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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN ...

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MINISTERIO DE SALUD<br />

UNIDAD DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES INSTITUCIONAL<br />

<strong>CONTRATACIÓN</strong> DIRECTA No. 22/2012<br />

esto se aplica tanto a funcionarios y empleados de la institución<br />

contratante, como a personal relacionado con las empresas ofertantes. La<br />

infracción a la anterior prohibición dará lugar a la aplicación de las<br />

sanciones correspondientes.<br />

No obstante a lo establecido en el párrafo anterior y sobre la base a lo<br />

estipulado en el Art. 54 de la <strong>LA</strong>CAP, si durante el periodo de prohibición, la<br />

Comisión Evaluadora de Ofertas tuviere la necesidad de realizar consultas<br />

sobre la aplicación de la <strong>LA</strong>CAP y su Reglamento, podrán realizarse a la<br />

UNAC a través de la Jefatura de la UACI, sin que en dicha consulta se<br />

revelen datos identificativos correspondientes a los ofertantes.<br />

La UACI verificará el cumplimiento de esta prohibición y los miembros de la<br />

CEO están en la obligación de cumplir y notificar a la UACI cualquier<br />

incumplimiento en el artículo anterior.<br />

No se podrá contratar ni directa o indirectamente con aquellas personas<br />

naturales o jurídicas, que tengan cualquiera de los impedimentos a que se<br />

refieren los Art. 25 y 26, las exclusiones a que se refiere el Art. 158 y los<br />

efectos del Art. 159 de la <strong>LA</strong>CAP, para lo cual se emitirá por cada ofertante<br />

que no está incluido en estas prohibiciones una declaración jurada. (Anexo<br />

No. 1)<br />

H.1. Impedimentos para ofertar.<br />

Estarán impedidos para ofertar aquellas personas naturales o jurídicas<br />

conforme lo establece el artículo 26 de la <strong>LA</strong>CAP.<br />

Capacidad para contratar.<br />

Están incapacitados para contratar las personas naturales o jurídicas<br />

incluidas en el artículo 25 de la <strong>LA</strong>CAP.<br />

Inhabilitados para participar (Art. 158 y 159 <strong>LA</strong>CAP).<br />

La institución inhabilitará para participar en procedimientos de<br />

contratación administrativa, al ofertante o contratista que incurra en<br />

alguna de las conductas detallas en el artículo 158 o lo establecido en el<br />

artículo 159 de la <strong>LA</strong>CAP.<br />

I. Adjudicación.<br />

La adjudicación se efectuará en un plazo no mayor de 60 días calendario<br />

después de la apertura de ofertas pudiendo la Titular de la institución, en<br />

caso excepcionales, prorrogarlos por 30 días más.<br />

“ADQUISICIÓN DE CUPONES DE COMBUSTIBLE <strong>PARA</strong> EL NIVEL SUPERIOR, REGIONES Y UNIDADES DE SALUD DEL<br />

MINSAL”<br />

Página 9

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