(2) Diciembre 2004 RIPAMILAN - Peña Taurina Peñaflorense
(2) Diciembre 2004 RIPAMILAN - Peña Taurina Peñaflorense
(2) Diciembre 2004 RIPAMILAN - Peña Taurina Peñaflorense
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Ripamilán 2 (<strong>Diciembre</strong>), <strong>2004</strong><br />
“Et primeramente esta pactado y concordado entre las<br />
dichas partes y en especial pacto deducido que el dicho<br />
Prudentio Blasco, para el martes primero viniente que se<br />
contara a veynte y dos dias del mes de agosto deste presente y<br />
auaxo calendado año hasta las diez horas de la mañana, haya y<br />
sea tenido y obligado tener en dicho lugar de <strong>Peña</strong>flor puestos<br />
los dichos toros que aquel tiene y la tarde del dicho dia correr<br />
aquellos en la plaza del dicho lugar, so pena de quatrozientos<br />
sueldos jaqueses si lo contrario hiziere pagaderos por el dicho<br />
Prudentio Blasco para beneficio y utilidad del Concejo del dicho<br />
lugar.<br />
Item es pactado y concordado entre las dichas partes que<br />
si de dicha corrida mancaren o, entortaren alguno o, algunos de<br />
los dichos toros los dichos Joan de la Muela y Martin Millan<br />
hayan y sean tenidos y obligados dar y pagar al dicho Prudentio<br />
Blasco doscientos y setenta sueldos jaqueses por cada hun toro<br />
que mancaren o, entortaren de aquellos, y el dicho Prudentio<br />
Blasco a mas de los dichos doscientos y setenta sueldos se haya<br />
de quedar y hayan de ser de aquel los dichos toros mancos o,<br />
tuertos.<br />
Item es pactado y concordado entre las dichas partes y en<br />
especial pacto deducido que si de dicha corrida murieren alguno<br />
o, algunos de los dicho toros los dichos Joan de la Muela y<br />
Martín Millan sean tenidos y obligados dar y pagar al dicho<br />
Prudentio Blasco quinientos y cinquenta sueldos jaqueses por<br />
cada hun toro que muriere de aquellos, y los dichos toros<br />
muertos, dando y pagando los dichos Joan de la Muela y Martín<br />
Millan los dichos quinientos y cincuenta suelos jaqueses de cada<br />
huno aquellos, hayan de ser del Concejo de dicho lugar.<br />
Item es pactado y concordado entre las dichas partes que<br />
los dichos Joan de la Muela y Martín Millan hayan y sean<br />
tenidos y obligados dar y pagar al dicho Prudentio Blasco de la<br />
dicha corrida de los dichos toros, luego que se hayan corrido<br />
aquellos, la suma y cantidad de setecientos sueldos jaqueses”.<br />
14