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EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA ...

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Secretaría General Técnica<br />

Dirección de la Inspección Educativa<br />

Avenida Gómez Laguna nº 25-2ª Planta<br />

50071 Zaragoza<br />

Dirección de la Inspección Educativa<br />

Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte<br />

<strong>EVALUACIÓN</strong> <strong><strong>DE</strong>L</strong> <strong>EJERCICIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>FUNCIÓN</strong><br />

<strong>DIRECTIVA</strong><br />

(Proceso de Renovación)<br />

MO<strong><strong>DE</strong>L</strong>O TÉCNICO <strong>DE</strong> <strong>EVALUACIÓN</strong><br />

1.- NORMATIVA <strong>DE</strong> REFERENCIA:<br />

Las normas de referencia más directa utilizadas para la elaboración de este<br />

documento son las siguientes:<br />

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo) en el<br />

Título V. Capítulo IV: Dirección de los centros públicos y en el Título VII.<br />

Capítulo II: Inspección Educativa.<br />

• Orden de 28 de octubre de 2011, de la Consejera de Educación,<br />

Universidad, Cultura y Deporte por la que se aprueban las bases y las<br />

convocatorias de la renovación del mandato de los actuales directores y del<br />

concurso de méritos entre los funcionarios docentes de carrera, para la<br />

selección de directores de los centros docentes públicos no universitarios de la<br />

Comunidad Autónoma de Aragón (BOA del 14 de noviembre).<br />

• Corrección de errores de la Orden de 28 de octubre de 2011, de la<br />

Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban<br />

las bases y las convocatorias de la renovación del mandato de los actuales<br />

directores y de concurso de méritos entre los funcionarios docentes de carrera,<br />

para la selección de directores de los centros docentes públicos no universitarios<br />

de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 28 de noviembre).<br />

2.- INSPECCIÓN EDUCATIVA Y <strong>EVALUACIÓN</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>FUNCIÓN</strong><br />

<strong>DIRECTIVA</strong><br />

Con fecha 14 de noviembre de 2011, fue publicada en el Boletín Oficial de Aragón la<br />

Orden de 28 de octubre de 2011, de la Consejera de Educación, Universidad,<br />

Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases y las convocatorias tanto de la<br />

renovación del mandato de los actuales directores como del concurso de méritos<br />

entre los funcionarios docentes de carrera, para la selección de directores de los<br />

centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.<br />

En la introducción de la misma, se hace referencia al artículo 151 de la Ley<br />

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) que establece las funciones de<br />

la Inspección Educativa, entre las que están:<br />

b) Supervisar la práctica docente, la función directiva y colaborar en la mejora<br />

continua.<br />

c) Participar en la evaluación del sistema educativa y de los elementos que lo<br />

integran.<br />

d) Velar por el cumplimiento, en los centros educativos, de las leyes,<br />

reglamentos y demás disposiciones que afecten al sistema educativo.<br />

La base 2.2.3. de la citada Orden establece las Actuaciones de la inspección<br />

educativa en relación con la evaluación de los directores y le encomienda la emisión<br />

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Secretaría General Técnica<br />

Dirección de la Inspección Educativa<br />

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50071 Zaragoza<br />

de un informe de valoración sobre la función directiva de cada uno de los<br />

directores que se presenten para la renovación del cargo, para lo que se debe<br />

procurar que, siempre que sea posible, la realicen los Inspectores de referencia de<br />

los centros de los directores solicitantes.<br />

Se encarga a la Inspección Educativa la evaluación del desempeño de la función<br />

directiva por parte de aquellos directores de centros públicos que, habiendo sido<br />

nombrados en su día para ese cargo, lo han ejercido durante cuatro años y, en<br />

aplicación de lo establecido en el apartado 3 del artículo 136 de la LOE, hayan<br />

solicitado la renovación de su mandato, de acuerdo con lo establecido en la citada<br />

Orden.<br />

3.- CARACTERÍSTICAS <strong><strong>DE</strong>L</strong> MO<strong><strong>DE</strong>L</strong>O <strong>DE</strong> <strong>EVALUACIÓN</strong> QUE SE<br />

VA A APLICAR<br />

El artículo 133 de la LOE establece que la selección del director de un centro público<br />

se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la<br />

Administración educativa. En consonancia con este principio, el Departamento de<br />

Educación, Universidad, Cultura y Deporte ha previsto en la mencionada Orden el<br />

desarrollo del procedimiento de renovación del mandato de los actuales directores<br />

de forma que tenga los mismos participantes.<br />

Por esa razón, en el modelo de evaluación del desempeño de la función directiva<br />

que se va a aplicar interviene la Inspección Educativa como principal agente,<br />

puesto que tiene asignadas las funciones de supervisión y mejora de la función<br />

directiva y de evaluación de los diferentes elementos del sistema educativo, pero<br />

también participan en el proceso el propio director evaluado y los diferentes<br />

sectores de la comunidad educativa del centro cuya dirección ostenta. Las<br />

valoraciones de todos ellos por parte de las Comisiones Provinciales de Evaluación<br />

de la Función Directiva serán el elemento esencial a la hora de determinar la<br />

renovación de su mandato, dado que las mismas tomarán como referencia para<br />

efectuar la evaluación la siguiente documentación no vinculante:<br />

1. El informe de valoración de la inspección.<br />

2. La memoria de autoevaluación, presentada por el director o directora<br />

que esté siendo evaluado.<br />

3. Copia del acta de la reunión del consejo escolar del centro con indicación<br />

del resultado de la valoración. Se adjuntará el acta de la reunión.<br />

La base 2.2.2 de la Orden de 28 de octubre de 2011 establece que para la<br />

evaluación de la función directiva se tendrán en cuenta, al menos, los siguientes<br />

criterios generales, que se concretarán en el modelo técnico de evaluación<br />

elaborado por la dirección de la inspección educativa:<br />

1. La dirección y coordinación de la actividad del centro.<br />

2. La dinamización de los órganos de participación en el control y<br />

gestión de los centros, así como, los de coordinación docente del<br />

centro e impulso de la participación de los diversos sectores de la<br />

comunidad educativa.<br />

3. El impulso del clima de convivencia en el centro.<br />

4. El impulso y puesta en marcha de planes de mejora de los resultados<br />

escolares del centro y del control del abandono escolar; así como<br />

proyectos de innovación e investigación educativa que mejoren el<br />

funcionamiento del centro.<br />

5. El fomento de actividades que favorezcan la apertura del centro<br />

conectando éste con su entorno.<br />

6. La coordinación de la planificación, desarrollo y seguimiento de la<br />

atención a la diversidad del alumnado.<br />

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7. El ejercicio de las competencias en materia administrativa y de<br />

personal.<br />

En consecuencia, el modelo de evaluación que se va a aplicar se ha diseñado<br />

teniendo como referencia estos criterios generales.<br />

Las actuaciones que lo conforman se exponen en el apartado siguiente.<br />

4.- SECUENCIA <strong>DE</strong> <strong>LA</strong>S ACTUACIONES <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> INSPECCIÓN<br />

EDUCATIVA<br />

El proceso de evaluación del ejercicio de la función directiva que se va a desarrollar<br />

incluye la siguiente secuencia de actuaciones:<br />

4.1. Designación de los inspectores responsables de la evaluación:<br />

De acuerdo con lo establecido por la base 2.2.3 de la Orden de 28 de octubre de<br />

2011, los Inspectores Jefes Provinciales, tras la recepción de las solicitudes de<br />

renovación del nombramiento de director junto con las correspondientes Memorias<br />

de autoevaluación, se responsabilizarán de la designación del Inspector de<br />

Educación que llevará a cabo la evaluación del desempeño de la función directiva de<br />

cada uno de los solicitantes.<br />

Siempre que sea posible, asignará esa responsabilidad al Inspector de referencia<br />

del centro cuya dirección ostenta el evaluado. En los casos en que no sea posible, la<br />

asignará a aquel Inspector de Educación que considere que tiene suficiente<br />

conocimiento del contexto del centro educativo para desarrollar el proceso<br />

evaluador de forma adecuada.<br />

4.2. Actuaciones iniciales:<br />

Antes de iniciar el proceso de evaluación, los Inspectores de Educación<br />

participantes deberán leer y analizar la normativa de referencia y los contenidos de<br />

la Memoria de autoevaluación presentada por el director solicitante de la<br />

renovación, comprobando que los mismos se ajustan a lo señalado en el ANEXO III<br />

de la Orden de 28 octubre de 2011.<br />

Igualmente, se consultarán los antecedentes del centro cuya dirección ostenta el<br />

solicitante que correspondan a su periodo de gestión directiva y que obren en poder<br />

del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte. Se analizarán<br />

y valorarán aquellos antecedentes que estén relacionados con su ejercicio de la<br />

función directiva o con el desarrollo de las competencias directivas que deberán ser<br />

tenidos en cuenta en el proceso evaluador; para ello se pueden consultar los<br />

ejemplares de la PGA de los cursos correspondientes al mandato, así como<br />

Memorias Finales y cualquier otra documentación en que consten actuaciones<br />

impulsadas por el director aspirante a la renovación.<br />

4.3. Actuaciones para la evaluación y realización del Informe:<br />

El procedimiento de evaluación del ejercicio de la dirección debe tratarse de un<br />

proceso de recogida y análisis de la información, dirigido a conocer el desarrollo de<br />

la función directiva, por lo que debe estar orientado a estudiar y enjuiciar todos los<br />

ámbitos de sus actuaciones.<br />

Durante el mes de enero de 2012 (hasta el 1 de febrero incluido), los inspectores<br />

responsables de la evaluación trasladarán al inspector jefe el informe de valoración<br />

que hayan elaborado sobre la evaluación del director, aplicando el modelo<br />

técnico que se adjunta y que se hará público en la página web del Departamento.<br />

A lo largo del proceso de evaluación, los inspectores responsables de la misma<br />

recabarán cuanta información estimen conveniente del propio director, de los<br />

restantes miembros del equipo directivo, así como de los representantes del<br />

profesorado, de los padres y madres de los alumnos, de los propios alumnos, para<br />

lo que establecerá el correspondiente calendario de actuaciones. Asimismo, se<br />

podrá recabar información de los antecedentes documentados sobre el desempeño<br />

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de la función directora que consten en el Servicio Provincial correspondiente o en la<br />

propia Inspección Provincial.<br />

El Inspector responsable de la evaluación mantendrá las siguientes<br />

entrevistas:<br />

1ª entrevista: Con los restantes miembros del equipo directivo, si parece<br />

pertinente.<br />

2ª entrevista: Con dos representantes de los profesores en el Consejo<br />

escolar.<br />

3ª entrevista: Con dos representantes de los padres o tutores legales de<br />

los alumnos en el Consejo escolar.<br />

4ª entrevista: En los centros en los que proceda, con dos representantes de<br />

los alumnos en el Consejo escolar.<br />

5ª entrevista: En los centros en que proceda (Primaria, Adultos), con el<br />

representante del Ayuntamiento en el Consejo escolar, si parece pertinente<br />

6ª entrevista: Con el director solicitante de la renovación.<br />

El Inspector informará a los entrevistados del objetivo de la evaluación, expondrá<br />

los criterios e indicadores del Anexo I y les solicitará sus valoraciones sobre las<br />

actuaciones directivas del evaluado en relación con los mismos, considerando que<br />

cada sector podrá valorar unos u otros indicadores en función de su relación con el<br />

centro educativo. Al final de cada entrevista, el Inspector registrará las<br />

valoraciones facilitadas por los entrevistados con respecto a los criterios e<br />

indicadores en que haya intervenido, en la escala de valoración del Anexo I.<br />

La entrevista con el director solicitante de la renovación se realizará en último<br />

lugar, con objeto de que el Inspector pueda ampliar con él, si lo considera<br />

necesario, la información facilitada en la Memoria de autoevaluación, comentando<br />

los contenidos establecidos en el Anexo III, o contrastar valoraciones que hayan<br />

podido ser aportadas por miembros de la comunidad educativa.<br />

En el Informe final de evaluación únicamente podrá otorgarse la calificación de<br />

No apto para la renovación cuando en el proceso de evaluación se haya<br />

constatado de manera fehaciente que el solicitante no ha desarrollado de forma<br />

adecuada las funciones directivas, lo que se reflejará en una puntuación<br />

negativa de acuerdo con el baremo que se recoge el Modelo Técnico de Evaluación.<br />

Para proponer una valoración de Apto será necesario alcanzar una puntuación<br />

mínima conforme al baremo señalado en el Modelo Técnico de Evaluación.<br />

5. CALENDARIO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong>S ACTUACIONES <strong>DE</strong> <strong>EVALUACIÓN</strong><br />

De acuerdo con lo establecido en la Orden de 28 de octubre de 2011, el calendario<br />

establecido para el desarrollo del proceso de renovación del mandato de los<br />

actuales directores es el siguiente:<br />

Actuación Fecha<br />

Resolución del Director del Servicio Provincial con relación Hasta 18 de noviembre<br />

de centros docentes cuyos directores concluyen su de 2011<br />

mandato de cuatro años el 30 de junio de 2012<br />

Plazo para la presentación de solicitudes de renovación<br />

de mandato por parte de los directores que figuren en la<br />

resolución antes citada<br />

Publicación por los Servicios Provinciales de la relación de<br />

centros cuyos directores han solicitado la renovación de<br />

su mandato (lista provisional)<br />

Del 21 de noviembre al 1<br />

de diciembre de 2011<br />

Provisional: Hasta el día<br />

15 de diciembre de 2011<br />

Definitiva: 20 de<br />

diciembre<br />

Traslado al Inspector Jefe Provincial de las solicitudes de 20 de diciembre de 2011<br />

4


enovación recibidas y de sus correspondientes Memorias<br />

de autoevaluación<br />

Designación de inspectores que han de realizar la<br />

evaluación de la función directiva<br />

Plazo para desarrollar los procesos de evaluación del<br />

ejercicio de la función directiva y emisión del<br />

correspondiente informe por parte de los inspectores<br />

Sesión de evaluación del Consejo Escolar del centro cuyo<br />

director ha solicitado la renovación<br />

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Hasta el 23 de diciembre<br />

de 2011<br />

Hasta el 1 de febrero de<br />

2012, incluido<br />

A lo largo del mes de<br />

enero de 2012<br />

Reunión de las comisiones provinciales de evaluación Primera semana del mes<br />

de febrero de 2012<br />

Resolución de los directores de los Servicios<br />

Hasta el 13 de febrero<br />

Provinciales sobre directores que “renuevan”<br />

6.- INSTRUMENTOS <strong>DE</strong> APOYO<br />

El grupo de coordinación de la Actuación prioritaria de Evaluación de la<br />

función directiva, para garantizar el desarrollo coordinado de esta actuación por<br />

todos los inspectores de educación participantes, ha elaborado los siguientes<br />

instrumentos de apoyo:<br />

ANEXO I: Criterios e indicadores para la valoración de la función directiva<br />

ANEXO II: Valoración del Informe de inspección<br />

ANEXO III: Valoración de la Memoria de Autoevaluación<br />

ANEXO IV: MO<strong><strong>DE</strong>L</strong>O <strong>DE</strong> INFORME FINAL <strong>DE</strong> VALORACIÓN<br />

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ANEXO I: Criterios e indicadores para la valoración de la función<br />

directiva<br />

1 2 3 4 5<br />

Muy Poco Poco Regular Bastante Mucho<br />

1. La dirección y coordinación de la actividad del centro, especialmente, en<br />

lo relativo a su Planificación y su actividad, a la elaboración de la Programación<br />

General Anual, de la Memoria Final, de la gestión de los recursos humanos,<br />

materiales y didácticos y del seguimiento, control y evaluación de dicha actividad;<br />

en lo referido al ejercicio de las competencias en materia administrativa y de<br />

personal, con especial atención a los trámites y requerimientos administrativos,<br />

información puntual de las alteraciones en la prestación del servicio y de las<br />

ausencias y demoras del personal del centro y del incumplimiento de las funciones<br />

docentes, en su caso:<br />

1. Promueve, planifica e impulsa la elaboración, revisión y mejora de los<br />

documentos institucionales del Centro -PEC, PC de Etapa, PGA y Memoria<br />

Final- incluyendo cada curso nuevas áreas de mejora y adecuando los<br />

documentos programáticos antes mencionados a la normativa reguladora en<br />

vigor.<br />

2. Promueve una dinámica que hace posible la reflexión, la evaluación y la<br />

autoevaluación de la actividad del centro, coordinando y dirigiendo el<br />

seguimiento de la aplicación y puesta en práctica de dichos documentos y<br />

las novedades o mejoras introducidas cada año, poniendo especial interés<br />

en la revisión de las medidas adoptadas y en el resultado positivo de las<br />

mismas.<br />

3. Establece criterios bien definidos para organizar y planificar la actividad del<br />

Centro, coordinando iniciativas sobre la forma de organizar y gestionar los<br />

recursos materiales y los espacios del centro, en función de las necesidades<br />

de la comunidad educativa.<br />

4. Impulsa la participación de los miembros de la comunidad educativa,<br />

recogiendo sugerencias sobre propuestas que repercutan en la mejora de las<br />

actividades del centro y favoreciendo iniciativas que lo dinamicen en todos<br />

los ámbitos.<br />

5. Promueve la coordinación del equipo directivo y ejerce la jefatura de todo el<br />

personal del centro, velando por el cumplimiento de las obligaciones<br />

profesionales individuales y colectivas- y tomando las decisiones derivadas<br />

de esta responsabilidad con eficacia, objetividad, criterio y prontitud.<br />

6. Ejerce sus competencias en materia de personal, informando puntualmente<br />

de las alteraciones en la prestación del servicio y de las ausencias y demoras<br />

del personal del centro, resolviendo él solo la mayor parte de las veces- los<br />

conflictos y diferencias que en materia de personal se han producido entre<br />

profesores o trabajadores del centro.<br />

7. Está pendiente y perfectamente informado de la gestión de los recursos<br />

administrativos y económicos del centro (procesos de admisión y matrícula<br />

de alumnos, régimen académico de alumnos, emisión de documentación<br />

académica, régimen económico y contable, estadística, revisión de cupos y<br />

plantillas de profesores, presentación documentos ante el Servicio<br />

Provincial) y, de manera muy especial, en el uso actualizado de las<br />

aplicaciones informáticas de gestión.<br />

8. Administra adecuadamente la autonomía económica del centro, planificando<br />

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y gestionando con eficiencia y transparencia los recursos disponibles en<br />

obras de mejora y conservación del centro, servicios, suministros y<br />

equipamiento, de acuerdo con el presupuesto disponible y los<br />

procedimientos establecidos por las administraciones educativas.<br />

2. La dinamización de los órganos de participación en el control y gestión de los<br />

centros, así como los de coordinación docente del centro e impulso de<br />

la participación de los diversos sectores de la comunidad educativa:<br />

1. Convoca con regularidad y en horario adecuado las sesiones del consejo<br />

escolar, procurando la asistencia de todos sus miembros, formulando con<br />

claridad el contenido de las sesiones, facilitando la documentación con<br />

antelación incluyendo asuntos sugeridos por los diferentes sectores de la<br />

comunidad educativa y proporcionando la información necesaria para<br />

facilitar el debate de los temas que van a tratar.<br />

2. Recoge sugerencias de los órganos de participación del alumnado y de sus<br />

familias para la elaboración del Plan Anual de Centro, planteándolas en los<br />

órganos de decisión correspondientes.<br />

3. Se preocupa de que los órganos de gobierno y de coordinación docente<br />

valoren los logros y decisiones tomadas sobre aquellos aspectos que son de<br />

su competencia y promueve que se concreten en propuestas de mejora para<br />

ser desarrolladas por el Centro.<br />

4. Facilita al Consejo Escolar, Comisión de Coordinación Pedagógica, Equipos<br />

Educativos de Ciclo y Departamentos Didácticos y Profesionales, cuantos<br />

datos e información son necesarios para el desarrollo de sus competencias:<br />

informes de resultados y rendimiento de los alumnos, informes de<br />

evaluaciones externas y de evaluación de diagnóstico, de actividades<br />

extraescolares, absentismo, convivencia y de régimen disciplinario.<br />

5. Ejecuta, dentro de las funciones que son de su competencia, los acuerdos<br />

aprobados en los órganos de gobierno y de coordinación docente, dando<br />

cuenta de su cumplimiento en posteriores sesiones del Claustro o del<br />

Consejo escolar.<br />

6. En colaboración con el resto del equipo directivo, dinamiza el funcionamiento<br />

de los órganos de coordinación docente en el seguimiento, actualización y<br />

revisión continua de los PC de etapa, las Programaciones didácticas y otros<br />

Planes específicos (PAT, PAD, POAP, Plan de Lectura, Planes de Mejora,<br />

Escuela 2.0...).<br />

7. Impulsa la participación de los diferentes sectores de la comunidad<br />

educativa en los procesos de renovación del Consejo Escolar, facilitando la<br />

información a los diferentes colectivos, favoreciendo la presentación de<br />

candidaturas y asegurando el desarrollo adecuado del proceso.<br />

8. Garantiza la atención a los padres y madres del alumnado por parte del<br />

tutor o tutora y de cualquier otro profesor o profesora cuya presencia sea<br />

requerida, a la vez que, como director o directora, mantiene una relación<br />

cordial, positiva y de colaboración con el AMPA y los representantes de<br />

alumnos y padres en los órganos de representación del centro.<br />

3. El impulso del clima de convivencia en el centro, especialmente de actividades<br />

preventivas necesarias para la consecución de un clima positivo que facilite el<br />

trabajo escolar. También se tendrá en cuenta la aplicación de la normativa<br />

reguladora correspondiente, la atención a los miembros de la comunidad educativa,<br />

facilitando su participación y promoviendo una comunicación fluida, y la eficacia en<br />

el tratamiento y resolución de conflictos:<br />

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1. Establece cauces de comunicación dirigidos, especialmente, a facilitar que el<br />

alumnado y sus familias puedan poner en conocimiento de la dirección las<br />

iniciativas y propuestas en temas de convivencia que consideren oportunas,<br />

así como los problemas que les afecten<br />

2. Convoca reuniones informativas o garantiza la presencia de miembros del<br />

equipo directivo en las juntas de delegados de alumnos y asiste, si se le<br />

invita, a las reuniones tanto de las Asociaciones de Madres y Padres como<br />

de las asociaciones de alumnos, si las hubiere, para hacerles llegar<br />

información sobre los temas que puedan ser de su interés.<br />

3. Adopta las medidas necesarias para que el alumnado y sus familias reciban<br />

puntualmente información clara y precisa sobre la marcha de su proceso de<br />

aprendizaje y de evaluación, garantizando la evaluación objetiva con la<br />

publicación de los mínimos y la información sobre el proceso de reclamación.<br />

4. Coordina, en colaboración con la jefatura de estudios y tutores, la<br />

realización de las reuniones de comienzo del curso para padres y madres del<br />

alumnado, así como otras que pudieran plantearse a iniciativa de cualquiera<br />

de las partes<br />

5. Garantiza la atención a los padres del alumnado por parte del tutor y de<br />

cualquier profesor cuya presencia sea requerida<br />

6. Impulsa y colabora con las asociaciones de madres y padres del alumnado<br />

en iniciativas y actividades para fomentar su implicación en las tareas<br />

educativas y en la vida del centro<br />

7. Interviene en la gestión y resolución de los conflictos que surjan con talante<br />

dialogante y educativo, mostrando disponibilidad para atender a las<br />

demandas, actuando como mediador entre las partes y preocupándose por<br />

mejorar la calidad de las relaciones. Asimismo, vela para que se desarrollen<br />

conforme a la norma los procesos de corrección de conductas gravemente<br />

perjudiciales contra la convivencia del centro<br />

8. Impulsa la revisión y actualización constante del RRI, adecuándolo a la<br />

normativa vigente de derechos y deberes de la comunidad educativa en<br />

Aragón, y participa de forma activa en la Comisión de Convivencia, en el<br />

análisis y elaboración del informe final sobre el estado de la convivencia en<br />

el centro, además de poner en práctica nuevas medidas que mejoren la<br />

prevención de los conflictos.<br />

4. El impulso y puesta en marcha de planes de mejora de los resultados escolares<br />

del centro y del control del abandono escolar; así como proyectos de innovación<br />

e investigación educativa que mejoren el funcionamiento del centro. Se debe<br />

prestar especial atención al análisis de la evolución de los resultados<br />

escolares, tomando como referencias fundamentales el dominio de las<br />

competencias básicas en las evaluaciones de diagnóstico y en las calificaciones<br />

obtenidas en las evaluaciones del currículo escolar:<br />

a. Supervisa personalmente los resultados del informe de la evaluación de<br />

diagnóstico de cada año, participa en la elaboración y diseño del Plan de<br />

Mejora y realiza el seguimiento de las medidas acordadas para evaluar<br />

su grado de eficacia en la mejora de las competencias básicas.<br />

b. Realiza, junto a otros miembros del equipo directivo y los componentes<br />

de la CCP, un análisis pormenorizado de los resultados académicos de los<br />

alumnos en los diferentes niveles, ciclos, etapas y áreas curriculares,<br />

examinando las posibles desviaciones y contribuyendo a corregir las<br />

deficiencias detectadas.<br />

c. Participa en el establecimiento de criterios adecuados y estrategias<br />

organizativas idóneas para la recuperación del alumnado con materias<br />

8


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pendientes o que presenta dificultades para superar la etapa o lograr la<br />

titulación; asimismo, promueve actuaciones coordinadas de centro para<br />

el control del abandono escolar.<br />

d. Impulsa coordinaciones periódicas entre ciclos, etapas y enseñanzas<br />

dentro del mismo centro y con otros centros de la localidad o la comarca<br />

para asegurar la continuidad del proceso de enseñanza y posterior<br />

orientación escolar y profesional de los alumnos.<br />

e. Promueve la participación del centro y de sus profesores en proyectos y<br />

programas de innovación e investigación educativas, tanto a nivel<br />

interno como en convocatorias públicas de las administraciones<br />

educativas o entidades privadas.<br />

f. Fomenta la participación colectiva del profesorado en actividades de<br />

formación y perfeccionamiento y, de modo particular, de proyectos y<br />

seminarios sobre algún área de trabajo prioritaria relacionada.<br />

g. Promueve y potencia de forma efectiva en la práctica docente diaria la<br />

integración de las tecnologías de la información y la comunicación, el<br />

fomento de la lectura y la educación en valores.<br />

h. Impulsa la difusión y el intercambio de información con otros centros<br />

sobre las experiencias y actividades de innovación que el centro realiza,<br />

promoviendo, al mismo tiempo, la difusión de experiencias y actividades<br />

de innovación que el centro realiza.<br />

5. El fomento de actividades que favorezcan la apertura del centro conectando<br />

éste con su entorno; la potenciación de la colaboración del centro con las familias<br />

del alumnado, con el Ayuntamiento y con otras entidades que faciliten su apertura<br />

al exterior y su relación con el entorno, dinamizando la participación de los<br />

diferentes sectores de la comunidad educativa, en especial de los órganos<br />

colegiados y de gobierno:<br />

a. Promueve las relaciones del centro con otras instituciones y entidades<br />

(Ayuntamiento, Comarca, Comunidad autónoma, servicios sociales y de<br />

salud, organizaciones no gubernamentales, colectivos y organizaciones<br />

culturales o deportivas...) y traslada al claustro y consejo escolar las<br />

propuestas que se derivan de estas relaciones.<br />

b. Favorece que los profesores utilicen como recurso didáctico los medios<br />

de que dispone la comunidad (visitas a empresas, parques, museos)<br />

para acercar a los alumnos a la cultura y a la vida de su entorno. En su<br />

caso, actúa para potenciar la relación del centro con las empresas e<br />

instituciones del entorno para la realización de las prácticas, la formación<br />

en centros de trabajo y la mejora de la orientación profesional en las<br />

enseñanzas donde corresponda.<br />

c. Toma iniciativas para lograr que todos los miembros de la comunidad<br />

educativa, en el ámbito de sus competencias y a través de los cauces<br />

existentes, participen en la vida del centro, eleven sus propuestas y<br />

estén informados de cualquier novedad.<br />

d. Impulsa la participación del centro y sus alumnos en programas<br />

educativos como: Apertura de centros, Deporte escolar, Música y Coros,<br />

Ocio y tiempo libre, Orientación profesional, intercambios escolares,<br />

rutas viajeras, CRIE, colonias veraniegas, etc.<br />

e. Promueve la coordinación entre los centros de la zona para la<br />

organización coordinada de actividades complementarias o<br />

extraescolares, viajes, intercambio de recursos o la organización de<br />

grupos o talleres estables.<br />

f. Apoya a los equipos de ciclo, a los departamentos didácticos, a la junta<br />

de delegados y a los padres de alumnos, en las iniciativas para realizar<br />

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actividades extraescolares, mostrándose disponible para elevar sus<br />

peticiones al consejo escolar y facilitándoles los medios y recursos que<br />

estén a su disposición.<br />

g. Transmite a la comunidad educativa cuanta información relevante para la<br />

vida del centro le proporciona la Administración y otros organismos e<br />

instituciones, asegurándose de que disponen de un conocimiento<br />

adecuado de la misma. Igualmente, pone a disposición de los miembros<br />

de la comunidad educativa los documentos de planificación y evaluación<br />

del centro, así como las decisiones y acuerdos tomados por los órganos<br />

de gobierno del centro a fin de facilitar su conocimiento, cumplimiento y<br />

valoración.<br />

h. Facilita el uso puntual de las instalaciones o recursos del centro a<br />

instituciones, asociaciones y entidades de la localidad o la zona fuera del<br />

horario lectivo, previa petición y aceptación responsable de las medidas<br />

de control necesarias.<br />

6. La coordinación de la planificación, desarrollo y seguimiento de la atención a la<br />

diversidad del alumnado, facilitándose el establecimiento de actuaciones y<br />

procedimientos que permitan la atención a las necesidades del alumnado en función<br />

de sus características personales y de la realidad socioeconómica y cultural referida<br />

al entorno en el que vive:<br />

a. Colabora con el resto del equipo directivo, el Dpto. de Orientación y el<br />

orientador para que la oferta educativa del centro tenga en cuenta las<br />

necesidades educativas de todo el alumnado, especialmente de aquellos<br />

que presentan mayores dificultades, procurando asignar los recursos<br />

humanos y materiales con un criterio compensador y evitando que la<br />

organización de las actividades del centro suponga algún tipo<br />

discriminación.<br />

b. Impulsa la realización de actividades de información y orientación escolar<br />

y profesional para los alumnos y sus familias, de manera que se conozca<br />

la oferta educativa y sus características, las medidas de atención a la<br />

diversidad y las principales opciones al finalizar las etapas.<br />

c. Favorece la puesta en marcha de programas y experiencias educativas de<br />

marcado carácter compensador, de apoyo y recuperación y de atención a<br />

la diversidad, proponiendo en su caso- a los profesores más idóneos para<br />

estar al frente de ellos.<br />

d. Supervisa y planifica adecuadamente junto con el jefe de estudios el<br />

calendario de evaluaciones finales, ordinaria y extraordinaria, en su<br />

caso, así como la atención, apoyo y recuperación de los alumnos<br />

repetidores o con materias pendientes durante todo el curso.<br />

e. En colaboración con la jefatura de estudios y el orientador del centro, ha<br />

impulsado un plan bien estructurado de apoyo y refuerzo de los alumnos<br />

que presentan dificultades escolares, con intervenciones dentro y fuera<br />

del aula por parte de los tutores, profesores ordinarios y especialistas.<br />

f. Supervisa junto con el jefe de estudios, el orientador y el secretario del<br />

centro- la correcta clasificación de los ACNEAEs, según la normativa e<br />

instrucciones vigentes, además de comprobar que sus Expedientes<br />

personales contienen los dictámenes, informes, ACIs, adaptaciones no<br />

significativas y anotaciones en las actas de evaluación e historiales, que<br />

pudieran corresponder en cada caso.<br />

g. Facilita e impulsa una relación adecuada y periódica de los tutores con<br />

las familias de alumnos con necesidades educativas específicas,<br />

escuchando sus demandas y derivando sus peticiones e inquietudes a los<br />

profesores, órganos o instituciones que corresponda en cada caso:<br />

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tutores, profesores especialistas, orientadores, profesores de apoyo del<br />

área práctica, trabajadores sociales, comarca, ayuntamiento, Servicio<br />

Provincial de Educación (transporte, auxiliares técnicos educativos,<br />

equipos técnicos de acceso al currículo, etc.)<br />

h. Promueve actividades de formación y asesoramiento del profesorado<br />

para la formulación de objetivos, actividades y criterios de evaluación<br />

diversificados en función de los diferentes ritmos de aprendizaje y<br />

maduración del alumnado, estimulando también la elaboración y<br />

recopilación de recursos impresos y digitales para el trabajo diario de<br />

estos alumnos, según capacidades y posibilidades particulares de cada<br />

uno.<br />

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ANEXO II: Valoración del informe de inspección<br />

1. La dirección y coordinación de la actividad del centro, especialmente,<br />

en lo relativo a su Planificación y su actividad, a la elaboración de la<br />

Programación General Anual de Centro, de la Memoria Final del Centro, de la<br />

gestión de los recursos humanos, materiales y didácticos y del seguimiento,<br />

control y evaluación de dicha actividad; en lo referido al ejercicio de las<br />

competencias en materia administrativa y de personal, con especial<br />

atención a los trámites y requerimientos administrativos, información puntual<br />

de las alteraciones en la prestación del servicio y de las ausencias y demoras<br />

del personal del centro: Hasta 40 puntos.<br />

2. La dinamización de los órganos de participación en el control y gestión de<br />

los centros, así como los de coordinación docente del centro e impulso de<br />

la participación de los diversos sectores de la comunidad educativa: Hasta 40<br />

puntos.<br />

3. El impulso del clima de convivencia en el centro, especialmente de<br />

actividades preventivas necesarias para la consecución de un clima positivo que<br />

facilite el trabajo escolar. También se tendrá en cuenta la aplicación de la<br />

normativa reguladora correspondiente, la atención a los miembros de la<br />

comunidad educativa y la eficacia en el tratamiento y resolución de conflictos:<br />

Hasta 40 puntos.<br />

4. El impulso y puesta en marcha de planes de mejora de los resultados<br />

escolares del centro y del control del abandono escolar; así como proyectos de<br />

innovación e investigación educativa que mejoren el funcionamiento del<br />

centro. Se debe prestar especial atención al análisis de la evolución de los<br />

resultados escolares, tomando como referencias fundamentales el dominio de<br />

las competencias básicas en las evaluaciones de diagnóstico y en las<br />

calificaciones obtenidas en las evaluaciones del currículo escolar: Hasta 40<br />

puntos.<br />

5. El fomento de actividades que favorezcan la apertura del<br />

centro conectando éste con su entorno; la potenciación de la colaboración del<br />

centro con las familias del alumnado, con el Ayuntamiento y con otras entidades<br />

que faciliten su apertura al exterior y su relación con el entorno, dinamizando la<br />

participación de los diferentes sectores de la comunidad educativa, en especial<br />

de los órganos colegiados y de gobierno: Hasta 40 puntos.<br />

6. La coordinación de la planificación, desarrollo y seguimiento de la atención a<br />

la diversidad del alumnado, facilitándose el establecimiento de actuaciones y<br />

procedimientos que permitan la atención a las necesidades del alumnado en<br />

función de sus características personales y de la realidad socioeconómica y<br />

cultural referida al entorno en el que vive: Hasta 40 puntos.<br />

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ANEXO III: Valoración de la Memoria de Autoevaluación<br />

Se debe valorar tanto el grado de consecución de los objetivos contemplados<br />

en el proyecto de dirección presentado, en su caso, en la fase de selección o<br />

llevado a cabo durante el mandato como el plan estratégico para los siguientes<br />

cuatro cursos académicos para los que se quiere renovar el cargo en lo que se<br />

refiere a los siguientes criterios de evaluación:<br />

1. Consecución de objetivos: dirección y coordinación de la actividad del centro,<br />

así como dinamización de los órganos de participación en el control y gestión de<br />

los centros, los de coordinación docente del centro e impulso de la participación<br />

de éstos de los diversos sectores de la comunidad educativa (Hasta 24 puntos).<br />

Criterios 1 a) y 1 b) del Anexo III de la Orden.<br />

2. Consecución de objetivos: impulso del clima de convivencia en el centro, así<br />

como impulso y puesta en marcha de planes de mejora de los resultados<br />

escolares del centro, del control del abandono escolar y de proyectos de<br />

innovación e investigación educativa que mejoren el funcionamiento del<br />

centro ( Hasta 24 puntos). Criterios 1 c) y 1 d) del Anexo III de la Orden.<br />

3. Consecución de objetivos: fomento de actividades que favorezcan la apertura<br />

del centro conectando éste con su entorno, así como la coordinación de la<br />

planificación, desarrollo y seguimiento de la atención a la diversidad del<br />

alumnado (Hasta 24 puntos). Criterios 1 e) y 1 f) del Anexo III de la Orden.<br />

4. Consecución de objetivos: ejercicio de las competencias en materia<br />

administrativa y de personal (Hasta 24 puntos). Criterio 1 g) del Anexo III de la<br />

Orden.<br />

5. Propuesta del Plan estratégico para los siguientes cuatro curso (Hasta 24<br />

puntos). Criterio 2 del Anexo III de la Orden.<br />

Puntuaciones que se otorgarán en el Informe final de<br />

valoración:<br />

Apartados de la Evaluación Puntuación<br />

máxima<br />

Puntuación mínima<br />

para evaluación<br />

positiva<br />

Informe del Inspector de referencia Hasta 240 puntos CADA CRITERIO: 26<br />

puntos<br />

TOTAL: 144 puntos<br />

Memoria de Autoevaluación del<br />

director<br />

Hasta 120 puntos CADA CRITERIO: 15<br />

puntos<br />

TOTAL: 78 puntos<br />

La puntuación mínima exigible para obtener una evaluación positiva en el<br />

proceso de renovación será de 144 puntos en los aspectos que corresponden<br />

al Informe del Inspector o Inspectora de referencia (26 puntos en cada<br />

criterio) y de 78 puntos en la Memoria de Autoevaluación (15 puntos en<br />

cada criterio).<br />

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ANEXO IV: MO<strong><strong>DE</strong>L</strong>O <strong>DE</strong> INFORME FINAL <strong>DE</strong> VALORACIÓN<br />

D./D.ª …………………………………………………………………., Inspector/a de Educación,<br />

designado/a por el Inspector Jefe Provincial, responsable de la evaluación del<br />

ejercicio de la función directiva de D./Dª.<br />

………………….……………….………………………………………………………………………..,<br />

actual director/a del centro público …………………………………………..….<br />

de la localidad de……………………………………………..., provincia<br />

de ……………………………..………………<br />

INFORMA:<br />

1º.- Que se ha desarrollado el proceso de evaluación del desempeño de la función<br />

directiva por parte del funcionario docente arriba señalado, en aplicación de la<br />

Orden de 28 de octubre de 2011, de la Consejera de Educación, Universidad,<br />

Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases y las convocatorias tanto de la<br />

renovación del mandato de los actuales directores, como del concurso de méritos<br />

entre los funcionarios docentes de carrera, para la selección de directores de los<br />

centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón<br />

(BOA de 14 de noviembre).<br />

2º.- Que se han realizado las siguientes actuaciones:<br />

Fechas Observaciones<br />

Consulta de documentación: Memoria de autoevaluación y<br />

otros (….)<br />

Entrevista con el director que solicita la renovación<br />

Entrevista con algún miembro del sector de padres y/o<br />

alumnos del consejo escolar<br />

Entrevistas con profesorado/miembros del Equipo directivo del<br />

centro<br />

Otras: entrevista con el Representante del Ayuntamiento en el<br />

Consejo escolar...<br />

3º.- Que, para el Inspector/a que suscribe, la valoración del ejercicio de la función<br />

directiva es:<br />

Criterios Valoración Observaciones<br />

cuantitativa<br />

1. La dirección y coordinación de la actividad del (Hasta 40 puntos)<br />

centro; ejercicio de competencias en materia<br />

administrativa y de personal<br />

2. La dinamización de los órganos de participación en (Hasta 40 puntos)<br />

el control y gestión de los centros, así como los de<br />

coordinación docente del centro e impulso de<br />

la participación de los diversos sectores de la<br />

comunidad educativa<br />

3. El impulso del clima de convivencia en el centro (Hasta 40 puntos)<br />

4. El impulso y puesta en marcha de planes de (Hasta 40 puntos)<br />

mejora de los resultados escolares del centro y del<br />

control del abandono escolar; así como proyectos de<br />

innovación e investigación educativa que mejoren el<br />

funcionamiento del centro<br />

5. El fomento de actividades que favorezcan la (Hasta 40 puntos)<br />

apertura del centro conectando éste con su entorno<br />

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6. La coordinación de la planificación, desarrollo y (Hasta 40 puntos)<br />

seguimiento de la atención a la diversidad del<br />

alumnado<br />

PUNTUACIÓN TOTAL (Hasta<br />

puntos)<br />

240<br />

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¿Todos los criterios alcanzan una puntuación mínima de 26 puntos? SÍ/NO<br />

Observaciones:<br />

4º.- Que, para el Inspector/a que suscribe, la valoración de la Memoria de<br />

Autoevaluación es:<br />

Criterios Valoración<br />

cuantitativa<br />

Observaciones<br />

1. Dirección de la actividad del centro y dinamización de (Hasta 24 puntos)<br />

sus órganos de gobierno y coordinación<br />

2. Impulso del clima de convivencia, de Planes de mejora (Hasta 24 puntos)<br />

y de proyectos de innovación e investigación educativa<br />

3. Fomento de la apertura del centro al entorno y (Hasta 24 puntos)<br />

coordinación de la atención a la diversidad del alumnado<br />

4. Ejercicio de las competencias en materia (Hasta 24 puntos)<br />

administrativa y de personal<br />

5. Plan estratégico para los siguientes cuatro cursos (Hasta 24 puntos)<br />

PUNTUACIÓN TOTAL (Hasta<br />

puntos)<br />

120<br />

¿Todos los criterios alcanzan una puntuación mínima de 15 puntos? SÍ/NO<br />

Observaciones:<br />

5º.- Que, de acuerdo con las valoraciones e informaciones obtenidas de la<br />

comunidad educativa del citado centro educativo y del director evaluado en las<br />

actuaciones desarrolladas y considerando las puntuaciones obtenidas de acuerdo<br />

con el baremo señalado en el correspondiente Modelo Técnico de Evaluación arriba<br />

expresadas, el resultado de la evaluación es: “APTO PARA <strong>LA</strong> RENOVACIÓN”/”NO<br />

APTO PARA <strong>LA</strong> RENOVACIÓN”.<br />

En consecuencia, se PROPONE/NO SE PROPONE la renovación del<br />

mandato de D./Dª ………………………………….. como director/a del centro …………..<br />

VISTO BUENO<br />

El INSPECTOR JEFE PROVINCIAL<br />

Fdo.- ……………………………………<br />

……………………………………….… de ……………………………. de 2012<br />

EL/<strong>LA</strong> INSPECTOR/A <strong>DE</strong> EDUCACIÓN<br />

Fdo.- ……………………………….<br />

SR./SRA. DIRECTOR/A <strong><strong>DE</strong>L</strong> SERVICIO PROVINCIAL <strong>DE</strong> EUCD <strong>DE</strong> ________<br />

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