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I edición - Tribunal Electoral

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Boletín Informativo<br />

Noviembre 2012<br />

Para poder votar en las elecciones del 2014<br />

6<br />

Plagel al día<br />

Panameños residentes en el extranjero deben actualizar<br />

sus datos<br />

Mediante Decreto 18 de 31 de<br />

octubre de 2012, el <strong>Tribunal</strong><br />

<strong>Electoral</strong> subrogó el Decreto 9 de 2 de<br />

julio de 2007, relativo a la<br />

manera de inscribirse en<br />

el Registro <strong>Electoral</strong> de<br />

Panameños Residentes<br />

en el Extranjero (RERE).<br />

El referido Decreto<br />

18 dispone que todo<br />

ciudadano residente en<br />

el extranjero tiene el<br />

derecho y el deber de<br />

sufragar en las elecciones<br />

generales para el<br />

cargo de Presidente y<br />

Vicepresidente de la<br />

República de Panamá.<br />

Agrega el documento que para votar<br />

desde el extranjero es necesario que<br />

el elector tenga cédula de identidad<br />

personal vigente a la fecha de las<br />

elecciones, aparecer inscrito en<br />

el RERE, no tener suspendida su<br />

ciudadanía, hecho que debe constar<br />

como marginal en su inscripción de<br />

Registradores actualizan en fiestas patrias<br />

Actualización de datos en La Villa de Los Santos.<br />

La responsable de la Comisión de voto en el extranjero, Sharon Sinclair de<br />

Dumanoir, en compañía del magistrado Erasmo Pinilla C.<br />

Durante la celebración de los 191<br />

años del grito de independencia en<br />

La Villa de Los Santos, el pasado 10 de<br />

noviembre, registradores auxiliares<br />

del TE aprovecharon la gran afluencia<br />

de público que se encontraba en el<br />

lugar y sus alrededores, para tramitar y<br />

actualizar los cambios de residencia y<br />

verificación del centro de votación, que<br />

le corresponde.<br />

Con esta iniciativa, el TE busca motivar a<br />

los electores a informarse y actualizarse<br />

nacimiento en el Registro Civil, y emitir<br />

oportunamente su voto conforme al<br />

procedimiento que se apruebe en el<br />

decreto reglamentario de las<br />

elecciones generales de 4 de<br />

mayo de 2014.<br />

El TE integrará el RERE de<br />

conformidad con lo que se<br />

dispone en este Decreto,<br />

el cual tendrá carácter<br />

permanente, al igual que<br />

el registro electoral de los<br />

ciudadanos panameños<br />

que votan en el territorio<br />

nacional. El levantamiento<br />

y mantenimiento del RERE<br />

estará a cargo de la Dirección<br />

Nacional de Organización<br />

<strong>Electoral</strong>, por intermedio del<br />

Departamento de Registro y Censo.<br />

de manera oportuna y temprana de cara<br />

a las elecciones de 2014.<br />

El <strong>Tribunal</strong> <strong>Electoral</strong> cuenta con<br />

46 supervisores de campo y 396<br />

registradores electorales auxiliares,<br />

debidamente capacitados, quienes se<br />

desplazan por sitios públicos, residencias<br />

y los nuevos corregimientos en todo<br />

el país, para captar y, posteriormente,<br />

ubicar a los electorales en los centros<br />

en los que les corresponde votar con<br />

solo presentar su cédula de identidad<br />

personal vigente.

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