Datos personales del concursante Nombre: Emparan Legaspi ...
Datos personales del concursante Nombre: Emparan Legaspi ...
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<strong>Nombre</strong>: <strong>Emparan</strong> <strong>Legaspi</strong>, Amaya<br />
<strong>Datos</strong> <strong>personales</strong> <strong>del</strong> <strong>concursante</strong><br />
Domicilio: Mariano de la Madrid No. 1450, Colonia La Guadalupe, Colima,<br />
Colima. C.P. 28048<br />
Teléfono: (312) 161 1829<br />
Correo electrónico: a_emparan@hotmail.com
Estela digital: derecho a la privacidad y protección de datos <strong>personales</strong><br />
en Facebook<br />
Wakefield<br />
Síntesis:<br />
El presente ensayo aborda el problema de la protección de datos <strong>personales</strong><br />
en las redes sociales, en particular en Facebook, por ser ésta la red social de<br />
mayor difusión. En primer lugar, se abordan los conceptos de privacidad,<br />
intimidad y protección de datos <strong>personales</strong>. Después se hace una reflexión<br />
sobre Facebook, su difusión, su uso y su política de privacidad. Más<br />
a<strong>del</strong>ante, se aborda la importancia de proteger los datos <strong>personales</strong>. Y,<br />
finalmente, se presentan algunas reflexiones sobre las posibles maneras de<br />
protegernos.<br />
Palabras clave: Redes sociales, privacidad, intimidad, protección de datos<br />
<strong>personales</strong>, Facebook, internet.<br />
"Si alguien nos quiere encontrar será muy fácil",<br />
dijo con su encanto natural. "Sólo tendrá que<br />
seguir el rastro de mi sangre en la nieve." Luego<br />
pensó mejor en lo que había dicho y su rostro<br />
floreció en las primeras luces <strong>del</strong> amanecer.<br />
Gabriel García Márquez<br />
La página de Facebook se abre, y tras teclear la contraseña aparece una<br />
lista de fotografías y nombres. Empiezo a bajar la ventana y veo a mi primo<br />
sonriente abrazando a una muchacha en una fiesta ¿Será su novia o su<br />
amiga? Porque la semana pasada estaba abrazando a otra. La de hoy<br />
parece más simpática. Le pongo “Me gusta” porque creo que hacen una<br />
bonita pareja. Más a<strong>del</strong>ante me topo con una foto de unos huevos a la<br />
mexicana, con frijolitos a un lado, y un pie de foto que reza “El desayuno de<br />
hoy”. Que hambre y yo que sólo desayuné un café. Le pongo “Me gusta”<br />
también porque se ven ricos. Bajo un poco más, y mi antigua profesora de<br />
Cálculo está sonriendo junto una estatua de quien sabe quien, en algún lugar<br />
<strong>del</strong> Caribe. ¿Habrá ido de vacaciones? Pero si estamos en mitad <strong>del</strong><br />
semestre, y dice que la foto se tomó hace 17 minutos.
De estas y de otras cosas me entero todos los días a través de Facebook<br />
¿Necesitó yo saber esos detalles de la vida privada de mis conocidos, saber<br />
qué comieron, en dónde estuvieron, con quien estuvieron, si están enfermos,<br />
o cansados, o enojados, o sedientos? No, en realidad no. Pero toda esta<br />
información está allí, en una lista que se actualiza cada minuto.<br />
Las nuevas tecnologías han modificado la manera en la que los seres<br />
humanos nos relacionamos. Hace un par de décadas, las personas hacían<br />
sus vidas sin que sus decisiones cotidianas fueran <strong>del</strong> dominio público. Nos<br />
comunicábamos, cuando mucho, por teléfono, la mayoría de ellos teléfonos<br />
fijos ubicados en las casas o las oficinas. Si querías comunicarte con alguien<br />
y desconocías su teléfono, lo más que podías hacer era tratar de localizarlo<br />
en la guía telefónica, donde únicamente estaba registrado el nombre de<br />
quien había contratado la línea. Y si sucedía que llamabas y no lo<br />
encontrabas, no te quedaba más que esperar a que regresara, o si te iba<br />
bien, podrías dejar un mensaje en la contestadora, o dejar un recado con la<br />
persona que te contestaba. Esa era la única vía.<br />
Pero la tecnología ha puesto en nuestras manos nuevas vías de<br />
comunicación y con ello, en mayor o menor medida, hemos perdido un poco<br />
la privacidad. El flujo de información es cada vez mayor, pues disponemos<br />
de medios de comunicación en todo momento, la computadora o el celular, y<br />
con ello somos susceptibles de trasmitir información sobre cada instante de<br />
nuestras vidas a través de llamadas, mensajes, correos electrónicos, chats,<br />
entre otros, dirigidos a cualquiera que esté dispuesto a escucharnos o<br />
leernos. Quizá de entre todos, el medio que permite que ese flujo de
información sea aún más robusto y, además, que llegue a un mayor número<br />
de personas, es la red social.<br />
El presente ensayo versa sobre la privacidad y la protección de datos<br />
<strong>personales</strong> en Facebook, por ser ésta la red social de mayor difusión a nivel<br />
mundial. Se busca reflexionar sobre el uso que le damos a la red social, y<br />
sobre los peligros que implica hacer públicos aspectos de nuestra vida<br />
privada. Así mismo, trata de analizar algunas de las opciones que tenemos<br />
para proteger nuestra intimidad.<br />
Privacidad e intimidad<br />
Privacidad, de acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española de la Real<br />
Academia, es el “ámbito de la vida privada que se tiene derecho a proteger<br />
de cualquier intromisión”, es decir, lo íntimo. De acuerdo con Aristeo García<br />
(2007, p. 748), en el siglo XVIII, autores como John Stuart Mill, Samuel<br />
Warren y Luis Brandeis configuraron el llamado “derecho a la intimidad”, que<br />
es, precisamente, el derecho de mantener para uno mismo ese “ámbito de la<br />
vida privada”, el cual pertenece únicamente a nosotros y, si acaso, a nuestra<br />
familia. Para Stuart Mill, dice García González (2007, p. 749), la intimidad era<br />
el derecho a buscar la felicidad a nuestra propia manera, mientras que para<br />
Warren y Brandeis, en su obra The Right of privacy, era el derecho a la<br />
soledad y a la protección de la persona frente a cualquier intromisión en su<br />
vida privada y doméstica. Brandeis, como juez de la Suprema Corte de los<br />
Estados Unidos, promulgó en 1890 una ley que buscaba proteger a los<br />
ciudadanos de cualquier intromisión por parte <strong>del</strong> gobierno o de otro miembro<br />
de la sociedad (García, 2007, p. 750). Después de la promulgación de la Ley
en Estados Unidos, el derecho a la intimidad se estableció como un derecho<br />
fundamental de todo ser humano.<br />
La privacidad, como vía para proteger nuestro derecho a la intimidad, nos<br />
otorga libertad, para pensar, para decidir, para hacer lo que consideremos<br />
correcto y adecuado para nosotros, sin que eso se traduzca en alguna forma<br />
de discriminación u hostigamiento que ponga en peligro nuestra vida o<br />
nuestra integridad. Es un derecho para disfrutar de una vida plena. Por eso<br />
es importante.<br />
El concepto de intimidad, sin embargo, se ha modificado, dice Aristeo<br />
García. En la actualidad, la relevancia de la privacidad no está en que los<br />
demás no posean información sobre nuestra vida privada, sino en el derecho<br />
a decidir sobre el tratamiento que se le da a nuestros “datos <strong>personales</strong>”.<br />
Ahora, con el tratamiento, la recolección, el almacenamiento de<br />
informaciones que antes sólo podía formar parte de la vida íntima de cada<br />
ser humano —o bien, era conocido por un mínimo sector—, ha ido variando<br />
paulatinamente su entorno y estructura. Esto es, los datos <strong>personales</strong> de<br />
toda persona se han convertido en una práctica habitual de control y<br />
almacenamiento por parte de los sectores tanto públicos como privados. Es<br />
por ello que el derecho a la intimidad ha tenido que ir redireccionando su<br />
ámbito de protección, donde además de la facultad <strong>del</strong> individuo de rechazar<br />
invasiones a su ámbito privado, ahora supone el reconocimiento de un<br />
derecho de control y acceso de sus informaciones, es decir, de toda aquella<br />
información relativa a su persona.(García, 2007, p. 745)<br />
Las nuevas tecnologías han puesto en contexto situaciones nuevas. Vivimos<br />
en una sociedad de la información en la que datos de todo tipo fluyen a<br />
través <strong>del</strong> mundo, en soporte digital, y en la que esa información tiene un<br />
valor económico. Al ser útil para las personas (empresas o instituciones) es<br />
susceptible de comprarse y venderse. En este contexto, adquiere relevancia<br />
el concepto de “dato personal” y qué hacemos con él.
<strong>Datos</strong> <strong>personales</strong><br />
En México, la Ley Federal de Protección de datos <strong>personales</strong> en posesión de<br />
particulares considera que datos <strong>personales</strong> son “cualquier información<br />
concerniente a una persona física identificada o identificable”. En España, se<br />
definen como “cualquier información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica,<br />
acústica o de cualquier otro tipo concerniente a personas físicas o<br />
identificables”. En esencia, la definición es la misma, pero la segunda nos<br />
deja un poco más claro qué tan amplio es el espectro <strong>del</strong> que estamos<br />
hablando. Dato personal, pues, es todo lo que tiene que ver con nosotros, no<br />
importa de qué manera esté manifestado ni en qué soporte se encuentre.<br />
Basta con pensarlo un segundo para darnos cuenta de que hemos dejado un<br />
rastro de datos <strong>personales</strong> a lo largo de nuestra vida. Por ejemplo, en los<br />
archivos escolares, laborales, médicos, gubernamentales, hay cuantiosos<br />
datos <strong>personales</strong> de todos nosotros, sin embargo estos datos están<br />
protegidos por la legislación de nuestro país. La Ley Federal de Protección<br />
de datos <strong>personales</strong> especifica qué trato se les debe dar, y se estipula que<br />
no podrán ser usados ni trasmitidos sin nuestro consentimiento. Pero<br />
también hay una cantidad de datos <strong>personales</strong>, creados por nosotros mismos<br />
o por otras personas, organismos o instituciones, que se encuentran allí,<br />
flotando en la red mundial. Basta con teclear nuestro nombre completo<br />
entrecomillado en un buscador para descubrir que hay allí, a disposición de<br />
todos, una evidencia parcial de los pasos que hemos dado y las cosas que<br />
hemos hecho: escuelas en las que estudiamos, actividades en las que
hemos participado, trabajos que hemos tenido, integrantes de nuestra<br />
familia, entre otros.<br />
Aunada a toda esta información que, por causas ajenas a nuestra voluntad,<br />
ya se encuentra en la red, nosotros añadimos a diario información adicional,<br />
a través de nuestros perfiles en las redes sociales; datos <strong>personales</strong> en<br />
forma de fotografías, videos, comentarios y notificaciones de ubicación. Toda<br />
esa información, dispersa como está, no tiene, en apariencia, relevancia<br />
alguna, pero si alguien se da a la tarea de reunirla podría tener un bosquejo<br />
de quiénes somos, y eso puede ser peligroso.<br />
El ser humano a lo largo de su vida va dejando una enorme estela de datos<br />
que se encuentran dispersos, por lo que actualmente, con la utilización de<br />
nuevos medios tecnológicos, resulta posible agrupar y tratar de interpretar<br />
dichos datos, lo que llevaría a crear un perfil determinado <strong>del</strong> individuo, y por<br />
ende, podría ser objeto de manipulaciones, o bien, se podría interferir en su<br />
vida. (García, 2007, p. 774)<br />
Facebook: la red social de mayor difusión<br />
El pasado 5 de octubre apareció en los medios de comunicación la noticia de<br />
que Facebook había llegado a los 1,000 millones de usuarios. Eso implica<br />
que el 44.9% de la población de norte y centro América son miembros de la<br />
red social, al igual que el 33.92% de los sudamericanos, el 29.96% de los<br />
europeos y el 42.14% de los habitantes de Oceanía (BBC Mundo, 2012). De<br />
acuerdo con el estudio Observatorio de las Redes Sociales realizado por The<br />
Cocktail Analysis, una consultora especializada en tendencias de consumo,<br />
comunicación y nuevas tecnologías, el 92% de los usuarios de internet<br />
hacemos uso de las redes sociales, y de ese porcentaje, el 78% utilizamos<br />
Facebook.
La plataforma de Facebook está diseñada para que los usuarios creen un<br />
perfil con información cómo nombre, edad, fecha de nacimiento, dirección,<br />
teléfono, situación sentimental, lugar de residencia, empleo, instituciones<br />
educativas donde estudia o estudió, integrantes de la familia, creencias<br />
ideológicas y religiosas, entre otros. El usuario puede elegir cuáles campos<br />
desea llenar y cuáles prefiere dejar en blanco, pero la plataforma invita a<br />
proporcionar la mayor cantidad de información posible. Una vez que se ha<br />
creado la cuenta, el usuario tiene una “biografía”, es decir, una página en<br />
donde se muestra la información de su perfil, así como el recuento histórico<br />
de los comentarios, fotografías o videos que el usuario y sus amigos publican<br />
allí.<br />
Facebook nos ofrece la opción de configurar nuestro nivel de privacidad, y<br />
elegir qué información queremos que sea únicamente para nosotros, cuál se<br />
puede compartir con nuestros “amigos” o usuarios con los que tenemos<br />
contacto, y cuál es totalmente pública. Sin embargo, de manera<br />
predeterminada, la cuenta se activa con el nivel más bajo de protección. Al<br />
respecto es importante señalar que sólo puedes elegir sobre las<br />
publicaciones que haces en tu biografía, no así cuando escribes en el muro o<br />
biografía de otros, o comentas información periodística, éstas son siempre<br />
públicas.<br />
Facebook pone a disposición de todos los usuarios su “Declaración de<br />
derechos y responsabilidades”, documento que pocos hemos leído, pero que<br />
todos los usuarios hemos aceptado al dar clic en el botón “Registrarte”. Este<br />
documento incluye, de manera textual, algunas de las siguientes<br />
especificaciones (Facebook, 8 de junio de 2012):
• Aunque como usuario eres propietario de todo el contenido y la<br />
información que publicas en Facebook, les concedes una licencia no<br />
exclusiva, transferible, con derechos de sublicencia, libre de derechos<br />
de autor, aplicable globalmente, para utilizar cualquier contenido de<br />
fotografías y videos que publiques en Facebook o en conexión con<br />
Facebook.<br />
• Cuando publicas contenido o información con la configuración<br />
"Público", significa que permites que todos, incluidas las personas que<br />
son ajenas a Facebook, accedan y usen dicha información y la<br />
asocien a ti.<br />
• Das tu consentimiento para que tus datos <strong>personales</strong> sean<br />
transferidos y procesados en Estados Unidos.<br />
Su “Política de uso de datos”, documento que puedes consultar a través de<br />
una liga inserta en la “Declaración de derechos y responsabilidades” explica,<br />
entre otros puntos, que:<br />
• Tu nombre, dirección de correo electrónico, fecha de nacimiento,<br />
sexo, así como la información que decides compartir al realizar una<br />
acción, por ejemplo, cuando añades un amigo, indicas que te gusta<br />
una página o sitio web, añades un lugar a tu historia, usas nuestra<br />
herramienta de importación de contactos o bien, registras que tienes<br />
una relación con alguien, fotos de perfil, fotos de portada, redes,<br />
nombre de usuario e identificador de usuario se tratan <strong>del</strong> mismo<br />
modo que la información que decides hacer pública, es decir, puede<br />
ser consultada por cualquiera, sea o no miembro de Facebook.<br />
• Facebook recibe la información de tu computadora, celular o<br />
dispositivo que utilizas para acceder a Facebook, “incluso si varios<br />
usuarios inician sesión desde el mismo dispositivo”. Esta información<br />
“puede incluir tu dirección IP y otra información relativa, por ejemplo, a<br />
tu servicio de internet, tu ubicación, el tipo de navegador que utilizas
(incluidos los identificadores) o las páginas que visitas”. Pueden<br />
obtener tus coordenadas GPS u otros datos de tu ubicación.<br />
• Cuando decides hacer pública tu información significa también que<br />
esta información puede asociarse contigo (es decir, tu nombre, fotos<br />
<strong>del</strong> perfil, fotos de portada, biografía, identificador de usuario, nombre<br />
de usuario, etc.), incluso fuera de Facebook, puede mostrarse cuando<br />
alguien hace una búsqueda en Facebook o en un motor de búsqueda<br />
público, estará accesible para los sitios web, aplicaciones y juegos<br />
integrados en Facebook, y será accesible para cualquiera que utilice<br />
la interfaz de programación de aplicaciones de Facebook.<br />
Evidentemente, para Facebook la protección de nuestros datos <strong>personales</strong><br />
no es una prioridad. Su política de privacidad más parece una advertencia de<br />
qué es lo que se hará con tus datos, que una herramienta para la protección<br />
de éstos. Ellos tienen acceso a toda la información que el usuario sube allí,<br />
pero también a otro tipo de datos como páginas que visita, dirección de IP,<br />
ubicación por posicionamiento global, entre otros asociados a tus<br />
preferencias, ubicación y prácticas <strong>personales</strong>. Además se reservan el<br />
derecho a usar esa información.<br />
<strong>Datos</strong> <strong>personales</strong> al viento<br />
De acuerdo con Ester Mitjans, directora de la Agencia Catalana de<br />
Protección de <strong>Datos</strong> de la Generalitat de Cataluña, la mayoría de los<br />
usuarios de Facebook mayores a 25 años utilizan la red social para estar en<br />
contacto con personas que conocen en el mundo real: familia, amigos,<br />
compañeros de trabajo. No pretenden ampliar su círculo de amistades, sino<br />
que buscan mantenerse en contacto con sus conocidos y, en algunos casos,
tratar asuntos laborales. Las personas entre 18 y 24 años, en contraste,<br />
utilizan la red para “crear comunidad”, por lo que la mayoría de sus contactos<br />
son personas desconocidas (2009, p. 113).<br />
A través de la frase “¿Qué estás pensando?”, Facebook invita a los usuarios<br />
a poner sus reflexiones, emociones e ideas. Muchos caemos en la tentación,<br />
y publicamos información sobre las cosas que nos suceden durante el día,<br />
nuestro estado físico y de ánimo, nuestras emociones o ideas. Decimos<br />
dónde estamos y qué estamos haciendo. Decimos qué pensamos de lo que<br />
vimos en las noticias o en la calle, expresamos nuestra opinión sobre<br />
asuntos políticos y sociales, nos quejamos <strong>del</strong> frío, <strong>del</strong> calor, o de las cosas<br />
que hacen o dejan de hacer otras personas. Añadimos fotos de cumpleaños,<br />
vacaciones y paseos, así como de hijos, sobrinos, amigos, primos,<br />
hermanos, padres, suegras y cuñados.<br />
La mayoría pensamos que esa información, que estaba dirigida para las<br />
personas cercanas, para nuestros amigos o nuestra familia, va a ser vista o<br />
leída únicamente por ellos. Sin embargo, no podemos tener garantía de que<br />
eso será así. Por un lado porque, como veíamos en la Declaración de<br />
derechos y obligaciones, gran parte de la información que "subimos" es<br />
pública, sólo tenemos la capacidad de elegir sobre una pequeña porción de<br />
la misma, el resto puede ser localizada a través de buscadores y otras<br />
herramientas informáticas. Pero también porque, esa fracción exclusiva para<br />
los llamados “amigos” llega a ojos de todos nuestros contactos quienes, de<br />
acuerdo con Mitjans, son a veces personas que no conocemos en el mundo<br />
real, e incluso puede tratarse de personas que <strong>del</strong>iberadamente estén<br />
suplantando la identidad de otro para obtener datos <strong>personales</strong>.
Quizá en este punto surja la pregunta, ¿qué es lo que otros pueden hacer<br />
con nuestra información? Bueno, pues los usos son diversos. Carlos<br />
Barriuso, profesor de Informática Jurídica de la Universidad de Alcalá<br />
advierte:<br />
Hay grupos de interés o de poder que atesoran los contenidos de las redes<br />
sociales, entre ellos, datos <strong>personales</strong>, como información muy valiosa. No es<br />
altruismo lo que permite que estos servicios funcionen gratuitamente,<br />
quitando los beneficios por publicidad; a cambio pueden obtener información<br />
de la “inteligencia colectiva” <strong>del</strong> “neuromundo”. Información que siendo<br />
monitorizada, controlada, analizada y segmentada puede evaluar ratios de<br />
todo tipo. Esta información de los “medios sociales” sometida a algoritmos de<br />
análisis, selección y extracción de contenidos, con seguimiento de palabras<br />
clave de forma selectiva permite obtener perfiles de alto significado, con las<br />
tendencias por edades, profesiones, aficiones, etc. (2009, p. 304)<br />
Uno de los principales usos, dice Barriuso, es el comercial. Nuestros datos<br />
<strong>personales</strong> son utilizados para conocer nuestro perfil, edad, profesión,<br />
preferencias, hábitos de consumo, y hacer campañas publicitarias más<br />
agresivas, pues son “a nuestra medida”, lo que implica un nivel de<br />
manipulación.<br />
Nuestros datos, entonces, tienen un valor comercial, son un producto. La<br />
BBC Mundo, los llama “el nuevo petróleo”, pues asegura que ese cúmulo de<br />
datos que navegan en internet son un “inteligencia colectiva digital” que<br />
adecuadamente manejada puede servir, o servirá en un futuro, para realizar<br />
predicciones comerciales, económicas, sociales, que tendrán un valor<br />
inmenso (Arandas, 16 de abril de 2012).<br />
Otro uso, que tiene un impacto más directo en nuestras vidas, es el que<br />
hacen las empresas para conocer a sus candidatos a puestos de trabajo. Las<br />
redes sociales les permiten a las empresas conocer una faceta que el
candidato no muestra en sus entrevistas de trabajo o en su currículum. Ester<br />
Mitjans explica:<br />
Las redes sociales […] han ido avanzando hacia nuevos usos que deben ser<br />
tenidos en cuenta por los usuarios. Así, por ejemplo, las empresas las están<br />
utilizando para conocer facetas de sus trabajadores a las cuales de otra<br />
manera no podrían tener acceso. También para conocer el perfil de los<br />
candidatos a un puesto de trabajo, la información personal podría llegar a<br />
determinar si una persona es o no apta para un puesto de trabajo. (2009, p.<br />
125)<br />
De acuerdo con la BBC Mundo (septiembre 2009), un sondeo de Jobvite<br />
realizado en 2012, en el que participaron 1,000 profesionales de recursos<br />
humanos, el 66% de los empleadores usan Facebook para buscar nuevos<br />
talentos. ¿Lo que aparece en nuestro perfil es lo que querríamos que<br />
conociera de nosotros un posible empleador?<br />
Adicionalmente, se sabe que algunas empresas utilizan las redes sociales<br />
para mantener “vigilados” a sus empleados, para conocer qué piensan de su<br />
trabajo o de sus jefes. En ocasiones eso ha redundado en despidos, como el<br />
caso reportado por la BBC en febrero de 2009, en el que una joven británica<br />
fue despedida de su trabajo por publicar en su página de Facebook que éste<br />
era aburrido.<br />
Esto constituye indudablemente una invasión a la privacidad de las personas.<br />
Las emociones y sentimientos son íntimos, y no deberían ser elementos de<br />
evaluación <strong>del</strong> desempeño laboral de un empleado. Sin embargo, publicarlos<br />
en Facebook es tanto como imprimirlos en letras grandes y colocarlos en la<br />
calle, pues, ya veíamos en la Declaración de derechos y responsabilidades,<br />
toda esa información navega libre por la red.
Desafortunadamente, estos no son los únicos destinos que pueden tener<br />
nuestros datos <strong>personales</strong>. Al tener en nuestra lista de contactos un número<br />
considerable de desconocidos, corremos el riesgo de que esa información<br />
llegue a manos de personas con la intención de <strong>del</strong>inquir o por lo menos, de<br />
hacernos daño. Por mencionar un ejemplo, alguien con intención de robar<br />
una casa encontraría muy útiles algunas fotografías de su interior, así como<br />
comentarios en los que se especifica cuándo va a salir de vacaciones la<br />
familia y cuántos días estará fuera o simplemente ver las fotografías<br />
familiares en el destino turístico de su preferencia.<br />
Mención aparte merece el uso que de las redes sociales hacen los menores.<br />
Es este un asunto tan basto como importante, ya que al no ser conciertes de<br />
los posibles peligros, son un blanco fácil para quienes encuentran en las<br />
redes sociales una vía para hacer daño a otras personas. Los peligros van<br />
desde bullying hasta pornografía infantil y prostitución. A nivel internacional,<br />
esta ha sido una de las principales preocupaciones en lo relativo a redes<br />
sociales.<br />
¿Qué dicen las leyes?<br />
Los gobiernos han tenido que buscar una legislación lo más adecuada<br />
posible al avance de las nuevas tecnologías, que proteja al ciudadano de la<br />
mejor manera. Desafortunadamente, la tecnología avanza a pasos mucho<br />
más rápidos de lo que pueden hacerlo las leyes. Internacionalmente, se han<br />
realizado, en los últimos años, reuniones que pretenden establecer<br />
prioridades y hacer recomendaciones a los gobiernos de los Estados para la<br />
creación de leyes y normas en materia de protección de datos <strong>personales</strong> en
las redes sociales. Así, en marzo de 2008 se elaboró el Memorándum de<br />
Roma, un documento extraído de la 43° reunión <strong>del</strong> International Working<br />
Group On Data Protection In Telecommunications, el cual funge como<br />
principal marco de referencia en redes sociales y privacidad. Aquí se<br />
establecen algunas recomendaciones, como el uso de seudónimos, y la<br />
inclusión de temas de privacidad y protección de datos en las escuelas.<br />
En el mismo año, en octubre, se llevó a cabo la XXXII Conferencia<br />
Internacional de Agencias de Protección de <strong>Datos</strong> y Privacidad, en<br />
Estrasburgo, Francia, en donde se firmó una resolución en materia de<br />
protección de datos.<br />
Posteriormente, en julio de 2009 se realizó el Seminario Derechos,<br />
Adolescentes y Redes sociales en internet, donde se elaboró el<br />
Memorándum sobre la protección de datos <strong>personales</strong> y la vida privada en<br />
las redes sociales, en particular de niños, niñas y adolescentes, también<br />
conocido como Memorándum de Montevideo. En este documento, se hacen<br />
recomendaciones a los gobiernos de los países en materia legal y de<br />
políticas públicas, así como a la industria, para la protección de datos<br />
<strong>personales</strong> de los menores.<br />
En México, la Ley Federal de Protección de <strong>Datos</strong> Personales en Posesión<br />
de los Particulares fue expedida el 5 de julio de 2010 (Diario Oficial de la<br />
Federación). En ella se estable que “todo tratamiento de datos <strong>personales</strong><br />
estará sujeto al consentimiento <strong>del</strong> titular”, esto es, cualquiera que utilice<br />
nuestros datos debe tener nuestro permiso, expresado por escrito y con<br />
nuestra firma autógrafa o electrónica, en especial si se trata de los llamados
“datos <strong>personales</strong> sensibles” que son aquellos que afectan “la esfera más<br />
íntima <strong>del</strong> titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a<br />
discriminación o conlleve un riesgo para éste (Art. 3)”. Además, se establece<br />
que “todo responsable que lleve a cabo tratamiento de datos <strong>personales</strong><br />
deberá establecer y mantener medidas de seguridad administrativas,<br />
técnicas y físicas que permitan proteger los datos <strong>personales</strong> contra daño,<br />
pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado<br />
(Art. 19). La Ley no incluye de manera explícita referencia alguna a las redes<br />
sociales.<br />
En Colima, la Ley de Protección de <strong>Datos</strong> Personales <strong>del</strong> Estado de Colima<br />
fue promulgada el 28 de mayo de 2002, y en ella se expresa que “es cada<br />
vez más clara la necesidad de que se brinde al ciudadano una protección<br />
adecuada contra el posible mal uso de la información que le concierne, sin<br />
que esto implique un intento de limitar o restringir los beneficios que pueden<br />
aportar las tecnologías de información” (PRIMERO). Así, considera que los<br />
datos <strong>personales</strong> son un recurso con valor comercial, que gracias a las<br />
tecnologías pueden duplicarse, modificarse, adaptarse y viajar grandes<br />
distancias en poco tiempo, y que son susceptibles de analizarse de manera<br />
rápida y eficiente a bajo costo. Además, tiene en cuenta que “la privacidad es<br />
uno de los derechos humanos fundamentales que protege la Constitución <strong>del</strong><br />
Estado de Colima” y que “la protección de datos de carácter personal es uno<br />
de los elementos esenciales de la privacidad”. En su artículo 4, la Ley<br />
establece que los datos <strong>personales</strong> “no podrán usarse para actividades
incompatibles a los propósitos para los que fueron obtenidos”, dejando de<br />
lado los fines estadísticos, históricos o científicos.<br />
A este respecto, Carlos Barriuso expresa que lo más importante para la<br />
protección de los datos en las redes sociales, es la capacidad de<br />
“autodeterminación informativa”, es decir, el derecho de todos los usuarios<br />
de decidir quién tendrá acceso a sus datos y qué puede hacer con ellos.<br />
Así, las redes sociales tienen correlativa y necesariamente, pues, que<br />
cumplir unos deberes jurídicos que permitan hacer efectivo a sus usuarios el<br />
poder de control y disposición sobre sus datos <strong>personales</strong> de cualquier tipo,<br />
sea o no íntimo. Es decir, el derecho <strong>del</strong> usuario de las redes sociales (como<br />
titular <strong>del</strong> dato) a la “autodeterminación informativa” impone a estas mismas<br />
redes que tienen, mantienen, utilizan y tratan, en papel o soporte informático,<br />
o en forma automatizada o manual, sus datos de carácter personal,<br />
someterse a la normativa de “protección de datos” que supone que el<br />
interesado, cuyos datos son objeto de tratamiento, pueda decidir, quién,<br />
cuándo y cómo se van a tratar sus datos <strong>personales</strong>. De lo contrario si estas<br />
garantías se tratan de modificar por vía contractual, se debería declarar su<br />
nulidad por ser contrarias a esta normativa. (Barriuso, 2009, p. 317)<br />
Nadie puede protegerte mejor que tú mismo<br />
De todo lo anterior, surgen algunas ideas al respecto de cómo proteger<br />
nuestros datos <strong>personales</strong>. Antes que nada, creo que debemos tener<br />
conciencia de los riesgos, leer e informarnos sobre las políticas de privacidad<br />
de las redes sociales en las que participamos. También creo que debemos<br />
ingresar a la configuración de nuestras cuentas y modificar los niveles de<br />
privacidad de manera que quedemos lo más protegidos posible sin asilarnos.<br />
Otro aspecto que me parece que debemos cuidar es a qué personas<br />
invitamos o aceptamos como “amigos”; que sean personas que conozcamos<br />
en la realidad, y estar al pendiente las cuentas en las que se pudiera estar<br />
incurriendo en suplantación de identidad. Otro aspecto que me parece muy
importante es pensar bien qué vamos a publicar. Siempre pensar antes en<br />
quién podría verlo, qué información puede obtener de ello y para qué podría<br />
servirle. Pensar si la imagen que estamos dando en nuestra página de<br />
Facebook es realmente la que queremos dar al mundo, a futuros<br />
empleadores, a familiares, a amigos. Y también, al compartir fotos o<br />
información sobre otras personas, debemos pensar en que ellos, como<br />
nosotros, tienen derecho a salvaguardar su propia privacidad, sean o no<br />
usuarios de las redes sociales.<br />
Creo que en este asunto, como en todo lo que tiene que ver con la seguridad<br />
de uno mismo, el gobierno marca ciertas pautas legislativas, pero es en el<br />
ciudadano en quien recae la responsabilidad de crear condiciones que<br />
favorezcan su propia seguridad. De la misma manera en la que cuidamos de<br />
nosotros mismos y de nuestras pertenencias al cerrar nuestra casa con<br />
seguros y candados, debemos proteger nuestra privacidad en las redes<br />
sociales.<br />
Asimismo, es importante enseñar a otros a cuidarse. Enseñar a los niños y<br />
adolescentes, que son el sector más vulnerable, pero también enseñar a<br />
otros adultos. Carlos Barriuso lo expresa así:<br />
Una forma efectiva de protección es educar, advertir e informar sobre las<br />
cautelas y precauciones que hay que adoptar frente a los riesgos existentes.<br />
Riesgos que tienen que hacerse explícitos, y en el caso de menores<br />
aumentar la preparación y extremar las precauciones ante otros usuarios<br />
extraños o sospechosos, o ante la cesión o entrega de datos <strong>personales</strong>.<br />
(2009, p. 336-337)<br />
Conclusiones
Vivimos en una era que los sociólogos han llamado “sociedad de la<br />
información”, por ser una época en la que las tecnologías favorecen la<br />
creación, distribución y manipulación de datos. El flujo de información es<br />
inmenso y constante, generamos datos que se incorporan a la red a cada<br />
minuto. La distancia ha dejado de ser un impedimento para la comunicación<br />
interpersonal, podemos establecer contacto inmediato, claro y preciso, con<br />
personas al otro lado <strong>del</strong> mundo. Aun cuando las tecnologías no han llegado<br />
a toda la humanidad, cada vez es mayor la cantidad de personas que<br />
acceden a ellas. Los contenidos que circulan en la red son muy diversos,<br />
cualquiera puede incorporar sus ideas, pensamientos, sentimientos,<br />
circunstancias, y no sólo con palabras, los contenidos vienen en medios<br />
diversos.<br />
En este contexto, no podemos mantenernos alejados de la realidad.<br />
Indudablemente somos miembros de esta sociedad de la información,<br />
pero como individuos que habitamos en ella debemos ser consientes de<br />
los riesgos que supone, para tener las herramientas que nos permitan<br />
protegernos. Los gobiernos de muchos países, incluyendo México, están<br />
en la búsqueda de leyes y normas que permitan proteger a los<br />
ciudadanos. Sin embargo, debemos tener presente que la responsabilidad<br />
de cuidarnos está en nuestras manos. Del mismo modo en que de niños<br />
aprendimos a cruzar las calles para que no nos atropellaran (aprendizaje<br />
que fue diferente para los niños <strong>del</strong> siglo XIX, porque en sus calles no<br />
circulaban coches, sino caballos y carretas) ahora tenemos que aprender
y enseñar a nuestros niños a transitar por internet y por las redes sociales<br />
reduciendo al máximo los peligros.<br />
Al reflexionar en todo esto, deberíamos tener en cuenta lo que autores como<br />
Aldous Huxley y George Orwell perfilaron en sus obras, Un mundo feliz y<br />
1984, sociedades distópicas en las que la posesión y control de información<br />
por parte <strong>del</strong> Estado, como órgano supremo de poder, elimina cualquier<br />
posibilidad de privacidad y consigue con ello la manipulación <strong>del</strong> individuo.<br />
En ambas historias esta reducción de libertades es impuesta por los grupos<br />
de poder. En nuestra realidad, nos inscribimos voluntariamente a la red<br />
social que tendrá acceso a toda nuestra información, corriendo con ello el<br />
riesgo de ser manipulados. Y cada día somos más.<br />
Referencias:<br />
Arandas, Anahí. (16 de abril de 2012). Nuestros datos <strong>personales</strong> son el nuevo<br />
petróleo. BBC Mundo Tecnología. Recuperado de la red mundial el 3 de octubre de<br />
2012:<br />
http://www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2012/04/120416_tecnologia_datos_<strong>personales</strong><br />
_petroleo_aa.shtml<br />
Barriuso, Carlos. (2009). Las redes sociales y la protección de datos hoy. Anuario de<br />
la Facultad de Derecho, Universidad de Alcalá II, p. 107-129, recuperado de la red<br />
mundial el 23 de septiembre de 2012,<br />
http://dspace.uah.es/dspace/bitstream/handle/10017/6447/redes_barriuso_AFDUA_<br />
2009.pdf?sequence=1<br />
BBC News. (27 de febrero de 2009). Facebook remark teenager is fired.<br />
Recuperado de la red mundial el 18 de octubre de 2012.<br />
http://news.bbc.co.uk/2/hi/uk_news/england/essex/7914415.stm<br />
BBC Mundo. (9 de septiembre de 2012). ¿Busca trabajo? Aprenda a impresionar a<br />
los robots. Recuperado de la red mundial el 18 de octubre de 2012.<br />
http://www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2012/09/120905_trabajo_computadoras_lp.sht<br />
ml<br />
BBC Mundo. (5 de octubre de 2012). El futuro de Facebook según sus usuarios.<br />
Recuperado de la red mundial el 10 de octubre de 2012,
http://www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2012/10/121005_tecnologia_facebook_futuro_<br />
yv.shtml<br />
Celis, Marcos A. (2006). La protección de la intimidad como derecho fundamental de<br />
los mexicanos. En Cienfuegos, D. y Macías, M. Estudios de homenaje de Marcia<br />
Muñóz de Alba Medrano, protección de la persona y derechos fundamentales.<br />
México: UNAM. Recuperado de la red mundial el 17 de octubre de 2012,<br />
biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2253/9.pdf<br />
Cerrillo, Agustí. (2009) Privacidad y redes sociales. IDP. Revista de internet,<br />
Derecho y Política, Núm. 9, pp. 1-3, Universitat Oberta de Catalunya: España.<br />
Recuperado de la red mundial <strong>del</strong> 23 de septiembre de 2012,<br />
http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=78813254001<br />
Galindo, Jesús. (2010). La internet y sus redes sociales. Comunicología e ingeniería<br />
en comunicación social de un fenómeno aún emergente. Razón y Palabra, núm. 71,<br />
febrero-abril. Recuperado de la red mundial <strong>del</strong> 23 de septiembre de 2012,<br />
http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=199514914051<br />
González, Aristeo. (2007). La protección de datos <strong>personales</strong>: derecho fundamental<br />
<strong>del</strong> siglo XXI. Un estudio comparado. Biblioteca Jurídica Virtual <strong>del</strong> Instituto de<br />
Investigaciones Jurídicas de la UNAM, recuperado de la red mundial <strong>del</strong> 15 de<br />
octubre de 2012, www.ejournal.unam.mx/bmd/bolmex120/BMD000012003.pdf<br />
Instituto Federal de Acceso a la Información Pública. (2005). Lineamientos para la<br />
protección de datos <strong>personales</strong>. Diario oficial, viernes 30 de septiembre de 2005,<br />
http://www.ifai.org.mx/pdf/ciudadanos/cumplimiento_<br />
normativo/datos_<strong>personales</strong>/lineamientos_protdaper.pdf<br />
Martins, Paulo. (2009). Redes sociales: un nuevo paradigma en el horizonte<br />
sociológico. Recuperado de la red mundial <strong>del</strong> 23 de septiembre de 2012,<br />
http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=10111909002<br />
Mitjans, Esther. (2009). Impacto de las redes sociales en el derecho a la protección<br />
de datos <strong>personales</strong>. Anuario de la Facultad de Derecho, Universidad de Alcalá II, p.<br />
107-129, recuperado de la red mundial el 23 de septiembre de 2012,<br />
http://dspace.uah.es/dspace/bitstream/handle/10017/6439/impacto_mitjans_<br />
AFDUA_2009.pdf?sequence=1<br />
Roig, Antoni. (2009), E-privacidad y redes sociales. IDP. Revista de internet,<br />
Derecho y Política, Núm. 9, pp. 42-52, Universitat Oberta de Catalunya: España.<br />
Recuperado de la red mundial <strong>del</strong> 23 de septiembre de 2012,<br />
http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=78813254010<br />
The Cocktail Analysis. (10 de abril de 2012). IV Oleada, Observatorio de Redes<br />
Sociales.