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Desafíos para construir nación - DISASTER info DESASTRES

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<strong>Desafíos</strong><br />

<strong>para</strong> <strong>construir</strong><br />

<strong>nación</strong><br />

El país ante el desplazamiento,<br />

el conflicto armado<br />

y la crisis humanitaria<br />

1995-2005<br />

Conferencia Epsicopal de Colombia<br />

Secretariado Nacional de Pastoral Social<br />

Sección de movilidad humana<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos<br />

y el Desplazamiento<br />

CODHES


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

El país ante el desplazamiento,<br />

el conflicto armado y la crisis humanitaria<br />

1995-2005<br />

SECRETARIADO NACIONAL DE PASTORAL SOCIAL<br />

Mons. Héctor Fabio Henao<br />

Director<br />

CONSULTORÍA PARA LOS DERECHOS HUMANOS<br />

Y EL DESPLAZAMIENTO -CODHES-<br />

Jorge Enrique Rojas<br />

Presidente<br />

EQUIPO DE INVESTIGACION<br />

Investigadores principales<br />

Harvey Danilo Suárez Morales<br />

Ernesto Fabián Mieles González<br />

Fanny Uribe Idárraga<br />

Padre Maurizio Pontin, c.s.<br />

Elaboración del texto base del Capítulo II<br />

Ana Rico de Alonso y Olga Lucía Castillo<br />

Apoyo en la sistematización de bases de datos<br />

Helbert Guevara (CODHES) y Rodrigo García (SNPS)<br />

Apoyo en la elaboración de mapas<br />

Sala de Situación Humanitaria,<br />

Oficina de Coodi<strong>nación</strong> Humanitaria<br />

de las Naciones Unidas, OCHA<br />

Coordi<strong>nación</strong> Editorial<br />

CODHES<br />

Diseño y Diagramación<br />

Nadeyda Suárez nadsuarez@hispavista.com<br />

ISBN 958-33-8853-X<br />

Primera edición 2006<br />

Impresión<br />

Ruben´s Impresores,<br />

Carrera 62 # 8-35 – Bogotá D.C.<br />

©Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento –<br />

CODHES-<br />

©Secretariado Nacional de Pastoral Social<br />

Impreso y hecho en Colombia – Printed and made in Colombia<br />

Esta investigación se desarrolló con el apoyo financiero del Programa de<br />

las Naciones Unidas <strong>para</strong> el Desarrollo –PNUD- / Alto Comisionado de<br />

las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Refugiados –ACNUR / Consejo Noruego<br />

<strong>para</strong> Refugiados.<br />

Las opiniones expresadas por los autores en nada comprometen a las<br />

instituciones financiadoras.


Contenido<br />

Prólogo 7<br />

Introducción 13<br />

Capítulo I<br />

Magnitud e impacto del desplazamiento forzado:<br />

1995-2005 19<br />

Una crisis humanitaria crónica y sostenida 21<br />

Expansión e intensificación del conflicto<br />

• Impacto diferenciado del desplazamiento<br />

25<br />

en los municipios del país<br />

• Municipios expulsores y receptores:<br />

29<br />

un análisis desde las cifras gubernamentales 33<br />

- Principales municipios afectados<br />

por la expulsión de población 33<br />

- Principales municipios de llegada de población 40<br />

• Municipios expulsores y receptores<br />

desde las cifras de la Conferencia Episcopal de Colombia 47<br />

- Principales municipios afectados<br />

por la expulsión de población 48<br />

- Principales municipios de llegada de población 53<br />

• Tendencias emergentes 60<br />

Capítulo II<br />

Perfil sociodemográfico de la población<br />

en situación de desplazamiento 63<br />

Introducción 63<br />

Grupos poblacionales y fuentes de <strong>info</strong>rmación 64<br />

Características demográficas 66<br />

• Población y familias 66<br />

• Composición por sexo y ciclo vital 67<br />

• Parentesco 68<br />

• Estado conyugal 69


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Trayectorias y tipos de desplazamiento 70<br />

• Departamento, región de origen y de residencia actual 70<br />

• Tipos de desplazamiento 76<br />

Presuntos autores de desplazamientos forzados 76<br />

Bienes abandonados 78<br />

Perfil socioeconómico 80<br />

• Educación 80<br />

- Asistencia escolar 80<br />

- Nivel educativo 82<br />

• Salud 84<br />

- Discapacidad 84<br />

- Fecundidad 85<br />

- Afiliación al sistema de salud 86<br />

• Actividad, ocupación e ingresos 87<br />

- Actividad 87<br />

- Ocupación 88<br />

- Ingresos mensuales 89<br />

• Consumo de alimentos 90<br />

• Tenencia y superficie de la tierra<br />

• Necesidades actuales y entidades<br />

91<br />

que han prestado ayuda 93<br />

- Necesidades 93<br />

- Entidades que han prestado ayuda 95<br />

• Intención de permanencia 96<br />

Síntesis del perfil socio-demográfico 96<br />

Capítulo III<br />

Respuestas institucionales y sociales<br />

al desplazamiento: Avances,<br />

estancamientos y retrocesos 101<br />

Introducción<br />

La consolidación de la agenda pública<br />

101<br />

sobre desplazamiento forzado en Colombia 103<br />

El marco normativo y sus alcances<br />

• Avances en la protección normativa<br />

105<br />

y en la garantía de derechos 107<br />

4


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

• Legislación nacional 110<br />

• Normas internacionales aplicables 114<br />

• Línea jurisprudencial constitucional 116<br />

• Estancamientos y retrocesos 121<br />

Evolución del marco programático 126<br />

Evolución del marco institucional 133<br />

Evolución del marco presupuestal 136<br />

Capítulo IV<br />

Conclusiones y recomendaciones 141<br />

Conclusiones 141<br />

Conflicto armado y crisis humanitaria 141<br />

Impacto sociodemográfico de la migración forzada 143<br />

Población más afectada 143<br />

Principales efectos socioeconómicos 144<br />

Respuestas institucionales y sociales 150<br />

Marco Normativo e institucional 150<br />

Avances en la respuesta social 151<br />

Barreras y dificultades de la respuesta institucional<br />

y social 152<br />

Recomendaciones 156<br />

Al Estado Colombiano 156<br />

A los actores armados 158<br />

Al Sistema de las Naciones Unidas 158<br />

A las entidades de cooperación internacional 159<br />

A las organizaciones sociales y ONG 160<br />

A las entidades de Iglesia 161<br />

Las recomendaciones del estudio<br />

de la Conferencia Episcopal de Colombia de 1994 163<br />

Textos consultados 172<br />

5


Prólogo<br />

El desplazamiento<br />

Problema de humanidad, estado de emergencia social,<br />

tragedia nacional e indiferencia general<br />

Sentados en mi oficina, hablaban en forma casi telegráfica.<br />

Apenas nos avisaron que nos iban a matar -relata la mamá- cogimos una muda de<br />

ropa y algo más que pudimos echar y salimos corriendo. Tomamos la embarcación<br />

y no miramos <strong>para</strong> atrás. Allá quedaron los marranitos, las gallinas, los cultivos, la<br />

tierra y la casa. Ese domingo nos salvamos. Al miércoles siguiente llegaron <strong>para</strong><br />

buscarnos, es decir, <strong>para</strong> matarnos, pero ya no estábamos allí. Ahora necesitamos<br />

que nos ayuden de verdad pero nos dicen que no hay recursos. Mi esposo<br />

encontró trabajo por unos días en una mina de carbón, desgraciadamente se<br />

enfermó.<br />

El relato, en la simplicidad de sus expresiones, es un <strong>para</strong>digma de lo que ha<br />

sido una situación dolorosa repetida muchísimas veces casi de la misma manera,<br />

y que ha generado el fenómeno cruel y masivo del desplazamiento forzado.<br />

Este reciente diálogo (noviembre 2005) nos revela una serie de elementos<br />

que ya conocemos por ser el desplazamiento una trágica repetición:<br />

* El desplazamiento más que de individuos es de hogares completos.<br />

* El mayor número de desplazados lo constituyen las mujeres y los niños.<br />

* Es una grave infracción al Derecho Internacional Humanitario por parte<br />

de los grupos alzados en armas.<br />

* El motivo principal del desplazamiento es la protección de la vida seriamente<br />

amenazada.


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

* Algunas regiones de Colombia han sufrido el desplazamiento con mayor<br />

intensidad.<br />

* Las personas desplazadas no sólo quedan desarraigadas sino necesitadas<br />

de protección y asistencia de tal manera que puedan responder a sus necesidades<br />

básicas: seguridad, techo, comida, vestido, trabajo.<br />

* Las familias requieren no sólo una ayuda en términos de derecho sino de<br />

hecho y es éste el talón de Aquiles de todos los programas de ayuda que de suyo<br />

deberían tener el carácter de mayor inmediatez, y que terminan mediados, atorados<br />

y demorados por la multiplicidad de disposiciones legales: “Si se tienen<br />

principios elevados, buenas leyes, pero no existe voluntad política <strong>para</strong> hacerlas<br />

cumplir, entonces valen tanto como papel mojado” (M.Beelman).<br />

* Las propiedades de los desplazados requieren ser am<strong>para</strong>das con normas<br />

precisas así que en justicia las puedan recuperar, aunque hayan pasado a<br />

terceras manos.<br />

* Las ayudas del Estado a los desplazados parecieran restringirse cada vez<br />

más por no contar con los recursos suficientes, o no tener la claridad necesaria,<br />

porque la figura del desplazado se va mezclando con una multiplicidad de<br />

pseudodesplazados.<br />

* Si el desarraigo es doloroso, tanto en su aspecto ecológico como social y<br />

cultural, no menos lo es el encarnarse en una nueva tierra, en una nueva forma<br />

de vivir y de trabajar, si es que el desplazado encuentra esta posibilidad.<br />

* La vida está hecha de sueños que forjan el futuro, de proyectos que se van<br />

gestando con la ilusión de elevar la calidad de vida y de responder a los desafíos<br />

de educación y promoción de los hijos. Todo ello se derrumba en un abrir y<br />

cerrar de ojos.<br />

* El relato que habla de marranitos y de gallinas, repetido miles de veces,<br />

deja inferir que el fenómeno del desplazamiento forzado engendra en su totalidad<br />

unas pérdidas económicas de dimensiones inimaginables.<br />

* No hay que dejarse despistar por la poquedad de los bienes perdidos<br />

como marranitos o gallinitas. El no hacer justicia a hechos que tocan tan hondo<br />

8


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

a las personas sencillas, como la pérdida de las gallinas, generó la subversión<br />

que ya lleva medio siglo de protesta y de conflicto armado.<br />

* Es necesario proceder a identificar a todos aquellos que con amenazas<br />

generaron los desplazamientos masivos <strong>para</strong> obtener ventajas económicas, políticas<br />

o de otro tipo. La impunidad no tiene cabida en este caso.<br />

* El drama de los desplazados requiere soluciones a largo plazo y está<br />

conectado por lo general con la superación del conflicto armado.<br />

* Los desplazados que deseen volver a sus lugares de origen requieren ser<br />

ayudados <strong>para</strong> su retorno, pero también <strong>para</strong> su seguridad y la recuperación de<br />

sus bienes.<br />

* El desplazamiento se encuadra dentro de las luchas por el poder local y<br />

dentro de los vacíos de presencia dejados por el Estado.<br />

* Es necesario que la academia y las organizaciones nacionales e internacionales<br />

continúen estudiando esta tragedia, signo doloroso de un problema<br />

estructural de la <strong>nación</strong>.<br />

* Los desplazados suelen recurrir también a la Iglesia en búsqueda de<br />

orientación, de apoyo y de consuelo. De allí que sea <strong>para</strong> nosotros un gran<br />

desafío el saber responder con efectividad y creatividad cotidiana al llamado que<br />

nos hacen, a la solidaridad que brota de la fe y a las exigencias de la verdad en<br />

torno a este drama que ha sido definido como problema de humanidad, estado<br />

de emergencia social y tragedia nacional.<br />

Pero, desde el relato inicial nos podemos preguntar: ¿Qué es ser desplazado?<br />

El P. Javier Sanín, S.J. respondía así a esta pregunta:<br />

Es pasar de la arboleda a los cráteres urbanos, es habitar en las dunas de polvo<br />

gris extendidas hasta el horizonte de los barrios marginales de nuestras selvas de<br />

cemento, mal llamadas ciudades. Es ser un trozo de .madera a la deriva, excluido<br />

del bien, de la cultura, del progreso porque la pobreza física y mental aísla de la<br />

civilización. Es tratar de ganarse un espacio entre el desprecio, como lo siguen los<br />

animales con los olores pútridos. Es estar arraigado en la violencia, en la venganza,<br />

en la hostilidad y el desajuste. Con el pasado lavado y el futuro empapado de odio.<br />

Sabiendo de dónde se llega pero sin noción de hacia dónde se va...<br />

9


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

10<br />

Ser desplazado es no entender nunca por qué te hicieron huir de los fuegos<br />

encontrados de bandas a las que jamás llamaste, de gentes que vinieron a sacarte<br />

de lo tuyo, de un Estado que no respondió al pacto fundamental de defenderte la<br />

vida, los bienes y la honra. Ser desplazado es haber quedado víctima de una<br />

batalla estratégica donde otros se jugaron tu existencia <strong>para</strong> obtener dividendos en<br />

una balanza de poder en la cual no pesabas. Ser desplazado es arrancarte a la<br />

fuerza de tus eras de rábanos y zanahorias, de la platanera y el naranjal, <strong>para</strong> llegar<br />

cansado a comprar papas fritas empacadas, sardinas enlatadas y refrescos cuyo<br />

gas rebota en la garganta.<br />

¿Cuántos son los desplazados? Las cifras oscilan entre unos millares y unos<br />

millones. No hay duda de que están al lado de los millones. Pero, ¿por qué esas<br />

cifras son tan vagas? La razón es una: la indiferencia general. Al usar el término<br />

general busco referirme tanto al Estado como a la sociedad.<br />

El primero ha sido regañado más de una vez por la Corte Constitucional<br />

debido a la lentitud en su respuesta a este problema de humanidad y de emergencia<br />

social. De allí la declaratoria del estado de cosas inconstitucional.<br />

La segunda ha sido aguijoneada por la Iglesia, por CODHES, por el ACNUR,<br />

por la OIM, por la academia y por muchas otras organizaciones, incluidas las de<br />

los mismos desplazados, <strong>para</strong> que despierte el sentido de la solidaridad y de la<br />

justicia ante esta tragedia nacional.<br />

Como en tantas otras ocasiones, la ley avanza mucho más rápido que los<br />

hechos. Colombia cuenta con la ley general de desplazamiento forzado interno<br />

(Ley 387 de 1997) y con otras poderosas herramientas <strong>para</strong> responder a muchos<br />

interrogantes y <strong>para</strong> apoyar jurídicamente las acciones necesarias <strong>para</strong> responder<br />

a los desplazados. La ley, como se anotó, debe pasar del papel a la realidad<br />

concreta.<br />

¿Tendrán los desplazados en la nueva ley de justicia y paz una segura respuesta<br />

en términos de verdad, justicia y re<strong>para</strong>ción? ¿O terminarán siendo doblemente<br />

desplazados, así que <strong>para</strong> no ser objeto de re<strong>para</strong>ción se les niegue la<br />

condición de víctimas? Todo es posible, así que es necesario estar vigilantes.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Precisamente, la Sección de Movilidad Humana de la Conferencia Episcopal<br />

de Colombia, se constituye en vigía permanente, en centinela que día y noche<br />

sigue con su mirada atenta el drama de los desplazados y los desafíos que nos<br />

lanza a la Iglesia, al Estado, a la <strong>nación</strong> entera y a la comunidad internacional.<br />

De esta vigilancia solidaria y fraterna es signo el trabajo que ahora Movilidad<br />

Humana, con la colaboración de entidades tan sensibles al drama de los desplazados,<br />

nos ofrece a nuestra reflexión y como una motivación a la acción en<br />

favor de los mismos. Luchar con ellos, en aras de que en el horizonte de sus vidas<br />

aparezcan la verdad, la justicia y la re<strong>para</strong>ción, es <strong>construir</strong> la paz del país, una<br />

paz no minimalista sino completa. El Papa Benedicto XVI nos lo ha hecho notar<br />

en su mensaje de paz del 2006:<br />

La paz se presenta de un modo nuevo: no como simple ausencia de guerra, sino<br />

como convivencia de todos los ciudadanos en una sociedad gobernada por la<br />

justicia, en la cual se realiza en lo posible, además, el bien de cada uno de ellos. La<br />

verdad de la paz llama a todos a cultivar relaciones fecundas y sinceras, estimula<br />

a buscar y recorrer la vía del perdón y la reconciliación, a ser transparentes en las<br />

negociaciones y fieles a la palabra dada.<br />

Mons. LUIS AUGUSTO CASTRO Q.<br />

Arzobispo de Tunja<br />

Presidente de la Conferencia Episcopal<br />

11


Introducción<br />

Hace diez años la Conferencia Episcopal de Colombia publicó los resultados<br />

de una investigación que puso en evidencia ante el país y el mundo la tragedia de<br />

miles de personas que huían en medio del conflicto armado. Este estudio titulado<br />

“Derechos Humanos: Desplazados por Violencia en Colombia” estableció<br />

que entre 1985 y 1995, más de medio millón de personas fueron obligadas a salir<br />

de sus sitios de origen <strong>para</strong> reasentarse en las grandes ciudades.<br />

“El desplazamiento forzado causado por violencia es un problema socio demográfico<br />

relevante en el contexto de la situación nacional toda vez que representa<br />

el 2% del total de la población nacional, es decir, uno de cada sesenta<br />

colombianos fue obligado a migrar por factores de violencia en los últimos diez<br />

años (1985-94)”, precisa el <strong>info</strong>rme.<br />

La reacción del Estado, la sociedad y la comunidad internacional frente a<br />

este <strong>info</strong>rme divulgado en el marco de la LIX Asamblea Plenaria del Episcopado<br />

en julio de 1994, fue diversa y osciló entre la incredulidad, la indiferencia y la<br />

preocupación.<br />

Incredulidad, a pesar de que en 1995 ya se tenía noticia de éxodos de población<br />

en medio de la guerra, ocurridos tras el fracaso de los procesos de paz<br />

realizados durante el gobierno del presidente Belisario Betancourt. Indiferencia,<br />

aunque el país empezaba a percibir en las grandes ciudades la llegada de gente<br />

“extraña” que presionó un crecimiento repentino y caótico de las zonas urbanas.<br />

Preocupación de algunos sectores que advirtieron sobre la crisis estructural que<br />

se gestaba en Colombia como consecuencia de un conflicto armado sin regulaciones<br />

humanitarias, y por la posibilidad de que el desplazamiento derivara en un<br />

reordenamiento poblacional mediado por el uso de la fuerza de consecuencias<br />

impredecibles.


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

El logro más importante de este estudio de la Iglesia Católica fue presentar el<br />

desplazamiento forzado como una violación masiva y múltiple de los derechos<br />

humanos y una infracción grave del Derecho Internacional Humanitario y, en<br />

consecuencia, a las personas en situación de desplazamiento como sujetos de<br />

derechos. Esta perspectiva cambió la tendencia impuesta desde mediados del<br />

siglo XX cuando el desplazamiento por violencia se asimiló a la “normalidad<br />

migratoria del país”, en un intento por desconocer esta tragedia humanitaria.<br />

Desde este momento, el desplazamiento forzado ya no podía ser ignorado por la<br />

sociedad.<br />

Cabe anotar que este <strong>info</strong>rme sirvió de base <strong>para</strong> el debate que contribuyó a<br />

incorporar tardíamente a la legislación interna el Protocolo II Adicional a los<br />

Convenios de Ginebra de 1977 mediante la Ley 171 de 1994, que establece la<br />

protección de la población civil en situaciones de conflicto armado y prohíbe los<br />

desplazamientos forzados.<br />

Así mismo, la investigación de la Conferencia Episcopal y esfuerzos de instituciones<br />

como el Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Refugiados<br />

(ACNUR), la naciente Defensoría del Pueblo, algunas asociaciones de la población<br />

desplazada y organizaciones no gubernamentales de derechos humanos,<br />

hicieron posible el trámite en el Congreso de la República de un proyecto de<br />

origen parlamentario, convertido posteriormente en la Ley 387 de 1997. Esta ley<br />

permitió el reconocimiento del desplazamiento forzado en el marco del conflicto<br />

armado interno, y ordenó al Estado acciones <strong>para</strong> prevenir este fenómeno migratorio,<br />

atender y proteger a las víctimas del desplazamiento, garantizar soluciones<br />

duraderas y condiciones de reestablecimiento de la población afectada.<br />

Este avance normativo permitió determinar un marco de derechos que posteriormente<br />

incorpora también al ordenamiento interno los Principios Rectores<br />

sobre Desplazamiento Forzado de las Naciones Unidas, el más completo compendio<br />

del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, del Derecho Internacional<br />

de los Refugiados y del Derecho Internacional Humanitario <strong>para</strong> las<br />

personas en situación de desplazamiento.<br />

El examen retrospectivo de las recomendaciones planteadas por el <strong>info</strong>rme en<br />

1995, permite ver con mayor claridad el aporte de la Conferencia Episcopal de<br />

Colombia a la construcción de una perspectiva de respuesta social e institucional.<br />

14


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

En ese momento, el <strong>info</strong>rme destacaba la responsabilidad primordial que<br />

tiene el Estado <strong>para</strong> la prevención del desplazamiento forzado, la protección de<br />

las personas afectadas y el desarrollo de políticas eficaces <strong>para</strong> la realización de<br />

los derechos humanos de todos los colombianos. En el mismo sentido, demandaba<br />

la búsqueda de la paz a partir del dialogo, la creación de formas de convivencia<br />

basadas en el respeto a la diversidad y la solución de los problemas<br />

sociales de las poblaciones mas desprotegidas. En particular, el <strong>info</strong>rme demandaba<br />

profundizar la descentralización democrática, el diseño de una política<br />

pública, la implementación de la reforma agraria, la adopción de modelos<br />

incluyentes de desarrollo, la superación de los problemas de corrupción en el<br />

manejo de los asuntos públicos, y la defensa integral de los derechos de ciudadanía.<br />

En relación con la población desplazada por la violencia, el <strong>info</strong>rme sentó<br />

bases conceptuales que posteriormente se incorporarían a las acciones del<br />

Estado y a las respuestas sociales:<br />

• La vigencia del Derecho Internacional Humanitario como instrumento de<br />

protección de la población civil.<br />

• El acompañamiento de las comunidades <strong>para</strong> garantizar el retorno, la<br />

reubicación o la integración voluntaria de las personas desplazadas en nuevos<br />

territorios sobre bases ciertas de justicia y dignidad.<br />

• El apoyo de los incipientes procesos de organización autónoma de las<br />

comunidades desplazadas.<br />

• La necesidad de desarrollar políticas de estímulo a procesos de integración<br />

entre las personas desplazadas y las comunidades de llegada.<br />

• La reconstrucción del tejido social, antes que el desarraigo cultural y la<br />

estigmatización.<br />

• La adopción de lecciones procedentes de las experiencias latinoamericanas<br />

de desplazamiento, migración y refugio; y<br />

• La necesidad de desarrollar procesos de coordi<strong>nación</strong> que impidan la<br />

fragmentación de los recursos de la ayuda, así como la ineficacia de las acciones<br />

institucionales y sociales.<br />

15


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Sin embargo, el optimismo generado por los procesos exitosos de paz y por la<br />

adopción de una formula de Estado Social de Derecho en la Constitución de<br />

1991, se vio confrontado al desarrollo exponencial de la guerra y de la crisis<br />

humanitaria en la década siguiente.<br />

La expansión del <strong>para</strong>militarismo provocó una disputa abierta con las guerrillas<br />

por el control del territorio y por la apropiación de recursos; así como la<br />

creciente interrelación entre el narcotráfico, el conflicto armado y la vida política<br />

en general. Es decir, el afianzamiento de la economía política de la guerra, procesos<br />

de usurpación y despojo, un promedio de 300 mil personas desplazadas<br />

por año —con un alto porcentaje de mujeres, niñas y niños—, la expansión del<br />

conflicto a los territorios habitados por comunidades étnicas, y la concentración<br />

violenta de la tenencia de la tierra. En fin, la erosión profunda de las garantías<br />

<strong>para</strong> el desarrollo de la organización social y política de las comunidades en el<br />

marco de la concurrencia de diversas prácticas de guerra en los territorios. Todo<br />

esto con el telón de fondo de una crisis social de carácter estructural y de la<br />

adopción de políticas económicas contradictorias con el espíritu solidario e incluyente<br />

de la carta de derechos de 1991.<br />

Pero en este período también se multiplicaron las acciones de resistencia,<br />

los esfuerzos sociales por la paz, las tentativas de constituir fuerzas políticas<br />

democráticas, y la conciencia de los colombianos sobre la importancia de los<br />

derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario.<br />

La política pública <strong>para</strong> las comunidades en situación de desplazamiento es<br />

un espejo de esta realidad. A partir de 1997, el Estado asumió la responsabilidad<br />

por la existencia de una falla en el deber de protección y se inició el proceso de<br />

reglamentación de la Ley. Pero han pasado varios años sin que las instituciones<br />

públicas logren trascender del nivel normativo a la práctica efectiva de los derechos<br />

consagrados formalmente. Así lo puso en evidencia la Corte Constitucional<br />

por medio de la Sentencia T-025 de 2004, que declaró la existencia de un “estado<br />

de cosas inconstitucional” <strong>para</strong> señalar la ausencia y la precariedad de las<br />

políticas en este campo.<br />

Esta sentencia constituye el avance más importante del Estado colombiano<br />

en materia de protección efectiva de los derechos de un grupo social determinado.<br />

Por esta vía el Tribunal Constitucional establece un conjunto de derechos<br />

16


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

básicos que deben ser garantizados objetivamente a todas y cada una de las<br />

personas en situación de desplazamiento y exige el desarrollo progresivo de los<br />

demás derechos fundamentales.<br />

En este sentido, la sentencia T-025 se convierte en uno de los pilares fundamentales<br />

<strong>para</strong> hacer del Estado Social de Derecho una realidad y no sólo una<br />

formula retórica. Indica el sentido profundo en el que debe fortalecerse el Estado<br />

colombiano y ratifica la importancia de un tribunal constitucional independiente.<br />

A su vez muestra la eficacia de la acción de tutela referida a derechos económicos,<br />

sociales y culturales, así como la necesidad de proteger estos mecanismos<br />

de realización de derechos de los constantes ataques de que han sido objeto en<br />

los últimos años. Si la Sentencia T-025 se cumple cabalmente, la carta de derechos<br />

de 1991 y los recursos de protección de los derechos habrán ganado un<br />

lugar definitivo en la conciencia de los colombianos y colombianas. Pero si este<br />

proceso culmina en una respuesta formal sin contenidos materiales verificables<br />

en las condiciones de vida de las personas desplazadas y excluidas, el país<br />

seguirá transitando el tradicional santanderismo de contar con legislaciones y<br />

políticas que no se aplican.<br />

Ahora bien, lo más importante de la Sentencia T-025 es que constituye una<br />

respuesta a las acciones organizativas y las luchas de las comunidades desplazadas<br />

que son el sujeto central de este proceso. En este sentido, las comunidades<br />

de desplazados y la Corte Constitucional le están aportando al país una<br />

nueva experiencia de relación entre el Estado y la sociedad. Nuevamente es<br />

preciso recordar las palabras de Arturo Alape sobre la necesidad de ver a estas<br />

comunidades como constructores de <strong>nación</strong> y no solamente como victimas o<br />

como clientes de una política. El desplazamiento forzado es el espejo que refleja<br />

la manera como se ha construido la <strong>nación</strong> colombiana.<br />

Pero la lucha de los desplazados ya no es una causa solitaria. El <strong>info</strong>rme de<br />

la Conferencia Episcopal cumplió el papel histórico de hacer una convocatoria<br />

nacional e internacional <strong>para</strong> enfrentar este problema. Afortunadamente esta<br />

convocatoria ha tenido respuesta por parte de múltiples y diversas organizaciones<br />

sociales; por algunos servidores del Estado que entienden su tarea desde el<br />

horizonte axiológico de la Constitución de 1991; por las universidades y las academias<br />

comprometidas con un conocimiento útil en términos sociales, humanitarios<br />

y democráticos; y por la comunidad internacional que desde diversas ini-<br />

17


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

ciativas ha prestado su concurso a la búsqueda de alternativas de convivencia y<br />

justicias social en Colombia.<br />

Hoy los desafíos siguen siendo descomunales, pero también existe una mayor<br />

conciencia nacional y un acumulado complejo de experiencias sociales y<br />

desarrollos institucionales sobre los cuales <strong>construir</strong> una nueva Colombia. Sin<br />

lugar a dudas, la suerte que corran los desplazados será también la suerte que<br />

corramos todos los ciudadanos y ciudadanas como proyecto nacional.<br />

De allí el sentido que se quiere dar a la presente investigación como parte de<br />

un proceso de monitoreo de la migración forzada, en esta ocasión a través de<br />

una revisión documental y el análisis de sistemas de <strong>info</strong>rmación, que tiene<br />

como punto de cierre parcial este <strong>info</strong>rme conjunto de la Conferencia Episcopal<br />

de Colombia y la Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento<br />

(CODHES).<br />

Queremos por último expresar nuestro agradecimiento con las instituciones<br />

que brindaron su valioso apoyo con miras a realizar este trabajo conjunto, en<br />

particular a la oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas<br />

<strong>para</strong> los Refugiados (ACNUR), el Programa de las Naciones Unidas <strong>para</strong> el<br />

Desarrollo (PNUD) y el Consejo Noruego <strong>para</strong> los Refugiados (CNR). Igualmente<br />

al Instituto Interamericano de Derechos Humanos y la Brookings Institution por el<br />

constante interés en la problemática de la migración forzada en Colombia.<br />

Mons. Héctor Fabio Henao Jorge Enrique Rojas R.<br />

Director Presidente Junta Directiva<br />

Secretariado Nacional de Pastoral Social CODHES<br />

18


Capítulo I<br />

Magnitud e impacto<br />

del desplazamiento forzado:<br />

1995-2005<br />

En los últimos diez años el número de personas, familias, comunidades y<br />

sectores sociales que han sido forzados a abandonar su lugar habitual de residencia<br />

o de trabajo ha crecido exponencialmente. Mientras que en el acumulado<br />

abordado en 1994 en el <strong>info</strong>rme de la Conferencia Episcopal de Colombia se<br />

estimó un promedio de 586.261 personas en situación de desplazamiento 1 , en el<br />

monitoreo realizado a partir de este estudio por la Consultoría <strong>para</strong> los Derechos<br />

Humanos y el Desplazamiento (CODHES) entre 1985 y septiembre de 2005, el<br />

acumulado alcanza la cifra de 3.662.842 personas 2 . Entre tanto, la cifra gubernamental<br />

correspondiente al periodo comprendido entre 1995 y 2005, asciende a<br />

1.716.662 personas incluidas en el Sistema Único de Registro 3 (con corte a<br />

noviembre 30 de 2005).<br />

De hecho, en la última década uno de los principales avances respecto de la<br />

ampliación de la base social de conocimiento sobre la problemática del despla-<br />

1 Conferencia Episcopal de Colombia. Derechos Humanos: Desplazados<br />

por violencia en Colombia. Investigación sobre ”Derechos<br />

Humanos y Desplazamiento Interno en Colombia”. Bogotá.<br />

1995.<br />

2 www.codhes.org. Recuperado el día 11 de enero de 2006.<br />

3 www.accionsocial.gov.co. Recuperado el día 11 de enero de<br />

2006.


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

zamiento forzado en Colombia consiste en la posibilidad de contar con sistemas<br />

de <strong>info</strong>rmación gubernamentales (Sistema Único de Registro, SUR, de la Agencia<br />

Presidencial <strong>para</strong> la Acción Social y la Cooperación Internacional, antes Red<br />

de Solidaridad Social), no gubernamentales (CODHES), agencias humanitarias<br />

(Comité Internacional de la Cruz Roja) e Iglesia Católica (Sistema RUT de la<br />

Conferencia Episcopal de Colombia, Secretariado Nacional de Pastoral Social).<br />

Estos sistemas realizan el monitoreo periódico de la asistencia brindada, las<br />

condiciones de vida de la población en situación de desplazamiento, y en algunos<br />

casos análisis de las tendencias del conflicto y las dinámicas de la migración<br />

forzada interna y transfronteriza.<br />

El Estado colombiano reconoció mediante la Ley 387 de 1997 la existencia<br />

del desplazamiento forzado de personas en el marco del conflicto armado interno,<br />

y en consecuencia creó el SUR como un sistema de <strong>info</strong>rmación y registro.<br />

Sin embargo, resulta de especial preocupación que la fuente gubernamental no<br />

reconoce la existencia de un flujo migratorio forzado en la década comprendida<br />

entre 1985 y 1995, años críticos en la dinámica de la confrontación armada.<br />

Asimismo preocupa que “Colombia carece de un sistema estadístico que recoja<br />

adecuadamente la realidad en cuanto a las violaciones de los derechos humanos<br />

e infracciones al derecho internacional humanitario”, y que “al carecer de<br />

estadísticas desagregadas sobre desplazamiento forzado de indígenas y<br />

afrocolombianos, no está en capacidad de establecer lo suficientemente bien la<br />

situación de comunidades y poblaciones más vulnerables”. 4<br />

4 Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones<br />

Unidas <strong>para</strong> los Derechos Humanos. Declaración de la Alta Comisionada<br />

de las de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Derechos<br />

Humanos ante el 61° período de sesiones de la Comisión de<br />

Derechos Humanos al presentar su <strong>info</strong>rme sobre Colombia. Informe<br />

del Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los<br />

Derechos Humanos sobre Colombia (del 1 de enero al 31 de<br />

diciembre de 2004). E/CN.4/2005/10. Pág.71.<br />

20


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Una crisis humanitaria crónica y sostenida<br />

Gráfico 1<br />

Según datos de CODHES, en el período comprendido entre 1985 y 2005, han<br />

sido desplazadas de sus lugares habituales de residencia o de trabajo 3.662.842<br />

personas, de las cuales 2.942.842 en la última década (se resaltan con columnas<br />

en color claro en el Gráfico 1). En razón a la magnitud e impacto en la vida<br />

individual, familiar y social esta situación configura una de las crisis humanitarias<br />

más graves en la actualidad.<br />

Las crisis humanitarias son aquellos fenómenos en los que convergen distintas<br />

formas de sufrimiento humano vinculadas a factores económicos, sociales,<br />

demográficos, medioambientales, militares o políticos. Tales crisis suelen darse en<br />

contextos de pobreza, fragilidad del Estado y escasez alimentaria en los que un<br />

desastre natural o un conflicto armado genera la aparición de una crisis alimentaria,<br />

enfermedades, desplazamientos forzados de población dentro del país o hacia el<br />

21


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

22<br />

exterior, y una movilización importante de recursos internacionales en términos de<br />

ayuda. 5<br />

Esto significa, en primer lugar que la noción de “crisis humanitaria” 6 obedece<br />

al reconocimiento de una serie de condiciones, factores y circunstancias objetivas.<br />

Es decir, la crisis humanitaria y de derechos humanos es tal, en tanto que<br />

existan y permanezcan elementos fácticos que requieren atención específica y<br />

respuestas institucionales y sociales <strong>para</strong> mitigarla y, en el mejor de los escenarios<br />

posibles, superarla.<br />

Las sistemáticas violaciones de los derechos humanos, las infracciones al<br />

Derecho Internacional Humanitario (DIH) y otras formas de violencia sociopolítica<br />

e intolerancia social, configuran, entre otros, algunos elementos de la crisis<br />

humanitaria por la que atraviesa Colombia.<br />

Las consecuencias del conflicto y de las diversas violencias aplicadas en<br />

contra de la población civil, en particular aquella sometida a procesos de expulsión,<br />

destierro, despojo, despoblamiento y eventual repoblamiento, son profundas<br />

y prolongadas, e incluso abarcan varias generaciones que han tenido que<br />

afrontar en distintos momentos de su vida el desplazamiento forzado.<br />

Tal como lo ha señalado la Corte Constitucional colombiana en su calidad<br />

de máxima autoridad nacional encargada de la protección de los derechos<br />

fundamentales, la situación de extrema vulnerabilidad y debilidad manifiesta por<br />

la que atraviesan las personas en situación de desplazamiento, constituye una<br />

5 Escuela de Cultura de Paz. Universidad Autónoma de Barcelona.<br />

Alerta 2003: Informe sobre conflictos, derechos humanos y<br />

construcción de paz. Barcelona. Icaria Editorial. 2003. Pág. 43.<br />

6 Este apartado del documento está basado en Harvey Danilo<br />

Suárez. Dimensiones de la crisis humanitaria y de derechos<br />

humanos en Colombia. Ponencia presentada en la Reunión Subregional<br />

de Sociedad Civil pre<strong>para</strong>toria de la Conferencia sobre el<br />

Vigésimo Aniversario de la Declaración de Cartagena, convocada<br />

por el Consejo Noruego <strong>para</strong> Refugiados con asistencia de<br />

representantes de Ecuador, Perú, Panamá y Colombia. Bogotá 7<br />

y 8 de octubre de 2004.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

“compleja, sistemática y continuada violación de los derechos fundamentales<br />

[…] que testimonia la ocurrencia de una verdadera crisis humanitaria” 7 .<br />

En esta perspectiva es necesario evidenciar y relacionar algunos de los<br />

elementos constitutivos de la crisis humanitaria en Colombia que pueden ayudar<br />

a entender la gravedad de la misma y la urgencia de abordar sus causas<br />

estructurales:<br />

• Las múltiples agresiones a personas, familias, comunidades y sectores<br />

sociales por parte de los diversos actores de la guerra y de otros agentes<br />

violentos.<br />

• La desprotección a la que se ven sometidas personas, familias, comunidades<br />

y amplios sectores sociales.<br />

• La desatención o precaria atención a las víctimas por parte del Estado<br />

colombiano como obligado principal de la protección, atención, vigencia y realización<br />

de los derechos humanos.<br />

• Los obstáculos, ataques, amenazas y atentados en contra de quienes realizan<br />

acciones humanitarias, de protección o labores de acompañamiento a las<br />

comunidades en riesgo, en situación de desplazamiento, o víctimas de otras<br />

vulneraciones de derechos fundamentales.<br />

• Los bloqueos, sitios o confinamientos a comunidades <strong>para</strong> impedir su libre<br />

movilización, abastecimiento y búsqueda de protección o apoyo humanitario, lo<br />

que constituye un severo menoscabo, o en algunos casos la imposibilidad real<br />

de solicitar, prestar o recibir ayuda humanitaria.<br />

• La des<strong>info</strong>rmación e invisibilización de las violaciones a los derechos humanos<br />

y de las infracciones al DIH, que en muchos casos obedece a la imposi-<br />

7 Corte Constitucional. Sentencia de Tutela T-602 de 2003.<br />

23


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

bilidad de acceder a los lugares de ocurrencia de los hechos, o a la dificultad<br />

<strong>para</strong> el contacto directo con las víctimas, el silencio de éstas o sus familiares por<br />

temor a nuevas agresiones, y por último, al desinterés o la decisión de no dar a<br />

conocer la situación por parte de algunas entidades o medios de comunicación.<br />

• Los altísimos niveles de impunidad que perpetúan los espirales de violencia,<br />

agresiones, despojo y destierro, cerrando así las posibilidades de esclarecer<br />

los hechos (verdad), adelantar la investigación y sanción de las personas responsables<br />

(justicia), y resarcir moral, material y socialmente a las y los afectados<br />

(re<strong>para</strong>ción).<br />

• La progresiva desintegración del tejido social. Las agresiones contra la<br />

población civil desestructuran unidades familiares, comunidades y procesos comunitarios<br />

y sociales largamente construidos. En consecuencia se altera profundamente<br />

la composición, funcionamiento, objetivos y permanencia de las<br />

redes sociales de aprovisionamiento y sostenimiento alimentario, generación de<br />

ingresos, gobernabilidad, control social interno, control cultural y territorial, socialización,<br />

solidaridad, comunicación y apoyo recíproco, entre otras.<br />

• El deterioro creciente del nivel de vida de cada vez más personas y grupos<br />

sociales en el país. El desplazamiento forzado, el despojo y las pérdidas materiales<br />

y simbólicas que implican las vulneraciones de los derechos humanos y las<br />

infracciones al DIH asociadas al mismo, aceleran los procesos de empobrecimiento,<br />

exclusión y desigualdad.<br />

• La contracción y desdibujamiento de la respuesta estatal respecto de los<br />

derechos y libertades fundamentales de la población en riesgo o en situación de<br />

desplazamiento, así como de sus obligaciones primarias de protección, prevención<br />

y atención integral.<br />

Mientras persista la situación de extrema vulnerabilidad de la población en<br />

situación de desplazamiento y no se den respuestas efectivas y duraderas a sus<br />

necesidades y derechos no es posible superar la crisis humanitaria asociada a<br />

los procesos de destierro, despojo y empobrecimiento.<br />

24


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Expansión e intensificación del conflicto<br />

Gráfico 2<br />

Más allá de cualquier debate metodológico o político sobre las cifras del<br />

desplazamiento forzado, se mantiene una preocupante tendencia de expulsión<br />

de población y recomposición territorial y poblacional relacionada con este crimen<br />

de guerra y delito de lesa humanidad.<br />

El mapa del desplazamiento forzado ha incluido cada vez más zonas de<br />

conflicto, convertidas en áreas de intensa disputa territorial, poblacional y de<br />

recursos por parte de quienes participan en las hostilidades o de quienes esperan<br />

ganancias económicas, políticas y sociales de las mismas. Es decir, de<br />

quienes financian, promueven o facilitan el uso estratégico de diversas formas<br />

de violencia en aras de sus intereses.<br />

Al listado de zonas expulsoras y receptoras evidenciado en el estudio de la<br />

Conferencia Episcopal de Colombia realizado en 1994, se suman nuevos departamentos<br />

y casi la totalidad de municipios del país, los cuales han tenido que<br />

afrontar el despoblamiento de sus territorios, la llegada de población en situa-<br />

25


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

ción de desplazamiento, o procesos de repoblamiento con habitantes afines a<br />

los proyectos que buscan dominio local, regional o nacional.<br />

Los departamentos expulsores identificados en el estudio de 1994 fueron:<br />

Antioquia, Santander, Meta, Córdoba, Boyacá, Cauca, Bolívar, Norte de Santander,<br />

Cesar, Arauca, Magdalena, Cundinamarca, Caquetá, Valle, Tolima, Huila, Sucre<br />

y Caldas. En el transcurso de la década 1995-2005 han sido incorporados en las<br />

dinámicas de la confrontación armada y otras formas de violencia, los departamentos<br />

de Chocó, Putumayo, Risaralda, Quindío, Atlántico, Guajira, Vichada,<br />

Guainía, Vaupés y Amazonas.<br />

La dinámica de recepción en la última década tampoco ha sido ajena a la<br />

expansión del conflicto armado. Todos los departamentos del país, incluido el<br />

Archipiélago de San Andrés y Providencia, recibieron población desplazada. Sin<br />

embargo, los principales núcleos de reasentamiento corresponden a las principales<br />

ciudades capitales y ciudades intermedias: Bogotá, Medellín, Santa Marta,<br />

Sincelejo, Valledupar, Cartagena, Buenaventura, Florencia, Cali, Barranquilla,<br />

Villavicencio, Cúcuta, Quibdó, Bucaramanga, Barrancabermeja, Montería, Soledad,<br />

Ibagué y Pasto, según cifras del SUR con corte a agosto 31 de 2005.<br />

En el Gráfico 3 se relacionan cifras de los sistemas de <strong>info</strong>rmación sobre<br />

desplazamiento más relevantes en Colombia. La tendencia de crecimiento sostenido<br />

de los índices de desplazamiento se referencia por medio de la línea<br />

identificada como “lineal (Acción Social)” que señala el comportamiento de las<br />

cifras del Sistema Único de Registro de Acción Social. Debido a que la población<br />

en situación de desplazamiento puede declarar los hechos que generaron su<br />

expulsión hasta un año después de ocurridos, las cifras presentadas con corte a<br />

noviembre 30 de 2005 con toda seguridad van a incrementarse, manteniendo la<br />

tendencia histórica de crecimiento de dicha población.<br />

26


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Gráfico 3<br />

La expansión e intensidad del desplazamiento forzado guarda estrecha relación<br />

con el desarrollo del conflicto armado interno y otras formas conexas de<br />

violencia. Independientemente de la fuente que se consulte sobre el número de<br />

municipios y departamentos afectados por el desplazamiento forzado en Colombia<br />

ya sea en razón a la expulsión, el tránsito o la llegada de población, la principal<br />

tendencia evidenciada en los últimos diez años es la expansión y<br />

profundización del conflicto armado interno en Colombia.<br />

Es preciso tomar en cuenta en este análisis que los sistemas de <strong>info</strong>rmación<br />

analizados asumen metodologías de trabajo distintas, criterios diversos y diferentes<br />

coberturas y esquemas de aproximación a la población en riesgo y en situación<br />

de desplazamiento 8 . No obstante estas diferencias se presenta una clara<br />

8 Para ampliar este aspecto véase: Consultoría <strong>para</strong> los Derechos<br />

Humanos y el Desplazamiento, CODHES. Cifras e<br />

indicadores del desplazamiento forzado y Derechos Humanos en<br />

Colombia. Bogotá. 2005.<br />

27


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

tendencia que muestra cómo, en la medida en que se recrudece el conflicto<br />

armado interno, se incrementan los ataques a la población civil y, en consecuencia,<br />

se expande la cifra de personas y municipios afectados.<br />

Esta realidad ha obligado a todos los sistemas de <strong>info</strong>rmación a ampliar su<br />

cobertura y realizar ajustes metodológicos y operativos <strong>para</strong> responder a las<br />

exigencias relacionadas con el mayor conocimiento de su existencia por parte<br />

de los agentes concernidos. Además de lo anteriormente mencionado, se ha<br />

hecho más relevante la utilidad de la <strong>info</strong>rmación en función del acceso a la<br />

prestación de apoyos estatales y gubernamentales, del conocimiento de la problemática<br />

y de la formulación y aplicación de políticas públicas.<br />

Por otra parte, es preciso tomar en cuenta que las cifras disponibles presentan<br />

un considerable subregistro de población en riesgo o en situación de desplazamiento,<br />

debido al desconocimiento que las víctimas tienen de sus derechos y<br />

de la oferta institucional; a la desconfianza en entidades estatales o gubernamentales;<br />

al temor a nuevas amenazas o agresiones; o a interpretaciones restrictivas<br />

del marco de protección, que dejan por fuera de los mecanismos de atención<br />

gubernamental a personas que objetivamente se encuentran en riesgo o en<br />

situación de desplazamiento.<br />

Cabe también aclarar que la <strong>info</strong>rmación del Sistema Único de Registro<br />

(SUR), y la del Sistema RUT, se actualiza periódicamente. En el primer caso<br />

según mandato legal, debido a que las personas en situación de desplazamiento<br />

pueden realizar la declaración de los hechos generadores de la expulsión, hasta<br />

un año después de su ocurrencia, y por lo tanto las cifras de cada año pueden<br />

tomar al menos otro más <strong>para</strong> consolidarse. En el caso del Sistema RUT, las<br />

personas pueden ser encuestadas independientemente del tiempo transcurrido.<br />

Las cifras de estos dos sistemas son dinámicas y con tendencia al incremento, a<br />

medida que se recoge <strong>info</strong>rmación de la población que acude a Acción Social,<br />

o es encuestada en las jurisdicciones eclesiásticas. Mientras esto ocurre, la cifra<br />

de monitoreo, que permite consolidar el estimativo de población en situación de<br />

desplazamiento anual realizado por CODHES, tiene fechas anuales de cierre<br />

definitivo que no se actualizan con posterioridad, en razón al diseño metodológico<br />

establecido en aras de la consistencia y confiabilidad del modelo.<br />

28


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

En la siguiente sección de este capítulo se presentan algunos datos que<br />

permitan establecer el impacto territorial y poblacional del desplazamiento forzado<br />

por medio de la identificación de los municipios más afectados. Los mapas<br />

incluidos permiten visualizar el proceso de expansión, la intensidad y la cobertura<br />

geográfica y poblacional del desplazamiento forzado. En los mapas es posible<br />

identificar con claridad las áreas o regiones que concentran el mayor impacto:<br />

Urabá, Catatumbo, Montes de María, Oriente Antioqueño, Sierra Nevada de Santa<br />

Marta, el área de influencia de la antigua zona de distensión con las FARC<br />

(Meta, Caquetá, Putumayo), Chocó y Nariño, entre otras. Estas áreas aparecen<br />

en los mapas con tonos más fuertes en relación con la intensidad de los procesos<br />

de expulsión y recepción de población. Así, se seleccionaron los 50 municipios<br />

más afectados por la expulsión y recepción en el período de análisis y se<br />

elaboraron mapas de contraste de los dos extremos de la serie: 1995 y 2005.<br />

Asimismo, es necesario precisar que se retomaron las cifras de los dos sistemas<br />

de <strong>info</strong>rmación que aplican encuestas continuas (SUR y RUT).<br />

Impacto diferenciado del desplazamiento en los municipios del país<br />

El impacto provocado por la expulsión o llegada de población en situación de<br />

desplazamiento varía según el número de habitantes del municipio, la capacidad<br />

de respuesta local y la dinámica del conflicto, entre otros factores.<br />

La expulsión de población en municipios o ciudades grandes tiene un impacto<br />

distinto al de pueblos pequeños, que en cortos períodos deben afrontar la<br />

expulsión violenta de un número significativo de sus habitantes, o que en otros<br />

casos deben brindar atención a un número de personas que desborda la capacidad<br />

instalada local. Las tasas de expulsión y de recepción o llegada de personas<br />

por cada cien mil habitantes son el resultado del contraste entre la población<br />

forzada a salir, o que busca protección y atención en un determinado municipio,<br />

y el número total de habitantes estimado por el Departamento Administrativo<br />

Nacional de Estadística (DANE).<br />

Al diferenciar el impacto de la expulsión o de la llegada de población en cada<br />

unidad territorial (municipio o departamento) y en el ámbito nacional, es posible<br />

establecer los puntos de la geografía nacional, la institucionalidad y las socieda-<br />

29


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

des locales y regionales que afrontan de manera más intensa los efectos del<br />

desplazamiento forzado.<br />

En este sentido, las tasas de expulsión o de llegada (recepción) permiten<br />

evidenciar aquello que las cifras absolutas ocultan. Es decir, si se revisa el impacto<br />

del desplazamiento exclusivamente sobre números absolutos de expulsión<br />

o recepción de población, los resultados son muy distintos a los analizados<br />

con las tasas correspondientes.<br />

Por ejemplo, a partir de las cifras absolutas consignadas en el SUR el listado<br />

de los 20 municipios más afectados entre 1995 y 2005 es el siguiente:<br />

30<br />

Tabla 1


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Con base en este tipo de análisis por años y según la <strong>info</strong>rmación proveniente<br />

del SUR, entre 1995 y 2005, la mayoría de los municipios más afectados por la<br />

llegada de población en situación de desplazamiento corresponde a las principales<br />

capitales departamentales del país, con excepción de los municipios de<br />

El Carmen de Bolívar y Buenaventura en 2000 y 2001, con el arribo de 15.372 y<br />

12.372 personas respectivamente. El caso más grave, bajo esta perspectiva es<br />

el de Santa Marta, con la llegada en 2002 de 33.339 personas.<br />

No obstante la validez inicial de los análisis basados en cifras absolutas, es<br />

necesario complementarlos con miradas más ajustadas a los contextos y realidades<br />

locales y regionales. En otras palabras, <strong>para</strong> lograr una comprensión más<br />

cabal del impacto diferenciado del desplazamiento forzado en los distintos ámbitos<br />

territoriales, es indispensable tomar en cuenta otras variables. Contar con<br />

esta <strong>info</strong>rmación permite aplicar de manera más efectiva medidas de prevención,<br />

protección y atención integral de comunidades en riesgo y en situación de<br />

desplazamiento.<br />

En términos del diseño, aplicación y ajuste de la política pública dirigida a los<br />

lugares de llegada, si sólo se acogen los análisis que parten exclusivamente de<br />

las cifras absolutas, el mayor esfuerzo presupuestal y de gestión se concentra en<br />

las capitales departamentales, dejando de lado la situación de municipios lejanos<br />

de los centros de mayor interés, inversión y visibilidad en las agendas estatal,<br />

gubernamental y social.<br />

Otro tanto ocurre con las cifras de expulsión vistas tan sólo desde la lectura<br />

de los números absolutos. Desde esta mirada el listado de los 20 municipios con<br />

mayores guarismos de expulsión son los siguientes:<br />

31


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

La aproximación al impacto territorial y demográfico del desplazamiento forzado<br />

en términos de la expulsión de población, a la luz de las cifras absolutas,<br />

muestra una serie de municipios cómo los más afectados. Sin embargo, esta<br />

lectura no permite correlacionar la expulsión de población con la población total<br />

del municipio en cuestión, y por lo tanto no visibiliza adecuadamente las dimensiones<br />

del proceso de destierro. De esta manera las políticas de prevención y<br />

atención no se concentran en las situaciones más graves de acuerdo con las<br />

tasas de expulsión.<br />

Es relevante considerar que en muchos casos los municipios son escenario<br />

simultáneo y en otros escalonado de eventos de expulsión y recepción de población.<br />

Por este motivo las tablas y mapas presentados en esta sección del documento<br />

muestran cómo algunos lugares de recepción son también lugares de<br />

expulsión, lo que a su vez demuestra la intensificación del conflicto en estas<br />

zonas.<br />

32<br />

Tabla 2


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Municipios expulsores y receptores:<br />

un análisis desde las cifras gubernamentales<br />

A continuación se presentan algunas cifras basadas en los datos del SUR,<br />

con el propósito de identificar las localidades del país que han recibido el<br />

mayor impacto del desplazamiento forzado entre 1995 y 2005.<br />

Principales municipios afectados por la expulsión de población<br />

Gráfico 4<br />

33


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

La <strong>info</strong>rmación consignada en el Gráfico 4 da cuenta del incremento del<br />

número de municipios afectados por la expulsión de población entre 1995 y<br />

2005. De manera resumida, en este gráfico es posible colegir el crecimiento del<br />

número de municipios expulsores en el período de análisis, situación que alcanza<br />

su punto más crítico entre 2002 y 2005, especialmente en 2002 donde cerca<br />

del 87% de los municipios del país, 982 de 1119, fueron escenario de la expulsión<br />

de segmentos significativos de su población.<br />

Así es posible evidenciar cómo la reducción en el número de personas expulsadas<br />

en los dos últimos años, no ha significado necesariamente una disminución<br />

del impacto territorial del conflicto armado por medio de las estrategias de<br />

expulsión. La tendencia en el impacto del desplazamiento en los ámbitos locales<br />

entre 2002 y 2005 permanece sobre la línea de los 900 municipios de los<br />

cuales se expulsa población.<br />

El total de personas incluidas en el Sistema Único de Registro a noviembre<br />

30 de 2005 era de 1.772.662 personas, correspondiente a 386.106 hogares.<br />

A partir de los datos del SUR se elaboró el listado que contiene los cincuenta<br />

municipios más afectados por la expulsión de población (Tabla 3).<br />

34


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Tabla 3<br />

35


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

En el periodo 1995-2005 los casos más graves de expulsión de población se<br />

presentan entre los años 2000 y 2002, que además corresponden a los años de<br />

mayor intensidad de la confrontación armada y, a su vez, a los registros de mayor<br />

expulsión de población en la historia reciente de la migración forzada en el país.<br />

A partir de esta <strong>info</strong>rmación Antioquia presenta 18 municipios expulsores<br />

dentro de los primeros 50 del país y 6 dentro de los primeros 10. Los casos más<br />

relevantes corresponden a Peque con la expulsión de aproximadamente el 77%<br />

de su población en 2001, Buriticá, Yondó, Alejandría, Cocorná y San Francisco,<br />

con porcentajes de expulsión en el rango comprendido entre el 45% y el 48% de<br />

su población.<br />

Los siguientes casos de mayor impacto ocurrieron en Chámeza (Casanare),<br />

Bojayá (Chocó) y Colosó (Sucre) con la expulsión de cerca del 59%, 57% y 56%<br />

de la población, respectivamente. El caso más conocido por la opinión pública<br />

corresponde a Bojayá en donde murieron 119 personas a causa del lanzamiento<br />

de un cilindro bomba que explotó en el interior de la iglesia de la cabecera<br />

municipal de Bellavista, en la cual se intentaba refugiar la población civil en<br />

medio de los combates entre guerrillas y grupos <strong>para</strong>militares, que se disputaban<br />

al control del río Atrato y sus afluentes.<br />

Los departamentos de Sucre, Chocó, Bolívar, Norte de Santander y Magdalena<br />

con 7, 6, 5, 3 y 2 municipios dentro de los primeros 50 más afectados por la<br />

expulsión de población, corresponden a zonas de intensa disputa armada. Cauca,<br />

Casanare y Caquetá tienen un municipio cada uno en el listado de los 50 municipios<br />

más afectados por la expulsión de población.<br />

36


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Mapa 1<br />

37


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

38<br />

Mapa 2


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Mapa 3<br />

39


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Principales municipios de llegada de población<br />

Los municipios de llegada de población en situación de desplazamiento<br />

pasan de 506 en 2000 a 799 en 2004, lo cual implica un incremento de cerca del<br />

36% en este guarismo en cinco años. En otras palabras, este es el nivel más alto<br />

de recepción en el período analizado, al 71.4% (799 de 1119) de los municipios<br />

del país arribó población en búsqueda de protección y atención integral.<br />

Esta situación cobra dimensiones críticas en pequeños poblados que en<br />

lapsos muy cortos se ven abocados a prestar asistencia a un gran caudal de<br />

personas que han sido forzadas a abandonar sus lugares de origen. En la gran<br />

mayoría de municipios todavía no existen medidas preventivas puestas en marcha<br />

por medio del diseño de planes de contingencia, que permitan afrontar<br />

desplazamientos masivos o la paulatina llegada de población en situación de<br />

desplazamiento. Los 50 principales municipios receptores del país se identifican<br />

en la Tabla 4.<br />

40<br />

Gráfico 5


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Tabla 4<br />

41


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

42<br />

Mapa 4


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

En términos de los principales municipios que han recibido el mayor impacto<br />

de la llegada de población en situación de desplazamiento, el departamento de<br />

Antioquia presenta algunos de los casos más significativos. En este departamento<br />

se reportaron 14 de los 50 municipios en los que más personas llegaron en<br />

búsqueda de protección y atención integral, con 6 de sus municipios entre los<br />

primeros 10. A Murindó, en 2001, arribó el equivalente al 92% de su población —<br />

es el caso de mayor afectación en el registro de Acción Social entre 1995 y<br />

2005—, el 34% en 2000, y el 14% en 2002. A San Francisco llegó en 2003 un<br />

volumen de población en situación de desplazamiento equivalente al 17.4% de<br />

su población, el 16.8% en 2004, y el 12.2% en el 2000; en esa misma situación<br />

se encontraron San Luis en los años 2001 (24%), 2003 (17%) y 2000 (13.7%), y<br />

Cocorná en los años 2000 y 2001 con el 22.8% y el 11% respectivamente.<br />

El segundo caso más grave de llegada de población entre 1995 y 2005 fue el<br />

de Bojayá, que en 2004 recibió el equivalente al 54.9% de su población, seguido<br />

de Alejandría (Antioquia) con el 46%, en 2001; Betulia (Antioquia) con el 35%, en<br />

2000; el ya reseñado caso de Murindó, en 2000; Convención (Norte de Santander)<br />

con el 29.2%, en 2002; Montecristo (Bolívar) con el 25.4%, en 2000; nuevamente<br />

Bojayá (Chocó) en 2005, con el 24.4%; y los ya mencionados casos de San Luis<br />

y Cocorná (Antioquia) en 2001 y 2000.<br />

Entre 1995 y 2005, los departamentos con mayores tasas de recepción, luego<br />

de Antioquia, son: Bolívar, con 5 municipios entre los primeros 50, con<br />

especial gravedad en el caso de El Carmen de Bolívar con tasas de recepción<br />

del 19.4% y el 10% en 2000 y 2001 respectivamente; Caldas, con 3 municipios<br />

de llegada, que en el caso de Samaná presentó tasas de recepción del 11% y<br />

9%, en 2005 y 2002 respectivamente; Chocó, con 3 municipios, que además<br />

de Bojayá (ya reseñado) incluye los casos de El Carmen y Bahía Solano, que<br />

en 2001 presentaron tasas del 11.4 y el 10% respectivamente; y Sucre que<br />

presentó en 2000 los casos de San Onofre y Guaranda con tasas en su orden<br />

del 18% y el 10%.<br />

Entre tanto, en Cundinamarca se presentaron los casos de Viotá (2003), El<br />

Peñón y La Palma (2002) con guarismos del 16.8%, 14.8% y 12.6% respectivamente.<br />

Los departamentos de Norte de Santander y Magdalena, cuentan en el<br />

listado con dos municipios cada uno, con los casos de Convención y El Tarra,<br />

43


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

con tasas del 29% y el 10% en 2002 y 2001; y Pueblo Viejo y Fundación en el<br />

Magdalena con tasas del 17.9% y del 10% en 2000 y 2001.<br />

El listado antes mencionado lo completan municipios de los departamentos<br />

de Meta, Cesar, Cauca, Córdoba, La Guajira, Putumayo y Risaralda con un municipio<br />

cada uno, con tasas de recepción comprendidas entre los rangos del<br />

17% y el 9% de la población estimada por el DANE.<br />

Una vez más las cifras analizadas guardan concordancia con los estimativos<br />

de CODHES, los registros de Acción Social y las cifras del RUT, que señalan en<br />

los años 2001 y 2002 las cotas más altas de agudización de la expulsión de<br />

población en los últimos 10 años e incluso en los últimos 20 años (según el<br />

Sistema de <strong>info</strong>rmación de CODHES).<br />

En esta lógica, la mayor agudización del conflicto mantiene relación estrecha<br />

con los casos más dramáticos de migración forzada en el país. La presión<br />

sobre la población civil se refleja de manera muy intensa en las sociedades<br />

locales. Aunque no se debe desconocer el impacto acumulado generado por las<br />

dinámicas de desplazamiento forzado en las ciudades medianas y grandes del<br />

país, que terminan siendo el lugar de llegada de muchas de las personas que no<br />

encontraron respuestas adecuadas de protección y atención en la proximidad<br />

de los lugares de los cuales fueron expulsados.<br />

44


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Mapa 5<br />

45


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

46<br />

Mapa 6


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Municipios expulsores y receptores<br />

desde las cifras de la Conferencia Episcopal de Colombia<br />

En esta sección del texto se analizan las cifras del Sistema RUT, cuyos objetivos<br />

son analizar las principales tendencias del desplazamiento, identificar zonas<br />

expulsoras, receptoras y de tránsito, caracterizar la población forzada a migrar<br />

(personas y familias), reconocer sus necesidades prioritarias y la oferta<br />

institucional y social, así como conocer los motivos de expulsión y la intención de<br />

permanencia, reubicación o retorno.<br />

Resulta indispensable en los análisis que siguen tomar en cuenta que el<br />

número de encuestas de familias y personas en situación de desplazamiento<br />

incluidas en el RUT, es significativamente menor al acumulado del registro del<br />

SUR de Acción Social. A diciembre 31 de 2005, el Sistema RUT incluye registros<br />

de 306.522 personas, equivalentes a 63.064 hogares. Sin embargo, esta base<br />

de datos permite realizar algunos contrastes con el propósito de identificar tendencias<br />

relacionadas con el impacto territorial y demográfico del desplazamiento<br />

forzado.<br />

En esta sección del análisis com<strong>para</strong>tivo no se incluye la encuesta anual<br />

aplicada por CODHES debido a que su sistema tiene dos componentes: el de<br />

estimación, basado en el monitoreo diario y acumulativo de cifras a través de la<br />

contrastación de diversas fuentes; y el de caracterización sociodemográfica,<br />

basado en diseños estadísticos a partir de la cifra estimada anual. En este caso,<br />

a diferencia de las cifras de CODHES, las del RUT y la del SUR proceden de la<br />

aplicación continua de una encuesta de registro familia por familia.<br />

47


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Principales municipios afectados por la expulsión de población<br />

En el caso de la <strong>info</strong>rmación proveniente del Sistema de Información RUT de<br />

la sección de Movilidad Humana del Secretariado Nacional de Pastoral Social,<br />

el número de municipios que reportaron expulsión de población pasa de 287 en<br />

1995 a 529 en 2005. Sin embargo entre 2001 y 2004 se presentó la serie mayor<br />

de municipios expulsores: 2001 con 596 municipios, 2002 con 644, 2003 con<br />

634 y 2004 con 647.<br />

48<br />

Gráfico 6


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

La última cifra corresponde a cerca del 60% del total de municipios del país.<br />

Los municipios afectados están ubicados en la totalidad de los departamentos<br />

del país, lo que muestra el grado de expansión territorial y poblacional relacionado<br />

con la aplicación de formas de violencia que generaron el desplazamiento<br />

forzado de población.<br />

Según la <strong>info</strong>rmación del Sistema RUT, los municipios más afectados por la<br />

expulsión de población hacen parte de los departamentos de Caquetá con 8<br />

municipios, Antioquia con 6, Bolívar con 5, Chocó y Meta con 4, Guaviare,<br />

Tolima y Sucre con 2, y finalmente Cauca con un municipio. Excepto el caso de<br />

Caquetá, en donde se realizó un exhaustivo estudio de caso por parte del Sistema<br />

RUT en 2004, las cifras de los demás departamentos guardan correspondencia<br />

con las consignadas en el SUR.<br />

49


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

50<br />

Mapa 7


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Mapa 8<br />

51


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

52<br />

Mapa 9


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Principales municipios de llegada de población<br />

Gráfico 7<br />

Según las cifras del Sistema RUT, cuya cobertura geográfica y poblacional<br />

está ligada al trabajo de acompañamiento y asistencia a las comunidades realizado<br />

por las distintas jurisdicciones eclesiásticas, el número de municipios de<br />

llegada se duplicó entre 1995 y 2000 (79 y 145 respectivamente), se incrementó<br />

en 2001 y mantuvo una tendencia por encima de los 150 municipios registrados<br />

en dicho sistema como principalmente receptores.<br />

Una vez más es necesario aclarar que este sistema es dinámico en términos<br />

de captura de <strong>info</strong>rmación puesto que realiza encuestas a familias y personas,<br />

independientemente del año en el cual ocurrió el primer desplazamiento forzado.<br />

Esta situación implica que las cifras anuales se modifican al alza en tanto<br />

que ingresa nueva <strong>info</strong>rmación.<br />

53


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

54<br />

Gráfico 8


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

En el Gráfico 8 es posible identificar una leve tendencia a la reducción del<br />

número de municipios de llegada entre 2004 y 2005. Sin embargo, en los casos<br />

de la <strong>info</strong>rmación de Acción Social y de CODHES los municipios de llegada<br />

permanecen por encima de los 670, es decir cerca del 60% de los municipios<br />

del país.<br />

Las diferencias en el volumen de <strong>info</strong>rmación consignado en cada sistema<br />

corren por cuenta de las distintas coberturas territoriales, la infraestructura<br />

efectiva y los recursos disponibles, en particular considerando que el Sistema<br />

RUT funciona a partir del compromiso que de manera autónoma adquiere<br />

cada jurisdicción eclesiástica respecto de la aplicación de las encuestas base<br />

del sistema.<br />

55


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

56<br />

Tabla 5


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Mapa 10<br />

57


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

58<br />

Mapa 11


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Mapa 12<br />

59


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Tendencias emergentes<br />

Finalmente, en este análisis deben tomarse en cuenta algunos de los factores<br />

que intervienen en la reducción del número de personas que los sistemas de<br />

<strong>info</strong>rmación reportan como desplazadas en los últimos tres años (2002-2005):<br />

* La existencia de comunidades bloqueadas y confinadas, es decir, aquellas<br />

a las cuales: (i) se les impide de manera sistemática el libre acceso a bienes<br />

indispensables <strong>para</strong> la supervivencia, tales como alimentos, medicinas, combustibles,<br />

insumos agrícolas y agua potable; (ii) se les obstruye la posibilidad de<br />

solicitar o recibir ayuda humanitaria; y (iii) se les prohíbe la movilización tendente<br />

a salvaguardar su vida e integridad. Esta estrategia, relativamente reciente, es<br />

sin duda una de las caras menos visibles del conflicto armado interno colombiano.<br />

Comunidades campesinas, afrocolombianas e indígenas han sido sometidas<br />

al confinamiento en sus propios territorios de tal forma que literalmente ya no<br />

pueden desplazarse como medida de protección.<br />

* Los desplazamientos dentro de una misma unidad territorial 7 , que siguen<br />

en muchos casos ignorados y desatendidos, pese a la decisión de la Corte<br />

Constitucional en la Sentencia T-268 de 2003 que establece la perentoria necesidad<br />

de atención estatal de estos casos.<br />

* El número creciente de colombianos(as) que solicitan asilo en otros países<br />

como consecuencia de persecución política, violaciones masivas de los<br />

derechos humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario y violencia<br />

generalizada, entre otros factores. Entre 1999 y 2004, más de 90 mil<br />

colombianos(as) han presentado solicitudes de asilo: Ecuador: 28.742 personas;<br />

Estados Unidos: 18.967; Costa Rica: 12.802; Canadá: 10.844, España: 5142;<br />

Reino Unido: 3.631; Venezuela: 1.739; Panamá: 853, y otros países suman 8. 67<br />

personas) 8 .<br />

8 Es decir, los desplazamientos forzados en el interior de un<br />

mismo municipio, ciudad, resguardo o territorio colectivo.<br />

9 Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones<br />

Unidas <strong>para</strong> los Refugiados, ACNUR. ”Principales países receptores<br />

de solicitantes de asilo de colombianos. Infografía cifras”.<br />

En: www.acnur.org. Recuperado el 12 de diciembre de 2005.<br />

60


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

* El no reconocimiento gubernamental de casos de desplazamientos por<br />

causa de las fumigaciones de cultivos de uso ilícito. Las solicitudes de inclusión<br />

en el Registro Único de Población Desplazada (RUPD) presentadas por las<br />

personas que se ven forzadas a desplazarse por causa de las fumigaciones no<br />

son consideradas por Acción Social, antes, Red de Solidaridad Social.<br />

Pese a los esfuerzos institucionales y sociales el desplazamiento forzado en<br />

Colombia sigue constituyendo una crisis humanitaria crónica y sostenida que<br />

requiere aún de mayor compromiso por parte del Estado colombiano, de la<br />

sociedad y la comunidad internacional.<br />

Mientras no sea posible superar las causas estructurales que generan impunidad,<br />

tan profundas desigualdades y el imperio de agendas de exclusión y<br />

violencia como las que todavía prevalecen, el desplazamiento y sus nefastas<br />

consecuencias seguirán siendo un tema prioritario en el presente y en el inmediato<br />

futuro.<br />

61


Introducción<br />

Capítulo II<br />

Perfil sociodemográfico de la población<br />

en situación de desplazamiento<br />

En este capítulo se hace una caracterización de la población en situación de<br />

desplazamiento incluida en los principales sistemas de <strong>info</strong>rmación existentes<br />

en el país. Se retoman datos del Sistema RUT del Secretariado Nacional de<br />

Pastoral Social de la Conferencia Episcopal de Colombia; de la Consultoría <strong>para</strong><br />

los Derechos Humanos y el Desplazamiento Forzado (CODHES); y de la Agencia<br />

Presidencial <strong>para</strong> la Acción Social y la Cooperación Internacional 1 .<br />

Cada una de estas entidades tiene misiones, mandatos, coberturas geográficas,<br />

temáticas y poblacionales distintas, así como metodologías y programas<br />

en muchos aspectos similares, en otros complementarios y, en algunos casos,<br />

posturas bien diferenciadas. Tomando como base estas consideraciones fueron<br />

seleccionados los datos que mayor consistencia, posibilidad de contrastación<br />

y fuerza analítica aportaran al presente documento.<br />

El Secretariado Nacional de Pastoral Social (SNPS) presta una labor de acompañamiento,<br />

atención y ayuda a la población en situación de desplazamiento por<br />

medio de las parroquias y los centros de Pastoral Social en todo el país. El SNPS,<br />

incluye <strong>info</strong>rmación de población que ha sido desplazada desde 1990 por medio<br />

de una encuesta a las personas y familias que llegan a las jurisdicciones eclesiásticas<br />

y, en otras ocasiones, a personas ubicadas en zonas de asentamiento<br />

en las comunidades donde ejerce su acción pastoral.<br />

1 Antigua Red de Solidaridad Social.


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

CODHES es una organización no gubernamental de derechos humanos que<br />

extiende su acción en diferentes regiones del país, realiza registros periódicos y<br />

ha ido configurando una base de datos de monitoreo sobre la migración forzada<br />

en Colombia.<br />

Acción Social, en tanto entidad del Estado colombiano, se encarga de prestar<br />

atención a la población que realiza la respectiva declaración de su situación<br />

de desplazamiento y que, posteriormente, es admitida en el Sistema Único de<br />

Registro (SUR).<br />

Con base en la <strong>info</strong>rmación facilitada por estas tres entidades se ha elaborado<br />

el diagnóstico que aquí se presenta y que tiene como objetivos:<br />

• Analizar las principales características sociodemográficas y económicas de<br />

las personas y familias que han padecido el desplazamiento forzado en Colombia<br />

en los últimos 10 años.<br />

• Identificar las regiones de expulsión y recepción, así como los actores del<br />

desplazamiento.<br />

64<br />

• Construir la tipología del desplazamiento forzado.<br />

• Aportar <strong>info</strong>rmación sobre la tenencia y tipo de bienes abandonados por la<br />

población afectada en sus lugares de origen.<br />

• Presentar un inventario de necesidades, ayudas recibidas y entidades que<br />

han prestado atención.<br />

Grupos poblacionales y fuentes de <strong>info</strong>rmación<br />

Las fuentes en que se basa este análisis son las siguientes:<br />

• Sistema RUT. La <strong>info</strong>rmación que aquí se considera abarca el período<br />

comprendido entre 1990 y diciembre de 2004. Cabe precisar que a diciembre de<br />

2005 este sistema tiene registradas 63.064 familias <strong>para</strong> un total de 306.522<br />

personas.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

• La encuesta de hogares en situación de desplazamiento realizada y<br />

sistematizada por CODHES en 2003. Es preciso aclarar que se retoma esta<br />

encuesta en razón a la cobertura nacional y la fiabilidad de la <strong>info</strong>rmación allí<br />

consignada.<br />

• La Agencia Presidencial <strong>para</strong> la Acción Social y la Cooperación Internacional,<br />

que cuenta con los siguientes instrumentos de registro:<br />

• Ficha de <strong>info</strong>rmación de familias desplazadas<br />

• Formato Único de Declaración<br />

• Formulario Único de Declaración: <strong>info</strong>rmación complementaria<br />

Tabla 6<br />

Total de personas, familias y períodos de recolección según fuente<br />

Fuente Total personas Total familias Período<br />

RUT 242.565 49.748 1990-2004<br />

CODHES<br />

Encuesta<br />

– 7.249 1933 2003<br />

SUR 1.240.592 282.990 Registros continuos<br />

Aunque hay <strong>info</strong>rmación básica que se recoge en todos los instrumentos,<br />

como edad y sexo, hay variables de análisis que sólo se registran en una de las<br />

fuentes.<br />

Dada la magnitud de la <strong>info</strong>rmación incluida en las bases de datos y la heterogeneidad<br />

de procesos de recolección, fue necesario establecer algunas correcciones<br />

en el procesamiento y elaboración de los cuadros estadísticos:<br />

• Se excluyeron aquellos registros “sin <strong>info</strong>rmación”.<br />

• Los registros referidos a la edad y al último año de escolaridad aprobado<br />

fueron corregidos o se eliminaron cuando su asig<strong>nación</strong> no era coherente con<br />

los rangos válidos de la variable correspondiente.<br />

65


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

• Con fines de com<strong>para</strong>ción se homologaron algunos términos de las variables,<br />

sin afectar el contenido. Por ejemplo: la región del primer desplazamiento<br />

se ha denominado “región de origen”.<br />

Los datos analizados configuran tres segmentos poblacionales distintos que<br />

pueden considerarse universos independientes. Por ello, la com<strong>para</strong>ción se realiza<br />

con base en indicadores de las distintas características. En esta sección del<br />

documento no se abordan análisis sobre el volumen de toda la población desplazada<br />

en Colombia, pues se realizaron en el capítulo anterior.<br />

Características demográficas<br />

Población y familias<br />

Los promedios de personas por hogar varían entre 4.9 en el Sistema RUT, 4.4<br />

en el SUR, y 3.7 de acuerdo con la <strong>info</strong>rmación de CODHES. Estas variaciones<br />

pueden explicarse en razón a las diferencias en la composición demográfica de<br />

las familias, a las formas de desplazamiento que fragmentan los hogares, o a las<br />

distintas metodologías de registro. 2<br />

66<br />

Tabla 7<br />

Total de personas y familias<br />

Fuente Total<br />

personas<br />

Total<br />

familias<br />

2 Para realizar el registro en Acción Social se requiere presentar<br />

el registro civil de todas las personas de la familia que se<br />

desplazaron.<br />

Personas<br />

por familia<br />

RUT 242.565 49.748 4.9<br />

CODHES 7.249 1.933 3.7<br />

SUR 1.240.592 282.990 4.4


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Composición por sexo y ciclo vital<br />

La composición por sexo entre hombres y mujeres es muy similar en las<br />

distintas fuentes. En cada caso representan la mitad de la población en situación<br />

de desplazamiento. Según un análisis del ciclo vital, es posible concluir que<br />

dicha población es extremadamente joven, puesto que cerca del 50% son menores<br />

de 15 años. La media de edad oscila entre 21.8 y 25.2 años. Entre tanto, las<br />

personas mayores registradas en el SUR corresponden al 12%. Con el fin de<br />

tener referentes de com<strong>para</strong>ción se incluyen los datos totales de la población<br />

colombiana.<br />

Tabla 8<br />

Ciclo vital y edad media<br />

Fuente Hombres Mujeres 0 - 14 15 a 64 65 y + Total Edad media<br />

RUT 50.1 49.9 47% 50% 3% 100 21.8<br />

CODHES 50,2 49.8 41% 57% 2% 100 23.0<br />

SUR 49.7 50.3 43% 45% 12% 100 25.2<br />

COLOMBIA 1 47.6 52.4 31% 62% 7 % 100 29.4<br />

Estas características demográficas deben ser tomadas en cuenta al diseñar<br />

y aplicar políticas de prevención y atención, en especial al definir necesidades<br />

específicas y ofrecer servicios sociales diferenciados según los grupos de edad<br />

y género. En términos generales la niñez y las personas jóvenes requieren educación<br />

preescolar y escolar, mientras que los adultos necesitan capacitación<br />

adecuada a los nuevos entornos y fuentes de trabajo. Cada grupo requiere atención<br />

en salud, en especial los niños y niñas, las mujeres en edad reproductiva y<br />

las personas mayores.<br />

1 Profamilia. Encuesta Nacional de Demografía y Salud 2005.<br />

Bogotá. Noviembre 2005.<br />

67


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Parentesco<br />

En la gran mayoría de los casos las familias desplazadas están conformadas<br />

por jefaturas de hogar, cónyuges e hijos. De la diferencia numérica entre cónyuges<br />

y jefaturas se infiere una presencia de hogares monoparentales, lo cual se<br />

corrobora con las elevadas tasas de jefatura femenina, entre 32% según CODHES,<br />

41% en RUT y 48% en SUR. La tasa nacional es de 32% a la fecha.<br />

Los otros parientes representan entre 10% y 15% de las unidades familiares<br />

en situación de desplazamiento. En este grupo se encuentran hermanos, nietos,<br />

padres, e incluso, personas sin vínculo de parentesco que son asumidas en la<br />

estructura familiar. Las mujeres predominan como cónyuges y como otras parientes,<br />

mientras que en los hijos hay una menor proporción de mujeres.<br />

68<br />

Tabla 9<br />

Familias según parentesco y proporción de mujeres<br />

RUT CODHES SUR<br />

Parentesco % % Mujer % % Mujer % % Mujer<br />

Jefe del Hogar 20.5 40.6 21,1 32.4 22.8 48.3<br />

Cónyuge o compañero/a 12.7 77.6 14,8 84.7 11.1 63.9<br />

Hijos 53.1 47.3 53,3 46.6 51.0 47.9<br />

Otros parientes 13.7 54.3 10.9 51.8 15.1 51.1<br />

TOTAL 100.0 100.0 100.0


Fuente Estado conyugal<br />

El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

60<br />

50<br />

40<br />

30<br />

20<br />

10<br />

0<br />

Estado conyugal<br />

Jefe del<br />

Hogar<br />

Cónyuge o<br />

compañero/a<br />

Gráfico 9<br />

Hijos<br />

Otros<br />

parientes<br />

RUT<br />

CODHES<br />

ACCIÓN SOCIAL<br />

La situación de conyugalidad difiere según el sexo: entre las mujeres, el 55%<br />

se encontraba sin compañero al momento de realizar la encuesta, en com<strong>para</strong>ción<br />

con el 6% de hombres sin pareja. Se identificó además una elevada incidencia<br />

de viudez entre las mujeres: ocho veces mayor que la población de hombres<br />

viudos. En este análisis es preciso tener en cuenta que los hombres son las<br />

principales víctimas de infracciones al Derecho Internacional Humanitario y violaciones<br />

a los derechos humanos (homicidios, desapariciones forzadas y<br />

masacres, entre otras).<br />

Situación de conyugalidad<br />

Tabla 10<br />

Sexo Unido(a) Casado (a) Viudo(a) Se<strong>para</strong>do(a) Soltero(a) TOTAL<br />

RUT<br />

Mujeres 33 15 16 14 22 100<br />

Hombres 30 64 2 3 1 100<br />

CODHES<br />

Mujeres 36 21 8 7 28 100<br />

Hombres 37 22 1 2 38 100<br />

69


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Alrededor de una tercera parte de hombres y mujeres está en unión libre, los<br />

solteros representan entre 22% a 38%, según la fuente. Los hombres en unión<br />

legal o consensual son el 94% en el RUT y 59% según CODHES. Las mujeres que<br />

conforman uniones libres son 45% y 47% respectivamente en las dos fuentes.<br />

Trayectorias y tipos de desplazamiento<br />

Departamento, región de origen y de residencia actual<br />

El sitio de destino constituye la residencia actual, entendiendo por “actual” el<br />

lugar en donde fue obtenida la <strong>info</strong>rmación al momento de la aplicación de las<br />

encuestas. La <strong>info</strong>rmación presentada en este apartado del documento aborda<br />

una perspectiva de análisis regional, de tal forma que sirve de contraste del<br />

enfoque del impacto diferenciado abordado en el capítulo inicial.<br />

70<br />

Gráfico 10


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Tabla 11<br />

Departamento de origen de la población en situación de desplazamiento<br />

Departamento de Origen RUT CODHES SUR<br />

No. % No. % No. %<br />

Antioquia 5.499 11,1 111 5,7 194.762 15.7<br />

Atlântico 49 0,1 23 1,2 1.952 0,2<br />

Bogotá, D.C. 34 0.0 282 14,6 712 0,1<br />

Bolívar 6.351 12,8 36 1,9 132.413 10,7<br />

Boyacá 156 0,3 29 1,5 5.587 0,5<br />

Caldas 939 1,9 46 2,4 19.191 1,6<br />

Caquetá 5.019 10,1 37 1,9 69.396 5,6<br />

Cauca 684 1,4 93 4,8 11.476 0,9<br />

Cesar 2.843 5,7 76 3,9 32.844 2,7<br />

Córdoba 1.436 2,9 15 0,8 84.778 6,8<br />

Cundinamarca 674 1,4 128 6,6 26.374 2,1<br />

Chocó 2.565 5,2 79 4,1 57.410 4,6<br />

Huila 889 1,8 69 3,6 18.366 1,5<br />

La Guajira 146 0,3 16 0,8 19.729 1,6<br />

Magdalena 1.040 2,1 105 5,4 79.300 6,4<br />

Meta 2.853 5,8 56 2,9 41.298 3,3<br />

Nariño 2.543 5,1 56 2,9 25.061 2,0<br />

Norte Santander 1292 2,6 90 4,7 48.440 3,9<br />

Quindío 98 0,2 31 1,6 61.385 5,0<br />

Risaralda 272 0,5 28 1,4 2.337 0,2<br />

Santander 919 1,9 29 1,5 8.934 0,7<br />

Sucre 1.143 2,3 56 2,9 64.295 5,2<br />

Tolima 3.489 7 106 5,5 36.445 2,9<br />

Valle del Cauca 2.777 5,6 43 2,2 34.820 2,8<br />

Arauca 302 0,6 53 2,7 16.140 1,3<br />

Casanare 305 0,6 32 1,7 11.476 0.9<br />

Putumayo 2.849 5,7 99 5,1 61.385 5,0<br />

Amazonas 19 0 2 0,1 323 0.01<br />

Guainía 25 0,1 867 0.02<br />

Guaviare 1.874 3,8 99 5,1 17.172 1.4<br />

Vaupés 85 0,2 1 0,1 1.584 0.1<br />

Vichada 161 0.3 7 0,4 2.716 0,2<br />

Fronteras 7 0,0 5 5<br />

Sin Información 20.448 1.7<br />

TOTAL 49.586 100.0 1.933 100 1.240.592 100.0<br />

Nota: En el Sistema RUT y<br />

en el Sistema de CODHES<br />

el total corresponde a familias;<br />

en el SUR el total es de<br />

personas.<br />

71


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

En la Tabla 12 se puede observar la clasificación de departamentos según el<br />

rango de expulsión de población.<br />

Puede concluirse que prácticamente ningún departamento del país escapa<br />

a la acción de la violencia sobre la población civil. No obstante, un grupo de<br />

departamentos —en los rangos medio y alto— concentra el 50% de la población<br />

desplazada. En todas las fuentes, pese a las diferencias metodológicas, aparecen<br />

Bolívar, Antioquia, Caquetá, Tolima, Meta, Putumayo, Cesar, Sucre, Valle,<br />

Chocó, Nariño y Guaviare como departamentos más expulsores.<br />

En la Tabla 13 se registra el movimiento poblacional de acuerdo con los<br />

departamentos de llegada (receptores). 3<br />

72<br />

Tabla 12<br />

Departamentos expulsores según nivel y rango de expulsión<br />

Nivel de<br />

expulsión<br />

Rango RUT CODHES SUR<br />

ALTO 10% y Bolívar, Antioquia,<br />

Bogotá Antioquia, Bolívar<br />

más Caquetá<br />

5% a Tolima, Meta, Antioquia, Tolima, César, Magdalena,<br />

MEDIO 9.9% Putumayo, Cesar, Magdalena, Caquetá, Sucre,<br />

Valle, Chocó y Nariño Putumayo, Guaviare Putumayo<br />

BAJO Menor Los demás<br />

Los demás<br />

Los demás<br />

a 5% departamentos departamentos departamentos<br />

3 Cabe anotar que esta categoría varía según la fuente: en<br />

CODHES se tomó el lugar donde se hizo la encuesta; en RUT<br />

está la <strong>info</strong>rmación de “residencia actual”; y en el SUR es el<br />

departamento receptor.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

ENCUESTA<br />

Tabla 13<br />

Departamento de llegada<br />

RUT % CODHES % SUR %<br />

Antioquia 3.356 6,7 89 5,0 155.143 12.5<br />

Atlântico 1.140 2,3 22 1,2 64.519 5.2<br />

Bogota, D.C. 3.346 6,7 280 15,8 95.543 7.7<br />

Bolívar 7.600 15,3 28 1,6 89.361 7.2<br />

Boyacá 189 0,4 29 1,6 6.586 0.5<br />

Caldas 1.067 2,1 44 2,5 10.235 0.8<br />

Caquetá 3.810 7,7 32 1,8 40.164 3.2<br />

Cauca 43 0,1 84 4,7 20.214 1.6<br />

César 2.673 5,4 72 4,1 63.985 5.2<br />

Córdoba 1.422 2,9 14 0,8 54.704 4.4<br />

Cundinamarca 858 1,7 127 7,2 29.641 2.4<br />

Chocó 1.872 3,8 75 4,2 34.585 2.4<br />

Huila 1.814 3,6 64 3,6 27.697 2.2<br />

La Guajira 13 0,0 14 0,8 25.019 2.0<br />

Magdalena 237 0,5 101 5,7 60.000 4.8<br />

Meta 3.472 7,0 47 2,6 38.572 3.1<br />

Nariño 4.756 9,6 53 3,0 37.212 3.0<br />

N Santander 1.168 2,3 81 4,6 39.844 3.2<br />

Quindío 219 0,4 29 1,6 10.298 0.8<br />

Risaralda 1.011 2,0 27 1,5 21.001 1.7<br />

Santander 864 1,7 23 1,3 56.032 4.5<br />

Sucre 988 2,0 54 3,0 92.372 7.4<br />

Tolima 2.770 5,6 90 5,1 29.679 2.4<br />

Valle del Cauca 3.114 6,3 38 2,1 64.910 5.2<br />

Arauca 70 0,1 49 2,8 7.814 0.6<br />

Casanare 133 0,3 30 1,7 7.976 0.6<br />

Putumayo 52 0,1 92 5,2 31.617 2.5<br />

Amazonas 67 0,1 2 0,1 476 0.0<br />

Guainía 17 0,0 986 0.1<br />

Guaviare 1.424 2,9 79 4,4 8.396 0.7<br />

San Andrés 27 0.0<br />

Vaupés 2 0,0 948 0.1<br />

Vichada 13 0,0 7 0,4 1.157 0.1<br />

Sin <strong>info</strong>rmación 13.875 1.1<br />

TOTAL 49.586 100.0 1.776 100.0 1.240.588 100.0<br />

73


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

En la Tabla 14 se ordenan los departamentos según la proporción de población<br />

que reciben.<br />

74<br />

Fuente CODHES<br />

Tabla 14<br />

Departamentos según nivel de recepción<br />

Nivel de<br />

recepción Rango RUT<br />

CODHES SUR<br />

ALTO 10% y más Bolívar Bogotá Antioquia<br />

MEDIO 5% a 9.9% Antioquia, Bogotá,<br />

Caquetá, Meta,<br />

Nariño, Tolima, Valle<br />

BAJO Menor a<br />

5%<br />

Los demás<br />

departamentos<br />

Antioquia,<br />

Cundinamarca,<br />

Magdalena,<br />

Tolima,<br />

Putumayo<br />

Los demás<br />

departamentos<br />

Atlántico, Bogotá,<br />

Bolívar, César,<br />

Sucre, Valle<br />

Los demás<br />

departamentos<br />

Es posible inferir que los departamentos expulsores en general son a su vez<br />

receptores, pues la gran mayoría de las personas en situación de desplazamiento<br />

se movilizan a municipios cercanos en el mismo departamento de origen tal<br />

como se evidenció en Capítulo I, en algunas ocasiones a departamentos vecinos,<br />

y en algunos casos a zonas alejadas del lugar de expulsión. Los departamentos<br />

con mayor nivel de recepción son Bolívar, Bogotá y Antioquia en primer<br />

lugar; en un segundo grupo se encuentran los departamentos de la Costa Atlántica,<br />

Caquetá, Tolima y Valle del Cauca. No obstante, al menos una cuarta parte<br />

de las personas se desplaza a distancias mayores, como se presenta en la misma<br />

tabla. De acuerdo con los datos del Sistema RUT, la población que permanece<br />

en la región de expulsión se encuentra en la región Caribe (85%), en la<br />

Pacífica, la Central y Oriental (70%).<br />

Para efectos del análisis se asumieron regiones con agrupaciones departamentales<br />

consignadas en la Tabla 15.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Fuente CODHES<br />

Tabla 15<br />

Regiones según departamentos que las conforman<br />

Región Departamentos que la conforman<br />

Caribe Atlántico Guajira, Magdalena, Cesar, Bolivar, Sucre y Córdoba<br />

Pacífica Chocó, Valle del Cauca, Cauca y Nariño<br />

Andina Huila, Tolima, Cundinamarca, Boyacá, Caldas, Quindío, Risaralda, Antioquia,<br />

Santander y Norte de Santander<br />

Bogotá,dc<br />

Orinoquia Meta, Arauca, Casanare y Vichada<br />

Amazonia Putumayo, Caquetá, Guaviare, Vaupés, Guainía, Amazonas<br />

Tabla 16<br />

Región de origen (expulsión) según región de residencia actual.<br />

Región Región de residencia actual<br />

Origen Atlántico Pacífico Central Oriental Bogotá Orinoquía Amazonía TOTAL<br />

Atlántico 74 0 2 9 14 0 0 100<br />

Pacífico 1 69 15 0 9 0 5 100<br />

Central 4 3 59 9 23 1 1 100<br />

Oriental 3 0 2 68 24 2 0 100<br />

Las mayores movilizaciones fuera de la región se identifican en la Pacífica y<br />

en la Central. A Bogotá llega entre un 10% y 25% del total de desplazados de<br />

todas las regiones.<br />

75


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Tipos de desplazamiento<br />

Predomina el desplazamiento de toda la familia en la casi totalidad de los<br />

casos (75% según CODHES y 90% en el SUR). Este patrón se conserva en las<br />

regiones con algunas variantes: en las regiones Central, Oriental y Pacífica, entre<br />

el 12% y el 22% de los casos prevalecen los desplazamientos unifamiliares; en la<br />

región Pacífica hay mayor incidencia de desplazamientos masivos.<br />

En relación con el número de desplazamientos a los que han sido sometidas<br />

las personas y familias encuestadas existe concordancia en los datos consignados<br />

tanto en CODHES como en el Sistema RUT: el 92% ha sido desplazado una<br />

vez, el 7% dos veces y el 1% ha sufrido tres o más desplazamientos.<br />

Presuntos autores de desplazamientos forzados<br />

En el contexto nacional, las diversas guerrillas aparecen como el principal<br />

autor de desplazamientos, representando entre 43% y 52% del total de actores<br />

76<br />

Tabla 17<br />

Tipo de desplazamiento por región de origen (expulsión)<br />

TIPO DE DESPLAZAMIENTO<br />

Región<br />

De origen Individual Familiar Grupo /masivo Totales<br />

CODHES SUR CODHES SUR CODHES SUR CODHES SUR<br />

Atlántica 3,0 75,0 92,5 25,0 4,5 100,0 100,0<br />

Bogotá 3,2 96,8 100,0<br />

Central 22,2 2,9 77,8 88,0 9,0 100,0 100,0<br />

Oriental 16,7 2,9 83,3 96,6 8,1 99,5<br />

Pacífica 12,5 2,5 87,5 82,0 15,5 100,0 100,0<br />

Amazonía 2,6 50,0 94,0 50,0 3,5 100,0 100,0<br />

Orinoquía 4,0 85,7 93,3 14,3 2,7 100,0 100,0<br />

Otras 3,0 93,5 3,4 100,0<br />

TOTAL 8.2 2.9 75.3 90.1 16.4 7.0 100.0


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

identificados en el Sistema RUT y CODHES; esta última cifra al tomar en cuenta<br />

la <strong>info</strong>rmación proveniente de la encuesta de 2003, que no necesariamente<br />

refleja la tendencia de la década. La proporción atribuida a las autodefensas<br />

varía según la fuente, siendo mayor su actuación en la población incluida en el<br />

sistema de <strong>info</strong>rmación de CODHES (41.6%), especialmente al revisar el acumulado<br />

1995-2005. La responsabilidad asignada a integrantes de la fuerza pública<br />

es muy baja (1.1% en el Sistema RUT y 4.8% en CODHES); otros actores<br />

en el Sistema RUT son descritos como “grupos armados no identificados” (15.5%)<br />

o como desconocidos (10%), razón por la cual la respuesta de la jefatura de<br />

hogar es clasificada como “no sabe o no responde”. Estas cifras reiteran la<br />

necesidad de ampliar la comprensión del desplazamiento forzado, no sólo entendido<br />

a partir de las hipótesis relacionadas con el desarrollo del conflicto armado<br />

interno; sino que además se requiere analizar la presencia de otras violencias<br />

y móviles ligados a procesos de destierro, despojo, control poblacional,<br />

territorial y de recursos, que no se pueden agotar solamente en el campo explicativo<br />

de la guerra.<br />

Tabla 18<br />

Presuntos responsables del desplazamiento forzado según región de procedencia<br />

Región de Origen AUC Guerrillas Fuerza Pública Otros o NS/NR<br />

RUT CODHES RUT CODHES RUT CODHES RUT CODHES<br />

Atlántico 31 30 12 16 22 8 43 33<br />

Pacífico 23 10 18 19 22 45 9 22<br />

Central 22 19 26 24 11 14 19 22<br />

Oriental 8 17 5 9 5 7 7 7<br />

Bogotá 0 0 0 0 7 0<br />

Orinoquía 6 15 8 7 10 11 13 11<br />

Amazonas 10 9 31 25 30 15 1 4<br />

TOTAL 100 100 100 100 100 100 100 100<br />

No. 13.570 910 21.364 1.146 548 106 14.266 27<br />

TOTAL 27.2 41.6 42.9 52.3 1.1 4.8 28.7 1.2<br />

77


1<br />

<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Bienes abandonados<br />

La <strong>info</strong>rmación sobre bienes abandonados tiene un porcentaje de omisión<br />

del 30% en la base de datos de CODHES. Del 70% de las familias que han dado<br />

<strong>info</strong>rmación sobre este aspecto, dos terceras partes dejaron abandonada una<br />

finca o una parcela con casa; el 20% dejó abandonada su vivienda, y el 3.9% una<br />

finca sin casa. En las regiones se conserva esta tendencia, aunque en la<br />

Orinoquía y en la región Atlántica se encuentran los mayores porcentajes de<br />

quienes dejaron abandonada una casa o apartamento; en la región Pacífica, a<br />

su vez, la mayoría de las familias dejó abandonada una parcela con casa.<br />

78<br />

27,2<br />

Paramilitares<br />

RUT<br />

41,6<br />

Paramilitares<br />

CODHES<br />

Guerrillas RUT<br />

Gráfico 11<br />

Presuntos autores del desplazamiento<br />

42,9<br />

52,3<br />

Guerrillas<br />

CODHES<br />

1,1<br />

Fuerza Pública<br />

RUT<br />

4,8<br />

Fuerza Pública<br />

CODHES<br />

28,7<br />

1,2<br />

Otros o NS/NR Otros o NS/NR<br />

RUT CODHES<br />

30<br />

20<br />

10<br />

0<br />

60<br />

50<br />

40


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Región de<br />

origen<br />

Fuente CODHES<br />

Tabla 19<br />

En los datos del RUT (Tabla 19) se consigna <strong>info</strong>rmación sobre tierras abandonadas,<br />

pero no se abarcan elementos de la categoría más general de bienes<br />

abandonados. Con excepción de las familias que residían en Bogotá y en las<br />

regiones de frontera, entre el 30% y el 67% dejaron tierras al tener que desplazarse.<br />

Tabla 20<br />

Proporción de familias con tierras abandonadas<br />

Región de origen %<br />

Atlántica 39,8<br />

Pacífica 67,3<br />

Central 51,4<br />

Orinoquía 33,2<br />

Amazonía 47,9<br />

Bogotá 8,8<br />

Oriental 44,5<br />

Fronteras 3,1<br />

TOTAL 48,4<br />

TOTAL FAMILIAS 49.748<br />

Fuente: RUT<br />

Bienes abandonados en el desplazamiento<br />

Tipo de bien abandonado<br />

Finca o<br />

parcela<br />

con casa<br />

%<br />

Finca o<br />

parcela<br />

sin casa<br />

%<br />

Casa o<br />

apartamento<br />

%<br />

TOTAL<br />

Atlántico 182 68 16 6 69 26 267<br />

Pacífico 196 85 6 3 29 13 231<br />

Central 206 74 13 5 59 21 278<br />

Oriental 119 73 8 5 36 22 163<br />

Orinoquía 91 62 2 1 53 36 146<br />

Amazonas 220 76 9 3 62 21 291<br />

TOTAL 1.014 54 309 1.377<br />

% 73.6 3.9 22.4 100.0<br />

79


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Perfil socioeconómico<br />

Educación<br />

La <strong>info</strong>rmación sobre educación se ha dividido en asistencia escolar de la<br />

población infanto-juvenil, y escolarización alcanzada por las personas mayores<br />

de 5 años.<br />

Asistencia escolar<br />

Se dispone de <strong>info</strong>rmación sobre asistencia escolar en el lugar de origen y en<br />

el sitio de residencia actual, tal como se presenta en las tablas siguientes.<br />

En primer lugar, se muestra la asistencia escolar de niños y jóvenes, antes y<br />

después del desplazamiento.<br />

80<br />

Tabla 21<br />

Tasas de asistencia escolar antes y después del desplazamiento<br />

Edad<br />

CODHES RUT SUR<br />

Antes Ahora Antes Ahora Antes Ahora<br />

0 a 4 2.6 5.4 4.3 0.6 0,3 0,2<br />

5 a 7 32.3 41.8 24.0 19.4 4,7 2,7<br />

8 a12 74.5 64.9 43.3 34.5 9,1 4,5<br />

13 a 17 70.5 55.4 41.0 26.7 8,0 3,5<br />

18 a 22 24.9 10.2 22.1 9.2 3,0 0,8<br />

23 y + 9.2 2.4 4,9 2,3<br />

TOTAL 44.3 37.9 20.4 12.6 2.1 1.1


0<br />

5<br />

45<br />

40<br />

35<br />

30<br />

25<br />

20<br />

15<br />

10<br />

El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

80<br />

70<br />

60<br />

50<br />

40<br />

30<br />

20<br />

10<br />

0<br />

5 a 7 8 a 12 13 a 17 18 a 22<br />

Gráfico 12<br />

Tasas de asistencia escolar según CODHES<br />

5 a 7 8 a 12 13 a 17 18 a 22<br />

Gráfico 13<br />

Tasas de asistencia escolar según RUT<br />

Antes<br />

Después<br />

Antes<br />

Después<br />

81


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

La tendencia general indica una gran disminución de los niveles de asistencia<br />

escolar, en especial en los adolescentes. Es necesario anotar que el porcentaje<br />

de omisión en esta variable en el SUR es muy alta, y las tasas obtenidas no<br />

reflejan la cobertura escolar en los niños de estas familias.<br />

De acuerdo con CODHES, la cobertura escolar antes del desplazamiento<br />

estaba en 3% en el grupo de 5 a 7 años, ascendía a 75% en la franja de 8 a 12<br />

años, que corresponde con la básica primaria en las zonas rurales, y en el grupo<br />

de 13 a 17 años asistían el 70% de los niños. En la situación actual han aumentado<br />

las tasas de asistencia <strong>para</strong> las edades de 0 a 4 años, que siguen siendo<br />

apenas de 5%, y <strong>para</strong> los de 5 a 6 años aumenta en 9.5 puntos porcentuales.<br />

A nivel agregado, la tasa de asistencia escolar disminuye de 44% a 38%. Los<br />

datos del Sistema RUT muestran coberturas en general más bajas en las edades<br />

de 5 a 17 años, pero igualmente señalan una tendencia a la disminución en<br />

la asistencia escolar de los hijos de familias en situación de desplazamiento. La<br />

reducción en la tasa de asistencia escolar obedece a diversos factores, entre los<br />

cuales cabe destacar: la falta de cupos, las dificultades de sostenimiento por los<br />

costos de pensiones, útiles y uniformes —pese a las decisiones de la Corte<br />

Constitucional respecto de la gratuidad de estas erogaciones—, así como los<br />

referidos a transporte y alimentación. Influyen además la discrimi<strong>nación</strong> en contra<br />

de la población en situación de desplazamiento, la extra-edad, los casos de<br />

deserción escolar debido a dificultades de integración a los nuevos entornos y el<br />

trabajo infantil como estrategia de afrontamiento de las necesidades de sostenimiento<br />

de las familias.<br />

Nivel educativo<br />

La escolarización de la población en situación de desplazamiento es una<br />

síntesis, tanto de las oportunidades que tiene a su alcance los segmentos infantojuveniles<br />

y adultos en sus zonas de origen, como del acceso que han podido<br />

tener las niñas, niños y jóvenes en las zonas de llegada.<br />

82


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Tabla 22<br />

(1) Incluye: educación técnica, superior y postgrado NS/NR= No sabe/No responde<br />

Esta variable presenta un altísimo grado de omisión del 83.3%, en los registros<br />

del SUR y de 30% en el Sistema RUT. Los perfiles educativos obtenidos<br />

evidencian las siguientes características: alrededor de la mitad de las personas<br />

apenas ha cursado algunos estudios primarios, y entre 13% y 21% ha llegado a<br />

secundaria. La proporción con estudios superiores es del 1.0%, aunque se encontraron<br />

algunos casos excepcionales de personas con estudios de postgrado<br />

(197 personas en el Sistema SUR).<br />

Nivel educativo de la población de 5 años y más<br />

Nivel Educativo Alcanzado<br />

Fuente Ninguno Preescolar Primaria Secundaria Superior<br />

En el otro extremo, entre una décima y una cuarta parte no ha cursado estu-<br />

N ° NS/NR Total<br />

dios formales, y muy probablemente (1) muchas de estas personas son analfabetas,<br />

lo cual muestra una tasa muy elevada si se com<strong>para</strong> con la tasa nacional que es<br />

del 8% en promedio, y del 12% en las zonas rurales.<br />

SUR 23.3 2.7 52.2 20.6 1.2 207.157 83.3 100.0<br />

CODHES 25.9 2.6 49.6 21.0 0.7 9.182 100..0<br />

RUT 11.4 2.8 41.0 13.8 1.0 242.565 30.0 100.0<br />

Es pertinente hacer una precisión frente a este perfil educativo. Tal como se<br />

presentó en el análisis de la estructura demográfica, éstas son poblaciones muy<br />

jóvenes, que además de los múltiples efectos generados por el proceso de desplazamiento<br />

forzado, no han podido culminar el ciclo educativo, debido al hecho<br />

de haber superado los rangos de edad que en condiciones de normalidad permiten<br />

adelantar estudios formales. Otro factor por considerar son las bajas coberturas<br />

educativas en zonas rurales de las que procede la mayoría de la población<br />

en situación de desplazamiento.<br />

83


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Salud<br />

La <strong>info</strong>rmación básica disponible con la cual se pudo lograr una aproximación<br />

a los niveles de salud de la población desplazada hace referencia a la<br />

incidencia de discapacidades, al embarazo en las mujeres de estos grupos, y a<br />

la afiliación al sistema de protección y seguridad social.<br />

Discapacidad<br />

En los registros de todas las entidades consultadas se consigna <strong>info</strong>rmación<br />

sobre la incidencia de discapacidades físicas y/o mentales en los integrantes de<br />

las familias desplazadas. En esta variable también se encuentra un nivel muy<br />

alto de omisión.<br />

84<br />

Tabla 23<br />

Personas con discapacidad<br />

Discapacidad CODHES SUR RUT<br />

No. % No. % No. %<br />

Ninguna 8.875 64 482.151 64.1<br />

Con discapacidad<br />

Ceguera 66 31 571 9.2 1.048 19.9<br />

Sordera/mudez 40 19 582 9.4 1.014 11.0<br />

Mental 18 8 642 10.4 885 9.5<br />

Parálisis total 4 2<br />

Motora superior 26 12 241 3.9 531 5.7<br />

Motora inferior 41 19 478 7.7 615 6.6<br />

Enfermedad Terminal 17 8 3.686 59.5<br />

Otra 4.384 47.3<br />

Total 212 100 6.200 9.277<br />

NS/NR 95 752.241 233.288 96.2<br />

Total 9.182 1.240.592 242.565


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Las personas que reportan alguna forma de discapacidad son en total 10.796,<br />

de las cuales, 1.685 son ciegas, 1.636 sordomudas, 1.535 tienen problemas<br />

mentales, 802 sufren alguna forma de parálisis, y 3.693 presentan una enfermedad<br />

terminal. Si bien puede suponerse en algunos casos la posibilidad de un<br />

doble registro, de todas maneras hay un grupo de una magnitud considerable<br />

que requeriría atención adicional a la cobertura de salud de la población no<br />

discapacitada.<br />

El cuestionario base de la encuesta del Sistema RUT indaga sobre morbilidad<br />

durante el desplazamiento. Una tercera parte (37%) de las personas, sin diferencia<br />

entre hombres y mujeres, manifestaron haberse sentido enfermas en el momento<br />

de la entrevista o durante el desplazamiento.<br />

Fecundidad<br />

Se reportan 209 niñas de 13 a 15 años que tuvieron hijos (RUT), y 728 madres<br />

en las edades de 15 a 19 años (RUT y CODHES), lo que significa que casi mil<br />

niñas y jóvenes tienen la responsabilidad de un hijo o una hija.<br />

Tabla 24<br />

Tasas de fecundidad por edad de las mujeres<br />

Edad Tasas de fecundidad por mil mujeres<br />

RUT CODHES<br />

13 a 15 12.27<br />

15 a 19 51.30 31,93<br />

20 a 24 92,25<br />

25 a 29<br />

80.92* 51,72<br />

30 a 34 31,20<br />

35 a 39<br />

54.53* 18,00<br />

40 a 44 7,91<br />

45 a 49<br />

20.84* 14,29<br />

TOTAL NACIMIENTOS 3.472 185<br />

* Tasas de mujeres de 20 a 29, 30 a 39 y 40 a 49 años.<br />

85


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Afiliación al sistema de salud<br />

Las condiciones de desprotección respecto de los servicios de salud afectan<br />

a la mitad de la población: 47% en el SUR y 54% según CODHES. En el caso del<br />

SUR se encuentra una omisión de la <strong>info</strong>rmación del 85%.<br />

La población que cotiza dentro del régimen contributivo varía en un rango<br />

comprendido entre el 17% y 2%, hecho que se relaciona con la situación de<br />

inestabilidad laboral y de ingresos. Por el contrario, una tercera parte del total de<br />

personas con <strong>info</strong>rmación sobre esta variable, está cubierta por el régimen<br />

subsidiado. En las familias incluidas en el Sistema de CODHES un 6% de sus<br />

integrantes se reportan con una afiliación “especial” o como “vinculados”.<br />

86<br />

Tabla 25<br />

Afiliación a régimen de salud<br />

Régimen de salud SUR CODHES<br />

No. % No. %<br />

Régimen contributivo 30.872 17,2 175 2.0<br />

Régimen subsidiado 63.688 35,6 3.445 37.5<br />

Especial / vinculado 565 6.1<br />

No afiliado 84.421 47,2 4.990 54.4<br />

SUB TOTAL 178.981 100,0 9.175 100.0<br />

No sabe/No responde 1.061.611 85,57<br />

TOTAL 1.419.573 100 9.175


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Actividad, ocupación e ingresos<br />

Actividad<br />

En esta sección se hace referencia a las actividades que realizaban las personas<br />

en edad de trabajar (mayores de 15 años) en su lugar de origen y las que<br />

desempeñan en la residencia actual. Se incluye <strong>info</strong>rmación sobre la ocupación<br />

desempeñada antes y después del desplazamiento, así como sobre el nivel de<br />

ingresos familiares.<br />

Tabla 26<br />

Actividad desempeñada antes y después del desplazamiento<br />

CODHES<br />

RUT<br />

Actividad<br />

Antes % Después % Antes % Después %<br />

Trabajando 3.104 48.1 1.983 30.7 65.052 43.8 60.659 43.0<br />

Buscando trabajo 243 3.8 1.421 22.0 58.727 39.5 61.173 43.4<br />

Estudiando 2.000 31.0 1.721 26.6<br />

Oficios del hogar 897 13.9 1.062 16.4 24.685 16.6 19.245 13.6<br />

Otra/sin actividad 204 3.2 278 4.3<br />

TOTAL 6.448 100.0 6.465 100.0 148.464 100.0 141.077 100.0<br />

Las actividades que desarrollaban las personas en sus lugares de origen se<br />

ven interferidas y modificadas con la situación de desplazamiento y<br />

reasentamiento, como lo muestran los datos del Tabla 26. Los mayores cambios<br />

se encuentran en los registros de CODHES, con una notable reducción de la<br />

proporción de personas que tenían trabajo, que equivale al 36%, pues pasan de<br />

3.104 a 1.983 trabajadores. Entre tanto, la proporción de persona que buscan<br />

trabajo se quintuplica: en el lugar de origen sólo 243 personas se hallaban en<br />

esta condición y en el lugar de asentamiento ha aumentado a 1.421, lo que<br />

significa un incremento de 485%.<br />

87


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Las cifras sobre inasistencia escolar mencionadas en el apartado correspondiente,<br />

se relacionan con el aumento en la cifra de quienes se dedican a<br />

oficios del hogar, que pasan del 14% a 16.4%. Las personas sin actividad definida<br />

también experimentan un leve incremento.<br />

La población incluida en el Sistema RUT conserva la proporción de personas<br />

ocupadas en un 43%, a la vez que se registra un incremento en el desempleo,<br />

que ya era muy alto en el lugar de origen. Por el contrario, las personas en<br />

trabajos del hogar disminuyen su participación del 16.6% al 13.6%.<br />

Ocupación<br />

La <strong>info</strong>rmación respecto de la ocupación laboral de los trabajadores en el<br />

registro de CODHES indica que en su sitio de origen un tercio de esta población<br />

estaba empleada, otro tercio trabajaba de manera independiente, una cuarta<br />

parte se desempeñaba como trabajador familiar sin remuneración, y el 5% como<br />

empleadas domésticas. En la actualidad, según esta fuente, ha aumentado la<br />

proporción de empleados, trabajadores familiares y empleadas domésticas.<br />

88<br />

Tabla 27<br />

Ocupación laboral anterior y actual<br />

CODHES RUT<br />

Posición<br />

Antes Después Antes Después<br />

No. % No. % No. % No. %<br />

Empleado 1.439 33.3 1.263 37.0 817 0,5 1.105 0,8<br />

Cuenta propia 1.495 34.6 736 21.5 8.842 5,9 4.047 2,8<br />

Familiar sin remuneración 991 23.0 1.049 30.7 6.524 4,4 5.212 3,6<br />

Empleada doméstica 216 5.0 344 10.1<br />

Otros 177 4.1 22 0.6 133.417 89,2 135.821 92,9<br />

TOTAL 4.318 100.0 3.414 100.0 149.600 100,0 146.185 100,0


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Ingresos mensuales<br />

La <strong>info</strong>rmación sobre ingresos mensuales sólo está disponible en los datos<br />

de CODHES. La distribución resultante está concentrada en un 90% en los<br />

ingresos entre 0 y $50.000 mensuales en pesos del año 2003 4 , lo cual da un<br />

promedio mensual de $35.013 por persona que <strong>info</strong>rma. Al convertir este monto<br />

en pesos de 2005 se obtiene un promedio de $40.086, y al multiplica éste por<br />

el número de personas del hogar encontrado en la encuesta de CODHES (3.7)<br />

da como resultado un ingreso familiar de $148.318, inferior a medio salario<br />

mínimo legal vigente.<br />

De acuerdo con este nivel de ingresos promedio es posible afirmar que la<br />

gran mayoría de la población en situación de desplazamiento recibe menos de<br />

un dólar por día, lo que significa que se encuentra por debajo de la línea de<br />

pobreza y bordeando la de indigencia.<br />

Fuente CODHES<br />

Tabla 28<br />

Población por rango de ingresos<br />

Ingresos mensuales No. %<br />

De 0 a $50.000 8.244 89.80<br />

50. 001 a100.000 395 4.30<br />

100001 a 150-000 224 2.40<br />

15. 0001 a 200.000 164 1.80<br />

200.001 a 300.000 87 1.00<br />

300.001 a 500.000 59 0.70<br />

500. 001 y más 9 0.01<br />

Total 9.182<br />

Ingreso promedio $35.013<br />

5 Se asignó un valor de ingreso mensual a toda la población,<br />

independiente de su edad y actividad. Por ello, las personas<br />

menores de 18 años, las personas no trabajadoras, y los ancianos,<br />

tienen una asig<strong>nación</strong> de 0 ingresos.<br />

89


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Consumo de alimentos<br />

Dentro de la dieta alimenticia identificada en las respuestas de los desplazados,<br />

prevalecen los cereales, los almidones (papa, plátano y yuca entre los principales),<br />

los granos y la panela, con proporciones entre el 12% y el 13% <strong>para</strong><br />

cada uno de estos subgrupos de alimentos. Las proteínas, las hortalizas y las<br />

frutas tienen un menor consumo, entre 6% y 10%. Al revisar las frecuencias de<br />

consumo se observan los siguientes patrones: la población en situación de desplazamiento<br />

consume diariamente cereales, almidones y panela, y en menor<br />

proporción huevos, granos, hortalizas y lácteos; una vez por semana se adicionan<br />

carnes y frutas; y dentro del consumo más ocasional o mensual, se aumenta<br />

levemente la proporción de carnes, y frutas.<br />

Según los estándares nutricionales internacionalmente establecidos, la dieta<br />

de la población en situación de desplazamiento es inadecuada e insuficiente,<br />

incrementando los niveles de vulnerabilidad y debilidad manifiesta de estas personas.<br />

90<br />

Fuente CODHES<br />

Tabla 29<br />

Frecuencia y tipo de alimentos consumidos<br />

Frecuencia del consumo<br />

Tipo de Alimento<br />

Diaria Semanal Mensual Total<br />

No. % No. % No. % No. %<br />

Cereales (arroz, maíz, trigo) 1.354 21,9 264 6,7 24 1,4 1.671 13,9<br />

Papa, plátano, yuca 1.100 17,8 446 11,3 43 2,5 1.618 13,4<br />

Leche, derivados lácteos 399 6,5 420 10,6 231 13,5 1.067 8,9<br />

Panela 1.305 21,1 217 5,5 37 2,2 1.586 13,2<br />

Huevos 678 11,0 562 14,2 133 7,7 1.398 11,6<br />

Carnes o pescados 102 1,7 482 12,2 559 32,6 1.157 9,6<br />

Granos (fríjol, garbanzo) 529 8,6 744 18,8 162 9,4 1..462 12,1<br />

Hortalizas y verduras 507 8,2 486 12,3 191 11,1 1.205 10,0<br />

Frutas 156 2,5 299 7,6 326 19,0 791 6,6<br />

Otros alimentos 45 0,7 28 0,7 11 0,6 85 0,7<br />

TOTAL 6.175 100,0 3.948 100,0 1.717 100,0 12.040 100,0


12,1<br />

El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

13,2<br />

10<br />

Tenencia y superficie de la tierra<br />

Gráfico 14<br />

Frecuencia de consumo por tipo de alimento<br />

6,6 0,7 13,9<br />

Cereales (arroz, maíz, trigo)<br />

Almidones (papa, plátano y yuca)<br />

21,2<br />

Los datos sobre tenencia de la tierra que aquí se presentan corresponden a<br />

<strong>info</strong>rmación del Sistema RUT. De acuerdo a esta fuente alrededor del 50% de<br />

las familias eran poseedoras de tierra en su lugar de origen, bien sea a través de<br />

propiedad individual (37.1%), propiedad colectiva (4.9%), o colonización (2.1%).<br />

De la población restante el 19.1% no abandonó tierras, 7.9% eran<br />

arrendatarios(as), 8.2% eran poseedores o ejercían otra forma de tenencia, y los<br />

demás (20.8%) no suministraron <strong>info</strong>rmación. En total, el 58% de las familias<br />

encuestadas tenía una relación con la tierra como elemento central de los sistemas<br />

de sustento familiares. Por esta razón el desplazamiento no sólo tiene<br />

implicaciones relacionadas con el despojo y pérdida de activos patrimoniales,<br />

sino que además genera profundas transformaciones en las formas de vida y<br />

supervivencia de significativos grupos y sectores sociales (comunidades campesinas<br />

mestizas, indígenas y afrocolombianas). Las características culturales y<br />

demográficas de la población en situación de desplazamiento dificultan aún<br />

más su adaptación a entornos urbanos a los que se llega sin bienes, sin medios<br />

de subsistencia y sin raíces.<br />

8,9<br />

13,4<br />

Leche, derivados lacteos<br />

Proteínas (huevos, carnes o pescados)<br />

Panela<br />

Granos (fríjol, garbanzo)<br />

Hortalizas y verduras<br />

Frutas<br />

Otros alimentos<br />

91


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

92<br />

Fuente RUT<br />

Fuente RUT<br />

Tabla 30<br />

Tenencia de la tierra en lugar de origen<br />

Tipo de tenencia No. %<br />

1. Propietario/a 18.465 37.1<br />

2. Arrendatario/a 3.924 7.9<br />

3. Colono/a 1.023 2.1<br />

4. Posesión 2.134 4.3<br />

5. Otra forma 1.945 3.9<br />

6. No dejó tierra 9.493 19.1<br />

7. Propiedad colectiva 2.436 4.9<br />

9. No sabe/ No responde 10.328 20.8<br />

TOTAL 49.748 100<br />

Gráfico 15<br />

Tenencia de la tierra


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

La superficie de la tierra abandonada era inferior a 10 hectáreas en la mitad<br />

de los predios; los de tamaño mediano, entre 10 y 50 hectáreas corresponden al<br />

33.7%; aquellos de 50 y más hectáreas apenas llegan al 16.6%, la mayoría de<br />

éstos con una superficie de entre 50 y 500 hectáreas.<br />

Superficie de la tierra en hectáreas<br />

Hectáreas No. %<br />

1 - 4.9 6.820 33.4<br />

5 - 9.9 3.332 16.3<br />

10 – 19.9 3.237 15.9<br />

20 – 49.9 3.632 17.8<br />

50 – 99.9 1.733 8.5<br />

100 - 499.9 1.417 6.9<br />

500 - 999.9 143 0.7<br />

1000 - 4999.9 61 0.0<br />

5000 y más 16 0.0<br />

Total 20.391 100<br />

Necesidades actuales y entidades que han prestado ayuda<br />

Necesidades<br />

Fuente RUT<br />

Tabla 31<br />

La Tabla 32 ilustra la multiplicidad de necesidades que afrontan las personas<br />

y familias en situación de desplazamiento en los lugares de llegada. Es importante<br />

aclarar que la encuesta de CODHES solicita <strong>info</strong>rmación sobre necesidades<br />

de cada una de las personas que componen el núcleo familiar, mientras que<br />

la encuesta del Sistema RUT recoge la misma <strong>info</strong>rmación respecto de todo el<br />

grupo familiar.<br />

En la población incluida en el Sistema de CODHES, la principal necesidad<br />

identificada es contar con un empleo y/o medios <strong>para</strong> trabajar, con un 31.5%,<br />

93


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

seguida por vivienda y dotación —camas y utensilios de cocina— con un 30.9%.<br />

Esta <strong>info</strong>rmación denota cómo la mayoría de la población en situación de desplazamiento<br />

permanece en condiciones de emergencia, en algunos casos crónica,<br />

lo que refleja que esta población no puede en muchos casos superar la<br />

situación de extrema vulnerabilidad.<br />

En un segundo nivel se encuentran las necesidades relacionadas con la<br />

salud física y mental, y con el suministro de medicamentos, señaladas por el<br />

17.2% de las personas, seguidas por la educación de los hijos e hijas en el<br />

13.6% de los casos.<br />

Entre tanto las familias incluidas en el Sistema RUT mencionan igualmente<br />

la salud y la vivienda como las necesidades más apremiantes, en 85.3% y 83.8%<br />

respectivamente. Tres cuartas partes mencionan la necesidad de acceder a<br />

servicios de educación, y el 55.9% reclama oportunidades de trabajo. Una cuarta<br />

parte demanda asesoría jurídica, y un 64% requiere elementos de aseo y<br />

vestuario. El dinero y el transporte fueron mencionados por el 45% de las jefaturas<br />

familiares.<br />

94<br />

Necesidad identificada<br />

Tabla 32<br />

Necesidades de las personas y las familias<br />

CODHES RUT<br />

No. Proporción de<br />

familias<br />

Salud física, mental, medicamentos 923 17,2 42.445 85.3<br />

Educación 731 13,6 37.682 75.7<br />

Vivienda y dotación 1.660 30,9 41.702 83.8<br />

Empleo y medios de trabajo 1.695 31,5 27.824 55.9<br />

Asesoría jurídica/documentos 39 0,7 12.224 24.6<br />

Asistencia Humanitaria 326 6,1<br />

Elementos de aseo, vestuario 31.836 64.0<br />

Otras * 22.529 45.2<br />

TOTAL PERSONAS 5.374 100<br />

TOTAL FAMILIAS 49.750<br />

Proporción de<br />

familias **<br />

*Dinero, transporte<br />

** Hace referencia a la proporción de familias que declaró tener cada una de estas necesidades


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Entidades que han prestado ayuda<br />

Aunque las listas de entidades que proveen ayudas no son totalmente equivalentes,<br />

se intenta homologar aquellas categorías que son com<strong>para</strong>bles.<br />

Existen distintas entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales<br />

que ofrecen ayuda a las personas y familias en situación de desplazamiento.<br />

Para el Sistema de <strong>info</strong>rmación de CODHES, la mayor ayuda proviene, en orden<br />

descendente, de Acción Social (25%), el Comité Internacional de la Cruz Roja<br />

(15.9%), la Iglesia Católica (11.3%) y otras entidades (11.9%).<br />

La <strong>info</strong>rmación del Sistema RUT muestra una tendencia parecida en cuanto<br />

al peso de entidades como Acción Social y la Cruz Roja Internacional y la Cruz<br />

Roja Colombiana (entre 18% y 10%). Por otra parte, por razones relacionadas<br />

con la cercanía con instituciones eclesiásticas, en la base de datos del Sistema<br />

RUT, la mayor proporción de familias (22%) ha sido atendida por la Iglesia Católica<br />

por medio de las pastorales sociales de las jurisdicciones eclesiásticas y las<br />

parroquias en las localidades de llegada. Para estas familias ha sido igualmente<br />

significativa la ayuda de familiares y de amigos, mencionada por 15.7% de ellas.<br />

Entidades que han prestado ayuda a los desplazados<br />

ENTIDAD<br />

Tabla 33<br />

CODHES RUT<br />

No. % No. %<br />

Acción Social 909 25,1 12.430 18.5<br />

Comité internacional Cruz Roja 575 15,9 7.286 10.9<br />

Cruz Roja colombiana 295 8,1 7.192 10.7<br />

Iglesia Católica 410 11,3 14.767 22.0<br />

Otras iglesias 92 2,5 228 0.3<br />

Entidades estatales nacionales / locales ** 201 5,5 2.876 4.3<br />

Sistema atención población desplazada 125 3,5<br />

Naciones Unidas / ACNUR 59 1,6 666 1.0<br />

ONG 211 5,8 1.295 1.9<br />

Organizaciones comunitarias 158 4,4<br />

Comunidad receptora 158 4,4<br />

Otras entidades* 430 11,9 5.525 8.2<br />

Familiares/ amigos 10.497 15.7<br />

TOTAL PERSONAS 3.623 100.0<br />

TOTAL RESPUESTAS 67.010<br />

* ACNUR, Otras ** ICBF,<br />

Red de Solidaridad, Secretarías<br />

de Salud y Educación<br />

Fuente: CODHES y RUT<br />

95


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Intención de permanencia<br />

En la encuesta del Sistema RUT se encuentra una variable referente a la<br />

intención de retorno, permanencia o reasentamiento dentro o fuera del país. Una<br />

proporción muy alta de familias (64.7%) desea permanecer en el sitio en donde<br />

reside al momento de aplicación de la encuesta; otro 21.7% desea otro lugar de<br />

residencia; tan sólo el 12.4% quiere volver a su localidad de origen, y el 1.2%<br />

manifiesta su intención de salir del país.<br />

El desplazamiento acarrea altísimos costos de adaptación en todas las dimensiones<br />

de la organización de la vida individual y colectiva. Sin embargo, el<br />

retorno no es considerado una opción por la persistencia de los factores generadores<br />

del desplazamiento, que se refleja en las cifras citadas.<br />

Síntesis del perfil socio-demográfico<br />

• La población más afectada por el desplazamiento forzado corresponde a<br />

niños, niñas y adolescentes menores de quince años, toda vez que alrededor del<br />

50% del total de las personas en situación de desplazamiento hacen parte de<br />

este ciclo vital de existencia.<br />

• Más de la mitad de las familias en situación de desplazamiento están compuestas<br />

por la jefatura de hogar, su pareja y los hijos. La presencia de otros<br />

parientes es apenas del 13%. Se encuentra una proporción relativamente alta de<br />

96<br />

Tabla 34<br />

Intención de permanencia<br />

Intención No. %<br />

Permanecer 128.723 64.7<br />

Reubicarse 43.101 21.7<br />

Retornar 24.735 12.4<br />

Salir 2.345 1.2<br />

TOTAL 198.904 100.0


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

hogares monoparentales, con jefaturas femeninas entre 32% y 48%, según la<br />

fuente de <strong>info</strong>rmación, en todo caso muy superior a la tasa nacional que es de<br />

29%.<br />

• La expulsión de población es un fenómeno que afecta todo el territorio<br />

nacional. Los departamentos en donde más se expulsa población son Antioquia,<br />

Bolívar, Caquetá, Tolima, Meta, Putumayo, Cesar, Sucre, Valle, Chocó, Nariño y<br />

Guaviare. La mayoría de la población intenta permanecer en la proximidad de<br />

los entornos de expulsión y cerca de sus referentes territoriales, afectivos y culturales;<br />

esta tendencia implica que los lugares de asentamiento, en general, se<br />

ubican en otros municipios del mismo departamento. Los departamentos que<br />

reciben la mayoría de la población que huye son: Bolívar, Antioquia, Caquetá,<br />

Meta, Nariño, Tolima, Valle y los departamentos de la Costa Caribe.<br />

• Los mayores flujos de expulsión fuera de la región de origen ocurrieron en<br />

las regiones Pacífica y Central. A Bogotá llega entre el 10% y 25% del total de<br />

desplazados de todas las regiones, según la fuente consultada.<br />

• Alrededor de dos terceras partes de las familias abandonaron sus bienes en<br />

la salida forzada.<br />

• La asistencia y permanencia en el sistema educativo de niños, niñas y<br />

adolescentes se ve afectada por el desplazamiento. El acceso a la educación<br />

disminuye en todas las edades, con mayor intensidad <strong>para</strong> el grupo de adolescentes.<br />

• La escolarización es baja, con un promedio de 3.7 años cursados, lo cual<br />

refleja tanto el impacto negativo del desplazamiento forzado, como el alto porcentaje<br />

de la población infanto-juvenil y la baja cobertura de la educación formal<br />

en las áreas rurales. Estos factores, unidos a la extrema vulnerabilidad de la<br />

población en situación de desplazamiento se convierten en catalizadores del<br />

desempleo y la pobreza.<br />

• Se registran preocupantes casos de embarazos y maternidad prematuros,<br />

lo cual se refleja en 209 casos de niñas menores de 15 años, según el Sistema<br />

RUT, y 728 casos en el rango de 15 a 19 años, agregadas las cifras de RUT y<br />

CODHES.<br />

97


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

• La cobertura del sistema de salud en la población que <strong>info</strong>rma sobre este<br />

aspecto, es inferior al 50%, con la mayoría de las personas afiliadas al régimen<br />

subsidiado. La cobertura en el régimen de pensiones es prácticamente inexistente.<br />

Esta situación resulta especialmente preocupante respecto de las condiciones<br />

básicas de vida digna de la población adulta mayor en situación de desplazamiento<br />

actual y futura.<br />

• En este sentido se agudiza la extrema vulnerabilidad de la población en<br />

situación de desplazamiento, debido a los altos niveles de desprotección a los<br />

que se encuentran sometidas personas y familias que han sido expulsadas de<br />

sus entornos, alejadas de sus raíces culturales y despojadas de sus bienes patrimoniales.<br />

Esta situación se agrava aún más en razón a los bajos niveles educativos,<br />

las dificultades <strong>para</strong> sostener a los hijos e hijas en el proceso educativo, las<br />

escasas posibilidades y oportunidades de inserción laboral o generación de<br />

ingresos en entornos urbanos, y el limitado acceso al sistema de protección<br />

social.<br />

• En el desplazamiento forzado —expulsión, destierro, despojo, pérdida de<br />

activos y ruptura de lazos sociales, entre otros aspectos— se presenta disminución<br />

en la población trabajadora, incremento de la población desempleada, y<br />

por ende de aquella que busca empleo.<br />

• La <strong>info</strong>rmación sobre ingresos familiares arroja un promedio de $148.000<br />

mensuales <strong>para</strong> una familia promedio de 3.7 personas. Esta suma equivale al<br />

40% de un salario mínimo mensual vigente en 2005, lo que influye en la situación<br />

de pobreza aguda y extrema vulnerabilidad de estas personas.<br />

• El consumo diario de alimentos es altamente precario, toda vez que se<br />

concentra en cereales, almidones y panela, y en bajas proporciones de lácteos,<br />

frutas, carne y verduras. Estos productos se consumen una vez por semana, y en<br />

mayor cantidad, sólo una vez al mes.<br />

• El 58% del total de los hogares desplazados tenía vínculos rurales, es decir,<br />

una estrecha relación con la tierra y el territorio como referente identitario y medio<br />

de vida. En consecuencia, el desplazamiento forzado no sólo tiene<br />

implicaciones en el despojo y pérdida de activos patrimoniales, sino que además<br />

impacta de manera profunda y duradera los sistemas de sustento, las for-<br />

98


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

mas de vida y las estrategias de supervivencia de comunidades enteras. Esta<br />

situación se agrava aún más debido a las dificultades de adaptación e inclusión<br />

en entornos urbanos.<br />

• Las necesidades más apremiantes identificadas y priorizadas por las personas<br />

y familias en situación de desplazamiento, se relacionan con la salud física<br />

y mental, vivienda y dotación doméstica, oportunidades de trabajo y educación<br />

<strong>para</strong> los hijos e hijas.<br />

• La población en situación de desplazamiento identifica como entidades e<br />

instituciones que ofrecen ayuda a la Iglesia Católica, Acción Social, Comité Internacional<br />

de la Cruz Roja, Cruz Roja Colombiana, y amigos y familiares.<br />

• La mayoría de las familias, 64% según el RUT, desean permanecer en el<br />

sitio donde tienen su residencia actual. A pesar de las carencias y dificultades, las<br />

familias insisten en buscar estabilidad en los lugares de asentamiento, condiciones<br />

<strong>para</strong> reemprender el proyecto de vida individual y familiar y seguridad <strong>para</strong> la<br />

familia. En algunos casos influye la imposibilidad de regresar al sitio de origen<br />

por razones de seguridad personal o familiar, relacionadas con la permanencia<br />

de las causas generadoras de la expulsión, la presencia de actores armados o<br />

situaciones de violencia.<br />

99


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

100


Introducción<br />

Capítulo III<br />

Respuestas institucionales y sociales<br />

al desplazamiento:<br />

Avances, estancamientos y retrocesos<br />

En este capítulo se presentan algunos de los aspectos más relevantes de la<br />

última década en relación con la política pública orientada a brindar respuestas<br />

a la problemática del desplazamiento forzado en Colombia. En modo alguno se<br />

pretende exponer un balance de las diferentes respuestas gubernamentales o<br />

estatales al tema, o realizar una evaluación exhaustiva de los procesos<br />

organizativos de la población en situación de desplazamiento, o un completo<br />

análisis de las estrategias, programas o proyectos puestos en marcha con apoyo<br />

o ejecución directa de entidades de cooperación internacional. Estos propósitos<br />

superan los alcances de este documento y requieren de procesos participativos<br />

amplios que seguramente deben adelantarse con posterioridad y con el concurso<br />

de los diversos agentes concernidos 1 .<br />

La intención de este capítulo consiste en proponer algunos elementos básicos<br />

del debate público sobre las respuestas institucionales y sociales dirigidas a<br />

afrontar la problemática del desplazamiento forzado en Colombia. Muy segura-<br />

1 Es decir, agentes obligados —entidades e instituciones estatales<br />

y gubernamentales del orden nacional, departamental y<br />

municipal, entidades descentralizadas— agentes afectados —personas,<br />

familias, comunidades, sectores y organizaciones en riesgo<br />

o en situación de desplazamiento—, y agentes interesados —<br />

iglesias, organizaciones comunitarias, ONG, agencias de cooperación,<br />

organismos intergubernamentales, entre otros— .


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

mente quedan por fuera de este apartado ejes de análisis y componentes de la<br />

política que requieren posterior profundización.<br />

Se propone una lectura de la política pública desde un enfoque de realización<br />

de derechos. Esto quiere decir, en pocas palabras, que las respuestas<br />

institucionales y sociales <strong>para</strong> afrontar la compleja problemática del desplazamiento<br />

forzado en Colombia, en el marco del Estado Social de Derecho definido<br />

en la Constitución Política de 1991, requiere de respuestas ajustadas a parámetros<br />

básicos establecidos en el Derecho Internacional de Protección: Derecho Internacional<br />

de los Derechos Humanos (DIDH), Derecho Internacional Humanitario<br />

(DIH), Derecho Internacional de los Refugiados (DIR), Principios Rectores de los<br />

Desplazamientos Internos (PRDI) 2 , y los Principios sobre la Restitución de las<br />

Viviendas y el Patrimonio de los Refugiados y las Personas Desplazadas 3 , entre<br />

otros instrumentos.<br />

Bajo esta perspectiva, las respuestas más adecuadas al desplazamiento forzado<br />

interno son aquellas que garantizan la realización de los derechos y libertades<br />

que asisten a quienes requieren de especial protección por parte del Estado.<br />

A la luz del enfoque de realización de derechos, el conjunto de normas aplicables<br />

definen y regulan la actividad institucional, y de esta forma se constituye en<br />

eje transversal, medida y referente principal del análisis de las políticas públicas.<br />

Esto es así, en tanto que el marco normativo define derechos, establece mecanismos<br />

de protección, prevención, atención y restablecimiento de la población<br />

afectada, y aborda instrumentos y medidas <strong>para</strong> afrontar causas estructurales<br />

generadoras de desplazamientos forzados.<br />

2 Naciones Unidas. Consejo Económico y Social. Comisión<br />

de Derechos Humanos. Principios Rectores de los Desplazamientos<br />

Internos. Documento E/CN.4/1998/53/Add.2, de 11 de<br />

febrero de 1998.<br />

3 Naciones Unidas. Consejo Económico y Social. Comisión<br />

de Derechos Humanos. Subcomisión de Promoción y Protección<br />

de los Derechos Humanos. Principios sobre la restitución de las<br />

viviendas y el patrimonio de los refugiados y las personas desplazadas.<br />

Aprobados por consenso el 3 de agosto de 2005m mediante<br />

resolución L.4 (numeración provisional, 57° período de sesiones.<br />

Documento E/CN.4/Sub.2/2005/17, 28 de junio de 2005.<br />

102


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

La existencia del marco normativo es de hecho un avance muy importante en<br />

la definición de los componentes básicos de la política pública. Sin embargo,<br />

este análisis se debe complementar revisando el grado de cumplimiento y aplicación<br />

de dicha normatividad. La mera existencia de normas de referencia <strong>para</strong><br />

la protección, prevención, atención y restablecimiento, incluidos, los procesos<br />

de verdad, justicia, re<strong>para</strong>ción y no repetición de los hechos de desplazamiento,<br />

no es suficiente sin la voluntad política y el funcionamiento de la correspondiente<br />

institucionalidad responsable de adelantar las acciones eficaces <strong>para</strong> lograr los<br />

propósitos generales de la política: prevenir, proteger, atender y restablecer.<br />

Asimismo, la garantía y realización de libertades y derechos fundamentales<br />

requiere de recursos presupuestales que hagan posible la inversión en las estrategias,<br />

planes, programas y proyectos constitutivos de la política pública.<br />

La consolidación de la agenda pública<br />

sobre desplazamiento forzado en Colombia<br />

Un examen detenido de las respuestas institucionales y sociales al desplazamiento<br />

forzado interno permite reconocer que Colombia cuenta hoy con una<br />

política pública <strong>para</strong> la atención a la población internamente desplazada. Esta<br />

situación contrasta notablemente con la diagnosticada por la Conferencia<br />

Episcopal de Colombia en 1994. Para ese momento era evidente la ausencia de<br />

fines y metas de una política específica <strong>para</strong> responder a la problemática, la falta<br />

de los correspondientes diseños institucionales que permitieran responder oportuna<br />

e integralmente a esta crisis humanitaria, la ausencia de referentes normativos<br />

nacionales específicos <strong>para</strong> enfrentarla, así como la falta de recursos específicos<br />

<strong>para</strong> implementar adecuadamente las acciones gubernamentales.<br />

En los diez años de desarrollo de la respuesta gubernamental e institucional<br />

al desplazamiento forzado interno en Colombia, es necesario destacar:<br />

• Los avances en la adopción de un preciso marco normativo internacional<br />

y nacional de protección y atención a las personas, familias, comunidades y<br />

sectores en riesgo o en situación de desplazamiento.<br />

103


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

• La consolidación de una línea jurisprudencial relacionada con los derechos<br />

y libertades fundamentales que am<strong>para</strong>n a la población afectada por el<br />

desplazamiento forzado y sus múltiples consecuencias.<br />

• La tipificación del desplazamiento forzado como un delito de lesa humanidad<br />

y un crimen de guerra.<br />

• La conformación del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población<br />

Desplazada (SNAIPD), conformado por instancias gubernamentales y estatales.<br />

• El compromiso de la comunidad internacional con las comunidades,<br />

gobiernos locales y el Estado colombiano en su conjunto. La cooperación internacional<br />

en muchos casos soporta el trabajo de entidades públicas y privadas en<br />

programas de prevención, atención humanitaria, restablecimiento e integración.<br />

• La inclusión de la problemática en la agenda de organismos e instituciones<br />

como la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación, la<br />

Contraloría General de la República y el Congreso de la República, entre otros.<br />

No obstante estos valiosos avances, la política pública presenta múltiples<br />

falencias estructurales, que han sido reconocidas por diversos actores en los<br />

últimos diez años. En el proceso de seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004,<br />

la Corte Constitucional ha mencionado entre otras, las siguientes:<br />

104<br />

Dificultades y falencias del marco programático<br />

• Un excesivo énfasis en las soluciones asistencialistas y de corto plazo.<br />

• Atención de la población desplazada como destinataria de programas<br />

generales <strong>para</strong> la población vulnerable. Es decir, ausencia de una política de<br />

acción afirmativa que tenga como destinataria específica a la población desplazada.<br />

• Limitaciones en la participación efectiva de la población desplazada y la<br />

sociedad civil en la formulación y la evaluación de la política pública.<br />

Fallas del marco institucional<br />

• Escasa cobertura de los programas de atención a población desplazada.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

• Falta de claridad en la definición de algunas competencias institucionales.<br />

• Falta de coordi<strong>nación</strong> interinstitucional efectiva.<br />

• Bajo nivel de compromiso de las entidades territoriales con el cumplimiento<br />

de los objetivos y metas de la política.<br />

• Falta de capacitación de los funcionarios en atención a población desplazada.<br />

• Debilidad en el diseño y aplicación de los mecanismos de evaluación y<br />

seguimiento de la gestión institucional.<br />

Falencias del marco presupuestal<br />

• Insuficiencia en la apropiación de recursos <strong>para</strong> la adecuada<br />

implementación de la política.<br />

• Ausencia generalizada de rubros específicos de atención a la población<br />

desplazada lo cual dificulta el seguimiento y evaluación de la política.<br />

• En este contexto, resulta indispensable revisar, aunque brevemente, la<br />

evolución de cada uno de los ejes de la política pública de atención al desplazamiento<br />

forzado interno.<br />

El marco normativo y sus alcances<br />

Una lectura de las respuestas institucionales y sociales dadas al desplazamiento<br />

forzado interno en los últimos diez años permite advertir notables avances<br />

en el desarrollo del marco normativo de protección de las víctimas de este delito.<br />

A la existencia de un amplio conjunto de normas orientado a la garantía<br />

efectiva de los derechos y libertades fundamentales de la población desplazada,<br />

se suma la consolidación de metodologías <strong>para</strong> la evaluación de la política<br />

pública. Entre las más importantes están la formulada en la sentencia T-025 de<br />

2004 y el modelo de seguimiento y evaluación del Sistema Nacional de Atención<br />

Integral a la Población Desplazada (SNAIPD) elaborado por la Procuraduría<br />

105


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

General de la República 4 , así como los balances participativos realizados por la<br />

Oficina del Alto Comisionado <strong>para</strong> los Refugiados ACNUR en 2002 y 2004 5 .<br />

En todos los casos precitados el enfoque de derechos constituye la columna<br />

vertebral de dichas metodologías. La consolidación del marco normativo y los<br />

diversos avances metodológicos relacionados, dan cuenta de un completo esquema<br />

de exigibilidad de derechos por parte de la población desplazada 6 , así<br />

como de los importantes niveles de incidencia alcanzados por los organismos<br />

de control, las organizaciones de desplazados, las agencias internacionales y<br />

las organizaciones sociales colombianas.<br />

Como lo sostuvo la Defensoría del Pueblo con ocasión de una evaluación de<br />

la política de restablecimiento a las personas en situación de desplazamiento<br />

realizada en 2003:<br />

106<br />

El problema del desplazamiento forzado y el restablecimiento de los derechos de la<br />

población desplazada es hoy un problema de relevancia y ha sido incluido en la<br />

agenda de Gobierno, en la agenda legislativa y en la agenda de la sociedad, gracias<br />

4 Procuraduría General de la Nación. Procuraduría delegada<br />

<strong>para</strong> la prevención en materia de Derechos Humanos y Asuntos<br />

Étnicos. Coordi<strong>nación</strong> de Atención al Desplazamiento Forzado.<br />

Manual de procedimientos: Modelo de seguimiento y evaluación<br />

del SNAIPD. Bogotá. ACNUR - Europe AID. 2004.<br />

5 Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Refugiados.<br />

Oficina <strong>para</strong> Colombia. Balance de la política de prevención,<br />

protección y atención al desplazamiento interno forzado en Colombia.<br />

Agosto 2002- agosto 2004. Bogotá. 2005; y Alto Comisionado<br />

de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Refugiados. Oficina <strong>para</strong><br />

Colombia. Balance de la política de prevención, protección y<br />

atención al desplazamiento interno forzado en Colombia. Agosto<br />

2000-2002. Bogotá. 2003.<br />

6 Sobre los procesos de exigibilidad de derechos y los mecanismos<br />

de incidencia política, véase: David Martínez O. (ed.).<br />

Para exigir nuestros derechos. Bogotá. Plataforma Interamericana<br />

de derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. 2001; y Víctor<br />

Abramovich y Christian Courtis. “Algunas vías de exigibilidad de<br />

los derechos económicos, sociales y culturales”. En: Ídem. Los<br />

derechos sociales como derechos exigibles. Madrid. Trotta. 2002.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

a la movilización de argumentos, al debate político generado y a la persuasión que<br />

han logrado la Defensoría del Pueblo, las organizaciones de los desplazados, las<br />

organizaciones defensoras de los derechos humanos, las Altas Cortes, las<br />

organizaciones sociales y políticas, y algunos medios de comunicación, por más<br />

de una década. En tal sentido, la Política Pública <strong>para</strong> el desplazamiento forzado, no<br />

puede obedecer a un modelo de “oferta política” (enfoque de asistencia social) sino<br />

a un marco de demanda social (enfoque de protección y re<strong>para</strong>ción de derechos) 7 .<br />

Avances en la protección normativa y en la garantía de derechos<br />

Gracias a los avances en la protección normativa alcanzados en los últimos<br />

diez años (1995-2005), los jueces y los agentes de política pública concernidos,<br />

tienen a disposición, tanto el contenido como el alcance de los derechos de la<br />

población desplazada. De igual forma el marco normativo internacional y nacional<br />

aplicable señala con claridad la responsabilidad primaria del Estado colombiano<br />

en la solución de los problemas derivados del desplazamiento forzado<br />

interno.<br />

Son varios los deberes de protección y asistencia de los Estados <strong>para</strong> con la<br />

población desplazada interna o en riesgo de desplazamiento. Entre otros:<br />

• Adoptar medidas que prevengan los desplazamientos internos.<br />

• Prohibir desplazamientos arbitrarios y buscar medidas alternativas en<br />

casos de desplazamientos arbitrarios inminentes.<br />

• Garantizar el derecho a un nivel de vida adecuado a las personas en<br />

situación de desplazamiento.<br />

• Consultar a la población desplazada cuando se trate de adoptar medidas<br />

administrativas que puedan afectarla.<br />

7 Defensoría del Pueblo. Evaluación de la política pública en<br />

procesos de restablecimiento de la población desplazada desde<br />

un enfoque de derechos humanos. Bogotá. 2003. Pág. 11.<br />

107


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

• Evitar medidas discriminatorias en contra de las víctimas del desplazamiento.<br />

• Poner en práctica programas <strong>para</strong> garantizar los derechos humanos de<br />

los desplazados en áreas reasentamiento, y asegurar que el retorno al lugar de<br />

origen sea llevado a cabo bajo los Principios Rectores de voluntariedad, seguridad<br />

y dignidad.<br />

Colombia cuenta desde 1997 con una ley general sobre desplazamiento<br />

forzado interno, la Ley 387 de ese mismo año, que constituye un verdadero hito<br />

mundial en este campo. Otros países afectados por este tipo de situaciones ni<br />

siquiera disponen de un marco legislativo interno. Incluso, en algunas ocasiones<br />

la legislación colombiana resulta más favorable a los desplazados internos que<br />

la normatividad internacional sobre la materia, según lo ha señalado en diversas<br />

oportunidades la Corte Constitucional.<br />

La existencia del marco normativo de protección y atención a la población en<br />

riesgo o en situación de desplazamiento, es pilar de los demás ejes de la respuesta:<br />

• El marco programático que permite establecer los fines y las metas de<br />

corto, mediano y largo plazo de la política pública de prevención y atención.<br />

• El marco institucional, conformado por las entidades y dependencias estatales<br />

y gubernamentales obligadas.<br />

• Y el marco presupuestal, que hace referencia a los recursos necesarios<br />

<strong>para</strong> satisfacer los derechos fundamentales de los desplazados.<br />

En todo caso el marco de protección y atención aplicable representa una<br />

herramienta de acción institucional (estatal y gubernamental) y un valioso insumo<br />

<strong>para</strong> organizaciones y sectores interesados en hacer un seguimiento serio y<br />

riguroso a la política pública.<br />

En esa misma línea de análisis, la vigencia de normas específicas de protección<br />

y atención <strong>para</strong> afrontar las causas y consecuencias del desplazamiento<br />

forzado, ha servido de base <strong>para</strong> la construcción de agendas de visibilización e<br />

incidencia en políticas públicas por parte de organizaciones, sectores y entidades<br />

obligadas, afectadas e interesadas en superar la crisis asociada al desplazamiento<br />

forzado.<br />

108


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Por su parte, los agentes afectados e interesados están facultados <strong>para</strong><br />

realizar las siguientes acciones 8 :<br />

• Monitorear la asistencia humanitaria.<br />

• Promover el derecho a un nivel de vida adecuado.<br />

• Evaluar la oportunidad y efectividad de la asistencia humanitaria.<br />

• Promocionar leyes que beneficien a la población internamente desplazada.<br />

• Evaluar las normas relevantes <strong>para</strong> determinar los derechos de la población<br />

desplazada.<br />

• Promover la plena participación de las mujeres en todos los programas<br />

de asistencia a la población desplazada.<br />

• Abogar por los derechos de las minorías étnicas.<br />

• Incidir en el diseño y aplicación de programas que permitan a las personas<br />

desplazadas obtener ingresos.<br />

• Abogar por el acceso de los niños desplazados a la educación, y promover<br />

la educación secundaria y la capacitación en destrezas <strong>para</strong> los adolescentes<br />

y adultos.<br />

• Abogar por la adopción de medidas que garanticen los derechos a la<br />

tierra y al patrimonio de las personas desplazadas.<br />

• Incidir en la adopción de medidas técnicas y financieras que permitan a<br />

las autoridades encargadas cumplir sus responsabilidades en la asistencia<br />

humanitaria a la población internamente desplazada.<br />

8 Véase: Manual on Field Practice in Internal Displacement.<br />

Adaptado en la Guía <strong>para</strong> la aplicación de los Principios Rectores<br />

de los Desplazamientos Internos, del Proyecto sobre Desplazamiento<br />

Interno del Instituto Brookings, editada en 1999.<br />

109


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

110<br />

Legislación nacional<br />

La legislación aplicable en materia de prevención y atención al desplazamiento<br />

forzado interno en Colombia es abundante. Entre las leyes expedidas<br />

<strong>para</strong> enfrentar este drama social cabe destacar las siguientes:<br />

* Ley 387 de 1997, por la cual se adoptaron medidas <strong>para</strong> la prevención del<br />

desplazamiento forzado y la atención y protección de los desplazados internos<br />

por la violencia.<br />

* Ley 589 de 2000, por medio de la cual se tipificaron como delitos el<br />

genocidio, la desaparición forzada, el desplazamiento forzado y la tortura. Esta<br />

ley fue derogada por el nuevo Código Penal, el cual, sin embargo, mantiene la<br />

tipificación.<br />

* Ley 599 de 2000, por la cual se expidió el nuevo Código Penal y se<br />

tipificaron las conductas de la deportación, la expulsión, el traslado y el desplazamiento<br />

forzado de población civil, considerados como delitos contra personas<br />

y bienes protegidos por el DIH.<br />

* Ley 812 de 2003, por la cual se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo<br />

2003-2006 (Hacia un Estado Comunitario), y en consecuencia se adoptó una<br />

estrategia <strong>para</strong> enfrentar los retos del desplazamiento forzado, especialmente en<br />

lo que tiene que ver con el retorno de la población desplazada a su lugar de<br />

origen.<br />

* Ley 975 de 2005 (también llamada Ley de Justicia y Paz), por la cual se<br />

dictaron disposiciones <strong>para</strong> la reincorporación de integrantes de grupos armados<br />

organizados al margen de la ley, entre ellas la creación de la Comisión<br />

Nacional de Re<strong>para</strong>ción y Reconciliación, que se encargará de garantizar los<br />

derechos de las víctimas de violaciones de derechos humanos, entre ellos a la<br />

verdad, la justicia y la re<strong>para</strong>ción. Esta ley se reglamentó mediante el Decreto<br />

4760 del 2005.<br />

* Ley 962 del 2005, que modificó el artículo 32 de la ley 387/97 respecto del<br />

registro de población desplazada.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

La Ley 387 de 1997, regula la actuación estatal durante las tres etapas de la<br />

migración forzada: una primera que antecede a los eventos de desplazamiento,<br />

otra que constituye la fase de desplazamiento como tal, y una última en la que se<br />

producen el retorno o la reubicación de la población afectada. En su artículo 1º<br />

establece una definición de desplazado forzado interno:<br />

Es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio<br />

nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas<br />

habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales<br />

han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de<br />

cualquiera de las siguientes situaciones: Conflicto armado interno, disturbios y<br />

tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los Derechos<br />

Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario u otras circunstancias<br />

emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente<br />

el orden público 9 .<br />

Para enfrentar las exigencias de la compleja crisis humanitaria y de derechos<br />

humanos que implica el desplazamiento forzado de personas, la ley referida<br />

creó el SNAIPD, conformado por entidades que deben actuar teniendo en<br />

cuenta los principios de subsidiaridad, complementariedad, descentralización y<br />

concurrencia (artículo 3º).<br />

De acuerdo con el artículo 5º de la precitada ley el SNAIPD estará constituido<br />

por “el conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias que realizan<br />

planes, programas, proyectos y acciones específicas, tendientes a la atención<br />

integral de la población desplazada”.<br />

9 “La condición de desplazado no se adquiere por la certificación<br />

que haga la entidad [correspondiente], pues esa es una<br />

situación de hecho. Si bien es cierto la Ley exige el requisito de<br />

la inscripción [en el Registro Único de Población Desplazada –<br />

SUR -], ello debe interpretarse como una pauta <strong>para</strong> facilitar una<br />

organizada protección de los derechos fundamentales de los desplazados”<br />

(Sentencia T-985 de 2003).<br />

111


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

112<br />

Asimismo la ley determina 10 :<br />

* La creación de una Red Nacional de Información <strong>para</strong> la atención a la<br />

población desplazada que permita estimar el número de desplazados y cuantificar<br />

los sujetos pertenecientes a los distintos segmentos poblacionales.<br />

* La obligación de prevenir los desplazamientos.<br />

* La obligación de prestar asistencia humanitaria a las víctimas: ayudas de<br />

urgencia, de emergencia y de transición.<br />

* La obligación de desarrollar estrategias que garanticen un retorno digno,<br />

seguro y voluntario de los afectados a su lugar de origen, o el reasentamiento de<br />

los mismos en un lugar distinto al de expulsión —relocalización en el sitio de<br />

recepción o reubicación en otro sitio—.<br />

Por último, por medio de la mencionada ley se creó el Consejo Nacional <strong>para</strong><br />

la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia (CNAIPD), cuya<br />

función es consultiva y asesora, pues se le asigna la responsabilidad de formular<br />

la política pública y garantizar la asig<strong>nación</strong> presupuestal de los programas que<br />

las entidades del SNAIPD tienen a su cargo.<br />

La Ley 397 de 1997 ha sido reglamentada y desarrollada por una serie de<br />

decretos de alcance general, entre los cuales cabe destacar los siguientes:<br />

* Decreto 173 de 1998, por el cual se adoptó el primer Plan Nacional <strong>para</strong><br />

la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia.<br />

* Decreto 2569 de 2000, por el cual se reglamentó parcialmente la Ley 387<br />

de 1997 ante la necesidad de evitar la dispersión institucional, y con el fin de<br />

precisar las competencias a la Red de Solidaridad Social y los Comités territoriales<br />

de atención; así como fijar pautas <strong>para</strong> la inscripción y exclusión de esta<br />

población en el registro único oficial, y establecer normas relativas a la estabilización<br />

y consolidación socioeconómica de los afectados.<br />

* Decreto 250 de 2005, por el cual se expidió el actual Plan Nacional <strong>para</strong><br />

la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia y se dictaron otras<br />

10 Sentencia T-602 de 2003.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

disposiciones en el marco de las acciones orientadas a cumplir las órdenes<br />

proferidas por la Corte Constitucional en la Sentencia T-025 de 2004.<br />

* Decreto 2467 de 2005, por el cual se fusionaron la Agencia Colombiana<br />

de Cooperación Internacional (ACCI) y la Red de Solidaridad Social (RSS), que<br />

ahora se denomina Agencia Presidencial <strong>para</strong> la Acción Social y la Cooperación<br />

Internacional, Acción Social.<br />

En esa misma línea de respuesta institucional, en los últimos diez años se<br />

han expedido una serie de decretos que regulan componentes y ejes sectoriales<br />

específicos de la respuesta estatal, como los siguientes:<br />

* Decreto 2562 de 2001, por el cual se reglamentó la Ley 387 de 1997, en<br />

cuanto a la prestación del servicio público educativo a la población desplazada<br />

por la violencia.<br />

* Decreto 951 de 2001, por el cual se reglamentaron parcialmente las Leyes<br />

3ª de 1991 y 387 de 1997, en lo relacionado con la vivienda y el subsidio de<br />

vivienda <strong>para</strong> la población desplazada.<br />

* Decreto 2007 de 2001, por el cual se reglamentaron parcialmente los<br />

artículos 7, 17 y 19 de la Ley 387 de 1997, en lo relativo a la oportuna protección<br />

de los derechos a la tierra y al patrimonio de la población desplazada y en riesgo<br />

de desplazamiento, y se adoptaron medidas tendentes a prevenir esta situación.<br />

El marco normativo nacional de protección a las personas, familias y comunidades<br />

desplazadas o en riesgo de desplazamiento constituye un importante<br />

desarrollo de los mandatos constitucionales de brindar asistencia preferencial a<br />

los más vulnerables y erradicar las injusticias presentes (Sentencia T-602 de<br />

2003). Así mismo, representa un avance notable en el proceso de diseño y consolidación<br />

de una política pública gestionada por instituciones a las que se asignan<br />

funciones y precisas responsabilidades.<br />

113


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

114<br />

Normas internacionales aplicables<br />

Uno de los avances más importantes en la consolidación del marco de protección<br />

a la población desplazada interna, lo constituye la inclusión de la<br />

normatividad internacional pertinente en la estructura constitucional del país.<br />

La Corte Constitucional ha puntualizado que todos los actos de política pública<br />

deben estar dirigidos a la re<strong>para</strong>ción moral, material y simbólica de los daños<br />

ocasionados a las personas en situación de desplazamiento, de conformidad<br />

con el ordenamiento constitucional, las leyes y decretos pertinentes, y los Principios<br />

Rectores de los Desplazamientos Internos. El marco normativo de protección<br />

de la población desplazada interna no se agota entonces en la legislación<br />

nacional colombiana, toda vez que, de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte<br />

Constitucional, los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos y la<br />

normatividad internacional relevante, como los recientemente aprobados Principios<br />

sobre la Restitución de las Viviendas y el Patrimonio de los Refugiados y las<br />

Personas Desplazadas, hacen parte del bloque de constitucionalidad.<br />

Los alcances de esta última noción han sido precisados en diversas ocasiones<br />

por la Corte Constitucional. En la Sentencia C-067 de 2003 dijo la Corte:<br />

La normatividad constitucional no es privilegio exclusivo de los artículos que<br />

formalmente integran el texto de la Carta Política. El Estatuto Superior está compuesto<br />

por un grupo más amplio de principios, reglas y normas de derecho positivo que<br />

conforman el denominado “bloque de constitucionalidad” y que comparten con los<br />

artículos de texto de la Carta la mayor jerarquía normativa en el orden interno. En<br />

este sentido, la noción “bloque de constitucionalidad” pretende transmitir la idea de<br />

que la constitución de un Estado es mucho más amplia que su texto constitucional,<br />

dado que existen otras disposiciones, contenidas en otros instrumentos o<br />

recopilaciones, que también son normas constitucionales.<br />

[…] El hecho de que las normas que integran el bloque de constitucionalidad tengan<br />

jerarquía constitucional hace de ellas verdaderas fuentes de derecho, lo que significa<br />

que los jueces en sus providencias y los sujetos de derecho en sus comportamientos<br />

oficiales o privados deben atenerse a sus prescripciones. Así como el preámbulo,<br />

los principios, valores y reglas constitucionales son obligatorios y de forzoso<br />

cumplimiento en el orden interno, las normas del bloque de constitucionalidad son<br />

fuente de derecho obligatoria <strong>para</strong> todos los asociados.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Pues bien, los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos hacen<br />

parte del bloque de constitucionalidad en Colombia a pesar de no estar consagrados<br />

en un tratado, pues están basados en el Derecho Internacional de los<br />

Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho de Los<br />

Refugiados 11 . En relación con la fuerza vinculante de estos principios, la Corte<br />

Constitucional precisó que “deben ser tenidos como parámetros <strong>para</strong> la creación<br />

normativa y la interpretación en el campo de la regulación del desplazamiento<br />

forzado […] sin perjuicio de que todos sus preceptos que reiteran normas<br />

ya incluidas en tratados internacionales de derechos humanos y de Derecho<br />

Internacional Humanitario aprobados por Colombia gocen de rango constitucional,<br />

como lo señala el artículo 93 de la Constitución” (Sentencia SU-1150 de 2001).<br />

Según los Principios Rectores, las personas desplazadas internamente difieren<br />

de otras personas únicamente con respecto a su situación de desplazamiento<br />

forzado. Ellas tienen los mismos derechos y las mismas responsabilidades<br />

que todas las otras personas en su país, por lo cual los gobiernos no pueden<br />

discriminarlas debido a su situación de desplazamiento. En particular, los Principios<br />

Rectores reconocen a los desplazados los derechos a la elección del lugar<br />

de residencia y a la protección contra el retorno forzado.<br />

Además, de acuerdo con el Principio Rector No. 3, “las autoridades nacionales<br />

tienen la obligación y la responsabilidad primarias de proporcionar protección<br />

y asistencia humanitaria a los desplazados internos que se encuentren en el<br />

ámbito de su jurisdicción”. Ligado a ello, “los desplazados internos tienen derecho<br />

a solicitar y recibir protección y asistencia humanitaria de esas autoridades<br />

[y] no serán perseguidos ni castigados por formular esa solicitud”.<br />

Por otra parte, los Principios sobre la Restitución de las Viviendas y el Patrimonio<br />

de los Refugiados y las Personas Desplazadas, aprobados en 2005, conciben<br />

el derecho a la restitución como un “medio preferente de re<strong>para</strong>ción en los<br />

11 Proyecto sobre Desplazamiento Interno del Instituto<br />

Brookings. Guía <strong>para</strong> la aplicación de los principios rectores de<br />

los desplazamientos internos. Bogotá. OCHA - Instituto<br />

Brookings. 2002.<br />

115


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

casos de desplazamiento y como elemento fundamental de la justicia restitutiva”.<br />

Según el Principio N°. 2.2, “el derecho a la restitución de las viviendas, las tierras y el<br />

patrimonio, es un derecho en sí mismo y es independiente de que se haga o no<br />

efectivo al regreso de los refugiados y desplazados a quienes les asista ese derecho”.<br />

En todo caso, la incorporación de la normativa internacional al bloque de<br />

constitucionalidad colombiano garantiza una protección ampliada de los derechos<br />

de los desplazados internos. Las normas internacionales aplicables, la<br />

legislación nacional y la jurisprudencia constitucional pertinente determinan la<br />

adopción de un enfoque de derechos humanos en todas las fases de la política<br />

pública: diseño, aplicación, evaluación, seguimiento y reformulación.<br />

Línea jurisprudencial constitucional<br />

La jurisprudencia constitucional colombiana completa el marco normativo<br />

de protección de la población desplazada o en riesgo de desplazamiento, son<br />

fundantes los siguientes pronunciamientos:<br />

• Sentencia C-225 de 1995, por medio de la cual la Corte Constitucional<br />

colombiana determinó la constitucionalidad del Protocolo II Adicional a los Convenios<br />

de Ginebra de 1949, que prohíbe los desplazamientos forzados internos 12 .<br />

• Sentencia T-227 de 1997, a través de la cual la Corte determinó los alcances<br />

de los derechos a la permanencia y a la circulación, y rechazó actuaciones<br />

discriminatorias de autoridades locales contra la población desplazada.<br />

12 De acuerdo con el artículo 17 del Protocolo II, que hace<br />

parte del bloque de constitucionalidad en Colombia, “1. No se<br />

podrá ordenar el desplazamiento de la población civil por razones<br />

relacionadas con el conflicto, a no ser que así lo exijan la seguridad<br />

de las personas civiles o razones militares imperiosas. Si tal<br />

desplazamiento tuviera que efectuarse, se tomarán todas las medidas<br />

posibles <strong>para</strong> que la población civil sea acogida en condiciones<br />

satisfactorias de alojamiento, salubridad, higiene, seguridad y<br />

alimentación. 2. No se podrá forzar a las personas civiles a<br />

abandonar su propio territorio por razones relacionadas con el<br />

conflicto”.<br />

116


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

• SU- 1150 de 2000, en la cual la Corte constató que el desplazamiento<br />

constituye una violación masiva, sistemática y compleja de derechos fundamentales,<br />

determinó que la Nación asumiera los costos finales del desplazamiento,<br />

y atribuyó preferencia al gasto <strong>para</strong> atención a desplazados.<br />

• Sentencia T-1635 de 2000, donde la Corte dispuso la integración de las<br />

normas del derecho internacional de los derechos humanos y del Derecho Internacional<br />

Humanitario en el bloque de constitucionalidad en materia de desplazamiento<br />

forzado interno.<br />

• Sentencia T-327 de 2001, por medio de la cual la Corte estableció que el<br />

desplazamiento es una situación de hecho, subrayó la obligación estatal de<br />

interpretar las normas relativas al desplazamiento forzado de la manera más<br />

favorable al desplazado, y ordenó tener en cuenta la presunción de buena fe en<br />

favor del desplazado.<br />

• Sentencia T-098 de 2002¸ donde la Corte se refirió al derecho de los<br />

desplazados a un urgente trato preferente 13 , y a la necesidad de restablecer los<br />

derechos de los desplazados por vía de tutela.<br />

• Sentencia T-268 de 2003, por medio de la cual la Corte estableció que el<br />

desplazamiento intraurbano merece atención a la luz de la normativa nacional e<br />

internacional de protección, y sostuvo la prevalencia del derecho sustancial sobre<br />

las formas y las interpretaciones restrictivas.<br />

• Sentencia T-602 de 2003, mediante la cual la Corte consideró válida la<br />

discrimi<strong>nación</strong> positiva a favor de los desplazados, y definió el contenido y los<br />

alcances del derecho al restablecimiento de la población desplazada.<br />

13 En términos generales las “acciones afirmativas” a las que<br />

se ha referido la Corte Constitucional son políticas o medidas<br />

dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos desaventajados<br />

con el fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo<br />

social, cultural o económico que los afectan. Cf. Alfonso Ruiz<br />

Miguel. “Discrimi<strong>nación</strong> inversa e igualdad”. En: Amelia Valcárcel<br />

(comp.). El concepto de igualdad. Madrid. 1994. Citado en la<br />

Sentencia C-371 de 2000. Véase también: Roberto Gargarella.<br />

Derecho y grupos desaventajados. Barcelona. Gedisa - Yale<br />

Law School. 1999.<br />

117


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

• Sentencia T-721 de 2003, donde la Corte se refirió a la necesidad de<br />

incorporar la perspectiva de género en la política de atención a población desplazada<br />

por la violencia.<br />

• Sentencia T-025 de 2004, mediante la cual la Corte declaró formalmente<br />

el “estado de cosas inconstitucional” en materia de atención al desplazamiento,<br />

estableció una carta básica de derechos <strong>para</strong> la población desplazada, y reiteró<br />

la prohibición de regresividad de las políticas públicas que realizan derechos<br />

sociales.<br />

118<br />

Estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado 14<br />

El estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado<br />

interno es consecuencia de una gestión gubernamental que ha respondido<br />

al desplazamiento forzado con el desmonte o el desconocimiento<br />

de referentes normativos constitucionales y legales estrechamente vinculados<br />

con el cumplimiento de obligaciones y compromisos estatales<br />

contraídos en virtud del Derecho Internacional de los Derechos Humanos<br />

y del Derecho Internacional Humanitario.<br />

Según la Corte Constitucional, existe una enorme distancia entre las<br />

previsiones normativas que consagran los derechos de la población desplazada,<br />

de un lado, y la respuesta gubernamental al desplazamiento<br />

forzado interno, por el otro. En este contexto, la declaratoria del estado de<br />

cosas inconstitucional obedece al reconocimiento de factores objetivos:<br />

1) La vulneración masiva y generalizada de varios derechos constitucionales<br />

que afecta a un número significativo de personas; 2) la prolongada<br />

14 Aparte basado en CODHES. “El Gobierno frente al desplazamiento:<br />

¡Como el cangrejo!”. En: Camilo Borrero García (ed.).<br />

Reelección: El embrujo continúa. Segundo año de gobierno de<br />

Álvaro Uribe Vélez. Bogotá. Plataforma Colombiana de Derechos<br />

Humanos, Democracia y Desarrollo. 2004.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

omisión de las autoridades en el cumplimiento de sus obligaciones <strong>para</strong><br />

garantizar los derechos; 3) la adopción de prácticas inconstitucionales,<br />

como la incorporación de la acción de tutela como parte del procedimiento<br />

<strong>para</strong> garantizar el derecho conculcado; 4) la no expedición de<br />

medidas legislativas, administrativas o presupuestales necesarias <strong>para</strong><br />

evitar la vulneración de los derechos; 5) la existencia de un problema<br />

social cuya solución compromete la intervención de varias entidades,<br />

requiere la adopción de un conjunto complejo y coordinado de acciones<br />

y exige un nivel de recursos que demanda un esfuerzo presupuestal adicional<br />

importante (Sentencia T-025 de 2004).<br />

Entre las principales obligaciones estatales que surgen de la jurisprudencia<br />

constitucional se encuentran 15 :<br />

• Satisfacer los niveles mínimos de protección de los derechos de los desplazados.<br />

Los derechos mínimos de la población desplazada que deben ser<br />

satisfechos en cualquier circunstancia por las autoridades son:<br />

* El derecho a la vida.<br />

* Los derechos a la dignidad y a la integridad física, psicológica y moral.<br />

* El derecho a la familia.<br />

* El derecho a una subsistencia mínima.<br />

* El derecho a la salud.<br />

* El derecho a la protección frente a prácticas discriminatorias.<br />

* El derecho a la educación.<br />

* El derecho a la provisión de apoyo <strong>para</strong> el autosostenimiento.<br />

* El derecho al retorno y al restablecimiento.<br />

15 Sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional, y Auto<br />

No. 178 de agosto 29 de 2005 sobre el cumplimiento de esta<br />

sentencia.<br />

119


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

• Apropiar recursos suficientes <strong>para</strong> superar la crisis humanitaria que implica<br />

el desplazamiento forzado.<br />

• Caracterizar las necesidades y derechos de los desplazados, a fin de<br />

establecer las prioridades de la respuesta institucional al desplazamiento forzado<br />

interno.<br />

* Definir metas a corto, mediano y largo plazo <strong>para</strong> los programas y componentes<br />

de atención a desplazados que están a cargo de las distintas entidades<br />

que conforman el SNAIPD.<br />

* Adoptar e implementar indicadores de resultado diferenciados <strong>para</strong> la<br />

población desplazada, de tal forma que sea posible hacer seguimiento permanente<br />

al tratamiento específico que debe darse a la población desplazada.<br />

* Diseñar e implementar mecanismos e instrumentos específicos de coordi<strong>nación</strong><br />

interinstitucional que aseguren una acción adecuada y oportuna.<br />

* Desarrollar mecanismos de evaluación que permitan medir de manera<br />

permanente el avance, el estancamiento, o el retroceso del programa o componente<br />

de atención a cargo de la respectiva entidad.<br />

* Diseñar e implementar instrumentos de flexibilización de la oferta<br />

institucional y de los procesos de atención a la población desplazada.<br />

* Establecer mecanismos internos de respuesta ágil y oportuna a las quejas<br />

o solicitudes puntuales de atención presentadas por la población desplazada.<br />

* Diseñar e implementar mecanismos de divulgación periódica de <strong>info</strong>rmación<br />

adecuados, accesibles e inteligibles <strong>para</strong> la población desplazada sobre<br />

los procedimientos, las responsabilidades institucionales, y las metas<br />

institucionales frente a los distintos componentes de atención.<br />

* Garantizar la participación oportuna y efectiva de las organizaciones de<br />

población desplazada, tanto a nivel nacional como en el ámbito territorial, en el<br />

proceso de diseño e implementación de los correctivos a los problemas detectados<br />

por la entidad.<br />

120


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Estancamientos y retrocesos<br />

La presión social ha jugado un papel fundamental en la reforma jurídica de la<br />

política pública de atención al desplazamiento forzado, según lo corrobora el<br />

análisis efectuado por CODHES en relación con el origen y sentido de la Sentencia<br />

T-025 de 2004 de la Corte Constitucional, que sin duda representa el hito<br />

más importante en la mencionada evolución normativa:<br />

El pronunciamiento de la Corte es producto de una acción social alimentada por<br />

exigencias de verdad, justicia y re<strong>para</strong>ción, que fueron canalizadas en su momento<br />

a través de la acción de tutela, es decir, a través de un mecanismo extraordinario de<br />

protección y realización de derechos fundamentales. En otras palabras, la Sentencia<br />

T-025 de 2004 es consecuencia de una presión social legítima que fue ejercida con<br />

el propósito de obtener el reconocimiento explícito de la gravedad del problema, y<br />

con el objeto de obligar al gobierno nacional a proporcionar una respuesta integral,<br />

oportuna y eficaz 16 .<br />

Como consecuencia de la actividad de los actores sociales concernidos,<br />

que no sólo constituyen una comunidad de política pública 17 , sino también una<br />

comunidad interpretativa 18 , en la actualidad se encuentra prácticamente superada<br />

la lectura según el cual la respuesta al desplazamiento forzado debe estar condicionada<br />

a la existencia de recursos suficientes, pero no a la normativa nacional e<br />

internacional de protección (Constitución Política, Derecho Internacional de los<br />

Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, entre otros).<br />

16 Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento,<br />

CODHES. Op.cit.<br />

17 Cf. Harvey Danilo Suárez. “La comunidad de política<br />

pública y las alianzas <strong>para</strong> la incidencia”. En: Ídem. Cartilla <strong>para</strong><br />

la capacitación a funcionarios del Ministerio Público y Comités<br />

Departamentales de Atención a la Población Desplazada. Bogotá.<br />

Defensoría del Pueblo. 2003. Págs. 9-21.<br />

18 Sobre la noción de comunidad interpretativa, véanse, entre<br />

otros, Robert Cover. Derecho, narración y violencia, Barcelona.<br />

Gedisa - Universidad de Palermo - Yale Law School. 2002; y<br />

José Antonio Estévez Araujo. La Constitución como proceso y la<br />

desobediencia civil. Madrid. Trotta. 1994.<br />

121


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Más allá de los valiosos esfuerzos por armonizar la respuesta estatal y gubernamental<br />

con esos estándares de protección, persisten las dificultades estructurales<br />

evidenciadas especialmente en la Sentencia T-025 de 2004, que recoge y<br />

reitera la línea jurisprudencial citada líneas atrás. En contravía de lo dispuesto en<br />

el marco normativo, la respuesta institucional al desplazamiento forzado en Colombia<br />

se ha constituido como una aglomeración de acciones dispersas, desarticuladas<br />

y centradas en el asistencialismo, que no logran consolidar el restablecimiento<br />

de los derechos de la población en situación de desplazamiento, ni<br />

contribuyen a la re<strong>para</strong>ción de los daños causados a los derechos y libertades<br />

fundamentales de los afectados.<br />

Esta distancia entre lo dispuesto en el marco normativo de protección y las<br />

acciones concretas de política pública es más que evidente, según lo consignado<br />

en diversos análisis:<br />

122<br />

El problema relativo a los estándares normativos [que permiten definir la manera<br />

como se deben enfrentar las exigencias de verdad, justicia y re<strong>para</strong>ción] es aquél<br />

respecto del cual existe más claridad, en la medida en que se han ido consolidando<br />

ciertos principios de derecho internacional y de derecho constitucional colombiano<br />

sobre los derechos de la población desplazada a la verdad, la justicia y la re<strong>para</strong>ción<br />

en contextos transicionales [hacia la paz]. En contraste, la cuestión relativa a la<br />

forma concreta en la que tales estándares normativos deben ser puestos en práctica<br />

a través de políticas públicas, mecanismos institucionales y reclamos ciudadanos<br />

plantea importantes desafíos que, en buena medida, aún no han sido resueltos 19 .<br />

Una de las manifestaciones más visibles de la discordancia entre la<br />

normatividad existente y los logros de la política pública específica de atención al<br />

desplazamiento forzado es el incumplimiento sistemático del deber de protección<br />

especial a las víctimas de este delito, según lo señaló la Defensoría del<br />

19 Rodrigo Uprimny Yepes. “Justicia transicional y desplazamiento<br />

forzado”. Ponencia presentada en el III Seminario Internacional<br />

de CODHES “Tutelando los derechos: respuestas<br />

institucionales y sociales al desplazamiento forzado”, realizado en<br />

Bogotá en noviembre de 2004.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Pueblo en la evaluación mencionada 20 , y lo ratificó la Corte Constitucional en los<br />

autos de seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004:<br />

Ha constatado la Corte que la población desplazada es tratada en algunas entidades<br />

como destinataria de programas generales relativos a la población vulnerable. En<br />

este sentido, los desplazados no son distinguidos del resto de la población vulnerable<br />

cuando su condición especial de extrema penuria e indefensión ha llevado a que<br />

las normas nacionales e internacionales vigentes exijan que los desplazados reciban<br />

una atención específica, adecuada y oportuna <strong>para</strong> proteger sus derechos [lo cual<br />

implica] la realización de esfuerzos adicionales de tipo presupuestal y administrativo<br />

que se concreten en medidas efectivas de protección de los derechos de los<br />

desplazados, sin perjuicio de que haya continuidad y progresos en los programas<br />

dirigidos a la población vulnerable en general. (Corte Constitucional. Autos 176, 177<br />

y 178 de agosto 29 de 2005).<br />

Así pues, en los últimos diez años (1995-2005) hemos asistido tanto a un<br />

incremento cuantitativo de las normas de protección como a una transformación<br />

cualitativa de este cuerpo normativo, sin que ello redundara necesariamente en<br />

la realización integral de los derechos concernidos. Dentro de los factores que<br />

inciden <strong>para</strong> la configuración de esta situación cabe destacar los siguientes:<br />

• Limitaciones en los contenidos y alcances de las normas que establecen<br />

mecanismos y estrategias <strong>para</strong> la garantía de los derechos de las personas en<br />

situación de desplazamiento. Estas limitaciones obedecen generalmente a fallas<br />

de diseño de carácter técnico-legislativo o a desarrollos administrativos inadecuados.<br />

En este contexto resultan preocupantes los vacíos normativos, las<br />

vaguedades y ambigüedades respecto de los contenidos de las rutas de realiza-<br />

20 “Los enfoques y la gran mayoría de los desarrollos prácticos<br />

de las políticas públicas <strong>para</strong> la atención a la población desplazada<br />

corresponden a un modelo de asistencia social regular a<br />

grupos vulnerables, aunque existen algunas normas legales y<br />

jurisprudencia que contemplan el reconocimiento de derechos en<br />

las respuestas que el Estado debe brindar a la población desplazada”.<br />

Defensoría del Pueblo. Evaluación de la política pública en<br />

procesos de restablecimiento de la población desplazada desde<br />

un enfoque de derechos humanos. Bogotá. 2003. Pág. 11.<br />

123


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

ción de los derechos de la población desplazada, y por tanto respecto de las<br />

competencias, procedimientos, recursos e instancias, presupuestos, y escenarios<br />

de fiscalización, veeduría y rendición de cuentas.<br />

Ilustra este punto la inexistencia de normas que precisen las competencias y<br />

procedimientos institucionales que garanticen el derecho al autosostenimiento<br />

de la población desplazada a través de proyectos productivos. Este es un auténtico<br />

punto ciego de la política pública.<br />

• Desconocimiento de la normatividad aplicable por parte de algunos funcionarios.<br />

Esto es producto de falta de procesos de capacitación, y de lecturas<br />

que consideran que basta con retomar el contenido literal de la norma <strong>para</strong><br />

cumplir con los propósitos generales de la política pública. Resulta preocupante<br />

que se acuda a esta manera de interpretar y aplicar la norma, denominada<br />

formalismo jurídico, <strong>para</strong> aproximarse a una normatividad que pretende desarrollar<br />

derechos humanos y disposiciones nacionales e internacionales sobre la<br />

materia 21 .<br />

Ejemplo de ello es el desconocimiento generalizado de las medidas contempladas<br />

en el Decreto 2007 de 2001 <strong>para</strong> evitar o anular los negocios jurídicos<br />

ocurridos en virtud de los desplazamientos forzados. Las transferencias no consentidas<br />

o fraudulentas de la propiedad sobre la tierra y el territorio continúan<br />

pese a la existencia de esta norma 22 .<br />

21 Por formalismo se entiende la postura interpretativa que (1)<br />

considera que la solución de casos concretos no exige al intérprete<br />

detenerse en argumentos de justicia o equidad, (2) estima que la<br />

interpretación versa exclusivamente sobre textos, por lo cual<br />

resulta innecesario determinar y ponderar los intereses y necesidades<br />

en juego, (3) relega la jurisprudencia a un papel meramente<br />

auxiliar de la actividad interpretativa, y (4) asume que el derecho<br />

internacional de los derechos humanos no puede irradiar el ordenamiento<br />

jurídico colombiano de manera vinculante. Sobre el concepto<br />

de formalismo, ver Diego Eduardo López Medina. El derecho<br />

de los jueces. Bogotá. Legis. 2000; e Ídem. Teoría impura del<br />

derecho. Bogotá. Legis. 2004.<br />

124<br />

22 Rodrigo Uprimny Yepes. Op. cit.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Cabe aclarar que <strong>para</strong> responder a esta situación recientemente fue publicada<br />

por parte del proyecto de Protección de los Derechos Patrimoniales de la<br />

Población Desplazada, la Caja de Herramientas constituida por el Manual General<br />

de Procedimientos <strong>para</strong> la Protección de los Derechos sobre los Bienes<br />

Inmuebles de la Población en Riesgo de Desplazamiento o Desplazada, la Guía<br />

de Sensibilización y Formación <strong>para</strong> la Protección de los Derechos sobre la<br />

Tierra y el Compendió Normativo.<br />

• Interpretaciones restrictivas forjadas desde los espacios donde se diseña<br />

y aplica la política pública. No se trata de simples yerros interpretativos o<br />

sustantivos, sino de verdaderas restricciones en la protección y atención.<br />

Estas restricciones están fuertemente ligadas al pensamiento jurídico formalista<br />

y a la focalización resultante. Las actitudes formalistas contrastan con lo<br />

establecido por la Corte Constitucional en la Sentencia T-268 de 2003, y reiterado<br />

en las sentencias T-602 de 2003 y T-025 de 2004, en cuanto a los parámetros<br />

que deben guiar a las autoridades al momento de definir el alcance de las<br />

medidas destinadas a proteger a la población desplazada: 1) el principio de<br />

favorabilidad en la interpretación de las normas por medio de las cuales se<br />

busca proteger a las personas en situación de desplazamiento; 2) la aplicación<br />

de los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos; y 3) el principio de<br />

prevalencia del derecho sustancial sobre las formalidades en el contexto de un<br />

Estado Social de Derecho. Principios a los cuales debe agregarse la presunción<br />

de buena fe a favor de la población en situación de riesgo o desplazamiento, de<br />

acuerdo con el cual es el Estado quien debe probar que las afirmaciones hechas<br />

por el solicitante en la declaración de la situación de desplazamiento son<br />

inexactas o falsas.<br />

La actitud asumida frente a las personas en situación de desplazamiento<br />

procedentes de zonas donde se realizan fumigaciones de cultivos de uso ilícito<br />

resulta ilustrativa de la reducción de la protección por la vía de la interpretación<br />

restrictiva del marco normativo nacional e internacional: “Uno de los aspectos<br />

que genera diferencias en la valoración de los casos de personas que solicitan<br />

protección y atención por parte del Estado –como obligado principal– es el de<br />

las personas que han tenido que migrar de su lugar habitual de residencia y/o<br />

trabajo de manera forzada como consecuencia de las fumigaciones de cultivos<br />

125


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

de uso ilícito. Según interpretación de las entidades gubernamentales encargadas<br />

del tema, las personas que se ven obligadas a desplazarse de zonas de<br />

fumigación no pueden ser consideradas como desplazados internos porque la<br />

seguridad brindada a las aeronaves o los equipos en tierra por parte de la fuerza<br />

pública, así como los ‘eventuales’ efectos medioambientales y sobre las economías<br />

legales, no pueden ser considerados como causales válidas de desplazamiento<br />

forzado, puesto que dichas actividades se desarrollan a partir de acciones<br />

legítimas del Estado colombiano” 23 .<br />

• La fragilidad de los canales de participación e incidencia efectiva de la<br />

población desplazada en la definición y aplicación de la política pública. La<br />

interpretación de normas que pretenden desarrollar mecanismos de protección<br />

de derechos humanos requiere la consolidación de referentes comunes entre<br />

diversos agentes sociales. Por esta razón, sin la participación efectiva de los<br />

sectores afectados e interesados es muy probable que el contenido y los alcances<br />

de la normatividad de protección se vean menoscabados. Es el caso, por<br />

ejemplo, de la Ley de Justicia y Paz y su decreto reglamentario. Estas normas<br />

presentan serias limitaciones en el necesario propósito de lograr una efectiva<br />

re<strong>para</strong>ción por los daños causados a la población desplazada, así como la restitución<br />

de los bienes perdidos.<br />

Evolución del marco programático<br />

El establecimiento de los fines y principios de la gestión institucional ha sido<br />

desde siempre una preocupación de los diversos agentes concernidos en la<br />

política de prevención y atención al desplazamiento forzado interno. Sin embargo,<br />

a partir de 2004, y con motivo de la expedición de la Sentencia T-025 por<br />

23 Harvey Danilo Suárez. “De la necesidad de un debate más<br />

allá de las cifras”. En: CODHES. Cifras e indicadores del desplazamiento<br />

forzado y derechos humanos en Colombia. Bogotá.<br />

2005. Págs. 16-17.<br />

126


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

parte de la Corte Constitucional, el diseño de la política ya no se proyecta solamente<br />

en la definición de fines y principios generales, sino que además se traduce<br />

en la disposición de líneas estratégicas de acción e intervención, en la definición<br />

de metas de corto, mediano y largo plazo, y en la creación de indicadores de<br />

gestión que permitan medir el goce efectivo de los derechos fundamentales por<br />

parte de la población afectada.<br />

Ejemplifica este cambio de énfasis el Decreto 250 de 2005, a través del cual<br />

fue expedido el nuevo Plan Nacional de Atención a la Población Desplazada por<br />

la Violencia, en el que se integran los enfoques diferencial, territorial, humanitario,<br />

restitutivo y de derechos.<br />

En una etapa temprana de formulación de la política, la Ley 387 de 1997<br />

constituyó un importante avance <strong>para</strong> la determi<strong>nación</strong> de los fines y principios<br />

de la acción institucional. Los principales propósitos de la política son de acuerdo<br />

con esta norma:<br />

* Atender integralmente a los afectados con el fin de lograr su “reincorporación”<br />

a la sociedad.<br />

* Enfrentar las causas estructurales del desplazamiento forzado mediante<br />

estrategias de desarrollo de las zonas expulsoras y garantía de los derechos<br />

humanos.<br />

* Articular alianzas estratégicas entre los sectores público y privado.<br />

* Garantizar respuestas institucionales oportunas, adecuadas y eficientes<br />

al drama humanitario que representa el desplazamiento forzoso.<br />

De otro lado, la lectura de los principios generales de la política planteados<br />

en la Ley 387 de 1997 permite apreciar una construcción desde lo que hoy se<br />

conoce como la carta básica de derechos de la población desplazada:<br />

Artículo 2º. De los principios. La interpretación y aplicación de la presente ley<br />

se orienta por los siguientes principios:<br />

127


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

1º. Los desplazados forzados tienen derecho a solicitar y recibir ayuda internacional<br />

y ello genera un derecho correlativo de la comunidad internacional <strong>para</strong><br />

brindar la ayuda humanitaria.<br />

2º. El desplazado forzado gozará de los derechos civiles fundamentales reconocidos<br />

internacionalmente.<br />

3º. El desplazado y/o desplazados forzados tienen derecho a no ser discriminados<br />

por su condición social de desplazados, motivo de raza, religión, opinión<br />

pública, lugar de origen o incapacidad física.<br />

4º. La familia del desplazado forzado deberá beneficiarse del derecho fundamental<br />

de reunificación familiar.<br />

5º. El desplazado forzado tiene derecho a acceder a soluciones definitivas a su<br />

situación.<br />

6º. El desplazado forzado tiene derecho al regreso a su lugar de origen.<br />

7º. Los colombianos tienen derecho a no ser desplazados forzadamente.<br />

8º. El desplazado y/o los desplazados forzados tienen el derecho a que su<br />

libertad de movimiento no sea sujeta a más restricciones que las previstas en la<br />

ley.<br />

9º. Es deber del Estado propiciar las condiciones que faciliten la convivencia<br />

entre los colombianos, la equidad y la justicia social.<br />

Mediante el Decreto 173 de 1998 se expidió el primer Plan Nacional de Atención<br />

Integral a la Población Desplazada por la Violencia. Los objetivos fijados en<br />

esta norma fueron:<br />

• Elaborar diagnósticos que integren causas y agentes generadores del desplazamiento,<br />

se analicen zonas de desarrollo de dinámicas migratorias, y se caractericen<br />

los perfiles socioeconómicos de las personas y comunidades afectadas.<br />

• Diseñar y adoptar medidas <strong>para</strong> la prevención del desplazamiento forzado.<br />

• Adoptar medidas de atención humanitaria de emergencia.<br />

128


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

· Crear y aplicar mecanismos que brinden asistencia legal y jurídica a la<br />

población desplazada <strong>para</strong> garantizar la investigación de los hechos, la restitución<br />

de los derechos vulnerados y la defensa de los bienes afectados.<br />

• Diseñar y adoptar medidas que garanticen la estabilización<br />

socioeconómica de la población desplazada.<br />

• Aplicar enfoques diferenciales en la atención.<br />

• Impulsar y establecer las condiciones <strong>para</strong> el retorno voluntario o el<br />

reasentamiento.<br />

Los objetivos enunciados en el Decreto 173 de 1998 son recogidos en el<br />

nuevo Plan Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia,<br />

expedido a través del Decreto 250 de 2005. Además de éstos, el nuevo<br />

plan representa un avance significativo en la definición de líneas estratégicas de<br />

acción e intervención. Cabe destacar el énfasis en las acciones de prevención<br />

del desplazamiento que se centran en el fortalecimiento de la administración<br />

civil y la protección de las personas, sectores y comunidades en riesgo de desplazamiento,<br />

mediante el acompañamiento humanitario, la acción de la<br />

Defensoría del Pueblo, el fortalecimiento del Comité Interinstitucional de Alertas<br />

Tempranas (CIAT), y la protección de la tierra y los bienes patrimoniales de las<br />

personas y comunidades susceptibles de ser despojadas y desarraigadas.<br />

Igualmente es preciso resaltar la incorporación de disposiciones relativas a<br />

la provisión de asistencia humanitaria a población en riesgo de desplazamiento,<br />

especialmente a través de la adopción de medidas que garanticen la seguridad<br />

alimentaria (como el Programa Red de Seguridad Alimentaria, RESA).<br />

Finalmente, en relación con la estabilización socioeconómica, el Decreto<br />

250 de 2005 enfatiza las líneas de hábitat, acceso y protección de tierras y promoción<br />

de programas de generación de ingresos; estos últimos articulados al<br />

desarrollo de alianzas productivas.<br />

Por otra parte, el <strong>info</strong>rme remitido por el SNAIPD a la Corte Constitucional el<br />

13 de diciembre de 2005 se estructura a partir de un conjunto detallado de metas<br />

de corto, mediano y largo plazo de la política, a las que corresponden indicadores<br />

de resultado concretos. Además de responder a los requerimientos específicos<br />

129


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

de la Corte, este <strong>info</strong>rme atiende una de las recomendaciones planteadas de<br />

manera unánime y reiterada por organizaciones no gubernamentales y agencias<br />

del Sistema de las Naciones Unidas 24 .<br />

La formulación de la política también se ha realizado a través de varios<br />

documentos del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes)<br />

del Departamento Nacional de Planeación, en particular:<br />

• Conpes 2804 de 1995, que constituyó el primer abordaje específico y<br />

sistemático del desplazamiento forzado interno en Colombia, por medio del<br />

cual se fijaron estrategias <strong>para</strong> garantizar el retorno voluntario o el reasentamiento<br />

de la población desplazada en lugares distintos al de origen.<br />

• Conpes 2924 de 1997, que consolidó el Sistema Nacional de Atención<br />

Integral a la Población Desplazada por la Violencia, SNAIPD y el Plan Nacional<br />

de Atención Integral a la Población Desplazada.<br />

• Conpes 3057 de 1999, en el que a partir de un análisis de la magnitud y<br />

características de la problemática se expidió el “Plan de acción <strong>para</strong> la prevención<br />

y atención del desplazamiento forzado”, con el propósito de perfeccionar<br />

la oferta institucional desde el punto de vista técnico, financiero y territorial,<br />

24 Así, por ejemplo, la recomendación número 3 consignada<br />

en el Balance de la política pública de prevención, protección y<br />

atención al desplazamiento interno forzado en Colombia (agosto<br />

2002-agosto 2004), realizado por el ACNUR, plantea la necesidad<br />

de: “Construir y poner en práctica indicadores de seguimiento<br />

que permitan evaluar el resultado de la política pública frente a la<br />

materialización del contenido del derecho y constatar que: i) las<br />

instancias establecidas por la Ley están siendo operativas; ii) se<br />

avanza hacia el cumplimiento de los objetivos y el goce efectivo<br />

de los derechos de la población internamente desplazada; iii) los<br />

recursos asignados son suficientes en función de los objetivos de<br />

la política pública y del logro del disfrute efectivo de los derechos<br />

y las necesidades de la población internamente desplazada, en<br />

concordancia con el principio de coherencia establecida por la<br />

Corte Constitucional”.<br />

130


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

mejorar el sistema de <strong>info</strong>rmación y registro de la población desplazada, y articular<br />

las acciones del Estado con las de las ONG y las agencias internacionales e<br />

intergubernamentales.<br />

• Conpes 3400 de 2005, que estableció las metas institucionales de las<br />

entidades del SNAIPD en el contexto del Plan Nacional de Atención Integral a la<br />

Población Desplazada (Decreto 250 de 2005), así como el esfuerzo presupuestal<br />

que estas entidades deberán realizar durante el período 2007 –2010.<br />

Pese a todos estos avances, las acciones institucionales distan todavía de ser<br />

coherentes con los principios, fines, metas, líneas estratégicas, e indicadores<br />

referidos. Al tiempo que se desarrolla el marco programático de la política de<br />

prevención y atención al desplazamiento forzado, se impulsan o adoptan medidas<br />

administrativas y disposiciones legislativas que representan retrocesos en el<br />

marco de protección o contribuyen a la generación de escenarios adversos a la<br />

realización de los derechos de la población afectada.<br />

Bajo esta lógica, el Congreso de la República ha sido escenario de fuertes<br />

debates sobre la conveniencia de proyectos de reforma legislativa que, en lugar<br />

de contribuir a la prevención de las causas estructurales del desplazamiento,<br />

han estado orientados a la promoción de un esquema de distribución, uso de la<br />

tierra y explotación de recursos naturales, que en nada modifican los altos niveles<br />

de concentración de la misma, y que por el contrario ponen en riesgo los<br />

derechos colectivos de los grupos étnicos, entre otros sectores. Los proyectos de<br />

ley presentados en 2004 y 2005 <strong>para</strong> el saneamiento de la propiedad inmueble<br />

de carácter rural por medio de procedimientos administrativos especiales, y la<br />

Ley Forestal, así lo ilustran. Estos proyectos, sin embargo, no se han convertido<br />

en leyes de la República, debido a la presión social legítima ejercida por amplios<br />

sectores de la sociedad civil que los consideran lesivos <strong>para</strong> el interés general.<br />

Por otra parte, según la Corte Constitucional, la inclusión de la población<br />

desplazada en programas generales de atención a la población vulnerable desconoce<br />

la aplicación de los principios de atención diferencial y acción afirmativa,<br />

necesaria <strong>para</strong> afrontar la situación de extrema penuria e indefensión en la<br />

que se encuentra la población en situación de desplazamiento.<br />

131


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Estas y otras falencias estructurales de la política pública han sido identificadas<br />

en numerosos documentos de evaluación, en los cuales se han reconocido<br />

avances en la protección, pero también dificultades y retrocesos, como por ejemplo<br />

los siguientes:<br />

• Balance de la política de atención al desplazamiento interno forzado en<br />

Colombia 1999-2002, realizado por ACNUR.<br />

• Balance de la política pública de prevención, protección y atención al<br />

desplazamiento interno forzado en Colombia (agosto 2002 –agosto 2004), realizado<br />

por ACNUR.<br />

• Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Derechos<br />

Humanos sobre la situación de derechos humanos en Colombia (2005),<br />

presentado ante la Comisión de Derechos Humanos, Documento E/CN.4/2005/<br />

10, 28 de febrero de 2005.<br />

• Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Derechos<br />

Humanos sobre la situación de derechos humanos en Colombia (2004), presentado<br />

ante la Comisión de Derechos Humanos, Documento E/CN.4/2004/13, 17<br />

de febrero de 2004.<br />

• Informe del Secretario General Adjunto de la ONU <strong>para</strong> Asuntos Humanitarios<br />

y Coordinador de la Respuesta de Emergencia, Sr. Kenzo Oshima, presentado<br />

con base en datos recabados durante la misión a Colombia, realizada en<br />

junio de 2003.<br />

• Tercer Informe sobre la situación de derechos humanos en Colombia,<br />

presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Documento<br />

OEA/Ser.L/V/II.102, doc.9 rev.1.<br />

• Informe del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión<br />

de los desplazados internos al 55 período de sesiones de la Comisión de<br />

Derechos Humanos, presentado por el Sr. Francis Deng, Documento E/CN.4/<br />

1999/79, 25 de enero de 1999.<br />

A pesar de la importancia intrínseca de estos <strong>info</strong>rmes, que muestran la voluntad<br />

política de la comunidad internacional <strong>para</strong> incluir la problemática del<br />

132


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

desplazamiento forzado interno en su agenda, muchas de las recomendaciones<br />

allí consignadas no han sido puestas en práctica por el Estado colombiano,<br />

como la formulada por el Sr. Francis Deng en el sentido de establecer un mecanismo<br />

de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de los Principios Rectores<br />

en el ámbito nacional. Por ello, las ONG de derechos humanos han urgido al<br />

Sistema de las Naciones Unidas <strong>para</strong> que refuerce sus actividades de incidencia<br />

con el fin de que el Estado colombiano aplique las recomendaciones internacionales<br />

en materia de protección de las personas desplazadas 25 .<br />

Evolución del marco institucional<br />

El establecimiento de fines, principios y metas de gestión institucional ha<br />

estado acompañado de la formulación de arreglos institucionales por medio de<br />

los cuales se han realizado esfuerzos por precisar las competencias y procedimientos<br />

de acción e intervención. Así dispuesto, el marco institucional responde<br />

a un claro enfoque sistémico sobre el que se ha pronunciado ACNUR:<br />

El Estado colombiano le ha apostado a un modelo sistémico en la respuesta y que<br />

aplica, de acuerdo con la Ley 387 de 1997, los principios de subsidiariedad,<br />

complementariedad, descentralización y concurrencia. La falla en alguno de los<br />

niveles genera desequilibrios en el sistema que a la postre no facilitan el desarrollo<br />

de las acciones que permitirían superar el estado de cosas inconstitucional 26 .<br />

En una primera fase de desarrollo de dicho modelo fue promulgada la Ley<br />

387 de 1997, y a partir de ésta se generó una dinámica centrada en la orientación<br />

y el diseño de un marco de responsabilidades de las entidades adscritas al<br />

SNAIPD, y aquellas que integran el Consejo Nacional de Atención.<br />

25 Comisión Colombiana de Juristas, CODHES, Colectivo<br />

de Abogados “José Alvear Restrepo”, Servicio Jesuita <strong>para</strong> Refugiados.<br />

“Principales aspectos de preocupación sobre la protección<br />

de las personas desplazadas en Colombia”. Documento<br />

presentado a la Sra. Erika Feller, Alta Comisionada Auxiliar <strong>para</strong><br />

la Protección –ACNUR. Bogotá. Enero de 2006.<br />

26 Informe a la Corte Constitucional, 18 de marzo de 2005.<br />

133


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Esta dinámica tuvo concreción en el Decreto 2569 de 2000, por medio del<br />

cual se reglamentó la mencionada ley en aspectos fundamentales como la definición<br />

de las competencias de la Red de Solidaridad Social y los Comités<br />

Territoriales de Atención. Específicamente el decreto asignó a la Red de Solidaridad<br />

Social (hoy Acción Social) la función de coordinar el SNAIPD y la obligación<br />

de desarrollar varias actividades, entre ellas:<br />

• Establecer, alimentar y mantener actualizado el Registro Único de Población<br />

Desplazada.<br />

• Diseñar y poner en ejecución el plan estratégico <strong>para</strong> el manejo del desplazamiento<br />

forzado interno.<br />

• Determinar, en coordi<strong>nación</strong> con el Departamento Nacional de<br />

Planeación, los indicadores sociales y económicos que permitan el seguimiento<br />

y evaluación de los resultados generales de los programas de atención a la<br />

población desplazada por la violencia.<br />

• Promover y coordinar la adopción por parte de las autoridades nacionales<br />

y locales de medidas humanitarias, de manera tal que se brinde oportunamente<br />

atención humanitaria de emergencia, protección y condiciones de estabilización<br />

y consolidación a la población desplazada.<br />

• Promover la creación de Comités Municipales, Distritales y Departamentales<br />

<strong>para</strong> la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia y asistir<br />

a las sesiones de dichos Comités.<br />

• Coordinar la adopción de medidas <strong>para</strong> posibilitar el retorno voluntario a<br />

la zona de origen o la reubicación de la población desplazada.<br />

Como consecuencia de lo anterior se elaboró la Guía de Atención Integral a<br />

la Población Desplazada por la Violencia, publicada en el 2001 27 . En esta guía<br />

se identificaron, precisaron y señalaron con detalle instancias, mecanismos y<br />

27 Red de Solidaridad Social -Unidad Técnica Conjunta (RSS-<br />

ACNUR). Guía de Atención Integral a la Población Desplazada<br />

por la violencia. Bogotá. 2001.<br />

134


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

procedimientos de coordi<strong>nación</strong>, participación y atención a la población en situación<br />

de desplazamiento, entre estos los siguientes:<br />

• Red Nacional de Información de Población Desplazada, conformada por<br />

el Registro Único de Población Desplazada, y el Sistema de Estimación del<br />

Desplazamiento por Fuentes Contrastadas (que actualmente no presenta estadísticas<br />

públicas).<br />

• Las estrategias de coordi<strong>nación</strong> interinstitucional y participación social<br />

* Comités municipales, distritales, y departamentales <strong>para</strong> la<br />

atención integral a la población desplazada.<br />

* Mesas permanentes de trabajo con población desplazada.<br />

* Unidades de Atención y Orientación a la Población Despla<br />

zada (UAO)<br />

• Sistemas de Alertas Tempranas<br />

• Protección humanitaria<br />

• Misiones humanitarias<br />

• Espacios humanitarios<br />

• Promoción de la convivencia pacífica<br />

• Fortalecimiento de las condiciones de arraigo<br />

• Instrumentos <strong>para</strong> el diagnóstico de riesgos<br />

En una segunda etapa del desarrollo del marco institucional, se observa una<br />

tendencia a la reformulación del mismo. Fusiones como la que tuvo lugar entre<br />

el Fondo de Inversiones <strong>para</strong> la Paz (FIP), la Agencia Colombiana de Cooperación<br />

Internacional (ACCI) y la Red de Solidaridad Social (RSS), por medio del<br />

Decreto 2467 de 2005, o supresiones como la del Instituto Colombiano de la<br />

Reforma Agraria (Incora), a través del Decreto 1300 de 2003, son clara muestra<br />

de ello. Respecto de la referida fusión, que dio origen a la Agencia Presidencial<br />

<strong>para</strong> la Acción Social y la Cooperación Internacional, Acción Social, CODHES<br />

precisó:<br />

135


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

La Red de Solidaridad ha sido una instancia válida <strong>para</strong> la atención de la<br />

población en situación de desplazamiento, en la medida en que acumula una<br />

experiencia, cuenta con un importante recurso humano y disposiciones legales<br />

<strong>para</strong> desarrollar su gestión. Esta reforma institucional podría afectar la RSS en<br />

detrimento de la población desplazada, sobre todo si se tiene en cuenta que los<br />

recursos de cooperación internacional serán tramitados en función de la nueva<br />

agencia y, probablemente, destinados a desplazados, desmovilizados o a programas<br />

sociales en el marco de la aplicación del Plan Colombia 28 .<br />

Respecto de la supresión del Incora, la Procuraduría General de la Nación<br />

mencionó:<br />

136<br />

No fue un mero acto de reforma administrativa, en la que las funciones de la<br />

desaparecida institución pasaron a una nueva, el Incoder, con el trauma burocrático<br />

y funcional que esa decisión conllevó y que aún hoy se padece. El mensaje que<br />

pareciera subyacer en dicha decisión es el aplazamiento indefinido de la pretensión<br />

originaria de hacer una verdadera y justa reforma agraria en Colombia y la<br />

invisibilización del drama del desplazamiento, pues recuérdese que en el Decreto<br />

de creación del Incoder (D. 1300 de 2003) no se mencionó a la población desplazada<br />

por la violencia, ni se estableció de manera concreta la función relativa a la protección<br />

de las tierras de los desplazados 29 .<br />

Evolución del marco presupuestal<br />

En los últimos años, y especialmente luego de que fuera expedida la sentencia<br />

T-025 de 2004, ha sido evidente el esfuerzo presupuestal realizado por el<br />

gobierno colombiano <strong>para</strong> sostener la atención a la población desplazada. Entre<br />

1995 y el 2004, el Estado colombiano dispuso con este objetivo rubros por cerca<br />

28 Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento.<br />

CODHES. “¿Hay derecho?”. Boletín No. 64. Neiva. 26<br />

de octubre de 2005.<br />

29 Palabras del señor Procurador General de la Nación, Dr.<br />

Edgardo José Maya Villazón, en el acto de instalación del seminario<br />

“Territorio, patrimonio y desplazamiento”, organizado con el<br />

apoyo del Consejo Noruego <strong>para</strong> Refugiados.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

de 1.3 billones de pesos. De acuerdo con el Departamento Nacional de<br />

Planeación (DNP), <strong>para</strong> la vigencia 2005 las entidades del SNAIPD dispusieron<br />

$519.071 millones de pesos <strong>para</strong> la atención de la población desplazada, mientras<br />

que <strong>para</strong> la vigencia de 2006 se tiene programado un presupuesto de<br />

$847.620 millones 30 .<br />

Ahora bien, según datos aportados por el DNP en el Conpes 3400 de 2005,<br />

“durante el período 1995-2004, el Estado colombiano, sin contabilizar el aporte<br />

de las entidades territoriales, invirtió cerca de 1.3 Billones de pesos de 2005 <strong>para</strong><br />

el desarrollo de la política de atención integral a la PD [población desplazada].<br />

De estos recursos, $1 billón de pesos fueron aportes de la Nación (95.3% del<br />

presupuesto de inversión y 4.7% del presupuesto de funcionamiento) y $370.201<br />

millones de pesos provinieron de cooperación internacional”.<br />

Esta afirmación contrasta con <strong>info</strong>rmes de la Red de Solidaridad Social (hoy<br />

Acción Social) sobre la inversión de la cooperación internacional en el tema que<br />

señalan que “en los últimos años se han invertido US$ 155.8 millones y la contra-<br />

30 Documento Conpes 3400 de 2005, de donde se toma el<br />

gráfico incluido en esta página.<br />

137


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

partida nacional ha sido de US$ 36.5 millones” 31 . Teniendo en cuenta este panorama,<br />

CODHES sostuvo:<br />

138<br />

Esta política de cooperación se basa en la consideración según la cual la comunidad<br />

internacional debe asumir la responsabilidad primaria que le compete al Estado<br />

colombiano. En este contexto, resulta revelador que el esfuerzo estatal sea<br />

históricamente subsidiario frente a la ayuda proveniente de la cooperación<br />

internacional, como lo muestran diversas fuentes 32 .<br />

Es necesario reconocer que con posterioridad a la Sentencia T-025 de 2004<br />

el Estado colombiano ha hecho un importante esfuerzo presupuestal que ha<br />

convertido a la Nación en la principal fuente de recursos <strong>para</strong> la prevención y<br />

atención al deslazamiento forzado, lo que demuestra significativos avances del<br />

Estado en el propósito de asumir de manera más efectiva sus responsabilidades<br />

primarias, así como en reconocer el carácter complementario y no sustitutivo<br />

que deben tener los recursos provenientes de la cooperación internacional.<br />

En este orden de ideas, el actual gobierno ha expresado en diversos foros su<br />

voluntad política de realizar un esfuerzo presupuestal sin precedentes en materia<br />

de financiación de los programas de atención a población desplazada 33 , que se<br />

vería reflejado en asignaciones presupuestales <strong>para</strong> los próximos años cercanas<br />

a los 5 billones de pesos.<br />

Sin embargo, resulta preocupante la posibilidad de que el gobierno responda<br />

a los requerimientos de la Corte Constitucional por medio de la recomposición<br />

31 Información tomada textualmente del <strong>info</strong>rme remitido por la<br />

Red de Solidaridad Social a la Corte Constitucional el 14 de mayo<br />

de 2004. Citado en: Oficina del Alto Comisionado de las Naciones<br />

Unidas <strong>para</strong> los Refugiados. Balance de política pública de prevención,<br />

protección y atención al desplazamiento interno en Colombia.<br />

Agosto 2002-agosto 2004.<br />

32 Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento,<br />

CODHES. “El Gobierno frente al desplazamiento: ¡Como<br />

el cangrejo!”. En: Camilo Borrero García (ed.). Reelección: El<br />

embrujo continúa. Segundo año de gobierno de Álvaro Uribe<br />

Vélez. Bogotá. Plataforma Colombiana de Derechos Humanos,<br />

Democracia y Desarrollo. 2004.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

del gasto social, y no con un esfuerzo económico adicional, que es en el fondo lo<br />

que solicita la Corte. En la práctica esta decisión se traduciría en que la solidaridad<br />

<strong>para</strong> con los desplazados sea exigida a los estratos socioeconómicos más<br />

bajos, quienes se verían compelidos a competir con aquellos por los recursos<br />

escasos que constituyen la fuente de los programas destinados a la atención de<br />

población vulnerable.<br />

Los importantes avances en las políticas públicas entre 1995 y 2005 en materia<br />

programática, normativa, institucional y presupuestal, requieren ser complementados<br />

por acciones estatales, gubernamentales y sociales acordes con<br />

las necesidades y derechos que asisten a la población en riesgo o en situación<br />

de desplazamiento. La capacidad destructiva de la violencia, generada por actores<br />

que sacan provecho de la desestructuración institucional y social <strong>para</strong> sus<br />

propios fines, necesita de contrapesos basados en la vigencia del Estado Social<br />

de Derecho, como el referente principal <strong>para</strong> tramitar los conflictos, realizar los<br />

derechos, afirmar la inclusión y responder al desafío de <strong>construir</strong> <strong>nación</strong>.<br />

139


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

140


Conclusiones<br />

Capítulo IV<br />

Conclusiones y recomendaciones<br />

Esta primera aproximación desde una metodología de revisión documental<br />

sobre la problemática del desplazamiento forzado en Colombia entre 1995 y<br />

2005 permite establecer, de manera general, algunas conclusiones:<br />

Conflicto armado y crisis humanitaria<br />

1. La persistencia, expansión e intensificación del conflicto armado interno<br />

y otras formas de violencia se constituye como principal contexto<br />

generador de la crisis humanitaria ligada a los procesos de<br />

desplazamiento forzado.<br />

2. Entre 1995 y 2005 cerca de tres millones de personas han sido<br />

expulsadas de sus lugares habituales de residencia o trabajo en el marco<br />

del conflicto armado interno y de otras violencias ligadas a la disputa<br />

territorial, poblacional y de recursos.<br />

3. La crisis humanitaria crónica y sostenida arroja un acumulado de<br />

personas en riesgo y en situación de desplazamiento que la ubica entre<br />

las más graves del mundo actual.<br />

4. La población en riesgo y en situación de desplazamiento es una de las<br />

principales víctimas del conflicto armado, tanto por la cantidad de


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

142<br />

personas, familias, comunidades y sectores afectados, como por la<br />

situación de extrema vulnerabilidad en la que ésta se encuentra.<br />

5. Entre 1995 y 2005 el gobierno reconoce que alrededor de 1.772.000<br />

personas en situación de desplazamiento han sido obligadas a<br />

abandonar sus lugares de origen.<br />

6. En esta década la expansión e intensificación del conflicto armado<br />

interno y de otras violencias <strong>para</strong>lelas al mismo, ha implicado la<br />

expulsión de población del 87% de los municipios del país, y que el 71%<br />

de los municipios hayan recibido población desplazada. Esto quiere<br />

decir que la totalidad de los departamentos son escenario de expulsión,<br />

tránsito y/o recepción de personas forzadas a migrar.<br />

7. Los grupos <strong>para</strong>militares y las guerrillas son los principales expulsores<br />

de población en Colombia. Las diversas guerrillas aparecen como el<br />

principal autor de desplazamientos, representando entre 43% y 52% del<br />

total de actores identificados en el Sistema RUT y CODHES; esta última<br />

cifra al tomar en cuenta la <strong>info</strong>rmación proveniente de la encuesta de<br />

2003, que no necesariamente refleja la tendencia de la década. La<br />

proporción atribuida a los grupos <strong>para</strong>militares varía según la fuente,<br />

siendo mayor su actuación en la población incluida en el sistema de<br />

<strong>info</strong>rmación de CODHES (41.6%), especialmente al revisar el acumulado<br />

1995-2005. La responsabilidad asignada a integrantes de la fuerza<br />

pública es muy baja (1.1% en el Sistema RUT y 4.8% en CODHES). Por<br />

otra parte, el 15% de los casos fue atribuido a agentes violentos no<br />

identificados.<br />

8. El desplazamiento forzado interno implica la negación de derechos civiles<br />

y genera consecuencias lesivas en el plano económico, social y cultural.<br />

Además, conlleva la negación de la ciudadanía política.<br />

9. Según cifras de CODHES, entre 1995 y 2003 la población desplazada<br />

fue forzada a abandonar al menos 4.8 millones de hectáreas.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Impacto sociodemográfico de la migración forzada<br />

10. El desplazamiento forzado sigue generando un proceso violento de<br />

transformación demográfica y recomposición territorial con graves<br />

consecuencias económicas, políticas, sociales, culturales y<br />

ambientales.<br />

11. Los pequeños y medianos municipios ubicados en las zonas de más<br />

cruenta confrontación han recibido, proporcionalmente, el mayor<br />

impacto de la dinámica de expulsión, destierro, despojo y fragmentación<br />

del tejido social. La precaria capacidad de respuesta institucional y<br />

social, la ausencia de planes de contingencia, la crisis financiera de los<br />

municipios y las fallas estructurales en el proceso de descentralización<br />

influyen en las dificultades de respuesta.<br />

12. Las ciudades grandes e intermedias siguen siendo el principal lugar de<br />

llegada de la mayoría de la población en situación de desplazamiento<br />

que busca protección y atención integral.<br />

13. Los mayores flujos de expulsión hacia regiones distintas a las de origen<br />

se identifican en la región Pacífica y en la Central. A Bogotá llega entre el<br />

10% y 25% del total de desplazados de todas las regiones dependiendo<br />

de las fuentes consultadas.<br />

14. Los desplazamientos individuales y unifamiliares constituyen el mayor<br />

porcentaje de los casos, lo cual influye en la relativa invisibilidad de la<br />

problemática, dado que la respuesta tiende a concentrarse en los casos<br />

de desplazamientos masivos.<br />

Población más afectada<br />

15. Las mujeres, niñas y niños, personas discapacitadas y personas mayores<br />

sufren las peores consecuencias del desplazamiento. No obstante, los<br />

hombres también afrontan serias dificultades <strong>para</strong> la inserción laboral y<br />

la generación de ingresos estables en los lugares y entornos de<br />

asentamiento.<br />

143


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

144<br />

16. En el momento del desplazamiento el 50% de la población afectada es<br />

menor de 15 años.<br />

17. El 55% de las mujeres en situación de desplazamiento se encontraban<br />

sin pareja en el momento de aplicación de la encuesta, en com<strong>para</strong>ción<br />

con el 6% de los hombres en la misma situación, lo cual refleja<br />

complejos procesos de ruptura familiar y cargas desproporcionadas en<br />

cabeza de las mujeres.<br />

18. Los pueblos indígenas y las comunidades afrocolombianas se<br />

encuentran dentro de los grupos poblacionales que en mayor medida<br />

han sido sometidos al destierro y al despojo. Su ubicación tradicional en<br />

zonas estratégicas los ha convertido en objetivo de la disputa por<br />

territorios, recursos y control económico, social y político.<br />

Principales efectos socioeconómicos<br />

19. La población en situación de desplazamiento se encuentra en una<br />

extrema vulnerabilidad debido a los altos niveles de desprotección, a la<br />

pérdida de los lazos culturales y al despojo de sus bienes patrimoniales.<br />

Esta situación se agrava aún más en razón a los bajos niveles educativos,<br />

las dificultades <strong>para</strong> sostener a los hijos e hijas en la escuela, las escasas<br />

posibilidades y oportunidades de inserción laboral o generación de<br />

ingresos en entornos urbanos, y el limitado acceso al sistema de<br />

protección social.<br />

20. La ruptura del tejido social que implica el desgarramiento de las redes<br />

básicas de sostenimiento, participación, solidaridad y reciprocidad,<br />

provoca el deterioro y en muchos casos el colapso de los sistemas de<br />

sustento de las personas, familias y comunidades forzadas a migrar.<br />

21. La pérdida de medios de subsistencia básicos, activos y bienes<br />

patrimoniales afecta notoriamente la calidad de vida y el bienestar de la<br />

población en riesgo o en situación de desplazamiento. En este sentido,


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

los sistemas de sustento de esta población se encuentran sometidos al<br />

límite de sus posibilidades, al punto que la mayor parte de los desplazados<br />

entra en acelerados y sostenidos procesos de empobrecimiento e incluso<br />

indigencia.<br />

22. Cerca del 60% de las familias encuestadas manifestó haber dejado<br />

bienes abandonados, en especial fincas, parcelas y casas, entre otros.<br />

Educación<br />

23. El restablecimiento y la estabilización socioeconómica de los afectados<br />

se ven restringidos por el bajo nivel educativo de las personas en situación<br />

de desplazamiento. La escolarización general de la población es baja,<br />

con un promedio de 3.7 años cursados. Estas cifras reflejan el impacto<br />

negativo del desplazamiento forzado, el alto porcentaje de la población<br />

infanto-juvenil y la baja cobertura de la educación formal en las áreas<br />

rurales. Estos factores, unidos a la extrema vulnerabilidad de la población<br />

en situación de desplazamiento, se convierten en catalizadores del<br />

desempleo y la pobreza.<br />

24. En las condiciones que genera el desplazamiento y tomando como<br />

referencia el universo de edades, la asistencia escolar se reduce del<br />

44% al 38%. Pese a los esfuerzos por ampliar cupos <strong>para</strong> población en<br />

situación de desplazamiento, las dificultades de permanencia, sumadas<br />

a la necesidad de que niñas y niños aporten económicamente a las<br />

familias, influyen en esta elevada tasa de desescolarización.<br />

25. Sólo la mitad de la población en situación de desplazamiento accede a<br />

algunos cursos de educación básica primaria, y entre el 13% y el 21%<br />

alcanzan el nivel secundario. Entre tanto, sólo el 1.0% alcanza estudios<br />

superiores. Según la fuente consultada, entre un 10% y un 25% no ha<br />

cursado estudios formales y muchas de estas personas son analfabetas<br />

funcionales. Estas estadísticas superan la tasa nacional que oscila entre<br />

el 8% y el 12% en las zonas rurales.<br />

145


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Salud<br />

146<br />

26. Más de una tercera parte de las personas (37%), indistintamente entre<br />

hombres y mujeres, <strong>info</strong>rmó sobre el padecimiento de enfermedades<br />

en el momento de la entrevista o durante el desplazamiento.<br />

27. Se registran preocupantes cifras de embarazos y maternidad prematuros,<br />

lo que se expresa en 209 casos de niñas menores de 15 años, según el<br />

Sistema RUT, mientras que en el rango de 15 a 19 años se registran 728<br />

casos.<br />

28. Las condiciones de desprotección de servicios de salud afectan<br />

aproximadamente a la mitad de la población: 47% en el SUR y 54%<br />

según CODHES.<br />

29. La cobertura del sistema de salud en la población que <strong>info</strong>rma sobre<br />

este aspecto, es inferior al 50%, con la mayoría de las personas afiliadas<br />

al régimen subsidiado. La cobertura en el régimen de pensiones es<br />

prácticamente inexistente. Esta situación resulta especialmente<br />

preocupante respecto de las condiciones básicas de vida digna de la<br />

población en situación de desplazamiento adulta mayor, actual y futura.<br />

30. La población que cotiza dentro del régimen contributivo varía entre el<br />

2% y el 17%, hecho que se sustenta en la situación de inestabilidad<br />

laboral y de ingresos. Por el contrario, una tercera parte del total de<br />

personas está cubierta por el régimen subsidiado. El 6% de los<br />

integrantes de las familias incluidas en el Sistema de <strong>info</strong>rmación de<br />

CODHES reporta una afiliación “especial” o se consideran “vinculados”.<br />

Actividad, ocupación e ingresos<br />

31. Por sus características, el desplazamiento forzado implica la pérdida<br />

del empleo y la reducción de los ingresos de quienes han sido forzados<br />

a migrar y contribuye a incrementar los índices de desempleo en el país.<br />

Cerca del 36% de las personas en situación de desplazamiento


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

perdieron su trabajo. La proporción de personas que luego de la<br />

expulsión busca trabajo creció cinco veces.<br />

32. El promedio de ingresos de cada familia desplazada es de $148.000<br />

mensuales. Esta suma equivale a 40% de un salario mínimo mensual<br />

vigente en 2005, lo que influye en la situación de pobreza aguda y<br />

extrema vulnerabilidad que padece esta población.<br />

33. Como resultado del desplazamiento la mayoría de personas,<br />

principalmente las mujeres, cambiaron su ocupación básica. Antes<br />

del desplazamiento su principal actividad estaba relacionada con<br />

trabajo independiente (30%), asalariado (30%), actividades del hogar<br />

no remuneradas (25%) y servicio doméstico (5%). En el momento de<br />

la aplicación de la encuesta la mayoría de ellas realizaba actividades<br />

del hogar no remuneradas o labores de servicio doméstico.<br />

Consumo de alimentos<br />

34. Según los estándares nutricionales internacionalmente establecidos,<br />

la dieta de la población en situación de desplazamiento es inadecuada<br />

e insuficiente, lo cual incrementa los niveles de vulnerabilidad y<br />

debilidad manifiesta de estas personas.<br />

Tenencia y superficie de la tierra abandonada<br />

35. Según el Sistema RUT, el 58% de las familias encuestadas tenía una<br />

relación con la tierra como elemento central de los sistemas de sustento<br />

familiares. Por ende su desplazamiento no sólo tiene implicaciones<br />

relacionadas con el despojo y pérdida de activos patrimoniales, sino<br />

también con profundas transformaciones en las formas de vida y<br />

supervivencia de significativos grupos y sectores sociales, en particular<br />

de las comunidades campesinas mestizas, indígenas y afrocolombianas.<br />

En muchos casos estas características culturales y demográficas<br />

dificultan aún más la adaptación de estos grupos a entornos urbanos a<br />

147


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

148<br />

los que se llega sin bienes, sin medios de subsistencia y sin relaciones<br />

significativas.<br />

36. Algo menos de la mitad de las familias eran propietarias de tierras en su<br />

lugar de origen, bien sea a través de propiedad individual (37.1%),<br />

propiedad colectiva (4.9%), o colonización (2.1%). De la población<br />

restante el 19.1% no tenía tierra, el 7.9% correspondía a arrendatarios,<br />

el 8.2% era poseedora y el 20.8% no suministró <strong>info</strong>rmación.<br />

37. El desplazamiento forzado afecta principalmente minifundios lo que<br />

sugiere procesos violentos de concentración de la tenencia de la tierra.<br />

En la mitad de los casos la superficie de la tierra abandonada era inferior<br />

a 10 hectáreas. Los predios de mediano tamaño, entre 10 y 50 hectáreas,<br />

corresponden al 33.7%. Por último, sólo el 16.6% corresponde a predios<br />

de entre 50 y 500 hectáreas.<br />

Principales necesidades identificadas<br />

Según datos de CODHES:<br />

38. La principal necesidad identificada por la población en situación de<br />

desplazamiento consiste en tener un empleo y medios <strong>para</strong> trabajar<br />

(31.5%), seguida por vivienda y dotación —camas y utensilios de cocina<br />

con un 30.9%—. Esta <strong>info</strong>rmación muestra cómo la mayoría de la<br />

población afectada permanece en condiciones de emergencia, en<br />

algunos casos crónica, sin que se logren superar las condiciones de<br />

extrema vulnerabilidad, no obstante el paso del tiempo e incluso de las<br />

ayudas proporcionadas.<br />

39. Un segundo bloque de necesidades priorizadas tiene que ver con la<br />

salud física y mental, el suministro de medicamentos (17.2% de los<br />

casos), y la educación de los hijos e hijas (13.6% de los casos).


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Según datos del Sistema RUT:<br />

40. Las necesidades priorizadas por la población en situación de<br />

desplazamiento son: salud (85.3%), vivienda (83.8%), educación (75%)<br />

y oportunidades de trabajo (55.9%). Una cuarta parte requiere asesoría<br />

jurídica y un 64% demanda elementos de aseo y vestuario. El apoyo en<br />

dinero y los auxilios <strong>para</strong> transporte fueron mencionados por el 45% de<br />

las jefaturas familiares como necesidades prioritarias.<br />

Entidades que han prestado ayuda<br />

41. Según cifras de CODHES, la población desplazada identifica como<br />

entidades que les prestan ayuda a: Acción Social (25%), el Comité<br />

Internacional de la Cruz Roja (15.9%), la Iglesia Católica (11.3%) y otras<br />

(11.9%).<br />

42. Según cifras del RUT, las entidades de ayuda identificadas son la Iglesia<br />

Católica (22%), Acción Social (18%), el Comité Internacional de la Cruz<br />

Roja (11%) y la Cruz Roja Colombiana (10%). La ayuda brindada por<br />

parte de familiares y amigos llega al 15% de las familias encuestadas.<br />

Intención de permanencia<br />

43. Una proporción muy alta de familias (64.7%) desea permanecer en el<br />

sitio en donde reside al momento de aplicación de la encuesta; otro<br />

21.7% desea buscar otro lugar de residencia; tan sólo el 12.4% quiere<br />

volver a su localidad de origen; y el 1.2% quiere salir del país. Estas<br />

cifras dependen de las condiciones objetivas y las percepciones de<br />

protección, seguridad y sostenibilidad en los lugares de expulsión,<br />

asentamiento o reubicación, según el caso.<br />

149


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Respuestas institucionales y sociales<br />

Marco Normativo e institucional<br />

150<br />

44. Colombia es uno de los pocos países en conflicto que cuenta con una<br />

ley específica <strong>para</strong> la protección y atención integral a la población en<br />

situación de desplazamiento: la Ley 387 de 1997. Existen además claros<br />

referentes en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el<br />

Derecho Internacional Humanitario y la Constitución Política sobre la<br />

obligación primaria del Estado en estos temas.<br />

45. Colombia es el único país del mundo en el cual los Principios Rectores<br />

de los Desplazamientos Internos de las Naciones Unidas tienen rango<br />

constitucional, y por ende fuerza vinculante.<br />

46. En Colombia la legislación penal vigente contempla el desplazamiento<br />

forzado interno como un delito de lesa humanidad y un crimen de guerra.<br />

47. El país cuenta con la definición legal de espacios e instancias de<br />

coordi<strong>nación</strong>, ejecución y seguimiento de las respuestas locales,<br />

departamentales y nacionales de atención a población desplazada<br />

interna: el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población<br />

Desplazada (SNAIPD), el Consejo Nacional de Atención a la Población<br />

Desplazada (CNAIPD), los Comités Territoriales de Atención a la<br />

Población Desplazada y las Unidades de Atención y Orientación (UAO).<br />

48. Asimismo, se han formulado una serie de documentos Conpes sobre<br />

desplazamiento, los Planes Naciones de Atención a la Población<br />

Desplazada y más recientemente los Planes Integrales Únicos.<br />

49. Frente a uno de los temas estructurales en la prevención de los<br />

desplazamientos y la mitigación de sus consecuencias, resulta de<br />

especial importancia el Decreto 2007 de 2001, que establece la<br />

protección de bienes patrimoniales de la población en riesgo y en<br />

situación de desplazamiento —tierras, territorio y bienes muebles— por<br />

medio de la puesta en marcha de mecanismos administrativos y sociales.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

50. Existen avances relacionados con el programa de protección a<br />

comunidades en riesgo de desplazamiento que, por ahora, se encuentra<br />

en la fase preliminar de diseño y prueba de las metodologías<br />

correspondientes.<br />

51. Se reconoce como valioso el compromiso y la voluntad política de<br />

algunas administraciones de ciudades como Bogotá, Medellín y<br />

Bucaramanga, entre otras, que han movilizado recursos institucionales<br />

y económicos <strong>para</strong> afrontar de manera más integral esta problemática<br />

y que apoyan y facilitan el funcionamiento de los Comités territoriales de<br />

atención.<br />

Avances en la respuesta social<br />

52. El desplazamiento forzado ha venido ocupando paulatinamente un lugar<br />

cada vez más relevante en las agendas de la comunidad internacional.<br />

Esto se expresa en la presencia activa en Colombia de un número<br />

significativo de entidades, organizaciones e instituciones de la<br />

comunidad internacional, algunas de ellas con mandato y misión<br />

concretos.<br />

53. Las organizaciones de población en situación de desplazamiento se<br />

consolidan como sujetos activos de la política pública por medio de<br />

diversas mesas y coordinaciones del orden local, regional y nacional,<br />

pese a las dificultades que acompañan este tipo de procesos.<br />

54. La agenda de sectores sociales como las organizaciones de indígenas,<br />

afrocolombianos(as), mujeres, y movimientos e iniciativas de paz, ha<br />

incluido de manera creciente la problemática del desplazamiento<br />

forzado.<br />

55. El interés cada vez mayor de estamentos académicos por esta<br />

problemática se expresa en programas de extensión académica,<br />

procesos de investigación, conformación de redes de investigadores(as);<br />

así como en la oferta de cursos especializados, diplomados, seminarios,<br />

151


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

152<br />

foros, simposios, publicaciones temáticas, asesorías y consultorías a<br />

entidades internacionales, nacionales y locales.<br />

56. La constitución de observatorios locales y regionales que desarrollan<br />

actividades en torno al monitoreo sistemático de la migración forzada.<br />

Estos esfuerzos en muchos casos incluyen aportes y el respaldo de<br />

entidades locales, iglesias, sectores sociales y diversas formas de<br />

cooperación internacional.<br />

Barreras y dificultades de la respuesta institucional y social<br />

Relacionadas con el contexto de conflicto armado interno y crisis humanitaria<br />

57. Las fallas en el deber de protección estatal a quienes se encuentran en<br />

riesgo o en situación de desplazamiento. Los distintos mecanismos<br />

establecidos, entre éstos el Sistema de Alertas Tempranas y el Comité<br />

Interinstitucional de Alertas Tempranas, así como las medidas de<br />

protección aplicadas, presentan en términos generales serias<br />

dificultades operativas referidas a la pertinencia, oportunidad y efectividad<br />

de las respuestas.<br />

58. El incumplimiento por parte de los diversos actores armados de expresas<br />

obligaciones de respeto irrestricto a la población civil, y en general, de<br />

los principios básicos de la normativa de protección.<br />

59. Las estructuras de impunidad existentes relacionadas con las<br />

violaciones de los derechos humanos y de las infracciones al Derecho<br />

Internacional Humanitario —entre ellas el desplazamiento forzado—,<br />

facilitan que los distintos agentes desplazadores sigan aplicando diversas<br />

formas de violencia como mecanismo de control territorial, poblacional<br />

y de recursos.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Aspectos programáticos<br />

60. El lugar secundario que todavía, pese a su gravedad, ocupa la<br />

problemática en la agenda estatal y social. En este sentido, el<br />

desconocimiento de esta realidad sigue mediado por ideas y creencias,<br />

que en muchos casos derivan en prácticas discriminatorias en contra<br />

de los sectores en riesgo o en situación de desplazamiento y, cuando<br />

no, de las personas e instituciones que realizan actividades de<br />

protección, atención y monitoreo de la situación.<br />

61. El énfasis en respuestas de corto plazo que no establecen condiciones<br />

<strong>para</strong> consolidar soluciones duraderas e integrales. Priman, en este<br />

sentido, criterios y acciones de carácter asistencialista que resultan<br />

contraproducentes con miras a lograr procesos de restablecimiento e<br />

integración sostenibles.<br />

62. El desconocimiento de la necesidad de aplicar respuestas diferenciadas<br />

y políticas de acción afirmativa que generen las condiciones básicas de<br />

superación de la situación de desigualdad, desventaja, vulnerabilidad<br />

extrema y debilidad manifiesta en la que se encuentra la población en<br />

situación de desplazamiento. Las respuestas basadas en líneas de<br />

atención general a grupos vulnerables no contemplan las<br />

especificidades de la situación de la población que ha sido forzada a<br />

migrar, ni aplican estándares básicos de atención —cuyo contenido y<br />

propósito se dirige a lograr respuestas integrales y duraderas a partir del<br />

reconocimiento y dignificación de las personas afectadas—.<br />

Aspectos normativos<br />

63. El desconocimiento por parte de algunos funcionarios y otros agentes<br />

concernidos de los elementos centrales de la problemática por falta de<br />

<strong>info</strong>rmación básica y capacitación sobre le normatividad aplicable, el<br />

marco institucional de respuesta y los fundamentos de la política pública<br />

respectiva.<br />

153


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

154<br />

64. La introducción de reformas jurídicas, políticas y administrativas que en<br />

lugar de contribuir al logro de los objetivos y metas de la política pública,<br />

erosionan el marco de derechos de la población desplazada.<br />

65. La aplicación de interpretaciones restrictivas por parte de algunos<br />

funcionarios e instituciones obligadas. Este tipo de decisiones implican<br />

la desatención de población en situación de desplazamiento que cumple,<br />

bajo la aplicación de los principios de buena fe y favorabilidad, con las<br />

condiciones objetivas <strong>para</strong> ser sujeto de la protección y atención previstas<br />

en los instrumentos normativos e institucionales correspondientes.<br />

Aspectos presupuestales<br />

66. La distancia entre las dimensiones y necesidades de respuesta del<br />

problema, y las asignaciones presupuestales efectivas, que pese a los<br />

esfuerzos realizados, no logran los niveles de cobertura y realización de<br />

los derechos básicos de la población en situación de desplazamiento.<br />

67. La ausencia de rubros específicos <strong>para</strong> la atención a la población<br />

afectada según componentes, ejes sectoriales y enfoque diferencial.<br />

Esta situación significa una seria dificultad <strong>para</strong> realizar los derechos<br />

concernidos, así como <strong>para</strong> adelantar las acciones de monitoreo,<br />

veeduría, fiscalización y rendición de cuentas.<br />

Aspectos institucionales<br />

68. La desarticulación y descoordi<strong>nación</strong> de las respuestas estatales y<br />

gubernamentales que no logran todavía responder a los objetivos y metas<br />

de la política.<br />

69. Frente al impacto del desplazamiento en la inmensa mayoría de los<br />

municipios del país, muy pocos comités territoriales de atención a la<br />

población en situación de desplazamiento han sido conformados,<br />

funcionan periódicamente y han logrado consolidar acciones<br />

sostenibles.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

70. Los mecanismos y procedimientos institucionales siguen ceñidos a<br />

esquemas de normalidad. Por lo tanto, desconocen la necesidad de<br />

respuestas adecuadas a situaciones de emergencia, que sin embargo<br />

sean integrales, prontas y efectivas. La ausencia de mecanismos<br />

preferenciales de atención que correspondan a las necesidades<br />

surgidas en contextos de conflicto armado interno y crisis humanitaria<br />

va en detrimento de los derechos de la población afectada.<br />

71. La ausencia de <strong>info</strong>rmación desagregada sobre la oferta y la gestión<br />

institucional, y la correlativa dificultad <strong>para</strong> adelantar acciones de<br />

seguimiento.<br />

72. La falta de voluntad política <strong>para</strong> realizar procesos de rendición de<br />

cuentas sobre la gestión y el gasto público en materia de<br />

desplazamiento forzado en los escenarios locales, departamentales y<br />

nacionales, que sean resultado de la madurez institucional, y no<br />

solamente producto de los llamados perentorios de la Corte<br />

Constitucional.<br />

73. Las dificultades <strong>para</strong> la participación oportuna y efectiva de las<br />

organizaciones de población en situación de desplazamiento en los<br />

espacios de deliberación y toma de decisiones en los ámbitos local,<br />

departamental y nacional.<br />

155


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Recomendaciones<br />

Al Estado Colombiano<br />

156<br />

1. Asumir políticas de larga duración encaminadas a la superación del<br />

conflicto armado interno, la búsqueda de la paz, y la consolidación de<br />

respuestas duraderas que incluyan procesos de verdad, justicia,<br />

re<strong>para</strong>ción y no repetición <strong>para</strong> todas las víctimas de la confrontación,<br />

incluyendo a quienes fueron forzados(as) a migrar.<br />

2. Promover en toda la estructura estatal el cumplimiento de la normativa<br />

internacional de protección y realización de los derechos humanos y la<br />

normativa humanitaria, así como las respectivas recomendaciones<br />

provenientes de las instancias correspondientes.<br />

3. Promover respuestas estatales y gubernamentales basadas en la<br />

realización integral de los derechos civiles y políticos; económicos,<br />

sociales y culturales; y colectivos y del medio ambiente.<br />

4. Consolidar el esfuerzo presupuestal encaminado a lograr respuestas<br />

de prevención, protección y atención, que guarden concordancia con<br />

la magnitud y las consecuencias del conflicto, así como con la necesidad<br />

de realización integral de los derechos de la población afectada.<br />

5. Desarrollar las acciones institucionales encaminadas a satisfacer el<br />

mínimo vital y de protección de la población desplazada sin que ello<br />

implique la afectación de los derechos de otras poblaciones vulnerables.<br />

6. No cesar en los esfuerzos de lucha contra la impunidad en los casos de<br />

violaciones de los derechos humanos e infracciones al Derecho<br />

Internacional Humanitario que dan lugar al destierro, el desarraigo y el<br />

despojo.<br />

7. Garantizar mecanismos integrales de re<strong>para</strong>ción moral, material y<br />

simbólica a todas las víctimas.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

8. Promover la aplicación de respuestas que tomen en cuenta la necesidad<br />

de acciones afirmativas de atención a la población en riesgo o en<br />

situación de desplazamiento, en razón de las condiciones de<br />

desigualdad, desventaja, vulnerabilidad extrema y debilidad manifiesta<br />

en la que se encuentra dicha población.<br />

9. Fortalecer los distintos mecanismos, escenarios e instancias nacionales,<br />

departamentales y municipales de aplicación de la política de<br />

prevención, protección y atención a población en riesgo o en situación<br />

de desplazamiento.<br />

10. Fortalecer las medidas conducentes a lograr un manejo participativo e<br />

incluyente de los recursos públicos destinados a la prevención,<br />

protección y atención de la población afectada, por medio del<br />

fortalecimiento de los mecanismos y procesos de veeduría social,<br />

fiscalización de organismos de control y rendición pública de cuentas.<br />

11. Promover y facilitar el mandato y las tareas de agentes humanitarios,<br />

ONG, defensores(as) de derechos humanos, iglesias y otras entidades<br />

interesadas en la protección y atención a la población en riesgo o<br />

situación de desplazamiento y aquella ubicada en los lugares de<br />

asentamiento.<br />

12. Incrementar los esfuerzos orientados a la activación de mecanismos<br />

eficaces de protección de los activos y bienes patrimoniales de la<br />

población en riesgo o en situación de desplazamiento.<br />

13. Establecer políticas estructurales de redistribución de la tierra que<br />

impidan la expulsión, el desarraigo y el despojo.<br />

14. Incentivar, por medio de estrategias fiscales y tributarias, la participación<br />

de sectores económicos y financieros en la búsqueda de soluciones<br />

duraderas relacionadas con políticas de empleo, vivienda y generación<br />

de ingresos en zonas rurales y urbanas, dirigidas a población en situación<br />

de desplazamiento que además incluyan las comunidades de los sitios<br />

de asentamiento.<br />

157


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

158<br />

15. Promover acciones de control institucional y social que eviten medidas<br />

legislativas o administrativas que conlleven retrocesos en el marco de<br />

protección.<br />

16. Facilitar el cumplimiento del mandato de las agencias de las Naciones<br />

Unidas relacionadas con la realización de los derechos humanos y la<br />

normativa humanitaria en Colombia, en especial las Oficinas en<br />

Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los<br />

Refugiados (ACNUR) y del Alto Comisionado <strong>para</strong> los Derechos Humanos<br />

(ACNUDH).<br />

17. Apoyar y fortalecer las tareas de las relatorías especiales y representantes<br />

del Secretario General, en particular del Representante <strong>para</strong> los<br />

Desplazamientos Internos y de ACNUR y ACNUDH.<br />

A los actores armados<br />

18. Acatar de manera irrestricta los postulados del Derecho Internacional<br />

Humanitario y de derechos humanos, en especial las normas de<br />

protección de la población civil y aquellas que prohíben el<br />

desplazamiento forzado de población.<br />

19. Adelantar todos los esfuerzos conducentes a la búsqueda de la paz y la<br />

negociación del conflicto con la activa participación de la sociedad<br />

civil.<br />

20. Re<strong>para</strong>r integralmente los daños ocasionados a las víctimas del<br />

desplazamiento forzado interno.<br />

21. Abstenerse de realizar bloqueos y confinamientos en contra de la<br />

población civil.<br />

22. Respetar el trabajo de los agentes humanitarios que actúan a favor de la<br />

población en riesgo, sometida a restricciones o en situación de<br />

desplazamiento.<br />

Al Sistema de las Naciones Unidas<br />

23. Consolidar las estrategias, planes y programas institucionales e<br />

interagenciales existentes, dirigidos al monitoreo y al apoyo técnico y<br />

financiero al Estado colombiano.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

24. Apoyar y fortalecer las capacidades de comunidades y organizaciones<br />

sociales en la búsqueda de la paz y el desarrollo integral.<br />

25. Integrar y articular respuestas en un plan conjunto de acción interagencial<br />

que recoja los esfuerzos realizados en la formulación del Plan de Acción<br />

Humanitario.<br />

26. Promover en el corto plazo una visita de seguimiento de la situación del<br />

desplazamiento interno en Colombia por parte del Representante<br />

Especial <strong>para</strong> los Desplazamientos Internos, y de los relatores y relatoras<br />

sobre la situación y el cumplimiento de los derechos de mujeres,<br />

indígenas y defensores y defensoras de derechos humanos, entre otros.<br />

A las entidades de cooperación internacional<br />

27. Promover acciones encaminadas a la protección de la población civil,<br />

en particular de la población forzada a migrar, basadas en el<br />

reconocimiento y activación de la responsabilidad primaria del Estado.<br />

28. Fortalecer en las distintas líneas de cooperación el enfoque de<br />

realización de derechos como elemento central en el fortalecimiento<br />

de la capacidad de respuesta estatal y social.<br />

29. Promover acciones integrales y soluciones duraderas que superen el<br />

asistencialismo y las respuestas coyunturales.<br />

30. Fortalecer las instancias, escenarios y mecanismos de coordi<strong>nación</strong><br />

de las distintas agencias, organismos y entidades que abordan la<br />

problemática del desplazamiento forzado y temas afines o<br />

complementarios.<br />

159


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

A las organizaciones sociales y ONG<br />

160<br />

31. Consolidar los procesos de monitoreo, evaluación y formulación de<br />

propuestas relacionadas con la situación de derechos humanos y crisis<br />

humanitaria, en particular respecto de la población desplazada interna<br />

y aquella que solicita refugio en otros países.<br />

32. Afianzar la conformación de redes y alianzas estratégicas encaminadas<br />

a lograr soluciones estructurales y duraderas a la problemática de<br />

derechos humanos, en particular de la población en riesgo, desplazada<br />

o que ha tenido que salir del país en búsqueda de protección.<br />

33. Incluir el enfoque de realización de derechos como parte de la agenda<br />

de monitoreo, evaluación y seguimiento de las respuestas institucionales<br />

y sociales relacionadas con la crisis humanitaria y de derechos humanos<br />

en Colombia, con especial énfasis en la población en riesgo o en<br />

situación de desplazamiento.<br />

34. Profundizar la investigación sobre las dimensiones más problemáticas<br />

del desplazamiento, las tendencias emergentes del conflicto, las<br />

características diferenciales de las poblaciones afectadas y las<br />

estrategias de organizaciones y comunidades <strong>para</strong> afrontar los contextos<br />

de violencia. Este conocimiento resulta vital <strong>para</strong> el desarrollo de políticas<br />

públicas adecuadas en escenarios de conflicto, justicia transicional y<br />

postconflicto.<br />

35. Afianzar y cualificar los sistemas de <strong>info</strong>rmación de las organizaciones<br />

de la sociedad civil e Iglesia que sirvan como referentes autónomos de<br />

debate publico, conocimiento social, así como de acciones efectivas<br />

de protección y atención integral.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

A las entidades de Iglesia<br />

36. Fortalecer y apoyar los mecanismos e instancias de Iglesia<br />

comprometidos con la búsqueda de la paz, la negociación política del<br />

conflicto y la reconciliación.<br />

37. Promover y facilitar el trabajo de las entidades de Iglesia, jurisdicciones<br />

y organismos de la Conferencia Episcopal encargadas de los temas<br />

antes citados, en especial aquellos relacionados con el trabajo pastoral<br />

con población migrante.<br />

38. Promover y consolidar el trabajo de la Pastoral de la Movilidad Humana<br />

y demás estructuras de Iglesia, especialmente en las parroquias, <strong>para</strong><br />

que realicen el trabajo pastoral de acogida y apoyo a la población en<br />

riesgo y en situación de desplazamiento.<br />

39. Impulsar los diálogos y acciones ecuménicas de trabajo conjunto en<br />

temas de derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario, en<br />

particular sobre atención a la población forzada a migrar dentro y fuera<br />

del territorio nacional.<br />

40. Continuar los esfuerzos de visibilización de la problemática de la<br />

migración forzada en Colombia.<br />

41. Promover y facilitar el trabajo de monitoreo y formulación de propuestas<br />

adelantado por medio del Sistema RUT.<br />

42. Incluir en la agenda de las entidades de Iglesia el enfoque de realización<br />

de derechos como elemento de análisis de realidad, misión profética y<br />

trabajo pastoral.<br />

43. Incentivar el trabajo de coordi<strong>nación</strong> con organizaciones, entidades y<br />

organismos nacionales e internacionales de promoción, defensa y<br />

realización de los derechos humanos.<br />

44. Incentivar las acciones de solidaridad a favor de la población en riesgo<br />

y situación de desplazamiento.<br />

161


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

162


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Las recomendaciones del estudio<br />

de la Conferencia Episcopal de Colombia de 1994<br />

Corresponde al Estado tanto la prevención del desplazamiento como la protección<br />

y asistencia de la población afectada, ya que es su responsabilidad<br />

constitucional garantizar la plena vigencia de los derechos humanos de todos<br />

los colombianos.<br />

También es norma constitucional el artículo 22 de la Carta de Derechos,<br />

según el cual «la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento».<br />

Este propósito nacional exige un cambio de mentalidad que lleve a los colombianos<br />

a tomar conciencia sobre el valor de la convivencia fraterna, el manejo<br />

adecuado de los conflictos, el respeto a las diferencias, la defensa y protección<br />

de los derechos humanos de todos, en especial los de los débiles y<br />

desprotegidos y los que atañen a la vida.<br />

La paz demanda un proceso de descentralización política –en nivel de toma<br />

de decisiones, manejo fiscal y utilización de recursos, delegación y gobernabilidad,<br />

etc.- que haga eficaz la presencia del Estado en las regiones, fortalezca la legislación,<br />

permita el compromiso y la participación, optimice la atención a las necesidades<br />

de la población e impida la impunidad generalizada.<br />

No se concibe la pacificación sin una política agraria que beneficie a las<br />

zonas rurales y a los sectores de población más desprotegidos. Dicha política<br />

debe tener como premisa una mejor calidad de vida <strong>para</strong> las gentes del campo,<br />

que sólo es posible a través de una profunda y eficaz reforma agraria.<br />

La convivencia y la paz son antagónicas de la corrupción y el envilecimiento<br />

acelerado que se vive en el país. Hay que promover una formación en principios<br />

163


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

y valores y difundir una ética social que penetre en todos los sectores, fundamentalmente<br />

a través de la educación y los medios de comunicación, en forma<br />

sistemática, masiva y programada.<br />

Conquistar la paz y avanzar hacia la plena vigencia de los derechos humanos,<br />

y también los sociales, económicos y culturales, son condiciones inherentes<br />

a la dignidad humana sin las cuales es imposible evitar las migraciones y el<br />

desplazamiento forzoso.<br />

164<br />

Mientras este proceso de pacificación y convivencia es posible,<br />

Hay necesidad de generar mecanismos de protección de la población civil en las<br />

zonas de conflicto, demandando de los actores armados respeto de las normas<br />

consagradas en el artículo 3º. Común y el Protocolo II adicional a los Convenios de<br />

Ginebra, que regulan las hostilidades en casos de conflictos armados no<br />

internacionales.<br />

En lo inmediato se requiere apoyo humanitario y acciones de acompañamiento<br />

en la perspectiva del retorno, reubicación o inserción voluntaria de los<br />

desplazados en condiciones de justicia y dignidad.<br />

Si bien es cierto no existen organizaciones nacionales de desplazados por la<br />

violencia con suficiente consolidación y capacidad de interlocución, a pesar de<br />

los significativos esfuerzos que se adelantan en este campo, la magnitud del<br />

problema exige la acción conjunta y concertada de organismos gubernamentales,<br />

organismos estatales no gubernamentales, organizaciones sociales, la comunidad<br />

internacional, la Iglesia y los propios desplazados, entre otros sectores.<br />

Una premisa importante es tener en cuenta que la población desplazada por<br />

la violencia hace parte de un núcleo más amplio de migrantes, especialmente<br />

del campo a la ciudad, con los cuales se confunden en las precarias condiciones<br />

de vida de la marginalidad urbana.<br />

Si bien es necesario dirigir una atención focalizada a los desplazados, también<br />

es urgente tener en cuenta a las poblaciones de las zonas de asentamiento,<br />

no sólo de las grandes ciudades, sino también de ciudades intermedias que<br />

afrontan más recientemente estos problemas migratorios.


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Las experiencias de atención a poblaciones desarraigadas de otros países<br />

de América Latina deben ser tenidas en cuenta <strong>para</strong> el caso de los desplazados<br />

en Colombia.<br />

Algunas recomendaciones que surgen de los resultados de la investigación<br />

son las siguientes:<br />

Al Gobierno:<br />

• Insistir en procesos útiles de diálogo y negociación, como única opción<br />

posible <strong>para</strong> avanzar en la superación del conflicto armado interno.<br />

• Garantizar la plena vigencia de los derechos humanos y el respeto a las<br />

normas del derecho internacional humanitario.<br />

• Combatir a los grupos <strong>para</strong>militares cuya presencia en amplias zonas<br />

del territorio nacional provoca desplazamientos masivos de población.<br />

Si bien se tomó la controvertida decisión de crear los “Comandos de<br />

Acción Inmediata Rural”, con funciones de policía, es necesario hacer<br />

evaluaciones periódicas <strong>para</strong> evitar los peligros y desviaciones que se<br />

pueden derivar de estas formas de seguridad privada, manteniendo una<br />

política coherente de desarme en el marco de los propósitos de paz.<br />

• Generar un documento del Comité Nacional de Política Económica y<br />

Social (CONPES), sobre el desplazamiento forzoso provocado por la<br />

violencia en Colombia.<br />

• Incluir en la red de solidaridad social a la población desplazada por la<br />

confrontación como sujeto de acciones inmediatas de atención<br />

humanitaria, en tanto que población vulnerable. Priorizar a la mujer<br />

cabeza familia, niños y la tercera edad.<br />

• Incluir el tema del desplazamiento forzoso en el Plan General de<br />

Desarrollo, con el propósito de incorporar a los ministerios e institutos<br />

descentralizados en programas de prevención y atención.<br />

• Institucionalizar la Mesa de Concertación y Seguimiento sobre<br />

Desplazamiento y tener en cuenta sus propuestas.<br />

165


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

• Incluir el tema de los desplazados, como víctimas del conflicto armado<br />

interno, en eventuales negociaciones de paz, en la perspectiva de crear<br />

mecanismos de retorno, reubicación e/o inserción voluntaria de los<br />

afectados.<br />

• Tener en cuenta las recomendaciones de la Misión In Situ de la Consulta<br />

Permanente <strong>para</strong> el Desplazamiento en las Américas y del Instituto<br />

Interamericano de Derechos Humanos, que por solicitud de la<br />

Presidencia de la República visitó el país en 1993 <strong>para</strong> evaluar la situación<br />

de los desplazados por la violencia.<br />

• Reconocer públicamente la legitimidad de aquellas Organizaciones<br />

No Gubernamentales que adelantan un trabajo válido y serio de derechos<br />

humanos con poblaciones desplazadas y brindarles plenas garantías<br />

<strong>para</strong> su actividad.<br />

A los gobiernos departamentales y municipales:<br />

• Tener en cuenta la planeación gubernamental a las poblaciones<br />

desplazadas por la violencia y contribuir a la erradicación de las causas<br />

de estas migraciones forzosas.<br />

Promover mecanismos de concertación interinstitucional, gubernamentales y<br />

no gubernamentales, <strong>para</strong> acciones conjuntas de prevención, protección y<br />

atención humanitaria.<br />

A los grupos guerrilleros:<br />

• Acatar sin condiciones las normas del derecho internacional humanitario,<br />

en particular las relativas a la protección de la población civil no<br />

combatiente, que en su mayoría señala a la guerrilla como el principal<br />

responsable de su desplazamiento.<br />

• Definir una postura política por la paz negociada y contribuir a los<br />

esfuerzos que en tal sentido adelanta la sociedad civil.<br />

166


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

A la Organización de Naciones Unidas:<br />

• Asumir mayor responsabilidad, voluntad y decisión política en cuanto al<br />

desplazamiento por razones de violencia.<br />

• Fortalecer el papel del Representante del Secretario General <strong>para</strong><br />

Desplazados y estudiar mecanismos que permitan definir una instancia<br />

permanente de Naciones Unidas <strong>para</strong> esta población migrante.<br />

• Unificar procedimientos de emergencia de Naciones Unidas que tengan<br />

en cuenta a las poblaciones desplazadas por violencia que se encuentren<br />

en niveles de alto riesgo.<br />

• Crear un cuerpo general de normas de carácter universal <strong>para</strong> la<br />

protección de los desplazados.<br />

A la Organización de Estados Americanos:<br />

• Incluir el desplazamiento de poblaciones por causas violentas en el sistema<br />

interamericano de derechos humanos, <strong>para</strong> que adopte normas mínimas<br />

de protección.<br />

• Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la inclusión<br />

en sus <strong>info</strong>rmes anuales, misiones in loco o misiones in situ, de una<br />

evaluación de la situación de los desplazados internos en los países del<br />

área.<br />

• Integrar a los desplazados por la violencia en programas de los organismos<br />

regionales que adelantan labor con población en situación de<br />

vulnerabilidad (mujeres, niños, indígenas).<br />

A los organismos de cooperación internacional:<br />

• Destinar mayores recursos y asumir un apoyo más decidido en las áreas<br />

de prevención del desplazamiento, así como <strong>para</strong> la protección y atención<br />

humanitaria de las poblaciones afectadas.<br />

167


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

A las Organizaciones No Gubernamentales:<br />

• Incluir en la agenda de las ONG que desarrollan actividad en derechos<br />

humanos y/o desarrollo comunitario, el tema de las poblaciones<br />

desplazadas por razones de violencia en Colombia.<br />

• Llamar a las ONG que están comprometidas con esta actividad a<br />

continuar su esfuerzo de una manera objetiva e imparcial.<br />

• Aunar esfuerzos en la coordi<strong>nación</strong> interinstitucional <strong>para</strong> avanzar en<br />

los objetivos de concertación y acción que redunden en bien de las<br />

comunidades desplazadas.<br />

A la Iglesia:<br />

• Crear conciencia sobre la gravedad del fenómeno de los desplazados<br />

internos <strong>para</strong> que pueda asumir una actitud comprometida frente a dicho<br />

problema, a la luz del Evangelio y de la Doctrina Social de la Iglesia.<br />

• Reajustar las estructuras en las jurisdicciones de mayor desplazamiento<br />

<strong>para</strong> atender pastoralmente este problema.<br />

• Solicitar al Secretariado Nacional de Pastoral Social su decidida<br />

colaboración <strong>para</strong> promover el conocimiento y análisis de la realidad<br />

del problema y formar agentes <strong>para</strong> una pastoral específica.<br />

• Utilizar los mecanismos existentes de coordi<strong>nación</strong> interdiocesana que<br />

permitan planear, sistematizar y evaluar los esfuerzos adelantados en<br />

este campo.<br />

• Conjugar esfuerzos con el Plan Global de Pastoral <strong>para</strong> la Paz en la<br />

perspectiva de soluciones al desplazamiento forzoso y capacitar agentes<br />

de pastoral <strong>para</strong> facilitar los diálogos pastorales de paz.<br />

• Denunciar las violaciones a los derechos humanos y las infracciones al<br />

derecho internacional humanitario. Promover un proceso de<br />

sensibilización y concientización sobre el tema.<br />

• Registrar los flujos migratorios por parte de las parroquias, de tal manera<br />

que les permita responder a las necesidades de los desplazados.<br />

• Extender el servicio de atención de las víctimas del desplazamiento a<br />

todas las diócesis y parroquias de las zonas afectadas por este fenómeno<br />

migratorio.<br />

168


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

• Concertar con entidades públicas y privadas proyectos de generación<br />

de ingresos y atención integral <strong>para</strong> las comunidades desplazadas.<br />

• Promover la pastoral de la movilidad humana <strong>para</strong> la acogida y el<br />

acompañamiento de los migrantes en general y de los desplazados por<br />

la violencia en particular.<br />

• Recomendar a las Jurisdicciones Eclesiásticas más afectadas la<br />

continuidad de la Investigación sobre derechos humanos y<br />

desplazamiento interno en las condiciones particulares de sus zonas de<br />

influencia.<br />

• Colaborar en la elaboración de propuestas de prevención del<br />

desplazamiento, teniendo en cuenta iniciativas de atención, retorno,<br />

reubicación e inserción de los afectados en las diversas regiones del<br />

país.<br />

• Difundir los resultados de este estudio y sus recomendaciones <strong>para</strong> que<br />

sean puestas en práctica en cada región.<br />

• Fortalecer el organismo de la Conferencia Episcopal de Colombia que<br />

anima la pastoral de la Movilidad Humana a fin de que actúe con mayor<br />

eficacia y canalice los recursos de organismos nacionales e<br />

internacionales de ayuda <strong>para</strong> responder a las necesidades inmediatas<br />

de los desplazados.<br />

• Crear el Banco de datos y el Centro de Documentación sobre derechos<br />

humanos y desplazamiento interno en Colombia.<br />

• Incluir el desplazamiento interno por motivos de violencia y los derechos<br />

humanos como tema de especial importancia en la Dirección Nacional<br />

de la Pastoral de Movilidad Humana.<br />

169


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

170


Libros<br />

Textos consultados<br />

Alto Comisionado de las Naciones Unidas par los Refugiados. ACNUR. Oficina<br />

<strong>para</strong> Colombia. Balance de la política de atención al desplazamiento interno<br />

forzado en Colombia. 1999-2002, Bogotá. 2003.<br />

Alto Comisionado de las Naciones Unidas par los Refugiados. ACNUR. Oficina<br />

<strong>para</strong> Colombia. Balance de la política pública de prevención, protección y atención<br />

al desplazamiento interno forzado en Colombia. agosto 2002 –agosto 2004.<br />

Bogotá. 2004.<br />

Álvarez-Correa, Miguel. Desplazamiento forzoso y reubicación: un estudio de<br />

caso. Bogotá. Procuraduría General de la Nación. 1998.<br />

Arboleda, Sergio y Catalina Londoño. Desplazamiento intraurbano como<br />

consecuencia del conflicto armado en las ciudades. Bogotá. Defensoría del Pueblo<br />

- ACNUR - EuropeAid. 2004.<br />

Barnés, Javier et.al. Justicia, verdad y re<strong>para</strong>ción en medio del conflicto. Bogotá.<br />

Semana - Fundación Ideas <strong>para</strong> la Paz – Legis. 2005.<br />

Bello, Martha Nubia. Desplazamiento forzado: Dinámicas de guerra, exclusión y<br />

desarraigo. Bogotá. Universidad Nacional de Colombia – ACNUR. 2004.


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Bustillo, Juan Manuel. Cartilla <strong>para</strong> la capacitación a organizaciones de<br />

población en situación de desplazamiento forzado. Bogotá. Defensoría del<br />

Pueblo - ACNUR - EuropeAid - Embajada Sueca –Asdi. 2003.<br />

Conferencia Episcopal de Colombia. Desplazados por violencia en Colombia.<br />

Bogotá. 1995.<br />

Conferencia Episcopal de Colombia. Desplazamiento forzado en Colombia.<br />

Bogotá. 2001.<br />

Conferencia Episcopal de Colombia. Secretariado Nacional de Pastoral Social.<br />

Sección de Movilidad Humana. RUT Informa sobre desplazamiento forzado en<br />

Colombia. Boletín trimestral. Números de los años 1999 a 2005.<br />

Conferencia Episcopal de Colombia. Secretariado Nacional de Pastoral Social.<br />

Sección de Movilidad Humana. Desplazamiento forzado en Antioquia 1985-<br />

1998. Universidad de Antioquia, Instituto de Estudios Políticos. Vols. 0-9. Bogotá.<br />

2001.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES. Un<br />

país que huye: Desplazamiento y violencia en una <strong>nación</strong> fragmentada. Bogotá.<br />

CODHES – UNICEF. 2003.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES. Cifras<br />

e indicadores del desplazamiento forzado y derechos humanos en Colombia.<br />

Bogotá. Documentos CODHES No. 3. 2005.<br />

De Currea Lugo, Víctor y Francisco Rey Marcos. El debate humanitario.<br />

Barcelona. Icaria. 2002.<br />

Defensoría del Pueblo. Evaluación de la política pública en procesos de<br />

restablecimiento de la población desplazada desde un enfoque de derechos<br />

humanos. Bogotá. 2003.<br />

172


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

O’Donnell, Daniel. Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Normativa,<br />

jurisprudencia y doctrina de los sistemas universal e interamericano. Bogotá.<br />

OACNUDH. 2004.<br />

O’Donnell, Daniel, Uprimny, Inés Margarita y Valencia Villa, Alejandro (ed.).<br />

Compilación de jurisprudencia y doctrina nacional e internacional: Derechos<br />

humanos, Derecho Internacional Humanitario y derecho penal internacional.<br />

Bogotá. OACNUDH. 2001.<br />

Orozco Abad, Iván. Sobre los límites de la conciencia humanitaria: Dilemas de la<br />

paz y la justicia en América Latina. Bogotá. Temis. 2005.<br />

Peral Fernández, Luis. Éxodos masivos: Supervivencia y mantenimiento de la<br />

paz. Madrid. Trotta. 2001.<br />

Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. El<br />

embrujo autoritario: Primer año de gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Bogotá. 2003.<br />

Presidencia de la República. Departamento Nacional de Planeación. Visión<br />

Colombia II Centenario. Propuesta <strong>para</strong> discusión. Bogotá. Planeta. 2005.<br />

Presidencia de la República. Departamento Nacional de Planeación. Bases del<br />

Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006. Bogotá. 2002.<br />

Presidencia de la República. Red de Solidaridad Social. Guía de atención integral<br />

a la población desplazada por la violencia. Bogotá. 2001.<br />

Proyecto sobre Desplazamiento Interno del Instituto Brookings. Guía <strong>para</strong> la<br />

aplicación de los principios rectores de los desplazamientos internos. Bogotá.<br />

OCHA - Instituto Brookings. 2002.<br />

Red de Solidaridad Social. Atención a población desplazada por el conflicto<br />

armado. Compendio de políticas y normas. Bogotá. 1999.<br />

173


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Rettberg, Angelika (comp.). Entre el perdón y el paredón: Preguntas y dilemas de<br />

la justicia transicional. Bogotá. Universidad de Los Andes. 2005.<br />

Suárez Morales, Harvey Danilo. Cartilla <strong>para</strong> la capacitación a funcionarios del<br />

Ministerio Público y Comités Departamentales de Atención a la Población<br />

Desplazada. Bogotá. Defensoría del Pueblo -ACNUR –EropeAid. 2003.<br />

Valencia Villa, Alejandro (ed.). Manual <strong>para</strong> la calificación de conductas violatorias.<br />

Bogotá. OACNUDH - Defensoría del Pueblo. 2004.<br />

Valencia Villa, Alejandro. Compilación sobre desplazamiento forzado: Normas,<br />

doctrinas y jurisprudencia nacional e internacional. Bogotá. OACNUDH - ACNUR<br />

– CODHES. 2001.<br />

VVAA. Desplazamiento y políticas públicas de restablecimiento en Colombia:<br />

Análisis y recomendaciones. Memorias del Seminario Internacional “Análisis de<br />

Experiencias en Restablecimiento de la Población en Situación de<br />

Desplazamiento”. Bogotá. Presidencia de la República -ACNUR -USAID. 2003.<br />

VVAA. Destierros y desarraigos: Memorias del II Seminario Internacional:<br />

“Desplazamiento: implicaciones y retos <strong>para</strong> la gobernabilidad, la democracia y<br />

los derechos humanos”. Bogotá. CODHES -OIM. 2003.<br />

VVAA. Migraciones: Reflexiones y propuestas de la Sociedad Civil. Memorias de<br />

la Jornada Hemisférica sobre Políticas Migratorias (julio 26-27 de 2004, Quito<br />

Ecuador). Quito. Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo<br />

Montes Mozo S.J.”. 2005.<br />

VVAA. Plan Colombia Hoy. Seminario Internacional “Plan Colombia No. Impactos<br />

de la intervención”. Bogotá, 13 y 14 de noviembre de 2003". Bogotá. Colectivo de<br />

Abogados José Alvear Restrepo. 2003.<br />

174


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Artículos<br />

Becerra Martínez, Manuel. “Relación entre el derecho internacional y el derecho<br />

interno: El desafío de la aplicación de los convenios de Ginebra”. Ponencia<br />

presentada en el Tercer Encuentro de la Jurisdicción Constitucional. Bogotá.<br />

Corte Constitucional. Abril 20, 21 y 22 de 2005.<br />

Prada, Gladys. “Legalización del despojo”. En: www.CODHES.org.co.<br />

Revista Semana. “Seis preguntas clave sobre la Comisión de Re<strong>para</strong>ción”. 25 de<br />

septiembre de 2005.<br />

Uprimny Yepes, Rodrigo y Lasso, Luis Manuel. “Verdad, re<strong>para</strong>ción y justicia <strong>para</strong><br />

Colombia: Algunas reflexiones y recomendaciones”. En: VVAA. Conflicto y<br />

seguridad democrática. Temas críticos y propuestas. Bogotá. Fescol - Fundación<br />

Social. 2004.<br />

Reportes de investigación<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. “La respuesta<br />

gubernamental al desplazamiento forzado”. En: Natalia Paredes Hernández (ed.).<br />

El embrujo autoritario. Primer año de gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Bogotá.<br />

Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. 2003.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES.<br />

“Conclusiones definitivas sobre el cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004”.<br />

Documento presentado a la Corte Constitucional.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES.<br />

“Conflicto y fronteras: Vecinos en el borde de la crisis”. Boletín CODHES Informa<br />

No. 49, 21 de abril de 2004.<br />

175


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES.<br />

“Desplazamiento y conflicto armado: La política del avestruz”. Boletín CODHES<br />

Informa No. 58. 1 de mayo de 2005.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES.<br />

“Dimensiones de la crisis humanitaria y de derechos humanos en Colombia”.<br />

Documento presentado a la Reunión Sub-regional de Sociedad Civil, pre<strong>para</strong>toria<br />

de la Conferencia sobre el Vigésimo Aniversario de la Declaración de Cartagena,<br />

convocada por el Consejo Noruego <strong>para</strong> Refugiados, Bogotá, 7 y 8 de octubre de<br />

2004.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES. “El<br />

Gobierno frente al desplazamiento: ¡Como el cangrejo!”. En: Camilo Borrero<br />

García (ed.). Reelección: El embrujo continúa. Segundo año de gobierno de<br />

Álvaro Uribe Vélez. Bogotá. Plataforma Colombiana de Derechos Humanos,<br />

Democracia y Desarrollo. 2004. Págs. 167-172.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES. “La<br />

política pública en escenarios de restablecimiento: análisis del reasentamiento<br />

y el retorno de comunidades forzosamente desplazadas”. Bogotá. Septiembre<br />

de 2004.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES. “Las<br />

mujeres en la guerra: de la desigualdad a la autonomía política”. Boletín CODHES<br />

Informa No. 48. 24 de abril de 2004.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES. “Plan<br />

de Acción Humanitaria: ¿Cooperación internacional o política de Estado?”.<br />

CODHES Informa No. 51. Bogotá. 15 de junio de 2004.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES. “Quien<br />

tiene la tierra tiene el poder. El desplazamiento forzado en Colombia: las estrategias<br />

de usurpación, despojo y destierro”. Bogotá. CODHES - Opción Legal. 30 de<br />

mayo de 2004.<br />

176


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES.<br />

“Reconfiguración del conflicto y crisis de garantías”. Boletín CODHES Informa<br />

No. 53. 31 de mayo de 2004.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES.<br />

“Respuesta institucional y social al problema del desplazamiento forzado por la<br />

violencia en Colombia”. Boletín CODHES Informa No. 52. 10 de junio de 2004.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES.<br />

“Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004”. Bogotá, 10 de marzo de 2005.<br />

Documento presentado a la Corte Constitucional.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES.<br />

“Tendencias del conflicto armado y de la crisis humanitaria en zonas de frontera”.<br />

Boletín CODHES Informa No.54. 8 de julio de 2004.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES. “Y<br />

entonces… ¿Por qué se van?”. Boletín CODHES Informa No. 60. 19 de julio de<br />

2005.<br />

Ibáñez, Ana María y Querubín, Pablo. “Acceso a tierras y desplazamiento forzado<br />

en Colombia”. Bogotá. Universidad de Los Andes. Documento CEDE 2004-23.<br />

Mayo de 2004.<br />

Ibáñez, Ana María y Vélez, Carlos Eduardo. “Instrumentos de atención a la<br />

población desplazada en Colombia: Una distribución desigual de las<br />

responsabilidades municipales”. Bogotá. Universidad de los Andes. Documento<br />

CEDE 2003-37. Diciembre de 2003.<br />

Observatorio de los derechos humanos de las mujeres en Colombia. “En<br />

situaciones de conflicto armado las mujeres también tienen derechos”.<br />

Documento de análisis jurídico elaborado por Carolina Vergel. Bogotá.<br />

Confluencia Nacional Red de Mujeres - Corporación Sisma Mujer. 2003.<br />

177


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Proyecto “Protección de los bienes patrimoniales de la población desplazada<br />

por el conflicto armado en Colombia y fortalecimiento del tejido social<br />

comunitario”. Línea “Protección de bienes patrimoniales rurales de minorías<br />

étnicas en riesgo o en situación de desplazamiento forzado en Colombia”. Informe<br />

final. Bogotá. Red de Solidaridad Social - Banco Mundial – OIM - Embajada de<br />

Suecia –ASDI. 16 de julio de 2004.<br />

Suárez, Harvey Danilo, Henao Arcila, Diego Fernando y Prada, Gladys Celeide.<br />

“El desplazamiento intraurbano en Colombia. Tres estudios de caso: Bogotá,<br />

Medellín y Cúcuta”. Bogotá. ACNUR – CODHES. 2004. Policopiado.<br />

Informes generales<br />

Asociación Nacional de Ayuda Solidaria (ANDAS) et. al. “La crisis de derechos<br />

humanos, la crisis humanitaria y el desplazamiento forzado en Colombia: Situación<br />

y recomendaciones”. Documento <strong>para</strong> la misión del Sr. Kenzo Oshima, Secretario<br />

General de las Naciones Unidas Adjunto y Coordinador de la Respuesta de<br />

Emergencia”. Bogotá. 10 de junio de 2003.<br />

Comisión Colombiana de Juristas. “Desplazamiento forzado en Colombia: persiste<br />

el estado de cosas inconstitucional”. Bogotá. 3 de febrero de 2005.<br />

Consejo Noruego <strong>para</strong> Refugiados. “Colombia: la política de ‘seguridad<br />

democrática’ fracasa en mejorar la protección a los desplazados internos”. 4 de<br />

febrero de 2004.<br />

Consultoría <strong>para</strong> los Derechos Humanos y el Desplazamiento. CODHES.<br />

“Conflicto armado y crisis humanitaria sostenida: desplazados en el limbo. Informe<br />

2004”. Boletín CODHES Informa No. 56. 1º de febrero de 2005.<br />

Fundación Ideas <strong>para</strong> la Paz. “Ilusiones surafricanas”. Siguiendo el conflicto:<br />

hechos y análisis de la Semana No. 30.<br />

178


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

International Crisis Group. “Colombia: Política Presidencial y Perspectivas de<br />

Paz”. Informe sobre América Latina No. 14-16. Junio de 2005.<br />

International Crisis Group. “La crisis humanitaria en Colombia”. Informe de América<br />

Latina No.4. Bogotá-Bruselas. 9 de julio de 2003.<br />

Informes de organismos de control<br />

Contraloría General de la República. “La política pública sobre desplazamiento<br />

forzado en Colombia: ¿Sólo buenas intenciones?”. Marzo de 2005.<br />

Defensoría del Pueblo. “Informe Defensorial sobre el Desplazamiento Forzado<br />

por la Violencia en Colombia”, Bogotá, abril de 2002.<br />

Defensoría del Pueblo. “Informe Defensorial sobre la situación de derechos<br />

humanos y desplazamiento forzado en el municipio de Bojayá, Atrato Medio”.<br />

Defensoría del Pueblo. “Principales conclusiones de la Defensoría del Pueblo<br />

sobre el cumplimiento a las órdenes contenidas en la Sentencia T-025 de 2004”.<br />

Bogotá. 29 de junio de 2005.<br />

Procuraduría General de la Nación y Defensoría del Pueblo. “Cuarto <strong>info</strong>rme<br />

conjunto de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo<br />

sobre el cumplimiento de las órdenes de la Sentencia T-025 de 2004”. 5 de<br />

febrero de 2005.<br />

Procuraduría General de la Nación y Defensoría del Pueblo. “Primer <strong>info</strong>rme<br />

conjunto de la Procuraduría Genera de la Nación y la Defensoría del Pueblo<br />

sobre cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004”. Junio de 2004.<br />

Procuraduría General de la Nación y Defensoría del Pueblo. “Tercer <strong>info</strong>rme<br />

conjunto de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo<br />

acerca del cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004”. 6 de diciembre de<br />

2004.<br />

179


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Procuraduría General de la Nación. “Conclusiones definitivas sobre cumplimiento<br />

de la Sentencia T-025”. Bogotá. 29 de junio de 2005.<br />

Informes de gestión gubernamental<br />

Ministerio de Defensa Nacional. “Informe anual de Derechos Humanos y Derecho<br />

Internacional Humanitario 2002 y Avances Período Presidencial 2003”. Agosto de<br />

2003.<br />

Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Presentación en la audiencia pública<br />

ante la Corte Constitucional. Bogotá. 29 de junio de 2005. Presentación en Power<br />

Point.<br />

Presidencia de la República. “Informe al Congreso 2005 Álvaro Uribe Vélez”. 20<br />

de julio de 2005.<br />

Presidencia de la República. Acción Social. “Informe al Congreso 2004”. Marzo<br />

de 2005.<br />

Red de Solidaridad Social. Informe de gestión. Agosto de 2002-octubre de 2004.<br />

21 de octubre de 2004.<br />

Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada. SNAIPD.<br />

Presentación en la audiencia pública ante la Corte Constitucional. Bogotá. 29 de<br />

junio de 2005. Presentación en Power Point.<br />

SNAIPD. Informe al Congreso de la República 2002.<br />

SNAIPD. Informe al Congreso de la República 2003.<br />

SNAIPD. Informe al Congreso de la República 2004.<br />

180


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Vicepresidencia de la República. “Informe anual de Derechos Humanos y DIH<br />

2004”. Junio de 2005.<br />

Vicepresidencia de la República. “Informe anual de Derechos Humanos y DIH<br />

2003”. Marzo de 2004.<br />

Vicepresidencia de la República. Informe Anual de Derechos Humanos 2005.<br />

Informes y documentos de Agencias de las Naciones Unidas<br />

Naciones Unidas, Comisión de Derechos Humanos. “Informe del Alto<br />

Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Derechos Humanos sobre la<br />

situación de los derechos humanos en Colombia”. Documento E/CN.4/2004/13.<br />

17 de febrero de 2004.<br />

Naciones Unidas. “Declaración del Delegado del Secretario General de las<br />

Naciones Unidas <strong>para</strong> Asuntos Políticos, Sr. Danilo Turk”. Cartagena de Indias.<br />

Febrero de 2005.<br />

Naciones Unidas. Comisión de Derechos Humanos. “Derechos humanos y<br />

cuestiones indígenas: Informe del Relator Especial sobre la situación de los<br />

derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, Sr. Rodolfo<br />

Stavenhagen. Adición: Misión a Colombia”. Documento E/CN.4/2005/88/Add.2.<br />

10 de noviembre de 2004.<br />

Naciones Unidas. Comisión de Derechos Humanos. Alta Comisionada de las<br />

Naciones Unidas <strong>para</strong> los Derechos Humanos. Informe sobre la situación de los<br />

derechos humanos en Colombia. Documento E/CN.4/2005/10. 28 de febrero de<br />

2005.<br />

Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los<br />

Derechos Humanos. OACNUDH. “Intervención del Señor Amerigo Incalcaterra.<br />

Director (e) de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones<br />

Unidas <strong>para</strong> los Derechos Humanos en el Foro ‘Paramilitarismo, desmovilización<br />

y política”. Bogotá. 21 de septiembre de 2005.<br />

181


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los<br />

Derechos Humanos. OACNUDH. “Observaciones sobre la ley de justicia y paz”.<br />

Bogotá. 27 de junio de 2005.<br />

Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los<br />

Derechos Humanos. OACNUDH. “Intervención del señor Michael Frühling,<br />

Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas<br />

<strong>para</strong> los Derechos Humanos, durante la clausura del Seminario: Respuestas<br />

Institucionales y Sociales frente al desplazamiento forzado”. Bogotá. 10 de<br />

noviembre de 2004.<br />

Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los<br />

Derechos Humanos. OACNUDH. “El ejercicio de la ciudadanía y el derecho a<br />

tener derechos de los miembros de la población desplazada”. Intervención del<br />

señor Amerigo Incalcaterra, Director Adjunto de la Oficina en Colombia del Alto<br />

Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Derechos Humanos en el<br />

Seminario Nacional “Derecho de ciudadanía y población en situación de<br />

desplazamiento”, Bogotá. 28 de octubre de 2004.<br />

Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas <strong>para</strong> los<br />

Derechos Humanos. OACNUDH. “Intervención del señor Michael Frühling,<br />

Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas<br />

<strong>para</strong> los Derechos Humanos, durante el Seminario Internacional: La Corte Penal<br />

Internacional: Instrumento de Paz <strong>para</strong> Colombia”. Bogotá. 16 de septiembre de<br />

2003.<br />

Oficina en Colombia del Alto Comisionado <strong>para</strong> las Naciones Unidas <strong>para</strong> los<br />

Refugiados. ACNUR. “Intervención del Representante del Alto Comisionado de<br />

las Naciones Unidas <strong>para</strong> los Refugiados en Colombia, Sr. Roberto Meier, ante la<br />

Corte Constitucional en la audiencia de <strong>info</strong>rmación en cumplimiento de la<br />

Sentencia T–025 de la Corte Constitucional”. Bogotá. 29 de junio de 2005.<br />

Programa de las Naciones Unidas <strong>para</strong> el Desarrollo. PNUD. “El conflicto, callejón<br />

con salida”. Septiembre de 2003.<br />

182


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

Programa de las Naciones Unidas <strong>para</strong> el Desarrollo. PNUD. “Un pacto por la<br />

región. Informe regional de Desarrollo Humano 2004”. Manizales. Junio de 2004.<br />

Programa Mundial de Alimentos. PMA. “Evaluación de las necesidades de<br />

alimentos de la población desplazada en Colombia”. Bogotá. 13 de mayo de<br />

2003.<br />

Ponencias no publicadas<br />

Barnés, Javier. “Sobre la re<strong>para</strong>ción patrimonial de los desplazados y la restitución<br />

de la propiedad en el contexto de la justicia transicional. Perspectiva com<strong>para</strong>da”.<br />

Ponencia presentada en el III Seminario Internacional de CODHES “Tutelando<br />

los derechos: respuestas institucionales y sociales al desplazamiento forzado”.<br />

Bogotá. Noviembre de 2004.<br />

Contraloría General de la República. Contraloría delegada <strong>para</strong> el sector defensa,<br />

justicia y seguridad. “La gestión de la reforma agraria y el proceso de incautación<br />

y extinción de bienes rurales”. Ponencia presentada en el seminario “La extinción<br />

de la propiedad ilícita: ¿Una vía <strong>para</strong> la reforma agraria?”. Bogotá. Junio 9 de<br />

2005.<br />

Contraloría General de la República. Vice -contraloría General de la República,<br />

“Extinción de dominio, reforma agraria, democracia y paz”. Ponencia presentada<br />

en el seminario “La extinción de la propiedad ilícita: ¿Una vía <strong>para</strong> la reforma<br />

agraria?”. Bogotá. junio 9 de 2005.<br />

Gómez, Mayra. “Comentarios a la intervención del Señor Paulo Sergio Pinheiro,<br />

Relator Especial sobre el derecho a la restitución de vivienda y de propiedades<br />

<strong>para</strong> comunidades desplazadas”. Ponencia presentada en el Taller sobre el<br />

Derecho a la Restitución de Vivienda y Propiedad de la Población Desplazada.<br />

Bogotá. ILSA. 6 y 7 de Noviembre de 2004.<br />

183


<strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

Jaworski, Hélan. “Justicia, verdad y reconciliación desde la experiencia de trabajo<br />

de la comisión de la verdad y reconciliación (CVR) del Perú”. Ponencia presentada<br />

en el III Seminario Internacional de CODHES “Tutelando los derechos: respuestas<br />

institucionales y sociales al desplazamiento forzado”. Bogotá. Noviembre de 2004.<br />

Peral, Luis. “Protección de derechos humanos en situaciones que afectan a la<br />

seguridad nacional. Cuestiones sobre la vigencia y aplicación de las normas<br />

internacionales”. Ponencia presentada en el III Seminario Internacional de<br />

CODHES “Tutelando los derechos: respuestas institucionales y sociales al<br />

desplazamiento forzado”. Bogotá. Noviembre de 2004.<br />

Rey Marcos, Francisco. “Crisis humanitaria y cooperación internacional”.<br />

Ponencia presentada en el III Seminario Internacional de CODHES “Tutelando<br />

los derechos: respuestas institucionales y sociales al desplazamiento forzado”.<br />

Bogotá. Noviembre de 2004.<br />

Uprimny Yepes, Rodrigo. “Justicia transicional y desplazamiento forzado”.<br />

Ponencia presentada en el III Seminario Internacional de CODHES “Tutelando<br />

los derechos: respuestas institucionales y sociales al desplazamiento forzado”.<br />

Bogotá. Noviembre de 2004.<br />

184


El país ante el desplazamiento, el conflicto armado y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

185


La presente edición de <strong>Desafíos</strong> <strong>para</strong> <strong>construir</strong> <strong>nación</strong><br />

El país ante el desplazamiento, el conflicto armado<br />

y la crisis humanitaria 1995-2005<br />

se terminó de imprimir en el mes de febrero<br />

de 2006 en Bogotá, D.C.<br />

Para su composición se utilizaron las fuentes FritzQuadrata<br />

y Arial Narrow en 12 y 11,5 y el programa Adobe PageMaker 7.0.<br />

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