23.04.2013 Views

España-Israel: Relaciones en materia militar ... - Nodo 50

España-Israel: Relaciones en materia militar ... - Nodo 50

España-Israel: Relaciones en materia militar ... - Nodo 50

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

5. Cumplimi<strong>en</strong>to del Código<br />

de Conducta de exportación<br />

de armas <strong>en</strong> el caso de <strong>Israel</strong><br />

En este apartado se pret<strong>en</strong>de profundizar <strong>en</strong> cada uno de los ocho criterios de los que consta<br />

el Código de Conducta de la UE para analizar, criterio por criterio, qué grado de cumplimi<strong>en</strong>to<br />

ti<strong>en</strong><strong>en</strong> las exportaciones de <strong>materia</strong>l <strong>militar</strong> a <strong>Israel</strong>. Es importante t<strong>en</strong>er <strong>en</strong> cu<strong>en</strong>ta que no se trata<br />

sólo de los ocho criterios del Código de Conducta, ya que también forman parte de la Posición<br />

Común sobre Exportaciones de Armas y de la legislación española. Por lo tanto, estamos hablando<br />

de los ocho criterios cuyo incumplimi<strong>en</strong>to significaría una violación de la Ley española sobre exportaciones<br />

de armam<strong>en</strong>to. Los textos de los criterios de la Posición Común difier<strong>en</strong> muy ocasionalm<strong>en</strong>te<br />

de los del Código de Conducta, ya que <strong>en</strong> g<strong>en</strong>eral los cont<strong>en</strong>idos son los mismos. 66 Sin<br />

embargo, se prefiere usar los textos exactos del Código de Conducta por ser estos los que aplican<br />

y aplicaban directam<strong>en</strong>te <strong>en</strong> el caso español, al estar referidos <strong>en</strong> su legislación. En los apartados<br />

correspondi<strong>en</strong>tes a cada criterio se especificarán, de existir, las variaciones del texto y el análisis<br />

correspondi<strong>en</strong>te para el caso de <strong>Israel</strong>. Por otra parte, cabe reconocer que el análisis de los criterios<br />

no pret<strong>en</strong>de ser exhaustivo, pero sí crítico, y no se incluy<strong>en</strong> ev<strong>en</strong>tuales argum<strong>en</strong>tos que se podrían<br />

utilizar para justificar estas exportaciones. Nos limitaremos, por tanto, a constatar, tal y como pret<strong>en</strong>de<br />

el Código de Conducta, determinadas realidades que afectan a <strong>Israel</strong> y su <strong>en</strong>torno.<br />

Los criterios del Código de conducta son, <strong>en</strong> g<strong>en</strong>eral, susceptibles de ser interpretados de maneras<br />

difer<strong>en</strong>tes <strong>en</strong> función de la mirada del observador y el cargo que ocupe/repres<strong>en</strong>te. La JIMDDU,<br />

por ejemplo, no ha estimado que las exportaciones españolas hayan supuesto una violación del<br />

Código de Conducta a la hora de autorizarlas. Aun reconoci<strong>en</strong>do que exist<strong>en</strong> difer<strong>en</strong>tes interpretaciones<br />

posibles (y que la que prevalece es la de la autoridad exportadora), es el propósito de este<br />

apartado analizar, criterio por criterio, la posible violación de la legislación española y europea que<br />

podría suponer la exportación de armam<strong>en</strong>to a <strong>Israel</strong>. En esta interpretación, se ha int<strong>en</strong>tado aportar<br />

los argum<strong>en</strong>tos para facilitar elem<strong>en</strong>tos rigurosos que, aun aceptando otras opiniones, posibilit<strong>en</strong><br />

los espacios para un debate necesario para tratar una cuestión especialm<strong>en</strong>te problemática.<br />

CRITERIO 1: Respeto de los compromisos internacionales por <strong>Israel</strong><br />

Criterio 1. Respeto de los compromisos internacionales de los Estados miembros de la<br />

Unión Europea, <strong>en</strong> particular las sanciones decretadas por el Consejo de Seguridad de Naciones<br />

Unidas y las decretadas por la Comunidad, los acuerdos de no proliferación y otros<br />

temas, así como otras obligaciones internacionales.<br />

Una exportación debería ser d<strong>en</strong>egada si su aprobación fuera inconsist<strong>en</strong>te con, inter alia:<br />

a) las obligaciones internacionales de los Estados miembros y sus compromisos para fortalecer<br />

los embargos de armas de la ONU, la OSCE y la UE;<br />

b) las obligaciones internacionales de los Estados miembros bajo el Tratado de No Proliferación<br />

Nuclear, la Conv<strong>en</strong>ción sobre Armas Tóxicas y Biológicas y la Conv<strong>en</strong>ción sobre<br />

Armas Químicas;<br />

<strong>España</strong>-<strong>Israel</strong><br />

<strong>Relaciones</strong> <strong>en</strong> <strong>materia</strong> <strong>militar</strong>, armam<strong>en</strong>tista y de seguridad.<br />

Balance y t<strong>en</strong>d<strong>en</strong>cias<br />

66 Consejo de la Unión Europea (2008b): Op. Cit.<br />

29

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!