estudiantes pueden ser suspendidos para cualquier comportamiento enumerado en el<br />
Código como una violación general de conducta, ofensa DAEP, u ofensa expúlsale.<br />
En decidirse si ordenar suspensión, el distrito tomará en consideración:<br />
la autodefensa (vea glosario)<br />
el intento o la falta de intento a la hora que el estudiante se involucró en la<br />
conducta<br />
el historial disciplinario del estudiante<br />
El proceso<br />
La ley estatal permite que un estudiante sea suspendida no más de tres días escolares por<br />
la violación de comportamiento, sin límite el número de veces que un estudiante puede<br />
ser suspendido en un semestre o un año escolar.<br />
Antes de ser suspendido un estudiante tendrá una citatoria informal con el administrador<br />
apropiado que informara al estudiante de la conducta de la cual es acusado. El estudiante<br />
recibirá la oportunidad para explicar su versión del incidente antes de que administrador<br />
tome una decisión. El administrador enviará una copia del informe de incidente<br />
documentando la violación para el padre del estudiante o el tutor dentro de 24 horas.<br />
Cualquier estudiante que este suspendido fuera de la escuela o en la suspensión dentro de<br />
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la escuela debe recibir la oportunidad para completar antes del comienzo del siguiente<br />
año escolar cada curso en el cual el estudiante estaba inscrito al tiempo de la remoción.<br />
El administrador apropiado determinará cualesquier restricción en la participación en las<br />
actividades patrocinadas por la escuela o relacionados con la escuela y extracurriculares o<br />
co-curriculares.<br />
Los estudiantes con discapacidades están sujetos a la ley aplicable estatal y federal<br />
además del Código Estudiantil de Conducta. A medida de cualesquier conflicto, la ley<br />
estatal y / o la ley federal prevalecerá.<br />
SECCIÓN VIII: LAS PROVISIONES GENERALES DEL CÓDIGO DE<br />
VESTUARIO ESTUDIANTIL<br />
La provisión general del Código de Vestuario Estudiantil se aplica a todos los<br />
estudiantes. Los estudiantes que asisten al distrito deben observar las reglas generales del<br />
Código de Vestuario Estudiantil.<br />
Los requisitos:<br />
todos los estudiantes deben estar aseados y presentables en todo momento<br />
la ropa interior debe ser traída puesta en todo momento y no ser visible<br />
el calzado debe ser traído puesto en todo momento (las botas aceradas del dedo<br />
del pie no son permitidas)<br />
ojos visibles en todas ocasiones<br />
pantalones, faldas, pantalones cortos, y skorts deben ser apropiadamente<br />
dimensionados, y correctamente asegurados<br />
pantalones cortos, faldas, o skorts no deben ser más cortos de tres (3) pulgadas<br />
por encima de la parte superior de la rodilla y no deberá crear una distracción<br />
toda ropa con botones, botones de presión, deben ser abotonadas, cerrada con<br />
zíper, o cerradas modestamente<br />
camisas y blusas deben ser apropiadamente dimensionadas<br />
las pecheras deben tener ambas correas aseguradas sobre los hombros y deberán<br />
ser apropiadamente dimensionadas<br />
Los artículos prohibidos: Violaciones repetidas llevaran como consecuencias el Nivel 3.<br />
cualquier ropa, aspecto, o los accesorios que razonablemente pueden esperarse<br />
cause una distracción de, o interfiera con, operaciones de la escuela<br />
cualquier ropa, aspecto los accesorios que razonablemente puedan causar daño<br />
físico al que viste o terceras personas<br />
cualquier ropa, aspecto, o los accesorios que se trae puesto con el objeto de<br />
mostrar afiliación con una pandilla o cuál, de hecho, representa una afiliación<br />
particular de la pandilla aún si el que viste no tiene tal propósito<br />
cualesquier imagen, cualesquier emblema, o escritura sobre la ropa o los<br />
accesorios que representen:<br />
1. los mensajes lascivos, ofensivos, vulgares u obscenos<br />
2. los productos de tabaco, las bebidas alcohólicas, las drogas, o cualquier<br />
otra sustancia prohibida bajo la póliza FNCA (Local)<br />
3. lo oculto, muerte, suicidio, violencia, o asociación de la pandilla<br />
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ninguna joyería excesiva. Los rosarios no deben ser traídos puestos como joyería<br />
ninguno de los pañuelos grandes, harapos, guantes, ningún trapo<br />
ninguno de los anteojos oscuros usados adentro a menos que tengan prescripción<br />
médica<br />
ningún tocado para niños y niñas adentro a menos que tengan prescripción médica<br />
ningún anillo, tachón, pendiente, cuerda o marcador de posición (para aretes etc.)<br />
en cualquier parte del cuerpo excepto en los dedos de niños y los dedos y los<br />
oídos de las niñas<br />
ninguna de las prendas de vestir transparentes de cualquier clase<br />
ninguna de la ropa demasiado grande o rabona.<br />
ninguna de las prendas de vestir alteradas, ninguno de los pantalones cortos<br />
“biker”, o ninguno de los pantalones cortos aeróbicos<br />
o ningún calzado de dedo del pie acerado, o cualquier zapatilla con ruedas<br />
ningunas pantuflas, calcetines de agua, o ningún calzado de pie acerado, o<br />
cualquier calzado con ruedas (patines, tenís, etc.)<br />
ninguna ropa con rasgones, o roturas.<br />
ninguna de las camisetas de músculo, ninguna de las partes superiores del tubo,<br />
ninguna de las partes superiores del cabestro, ninguno de los trajes de baño, o<br />
cualquier otra prenda de vestir que exponga el diafragma, pecho, o la espalda,<br />
incluyendo camisetas que muestran el ombligo<br />
ninguna prenda que se use por encima de otra prenda puede ser traída puesta sin<br />
una prenda debajo<br />
ningún bigote, barba, perilla o patillas laterales no deben ser más largas que el<br />
fondo del oído<br />
ninguna prenda corta o abertura de ropa que puede revelar el diafragma o la ropa<br />
interior<br />
ninguno de los pantalones cortos /pantalones debajo de la cintura<br />
ninguna cadena/esclava que tenga el potencial de ser usada como un arma<br />
ningún pantalón corto de ciclismo, aeróbica, pantalón corto de tipo spandex o<br />
pantalones cortos de ejercicio/educación física<br />
ningún monopatín (skateboard)<br />
ningún atuendo que identifique a un individuo como miembro de una pandilla o<br />
grupo que no pertenezca a un grupo patrocinado por el distrito<br />
prohibido los lentes de “excéntricos” contacto con o sin prescripción medica<br />
legonas con su blusa/camisa apropiada son permitidas<br />
SECCIÓN IX: LOS NIVELES DE <strong>OF</strong>ENSAS DISCIPLINARIAS<br />
NIVEL 1: DISCIPLINA INDICADA POR EL MAESTRO<br />
El maestro del salón deberá sobrellevar La mayoría de las malas conductas de los<br />
estudiantes. Tendrá que haber intervenciones inmediatas y de concordancia con las<br />
intervenciones del maestro para cualesquier comportamiento, que entorpece el manejo<br />
ordenado del salón. Un mínimo de tres violaciones estudiantiles de nivel 1con la<br />
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documentación apropiada y la firma de los padres se requieren antes de que el<br />
administrador intervenga. Los maestros entregarán copias de las violaciones estudiantiles<br />
de nivel 1 cada semana al administrador o su designado para revisión.<br />
Las violaciones generales de mala conducta: (Nivel 1)<br />
violaciones de Código de Vestuario<br />
comiendo en el salón<br />
el fracaso de traer los materiales requeridos del aula y / o el trabajo asignado a sus<br />
clases<br />
el fracaso de entregar y / o regresar las comunicaciones escritas por medio de la<br />
casa y la escuela<br />
tirando objetos en el salón<br />
por desafiar<br />
molestar a los compañeros<br />
hablando en excesivo<br />
matonería<br />
haciendo ruido excesivo<br />
el rehusar a participar en actividades del salón/durmiendo en el salón<br />
tardanza excesiva a clase<br />
la tardanza excesiva a clase sin excusa con documentación correcta<br />
ausencias excesivas<br />
falta de cooperación<br />
grosero/falta de cortesía<br />
inquieto/inatento<br />
haciendo trampa, plagio, copiando el trabajo de otro estudiante, o permitiendo que<br />
copeen<br />
su trabajo<br />
tocando(se) inapropiadamente, besándose, etc.<br />
irreverencia (maldiciones)/lenguaje ofensivo<br />
trae aparatos electrónicos tales como (IPODS, aparatos de discos compactos, etc.)<br />
rehúsa aceptar técnicas de disciplina asignadas por un maestro o empleado del<br />
distrito<br />
cualesquier otro acto que impide los procedimientos ordenados del aula o la<br />
interrupción a la operación ordenada de la clase<br />
Las consecuencias disciplinarias: (Nivel 1)<br />
pausa (tiempo solo) como disciplina<br />
asignar un asiento diferente<br />
detención (asignado por el maestro) antes o después de clases<br />
comunicación con el padre: la nota escrita, las llamadas telefónicas o la citatoria<br />
obligatoria entre padre y maestro<br />
cita (conferencia) entre alumno y consejero<br />
cita (conferencia) entre maestro y alumno<br />
forma disciplinaria enviada a casa<br />
reporte de progreso enviado a casa<br />
contrato conductal<br />
corrección verbal de manera apropiada<br />
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2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
otras acciones disciplinarias apropiadas y delineadas por la administración del<br />
plantel<br />
reducción de grado de acuerdo a la póliza del distrito ( por copear, plagiarism,<br />
copear de otros)<br />
confiscar pertenencias prohibidas<br />
Los procedimientos: (Nivel 1)<br />
La intervención debe ser realizada por el maestro/maestro supervisor que observa<br />
la mala conducta.<br />
El maestro debe mantener un registro de las ofensas y las acciones disciplinarias.<br />
El maestro deberá discutir la mala conducta con el padre, director y / o personal<br />
de apoyo.<br />
Cualquier remoción de un estudiante por un maestro por el comportamiento descrito<br />
arriba requiere informe del maestro sobre la ofensa para el director o administrador<br />
apropiado. El director o administrador apropiado luego le enviará una copia del informe<br />
al padre del estudiante o el tutor dentro de 24 horas o a recibirá el informe del maestro.<br />
NIVEL 2: DISCIPLINA INDICADA POR EL ADMINISTRADOR<br />
Algunas infracciones darán como resultado una referencia para un administrador. Las<br />
acciones disciplinarias dependerán de la ofensa, las infracciones previas, y la seriedad de<br />
la mala conducta. Incluidos son aquellos actos del estudiante que interfieren con el<br />
proceso educativo orden en el salón y / o la escuela. Un maestro que observa a un<br />
estudiante involucrado en mala conducta de Nivel II o mala conducta superior hará un<br />
informe por escrito para el administrador u otro administrador apropiado.<br />
Las violaciones generales de mala conducta: (Nivel 2) (Código 21)<br />
repetidamente es desafiante<br />
repetidamente tira objetos, en actividades en el exterior de la escuela, que puede<br />
causar lesión corporal o puede dañar propiedad<br />
comportamiento disruptivo en autobús escolar y / o desobedecer reglas de<br />
conducta escolar en el autobús<br />
“callejeando” en áreas no autorizadas<br />
se involucra en altercado verbal<br />
exhibe, prende o usando celulares, u otros dispositivos electrónicos durante el día<br />
escolar<br />
colocando materiales no autorizados en terreno escolar<br />
repetidamente usa profanidad /lenguaje ofensivo dirigido hacia otros estudiantes o<br />
empleados del distrito<br />
repetición / continuación de mala conducta Nivel 1 con documentación correcta<br />
proporcionada a la administración<br />
faltar a clase sin el consentimiento de los padres o tutores (fumarse la clase)<br />
exhibe insubordinación flagrante o extrema<br />
abandona terreno escolar o eventos patrocinados por la escuela sin permiso<br />
robando de otros alumnos, empleados, o del plantel<br />
descargando un extintor ( extinguidor de fuego)<br />
jugando juegos de azar<br />
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falsificar registros, información, permisos redactados por la escuela u otros<br />
documentos relatados por la escuela<br />
repetidamente violando estándares del comportamiento del plantel/salón<br />
cualesquier otro acto que interfiere con el proceso ordenado educativo en el salón<br />
y ó en el plantel<br />
infracciones de tráfico, estacionamiento prohibido<br />
violando las pólizas, reglas o acuerdos firmados por los padres referente al uso de<br />
tecnología<br />
Las consecuencias disciplinarias: (Nivel 2)<br />
contratos conductistas<br />
negar privilegios de transporte de la escuela<br />
detención (en el plantel)<br />
contacto con padres por vía telefónica y escrita para el padre /tutor dentro de 24<br />
horas<br />
remitir a las autoridades (la ley)<br />
restitución<br />
suspensión (ISS-suspensión en el plantel) o (OSS-suspensión fuera del plantel)<br />
detalle de trabajo y / o limpieza<br />
confiscación de artículos<br />
cualesquier otra acción apropiada determinada por la administración<br />
referir al oficial de asistencia<br />
rechazar el permiso de estacionamiento en el plantel<br />
Asignar “viernes de noche”<br />
Recargos monetarios de proceso<br />
Los procedimientos: (Nivel 2)<br />
consultar con el administrador /persona asignada por escrito<br />
el administrador tiene conferencia con estudiante y o los maestros para establecer<br />
acción apropiada<br />
la referencia de disciplina retenida por administrador<br />
notificación escrita para el padre y el maestro indicando acción toamda por el<br />
administrador<br />
NIVEL 3: LA COLOCACIÓN DISCRECIONAL PARA DAEP<br />
Estudiantes culpables de cualquiera de las siguientes ofensas o los comportamientos<br />
pueden ser suspendidos hasta tres días antes de una conferencia, y pueden ser colocados<br />
en el DAEP del distrito. La recomendación para la remoción de un estudiante para el<br />
DAEP será tomada por el director del plantel o la persona designada. El designado del<br />
distrito hará la decisión final para aceptar al estudiante en el DAEP. La duración de<br />
colocación de un estudiante será determinada por la persona nombrada del distrito que<br />
evaluará cada caso individualmente. El superintendente o el designado del distrito<br />
puede modificar la duración de estancia del alumno como es indicado en el Capitulo<br />
37 del (TEC) Código Educacional de Texas.<br />
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En decidirse si ordenar colocación en un DAEP, el distrito tomará en consideración:<br />
la autodefensa (vea glosario)<br />
el intento o la falta de intento en el instante que el estudiante se involucró en la<br />
conducta<br />
el historial disciplinario del estudiante<br />
El máximo período a la colocación discrecional a un DAEP para un estudiante de<br />
secundaria/preparatoria (7 – 12) no será más de un semestre y no menos de 60 días<br />
escolares exitosos. Los estudiantes que continúan violando el Código Estudiantil de<br />
Conducta y son colocados en DAEP por segunda ocasión, durante el mismo año escolar<br />
está sujeto a una colocación de 90 días o hasta al final de año escolar, cualquiera que sea<br />
menos.<br />
El máximo período de una colocación discrecional al DAEP para un estudiante de<br />
primaria (1er– 6to) no excederá 45 días.<br />
Las violaciones generales de mala conducta: (Nivel 3)<br />
En conformidad con la ley estatal, un estudiante puede ser colocado en un programa de<br />
educación alternativa basada en conducta ocurriendo fuera del plantel (código 10) No-<br />
Título 5 delito grave y mientras el estudiante no esté en asistencia en una actividad<br />
patrocinada por la escuela o relacionada con la escuela si:<br />
el superintendente o la persona designada tiene una creencia razonable que el<br />
estudiante se ha involucrado en la conducta definida como una ofensa de delito<br />
grave aparte de esas definiciones en Título 5, Código Penal de Texas, y<br />
la presencia continua del estudiante en el salón normal amenaza la seguridad de<br />
otros estudiantes u otros maestros o será perjudicial para el proceso educativo<br />
Un estudiante puede ser colocado en un programa alternativo de educación y / o puede<br />
ser suspendido si el estudiante se frecuentemente se involucra en cualquiera de las<br />
siguientes ofensas mientras en propiedad escolar, en cualesquier actividad patrocinada<br />
por la escuela o relacionada con la escuela en o fuera de propiedad escolar, o en un<br />
autobús escolar;<br />
involucrándose en asalto/ataque (código 21)<br />
1. intencionalmente o a sabiendas amenaza a otro con lesión corporal inminente;<br />
Código Penal 22.01 A (2)<br />
2. intencionalmente o a sabiendas tiene contacto físico con otro cuando la persona<br />
sabe o razonablemente debería creer que el otro considerará el contacto como ofensivo o<br />
provocativo. Código Penal 22.01 A (3)<br />
posee cualquier arma no clasificada en el Código Penal de Texas (Ej., una honda,<br />
un arma de postas, pluma/indicador láser, o químicos dispositivos personales).<br />
(código 21)<br />
cualquier alumno de primaria (elemental) poseyendo una navaja no ilegal tal y<br />
como una navaja de bolsillo, navaja (cortaplumas), etc. (código 50)<br />
se involucra en vandalismo (código 21, 22, o 02)<br />
comete travesura criminal, no castigadas como un delito grave (código 22)<br />
participa en pandillas o actividades de pandillas, incluyendo exhibiendo graffiti de<br />
pandilla, atuendo, o las insignias de pandilla (código 34)<br />
participa en fraternidades, hermandades de mujeres, o hermandades secretas<br />
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(código 21 o 34)<br />
se involucra en extorsión, coerción, o chantaje (código 21)<br />
se involucra en pleitos habitualmente, repetido maltrato físico o la amenaza de<br />
maltrato físico, o se involucran en una pelea seria (código 21 o 41)<br />
se involucra en repetidos violaciones de tabaco (código 33)<br />
participa en acción agresiva, revoltosa en grupo que sustancialmente desestabiliza<br />
o materialmente interfiere con actividades de la escuela (código 21)<br />
se involucra en abuso verbal, escrito, o gráfico (Ej., El uso de insultos, las<br />
calumnias raciales, étnicas, o las declaraciones peyorativas) que puede<br />
desestabilizar el ambiente de la escuela o puede incitar violencia (código 21)<br />
exhibe falta de respecto, dirige profanidad, pornografía (Ej., estando en posesión<br />
de materiales pornográficos incluyendo, pero no limitado a imágenes, revistas,<br />
libros, películas, o discos compactos, o cualesquier instrumento electrónico),<br />
idioma de mal gusto (vulgaridades), o los gestos obscenos hacia maestros, otros<br />
empleados del distrito, o los condiscípulos (compañeros) (código 21)<br />
se involucra en hostigamiento sexual hacia empleados o condiscípulos, o se<br />
involucra en comportamiento ofensivo verbal o físico de una naturaleza sexual, lo<br />
cual puede incluir peticiones por favores sexuales, o la intimidación similar<br />
dirigida hacia otro (código 21)<br />
se involucra en mala conducta persistente, la cual está definida, como dos o más<br />
violaciones del Código Estudiantil incluyendo tardías /ausencias excesivas<br />
(código 21)<br />
comete una segunda violación de “fumarse la clase” (hacer novillos) y una corte<br />
considera que el estudiante ha hecho novillos por faltar a clases (código 43 o 44)<br />
comete cualesquier otra conducta que constituye una violación de ley estatal,<br />
local, o federal<br />
obliga a un individuo a actuar a través del uso de fuerza o amenaza de fuerza<br />
(código 21)<br />
juega con fósforos o fuego (código 21)<br />
desobedece las reglas de la escuela (código 21)<br />
se involucra en hostigamiento/coerción para propósitos de iniciación (código 21)<br />
posee parafernalia de droga (código 21)<br />
posee o vende semillas de marijuana en cantidades menores de uso<br />
posee munición capaz de ser expulsado a través de un barril usando la energía<br />
generada por una explosión o sustancia incendiaria (código 21)<br />
se involucra en evasión (código 21)<br />
posee o enciende fuegos artificiales (código 21)<br />
comete allanamiento de morada o robo (código 21 )<br />
abusa de una droga disponible sin receta, le da una droga disponible sin receta a<br />
otro estudiante, o se vuelve deteriorado debido al abuso de una droga disponible<br />
sin receta (código 21)<br />
cualesquier violación de "guías directivas aceptables de uso" de <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> para el<br />
uso del Internet<br />
participa en una pelea de comida (código 21)<br />
deforma / destruye propiedad de la escuela en la cual tal conducta de otra manera<br />
no reúne los requisitos para los elementos de travesura criminal o graffiti (código<br />
21)<br />
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poseer o vender fármacos parecidos(imitaciones) o artículos intentados ser<br />
pasados como drogas o contrabando (código 21)<br />
poseer publicaciones o material electrónico diseñado para promover o alentar<br />
comportamiento ilegal o amenazar la seguridad de la escuela; usando correo<br />
electrónico o sitios de la red en la escuela (código 21)<br />
la posesión de drogas disponibles sin receta (no recetadas) (código 21)<br />
poseyendo o vendiendo una imitación a arma. (código 21)<br />
repetidamente viola estándares de la vestimenta y de aseo de la provisión general<br />
del código de vestuario estudiantil (código 21)<br />
se involucra en matonería (bullying), hostigamiento, y haciendo listas de victimas<br />
(ver el glosario para los tres términos) (código 21)<br />
haciendo acusaciones falsas o perpetuando bulos tocante a la seguridad de la<br />
escuela (código 21)<br />
se involucra en conducta que constituye violencia de citas (dating violence),<br />
incluyendo el uso intencional de abuso físico, sexual, verbal, o emocional para<br />
causar daño, amenazar, dar a entender, o controlar a otra persona con quien el<br />
estudiante mantiene o ha tenido una relación/compromiso (código 21)<br />
graba la voz o imagen de otro sin el consentimiento previo del individuo quien<br />
está siendo grabado o que de cualesquier forma interrumpa el trasfondo<br />
educacional o invada la privacidad de otros (código 21)<br />
intenta entrar o sortear contraseñas o otra información relacionada con seguridad<br />
del distrito, estudiantes, o empleados o transferir o crear virases de computación,<br />
incluyendo fuera de la propiedad escolar si la conducta causa una interrupción<br />
sustancial al trasfondo educacional (código 21)<br />
intenta alterar, destruir, o deshabilitar equipo de computación del distrito,<br />
informática del distrito, informática de otros, o de otras informáticas conectadas al<br />
sistema del distrito, incluyendo fuera de propiedad escolar si la conducta causa<br />
una interrupción sustancial al trasfondo educacional (código 21)<br />
posee un navaja de rasurar<br />
escupir<br />
orinar en publico<br />
“juego”<br />
enciende un extinguidor de lumbre<br />
juega en juegos peligrosos que pueden ocasionar daños<br />
Las consecuencias disciplinarias: (Nivel 3)<br />
la recomendación al administrador /designado por escrito<br />
conferencia requerida del administrador /estudiante/ padres<br />
la referencia (recomendación) del estudiante para DAEP<br />
la referencia a las autoridades (la ley)<br />
la remoción de servicios de transporte<br />
la restitución /restauración<br />
la suspensión hasta tres días escolares por cada suceso<br />
cualesquier otra acción disciplinaria apropiada determinada por la administración<br />
Los procedimientos (Nivel 3)<br />
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la referencia al administrador /designado por escrito<br />
el administrador avisa a los padres /tutores por escrito dentro de 24 horas<br />
El administrador se reúne con el estudiante y padre acerca de la mala conducta del<br />
estudiante. El estudiante recibe una oportunidad para explicar su versión del<br />
incidente. Durante esta audiencia, el estudiante /padre recibirá un aviso por<br />
escrito de la razón y la explicación de la base para la remoción. Después de la<br />
audiencia, el administrador recomendará la colocación del estudiante. El oficial<br />
oyente hará la decisión final para colocar al estudiante en el DAEP.<br />
Se le entregara notificación del trabajo sobre los cursos requeridos<br />
NIVEL 4: LA COLOCACIÓN OBLIGATORIA DAEP<br />
Los estudiantes culpables de cualquiera de las ofensas enumeradas (véase debajo) o los<br />
comportamientos pueden ser suspendidos hasta tres días antes de una convocatoria, y será<br />
colocado en el DAEP del distrito. Las remociones para el DAEP serán hechas por el<br />
administrador del plantel o la persona designada. El designado del distrito tomará la<br />
decisión final de colocar al estudiante en el DAEP. Para un crimen grave de Titulo 5<br />
cometido fuera del plantel, (código 9) un estudiante puede ser colocado si la Junta<br />
Directiva o el designado determina que la presencia del alumno en el salón regular:<br />
amenaza la seguridad de otros estudiantes u otros maestros,<br />
será perjudicial para el proceso educativo, o<br />
no es en el mejor interés de los estudiantes del distrito.<br />
La duración de colocación de un estudiante será determinada por el oficial<br />
oyente/designado del distrito que evaluará cada caso en base individual. La colocación<br />
DAEP estará correlacionada con la seriedad de la ofensa, la edad del estudiante, nivel de<br />
grado, frecuencia de mala conducta, la actitud del estudiante, y los requisitos estatutarios.<br />
El máximo período de una colocación DAEP no excederá más de 80 días exitosos. Los<br />
estudiantes que continúan violando el Código Estudiantil de Conducta y son colocados en<br />
DAEP por segunda ocasión, durante el mismo año escolar está sujeto a una colocación de<br />
120 días o al fin del año escolar cualquiera que sea menos.<br />
La colocación obligatoria DAEP para un estudiante elemental (1er – 6to) no excederá<br />
más de 60 días.<br />
Las violaciones generales de mala conducta: (Nivel 4)<br />
Un estudiante debe ser colocado en un DAEP por cualquiera de las siguientes ofensas, si<br />
el estudiante comete estas ofensas en propiedad de la escuela o dentro de 300 pies de<br />
propiedad escolar tal medida de cualquier punto en la línea limítrofe verdadera de la<br />
propiedad escolar, o al asistir a una actividad patrocinada por la escuela o relacionada con<br />
la escuela en o fuera de propiedad escolar:<br />
se involucra en conducta punible (castigada) como un delito mayor (código 02)<br />
comete un asalto bajo el Código Penal 22.01 (a) (1). (vea glosario) (código 27 y<br />
28)<br />
composturas sintéticas con apariencia a drogas así como K2, especias, sal de<br />
baño, y sustancias controladas<br />
realiza ventas, cede, o efectúa la entrega a otra persona, o posee, usa, o está bajo<br />
la influencia de marihuana, una sustancia controlada, o una droga peligrosa en una<br />
cantidad no constituyendo una ofensa de delito mayor. (La escuela relacionó<br />
ofensas de droga de delito mayor en la sección de expulsión de este Código<br />
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Estudiantil de Conducta.) (vea glosario) (código 04)<br />
vende, da, o entrega a otra persona una bebida alcohólica; comete una ofensa o<br />
acto serio mientras bajo la influencia de alcohol; o posee, usa, o está bajo la<br />
influencia de alcohol, si la conducta no es punible como una ofensa de delito<br />
mayor (La escuela relacionó ofensas de alcohol de delito mayor/grave en la<br />
sección de expulsión en este Código Estudiantil de Conducta.) (código 05)<br />
se comporta en cierto modo que contiene los elementos de una ofensa referente a<br />
productos químicos volátiles cuales son abusados (usados ilegalmente) (código<br />
06)<br />
se comporta en cierto modo que contiene los elementos de la ofensa de lascivia<br />
pública (código 07)<br />
se comporta en cierto modo que contiene los elementos de la ofensa de<br />
exhibicionismo/indecencia (código 07)<br />
se involucra en conducta expúlsale, si el estudiante tiene entre seis y nueve años<br />
de edad (Códigos Obligatorios Expúlsales)<br />
se involucra en conducta que contiene los elementos de la ofensa de represalia en<br />
contra de cualquier empleado de la escuela en o fuera de propiedad escolar<br />
(Cometer represalia en combinación con otra ofensa expúlsale ha sido dirigido el<br />
tema en la sección de expulsión de este Código Estudiantil de Conducta.) (código<br />
08)<br />
se involucra en amenaza terrorista (código 26)<br />
se involucra en un asalto bajo la Sección Penal del Código 22.01 (a) (1) en contra<br />
de un empleado del distrito o un voluntario (código 27)<br />
se involucra en una alarma falsa/reporte falso (código 35)<br />
asalto agresivo<br />
se involucra en conducta punible como un delito mayor (grave) bajo Título 5 (vea<br />
glosario) del Código Penal de Texas cuando la conducta ocurre fuera de<br />
propiedad de la escuela y no en un evento patrocinado por la escuela o<br />
relacionado con la escuela y;<br />
1. el estudiante recibe juicio diferido por la conducta definida como una ofensa de<br />
delito mayor en Título 5 del Código Penal de Texas (vea glosario)<br />
2. un tribunal o jurado encuentra que el estudiante se ha involucrado en conducta<br />
delincuente definida como una ofensa de delito mayor en Título 5 del Código<br />
Penal de Texas (vea glosario)<br />
3. el superintendente o su designado tiene una creencia razonable que el<br />
estudiante se involucró en la conducta. (vea glosario) (código 9)<br />
La colocación de un estudiante en el DAEP como resultado de recibir juicio diferido o<br />
conducta delincuente, como descrito arriba, puede ocurrir a pesar de:<br />
la fecha en la cual la conducta del estudiante ocurrió,<br />
el lugar en la cual la conducta sucedió,<br />
si la conducta sucedió mientras el estudiante estaba inscrito en el distrito, o<br />
si el estudiante exitosamente ha cumplido cualquier requisito impuesto por<br />
disposición del tribunal con respecto a la conducta<br />
Las consecuencias disciplinarias: (Nivel 4)<br />
suspensiones para hasta 3 días escolares<br />
la remoción del aula normal<br />
recomendación para la colocación DAEP<br />
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ecomendación (referencia) a una agencia judicial<br />
prohibido de asistir o participar en actividades relacionadas o patrocinadas por la<br />
escuela<br />
remoción de emergencia<br />
Los procedimientos: (Nivel 4)<br />
Antes de remover a un estudiante para un DAEP bajo Código de Educación de Texas<br />
(TEC) 37.008, el administrador apropiado programará a una junta con el administrador y<br />
/ u otros administradores apropiados, un padre o un tutor del estudiante, el maestro<br />
removiendo al estudiante de clase, si alguno, y el estudiante. En la junta, el estudiante es<br />
merecedor de aviso escrito u oral de las razones para la remoción, una explicación de la<br />
base para la remoción, y una oportunidad para responder por las razones para la<br />
remoción. Si el estudiante supuestamente ha cometido un crimen, luego el oficial del<br />
distrito llevando acabo la junta debe presentar pruebas del supuesto crimen tan provisto<br />
por una agencia de ley. Lo siguiente es el proceso para colocar a un estudiante en el<br />
DAEP:<br />
el administrador refiere al estudiante al designado del distrito con documentación<br />
apropiada en un archivo de colocación<br />
el designado del distrito se comunica con los padres y llevaba acabo la audiencia<br />
de colocación, después de varios intentos válidos para notificar a los padres de la<br />
audiencia, la audiencia programada se llevará acabo en su ausencia<br />
en la audiencia, el designado del distrito presenta las pruebas, testigos y otros<br />
documentos que se tengan tocante al caso, el estudiante recibe una oportunidad<br />
para explicar su versión de la infracción<br />
a la conclusión de la audiencia, el designado del distrito hará la determinación<br />
final para colocar o rehusar colocación de un estudiante en el DAEP basado en el<br />
Código Estudiantil de Conducta y ley estatal<br />
si el estudiante es colocado en el DAEP, el oficial oyente/designado del distrito escribirá<br />
una orden de colocación y una copia de la orden de colocación DAEP será enviada a los<br />
padres del estudiante y al DAEP<br />
si el alumno es colocado en el DAEP y el termino de duración es incongruente<br />
con las guías figuradas en este código, la orden de colocación notificará de la<br />
incongruencia<br />
se le otorgara aviso de cursos requeridos al padre/estudiante para cumplir con los<br />
requisitos de graduación<br />
Los estudiantes que violan el Código Estudiantil de Conducta del Distrito de un modo<br />
que requiera el estudiante sea colocado en DAEP y el estudiante se retira del distrito<br />
antes de empezar o completar el término de la colocación DAEP y regresa durante el año<br />
escolar, ese estudiante será colocado en el DAEP para completar el término asignado de<br />
colocación.<br />
Cuando un estudiante menor de diez años se involucra en comportamiento que es<br />
expulsable, el estudiante no será expulsado pero más bien acomodado en programa<br />
alternativo disciplinario de educación de EP<strong>ISD</strong>. El estudiante no deberá ser colocado en<br />
un programa alternativo de educación con otro estudiante que no sea del grado (nivel)<br />
elemental del estudiante. El estudiante menor de seis años no será removido de clase o<br />
colocado en un Programa Alternativo Disciplinario, a menos que el estudiante cometa<br />
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una ofensa federal de arma de fuego.<br />
Por favor preste atención: Al recibir notificación de aviso bajo el Artículo 15.27 (g), el<br />
Código de Procedimientos Criminales, el superintendente o el designado revisará la<br />
colocación del estudiante en un DAEP y puede continuar la colocación si hay razón para<br />
creer que la presencia del estudiante en el aula amenaza la seguridad de otros estudiantes<br />
y maestros.<br />
El administrador apropiado puede, pero no es requerido, coloque a un estudiante en un<br />
DAEP por conducta fuera del plantel por la cual ley estatal requiera colocación al DAEP<br />
si el administrador no tiene conocimiento de la conducta antes del primer aniversario de<br />
la fecha la conducta.<br />
Las sanciones:<br />
Los estudiantes removidos para un DAEP tienen prohibido asistir o participar en<br />
actividades patrocinadas por la escuela o relacionadas con la escuela. Las violaciones<br />
persistentes o repetidas de las reglas de conducta pueden dar como resultado<br />
progresivamente a penas serias.<br />
NIVEL 5: LA EXPULSIÓN OBLIGATORIA POR LAS <strong>OF</strong>ENSAS SERIAS<br />
De conformidad con la Agencia de Educación Sección 37.007, un estudiante será<br />
expulsado de la escuela si el estudiante, en propiedad escolar, o al asistir a una actividad<br />
escolar o relacionada con la escuela en o fuera de propiedad escolar, o en un ómnibus<br />
escolar, se involucra en cualquier violación enumerada bajo esta sección. Un estudiante<br />
debe de tener al menos 10 años de edad en la fecha que la ofensa es cometida para ser<br />
expulsado. La duración de expulsión no puede extenderse más allá del fin del semestre, o<br />
90 días, a menos que la conducta para la cual la expulsión fuese evaluada durante las<br />
nueve semanas finales del semestre, en cuyo caso la expulsión puede extenderse más allá<br />
del fin del subsiguiente semestre. La duración de la expulsión de un estudiante se basará<br />
caso por caso. El máximo período de expulsión es un año civil (365 días).<br />
Un estudiante que trae un arma de fuego, deberá ser expulsado del plantel regular<br />
del estudiante por un período mínimo de un año civil. La duración de una<br />
expulsión no excederá 180 días escolares. Sin embargo, el Superintendente o el<br />
administrador apropiado puede modificar la duración de la expulsión basándose<br />
caso por caso.<br />
Un estudiante será expulsado si el estudiante se involucra en conducta que<br />
contiene los elementos de cualquier ofensa enumerada arriba en contra de<br />
cualquier empleado del distrito o cualquier voluntario como represalia o como<br />
resultado del empleo de la persona o asociación con el distrito, sin hacer caso si la<br />
conducta ocurre en propiedad o fuera de la propiedad de la escuela.<br />
Cuando un estudiante es menor de diez años se involucra en comportamiento que<br />
es comportamiento expulsable, el estudiante no será expulsado, pero será<br />
colocado en un programa alternativo disciplinario.<br />
Los estudiantes menores de la edad de seis años no serán removidos de clase o<br />
colocados en un DAEP al menos que el alumno cometa una ofensa federal de<br />
arma de fuego.<br />
El crédito académico del distrito será obtenido cuando el trabajo se haya<br />
completado en DAEP durante el período de expulsión, a menos que el estudiante<br />
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no este recibiendo servicios educativos.<br />
1.) Un estudiante puede ser expulsado de la escuela si el estudiante se involucra en las<br />
siguientes violaciones en o fuera de propiedad escolar pero dentro de la línea limotrefera<br />
escolar dentro de 300 pies medida desde cualquier punto limítrofe, como lo dicta el<br />
Nuevo Código Disciplinario de Acciones y Razón 51, 52, 53 y 54. (vea apéndice A)<br />
a) usa, exhibe, o posee lo siguiente, como definido por el Código Penal de Texas:<br />
1. un arma de fuego (de conformidad con la ley federal, un estudiante que trae un<br />
arma de fuego (como definidos en 18 U.S.C. Sección 921) a la escuela será expulsado del<br />
plantel normal del estudiante por un período de un año civil, mínimo). "El arma de<br />
fuego" incluye: (código 11)<br />
a) cualquier arma (incluyendo un arma de juez para carreras) que hará, es diseñado<br />
o fácilmente se convierta para expulsar un proyectil por acción explosiva<br />
b) el marco o el aparato receptor de cualesquier arma<br />
c) cualquier silenciador de arma o arma de fuego<br />
d) cualquier dispositivo destructivo, como cualquier explosivo, incendiario<br />
bomba de gas venenoso, o granada<br />
2. un cuchillo/navaja ilegal/arma blanca (código 12);<br />
a) una navaja con una hoja de más de cinco pulgadas y media<br />
b) un instrumento diseñado para herir o apuñalar al ser lanzado<br />
c) una daga, incluyendo el estilete, o el puñal<br />
d) una navaja Bowie, una espada, o una lanza<br />
e) una ballesta, el arco y la flecha, una cerbatana, una estrella china, o un<br />
pica hielo.<br />
f) una navaja de afeitar llevada, diseñada, hecha o adaptada para el uso<br />
como arma<br />
3. un garrote (código 13) – un instrumento diseñado, hecho, o se adaptó con el objeto de<br />
infligir lesión corporal seria o de muerte al golpear a una persona con el<br />
instrumento, como una cachiporra, una porra de policía, una maza, o un hacha de<br />
mano (tomahawk)<br />
4. armas prohibidas (código 14);<br />
a) un arma explosiva<br />
b) una ametralladora<br />
c) un arma de fuego de barril pequeño<br />
d) un silenciador de arma de fuego<br />
e) una navaja de muelle<br />
f) los nudillos (manoplas)<br />
g) munición que perfora armadura<br />
h) un dispositivo químico<br />
i) un fusil improvisado<br />
j) ponchadores de llantas<br />
b) se involucra en conducta que contiene los elementos de la ofensa de:<br />
1. el asalto e intención de crimen, el atentado sexual, o el atentado sexual<br />
agravado (código 29, 30, 31, 32)<br />
2. el incendio provocado (código 16)<br />
3. cometa homicidio, asesinato capital, o intento criminal para cometer<br />
homicida o asesinato capital (código 17)<br />
4. la indecencia con un niño (código 18)<br />
5. el secuestro agravado (código 19)<br />
6. el robo agravado (código 46)<br />
_____________________________________________________________________ 24<br />
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7. el homicidio involuntario (código 47)<br />
8. el homicidio criminalmente negligente (código 48)<br />
c) realiza ventas, cede, efectúa la entrega para otra persona o posee o usa o está bajo<br />
la influencia de:<br />
1. la marihuana si la conducta es castigada como un delito mayor (código 36)<br />
2. una sustancia controlada si la conducta es castigada como un delito mayor<br />
(código 36); o<br />
3. una droga peligrosa si la conducta es castigada como un delito mayor<br />
(código 36)<br />
d) vende, le da o le lleva una bebida alcohólica a otra persona si la conducta es<br />
castigada como un delito mayor (código 37)<br />
e) comete una ofensa o acto serio mientras está bajo la influencia de alcohol si la<br />
conducta es castigada como un delito mayor (código 37)<br />
f) posee, usa, o está bajo la influencia de una bebida alcohólica si la conducta<br />
es castigada como un delito mayor (código 37).<br />
Las consecuencias disciplinarias: (Nivel 5)<br />
la expulsión<br />
prohibido de asistir o participar en actividades extracurriculares.<br />
la recomendación para asignar a una agencia judicial.<br />
la audiencia requerida del administrador /padre/estudiante<br />
la restitución<br />
prohibido de estar en propiedad del distrito o asistir a actividades patrocinadas o<br />
relacionadas con la escuela<br />
Los procedimientos: (Nivel 5)<br />
El director y o el designado habrá de investigar la infracción y o el acto ilegal.<br />
El director y o el designado habrá de notificar y consultar con el estudiante y<br />
padre (s) y o tutor (es). (el aviso verbal para la propuesta de expulsión)<br />
No más tarde que el tercer día de clase el director /el designado habrá de proveer<br />
aviso por escrito al estudiante / los padres del estudiante /los tutores de la<br />
expulsión propuesta. El director /designado tendrá la audiencia administrativa del<br />
plantel. Si la determinación es expulsar, el caso es referido al oficial oyente del<br />
distrito /administrador del DAEP.<br />
El oficial oyente guiará un proceso, en el cuál el estudiante, el padre, y un<br />
representante adulto estarán presentes. El alumno tendrá una oportunidad para<br />
brindar testimonio, presentar pruebas y testigos en la defensa del estudiante y la<br />
oportunidad para interrogar los testigos del distrito. Después de un esfuerzo en<br />
buena fe para informarle al padre /tutor del estudiante y del horario y el lugar de<br />
la audiencia, el distrito puede llevar acabo la audiencia a pesar de que no asistan.<br />
El oficial oyente oirá, revisará, y hará la determinación de la expulsión propuesta.<br />
Hasta que una audiencia se lleve acabo, el administrador puede colocar al<br />
estudiante en otra aula, suspensión dentro del plantel, suspensión fuera de la<br />
escuela o DAEP.<br />
Si la decisión es expulsión, el oficial oyente notificará a los padres y al tribunal<br />
de menores por escrito de la razón (es) y los términos de expulsión, dentro de 48<br />
horas.<br />
El oficial oyente le enviará la información apropiada a la oficina PEIMS para<br />
_____________________________________________________________________<br />
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25
asegurar codificación correcta.<br />
se le otorgara aviso de cursos requeridos al padre/estudiante para cumplir con los<br />
requisitos de graduación<br />
Por favor preste atención: Las infracciones y las consecuencias enumeradas no son<br />
limitadas a esas previstas. Las infracciones que no figuran en la lista serán clasificadas<br />
en categorías según la ofensa, acciones previas, y seriedad de la mala conducta.<br />
NIVEL 6: LAS <strong>OF</strong>ENSAS EXPÚLSABLES MIENTRAS EN UN DAEP<br />
Un estudiante puede ser expulsado si el estudiante:<br />
estando acomodado en un programa de educación alternativa disciplinaria, por<br />
razones disciplinarias continúa involucrándose en mala conducta seria o<br />
persistente que viola el Código Estudiantil de Conducta del Distrito<br />
mientras dentro de 300 pies de la propiedad de la escuela, tan medido de cualquier<br />
punto en la línea limítrofe verdadera de la propiedad de la escuela, o al asistir a<br />
una actividad patrocinada por la escuela o relacionada con la escuela dentro o<br />
fuera de propiedad escolar.<br />
a. realiza ventas, cede, o efectúa la entrega a otra persona o posee, usa, o está<br />
bajo la influencia de:<br />
(1) marihuana o una sustancia controlada (código 04);<br />
(2) una droga peligrosa (código 04);<br />
(3) una bebida alcohólica, si la conducta no es castigada como un delito<br />
mayor (código 05)<br />
b. se involucra en conducta que contiene los elementos de una ofensa relacionada<br />
con:<br />
(1) el abuso de productos químicos volátiles (código 06)<br />
c. se involucra en conducta que contiene los elementos de la ofensa de asalto<br />
(lesión física) en contra de un empleado del distrito o un voluntario; o<br />
(código 27)<br />
se involucra en conducta que contiene los elementos de la ofensa de travesura<br />
criminal si la conducta es castigada como un delito mayor sin tomar en cuenta si<br />
la conducta ocurre dentro o fuera de propiedad escolar (código 02);<br />
se involucra en conducta que contiene los elementos de la ofensa (lesión corporal)<br />
en contra de cualquier empleado o cualquier voluntario como represalia por ser<br />
empleado o estar asociado con el distrito escolar sin importar si la conducta se<br />
lleva acabo en o fuera de propiedad escolar o mientras asiste a una actividad<br />
patrocinada o relacionada con la escuela sea en propiedad escolar o fuera de<br />
propiedad escolar (código 08)<br />
se involucra en conducta involucrando una escuela pública que contiene los<br />
elementos de ofensa de falsa alarma o el informe bajo la Sección 42.06, Código<br />
Penal de Texas (código 35)<br />
se involucra en conducta mortífera (código 49)<br />
se involucra en conducta que contiene los elementos de la ofensa de amenaza<br />
terrorística bajo la Sección 22.07, Código Penal de Texas 26<br />
comete asalto agravado, atentado sexual, o atentado sexual agravado (códigos 29,<br />
30, 31, 32)<br />
comete incendio provocado (código 16)<br />
comete asesinato, homicida capital, o intento criminal para cometer asesinato<br />
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26
(código 17) o<br />
comete indecencia con una criatura (código 48), secuestro agravado (código 19),<br />
homicidio involuntario (código 47),<br />
comete un crimen de homicida negligente (código 48), o robo agravado<br />
(código 46)<br />
cometen un delito mayor de droga (código 36) o una ofensa relacionada con<br />
alcohol (código 37)<br />
usa, exhibe, o posee un arma de fuego como definido por ley estatal, una navaja<br />
ilegal, un garrote, o arma prohibida<br />
posee o conspira para poseer cualquier explosivo o dispositivo explosivo<br />
se comporta en cierto modo que contiene el elemento de la ofensa de<br />
exhibicionismo<br />
usa, exhibe, o posee un arma de fuego (código 11) como definido por ley estatal,<br />
una navaja ilegal (código 12), un garrote (código 13), o arma prohibida<br />
(código 14)<br />
posee o conspira para poseer cualquier explosivo o dispositivo explosivo<br />
(código 14)<br />
se comporta en cierto modo que contiene el elemento de la ofensa de<br />
exhibicionismo (código 07)<br />
abuso de seguridad de computadores<br />
La expulsión discrecional<br />
Un estudiante puede ser expulsado por involucrarse en mala conducta seria o persistente<br />
que viola el Código Estudiantil de Conducta del Distrito, mientras está en un DAEP. El<br />
distrito define "persistente" como dos o más violaciones del Código Estudiantil de<br />
Conducta en general o repetidos sucesos de la misma violación. Las ofensas serias<br />
incluyen, pero no son limitadas a lo siguiente:<br />
vandalismo<br />
robo o hurto<br />
extorsión, la coerción, o el chantaje<br />
las acciones disruptivas o las demostraciones que sustancialmente desestabilizan o<br />
materialmente interfieren con las actividades escolares<br />
cometer actos humillantes/ilegales para ser iniciado a un grupo o ordenar estos<br />
actos<br />
insubordinación<br />
profanidad, lenguaje de mal gusto, o los gestos obscenos dirigidos hacia maestros<br />
u otros empleados de la escuela.<br />
peleando, cometiendo maltrato físico, o amenazando con maltrato físico<br />
posesión o la distribución de materiales pornográficos<br />
saliéndose del terreno escolar sin permiso<br />
el hostigamiento sexual de un estudiante o empleado del distrito<br />
falsificación de registros, pases (permisos), u otros documentos relacionados con<br />
la escuela<br />
rehusar aceptar técnicas de disciplina asignadas por el maestro o el director<br />
usó, exhibió o poseyó un arma no ilegal como definido por el Código de conducta<br />
estudiantil del distrito y como permitido bajo TEC 37.007 (largor de hoja de<br />
navaja equivale o es menos de 5.5 pulgadas (código 50)<br />
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Preste atención por favor: Si un estudiante es expulsado de un DAEP por cualesquiera<br />
de las enumeradas violaciones, el distrito no le proveerá los servicios educativos a estos<br />
estudiantes durante el término de su expulsión. Los estudiantes con discapacidades que<br />
son expulsados del DAEP se adherirán a leyes estatales y / o leyes federales.<br />
SECCIÓN X: LA REMOCIÓN A UN DAEP<br />
El proceso<br />
Las remociones para un DAEP serán hechas por el oficial oyente del distrito/designado.<br />
.<br />
Agresión<br />
Si un estudiante comete la ofensa de agresión bajo el Código Penal 22.01 (a) (2)<br />
intencionalmente o a sabiendas amenaza a otra persona con lesiones físicas eminentes, o<br />
Código Penal 22.01 (a) (3) intencionalmente o a sabiendas causa contacto físico con otra<br />
persona cuando la persona sabe o razonablemente debe de creer que la otra persona<br />
interpretará el contacto como ofensivo o provocativo, el estudiante que ha ofendido será<br />
enviado al Programa de Educación Alternativa si el administrador puede determinar que:<br />
la amenaza o el contacto físico fue suficientemente severo, persistente o<br />
suficientemente presente que la acción creó un ambiente amenazador y o<br />
atemorizante, o abusivo para la victima en el trasfondo educacional;<br />
la policía del distrito de <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> <strong>ISD</strong> hizo cargos de agresión en contra<br />
de los estudiantes bajo el Código Penal 22.01 A (2) (Amenaza verbal) o<br />
Código Penal 22.01 A (3) (Contacto físico);<br />
el estudiante culpable ha tenido un historial de violencia previo, actitud<br />
revoltosa que interfiere y afecta su educación así como la de otros.<br />
El asalto sexual y las asignaciones de planteles<br />
Si un estudiante ha sido condenado o ha sido colocado en la adjudicación diferida por<br />
ataque sexual o ataque agravado sexual en contra de otro estudiante en el mismo plantel,<br />
y si la víctima o los padres de la víctima piden que la junta directiva traslade al estudiante<br />
agresor para otro plantel, el estudiante agresor será trasladado para otro plantel en el<br />
distrito. Si no hay otro plantel en el distrito brindando servicios para el grado del<br />
estudiante agresor, el estudiante agresor será trasladado a un DAEP.<br />
Las emergencias<br />
En una emergencia, el director o el designado del director puede ordenar la colocación<br />
inmediata de un estudiante a un DAEP por cualesquier razón por la cual la colocación a<br />
un DAEP puede ser hecha sin ser una emergencia.<br />
Atención: Todas las audiencias serán dentro de 10 dias.<br />
Excede un año<br />
La colocación a un DAEP puede exceder un año cuando una revisión por el distrito<br />
determina que:<br />
el estudiante representa una amenaza para la seguridad de otros estudiantes o los<br />
empleados del distrito, o<br />
la colocación extendida representa el mejor interés para el estudiante<br />
_____________________________________________________________________<br />
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Las limitaciones estatutarias en la estancia de una colocación a DAEP no se aplican a una<br />
colocación resultando de la decisión de la Junta Directiva para colocar a un estudiante<br />
que se involucró en el ataque sexual de otro estudiante en un DAEP a fin de que los<br />
estudiantes no sean asignados al mismo plantel.<br />
Excede año escolar<br />
Los estudiantes que cometen ofensas requiriendo colocación a un DAEP al final de un<br />
año escolar pueden estar obligados a continuar esa colocación al principio del siguiente<br />
año escolar así completando el término asignado de colocación.<br />
Para que la colocación a un DAEP extiendan más allá del fin del año escolar, el oficial<br />
oyente/designado del distrito debe determinar que:<br />
la presencia del estudiante en el aula normal o el plantel representa un peligro de<br />
daño físico al estudiante u otros, o<br />
el estudiante se ha involucrado en mala conducta o mala conducta persistente (vea<br />
glosario) que viola el código del distrito.<br />
Excede 60 días<br />
Para que la colocación a un DAEP extienda más allá de 60 días o al fin del siguiente<br />
período de calificaciones, cual sea más pronto, el padre del estudiante será notificado y<br />
tendrá la oportunidad para participar en el procedimiento ante la junta directiva o el<br />
designado del distrito.<br />
La revisión de colocación<br />
Un estudiante colocado en un DAEP será provisto a una revisión de su estado,<br />
incluyendo estado académico, por el oyente del distrito/designado a intervalos que no<br />
excedan 120 días. En el caso de un estudiante de preparatoria, el progreso del estudiante<br />
hacia la graduación y el plan de graduación del estudiante también será revisado. En la<br />
revisión, el estudiante o el padre del estudiante recibirá la oportunidad para presentar<br />
argumentos para el reintegro del estudiante al plantel o aula regular. El estudiante no<br />
puede ser reintegrado a la aula de un maestro que removió al estudiante sin el<br />
consentimiento de ese maestro.<br />
Mala conducta adicional<br />
Si durante el termino de colocación en un DAEP el estudiante se involucra en conducta<br />
adicional por la cual colocación a un DAEP o expulsión se requiera o se permita,<br />
procedimientos adicionales pueden llevarse acabo, el administrador apropiado puede<br />
asentar una orden disciplinaria adicional como el resultado de esos procedimientos.<br />
El transporte<br />
A un estudiante colocado en un DAEP no le será otorgado el transporte a menos que él o<br />
ella sea un estudiante con una discapacidad que ya tenga el servicio de transporte de<br />
acuerdo con su IEP (planes educativos individuales).<br />
.<br />
Siniors (alumnos del grado doce) que están por graduarse<br />
Para siniors asignados a un DAEP que son aptos a graduarse, estará en vigor la<br />
colocación al DAEP y el estudiante no tendrá permiso de participar en el acto de fin de<br />
curso (ceremonia de graduación) y las actividades relacionadas con la graduación.<br />
_____________________________________________________________________<br />
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29
Procedimiento de apelación por colocación a un DAEP/incidente en el plantel<br />
La decisión del designado del distrito para remover un estudiante a un programa de<br />
educación alternativa puede apelarse al superintendente/designado. Una petición para<br />
una revisión de la decisión del designado del distrito para remover un estudiante será<br />
hecha por escrito para el superintendente /designado dentro de cinco (5) días escolares<br />
después de recibir la decisión por escrito. El no presentar su petición dentro el tiempo<br />
adjudicado constituirá un desistimiento de la petición. El superintendente /designado<br />
proveerá el aviso por escrito al padre del estudiante (s) de la fecha, el horario, y el lugar<br />
de las súplicas dentro de cinco (5) días escolares de haber recibido petición de la súplica.<br />
El superintendente /designado revisará el registro del proceso debido sobre la remoción y<br />
puede oír una declaración del estudiante, padre (s), o el representante del padre y del<br />
designado del distrito. El superintendente /designado basará su decisión en las pruebas<br />
reflejadas en el registro y cualesquiera declaraciones hechas por los partidos en la<br />
audiencia. El superintendente /designado tiene autoridad para sostener, revocar, o alterar<br />
la decisión del designado del distrito. La determinación del superintendente /designado<br />
será dada y enviada por escrito al padre (s) después de la revisión sobre la decisión de<br />
colocación. La decisión del superintendente /designado es final y no puede apelarse. Se le<br />
negaran a un estudiante los privilegios del plantel mientras este pendiente la súplica de<br />
una remoción. El estudiante puede asistir al programa alternativo de educación estando<br />
pendiente la súplica.<br />
SECCIÓN XI: LA AUTORIDAD PARA EXPULSAR / REMOCIÓN PARA<br />
CIERTAS <strong>OF</strong>ENSAS SERIAS<br />
La junta directiva delega la autoridad para expulsar o remover a estudiantes de escuelas<br />
del distrito al superintendente o su designado.<br />
Está sección incluye dos categorías de ofensas serias para la cual el Código de<br />
Educación provee procedimientos únicos y consecuencias especificas.<br />
Delincuentes Sexuales Registrados<br />
Al recibir la notificación de acuerdo con leyes estatales que se le rquiere a un alumno que<br />
actualmente se registre como un delincuente sexual, la administración tiene que remover<br />
al estudiante del salón regular y determinar la colocación apropiada al menos que la corte<br />
ordene colocación JJAEP.<br />
Si el estudiante está bajo cualesquier forma de supervisión de la corte, incluyendo<br />
libertad condicional, supervisión comunitaria, o libertad condicional, la colocación será<br />
en un DAEP o JJAEP por lo menos un semestre.<br />
Si el alumno no está bajo cualesquier forma de de supervisión de la corte, la colocación<br />
puede ser en DAEP o JJAEP por un semestre o la colocación puede ser en un salón<br />
regular. La colocación no puede ser en un salón regular si la junta directiva o su<br />
designado determina que la presencia del estudiante:<br />
1. Amenaza la seguridad de otros alumnos o maestros,<br />
2. Será prejudicial para el proceso educacional , o<br />
3. No es en el mejor interés de los estudiantes del distrito.<br />
_____________________________________________________________________<br />
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30
Comité de Evaluación<br />
Al final de una colocación de un estudiante en un centro de educación alternativa durante<br />
el primer semestre y antes del inicio de cada año escolar para el cual un alumno<br />
permanece en colocación alternativa, el distrito convocará un comité, de acuerdo con la<br />
ley estatal, para examinar la colocación del alumno. El comité recomendará si el alumno<br />
regresará al salón regular o se quedará en colocación. Consiguiente un fallo especial, el<br />
comité o su designado tendrá que acatar la recomendación del comité. El repaso de<br />
colocación de un estudiante con discapacidades que recibe servicios de educación<br />
especial tendrá que ser hecha por el comité ARD.<br />
Estudiantes Recien Ingresados<br />
Si un alumno ingresa al distrito durante una colocación obligatoria como un delincuente<br />
sexual, el distrito puede contar el tiempo ya cumplido por el estudiante en colocación o<br />
puede requerir un semestre adicional en un centro alternativo sin gestionar la colocación.<br />
Apelación<br />
Un estudiante o los padres del estudiante pueden apelar la colocación pidiendo una<br />
audiencia con la junta o su designado, el alumno, y los padres del estudiante. La<br />
conferencia está limitada al la pregunta factual o la cuestión si el alumno debe registrarse<br />
como un depredador sexual. Cualesquier decisión de la junta directiva o su designado<br />
bajo está sección es final y no podrá ser apelada.<br />
SECCIÓN XII: AUTORIDAD PARA EXPULSAR/ REMOVER<br />
La junta directiva delega la autoridad para expulsar o remover estudiantes de escuelas del<br />
distrito al superintendente o su designado.<br />
Las responsabilidades de expulsión por personas autorizadas<br />
La junta directiva o el designado de la junta directiva (oficial oyente) está encargado con<br />
la responsabilidad de revisar casos de disciplina y determinar si el estudiante debería ser<br />
expulsado de conformidad con la póliza de la ley estatal y del distrito.<br />
El estudiante, el padre (es) del estudiante, y / o el representante, serán notificados por<br />
escrito de la fecha, el horario, y el lugar de la audiencia sobre expulsión /remoción.<br />
Antes de que un estudiante pueda ser expulsado bajo el Código Educativo de Texas<br />
Sección 37.007, la junta directiva o el designado de la junta directiva le debe proveer al<br />
estudiante una audiencia en la cual al estudiante se le permite el proceso debido y<br />
apropiado y en el cuál el padre del estudiante o el tutor es invitado, por escrito a asistir.<br />
En la audiencia, el estudiante puede ser representado por el padre del estudiante o el tutor<br />
u otro adulto que le pueda proveer la guía al estudiante y que no sea un empleado del<br />
distrito escolar. Si el distrito escolar hace un esfuerzo de buena fe para informarle al<br />
estudiante y al padre del estudiante o el tutor del horario y el lugar de la audiencia, el<br />
distrito puede tener la audiencia a pesar de la ausencia del estudiante, el padre del<br />
estudiante, o el tutor, u otro representante adulto. Si la decisión para expulsar a un<br />
estudiante es hecha por el designado de la mesa directiva, la decisión puede apelarse a un<br />
comité administrativo y esa decisión puede apelarse a la junta directiva. La decisión de la<br />
junta directiva puede apelarse por juicio de novo a una corte de distrito en el condado en<br />
el cual la oficina administrativa central del distrito de la escuela está ubicada. La junta<br />
directiva, o su designado, establecerá un término para la expulsión basada en la seriedad<br />
_____________________________________________________________________ 31<br />
2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong>
de la ofensa y otros factores pertinentes.<br />
La expulsión de estudiante con discapacidades<br />
Un estudiante discapacitado puede ser expulsado por involucrarse en conducta que<br />
garantizaría tal acción para un estudiante sin discapacidades sólo si el comité de ingreso<br />
(inscripción), revisión y destitución (ARD) determina que la mala conducta no es una<br />
manifestación de la condición de discapacidad.<br />
En determinar si el comportamiento de un estudiante es una manifestación de la<br />
condición de discapacidad, el comité ARD basará su decisión en todos los datos de<br />
evaluación pertinente, de valoración y en una revisión del IEP actual y el plan de<br />
intervención de comportamiento. El comité ARD considerará si el comportamiento del<br />
estudiante indica la necesidad para una nueva evaluación de datos y de valoración. Si el<br />
comité es incapaz de alcanzar una determinación de manifestación sin información<br />
adicional, el estudiante puede ser devuelto a su colocación previa después de diez (10)<br />
días escolares mientras las valoraciones adicionales están siendo tramitadas, a menos que<br />
el estudiante haya cometido una violación involucrando armas, drogas o una ofensa en la<br />
cual un estudiante causa lesión corporal seria en cuyo caso el estudiante será colocado en<br />
un programa educativo alternativo por un máximo de 45 días escolares.<br />
El comité ARD determinará la colocación instructiva y los servicios relacionados durante<br />
el tiempo de expulsión.<br />
Un estudiante con una discapacidad bajo la Sección 504 no será expulsado a menos que<br />
el distrito determine que la mala conducta no es una manifestación de la discapacidad del<br />
estudiante. El mismo grupo de gente que hace decisiones de colocación puede hacer esa<br />
determinación. El grupo debe tener disponible datos de evaluación suficientemente<br />
recientes para estudiar el comportamiento actual del estudiante. Por lo mínimo, el grupo<br />
incluirá a las personas informadas acerca del estudiante y el significado de los datos de<br />
evaluación. Si se determina que la mala conducta no se debe a la discapacidad del<br />
estudiante, el estudiante puede quedar excluido de escuela de la misma manera como<br />
estudiantes sin discapacidades. Si se determina que la mala conducta se debe a la<br />
discapacidad del estudiante, el distrito debe determinar si la colocación educativa actual<br />
del estudiante es apropiada. Un estudiante con discapacidades que es expulsado como<br />
determinado por a mandatos locales y estatales se le proveerán servicios educacionales en<br />
el DAEP o como dictado por el comité ARD.<br />
Por favor preste atención: El director de educación especial /designado debe formar<br />
parte de todas las audiencias de expulsión de educación especial.<br />
Un estudiante puede ser expulsado por cualesquier ofensa que es una ofensa expulsable<br />
de mandato estatal si la ofensa es cometida en la propiedad de otro distrito en Texas<br />
mientras el estudiante asiste a un evento patrocinado por la escuela o una actividad<br />
relacionada con la escuela en una escuela en otro distrito en Texas.<br />
SECCIÓN XIII: PROCEDIMIENTOS DE APELACIÓN<br />
_____________________________________________________________________<br />
2012-2013 EAGLE PASS I.S.D. <strong>STUDENT</strong> <strong>CODE</strong> <strong>OF</strong> <strong>CONDUCT</strong><br />
32
La apelación de una expulsión para un comité administrativo<br />
Una decisión por el designado de la junta directiva (oficial oyente) para expulsar a un<br />
estudiante puede ser apelada al comité administrativo. Una petición para una revisión<br />
administrativa del comité de la decisión del oficial oyente para expulsar a un estudiante<br />
será hecha por escrito para el oficial oyente dentro de cinco (5) días escolares después de<br />
recibir de la decisión escrita. El fracaso a apelar dentro del tiempo adjudicado constituirá<br />
un desistimiento de apelación.<br />
El oficial oyente proveerá el aviso por escrito al (los)padre (s) del estudiante de la fecha,<br />
el horario, y el lugar de revisión del comité administrativo dentro de (5) cinco días<br />
escolares de recibir la petición de apelación. El comité administrativo revisará el registro<br />
del proceso debido sobre el proceso de la expulsión y puede oír una declaración del<br />
estudiante, padre (s), o el representante del padre y del oficial oyente. Una copia de las<br />
directivas procesales para la audiencia serán enviadas a los padres. Los miembros del<br />
comité tendrán una oportunidad para dirigirse a las preguntas de ambos lados y oír<br />
respuestas.<br />
El dictamen de la determinación del comité administrativo será hecho y enviado por<br />
escrito al padre (s) después de la revisión sobre la decisión de expulsión.<br />
Un estudiante será negado los privilegios del plantel anfitrión estando pendiente la<br />
apelación de una expulsión.<br />
El Superintendente o el designado tiene autoridad para nombrar a cinco miembros al<br />
comité administrativo que consista de lo siguiente:<br />
el asistente administrativo al superintendente<br />
el director de recursos humanos<br />
dos administradores, dependiendo del nivel escolar del estudiante; y<br />
un maestro a nivel del plantel o un consejero, dependiendo del nivel escolar del<br />
estudiante.<br />
La apelación de una expulsión a la junta directiva<br />
La petición para una revisión sobre la expulsión de un estudiante será hecha por escrito al<br />
superintendente dentro de cinco (5) días escolares después de recibir la decisión escrita<br />
del comité administrativo. El no apelar dentro el tiempo adjudicado constituirá un<br />
desistimiento de la apelación. El superintendente proveerá el aviso por escrito al padre<br />
(s) de la fecha, el horario, y el lugar de la revisión. Una copia de las directivas procesales<br />
para la audiencia será enviada a los padres. Los interesados pueden hacer declaraciones<br />
orales a la junta directiva durante el tiempo de la revisión retrospectiva de la junta<br />
directiva. Los miembros de la junta tendrán una oportunidad para ocuparse de preguntas<br />
de los interesados y oír respuestas. La junta directiva basará su decisión solamente en el<br />
registro y la recomendación preparada por el oficial oyente, el comité administrativo, y<br />
cualesquier declaración hecha por los interesados en la revisión. La junta directiva<br />
también tendrá autoridad para volver a enviar el caso al oficial oyente para investigar más<br />
sobre los hechos. La decisión (dictamen) de la junta directiva será hecha y enviada por<br />
escrito al padre (s).<br />
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La apelación del dictamen de la junta directiva<br />
El dictamen de la junta directiva puede apelarse por juicio de novo a una corte del distrito<br />
estatal en el condado en el cual la oficina administrativa central del distrito de la escuela<br />
está ubicada. El estudiante estará expulsado estando pendiente la apelación.<br />
SECCIÓN XIV: SE REPORTA A LA EJECUCIÓN A LA LEY LOCAL DE<br />
PROCEDIMIENTOS CRIMINALES<br />
El director de una escuela pública o privada de primaria, secundaria o preparatoria, o una<br />
persona designada por el director, notificará a cualquier departamento de policía del<br />
distrito de la escuela y al departamento de policía de la ciudad de <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong>, al sheriff<br />
del condado en el cual la escuela está ubicada si el director tiene una base razonable para<br />
creer que cualquiera de las siguientes actividades ocurre en la escuela, en propiedad<br />
escolar, o en una actividad patrocinada por la escuela o relacionada con la escuela en o<br />
fuera de propiedad escolar, ya sea o no investigada la actividad por oficiales de la policía<br />
escolar:<br />
conducta que puede constituir una ofensa enumerada bajo la Sección 8 (c),<br />
Artículo 42.18, Código de Procedimiento Criminal de Texas;<br />
conducta mortífera bajo la Sección 22.05, Código Penal de Texas ;<br />
una amenaza terrorística bajo la Sección 22.07, Código Penal de Texas;<br />
el uso, la venta, o posesión de una sustancia controlada, parafernalia de droga, o la<br />
marihuana bajo el Capítulo 481, Código de Salubridad y Seguridad de Texas;<br />
posesión de cualquiera de las armas o los dispositivos enumeradas bajo Secciones<br />
46.01 (1) - (14) o la Sección 46.01 (16), Código Penal de Texas<br />
conducta que puede constituir un delito Criminal (penal) bajo la Sección 71.02,<br />
Código Penal de Texas<br />
Notificacion del superintendiente<br />
El superintendiente o una persona designada debera de notificar inmediatamente al los<br />
empleados del distrito y o sus supervisors que tengan la responsabilidad sobre el<br />
estudiante en caso que el estudiante sea arestado<br />
El aviso de juicios criminales<br />
La oficina de la fiscalía notificará al distrito si un estudiante fue colocado en un DAEP<br />
por ciertas ofensas incluyendo cualquier delito mayor, atemperación ilegal,<br />
exhibicionismo, asalto, conducta mortífera, amenazas terrorísticas, crimen organizado,<br />
ciertas ofensas de droga, o posesión de un arma, y:<br />
el juicio del caso de un estudiante fue rehusado por falta de mérito encausado o<br />
falta de pruebas y falta de procesos formales, adjudicación diferida (vea el<br />
glosario), o juicio diferido será iniciado; o<br />
el tribunal o jurado encontró a un estudiante libre de culpa, o hizo un<br />
descubrimiento que el estudiante no participo en la conducta delincuente o en<br />
conducta indicando una necesidad de supervisión, y el caso fue descartado con<br />
prejuicio.<br />
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Si un estudiante fue colocado en un DAEP por tal conducta, al recibir notificación del<br />
fiscal, el superintendente o el designado revisará la colocación del estudiante y<br />
programará una revisión con el padre del estudiante no más tarde que el tercer día<br />
después de que el superintendente o el designado recibe notificación del fiscal. El<br />
estudiante no puede regresar al aula normal estando pendiente la revisión.<br />
Después de revisar la notificación y recibir información del padre del estudiante, el<br />
superintendente o su designado puede continuar la colocación del estudiante si hay razón<br />
para creer que la presencia del estudiante en el aula normal amenaza la seguridad de otros<br />
estudiantes u otros maestros.<br />
El estudiante o el padre del estudiante puede apelar la decisión del superintendente a la<br />
junta directiva. El estudiante no puede regresar al aula normal estando pendiente la<br />
apelación. En caso de una apelación, la junta directiva, en la siguiente reunión<br />
programada, revisará la notificación del fiscal y recibirá información del estudiante, el<br />
padre del estudiante, y el superintendente o el designado, y confirmen o revoquen la<br />
decisión del superintendente o el designado. La junta directiva dejará una constancia del<br />
proceso.<br />
Si la junta directiva confirma la decisión del superintendente o su designado, el estudiante<br />
y el padre del estudiante pueden apelar al Comisionado de Educación. El estudiante no<br />
puede regresar al aula normal mientras esté pendiente la apelación.<br />
Por favor preste atención: Si un estudiante es condenado o es declarado culpable de un<br />
delito mayor, el superintendente debe notificar a todo personal instructivo y personal de<br />
apoyo y que tiene contacto habitual con el estudiante. Aun en ausencia de una<br />
convicción, el estudiante puede ser disciplinado en la escuela si la escuela determina que<br />
la conducta ocurrió. La oficina de la fiscalía debe notificar al administrador o al<br />
designado verbalmente dentro de 24 horas o al siguiente día de clases cuando un<br />
estudiante recibe juicio diferido o adjudicación diferida.<br />
SECCIÓN XV: LAS REMOCIONES DE EMERGENCIA<br />
Colocación de emergencia y expulsión de emergencia<br />
El administrador o el designado del administrador puede ordenar la colocación inmediata<br />
de un estudiante en una colocación alternativa si el administrador o designado del<br />
administrador razonablemente cree que el comportamiento del estudiante es tan<br />
revoltoso, disruptivo, o abusivo que seriamente interfiere con la habilidad de un maestro<br />
para comunicarse eficazmente con los estudiantes en una clase, con la habilidad de<br />
estudiantes para aprender o con la operación de la escuela o una actividad patrocinada por<br />
la escuela.<br />
El director o el designado del director puede ordenar la expulsión inmediata o colocación<br />
de un estudiante si el director o el designado del director razonablemente cree que la<br />
acción es necesaria para proteger a personas o la propiedad de daño inminente.<br />
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Al tiempo de colocación de emergencia o expulsión, el estudiante será concedido el<br />
proceso apropiado no más tarde de los 10 días después de la colocación o la expulsión. Él<br />
recibirá aviso oral de la razón para la acción. La razón para la colocación de emergencia<br />
o la expulsión debe ser una razón que puede servir como base sin emergencia. Si el<br />
estudiante sujeto a la colocación de emergencia o la expulsión es un estudiante con<br />
discapacidades que recibe servicios especiales de educación, la colocación o la expulsión<br />
está sujeto a ley federal y reglas y debe ser consistente con las consecuencias que se<br />
aplicarían a un estudiante sin una discapacidad.<br />
El retiro durante el proceso<br />
Cuando un estudiante viola el código del distrito de un modo que merece colocación o<br />
expulsión y el estudiante se retira del distrito durante el proceso disciplinario, el distrito<br />
puede terminar el proceso y puede aplicar una colocación o una asignación de expulsión.<br />
Si el estudiante se reinscribe después en el distrito durante el mismo o el subsiguiente año<br />
escolar el distrito puede implementar la asignación en ese termino, menos cualquier<br />
tiempo ya servido por el estudiante durante su ingreso en otro distrito. Si el<br />
administrador apropiado o la junta directiva falla en colocar o expulsar después de que el<br />
estudiante se retire, el siguiente distrito en el cual el estudiante se inscriba puede<br />
completar el proceso.<br />
Los estudiantes recién ingresados<br />
Un estudiante asignado a un DAEP o expulsado en una escuela de estatutos de<br />
inscripción abierta u otro distrito incluyendo un distrito en otro estado (si el<br />
comportamiento cometido es la razón para la colocación en DAEP o la expulsión en el<br />
distrito que recibe al estudiante), cuando él o ella se inscriba en el distrito será colocado<br />
directamente en el DAEP del distrito.<br />
Si el estudiante fue colocado en un DAEP por un distrito escolar en otro estado por un<br />
período que excede un año, este distrito, por ley estatal, reducirá el período de la<br />
colocación a fin de que la colocación total no exceda un año. Después de una revisión, sin<br />
embargo, la colocación puede ser extendida más de un año si el distrito determina que el<br />
estudiante presenta una amenaza a la seguridad de otros estudiantes u otros empleados o<br />
la colocación extendida es en el mejor interés del estudiante.<br />
Si un estudiante expulsado en otro estado se inscribe en el distrito, el distrito puede<br />
continuar la expulsión bajo los términos de la orden de expulsión, puede colocar al<br />
estudiante en un DAEP por el período especificado en la orden, o le puede permitir al<br />
estudiante asistir a las clases regulares si:<br />
el distrito de fuera del estado provee al distrito con una copia de la orden de<br />
expulsión, y<br />
la ofensa resultando en expulsión es también una ofensa expulsable en el distrito<br />
en el cual el estudiante se inscribe<br />
Si un estudiante es expulsado por un distrito de otro estado para un período que excede<br />
un año y que el distrito continúa la expulsión o coloca al estudiante en un DAEP, el<br />
distrito reducirá el período de la expulsión o la colocación en DAEP a fin de que el<br />
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período entero no exceda un año, a menos que después de una revisión se determine que:<br />
el estudiante representa una amenaza a la seguridad de otros estudiantes o<br />
empleados del distrito, o<br />
la colocación extendida es en el mejor interés del estudiante<br />
SECCIÓN XVI: PROGRAMAS DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA<br />
DISCIPLINARIA<br />
Antes de que un estudiante sea removido a un programa alternativo disciplinario de<br />
educación, el designado de la junta directiva tendrá una audiencia para determinar si un<br />
estudiante violó la póliza del distrito. Si el designado de la junta directiva encuentra que<br />
las alegaciones son ciertas, el estudiante puede ser removido a un programa alternativo de<br />
educación por un período de tiempo determinado por el designado de la junta directiva.<br />
Si el designado de la junta directiva determina que las alegaciones no son ciertas, el<br />
estudiante puede regresar al aula. El Distrito Escolar Independiente de <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> está<br />
obligado a proveer un programa alternativo de educación que:<br />
es provisto en un trasfondo aparte del aula normal de un estudiante;<br />
está ubicado en o fuera de un plantel normal de la escuela;<br />
provee para los estudiantes que son asignados al programa alternativo de<br />
educación a estar separados de estudiantes que no son asignados al programa;<br />
enfoca la atención a inglés, matemáticas, ciencia, historia, y autodisciplina;<br />
tiene previstas las necesidades educativas y conductistas del estudiante; y<br />
provee supervisión y asesoramiento de consejeros<br />
Debería ser advertido que el Código Educativo de Texas no requiere que el programa<br />
alternativo de educación del distrito provea cursos necesarios para cumplir con los<br />
requisitos de graduación de la escuela secundaria/preparatoria de un estudiante aparte de<br />
los cursos especificados anteriormente citados. Los programas Alternativos disciplinarios<br />
de educación incluyen colocación en el DAEP ubicado en Bulevar Del Rió 1610.<br />
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SECCIÓN XVII<br />
Abuso<br />
Inapropiado o uso excesivo.<br />
El secuestro agravado<br />
Una persona comete un crimen si la persona intencionalmente o a sabiendas<br />
secuestra a otra persona con el intento de:<br />
1. sujeta a esa persona para cobrar rescate o la recompensa; o<br />
2. usa a esa persona como un escudo o rehén; o<br />
3. facilita la comisión de un delito mayor o huir después del intento o la comisión de un<br />
delito mayor; o<br />
4. inflige lesión corporal en esa persona o viole o maltrate a esa persona sexualmente; o<br />
5. aterroriza a esa persona o a una tercera persona; o<br />
6. interfiere con la ejecución de cualquier función gubernamental o función política.<br />
Ataque sexual agravado<br />
Una persona comete una ofensa sexual agravada de asalto si esa persona se involucra en<br />
actos sexuales que ameritan la definición de ataque sexual agravado en la Sección 22.021<br />
del Código Penal de Texas.<br />
Munición que penetra (estaca armadura) maya<br />
La munición de pistola diseñada primordialmente con el objeto de penetrar en metal o<br />
maya de cuerpo y para ser usado primordialmente en pistolas y revólveres.<br />
Incendio provocado<br />
Ocurre cuando una persona inicia un fuego, sin importar si el fuego continúa después<br />
de encenderse, o provoca una explosión con intento de destruir o dañar:<br />
cualquier vegetación, cerca, o estructura en terreno abierto; o<br />
cualquier edificio, habitación, o vehículo:<br />
1. a sabiendas de que está dentro de los límites de un pueblo o ciudad<br />
incorporada;<br />
2. a sabiendas de que está asegurado en contra de daños o destrucción;<br />
3. a sabiendas de que está sujeto a una hipoteca u otro interés de seguridad;<br />
4. a sabiendas de que está ubicado en propiedad perteneciendo a otro;<br />
5. a sabiendas de que está ubicado dentro de está propiedad perteneciendo<br />
otro; o<br />
6 cuándo la persona es imprudente si el incendio o la explosión pondrá en<br />
peligro la vida de algún individuo o la seguridad de la propiedad de otro.<br />
El asalto<br />
Definido en parte por Código Penal de Texas 22.01 (a) (1), una persona comete un ataque<br />
si la persona intencionalmente, a sabiendas, o imprudentemente le causa la lesión<br />
corporal a otro.<br />
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Lesion corporal<br />
Lesión corporal significa dolor físico, enfermedad, o cualesquier impedimento de<br />
condición física.<br />
Violación de seguridad de computadoras<br />
Obtener acceso a las computadores, sistema de computadores o la red de computadores<br />
del distrito y conscientemente alteras, destruir o remover información<br />
Matonería (bullying)<br />
La conducta escrita o de expresión oral o conducta física que la junta directiva o el<br />
designado determina:<br />
para tener el efecto de físicamente dañar a un estudiante, dañando la propiedad de<br />
un estudiante, o colocando a un estudiante en miedo razonable de daño a su<br />
persona o de daño a la propiedad del estudiante; o<br />
para ser suficientemente severo, persistente, o omnipresente para crear un<br />
ambiente educativo intimidante, amenazador, o abusivo para el estudiante.<br />
Dispositivo químico<br />
Un dispositivo, aparte de un pequeño dispensador químico vendido comercialmente para<br />
la protección personal, diseñado, hecho, o adaptado para el propósito de causar un efecto<br />
adverso psicológico o fisiológico en un ser humano.<br />
Garrote<br />
Un instrumento especialmente diseñado, hecho, o adaptado con el objeto de infligir lesión<br />
corporal seria o mortífera golpeando a una persona con el instrumento, incluyendo una<br />
cachiporra, la maza, y el “tomahawk.”<br />
Aviso de cursos requeridos<br />
Es requerido que se le entrege al padre o tutor de un estudiante de la escuela alternative<br />
un aviso de los cursos requeridos, y oportunidad para cumplir con los requisitos de<br />
graduacion. Este aviso debe de incluyir los metodos disponibles para cumplir con dichos<br />
requisitos.<br />
Intento criminal<br />
Una persona comete un crimen si, con intento específico para cometer un crimen, la<br />
persona hace que un acto resulte en mera preparación para efectuar a la comisión de la<br />
ofensa, pero falla en afectar la comisión prevista.<br />
La travesura criminal<br />
1. Sin el consentimiento efectivo del dueño, una persona comete una ofensa criminal de<br />
travesura si:<br />
uno intencionalmente o a sabiendas daña o destruye la propiedad tangible del<br />
dueño; o<br />
uno intencionalmente o a sabiendas manipula indebidamente la propiedad<br />
tangible del dueño y le causa la pérdida pecuniaria o la inconveniencia sustancial<br />
al dueño o a una tercera persona; o<br />
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uno intencionalmente o a sabiendas hace marcas, incluyendo inscripciones, o<br />
lemas, dibujos, o pinturas, en la propiedad tangible del dueño, incluyendo graffiti<br />
en un edificio de la escuela.<br />
2. Una ofensa bajo esta sección es un delito mayor si:<br />
la cantidad de pérdida pecuniaria es $1500,00 o más; o<br />
el daño o destrucción es infligido en un lugar de veneración o entierro humano, un<br />
monumento público, o un centro comunitario que provee programas médicos,<br />
sociales, o educativos y hay cualquier cantidad de pérdida pecuniaria realmente o<br />
a propiedad personal tangible o;<br />
· uno intencionalmente o a sabiendas hace marcas, incluyendo inscripciones, lemas,<br />
dibujos, o pinturas, en la propiedad tangible del dueño, incluyendo grafiti en un edificio<br />
de la escuela. Los estudiantes que cometen travesura criminal serán sujetos a la acción<br />
disciplinaria.<br />
Violencia de noviazgo/citas entre alumnos<br />
Violencia de noviazgo es el uso intencional físico, sexual, verbal, o abuso emocional por<br />
una persona para dañar, amenazar, intimidar, o controlar a otra persona con quien<br />
mantiene o ha mantenido una relación de noviazgo/citas, como definido por la Sección<br />
del Código Familiar 71.0021.<br />
Conducta mortífera<br />
Ocurre cuando una persona comete un crimen imprudentemente involucrándose en<br />
conducta que pone a otro en peligro inminente de lesión corporal seria o a sabiendas<br />
descargar un arma de fuego rumbo a un individuo, habitación, edificio, o vehículo.<br />
Adjudicación diferida<br />
Ésta puede ser ofrecida a un estudiante que tiene 17 años de edad o mayor, como una<br />
alternativa en lugar de una convicción en los tribunales.<br />
Juicio diferido<br />
Éste puede ser ofrecido a un joven como una alternativa en el lugar de una convicción en<br />
los tribunales para la conducta delincuente o conducta indicando una necesidad para la<br />
supervisión.<br />
Efectúe la entrega<br />
Definido en lo que se refiere a trasladarse, realmente o constructivamente, para otro una<br />
sustancia controlada, una sustancia falsificada, o parafernalia de droga, a pesar de que<br />
haya una relación de la agencia. El término incluye ofrecerle a vender una sustancia<br />
controlada, sustancia falsificada, o parafernalia de droga.<br />
Discrecional<br />
Dejárselo a o regulado por la persona que toma las decisiones locales.<br />
Interrupción de clases<br />
Una persona comete un crimen si la persona, en propiedad escolar o en propiedad pública<br />
dentro de 500 pies de propiedad escolar, sola o en concierto con otros, intencionalmente<br />
desestabiliza la conducta de clases u otras actividades de la escuela.<br />
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"Desestabilizando la conducta de clases o otras actividades escolares" incluyen:<br />
emitiendo ruido de una intensidad que impide o entorpece la instrucción del aula;<br />
sonsacar o tratar de sonsacar a un estudiante fuera de su clase u otra actividad<br />
escolar que el estudiante está obligado a asistir;<br />
impidiendo o tratar de impedirle a un estudiante de asistir a su clase u otra<br />
actividad escolar que el estudiante está obligado a asistir; y<br />
entrando en un aula sin el consentimiento de ya sea del director o el maestro y, o a<br />
través de mala conducta o el uso de una voz fuerte o lenguaje profano,<br />
desestabiliza actividades de clase. "La propiedad pública" incluye una calle, una<br />
carretera, un callejón, un parque público, o una acera.<br />
"La propiedad escolar" incluye (el plantel) escuela pública o terreno escolar en el cual<br />
una escuela pública está ubicada y cualesquier base sostenibles o edificio usado por la<br />
escuela para una asamblea u otra actividad patrocinada por la escuela.<br />
Actividades disruptivas<br />
Una persona comete un crimen si la persona, sola o en concierto con otros,<br />
intencionalmente se involucra en actividad disruptiva en el plantel o la propiedad de<br />
cualesquier escuela privada o pública.<br />
La actividad disruptiva es:<br />
obstruyendo o restringiendo el pasaje de personas en una salida, entrada, o<br />
vestíbulo de un edificio sin la autorización de la administración de la escuela;<br />
agarrar control de un edificio o la porción de un edificio para interferir con una<br />
investigación administrativa, educativa, u otra actividad autorizada;<br />
impidiendo o tratar de impedir por la fuerza o la violencia o la amenaza de fuerza<br />
o violencia que una asamblea legal autorizada por la administración escolar a fin<br />
de que una persona tratando de participar en la asamblea sea incapaz de participar<br />
debido al empleo de fuerza o violencia o debido a un miedo razonable que fuerza<br />
o la violencia tengan probabilidad de ocurrir;<br />
interrumpiendo por la fuerza o la violencia o la amenaza de fuerza o violencia una<br />
asamblea legal en marcha; o<br />
obstruyendo o restringiendo el pasaje de una persona en una salida o entrada al<br />
plantel o la propiedad o impedir o tratar de impedir por la fuerza o la violencia o<br />
por amenazas de fuerza o violencia la entrada o salida de una persona para o fuera<br />
de la propiedad o del plantel sin la autorización de la escuela.<br />
La conducta delincuente<br />
La conducta que invade ya sea la ley estatal o federal y es castigada por encarcelamiento<br />
o reclusión en la cárcel. La conducta delincuente también incluye conducta que viola<br />
ciertas órdenes del tribunal de menores, incluyendo órdenes de libertad condicional. La<br />
conducta delincuente, sin embargo, no incluye violaciones de leyes de tráfico.<br />
Drogas<br />
Abusando de una droga disponible legalmente sin receta, cediendo o dándole una droga<br />
disponible sin receta a otro estudiante, o volviéndose deteriorado debido al abuso de<br />
drogas disponibles legalmente sin receta puede resultar en la acción disciplinaria.<br />
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Abusando de su propia droga con receta, dándole una droga de receta a otro estudiante, o<br />
estando bajo la influencia de la droga de receta de otra persona puede dar como resultado<br />
una asignación obligatoria para un programa alternativo de educación o la expulsión.<br />
Además de otras drogas ilegales (como LSD, cocaína, marihuana, etc.), muchas drogas<br />
de receta están clasificadas como drogas peligrosas o sustancias controladas. Éstas<br />
incluyen drogas ampliamente recetadas como Adderall y Ritalin. Posesión no autorizada<br />
o la distribución de tales sustancias puede dar como resultado una expulsión obligatoria o<br />
una asignación obligatoria para un programa alternativo de educación. Los ejemplos<br />
incluyen, pero no son limitados a: Ritalin, Adderal, Klonopin, Codeína, Xanax, Valium y<br />
Activan.<br />
Evasión<br />
Los estudiantes, a petición de cualesquier oficial de la escuela, deben producir y deben<br />
mostrar sus naipes estudiantiles de identificación (ID). Si un estudiante se rehúsa a<br />
producir y mostrar lo de él / su tarjeta estudiantil de la identificación (ID), si aplicable,<br />
ese estudiante está sujeto a la acción disciplinaria. Si un estudiante trata de evadir<br />
interrogatorio por cualesquier oficial de la escuela a través de un acto de correr/huir de<br />
ese oficial, o trata de evitar el interrogatorio a través de cualesquier método, ese<br />
estudiante, por su acción, está sujeto a la acción disciplinaria por el distrito escolar.<br />
Arma explosiva<br />
Cualesquier explosivo o bomba incendiaria, cualquiera granada, cualquier cohete, o mina<br />
que es diseñada, hecha, o adaptada para el propósito de infligir lesión corporal seria,<br />
muerte, o daño sustancial a la propiedad, o para el propósito principal de causar un<br />
informe de tonterías que causa alarma pública indebida o terror, e incluya un dispositivo<br />
diseñado, hecho, o adaptado para entrega o disparar un arma explosiva.<br />
Falsa alarma o reporte<br />
Ocurre cuando una persona a sabiendas inicia, comunica o circula un informe del<br />
presente, pasado, o un futuro bombardeo, fuego, ofensa, u otra emergencia que él o ella<br />
sepa es falsa o sin base y ordinariamente:<br />
cause acción por un oficial o una agencia voluntaria organizada para ocuparse de<br />
emergencias;<br />
exponga a una persona en miedo eminente de lesión corporal; o<br />
impida o interrumpa el alojamiento de un edificio, salón, o sitio de asamblea.<br />
Peleando<br />
Cualquier estudiante que se involucra en una lucha física o combate será sujeto a la<br />
acción disciplinaria. Policía del distrito escolar y / u otros oficiales de policía pueden<br />
aplicar una multa por tales disturbios.<br />
Fuegos artificiales<br />
Los estudiantes, que pasan, encienden, o descargan fuegos artificiales de cualquier clase<br />
en alrededor de un plantel escolar estará sujeto a la acción disciplinaria. La ley indica que<br />
es ilegal explotar o encender fuegos artificiales dentro de 600 pies de cualesquier escuela<br />
pública (el Artículo anotado 9205 sección 8 en artículos modificados civiles de Texas).<br />
Las violaciones de esta ley sujetarían al delincuente a una acción legal.<br />
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Pandilla<br />
Una "pandilla" es definida como cualquier conjunto de dos o más individuas cuyos<br />
propósitos pueden incluir la comisión de actos ilegales. Además, una "pandilla" es una<br />
fraternidad prohibida, hermandad de mujeres, o sociedad.<br />
Las pandillas juveniles son a menudo grupos de individuos que se asocian unos con otros<br />
continuamente. El distrito prohíbe la existencia de estos grupos y sus actividades.<br />
Graffiti de pandilla<br />
El graffiti se usa para identificar o anunciar participación en una pandilla e incluye<br />
cualesquier inscripción, lema, dibujando o pintando en cualquier superficie.<br />
Pandillas y violaciones de leyes<br />
Una persona comete una ofensa si la persona:<br />
a) es miembro de, se compromete a hacerse miembro, se une, o le solicita a otra<br />
persona que se asocie o comprometa a hacerse miembro de una fraternidad de<br />
una escuela pública, hermandad de mujeres, sociedad secreta, o pandilla; o<br />
b) no está ingresado en una escuela pública y solicita o coacciona a otra persona a<br />
asistir a una reunión de una fraternidad de una escuela pública, hermandad de<br />
mujeres, sociedad secreta, o pandilla o una reunión en la cual la asociación en uno<br />
de esos grupos es promovido.<br />
El distrito colocará en un programa alternativo de educación o expulsara a<br />
cualquier estudiante que viole sección 1 anteriormente citada.<br />
Bajo esta sección, "la fraternidad" de escuela pública, la hermandad de mujeres, la<br />
sociedad secreta, o la pandilla" quiere decir que una organización compuesta<br />
totalmente o en parte de estudiantes primordialmente de escuelas publicas de<br />
primarias, secundarias o preparatorias que trata de perpetuarse al ingresar<br />
miembros adicionales de los estudiantes inscritos en la escuela con base en la<br />
decisión de su membresía en lugar de decidir libremente el estudiante en la<br />
escuela que está calificada por las reglas especiales de la escuela para llenar el<br />
objetivo especial de la organización. El término no le incluye a una agencia para<br />
la asistencia pública, incluyendo Boy Scouts, Hi-Y, Reserva de Niñas, DeMolay,<br />
Niñas del Arco Iris, Clubes Panamericanos, sociedades de becas, u otras<br />
organizaciones similares educacionales patrocinadas por autoridades estatales o<br />
nacionales de educación.<br />
Las prohibiciones de pandillas<br />
Se les prohíbe la participación con pandillas o actividades de pandillas mientras en la<br />
escuela, en cualquier facilidad escolar, en cualquier actividad patrocinada por la escuela,<br />
o en un autobús escolar. Las actividades de pandillas y la participación de pandillas están<br />
descritas como pero no limitadas a lo siguiente:<br />
trayendo puesto, poseyendo, usando, distribuyendo, exhibiendo, o vendiendo<br />
cualquier articulo de ropa, joyería, emblemas, insignias, símbolos, signos, graffiti,<br />
u otras cosas que son evidencia de membresía o afiliación a una pandilla<br />
cometiendo cualquier acto o omisión, o usando cualquier discurso, ya sea verbal o<br />
no sea verbal (los gestos, los saludos de mano, etc.) mostrando la asociación o la<br />
afiliación a una pandilla<br />
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usando cualquier discurso o cometiendo cualquier acto o omisión para fomentar el<br />
interés de cualquier pandilla o cualquier actividad de pandilla, incluyendo pero no<br />
limitado a:<br />
a) solicitando membresía para pandillas;<br />
b) pidiendo que cualquier persona pague por protección o de otra manera<br />
intimidando o amenazando a cualquier persona;<br />
c) cometiendo cualquier otro acto ilegal u otra violación de pólizas (política) del<br />
distrito escolar;<br />
d) incitando a otros estudiantes a actuar con violencia física en contra de otra<br />
persona; o<br />
e) dedicándose en concierto con otros intimidando, peleando, agrediendo o<br />
amenazando con agredir a otros<br />
Graffiti<br />
La confección de marcas con pintura aerosol o un marcador indeleble en propiedad<br />
tangible del dueño sin el consentimiento efectivo del dueño. Las marcas pueden incluir<br />
inscripciones, lemas, dibujos, o pinturas.<br />
Hostigamiento<br />
Hostigamiento está definido como: físico, verbal, o conducta no verbal basada en la raza<br />
del estudiante, color, género, origen nacional, discapacidad, o religión que es tan severa,<br />
persistente, o domínate que la conducta; (1) afecta la habilidad del alumno en participar<br />
o beneficiar de un programa educacional o actividad o crea un ambiente educacional<br />
ofensivo, atemorizante, amenazador, hostil; (2) tiene el propósito de efecto de<br />
sustancialmente o desproporcionadamente interfieren con la realización académica del<br />
estudiante; o (3) de otra manera influye negativamente en la oportunidades académicas<br />
del alumno.<br />
Lista de eliminación<br />
Una lista de personas a quienes se planea hacerles dañó, usando un arma de fuego, una<br />
navaja, o cualquier otro objeto para ser usado con el intento de causar daño corporal.<br />
La indecencia con un niño<br />
Una persona comete indecencia con un niño si la persona se involucra en conducta<br />
descrita en la Sección 21.11 del Código Penal de Texas.<br />
Exhibicionismo<br />
Una persona comete un acto de exhibicionismo si la persona se involucra en conducta<br />
descrita en la Sección 21.08 del Código Penal de Texas.<br />
Intoxicación<br />
La intoxicación significa la ausencia de facultades mentales o físicas normales debido al<br />
abuso de una sustancia. Si la sustancia es marihuana, una sustancia controlada o una<br />
droga peligrosa, está sujeta a una expulsión obligatoria o discrecional o a una asignación<br />
obligatoria a un programa alternativo de educación. Si la sustancia es desconocida, está<br />
sujeta a una asignación discrecional a un programa alternativo de educación.<br />
Actos humillantes y de coerción para propósitos de iniciaciones<br />
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Involucra cualquier acto a sabiendas, intencional, o acción temeraria, ocurriendo en o<br />
fuera del plantel, por una sola persona o en concierto con otros, dirigido en contra de un<br />
estudiante, que pone en peligro la salud mental o física o la seguridad de un estudiante<br />
para los propósitos de comprometerse, iniciación en, afiliación con, ocupar un puesto, o<br />
mantener la membresía en una organización.<br />
Manoplas (nudillos metálicos)<br />
Cualquier instrumento consistiendo de anillos pegados en los dedos hechos de una<br />
sustancia dura que es diseñada, hecha, o se adapta para el propósito de infligir lesión<br />
corporal seria o mortífera golpeando a una persona con los puños (manoplas) en los<br />
nudillos.<br />
Ametralladora (metralleta)<br />
Cualquier arma de fuego que es capaz de disparar más de dos tiros automáticamente, sin<br />
tener que cargar manualmente, por una sola función del gatillo.<br />
Obligatorio(a)<br />
Obligatorio o requerido por autoridad.<br />
Artículos de molestia<br />
Ciertos artículos, que son considerados como molestias por el director, no son permitidos<br />
en propiedad escolar. Algunos ejemplos específicos son radios, grabadoras, ojo de gato -<br />
los pupilentes (lentes de contacto) que crean una distracción y los juguetes peligrosos.<br />
(Las grabadoras pueden ser traídas para propósitos académicos con aprobación anterior<br />
del maestro y la administración.) Los estudiantes que traigan artículos de molestia al<br />
plantel están sujetos a la acción disciplinaria.<br />
La obscenidad<br />
Definido como materiales que una persona razonable encuentra ofensiva la<br />
representación o descripción de desnudez o conducta sexual.<br />
Parafernalia<br />
Cualquier dispositivo que puede usarse para inhalar, ingerir, inyectar, o de otra manera<br />
introduce una sustancia controlada al cuerpo humano.<br />
La mala conducta persistente<br />
Definida como dos o más violaciones en general del Código Estudiantil de Conducta, o<br />
las repetidas ocurrencias de la misma violación.<br />
Pornografía<br />
Cualesquier material que satisface la definición de obscenidad. Los materiales<br />
incluyendo, pero no limitados a, imágenes, revistas, libros, películas, o discos de<br />
computadora, etc.<br />
Posesión<br />
Para tener en la persona de un estudiante o en la propiedad personal del estudiante,<br />
inclusivo pero no limitado a la ropa del estudiante, el bolso (bolsa de mano), o la<br />
mochila; en cualquier vehículo privado usado por el estudiante para el transporte para o<br />
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de la escuela o actividades relacionadas con la escuela, inclusivo pero no limitado a un<br />
automóvil, camioneta (troca), motocicleta, o bicicleta; o cualesquier otra propiedad de la<br />
escuela usada por el estudiante, inclusivo pero no limitado a un casillero (locker) o un<br />
pupitre (escritorio).<br />
Lascivia pública<br />
Una persona comete una ofensa pública de lascivia si la persona a sabiendas se involucra<br />
en contacto sexual o cualesquier tipo de relaciones sexuales en un lugar público o, si no<br />
en un lugar público, la persona es imprudente acerca de si otra persona esta presente<br />
quién será ofendida o alarmada por el acto de la persona. Esta definición también incluye<br />
cualquier acto prohibido por la Sección 21.07 del Código Penal de Texas.<br />
Represalias<br />
Una persona comete un crimen si la persona intencionalmente o a sabiendas hace daño o<br />
amenaza con dañar a otro por un acto ilegal en represalia por o a causa del servicio de<br />
otro como un funcionario público, testigo, un testigo prospectivo, informante, o una<br />
persona que ha reportado el acto de un crimen.<br />
Creencia razonable<br />
La determinación puede ser hecha por el superintendente o el designado usando toda la<br />
información disponible, incluyendo la información proveída bajo el Artículo 15.27 del<br />
Código de Procedimiento Criminal. Los administradores pueden colocar a un estudiante<br />
en un Programa Alternativo Disciplinario (DAEP) de Educación si tienen la creencia<br />
razonable que el estudiante se ha comprometido en conducta de delito mayor bajo Título<br />
5. Los administradores también pueden colocar a un estudiante en un DAEP si tienen la<br />
creencia razonable que el estudiante ha cometido un acto de delito mayor que no este<br />
bajo la ofensa de Título 5, si el superintendente cree que la presencia del estudiante en el<br />
aula normal amenaza la seguridad de otros estudiantes u otros maestros, o seria<br />
perjudicial para el proceso educativo.<br />
El EP<strong>ISD</strong> reportará el número de días completos y parciales al cual un estudiante estaba<br />
asignado y atendió al DAEP. El número de expulsiones que son inconsistentes con las<br />
guías directivas del Código Estudiantil de Conducta deberá ser reportado.<br />
Autodefensa<br />
El empleo de fuerza y el nivel de fuerza en contra de otro cuándo una persona<br />
razonablemente cree que la fuerza es directamente necesaria para protegerse así misma.<br />
Daños corporales serios<br />
El daño corporal serio es uno que involucra un riesgo sustancial de probabilidad de<br />
muerte, dolor extremo físico, desfiguramiento extenso y obvio o perdida extensa o<br />
impedimento de la función de un miembro del cuerpo, órgano o facultad mental. Daño<br />
corporal serio no incluye: una cortada, abrasión, quemadura, desfiguramiento, daño<br />
físico, enfermedad, impedimento de un miembro del cuerpo, órgano o facultad mental o<br />
cualesquier otra herida al cuerpo, no importa que tan pasajera.<br />
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Las ofensas serias<br />
Incluyen pero no son limitadas a:<br />
asesinato<br />
vandalismo<br />
robo o el hurto<br />
extorsión, la coerción, o el chantaje<br />
acciones o demostraciones que sustancialmente desestabilizan o materialmente<br />
interfieren con las actividades escolares<br />
actos humillantes o de coerción para propósitos de iniciaciones<br />
insubordinación<br />
profanidad, el idioma de mal gusto (vulgaridades), o los gestos obscenos<br />
peleando, cometiendo maltrato físico, o amenazando maltrato físico<br />
posesión o la distribución de materiales pornográficos<br />
saliendo del plantel o terreno escolar sin permiso<br />
hostigamiento sexual de un estudiante o el empleado del distrito<br />
posesión de o la conspiración para poseer cualquier dispositivo explosivo o<br />
explosivo<br />
falsificación de registros, permisos (pases), u otros documentos relacionados con<br />
la escuela<br />
rehusar aceptar disciplina asignada por el maestro o el administrador<br />
“Sexting”<br />
El acto de enviar mensajes, o fotos, pornográficos electrónicamente<br />
Escupir<br />
Expulsar saliva, comida o agua de la boca, como forma de intimidar, agredir, repugnar,<br />
ofensivamente el ambiente educativo<br />
Día fructuoso escolar<br />
Día fructuoso escolar es definido como cuando un:<br />
estudiante está en asistencia regularmente en la escuela y está en conformidad<br />
con la asignatura obligatoria de asistencia escolar por ley<br />
el comportamiento del alumno es apropiado y no en violación del código de<br />
conducta;<br />
el estudiante cumple con su responsabilidad en terminar todas sus tareas escolares<br />
(asignaturas de clases, exámenes, tareas, etc.)<br />
Navaja de resorte (muelle)<br />
Cualquier navaja con una hoja de pliegue, cierra, o se retrae en el mango o una funda y se<br />
abre automáticamente al oprimir un botón o con fuerza de gravedad o fuerza centrifuga.<br />
Arma de fuego de corto barril<br />
Un rifle con un barril de menos de menos de 16 pulgadas o una escopeta con un barril de<br />
menos de 18 pulgadas, o cualquier arma hecha de un rifle o una escopeta que alterada,<br />
tiene una longitud total de menos de 26 pulgadas.<br />
Amenaza terrorística<br />
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Ocurre cuando una persona amenaza con cometer cualquier acto de violencia en contra<br />
de cualquier persona o propiedad con intento de:<br />
causar una reacción de cualesquier tipo a su amenaza por un oficial o una agencia<br />
voluntaria organizada a tratar con emergencias;<br />
cause temor inminente de lesión corporal seria a una persona;<br />
impida o interrumpa a la ocupación o el uso de un edificio; cuarto, lugar de<br />
asamblea, o lugar para el cual el público tiene acceso; lugar de empleo u<br />
ocupación; aeronave, automóvil, u otra forma de medio de transporte; u otro lugar<br />
público;<br />
cause alteración o la interrupción de comunicaciones públicas, transporte público,<br />
el agua pública, gas, o el suministro de energía u otro servicio público;<br />
coloque al público o un grupo sustancial del público en temor de lesión corporal<br />
seria; o<br />
influencie la conducta o las actividades de una rama o la agencia del gobierno<br />
federal, del estado, o una subdivisión política del estado (incluyendo al distrito).<br />
Ponchador de llantas<br />
Como esta definido el el codigo penal 46.01, ponchador de llantas impede el movimiento<br />
de un mueble con llantas ponchando una o mas de las llantas.<br />
Ofensas de título 5<br />
Involucre lesión a una persona e incluya asesinato; secuestro; asalto; ataque (atentado)<br />
sexual; la atemperación ilegal; coerciendo, solicitando (la incitación a la prostitución), o<br />
induciendo a la asociación con pandillas si le causa la lesión corporal a un niño; la<br />
indecencia con un niño; la lesión a un niño, un anciano, o un minusválido; abandonando<br />
o poniendo en peligro a un niño; conducta mortífera; amenaza terrorista; ayudando a una<br />
persona a suicidarse; interfiriendo indebidamente con un producto del consumidor.<br />
Bajo la influencia<br />
No teniendo el uso de normalidad de facultades mentales o físicas; Sin embargo, el<br />
estudiante no necesita que estar legalmente ebrio. El deterioro físico y / o facultades<br />
mentales de una persona pueden ser evidenciadas por un patrón de comportamiento<br />
anormal o errático y / o la presencia de síntomas físicos de droga o el uso de alcohol.<br />
El uso<br />
El acto de voluntariamente introducir en su cuerpo por medio de cualesquier manera una<br />
sustancia prohibida recientemente que es detectable por el aspecto físico del estudiante,<br />
sus acciones, aliento, o el habla.<br />
Vehículos en el plantel<br />
Los vehículos estacionados en propiedad de la escuela están bajo la jurisdicción de la<br />
escuela. La escuela reserva el derecho para registrar cualquier vehículo si la causa<br />
razonable existe para hacer esto. Los estudiantes tienen la responsabilidad total por la<br />
seguridad de sus vehículos y asegurarán que estén cerrados y que las llaves no sean dadas<br />
a otros. Los estudiantes estarán serán responsabilizados para cualesquier sustancia u<br />
objetos prohibidos, como el alcohol, las drogas, y armas que se encuentren en sus<br />
vehículos y estarán sujetos a la acción disciplinaria. Los revisados ( inspecciones ) de<br />
vehículos pueden ser llevados acabo a cualesquier hora si hay causa razonable para<br />
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hacerlo, con o sin la presencia del estudiante.<br />
El fusil improvisado<br />
Un dispositivo o una combinación de dispositivos, no originalmente un arma de fuego,<br />
sino adaptado para expulsar un proyectil a través de un ánima lisa o ánima de barril de<br />
rifles usando la energía generada por una explosión o una sustancia quemándose.<br />
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Acuse del Código de Conducta Estudiantil<br />
Estimado Estudiante y Padre (Tutor):<br />
Como requiere la ley estatal, el distrito oficialmente ha adoptado el Código Estudiantil de<br />
Conducta para promover una ambiente a salvo de peligros y un ambiente ordenado para<br />
cada estudiante.<br />
Les exhortamos a leer esta publicación a fondo y discutirla con su familia. Si usted tiene<br />
cualesquier pregunta acerca de los comportamientos y las consecuencias, le animamos a<br />
discutir sus preguntas con el maestro de su hijo(a) o con el administrador del plantel.<br />
El estudiante y el padre cada uno deberán firmar detrás de esta página en el espacio<br />
subrayado y devolver la página a la escuela del estudiante.<br />
Gracias,<br />
Gilberto González, Superintendente de escuelas<br />
Reconocemos que hemos recibido una copia del Código de Conducta Estudiantil del<br />
Distrito de la Escuela Independiente de <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> para el ciclo escolar del 2007-2008<br />
y tenemos por entendido que los estudiantes serán responsabilizados por su<br />
comportamiento y estarán sujetos a las consecuencias disciplinarias esbozadas en el<br />
código.<br />
Escriba en letra de molde el nombre de estudiante: _______________________________<br />
Firma del estudiante: ______________________________________________________<br />
Nombre en letra de molde del padre/tutor: _____________________________________<br />
La firma del padre/tutor:___________________________________________________<br />
Fecha: ______________________<br />
Nombre de a escuela: ______________________________________________________<br />
El nivel de grado: ________________________________________________________<br />
Por favor firme esta página, quítela, y devuélvala a la escuela del estudiante.<br />
Gracias.<br />
Acuse de Recibo<br />
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Dispositivos de Telecomunicación<br />
2012-2013<br />
El Distrito Escolar Independiente de <strong>Eagle</strong> <strong>Pass</strong> recuerda a padres y estudiantes que la<br />
norma sobre dispositivos de telecomunicación prohibe el uso de estos elementos durante<br />
el horario escolar. Todo dispositivo de telecomunicación deberá permanecer apagado y<br />
no visible durante el horario escolar.<br />
1era Falta - Conferencia con el padre y $15.00 dlls. de multa.<br />
2nda Falta - Conferencia con el padre y $15.00 dlls. de multa.<br />
3ra. Falta - Se confiscará el dispositivo de comunicación hasta fin de año, mas $15.00<br />
dlls.de multa.<br />
Los estudiantes tienen prohibido enviar o publicar mensajes electrónicos que sean<br />
abusivos, obscenos, de orientación sexual, amenazantes, acosadores, dañino para la<br />
reputación de otros, o ilegales. Esta prohibición se aplica a la conducta fuera de la escuela<br />
si produce una perturbación considerable del entorno educativo. Cualquier estudiante<br />
que obtenga, difunda, transfiera, o comparta imágenes obscenas, de orientación sexual,<br />
lascivas, o ilegales serán sancionados de acuerdo con el Código de Conducta Estudiantil<br />
y puede ser reportado a las autoridades si es necesario.<br />
Se les recuerda a los padres que en los dias de exámenes del estado, cualquier uso no<br />
autorizado de estos dispositivos podría causar la invalidación de los exámenes del<br />
estudiante. Se les recomienda a padres y estudiantes el discutir los procedimientos sobre<br />
dispositivos de comunicación para que todos estén conscientes que el distrito cumplirá<br />
firmemente con los procedimientos sobre dispositivos de telecomunicación establecidos.<br />
*El Distrito Escolar no se hace responsable por los dispositivos de telecomunicación<br />
dañados, perdidos o robados al ser confiscados. Todo dispositivo de comunicación no<br />
reclamado será desechado después de la notificación requerida por la ley. (Ver norma<br />
FNCE)<br />
Acepto el haber recibido una copia de la norma sobre dispositivos de telecomunicación.<br />
Estoy de acuerdo en leer los procedimientos, comprender y cumplir con ellos. Entiendo<br />
que el no seguir estos procedimientos puede resultar en acción disciplinaria.<br />
Nombre del Estudiante: Firma:<br />
Nombre del Padre: Firma:<br />
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