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ESPECIES AMENAZADAS - Fundació Catalunya - La Pedrera

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Gorgonia roja (Paramuricea clavata). © OCEANA/ Carlos Suárez<br />

UN PUZLE AL qUE LE FALTAN PIEZAS<br />

Los convenios descritos se complementan con<br />

acuerdos de ámbitos nacionales y regionales,<br />

que en muchos casos son adaptaciones o<br />

transposiciones de estos mismos, aprobados<br />

en esferas administrativas superiores. Tras estudiar<br />

los diferentes acuerdos y legislaciones<br />

queda patente la existencia de vacíos legales<br />

en cuanto a la protección de especies y hábitats<br />

marinos. <strong>La</strong> temática concreta en la que<br />

se basan estos acuerdos establece líneas de<br />

actuación muy direccionadas y, dado el hecho<br />

de que no hay un acuerdo específico para la<br />

protección del medio marino, quedan espacios<br />

en blanco para su protección.<br />

El primer paso que hay que dar para conocer el<br />

medio marino es la promoción de los estudios<br />

científicos. De esta forma se podrán obtener<br />

criterios que permitan una gestión y protección<br />

adecuadas. <strong>La</strong>s características de este medio,<br />

la necesidad de un tratamiento integral y la gran<br />

cantidad de factores naturales u originados por<br />

el ser humano que intervienen en el medio marino<br />

obligan a considerarlo de forma unificada<br />

para que las medidas que se tomen tengan<br />

efectos reales.<br />

Los acuerdos que engloban de forma más directa<br />

la protección de especies marinas lo hacen<br />

mediante el control del comercio, la contaminación<br />

marina o la protección de algunas especies<br />

migratorias. Además de que sus listados<br />

no son lo suficientemente completos para reflejar<br />

la realidad de las especies, controlan únicamente<br />

un aspecto. Este sistema no garantiza el<br />

mantenimiento del buen estado de las especies,<br />

ya que las amenazas que intervienen en su degradación<br />

son muy diversas. <strong>La</strong>s medidas de<br />

protección deben incluir, además de la especie<br />

como tal, sus necesidades de alimentación, su<br />

hábitat y medidas para evitar las amenazas que<br />

sufren. Obviamente, esto requiere la realización<br />

de estudios científicos, pero ante la situación de<br />

falta de datos sobre las especies marinas, debería<br />

aplicarse sistemáticamente el principio de<br />

precaución para todas aquellas especies de las<br />

que no se dispongan de datos suficientes, sean<br />

especies comerciales o no.

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