FarmaMed ELA - Planes Medicare
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1 de enero – 31 de diciembre de 2013<br />
Evidencia de Cubierta:<br />
Su Cubierta de Farmacia de <strong>Medicare</strong> como Asegurado de Triple-S<br />
<strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Este folleto le ofrece detalles acerca de su cubierta de farmacia de <strong>Medicare</strong> desde el 1 de enero<br />
hasta el 31 de diciembre de 2013. El mismo explica cómo obtener los medicamentos que usted<br />
necesita. Este es un documento legal importante. Manténgalo en un lugar seguro.<br />
Este plan, Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP), es ofrecido por Triple-S Salud, Inc. (Cuando en esta<br />
Evidencia de Cubierta se menciona “nosotros”, “nuestro” o “nos” significa Triple-S Salud, Inc.<br />
Cuando dice “plan” o “nuestro plan” significa Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP).<br />
Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) es un plan de farmacia con un contrato con <strong>Medicare</strong>. El plan<br />
está disponible para todos los beneficiarios de <strong>Medicare</strong> con las Partes A, B o ambas que residan<br />
en el área de servicio.<br />
Esta información está disponible libre de costo en inglés. Comuníquese con nuestro número de<br />
Servicio al Cliente al 1-800-510-0722 para obtener información adicional al 1-800-510-0722 ó<br />
787-774-6083 en el área metro para información adicional. (Los usuarios TTY deben llamar al 1-<br />
800-383-4457 ó 787-749-4059 en el área metropolitana). Los horarios son de lunes a domingo,<br />
de 8:00 a.m. a 8:00 p.m.<br />
This information is available for free in Spanish. Please contact our Customer Services number<br />
at 1-800-510-0722 or 787-774-6083 in the Metropolitan area for additional information. (TTY<br />
users should call 1-800-383-4457 or 787-749-4059 in the Metropolitan Area.) Hours are Monday<br />
through Sunday; from 8:00 a.m. to 8:00 p.m.<br />
Los beneficios, el formulario, la red de farmacias, las primas y/o copagos o coaseguros pueden<br />
cambiar el 1 de enero de 2014.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Tabla de Contenido<br />
Evidencia de Cubierta 2013<br />
Tabla de Contenido<br />
Esta lista de capítulos y números de páginas es sólo un punto de partida. Para ayuda<br />
adicional para encontrar la información que necesita, diríjase a la primera página del<br />
capítulo. Usted encontrará una lista detallada de tópicos al comienzo de cada<br />
capítulo.<br />
Capítulo 1. Comenzando como asegurado.................................................................................1<br />
Le informa lo que significa estar en un plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> y cómo<br />
utilizar este folleto. Le informa sobre los materiales que le enviaremos, la prima<br />
de su plan, su tarjeta de asegurado y sobre cómo mantener su expediente de<br />
asegurado al día.<br />
Capítulo 2. Números de Teléfono y Recursos Importantes....................................................15<br />
Le informa cómo comunicarse con nuestro plan (Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP))<br />
y con otras organizaciones, incluidas <strong>Medicare</strong>, el Programa Estatal de Asistencia<br />
sobre Seguros de Salud (SHIP), la Organización de Mejoramiento de Calidad, el<br />
Seguro Social, Medicaid (el programa estatal de seguro de salud para personas<br />
con recursos económicos limitados), programas que ayudan a las personas a pagar<br />
sus medicamentos y la Junta de Retiro Ferroviario.<br />
Capítulo 3. Utilizar la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D .................28<br />
Le explica las normas que debe seguir al obtener sus medicamentos de la Parte D.<br />
Le informa cómo utilizar la Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario) para<br />
enterarse de los medicamentos que están cubiertos. Indica los medicamentos que<br />
no están cubiertos. Explica los varios tipos de restricciones que aplican a su<br />
cubierta para ciertos medicamentos. Explica dónde puede obtener el despacho de<br />
su receta. Le informa sobre los programas del plan para la seguridad de<br />
medicamentos y el manejo de medicamentos.<br />
Capítulo 4. Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D ....................................52<br />
Le informa sobre las cuatro etapas de cubierta de farmacia (Etapa de Deducible,<br />
Periodo de Cubierta Inicial, Etapa de Cubierta en la Brecha, Etapa de Cubierta<br />
Catastrófica) y cómo estas etapas afectan lo que usted paga por sus<br />
medicamentos. Explica los cuatro niveles de copago o coaseguro de sus<br />
medicamentos de la Parte D y le informa la porción del costo del medicamento<br />
que le corresponde pagar a usted en cada nivel de copago/coaseguro. Le informa<br />
sobre la penalidad por suscripción tardía.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Tabla de Contenido<br />
Capítulo 5. Solicitando al plan el pago que le corresponde por los costos de sus<br />
medicamentos .....................................................................................................75<br />
Le informa sobre cuándo y cómo enviarnos una factura si desea solicitar un<br />
reembolso por la parte del costo de sus medicamentos que nos corresponde pagar.<br />
Capítulo 6. Sus derechos y responsabilidades ........................................................................81<br />
Explica los derechos y responsabilidades que usted tiene como asegurado de<br />
nuestro plan. Le explica lo que debe hacer si piensa que no se están respetando<br />
sus derechos.<br />
Capítulo 7. Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta,<br />
apelaciones, quejas) ...........................................................................................91<br />
Le informa, paso a paso, lo que debe hacer si está confrontado problemas o<br />
inquietudes como asegurado de nuestro plan.<br />
• Le explica cómo solicitar decisiones de cubierta y cómo llevar a cabo<br />
apelaciones si está confrontando problemas para obtener las recetas que usted<br />
entiende son cubiertas por nuestro plan. Esto incluye solicitar que hagamos una<br />
excepción a las normas y/o restricciones adicionales de su cubierta.<br />
• Le explica cómo presentar quejas sobre calidad de cuidado, tiempos de espera,<br />
servicio al cliente y otras preocupaciones.<br />
Capítulo 8. Cancelando su suscripción al plan .....................................................................119<br />
Le informa cuándo y cómo usted puede terminar su suscripción al plan. Le<br />
explica las situaciones en las cuales nuestro plan está obligado a cancelar su<br />
suscripción.<br />
Capítulo 9. Notificaciones Legales .........................................................................................129<br />
Incluye notificaciones sobre la legislación aplicable y la política de no<br />
discriminación.<br />
Capítulo 10. Definiciones de Términos Importantes .............................................................139<br />
Le explica los términos clave que se utilizan en este folleto.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 1<br />
Capítulo 1. Comenzando como asegurado<br />
SECCIÓN 1 Introducción .........................................................................................................3<br />
Sección 1.1 Usted está suscrito a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP), el cual es un Plan de<br />
Farmacia de <strong>Medicare</strong> ........................................................................................3<br />
Sección 1.2 ¿De qué se trata la Evidencia de Cubierta? .......................................................3<br />
Sección 1.3 ¿Qué le informa este capítulo? ...........................................................................3<br />
Sección 1.4 ¿Qué sucede si usted es un nuevo asegurado de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong><br />
(PDP)? ................................................................................................................4<br />
Sección 1.5 Información legal sobre su Evidencia de Cubierta ............................................4<br />
SECCIÓN 2 ¿Qué le hace elegible a ser asegurado de nuestro plan? ..................................4<br />
Sección 2.1 Sus requisitos de elegibilidad.............................................................................4<br />
Sección 2.2 ¿Qué son las Partes A y B de <strong>Medicare</strong>? ...........................................................5<br />
Sección 2.3 Aquí está nuestra área de servicio para Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) .........5<br />
SECCIÓN 3 ¿Qué otros materiales usted recibirá de nosotros? ..........................................6<br />
Sección 3.1 Su tarjeta de asegurado – Utilícela para obtener todos los medicamentos<br />
cubiertos .............................................................................................................6<br />
Sección 3.2 El Directorio de Farmacias: su guía a las farmacias participantes ...................6<br />
Sección 3.3 La Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario) del plan ............................7<br />
Sección 3.4 La Explicación de Beneficios (el “EOB”, por sus siglas en inglés): Informes<br />
que contienen un resumen de los pagos realizados por la compra de sus<br />
medicamentos de la Parte D ...............................................................................7<br />
SECCIÓN 4 Su prima mensual por Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) .................................8<br />
Sección 4.1 ¿Cuánto es la prima mensual de su plan? ..........................................................8<br />
Sección 4.2 Existen varias formas de pagar su prima del plan..............................................9<br />
Sección 4.3 ¿Podemos cambiar su prima mensual del plan durante el año? .......................11
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 2<br />
SECCIÓN 5 Por favor, mantenga su expediente de asegurado al día ................................11<br />
Sección 5.1 Cómo ayudarnos a mantener información correcta sobre usted ......................11<br />
SECCIÓN 6 Nosotros protegemos la privacidad de su información personal de salud ...12<br />
Sección 6.1 Nosotros nos aseguramos de que su información de salud esté protegida ......12<br />
SECCIÓN 7 Cómo funcionan otros seguros con nuestro plan ............................................12<br />
Sección 7.1 ¿Cuál de los planes paga primero cuando usted tiene otros seguros? ..............12
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 3<br />
SECCIÓN 1 Introducción<br />
Sección 1.1 Usted está suscrito a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP), el cual es un Plan de<br />
Farmacia de <strong>Medicare</strong><br />
Su cubierta de cuidado de salud la provee <strong>Medicare</strong> Original, y usted ha decidido obtener su cubierta de<br />
Farmacia de <strong>Medicare</strong> a través de nuestro plan, Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP).<br />
Existen varios tipos de planes de <strong>Medicare</strong>. Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) es un Plan de Farmacia de<br />
<strong>Medicare</strong> (PDP, por sus siglas en inglés). Al igual que ocurre con todos los planes de <strong>Medicare</strong>, este<br />
plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> tiene la aprobación de <strong>Medicare</strong> y es administrado por una compañía<br />
privada.<br />
Sección 1.2 ¿De qué se trata la Evidencia de Cubierta?<br />
Este folleto de Evidencia de Cubierta le explica cómo obtener su cubierta de farmacia de <strong>Medicare</strong> a través<br />
de nuestro plan. Este folleto le explica sus derechos y responsabilidades, lo que está cubierto y lo que usted<br />
paga como asegurado de nuestro plan.<br />
Este plan, Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP), es ofrecido por Triple-S Salud, Inc. Cuando en esta Evidencia<br />
de Cubierta se menciona “nosotros”, “nuestro” o “nos” significa Triple-S Salud, Inc. Cuando dice “plan” o<br />
“nuestro plan” se refiere a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP).<br />
Las palabras “cubierta” y “medicamentos cubiertos” se refieren a la cubierta de farmacia disponible para<br />
usted como asegurado de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP).<br />
Sección 1.3 ¿Qué le informa este capítulo?<br />
Revise el Capítulo 1 de esta Evidencia de Cubierta para aprender:<br />
• ¿Qué le hace elegible para ser un asegurado del plan?<br />
• ¿Cuál es el área de servicio de su plan?<br />
• ¿Qué materiales recibirá de nosotros?<br />
• ¿Cuánto es la prima de su plan y cómo puede pagarla?<br />
• ¿Cómo mantener la información de su expediente de asegurado al día?
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 4<br />
Sección 1.4 ¿Qué sucede si usted es un nuevo asegurado de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong><br />
(PDP)?<br />
Si es asegurado nuevo, es importante que usted aprenda cómo funciona el plan, cuáles son las normas y<br />
qué cubierta está disponible para usted. Le exhortamos a que separe un tiempo para que revise esta<br />
Evidencia de Cubierta.<br />
Si está confundido o preocupado o simplemente tiene una pregunta, por favor comuníquese con Servicio al<br />
Cliente (la información de contacto está en la contraportada de este folleto).<br />
Sección 1.5 Información legal sobre su Evidencia de Cubierta<br />
Es parte de nuestro contrato con usted<br />
Esta Evidencia de Cubierta es parte de nuestro contrato con usted sobre cómo Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong><br />
(PDP) cubre su cuidado. Otras partes de este contrato incluyen la solicitud de ingreso, la Lista de<br />
Medicamentos Cubiertos (Formulario) y cualquier notificación que usted recibe de nosotros sobre cambios<br />
o condiciones adicionales que pueden afectar su cubierta. A veces, estas notificaciones se denominan<br />
“anejos” o “enmiendas”.<br />
Este contrato será vigente durante los meses en que usted se encuentre suscrito a Triple Triple-S<br />
<strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) entre el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2013.<br />
<strong>Medicare</strong> deberá aprobar nuestro plan todos los años<br />
<strong>Medicare</strong> (los Centros para los Servicios de <strong>Medicare</strong> y Medicaid) deberá aprobar el plan Triple-S<br />
<strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) cada año. Usted puede continuar recibiendo la cubierta de <strong>Medicare</strong> como<br />
asegurado de nuestro plan sólo mientras decidamos ofrecer el plan durante el año de contrato y <strong>Medicare</strong><br />
renueve su aprobación al plan.<br />
SECCIÓN 2 ¿Qué le hace elegible a ser asegurado de nuestro plan?<br />
Sección 2.1 Sus requisitos de elegibilidad<br />
Usted es elegible para suscribirse a nuestro plan siempre y cuando:<br />
• Usted viva dentro de nuestra área geográfica de servicios (la Sección 2.3 a continuación describe<br />
nuestra área de servicios)<br />
• – y – usted sea elegible para la Parte A de <strong>Medicare</strong> o esté suscrito a la Parte B de <strong>Medicare</strong> (o<br />
tenga tanto la Parte A como la Parte B)
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 5<br />
Sección 2.2 ¿Qué son las Partes A y B de <strong>Medicare</strong>?<br />
Cuando usted originalmente se acogió para recibir <strong>Medicare</strong>, usted recibió información sobre qué servicios<br />
están cubiertos bajo la Parte A y la Parte B de <strong>Medicare</strong>. Recuerde:<br />
• La Parte A de <strong>Medicare</strong> por lo general cubre los servicios ofrecidos por proveedores<br />
institucionales tales como hospitales (para servicios de cuidado hospitalario), centros de<br />
enfermería diestra o agencias de cuidado de salud en el hogar.<br />
• La Parte B de <strong>Medicare</strong> es para la mayoría de los otros servicios de salud (tales como servicios<br />
médicos y otros servicios ambulatorios) y ciertos artículos (como equipo médico duradero y<br />
suministros).<br />
Sección 2.3 Aquí está nuestra área de servicio para Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Aunque <strong>Medicare</strong> es un programa Federal, Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) está disponible solamente para<br />
individuos que residen en nuestra área de servicio. Para seguir siendo un asegurado de nuestro plan, usted<br />
debe seguir residiendo en esta área de servicio. El área de servicio se describe a continuación.<br />
Rincón<br />
Hormigueros<br />
Aguada<br />
Cabo<br />
Rojo<br />
Añasco<br />
Área de Servicio de Triple-S Salud<br />
Aguadilla Isabela<br />
Mayaguez<br />
Moca<br />
Lajas<br />
Quebradillas<br />
San<br />
Germán<br />
Las Marías<br />
Sabana<br />
Grande<br />
Guánica<br />
Maricao<br />
Camuy<br />
Yauco<br />
Hatillo<br />
San<br />
Sebastián Lares<br />
Guayanilla<br />
Arecibo<br />
Utuado<br />
Adjuntas<br />
Peñuelas<br />
Barceloneta<br />
Florida<br />
Jayuya<br />
Ponce<br />
Manatí<br />
Ciales<br />
Juana Díaz<br />
Vega Baja<br />
Morovis<br />
Orocovis<br />
Vega<br />
Alta<br />
Dorado<br />
El área de servicio para nuestro plan incluye todos los municipios de Puerto Rico: Adjuntas, Aguada,<br />
Aguadilla, Aguas Buenas, Aibonito, Añasco, Arecibo, Arroyo, Barceloneta, Barranquitas, Bayamón, Cabo<br />
Rojo, Caguas, Camuy, Canóvanas, Carolina, Cataño, Cayey, Ceiba, Ciales, Cidra, Coamo, Comerío,<br />
Corozal, Culebra, Dorado, Fajardo, Florida, Guánica, Guayama, Guayanilla, Guaynabo, Gurabo, Hatillo,<br />
Hormigueros, Humacao, Isabela, Jayuya, Juana Díaz, Juncos, Lajas, Lares, Las Marías, Las Piedras, Loíza,<br />
Luquillo, Manatí, Maricao, Maunabo, Mayagüez, Moca, Morovis, Naguabo, Naranjito, Orocovis, Patillas,<br />
Peñuelas, Ponce, Quebradillas, Rincón, Río Grande, Sabana Grande, Salinas, San Germán, San Juan, San<br />
Toa<br />
Baja<br />
Toa<br />
Alta<br />
Barranquitas<br />
Naranjito<br />
Villalba Aibonito<br />
Santa<br />
Isabel<br />
Corozal<br />
Coamo<br />
Salinas<br />
Cataño<br />
Bayamón<br />
Comerío<br />
Cidra<br />
Cayey<br />
Guayama<br />
Guaynabo<br />
Aguas<br />
Buenas<br />
Arroyo<br />
San Juan<br />
Caguas<br />
Patillas<br />
Carolina<br />
Trujillo<br />
Alto<br />
Gurabo<br />
San<br />
Lorenzo<br />
Maunabo<br />
Loíza<br />
Canóvanas<br />
Yabucoa<br />
Río Grande<br />
Juncos<br />
Las Piedras<br />
Humacao<br />
Vieques<br />
Luquillo<br />
Naguabo<br />
Fajardo<br />
Ceiba<br />
Culebra
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 6<br />
Lorenzo, San Sebastián, Santa Isabel, Toa Alta, Toa Baja, Trujillo Alto, Utuado, Vega Alta, Vega Baja,<br />
Vieques, Villalba, Yabucoa, Yauco.<br />
Si piensa mudarse fuera del área de servicio, comuníquese con Servicio al Cliente (los números telefónicos<br />
están impresos en la contraportada de este folleto). Cuando se mude, usted tendrá un Periodo de Suscripción<br />
Especial que le permitirá suscribirse a un plan de salud o un plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> que esté<br />
disponible en su nueva localización.<br />
SECCIÓN 3 ¿Qué otros materiales usted recibirá de nosotros?<br />
Sección 3.1 Su tarjeta de asegurado – Utilícela para obtener todos los medicamentos<br />
cubiertos<br />
Mientras usted es un asegurado de nuestro plan, usted debe utilizar nuestra tarjeta de asegurado para recibir<br />
los medicamentos en nuestras farmacias participantes. A continuación incluimos un ejemplo de la tarjeta<br />
de asegurado para que tenga una idea de cómo será la suya:<br />
Lleve consigo en todo momento su tarjeta de asegurado y recuerde presentarla cuando vaya a obtener sus<br />
medicamentos cubiertos. Si su tarjeta de asegurado se daña, se pierde o es hurtada, llame inmediatamente a<br />
Servicio al Cliente y nosotros le enviaremos una tarjeta nueva. (Los números telefónicos están impresos en la<br />
contraportada de este folleto.)<br />
Puede que usted necesite utilizar su tarjeta roja, blanca y azul de <strong>Medicare</strong> para obtener cuidado médico y<br />
servicios cubiertos por el plan Original de <strong>Medicare</strong>.<br />
Sección 3.2 El Directorio de Farmacias: su guía a las farmacias participantes<br />
Cada año que usted sea asegurado de nuestro plan, le enviaremos o un Directorio de Farmacias o una<br />
actualización de su Directorio de Farmacias. En este directorio se enumeran nuestras farmacias<br />
participantes.<br />
¿Qué son las “farmacias participantes”?
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 7<br />
Nuestro Directorio de Farmacias le ofrece una lista completa de las farmacias participantes – eso significa<br />
todas las farmacias que han acordado despachar las recetas cubiertas a nuestros asegurados del plan.<br />
¿Por qué necesita conocer sobre las farmacias participantes?<br />
Usted puede utilizar el Directorio de Farmacias para encontrar la farmacia participante que desea utilizar.<br />
Esto es importante ya que, con pocas excepciones, usted deberá utilizar una de nuestras farmacias<br />
participantes para el despacho de sus medicamentos si desea que nuestro plan le cubra (ayude a pagar por)<br />
la receta.<br />
Si usted no tiene el Directorio de Farmacias, puede obtener una copia a través de Servicio al Cliente (los<br />
números telefónicos están impresos en la contraportada de este folleto). Cuando lo necesite, usted puede<br />
llamar a Servicio al Cliente para obtener información actualizada sobre los cambios que han afectado a la<br />
red de farmacias. También puede encontrar esta información en nuestro portal en la Internet en<br />
www.ssspr.com.<br />
Sección 3.3 La Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario) del plan<br />
El plan tiene una Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario). De forma corta, la llamamos “Lista de<br />
Medicamentos”. Esta lista le indica los medicamentos de la Parte D que están cubiertos por Triple-S<br />
<strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP). Los medicamentos en esta lista son seleccionados por el plan con la ayuda de un<br />
equipo de médicos y farmacéuticos. La lista debe reunir los requisitos de <strong>Medicare</strong>. <strong>Medicare</strong> ha aprobado<br />
la Lista de Medicamentos de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP).<br />
La Lista de Medicamentos también le indica si para sus medicamentos existen reglas adicionales de<br />
cubierta.<br />
Nosotros le enviaremos una copia de la Lista de Medicamentos. Para obtener la información más completa<br />
y actualizada sobre los medicamentos que cubrimos, puede visitar nuestro portal en la Internet en<br />
(www.ssspr.com) o llamar a Servicio al Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada<br />
de este folleto).<br />
Sección 3.4 La Explicación de Beneficios (el “EOB”, por sus siglas en inglés): Informes que<br />
contienen un resumen de los pagos realizados por la compra de sus<br />
medicamentos de la Parte D<br />
Al utilizar sus beneficios de medicamentos de la Parte D, le enviaremos un informe que le ayudará a<br />
entender y mantener un registro de los pagos realizados por sus medicamentos de la Parte D. Este informe<br />
se conoce como la Explicación de Beneficios (o el “EOB”, por sus siglas en inglés).<br />
La Explicación de Beneficios le indica la cantitad total que ha gastado en sus medicamentos de la Parte D y<br />
la cantidad total que nosotros hemos pagado por cada uno de sus medicamentos de la Parte D durante el<br />
mes. El Capítulo 4 (Lo que usted paga por sus medicamentos de la Parte D) le ofrece más información<br />
sobre la Explicación de Beneficios y cómo dicho documento le puede ayudar a mantener un registro de su<br />
cubierta de farmacia.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 8<br />
La Explicación de Beneficios está también disponible de ser solicitada. Para obtener una copia,<br />
comuníquese con Servicio al Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada de este<br />
folleto).<br />
SECCIÓN 4 Su prima mensual por Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Sección 4.1 ¿Cuánto es la prima mensual de su plan?<br />
Como asegurado de nuestro plan, usted paga una prima mensual. La cantidad de la prima mensual para<br />
Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) se incluye a continuación. Además, usted debe continuar pagando su<br />
prima de la Parte B de <strong>Medicare</strong> (a menos que Medicaid o un tercero pague su prima de la Parte B).<br />
Su prima mensual para nuestro plan:<br />
2013<br />
Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) $51.50<br />
En algunas situaciones, su prima mensual del plan podría ser menos<br />
Existen programas que ayudan a las personas con recursos limitados a pagar por sus medicamentos. Entre<br />
éstos se encuentran el programa de “Ayuda Adicional” y el Programa Estatal de Asistencia Farmacéutica.<br />
En el Capítulo 2, Sección 7 encontrará más información sobre estos programas. Si usted cualifica para<br />
alguno de estos programas, el suscribirse a ellos podría hacer que su prima mensual del plan sea más baja.<br />
En algunas situaciones, su prima mensual del plan podría ser mayor<br />
En algunas situaciones, su prima mensual del plan podría ser más alta que la cantidad indicada<br />
anteriormente en la Sección 4.1. A algunos asegurados se les requiere pagar una penalidad por<br />
suscripción tardía porque no se unieron a un plan de medicamentos de <strong>Medicare</strong> cuando inicialmente<br />
fueron elegibles o porque durante un periodo continuo de 63 días o más no tuvieron una cubierta de<br />
farmacia “acreditable”. (“Acreditable” significa que se espera que la cubierta de farmacia pague, en<br />
promedio, al menos lo mismo que lo que paga la cubierta de farmacia de <strong>Medicare</strong>). Para estos<br />
asegurados, la penalidad por suscripción tardía se añade a la prima mensual del plan. El costo de la<br />
prima será la cantidad mensual de la prima más la cantidad de su penalidad por suscripción tardía.<br />
Si a usted se le requiere pagar la penalidad por suscripción tardía, la cantidad de su penalidad<br />
dependerá de cuánto tiempo usted esperó antes de suscribirse a un plan de medicamentos o<br />
cuántos meses usted estuvo sin cubierta de medicamentos luego de que usted fuera elegible. El<br />
Capítulo 4, Sección 10 le explica la penalidad por suscripción tardía.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 9<br />
Si usted tiene una penalidad por suscripción tardía y no la paga, podría cancelarse su suscripción al<br />
plan.<br />
Muchos asegurados deben pagar otras primas de <strong>Medicare</strong><br />
Algunos asegurados del plan pagarán una prima por la Parte A de <strong>Medicare</strong> y la mayoría de los asegurados<br />
pagarán una prima por la Parte B de <strong>Medicare</strong> además de pagar la prima mensual del plan de farmacia de<br />
la Parte D.<br />
Algunas personas pagan una cantidad adicional por la Parte D debido a su ingreso anual. Si su ingreso es<br />
de $85,000 o más para un individuo (o para individuos casados que rinden por separado) o de $170,000 o<br />
más para parejas casadas, usted debe pagar una cantidad adicional directamente al gobierno (no al plan de<br />
<strong>Medicare</strong>) por su cobertura de la Parte D de <strong>Medicare</strong>.<br />
Su copia de <strong>Medicare</strong> y Usted 2013 le informa sobre estas primas en la sección titulada “Los<br />
Costos de <strong>Medicare</strong> 2013.” Esta sección explica cómo la prima de la Parte B es diferente para<br />
personas con diferentes ingresos.<br />
Toda persona con <strong>Medicare</strong> recibe una copia de <strong>Medicare</strong> y Usted cada año durante el otoño.<br />
Los beneficiarios de nuevo ingreso a <strong>Medicare</strong> lo reciben un mes después de su suscripción.<br />
También puede descargar una copia de <strong>Medicare</strong> y Usted 2013 del portal de Internet de<br />
<strong>Medicare</strong> (http://www.medicare.gov). O usted puede solicitar una copia impresa por teléfono<br />
al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Los<br />
usuarios de TTY deben llamar al 1-877-486-2048.<br />
Sección 4.2 Existen varias formas de pagar su prima del plan<br />
Existen seis (6) formas de pagar su prima del plan. Los pagos se hacen mensualmente. Si usted quiere<br />
cambiar su método de pago, o si tiene alguna pregunta, comuníquese con Servicio al Cliente a través de los<br />
números telefónicos que aparecen en la contraportada de este folleto.<br />
Si usted decide cambiar la manera en que usted paga su prima, puede tomar hasta tres meses para que su<br />
nuevo método de pago entre en efecto. Mientras nosotros procesamos su solicitud de su nuevo método de<br />
pago, usted es responsable de asegurarse que paga a tiempo su prima.<br />
Opción 1: Usted puede pagar por cheque o giro postal<br />
Sistema de Libreta de Pago<br />
En el Sistema de Libreta de Pago, le enviamos una libreta con los cupones de pago mensual. Los<br />
asegurados envían el cupón de pago y la prima mensual del plan a: Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong><br />
(PDP) – Triple-S Salud, Inc., PO Box 71548, San Juan, Puerto Rico 00936-8648. Además, los<br />
asegurados pueden traer el cupón mensual a cualquiera de nuestros Centros de Servicio. Si usted<br />
está interesado en esta opción, o si se le acaban o pierde sus cupones de pago, llame a Servicio al<br />
Cliente a los números de teléfono en la contraportada de este folleto.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 10<br />
Sus pagos se vencerán a más tardar el día 1 ro de cada mes. Triple-S Salud cobrará $20.00 por<br />
cualquier cheque devuelto por falta de fondos.<br />
Opción 2: Pago automático (previamente autorizado)<br />
Esta opción consiste en un débito automático a su cuenta de cheques, cuenta de ahorros o su tarjeta de<br />
crédito por la cantidad de la prima de su plan de farmacia. Aceptamos cuentas de cualquier banco o<br />
institución financiera en los Estados Unidos y Puerto Rico.<br />
Opción 3: Teléfono o Internet<br />
Con tan sólo una llamada, usted puede pagar la prima de su plan de salud utilizando los servicios provistos<br />
por las siguientes instituciones bancarias: Banco Popular de Puerto Rico (Telepago, www.bppr.com),<br />
Banco Santander (Pago Express, www.santandernet.com). First Bank (Telepago, www.firstbankpr.com ),<br />
BBVA (www.bbvapr.com) y Doral (www.doralbank.com).<br />
Opción 4: Instituciones Bancarias<br />
Usted también podrá pagar la prima de su plan directamente en cualquiera de las siguientes instituciones<br />
bancarias: Banco Popular de Puerto Rico, Santander, Citibank y Scotiabank.<br />
Opción 5: Pagos a través del portal de Internet de Triple-S<br />
Otra opción de pago es a través de nuestro portal de Internet, www.ssspr.com. Aquí, usted tiene la opción<br />
de hacer sus pagos con su Visa, MasterCard y American Express, o a través de su cuenta de cheques o de<br />
ahorros.<br />
Opción 6: Descuento automático de su cheque del Seguro Social<br />
Puede solicitar que la prima mensual sea descontada mensualmente de su cheque de Seguro Social.<br />
Comuníquese con Servicio al Cliente para más información sobre cómo pagar la prima mensual del plan de<br />
esta manera. Será un placer ayudarle a registrar esta opción de pago.<br />
¿Qué debe hacer si está confrontando problemas para pagar su prima del plan?<br />
La prima mensual de su plan vence en nuestras oficinas el día 1 ero de cada mes. Si no hemos recibido su<br />
pago al día 1 ero del mes, le enviaremos una notificación indicándole que su suscripción al plan terminará si<br />
no recibimos el pago por la prima del plan dentro de 90 días.<br />
Si usted está confrontando problemas para pagar su prima a tiempo, comuníquese con Servicio al Cliente<br />
para ver si podemos dirigirlo a los programas que le ayudarán con su prima del plan. Si terminamos su<br />
suscripción al plan debido a la falta de pago de las primas y usted actualmente no tiene cubierta de<br />
farmacia, entonces no podrá recibir cubierta de la Parte D hasta el período de elección anual. En ese<br />
momento, o bien puede suscribirse a un plan independiente de farmacia o a un plan de salud que también
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 11<br />
ofrece cubierta de farmacia. (Si usted no tuvo cubierta de farmacia “acreditable” por más de 63 días, puede<br />
que tenga que pagar una penalidad en la prima cuando usted se suscriba a un plan de la Parte D).<br />
Si terminamos su suscripción debido a la falta de pago de las primas, de todos modos, usted tendrá cubierta<br />
bajo <strong>Medicare</strong> Original. En el momento en que cancelemos su suscripción, puede que usted todavía nos<br />
deba por las primas que no ha pagado. En el futuro, si desea suscribirse de nuevo a nuestro plan (o a<br />
cualquier otro plan que ofrecemos), usted tendrá que pagar estas primas pendientes antes de suscribirse.<br />
Si usted considera que hemos cancelado su suscripción erróneamente, usted tiene el derecho de apelar<br />
nuestra decisión. Para obtener más información sobre cómo apelar la cancelación de cubierta, llame al<br />
1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Los usuarios de TTY<br />
deben llamar al 1-877-486-2048.<br />
Sección 4.3 ¿Podemos cambiar su prima mensual del plan durante el año?<br />
No. No estamos autorizados a cambiar la cantidad que le cobramos por la prima mensual del plan durante el<br />
año. Si la prima mensual del plan cambia para el año siguiente, se lo informaremos en septiembre y el cambio<br />
entrará en vigencia el 1 de enero.<br />
Sin embargo, en algunos casos, la porción de la prima que le corresponde pagar puede cambiar durante el<br />
año. Esto sucede si usted reúne los requisitos para el programa de “Ayuda Adicional” o si usted pierde su<br />
elegibilidad para el programa de “Ayuda Adicional” durante el año. Si un asegurado cualifica para Ayuda<br />
Adicional para los costos de sus medicamentos, el programa de Ayuda Adicional pagará parte de la prima<br />
mensual del asegurado. De esta manera, un asegurado que reúna los requisitos para suscribirse a Ayuda<br />
Adicional durante el año, comenzará a pagar menos por su prima mensual, y un asegurado que pierda su<br />
elegibilidad durante el año tendrá que comenzar a pagar su prima mensual en su totalidad. Usted puede<br />
obtener más información sobre Ayuda Adicional en el Capítulo 2, Sección 7.<br />
SECCIÓN 5 Por favor, mantenga su expediente de asegurado al día<br />
Sección 5.1 Cómo ayudarnos a mantener información correcta sobre usted<br />
Su expediente de asegurado tiene información obtenida de su solicitud de suscripción, incluyendo su<br />
dirección y su número telefónico. El mismo muestra la cubierta específica de su plan.<br />
Los farmacéuticos de la red del plan necesitan tener información correcta sobre usted. Estos proveedores<br />
participantes del plan utilizan su expediente de asegurado para saber qué medicamentos están<br />
cubiertos para usted. Por esta razón, es sumamente importante que usted nos ayude a mantener su<br />
información actualizada.<br />
Déjenos saber si surgen los siguientes cambios:<br />
Cambios a su nombre, dirección o su número telefónico
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 12<br />
Cambios en cualquier otra cubierta de seguro médico o de farmacia que usted tenga (tales como<br />
seguro médico provisto por su patrono o el patrono de su cónyuge, compensación por accidentes en<br />
el trabajo o Medicaid).<br />
Si tiene cualquier reclamación por daños, tales como reclamaciones por un accidente<br />
automovilístico<br />
Si ha sido admitido a un hogar de ancianos<br />
Si cambia la persona que usted ha nombrado como responsable de usted (como un cuidador)<br />
Si alguna de esta información cambia, llámenos a Servicio al Cliente para informarnos (los números<br />
telefónicos están en la contraportada de este folleto).<br />
Revise la información que le enviamos acerca de toda otra cubierta de seguro que usted pueda tener<br />
Esto es necesario ya que debemos coordinar cualquier otra cubierta de seguro que usted tenga con los<br />
beneficios que tiene bajo nuestro plan. (Para obtener más información sobre cómo nuestra cubierta<br />
funciona cuando usted tiene otro seguro, refiérase a la Sección 7 de este capítulo).<br />
Una vez al año, le enviaremos una carta que detalla cualquier otra cubierta de seguro médico o de farmacia<br />
que conozcamos que posee. Lea esta información cuidadosamente. Si está correcta, no tiene que hacer<br />
nada. Si la información es incorrecta, o si tiene otra cubierta que no aparece enumerada, llame a Servicio al<br />
Cliente (los números telefónicos están en la contraportada de este folleto).<br />
SECCIÓN 6 Nosotros protegemos la privacidad de su información personal de<br />
salud<br />
Sección 6.1 Nosotros nos aseguramos de que su información de salud esté protegida<br />
Las leyes federales y estatales protegen la privacidad de sus expedientes médicos e información personal<br />
de salud. Nosotros protegemos su información personal de salud según lo requieren estas leyes.<br />
Para más información acerca de cómo protegemos su información personal de salud, refiérase al Capítulo<br />
8, Sección 1.4 de este folleto.<br />
SECCIÓN 7 Cómo funcionan otros seguros con nuestro plan<br />
Sección 7.1 ¿Cuál de los planes paga primero cuando usted tiene otros seguros?<br />
Cuando usted tiene otro seguro (tal como una cubierta grupal provista por el patrono), hay normas<br />
estipuladas por <strong>Medicare</strong> que deciden si es nuestro plan, o su otra cubierta, el que paga primero. El seguro
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 1: Comenzando como asegurado 13<br />
que paga primero se llama “pagador primario” y paga hasta los límites de su cubierta. El seguro que paga<br />
en segundo lugar, llamado “pagador secundario”, sólo paga si quedan costos no cubiertos por el pagador<br />
primario. El pagador secundario puede que no pague todos los costos no cubiertos por el pagador primario.<br />
Las siguientes normas aplican para cubiertas de salud grupales provistas por un patrono o una unión:<br />
Si usted tiene cubierta para pensionados, <strong>Medicare</strong> paga primero.<br />
Si su cubierta de salud grupal está basada en su empleo actual, o al empleo actual de algún familiar,<br />
quien paga primero depende de su edad, del tamaño del patrono y si usted tiene <strong>Medicare</strong> basado en<br />
su edad, si tiene algún impedimento o padece de fallo renal en etapa terminal (ESRD, por sus siglas<br />
en inglés):<br />
o Si usted tiene menos de 65 años y tiene un impedimento y si usted o su familiar aún está<br />
trabajando, su plan paga primero si el patrono tiene 100 o más empleados, o si, al menos, un<br />
patrono dentro de un plan para patronos múltiples tiene más de 100 empleados.<br />
o Si usted tiene más de 65 años y usted, o su cónyuge, está trabajando, el plan paga primero si<br />
el patrono tiene 20 o más empleados, o al menos un patrono dentro de un plan para patronos<br />
múltiples tiene sobre 20 empleados.<br />
Si usted tiene <strong>Medicare</strong> debido a que padece de fallo renal en etapa terminal, su cubierta de salud<br />
grupal pagará primero por los primeros 30 meses luego de que usted sea elegible para <strong>Medicare</strong>.<br />
Los siguientes tipos de cubierta usualmente pagan primero por servicios relacionados con cada tipo de<br />
seguro:<br />
Seguro sin culpa (incluido seguro de automóvil)<br />
Seguro de responsabilidad pública (incluido seguro de automóvil)<br />
Beneficios por antracosis (Pulmón Negro)<br />
Compensación por accidentes en el trabajo<br />
Medicaid y TRICARE nunca pagan primero por servicios cubiertos por <strong>Medicare</strong>. Sólo pagan luego que<br />
<strong>Medicare</strong>, los seguros de salud grupales, y/o Medigap hayan pagado.<br />
Si usted tiene otra cubierta de seguro, avísele a su médico, hospital y farmacia. Si usted tiene preguntas<br />
acerca de quién paga primero, o si necesita actualizar su otra información de cubierta, llame a Servicio al<br />
Cliente (los números de teléfono están en la contraportada de este folleto.) Usted quizá tenga que proveer<br />
su número de identificación del plan a sus otros aseguradores (una vez usted haya confirmado la identidad<br />
del asegurador) para que sus facturas sean pagadas a tiempo y de manera correcta.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 14<br />
Capítulo 2. Números de Teléfono y Recursos Importantes<br />
SECCIÓN 1 Contactos para Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) (cómo<br />
comunicarse con nosotros, incluye cómo comunicarse con Servicio al<br />
Cliente) ................................................................................................................15<br />
SECCIÓN 2 <strong>Medicare</strong> (cómo obtener información y ayuda directamente del<br />
Programa Federal de <strong>Medicare</strong>) ..........................................................................17<br />
SECCIÓN 3 Programa Estatal de Asistencia sobre Seguros de Salud (SHIP,<br />
por sus siglas en inglés) (asistencia gratis, información y respuestas a<br />
sus preguntas sobre <strong>Medicare</strong>) ............................................................................19<br />
SECCIÓN 4 Organización para el Mejoramiento de la Calidad (QIO, por sus<br />
siglas en inglés) (pagada por <strong>Medicare</strong> para revisar la calidad de los<br />
servicios recibidos por las personas con <strong>Medicare</strong>). ...........................................20<br />
SECCIÓN 5 Seguro Social ......................................................................................................21<br />
SECCIÓN 6 Medicaid (un programa conjunto del gobierno Federal y estatal que<br />
ayuda a algunas personas de ingresos y recursos limitados con sus<br />
gastos médicos) ...................................................................................................22<br />
SECCIÓN 7 Información sobre programas que ayudan a las personas a pagar<br />
por sus medicamentos .......................................................................................23<br />
SECCIÓN 8 Cómo comunicarse con la Junta de Retiro Ferroviario .................................26<br />
SECCIÓN 9 ¿Tiene usted un "seguro grupal" o cualquier otro seguro de salud<br />
patronal? ............................................................................................................27
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 15<br />
SECCIÓN 1 Contactos para Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) (cómo<br />
comunicarse con nosotros, incluye cómo comunicarse con<br />
Servicio al Cliente)<br />
¿Cómo comunicarse con Servicio al Cliente?<br />
Para asistencia con reclamaciones, facturas o preguntas sobre la tarjeta de asegurado, llame,<br />
escriba o visite a Servicio al Cliente de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP). Nos place ayudarle.<br />
Servicio al Cliente<br />
LLAME 1-800-510-0722 ó 787-774-6083 en el área metropolitana<br />
USUARIOS<br />
TTY/TDD<br />
Las llamadas a estos números son libre de cargos. Usted puede llamar<br />
de lunes a domingo de 8:00 am a 8:00 pm.<br />
Servicio al Cliente tiene servicios de interpretación libre de cargos<br />
disponibles para personas que no hablen español.<br />
1-800-383-4457 ó 787-749-4059 en el área metropolitana<br />
Estos números requieren equipo telefónico especial y son sólo para<br />
personas que tienen dificultades del habla o de audición<br />
Las llamadas a estos números son libre de cargos. Usted puede llamar<br />
de lunes a domingo de 8:00 am a 8:00 pm.<br />
FAX 787-281-2320 ó 787-281-2327<br />
ESCRIBA Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Departamento de Servicio al Cliente, PO Box 363628, San Juan, PR<br />
00936-3628 o www.ssspr.com<br />
PÁGINA DE www.ssspr.com<br />
INTERNET<br />
¿Cómo comunicarse con nosotros cuando esté solicitando una decisión de cubierta,<br />
presentando una queja o una apelación sobre los medicamentos de la Parte D?<br />
Una decisión de cubierta es una decisión que tomamos en cuanto a sus beneficios y cubierta o<br />
en cuanto a la cantidad que nosotros pagaremos por sus medicamentos de la Parte D.<br />
Una apelación es una manera formal de solicitarnos que revisemos y cambiemos una decisión<br />
de cubierta he hemos tomado.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 16<br />
Usted puede presentar una queja en contra de nosotros o una de nuestras farmacias participantes,<br />
incluyendo una queja sobre la calidad de su cuidado. Este tipo de queja no incluye disputas sobre<br />
cubiertas o pagos.<br />
Para obtener más información sobre cómo solicitar decisiones de cubierta, presentar apelaciones y<br />
presentar quejas sobre su cubierta de farmacia de la Parte D, refiérase al Capitulo 7 (Qué hacer si<br />
usted tiene un problema o una queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas.))<br />
Nos puede llamar si tiene preguntas sobre nuestro proceso de decisiones de cubierta.<br />
Decisiones de cubierta, apelaciones o quejas sobre sus medicamentos de la Parte D<br />
LLAME 1-800-510-0722 ó 787-774-6083 en el área metropolitana<br />
USUARIOS<br />
TTY/TDD<br />
Las llamadas a estos números son libre de cargos. Usted puede llamar<br />
de lunes a domingo de 8:00 am a 8:00 pm.<br />
1-800-383-4457 ó 787-749-4059 en el área metropolitana<br />
Estos números requieren equipo telefónico especial y son solo para<br />
personas que tienen dificultades del habla o de audición<br />
Las llamadas a estos números son libre de cargos. Usted puede llamar<br />
de lunes a domingo de 8:00 am a 8:00 pm.<br />
FAX 787-281-2320 ó 787-281-2327<br />
ESCRIBA Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Departamento de Servicio al Cliente, PO Box 363628, San Juan, PR<br />
00936-3628 o www.ssspr.com<br />
PÁGINA DE<br />
INTERNET DE<br />
MEDICARE<br />
Puede someter una queja acerca de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> (PDP) o<br />
Triple-S <strong>FarmaMed</strong> Plus (PDP) directamente a <strong>Medicare</strong>. Para<br />
someter una queja a través de Internet a <strong>Medicare</strong> vaya a<br />
www.medicare.gov/<strong>Medicare</strong>ComplaintForm/home.aspx.<br />
Dónde enviar una solicitud para solicitarnos que paguemos nuestra parte del costo de un<br />
medicamento que usted ha recibido<br />
El proceso de determinación de cubierta incluye determinar solicitudes de que paguemos nuestra<br />
porción de los costos de un medicamento que usted ha recibido. Para más información sobre<br />
situaciones en las cuales usted pueda necesitar pedirle al plan un reembolso o el pago de una<br />
factura que usted ha recibido de un proveedor, refiérase al Capítulo 5 (Solicitando al plan el pago<br />
que le corresponde por su porción del costo de sus medicamentos cubiertos).
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 17<br />
Por favor note: Si nos envía una solicitud de pago y denegamos cualquier parte de su solicitud,<br />
puede apelar nuestra decisión. Vea el Capítulo 7 (Qué hacer si usted tiene un problema o una<br />
queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)) para más información.<br />
Solicitudes de Pago<br />
LLAME 1-800-510-0722 ó 787-774-6083 en el área metropolitana<br />
Las llamadas a estos números son libre de cargos. Usted puede llamar<br />
de lunes a domingo de 8:00am a 8:00pm.<br />
TTY/TDD 1-800-383-4457 ó 787-749-4059 en el área metropolitana.<br />
Estos números requieren equipo telefónico especial y son sólo para<br />
personas que tienen dificultades del habla o audición.<br />
Las llamadas a estos números son libre de cargos. Usted puede<br />
llamar de lunes a domingo de 8:00 am a 8:00 pm.<br />
FAX 787-281-2320 ó 787-281-2327<br />
ESCRIBA Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Departamento de Servicio al Cliente, PO Box 363628, San Juan, PR<br />
00936-3628 o www.ssspr.com<br />
PÁGINA DE www.ssspr.com<br />
INTERNET<br />
SECCIÓN 2 <strong>Medicare</strong><br />
(cómo obtener información y ayuda directamente del<br />
Programa Federal de <strong>Medicare</strong>)<br />
<strong>Medicare</strong> es el programa Federal de seguro de salud para personas de 65 años o más, algunas<br />
personas menores de 65 con impedimentos y personas con Enfermedad Renal en Etapa<br />
Terminal (fallo renal permanente que necesita diálisis o trasplante de riñón).<br />
La agencia Federal a cargo de <strong>Medicare</strong> son los Centros de Servicios de <strong>Medicare</strong> y Medicaid<br />
(a veces conocido como “CMS”, por sus siglas en inglés). Esta agencia contrata con <strong>Planes</strong> de<br />
Farmacia de <strong>Medicare</strong>, incluido con nosotros.<br />
<strong>Medicare</strong>
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 18<br />
LLAME<br />
TTY/TDD 1-877-486-2048<br />
PÁGINA DE<br />
INTERNET<br />
1-800-MEDICARE, o 1-800-633-4227<br />
Las llamadas a este número son libre de cargos.<br />
24 horas al día, 7 días a la semana.<br />
Este número requiere un equipo telefónico especial y es solamente<br />
para las personas con dificultades auditivas o del habla.<br />
Las llamadas a este número son libre de cargos.<br />
http://ww.medicare.gov<br />
Este es el portal oficial del gobierno para <strong>Medicare</strong>. Le brinda<br />
información actualizada sobre <strong>Medicare</strong> y temas actuales<br />
relacionados con <strong>Medicare</strong>. También le brinda información sobre<br />
hospitales, hogares de ancianos, médicos, agencias de salud en el<br />
hogar y facilidades de diálisis. Incluye folletos que puede imprimir<br />
desde su computadora. También puede encontrar contactos de<br />
<strong>Medicare</strong> en su estado.<br />
El portal de <strong>Medicare</strong> también tiene información detallada sobre sus<br />
requisitos de elegibilidad para <strong>Medicare</strong> y sobre las opciones de<br />
suscripción a través de las siguientes herramientas:<br />
Herramienta de Elegibilidad de <strong>Medicare</strong>: Provee<br />
información sobre la elegibilidad de <strong>Medicare</strong>.<br />
Buscador de planes de <strong>Medicare</strong>: Provee información<br />
personalizada sobre los planes de farmacia de <strong>Medicare</strong>, los<br />
planes de salud de <strong>Medicare</strong> y las pólizas Medigap (seguro<br />
complementario a <strong>Medicare</strong>) que están disponibles en su área<br />
de servicio. Estas herramientas le proveen un estimado de lo<br />
que sus desembolsos pudieran ser bajo diferentes planes de<br />
<strong>Medicare</strong>.<br />
También puede usar el portal de Internet para informar a <strong>Medicare</strong> de<br />
cualquier queja que tenga sobre Triple-S <strong>FarmaMed</strong> (PDP) o Triple-S<br />
<strong>FarmaMed</strong> Plus (PDP):<br />
Informe a <strong>Medicare</strong> sobre su queja: Puede someter una<br />
queja sobre Triple-S <strong>FarmaMed</strong> (PDP) o Triple-S <strong>FarmaMed</strong><br />
Plus (PDP) directamente a <strong>Medicare</strong>. Para someter una queja<br />
a <strong>Medicare</strong>, vaya a<br />
www.medicare.gov/<strong>Medicare</strong>ComplaintForm/home.aspx.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 19<br />
<strong>Medicare</strong> toma sus quejas en serio y usará esta información<br />
para ayudar a mejorar la calidad del programa <strong>Medicare</strong>.<br />
Si usted no tiene computadora, su biblioteca local o centro para las<br />
personas de la tercera edad puede ayudarlo permitiéndole usar sus<br />
computadoras para visitar este portal de Internet. O, usted puede<br />
llamar a <strong>Medicare</strong> y solicitar la información que usted está buscando.<br />
Ellos encontrarán la información en el portal de Internet, la<br />
imprimirán y se la enviarán. (Puede llamar a <strong>Medicare</strong> al 1-800-<br />
MEDICARE (1-800-633-4227), las 24 horas del día, los 7 días de la<br />
semana. Los usuarios de TTY deben llamar al 1-877-486-2048.)<br />
SECCIÓN 3 Programa Estatal de Asistencia sobre Seguros de Salud<br />
(SHIP, por sus siglas en inglés) (asistencia gratis, información<br />
y respuestas a sus preguntas sobre <strong>Medicare</strong>)<br />
El Programa Estatal de Asistencia sobre Seguros de Salud (SHIP) es un programa del gobierno<br />
que cuenta con consejeros entrenados disponibles en cada estado. En Puerto Rico, el Programa<br />
Estatal de Asistencia sobre Seguros de Salud se conoce como la Oficina del Procurador del<br />
Ciudadano.<br />
La Oficina del Procurador del Ciudadano es una entidad independiente (que no está<br />
relacionada con ninguna compañía de seguros ni plan de salud). Es un programa estatal que<br />
recibe fondos del gobierno Federal para ofrecer consultoría gratuita a nivel local sobre seguros<br />
médicos a las personas con <strong>Medicare</strong>.<br />
Los consejeros de la Oficina del Procurador del Ciudadano pueden ayudarle con sus preguntas<br />
o problemas relacionados con <strong>Medicare</strong>. Ellos pueden ayudarle a entender mejor sus derechos<br />
de <strong>Medicare</strong>, ayudarle a tramitar quejas sobre su cuidado o tratamiento médico y ayudarlo a<br />
resolver los problemas con sus facturas de <strong>Medicare</strong>. Los consejeros de la Oficina del<br />
Procurador del Ciudadano también pueden ayudarle a entender sus opciones de planes de<br />
<strong>Medicare</strong> y pueden responder a preguntas relacionadas con el cambio de planes médicos.<br />
Oficina del Procurador del Ciudadano<br />
LLAME (787) 724-7373
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 20<br />
ESCRIBA<br />
DIRECCIÓN<br />
FÍSICA<br />
HORARIO<br />
FAX (787) 724-7386<br />
PÁGINA DE<br />
INTERNET<br />
Oficina del Procurador del Ciudadano<br />
Minillas Station<br />
P O BOX 41088<br />
San Juan, PR 00940-1088<br />
Avenida Roberto H. Todd # 5101<br />
Parada 18, Santurce, PR<br />
Lunes a viernes de 8:00 am – 4:30 pm<br />
http://ombudsmanpr.com<br />
SECCIÓN 4 Organización para el Mejoramiento de la Calidad (QIO,<br />
por sus siglas en inglés) (pagada por <strong>Medicare</strong> para revisar la<br />
calidad de los servicios recibidos por las personas con<br />
<strong>Medicare</strong>).<br />
Hay una Organización para el Mejoramiento de la Calidad en cada estado. En Puerto Rico, la<br />
Organización para el Mejoramiento de la Calidad se le conoce como la Organización Profesional<br />
de Investigación para el Mejoramiento de la Calidad (QIPRO, por sus siglas en inglés)<br />
QIPRO cuenta con un grupo de médicos y otros profesionales de la salud que son pagados por el<br />
gobierno Federal. Esta organización es pagada por <strong>Medicare</strong> para revisar y mejorar la calidad de<br />
la atención brindada a las personas con <strong>Medicare</strong>. QIPRO es una organización independiente. No<br />
está relacionada con nuestro plan.<br />
Usted debe comunicarse con QIPRO si usted tiene una queja sobre la calidad del cuidado que ha<br />
recibido. Por ejemplo, puede comunicarse con QUIPRO si le suministraron el medicamento<br />
erróneo o si le dieron medicamentos que interactúan de manera negativa.<br />
Organización Profesional de Investigación Para el Mejoramiento de la Calidad<br />
(QIPRO, por sus siglas en inglés) (Organización para el Mejoramiento de la Calidad en<br />
Puerto Rico)<br />
LLAME 1-877-566-0566 o 787-641-1240 ext. 6222 en el área metropolitana.<br />
Fines de semana y días feriados, puede llamar al 787-340-2660<br />
ESCRIBA 2 Ponce de León Ave.<br />
Mercantil Plaza Building<br />
Suite 709<br />
San Juan, PR 00918-1696
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 21<br />
FAX 787-641-1248<br />
PÁGINA DE<br />
INTERNET<br />
www.qipro.org<br />
SECCIÓN 5 Seguro Social<br />
El Seguro Social es responsable por determinar la elegibilidad y manejar la suscripción a<br />
<strong>Medicare</strong>. Los ciudadanos de los E.E. U.U. mayores de 65 años, o que tienen un impedimento o<br />
enfermedad renal en etapa terminal (ESRD) y que reúnen ciertas condiciones, son elegibles para<br />
<strong>Medicare</strong>. Si usted ya está recibiendo sus cheques del Seguro Social, su suscripción a <strong>Medicare</strong> es<br />
automática. Si no está recibiendo cheques de Seguro Social, tiene que suscribirse a <strong>Medicare</strong>. El<br />
Seguro Social maneja el proceso de suscripción de <strong>Medicare</strong>. Para solicitar <strong>Medicare</strong>, puede<br />
llamar a su oficina de Seguro Social o visitar su oficina local de Seguro Social.<br />
El Seguro Social también es responsable de determinar quién tiene que pagar una cantidad<br />
adicional por su cubierta de medicamentos de la Parte D porque tienen un ingreso más alto. Si<br />
usted recibió una carta del Seguro Social que decía que tiene que pagar la cantidad adicional y<br />
tiene preguntas sobre la cantidad o si su ingreso se redujo debido a algún evento de cambio en su<br />
vida, puede llamar al Seguro Social para solicitar una reconsideración.<br />
Seguro Social<br />
LLAME 1-800-772-1213<br />
TTY/TDD 1-800-325-0778<br />
Las llamadas a este número son libre de cargos<br />
De 7:00 a.m. a 7:00 p.m., de lunes a viernes.<br />
Puede utilizar el servicio de teléfono automatizado del Seguro Social<br />
para obtener información pregrabada y realizar algunas gestiones las<br />
24 horas del día.<br />
Este número requiere un equipo de teléfono especial y es solamente<br />
para personas con dificultades auditivas y del habla.<br />
Las llamadas a este número son libre de cargos.<br />
De 7:00 a.m. a 7:00 p.m., de lunes a viernes.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 22<br />
PÁGINA DE<br />
INTERNET<br />
http://www.ssa.gov<br />
SECCIÓN 6 Medicaid<br />
(un programa conjunto del gobierno Federal y estatal que<br />
ayuda a algunas personas de ingresos y recursos limitados con<br />
sus gastos médicos)<br />
Medicaid es un programa conjunto del gobierno Federal y estatal que ayuda a algunas personas<br />
de ingresos y recursos limitados con sus gastos médicos. Algunas personas con <strong>Medicare</strong> son<br />
también elegibles para Medicaid.<br />
Además, Medicaid ofrece programas que pueden ayudar a las personas con <strong>Medicare</strong> a pagar<br />
sus costos de <strong>Medicare</strong>, tales como las primas de <strong>Medicare</strong>. Estos programas ayudan a que las<br />
personas con ingresos y recursos limitados ahorren dinero cada año:<br />
Beneficiario de <strong>Medicare</strong> Calificado (QMB, por sus siglas en inglés): Ayuda a pagar<br />
las primas de las Partes A y B de <strong>Medicare</strong> y otros costos (tales como deducibles,<br />
coaseguros y copagos). (Algunas personas con QMB también son elegibles para todos<br />
los beneficios de Medicaid (QMB+).)<br />
Beneficiario de <strong>Medicare</strong> de Bajos Ingresos Especificados (SLMB, por sus siglas en<br />
inglés): Ayuda a pagar las primas de la Parte B de <strong>Medicare</strong>. (Algunas personas con<br />
SLMB también son elegibles para todos los beneficios de Medicaid (SLMB+).)<br />
Individuo Calificado (QI, por sus siglas en inglés): Ayuda a pagar las primas de la<br />
Parte B de <strong>Medicare</strong>.<br />
Individuos con Impedimetnos y Empleados Calificados (QDWI, por sus siglas en<br />
inglés): Ayuda a pagar las primas de la Parte A.<br />
Para obtener más información sobre Medicaid y sus programas, comuníquese con el<br />
Departamento de Salud, Programa de Asistencia Médica<br />
Departamento de Salud, Programa de Asistencia Médica<br />
LLAME 787-765-1230
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 23<br />
ESCRIBA Departamento de Salud, Estado Libre Asociado de Puerto<br />
Rico, Programa de Asistencia Médica<br />
PO Box 70184 San Juan, PR 00936-8184<br />
PÁGINA DE www.salud.gov.pr<br />
INTERNET<br />
SECCIÓN 7 Información sobre programas que ayudan a las personas a<br />
pagar por sus medicamentos<br />
El programa de “Ayuda Adicional” de <strong>Medicare</strong><br />
<strong>Medicare</strong> provee “Ayuda Adicional” para pagar los costos de medicamentos a personas de<br />
ingresos y recursos limitados. Los recursos incluyen sus ahorros y acciones, pero no su casa o<br />
su carro. Si usted cualifica, usted recibirá ayuda para pagar la prima mensual de cualquier plan<br />
de farmacia de <strong>Medicare</strong>, así como los deducibles anuales y copagos o coaseguros de los<br />
medicamentos. Esta Ayuda Adicional también cuenta hacia sus desembolsos.<br />
Las personas de ingresos y recursos limitados pueden cualificar para Ayuda Adicional. Algunas<br />
personas cualifican automáticamente y no necesitan solicitar. <strong>Medicare</strong> le envía una carta a las<br />
personas que automáticamente cualifican para Ayuda Adicional.<br />
Usted tal vez pueda obtener Ayuda Adicional para pagar las primas y costos de sus medicamentos.<br />
Para ver si usted cualifica para Ayuda Adicional, llame al:<br />
1-800-MEDICARE (1-800-633-4227). Los usuarios TTY deben llamar al 1-877-486-2048,<br />
24 horas al día, 7 días a la semana;<br />
Su Oficina de Seguro Social al 1-800-772-1213, entre las 7:00 am y 7:00 pm, lunes a<br />
viernes. Los usuarios TTY deben llamar al 1-800-325-0778; o a<br />
Su Oficina Local de Medicaid. (Refiérase a la Sección 6 de este capítulo para la<br />
información de contacto.)<br />
Si usted entiende que usted cualifica para la Ayuda Adicional y que está pagando una cantidad de<br />
copago/coaseguro incorrecta cuando usted obtiene sus medicamentos en una farmacia, nuestro<br />
plan ha establecido un proceso que le permite solicitar ayuda para obtener evidencia de su nivel de<br />
copago o, si usted ya tiene evidencia, un proceso para que nos provea esta evidencia.<br />
Puede comunicarse con nosotros para solicitar ayuda para obtener evidencia y/o para<br />
proveer esta evidencia. Estamos disponibles para contestar llamadas telefónicas de lunes a<br />
domingo, de 8:00 a.m. a 8:00 p.m; las llamadas a estos números son libre de costo: 1-800-<br />
510-0722 o 787-774-6083 en el área metropolitana. (TTY/TDD sólo, llamar al 1-800-383-<br />
4457 o 787-749-4059 en el área metropolitana). También puede escribirnos a Triple-S<br />
<strong>Medicare</strong> Advantage, Departamento de Servicio al Cliente, PO Box 363628, San Juan, PR
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 24<br />
00936-3628. O, visite nuestros Centros de Servicio en Plaza Las Américas, Plaza Carolina,<br />
Arecibo, Caguas, Ponce y Mayagüez.<br />
Cuando recibamos la evidencia en la que se estipula su nivel de copago, actualizaremos<br />
nuestro sistema de modo que uted pueda pagar el copago correcto cuando usted obtenga<br />
sus próximos medicamentos en la farmacia. Si paga más de lo debido de su copago, le<br />
reembolsaremos la diferencia. Le enviaremos un cheque por la cantidad de lo que pagó de<br />
más o ajustaremos los copagos futuros. Si la farmacia no le ha cobrado un copago a usted<br />
y le ha adjudicado una deuda a usted, podemos enviarle el pago directamente a la<br />
farmacia. Si un estado pagó por usted, podemos enviarle el pago directamente al estado.<br />
Comuníquese con Servicio al Cliente si tiene preguntas (los números telefónicos están<br />
impresos en la contraportada de este folleto).<br />
Existen programas en Puerto Rico, las Islas Vírgenes, Guam, las Islas Marianas y Samoa<br />
Americana para ayudar a personas de recursos e ingresos limitados a pagar sus costos de<br />
<strong>Medicare</strong>. Los programas varían según el área. Llame a su oficina local de Asistencia Médica<br />
(Medicaid) para obtener más información sobre sus normas (los números de teléfono están en<br />
la Sección 6 de este capítulo). O llame al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), 24 horas<br />
al día, 7 días a la semana, y diga “Medicaid” para obtener más información. Los<br />
usuarios TTY deben llamar al 1-877-486-2048. Usted también puede visitar<br />
http://www.medicare.gov para más información.<br />
Programa de Descuento en la Brecha de la Cubierta de <strong>Medicare</strong><br />
El Programa de Descuento en la Brecha de Cubierta de <strong>Medicare</strong> está disponible en todo Estados<br />
Unidos. Si usted está suscrito a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> Plus (PDP), debido a que este plan ofrece<br />
cubierta adicional en la Etapa de Brecha de Cubierta, sus desembolsos a veces serán más bajos<br />
que los costos que se describen a continuación. Refiérase al Capítulo 4, Sección 6 para obtener<br />
más información sobre su cubierta durante la Etapa de Brecha de Cubierta.<br />
El Programa de Descuento en la Brecha de Cubierta de <strong>Medicare</strong> le proveerá descuentos de<br />
manufacturero en medicamentos de marca a asegurados suscritos a la Parte D que han alcanzado<br />
la brecha y no se encuentran recibiendo “Ayuda Adicional”. Un descuento de 50% del precio<br />
negociado (sin incluir el cargo por despacho ni el cargo para administrar vacunas, de haber<br />
alguno) estará disponible para aquellos medicamentos de marca cuyos manufactureros han<br />
accedido a pagar el descuento. El plan paga un 2.5% adicional y usted paga el 47.5% restante por<br />
sus medicamentos de marca.<br />
Si usted alcanza la cubierta en la brecha, nosotros le aplicaremos automáticamente el descuento<br />
cuando su farmacia le cobre por sus medicamentos y todo descuento aplicado aparecerá en su<br />
Explicación de Beneficios (EOB). Tanto la cantidad que usted paga como la cantidad descontada<br />
por el manufacturero cuentan para la cantidad total de desembolsos, como si usted las hubiese<br />
pagado, y lo mueve a usted través de la brecha.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 25<br />
Usted también tiene una cubierta parcial para los medicamentos genéricos. Si usted alcanza la<br />
brecha de cubierta, el plan paga 21% del precio de los medicamentos genéricos y usted paga el<br />
79% restante. La cubierta para los medicamentos genéricos funciona de manera diferente que la<br />
cubierta para los medicamentos de marca. Para los medicamentos genéricos, la cantidad que el<br />
plan paga (21%) no cuenta para la cantidad total de sus desembolsos. Solamente la cantidad que<br />
usted paga cuenta y lo mueve a través de la brecha de cubierta. Además, el cargo por despacho se<br />
incluye como parte del costo del medicamento.<br />
Si usted tiene cualquier pregunta sobre la disponibilidad de descuentos para los medicamentos que<br />
está tomando o sobre el Programa de Descuento de la Brecha en la Cubierta de <strong>Medicare</strong>, en<br />
general, comuníquese con Servicio al Cliente (los números telefónicos se encuentran en la<br />
contraportada de este folleto).<br />
¿Qué sucede si usted tiene cubierta del Programa Estatal de Asistencia Farmacéutica<br />
(SPAP, por sus siglas en inglés)?<br />
Si usted está suscrito al Programa Estatal de Asistencia Farmacéutica (SPAP) o a cualquier otro<br />
programa que le provea cubierta de farmacia para la Parte D (que no sea el de Ayuda Adicional),<br />
usted aún tiene 50% de descuento en medicamentos de marca cubiertos. Además, el plan paga<br />
2.5% de los costos de los medicamentos de marca en la brecha de cubierta. El 50% de descuento y<br />
el 2.5% que paga el plan se le aplica al precio del medicamento antes que cualquier SPAP u otro<br />
tipo de cubierta.<br />
¿Qué sucede si usted recibe Ayuda Adicional de <strong>Medicare</strong> para pagar los costos de sus<br />
medicamentos? ¿Puede usted recibir los descuentos?<br />
No. Si usted recibe Ayuda Adicional, usted ya tiene cubierta para sus gastos de medicamentos<br />
durante la cubierta en la brecha.<br />
¿Qué sucede si usted no recibe un descuento y cree que debió haberlo recibido?<br />
Si usted considera que ha llegado a la brecha de la cubierta y no recibió un descuento cuando pagó<br />
por sus medicamentos de marca, usted debe revisar su próxima notificación de la Explicación de<br />
Beneficios (EOB, por sus siglas en inglés). Si el descuento no aparece en su Explicación de<br />
Beneficios, usted debe contactarnos para asegurarse que su expediente de medicamentos esté<br />
correcto y al día. Si nosotros no estamos de acuerdo con que a usted se le debe un descuento,<br />
usted puede apelar la decisión. El Programa Estatal de Asistencia sobre Seguros de Salud (SHIP)<br />
puede ayudarle a presentar una apelación (los números de teléfono se encuentran en la Sección 3<br />
de este Capítulo), o también puede obtener ayuda llamando al 1-800-MEDICARE (1-800-633-<br />
4227), 24 horas al día, 7 días a la semana. Usuarios TTY deben llamar al 1-877-486-2048.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 26<br />
Programas Estatales de Asistencia Farmacéutica<br />
Muchos estados tienen Programas Estatales de Asistencia Farmacéuticas que ayudan a ciertas<br />
personas a pagar por sus medicamentos basado en sus necesidades económicas, edad o condición<br />
médica. Cada estado tiene diferentes normas para proveerle cubierta de farmacia a sus miembros.<br />
Estos programas les proveen a las personas de la tercera edad de recursos e ingresos limitados y a<br />
individuos con impedimentos ayuda económica para cubrir sus medicamentos. Para más<br />
información sobre estos programas disponibles en Puerto Rico, comuníquese con la Oficina del<br />
Procurador del Ciudadano. (Refiérase a la Sección 3 de este capítulo.)<br />
SECCIÓN 8 Cómo comunicarse con la Junta de Retiro Ferroviario<br />
La Junta de Retiro Ferroviario es una agencia Federal independiente que administra programas<br />
comprensivos de beneficios para los trabajadores del ferroviario de la nación y sus familiares. Si<br />
tiene alguna pregunta relacionada con sus beneficios de la Junta de Retiro Ferroviario,<br />
comuníquese con la agencia.<br />
Junta de Retiro Ferroviario<br />
LLAME<br />
1-877-772-5772<br />
Las llamadas a este número son libre de cargos.<br />
Disponible de 9:00 a.m. a 3:30 p.m. lunes a viernes.<br />
Si tiene un teléfono tele teclas, puede acceder información<br />
pregrabada y servicios automatizados que están disponibles<br />
las 24 horas del día, incluido en los fines de semana y días de<br />
fiesta.<br />
TTY/TDD 1-312-751-4701<br />
PÁGINA DE<br />
INTERNET<br />
Este número requiere un equipo de teléfono especial y es<br />
solamente para personas con dificultades auditivas y del habla.<br />
Las llamadas a este número no son libre de cargos.<br />
http://www.rrb.gov
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 2: Números de Teléfono y Recursos Importantes 27<br />
SECCIÓN 9 ¿Tiene usted un "seguro grupal" o cualquier otro seguro<br />
de salud patronal?<br />
Si usted (o su cónyuge) recibe beneficios de su patrono o grupo de pensionados (o del de su<br />
cónyuge), llame al administrador de beneficios de su patrono/unión o a Servicio al Cliente si<br />
tiene alguna pregunta. Puede preguntar sobre sus beneficios de salud (o los de su cónyuge),<br />
medicamentos, primas, o período de suscripción. (Los números telefónicos de Servicio al<br />
Cliente están impresos en la contraportada de este folleto.)<br />
Si usted tiene alguna otra cubierta de farmacia a través de su patrono o grupo de pensionados (o<br />
del de su cónyuge), comuníquese con el administrador de beneficios de dicho grupo. El<br />
administrador de beneficios puede ayudarle a determinar cómo su cubierta de farmacia actual<br />
trabajará con nuestro plan.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 28<br />
Capítulo 3. Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la<br />
Parte D<br />
SECCIÓN 1 Introducción .......................................................................................................31<br />
Sección 1.1 Este capítulo describe su cubierta de farmacia de la Parte D ..........................31<br />
Sección 1.2 Reglas básicas para la cubierta de Parte D de nuestro plan .............................31<br />
SECCIÓN 2 Obtenga sus medicamentos en una farmacia participante o a<br />
través del servicio envío de medicamentos por correo ...................................32<br />
Sección 2.1 Para que sus medicamentos le sean cubiertos por el plan, utilice una<br />
farmacia de la red .............................................................................................32<br />
Sección 2.2 Localizar las farmacias participantes ...............................................................32<br />
Sección 2.3 Utilizar el servicio de envío de medicamentos por correo del plan .................33<br />
Sección 2.4 ¿Cómo puedo obtener un suplido extendido de medicamentos? .....................35<br />
Sección 2.5 ¿Cuándo puede utilizar una farmacia que no esté en la red del plan? .............35<br />
SECCIÓN 3 Sus medicamentos deben estar en nuestra “Lista de<br />
Medicamentos” ..................................................................................................37<br />
Sección 3.1 La “Lista de Medicamentos” le indica qué medicamentos de la<br />
Parte D están cubiertos.....................................................................................37<br />
Sección 3.2 Existen cuatro (4) niveles de copago/coaseguro para los<br />
medicamentos en nuestra Lista de Medicamentos ...........................................38<br />
Sección 3.3 ¿Cómo puede saber si un medicamento en específico se encuentra<br />
en la Lista de Medicamentos? ..........................................................................38<br />
SECCIÓN 4 Existen restricciones de cubierta para algunos medicamentos .....................39<br />
Sección 4.1 ¿Por qué algunos medicamentos tienen restricciones? ....................................39<br />
Sección 4.2 ¿Qué tipos de restricciones?.............................................................................39<br />
Sección 4.3 ¿Aplica alguna de estas restricciones a sus medicamentos? ............................40
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 29<br />
SECCIÓN 5 ¿Qué sucede si uno de sus medicamentos no está cubierto de la<br />
manera en que a usted le gustaría que estuviese cubierto? ...........................40<br />
Sección 5.1 Hay cosas que puede hacer si su medicamento no está cubierto de<br />
la manera en que a usted le gustaría que estuviese cubierto ............................40<br />
Sección 5.2 ¿Qué puede hacer si su medicamento no está en la Lista de<br />
Medicamentos o si su medicamento está restringido de alguna<br />
manera? ............................................................................................................41<br />
Sección 5.3 ¿Qué puede hacer si su medicamento está en un nivel de<br />
copago/coaseguro que usted considera demasiado alto? .................................42<br />
SECCIÓN 6 ¿Qué sucede si cambia la cubierta de uno de sus medicamentos? ................43<br />
Sección 6.1 La Lista de Medicamentos puede cambiar durante el año ...............................43<br />
Sección 6.2 ¿Qué ocurre si la cubierta cambia para un medicamento que usted<br />
está tomando actualmente? ..............................................................................44<br />
SECCIÓN 7 ¿Qué tipos de medicamentos no están cubiertos por el plan? .......................45<br />
Sección 7.1 Tipos de medicamentos que nosotros no cubrimos .........................................45<br />
SECCIÓN 8 Presente su tarjeta de asegurado cuando se le despache una<br />
receta ...................................................................................................................47<br />
Sección 8.1 Presente su tarjeta de asegurado ......................................................................47<br />
Sección 8.2 ¿Qué sucede si no tiene su tarjeta de asegurado con usted? ............................47<br />
SECCIÓN 9 Cubierta de farmacia de la Parte D en situaciones especiales .......................47<br />
Sección 9.1 ¿Qué sucede si está en un hospital o facilidad de enfermería diestra<br />
por una estadía cubierta por <strong>Medicare</strong> Original? .............................................47<br />
Sección 9.2 ¿Qué sucede si es residente de una facilidad de cuidado<br />
prolongado?......................................................................................................48<br />
Sección 9.3 ¿Qué sucede si usted está tomando medicamentos cubiertos por el<br />
plan Original de <strong>Medicare</strong>? ..............................................................................49<br />
Sección 9.4 ¿Qué sucede si tiene una póliza de Medigap (Seguro<br />
Complementario de <strong>Medicare</strong>) con cubierta de farmacia? ..............................49
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 30<br />
Sección 9.5 ¿Qué sucede si usted también está recibiendo una cubierta de<br />
farmacia a través de su patrono o plan grupal de pensionados? ......................49<br />
SECCIÓN 10 Programas sobre la seguridad y el manejo de medicamentos .......................50<br />
Sección 10.1 Programas que ayudan a los asegurados a utilizar los medicamentos<br />
de manera segura..............................................................................................50<br />
Sección 10.2 Programas que ayudan a los asegurados a manejar sus<br />
medicamentos ..................................................................................................51
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 31<br />
? ¿Sabía que existen programas que le ayudan a pagar por sus<br />
medicamentos?<br />
Existen programas que ayudan a las personas con recursos limitados a pagar por sus<br />
medicamentos. Estos incluyen el programa de “Ayuda Adicional” y el Programa<br />
Estatal de Asistencia Farmacéutica. Para más información, refiérase el Capítulo 2,<br />
Sección 7.<br />
SECCIÓN 1 Introducción<br />
Sección 1.1 Este capítulo describe su cubierta de farmacia de la Parte D<br />
Este capítulo explica las reglas a seguir para usar su cubierta de farmacia de la Parte D. El<br />
próximo capítulo explica lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D (Capítulo 4, Lo<br />
que usted paga por los medicamentos de la Parte D).<br />
Además de la cubierta por medicamentos de la Parte D que tiene a través de nuestro plan, el plan<br />
<strong>Medicare</strong> Original (<strong>Medicare</strong> Parte A y Parte B) también cubre ciertos medicamentos:<br />
La Parte A de <strong>Medicare</strong> cubre medicamentos que se le recetan durante estadías<br />
cubiertas por <strong>Medicare</strong> en un hospital o una facilidad de enfermería diestra.<br />
La Parte B de <strong>Medicare</strong> también provee beneficios para algunos medicamentos. Los<br />
medicamentos de la Parte B incluyen ciertos medicamentos para quimioterapia,<br />
ciertos medicamentos por vía intravenosa que recibe durante una visita a una<br />
consulta médica y medicamentos que se le suministran en una facilidad de diálisis.<br />
Los dos ejemplos de medicamentos descritos anteriormente están cubiertos por el plan Original de<br />
<strong>Medicare</strong>. (Para conocer más sobre esta cubierta, vea su manual de <strong>Medicare</strong> y Usted). Sus<br />
medicamentos de la parte D están cubiertos por nuestro plan.<br />
Sección 1.2 Reglas básicas para la cubierta de Parte D de nuestro plan<br />
El plan por lo general cubrirá sus medicamentos siempre y cuando usted siga estas reglas básicas:<br />
Usted debe tener un proveedor participante (un médico o profesional autorizado para<br />
recetar) que le prepare la receta.<br />
Usted debe utilizar una farmacia participante para el despacho de sus medicamentos.<br />
(Refiérase a la Sección 2, Obtenga su medicamento en una farmacia participante o a<br />
través del servicio envío de medicamentos por correo.)
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 32<br />
Su medicamento debe estar en la Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario)<br />
del plan. (Nosotros le decimos “Lista de Medicamentos” de forma corta.) (Vea la<br />
Sección 3, Sus medicamentos deben estar en nuestra Lista de Medicamentos).<br />
Su medicamento debe ser utilizado para una indicación médicamente<br />
necesaria. Una “indicación médicamente necesaria” significa que el uso de un<br />
medicamento es aceptado por la Administración de Drogas y Alimentos<br />
(FDA, por sus siglas en inglés) o que tiene el respaldado de ciertos libros de<br />
referencia. (Refiérase a la Sección 3 para obtener más información sobre una<br />
indicación medicamente necesaria.)<br />
SECCIÓN 2 Obtenga sus medicamentos en una farmacia participante o a<br />
través del servicio envío de medicamentos por correo<br />
Sección 2.1 Para que sus medicamentos le sean cubiertos por el plan, utilice una<br />
farmacia de la red<br />
En la mayoría de los casos, sus medicamentos son cubiertos solamente si son despachados en las<br />
farmacias participantes del plan. (Refiérase a la Sección 2.5 para obtener información sobre<br />
cuándo nosotros cubriríamos medicamentos despachados en farmacias no participantes).<br />
Una farmacia participante es una farmacia que tiene un contrato con el plan para proveerle sus<br />
medicamentos. El término “medicamentos cubiertos” significa todos los medicamentos de la Parte<br />
D que son cubiertos por el plan.<br />
Sección 2.2 Localizar las farmacias participantes<br />
¿Cómo usted encuentra una farmacia participante en su área?<br />
Para encontrar una farmacia participante, usted puede buscar en el Directorio de Farmacias,<br />
visitar nuesto portal de Internet (www.ssspr.com), o llamar a Servicio al Cliente (los números<br />
de teléfono se encuentran en la contraportada de este folleto). Escoja la alternativa que le sea<br />
más fácil.<br />
Usted puede ir a cualquiera de nuestras farmacias partipantes. Si usted cambia de una<br />
farmacia participante a otra, y necesita una repetición de un medicamento que ha estado<br />
tomando, puede pedirle una receta nueva a su proveedor o puede pedir que se transfiera su<br />
receta a su nueva farmacia participante.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 33<br />
¿Qué sucede si la farmacia que usted ha estado utilizando deja nuestra red?<br />
Si la farmacia que ha estado utilizando deja la red del plan, usted tendrá que buscar una nueva<br />
farmacia dentro de la red. Para encontrar otra farmacia participante en su área, puede llamar a<br />
Servicio al Cliente y pedir ayuda (los números telefónicos están impresos en la contraportada de<br />
este folleto) o puede utilizar su Directorio de Farmacias.<br />
¿Qué sucede si necesita una farmacia especializada?<br />
A veces, es necesario que se despachen medicamentos en una farmacia especializada. Las<br />
farmacias especializadas incluyen:<br />
Farmacias que suplen medicamentos para terapia de infusión en el hogar.<br />
Farmacias que suplen medicamentos para residentes de una facilidad de cuidado<br />
prolongado. Usualmente, una facilidad de cuidado prolongado (tal como un asilo de<br />
ancianos) tiene su propia farmacia. Los residentes pueden conseguir sus medicamentos a<br />
través de la farmacia de la facilidad, siempre y cuando sea parte de nuestra red. Si su<br />
farmacia de cuidado prolongado no está en nuestra red, comuníquese con Servicio al<br />
Cliente.<br />
Farmacias que despachan ciertos medicamentos con restricciones de la FDA a ciertos<br />
lugares, o que requieren manejo extraordinario, coordinación de un proveedor o la<br />
necesidad de instruirse antes de usarlos. (Nota: Este escenario debe ocurrir rara vez.)<br />
Para localizar una farmacia especializada, busque en su Directorio de Farmacias o llame a<br />
Servicio al Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada de este folleto).<br />
Sección 2.3 Utilizar el servicio de envío de medicamentos por correo del plan<br />
Para ciertas clases de medicamentos, usted puede utilizar el servicio de envío de medicamentos<br />
por correo de nuestra red. Generalmente, los medicamentos disponibles por correo son<br />
medicamentos que usted toma de manera regular, para condiciones médicas crónicas o de cuidado<br />
prolongado. Los medicamentos disponibles a través de los servicios de envío por correo de<br />
nuestro plan están marcados como “medicamentos por correo” (MO) en nuestra Lista de<br />
Medicamentos.<br />
Nuestro servicio de envío de medicamentos por correo requiere que usted ordene un<br />
abastecimiento de 90 días.<br />
¿Cómo ordeno mi primer abastecimiento?<br />
Cuando visite a su médico, muéstrele la tarjeta Aviso Importante para su Médico. Lea la<br />
tarjeta cuidadosamente para que se familiarice con las instrucciones que le proveemos a su<br />
médico.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 34<br />
Llene la Solicitud de Inscripción. Por favor, complete un formulario por cada persona que<br />
participe en el programa. Usted tendrá que completar este formulario solamente una vez,<br />
cuando se inscriba inicialmente al programa.<br />
Usted debe devolver la Solicitud de Inscripción, una fotocopia de su tarjeta de<br />
identificación de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) y una fotocopia de una<br />
identificación válida con foto (licencia de conducir, tarjeta electoral, entre otras) y la<br />
receta original. Por favor, envíela por correo inmediatamente. De esta manera el servicio<br />
no se interrumpirá.<br />
En el caso de un asegurado menor de 18 años, el padre, la madre o tutor legal deberá<br />
firmar la solicitud. Deberá acompañar la solicitud con una fotocopia de una identificación<br />
válida con foto (licencia de conducir, tarjeta electoral, etc.) del padre, la madre o tutor<br />
legal, una copia de la tarjeta de identificación del plan del menor y la receta original.<br />
Para obtener solicitudes para órdenes e información sobre cómo despachar su receta por correo,<br />
comuníquese con nuestra Farmacia de Envío por Correo al 1-866-881-6221, libre de cargos. Si<br />
usted utiliza un servicio envío de medicamentos por correo fuera de la red del plan, su receta no<br />
será cubierta.<br />
Por lo general, una orden de servicio de envío de medicamentos por correo se le enviará a más<br />
tardar en 10 días. Si usted envió su solicitud y no ha recibido su orden, usted puede:<br />
¿Cómo pago?<br />
Comunicarse con la Farmacia de Servicio de Envío por Correo para verificar el envío<br />
al 1-866-881-6221, libre de cargos. Farmacéuticos están disponibles de lunes a viernes<br />
desde las 7:30 a.m. a las 9:00 p.m. y sábados desde las 8:00 a.m. a las 5:00 p.m.<br />
La Solicitud de Inscripción le provee un área para que seleccione el método de pago que usted<br />
prefiera entre los siguientes:<br />
Tarjeta de crédito,<br />
Retiro automático de su cuenta bancaria.<br />
Los copagos o coaseguros o pago de medicamentos adicionales no cubiertos por el plan serán<br />
procesados previos al envío de la orden.<br />
¿Cómo ordeno mis repeticiones cuando estoy inscrito al programa de envío por correo?<br />
Por correo: Junto a su primer envío, usted recibirá un formulario para reordenar su<br />
medicamento. Cada formulario tiene la fecha para recordarle cuándo es el momento de<br />
reordenar.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 35<br />
Usted puede enviar su formulario de reorden tan pronto como usted lo reciba. Los<br />
farmacéuticos de MedVantx, Inc. sabrán la fecha exacta de en que deben despachar la<br />
repetición del medicamento. Usted debe enviar este formulario a la siguiente dirección:<br />
MedVantx, Inc., PO Box 5736, Sioux Falls, SD 57117.<br />
Por teléfono: Usted puede llamar al 1-866-881-6221, libre de cargos, y ordenar sus<br />
repeticiones a través del servicio automático de tele tecla o hablando con el personal de<br />
MedVantx, Inc. Las personas con impedimentos auditivos y/o del habla deben llamar al<br />
1-877-551-5521.<br />
Por Fax: Usted puede enviar su pedido por fax al 1-877-999-3679.<br />
Si el frasco de su receta indica que quedan “0” repeticiones o si su solicitud para repetir su<br />
receta indica que “su receta ha expirado” significa que usted debe comunicarse con su<br />
médico para que le dé una nueva receta para solicitar su próxima orden.<br />
Sección 2.4 ¿Cómo puedo obtener un suplido extendido de medicamentos?<br />
Cuando usted obtiene un abastecimiento extendido de medicamentos, sus desembolsos pueden ser<br />
más bajos. El plan le ofrece dos maneras de obtener un abastecimiento extendido de<br />
medicamentos de “mantenimiento” que están en nuestra Lista de Medicamentos. Los<br />
medicamentos de mantenimiento son medicamentos que usted toma con regularidad, para una<br />
condición crónica o por cuidado prolongado.<br />
1. Algunas farmacias al detal dentro de nuestra red le permiten obtener un abastecimiento<br />
extendido de medicamentos de mantenimiento. Algunas de estas farmacias al detal pueden<br />
acordar aceptar una cantidad más baja de copago/coaseguro por el abastecimiento<br />
extendido de medicamentos de mantenimiento. Otras farmacias al detal pueden no estar de<br />
acuerdo con aceptar una cantidad más baja de copago/coaseguro por un abastecimiento<br />
extendido de medicamentos de mantenimiento. En este caso, usted será responsable por la<br />
diferencia en precio. Su Directorio de Farmacias le indica cuáles farmacias participantes<br />
pueden despacharle un abastecimiento extendido de medicamentos de mantenimiento.<br />
También puede llamar a Servicio al Cliente para obtener más información (los números<br />
telefónicos están impresos en la contraportada de este folleto).<br />
2. Para ciertos tipos de medicamentos, usted puede utilizar los servicios de envío de<br />
medicamentos por correo del plan. Los medicamentos que están disponibles por el<br />
servicio de envío por correo están marcados como medicamentos de envío por correo<br />
(MO) en nuestra Lista de Medicamentos. El servicio de envío de medicamentos por correo<br />
de nuestro plan requiere que usted ordene un abastecimiento del medicamento de 90 días.<br />
Refiérase a la Sección 2.3 para obtener más información sobre cómo utilizar nuestro<br />
servicio de envío de medicamentos por correo.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 36<br />
Sección 2.5 ¿Cuándo puede utilizar una farmacia que no esté en la red del plan?<br />
Su receta podría cubrirse en ciertas situaciones<br />
Nosotros tenemos farmacias participantes fuera de nuestra área de servicios (Estados Unidos)<br />
donde usted podría obtener el despacho de sus medicamentos como asegurado de nuestro plan.<br />
Generalmente, cubrimos los medicamentos que se despachan en una farmacia no participante<br />
solamente cuando usted no puede usar una farmacia participante. A continuación están las<br />
circunstancias cuando podemos cubrir las recetas despachadas en una farmacia no participante:<br />
Si se le termina un medicamento cubierto de la Parte D o usted se enferma y necesita<br />
un medicamento cubierto de la Parte D y no puede acceder una farmacia participante<br />
mientras se encuentre viajando fuera del área de servicio del plan (Estados Unidos).<br />
Si usted no puede obtener un medicamento cubierto de la Parte D de manera<br />
oportuna porque no hay farmacia participante dentro de una distancia prudente en<br />
automóvil.<br />
Si usted está tratando que se le despache un medicamento recetado (medicamentos<br />
únicos o especializados) que no se encuentra almacenado en una farmacia<br />
participante o farmacia de envío por correo que esté accesible a usted.<br />
Cuando se le provee un medicamento cubierto por la Parte D que es despachado por<br />
una farmacia de una institución fuera de la red mientras usted está en una sala de<br />
emergencia, clínica de un proveedor, centro de cirugía ambulatoria u otro centro<br />
ambulatorio.<br />
En estas situaciones, por favor verifique primeramente con Servicio al Cliente para ver si<br />
existe una farmacia participante cerca de usted.<br />
¿Cómo solicita un reembolso del plan?<br />
Si se ve obligado a utilizar una farmacia no participante, usted generalmente tendrá que pagar el<br />
costo completo (en vez de sólo pagar la parte del costo que le corresponde a usted) al<br />
despachársele su medicamento. Puede luego solicitar que le reembolsemos por nuestra porción del<br />
costo. (El Capítulo 5, Sección 2.1 explica cómo solicitarle un reembolso al plan.)
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 37<br />
SECCIÓN 3 Sus medicamentos deben estar en nuestra “Lista de<br />
Medicamentos”<br />
Sección 3.1 La “Lista de Medicamentos” le indica qué medicamentos de la Parte D<br />
están cubiertos<br />
El plan tiene una “Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario)”. En esta Evidencia de<br />
Cubierta, le llamaremos “Lista de Medicamentos” de forma corta.<br />
Los medicamentos en esta lista son seleccionados por el plan con la ayuda de un equipo de<br />
médicos y farmacéuticos. La lista debe cumplir con los requisitos establecidos por <strong>Medicare</strong>.<br />
<strong>Medicare</strong> ha aprobado la Lista de Medicamentos del plan.<br />
Los medicamentos que se encuentran en la Lista de Medicamentos son solamente los cubiertos<br />
bajo la Parte D de <strong>Medicare</strong> (anteriormente en este capítulo, la Sección 1.1 le explica sobre los<br />
medicamentos de la Parte D).<br />
Por lo general, cubrimos un medicamento que se encuentra en la Lista de Medicamentos siempre<br />
y cuando usted siga las otras reglas de cubierta explicadas en este capítulo y el uso del<br />
medicamento sea una indicación médicamente aceptada. Una “indicación médicamente aceptada”<br />
significa que el uso del medicamento es:<br />
aprobado por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés). (Esto<br />
significa que la FDA ha aprobado el medicamento para tratar el diagnóstico o condición para<br />
el cual está siendo recetado.)<br />
-- o -- respaldado por ciertos libros de referencia. (Estos libros de referencia son el American<br />
Hospital Formulary Service Drug Information, el Sistema de Información DRUGDEX y el<br />
United States Pharmacopoeia Dispensing Information (USPDI) o su sucesor.)<br />
La Lista de Medicamentos incluye tanto medicamentos de marca como genéricos<br />
Un medicamento genérico es un medicamento recetado que contiene los mismos ingredientes<br />
activos que el medicamento de marca. Por lo general, trabaja igual de bien que el medicamento de<br />
marca, pero usualmente cuesta menos. Existen medicamentos genéricos disponibles que<br />
sustituyen muchos de los medicamentos de marca.<br />
¿Qué no se encuentra en la Lista de Medicamentos?<br />
El plan no cubre todos los medicamentos.<br />
En algunos casos, la ley no permite que ningún plan de <strong>Medicare</strong> cubra ciertos tipos de<br />
medicamentos (para obtener más información sobre este asunto, vea la Sección 7.1 de este<br />
capítulo).
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 38<br />
En otros casos, hemos decidido no incluir un medicamento particular en nuestra Lista de<br />
Medicamentos.<br />
Sección 3.2 Existen cuatro (4) niveles de copago/coaseguro para los medicamentos<br />
en nuestra Lista de Medicamentos<br />
Todo medicamento en la Lista de Medicamentos del plan está en uno de cuatro (4) niveles de<br />
copago/coaseguro. Por lo general, entre más alto el nivel de copago/coaseguro, más alto será su<br />
costo por el medicamento:<br />
El Nivel 1 incluye medicamentos genéricos; este es el nivel más bajo<br />
El Nivel 2 incluye medicamentos de marca preferidos (tanto medicamentos genéricos como<br />
medicamentos preferidos de marca)<br />
El Nivel 3 incluye medicamentos de marca no-preferidos (tanto medicamentos genéricos<br />
como medicamentos no-preferidos de marca)<br />
El Nivel 4 incluye medicamentos especializados (tanto medicamentos genéricos como<br />
medicamentos de marca); este es el nivel más alto.<br />
Para determinar en qué nivel se encuentra su medicamento, búsquelo en la Lista de Medicamentos<br />
del plan.<br />
La cantidad que usted paga por sus medicamentos en cada nivel se encuentra en el Capítulo 4 (Lo<br />
que usted paga por los medicamentos de la Parte D).<br />
Sección 3.3 ¿Cómo puede saber si un medicamento en específico se encuentra en la<br />
Lista de Medicamentos?<br />
Existen tres maneras de buscar:<br />
1. Coteje la Lista de Medicamentos más reciente que le hemos enviado por correo.<br />
2. Visite el portal en la Internet del plan (www.ssspr.com). La Lista de Medicamentos que se<br />
encuentra en la Internet es siempre la más actualizada.<br />
3. Llame a Servicio al Cliente para preguntar si un medicamento en particular se encuentra en la<br />
Lista de Medicamentos del plan o solicite una copia de la lista. (Los números telefónicos de<br />
Servicio al Cliente están impresos en la contraportada de este folleto.)
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 39<br />
SECCIÓN 4 Existen restricciones de cubierta para algunos medicamentos<br />
Sección 4.1 ¿Por qué algunos medicamentos tienen restricciones?<br />
Para ciertos medicamentos, existen reglas especiales que restringen cómo y cuándo un plan puede<br />
cubrirlas. Un equipo de médicos y farmacéuticos desarrollaron estas normas para ayudar a que<br />
nuestros asegurados utilicen estos medicamentos de la manera más efectiva. Estas reglas<br />
especiales también ayudan a controlar los costos totales de medicamentos, lo cual mantiene su<br />
cubierta de farmacia menos costosa.<br />
En general, nuestras reglas le animan a que busque un medicamento que sea efectivo para su<br />
condición médica y que sea seguro. Cada vez que un medicamento seguro y de menor costo<br />
funciona con igual efectividad que un medicamento de costo más alto las reglas del plan están<br />
diseñadas para animarlo a usted y a su médico o al profesional que receta a que utilicen la opción<br />
de menor costo. También necesitamos cumplir con las reglas y reglamentos de <strong>Medicare</strong> para la<br />
cubierta de farmacia y los copagos y coaseguros.<br />
Si existe una restricción para su medicamento, por lo general, esto significa que usted o su<br />
proveedor tendrá que tomar medidas adicionales para que nosotros cubramos el<br />
medicamento. Si usted quiere que obviemos dicha restricción, usted tendrá que utilizar el proceso<br />
formal de apelaciones y solicitarnos una excepción. Nosotros podemos o no aceptar obviar dicha<br />
restricción. (Refiérase al Capítulo 7, Sección 5.2 para obtener más información sobre cómo<br />
solicitar una excepción.)<br />
Sección 4.2 ¿Qué tipos de restricciones?<br />
Nuestro plan utiliza diferentes tipos de restricciones para ayudar a que nuestros asegurados utilicen<br />
los medicamentos de la manera más efectiva. Las siguientes secciones le ofrecen más información<br />
sobre los tipos de restricciones que utilizamos para ciertos medicamentos.<br />
Obtener aprobación del plan por adelantado<br />
Para ciertos medicamentos, usted, o su proveedor, necesita obtener la aprobación del plan antes de<br />
que acordemos cubrir los medicamentos para usted. Esto se llama "precertificación”. A veces, el<br />
requisito de obtener aprobación previa contribuye a promover el uso adecuado de ciertos<br />
medicamentos. Si usted no recibe esta aprobación, puede que el plan no cubra su medicamento.<br />
Probar un medicamento diferente primero<br />
Este requisito promueve que usted pruebe medicamentos menos costosos pero igual de efectivos<br />
antes de que el plan cubra otro medicamento. Por ejemplo, si el medicamento A y el medicamento<br />
B tratan la misma condición médica, el plan puede requerirle que usted pruebe primero el<br />
medicamento A. Si el medicamento A no funciona para usted, entonces el plan cubrirá el
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 40<br />
medicamento B. Este requisito de probar un medicamento diferente primero se llama "Terapia<br />
Escalonada".<br />
Límites de cantidad<br />
Para ciertos medicamentos, limitamos la cantidad del medicamento que usted puede obtener. Por<br />
ejemplo, el plan podría limitar cuántas repeticiones usted puede obtener, o cuánta cantidad de un<br />
medicamento usted puede obtener cada vez que le sea despachada su receta. Por ejemplo, si<br />
normalmente se considera seguro tomar sólo una píldora al día para un medicamento determinado,<br />
podemos limitar la cubierta de su receta a no más de una píldora por día.<br />
Sección 4.3 ¿Aplica alguna de estas restricciones a sus medicamentos?<br />
La Lista de Medicamentos del plan incluye información sobre las restricciones descritas arriba.<br />
Para determinar si alguna de estas restricciones aplica a algún medicamento que usted está<br />
tomando o desea tomar, verifique la Lista de Medicamentos. Para la información más actualizada,<br />
llame a Servicio al Cliente (los números de teléfono esta impresos en la contraportada de este<br />
folleto) o visite nuestro portal de Internet en www.ssspr.com.<br />
Si existe una restricción para su medicamento, por lo general, esto significa que usted o su<br />
proveedor tendrá que tomar medidas adicionales para que nosotros cubramos el<br />
medicamento. Si existe alguna restricción en el medicamento que usted desea tomar, usted debe<br />
contactar a Servicio al Cliente para saber lo que usted o su proveedor necesita hacer para obtener<br />
la cubierta del medicamento. Si usted quiere que obviemos dicha restricción, usted tendrá que<br />
utilizar el proceso formal de apelaciones y solicitarnos una excepción. Nosotros podemos o no<br />
aceptar eliminarle dicha restricción. (Refiérase al Capítulo 9, Sección 5.2 para obtener más<br />
información sobre cómo solicitar una excepción.)<br />
SECCIÓN 5 ¿Qué sucede si uno de sus medicamentos no está cubierto de<br />
la manera en que a usted le gustaría que estuviese cubierto?<br />
Sección 5.1 Hay cosas que puede hacer si su medicamento no está cubierto de la<br />
manera en que a usted le gustaría que estuviese cubierto<br />
Supongamos que hay un medicamento que usted está tomando o uno que usted y su proveedor<br />
piensa debería estar tomando. Nosotros esperamos que su cubierta le funcione bien, pero es<br />
posible que usted pueda tener algún problema. Por ejemplo:
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 41<br />
¿Qué sucede si el medicamento que usted desea tomar no está cubierto por el plan?<br />
Por ejemplo, el medicamento podría no estar cubierto en lo absoluto. O quizás una versión<br />
genérica del medicamento está cubierta, pero la versión de marca que usted desea tomar no<br />
está cubierta.<br />
¿Qué sucede si el medicamento está cubierto, pero existen reglas o restricciones<br />
adicionales para cubrir ese medicamento? Como explicamos en la Sección 4, algunos<br />
de los medicamentos cubiertos por el plan tienen reglas adicionales que restringen su uso.<br />
Por ejemplo, se le puede requerir que pruebe un medicamento diferente primero para ver si<br />
el mismo funciona, antes de que el medicamento que usted desea tomar le sea cubierto. O<br />
puede que haya límites en la cantidad de un medicamento (número de píldoras, etc.) que<br />
cubrimos durante un periodo en particular. En algunos casos, usted deseará que obviemos<br />
la restricción. Por ejemplo, puede que usted quiera que cubramos cierto medicamento sin<br />
tener que tratar otros medicamentos primero. O, puede que usted quiera que cubramos una<br />
cantidad mayor del medicamento (número de píldoras, etc.) que lo que cubrimos<br />
usualmente.<br />
¿Qué sucede si el medicamento está cubierto, pero se encuentra en un nivel de<br />
copago/coaseguro que hace que su porción del costo sea más costosa de la que usted<br />
considera debe ser? El plan ubica cada medicamento cubierto en uno de cuatro diferentes<br />
niveles de copago/coaseguro. La cantidad que usted paga por su receta depende, en parte,<br />
del nivel de copago/coaseguro en que se encuentre su medicamento.<br />
Existen cosas que puede hacer si su medicamento no está cubierto de la manera que le gustaría<br />
que estuviese cubierto. Sus opciones dependen del tipo de problema que tenga:<br />
Si su medicamento no se encuentra en la Lista de Medicamentos o si su medicamento está<br />
restringido, vaya a la Sección 5.2 para enterarse qué puede hacer.<br />
Si su medicamento está en un nivel de copago/coaseguro que lo hace más costoso de lo que<br />
usted considera debe ser, vaya a la Sección 5.3 para enterarse qué puede hacer.<br />
Sección 5.2 ¿Qué puede hacer si su medicamento no está en la Lista de<br />
Medicamentos o si su medicamento está restringido de alguna manera?<br />
Si su medicamento no está en la Lista de Medicamentos o está restringido, hay varias cosas que<br />
puede hacer:<br />
Usted podría cambiar a otro medicamento.<br />
Usted podría solicitar una excepción y pedirle al plan que cubra el medicamento o que<br />
remueva las restricciones al medicamento.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 42<br />
Puede cambiar a otro medicamento<br />
Comience hablando con su proveedor. Quizás existe un medicamento diferente cubierto por el<br />
plan que pueda trabajar con igual efectividad en usted. Puede llamar a Servicio al Cliente y<br />
solicitar la lista de medicamentos cubiertos que se utilicen para tratar la misma condición médica.<br />
Esta lista puede ayudar a su proveedor a encontrar un medicamento cubierto que pueda<br />
funcionarle. (Los números telefónicos de Servicio al Cliente están impresos en la contraportada de<br />
este folleto.)<br />
Puede solicitar una excepción<br />
Usted y su proveedor pueden solicitar al plan que haga una excepción para usted y cubra el<br />
medicamento del modo en que a usted le gustaría que fuese cubierto. Si su proveedor indica que<br />
usted tiene razones médicas que justifican la solicitud de excepción, su proveedor puede ayudarle<br />
a solicitar una excepción a la regla. Por ejemplo, usted puede solicitar al plan que cubra el<br />
medicamento aún cuando no está en la Lista de Medicamentos del plan. O usted puede pedirle al<br />
plan que haga una excepción y que cubra el medicamento sin restricciones.<br />
Si usted es un asegurado y un medicamento que está tomando actualmente se eliminara del<br />
formulario o fuera restringido de alguna manera para el próximo año, le permitiremos solicitar una<br />
excepción con antelación para el próximo año. Le informaremos sobre cualquier cambio en la<br />
cubierta de su medicamento para el año siguiente. Usted entonces puede solicitarnos que<br />
hagamos una excepción y cubrir el medicamento en la forma en que a usted le gustaría que se<br />
cubriese en el año siguiente. Le daremos una respuesta a su solicitud de excepción antes de que el<br />
cambio entre en vigencia.<br />
Si usted y su proveedor quieren solicitar una excepción, el Capítulo 7, Sección 5.4 le indica qué<br />
debe hacer. Explica los procedimientos y fechas límites que han sido establecidas por <strong>Medicare</strong><br />
para asegurar que su solicitud se maneje pronta y justamente.<br />
Sección 5.3 ¿Qué puede hacer si su medicamento está en un nivel de<br />
copago/coaseguro que usted considera demasiado alto?<br />
Si su medicamento está en un nivel de copago/coaseguro que considera demasiado alto, puede<br />
hacer lo siguiente:<br />
Puede cambiar a otro medicamento<br />
Si su medicamento está en un nivel de copago/coaseguro que considera demasiado alto, comience<br />
por hablar con su proveedor. Quizás existe un medicamento diferente en un nivel de<br />
copago/coaseguro más bajo que pueda trabajar con igual efectividad en usted. Puede llamar a<br />
Servicio al Cliente y solicitar una lista de los medicamentos cubiertos que se utilizan para tratar su<br />
misma condición médica. Esta lista puede ayudar a su proveedor a identificar un medicamento<br />
que trabaje con igual efectividad en usted. (Los números telefónicos de Servicio al Cliente están<br />
impresos en la contraportada de este folleto.)
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 43<br />
Puede solicitar una excepción<br />
Para los medicamentos en el nivel 3, usted y su proveedor pueden solicitarle al plan una excepción<br />
al nivel de copago/coaseguro del medicamento de modo que usted pague menos por el<br />
medicamento. Si su proveedor indica que usted tiene una razón médica que justifica solicitarnos<br />
una excepción, su proveedor le puede ayudar a solicitar una excepción a la regla.<br />
Si usted y su proveedor desean solicitar una excepción, el Capítulo 7, Sección 5.4 le indica qué<br />
hacer. Esta sección le explica los procedimientos y fechas límites que han sido fijadas por<br />
<strong>Medicare</strong> para asegurar que su solicitud sea atendida pronta y justamente.<br />
Los medicamentos en algunos de nuestros niveles de copago/coaseguro no son elegibles para este<br />
tipo de excepción. Nosotros no bajaremos la cantidad de copago/coaseguro para los medicamentos<br />
en el nivel 4 de copago/coaseguro, Medicamentos Especializados.<br />
SECCIÓN 6 ¿Qué sucede si cambia la cubierta de uno de sus<br />
medicamentos?<br />
Sección 6.1 La Lista de Medicamentos puede cambiar durante el año<br />
La mayoría de los cambios en la cubierta de farmacia ocurren al principio de cada año (1 de<br />
enero). Sin embargo, durante el año, el plan puede realizar muchas clases de cambios a la Lista de<br />
Medicamentos. Por ejemplo, el plan puede:<br />
Añadir o remover medicamentos de la Lista de Medicamentos. Nuevos medicamentos<br />
entran al mercado y se hacen disponibles, incluidos nuevos medicamentos genéricos.<br />
Quizás, el gobierno haya dado su aprobación para un nuevo uso para un medicamento<br />
existente. A veces, se retira un medicamento y decidimos no cubrirlo. O podemos remover<br />
un medicamento de la lista que ha sido calificado como inefectivo.<br />
Mover un medicamento a un nivel de copago/coaseguro más alto o más bajo.<br />
Añadir o remover una restricción en la cubierta de un medicamento (para obtener más<br />
información sobre restricciones a la cubierta, refiérase a la Sección 4 de este capítulo).<br />
Reemplazar un medicamento de marca con uno genérico.<br />
En casi todos los casos, debemos obtener la aprobación de <strong>Medicare</strong> para los cambios que<br />
realicemos a la Lista de Medicamentos del plan.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 44<br />
Sección 6.2 ¿Qué ocurre si la cubierta cambia para un medicamento que usted está<br />
tomando actualmente?<br />
¿Cómo sabrá si ha cambiado la cubierta para un medicamento que está tomando?<br />
Si hay un cambio en la cubierta de un medicamento que está tomando, el plan le enviará una<br />
notificación para informárselo. Normalmente, le dejaremos saber con al menos 60 días de<br />
antelación.<br />
De vez en cuando, un medicamento puede ser retirado de repente del mercado porque se ha<br />
encontrado que no es seguro o por otras razones. Si esto ocurre, el plan removerá de inmediato el<br />
medicamento de la Lista de Medicamentos. Le dejaremos saber del cambio inmediatamente. Su<br />
proveedor también sabrá del cambio y podrá trabajar con usted para encontrar otro medicamento<br />
para su condición.<br />
¿Le afectan de inmediato los cambios a la cubierta de farmacia?<br />
Si cualquiera de los siguientes tipos de cambios afecta un medicamento que está tomando, el<br />
cambio no le afectará hasta el 1 de enero del próximo año si se queda en el plan:<br />
Si movemos un medicamento a un nivel de copago/coaseguro más alto.<br />
Si establecemos una nueva restricción en el uso de su medicamento.<br />
Si removemos su medicamento de la Lista de Medicamentos, pero no porque ha sido retirado<br />
de repente o porque un nuevo medicamento genérico lo ha reemplazado.<br />
Si cualquiera de estos cambios afecta a un medicamento que usted está tomando, entonces el<br />
cambio no afectará su uso o lo que paga por su parte del costo hasta el 1 de enero del próximo<br />
año. Hasta esa fecha, probablemente no vea aumento alguno en sus pagos o restricciones<br />
adicionales al uso de su medicamento. Sin embargo, el 1 de enero del próximo año, los cambios<br />
le afectarán a usted.<br />
En algunos casos, usted se verá afectado por el cambio en la cubierta antes del 1 de enero:<br />
Si se reemplaza un medicamento de marca que está tomando por un medicamento<br />
genérico, el plan debe notificarle con al menos 60 días de antelación o darle una repetición de<br />
60 días para su medicamento de marca en una farmacia participante.<br />
o Durante este período de 60 días, usted debe coordinar con su proveedor para que<br />
pueda cambiar al medicamento genérico o a otro medicamento diferente que<br />
cubramos.<br />
o O usted y su proveedor pueden solicitar al plan que haga una excepción y continúe<br />
cubriendo el medicamento de marca para usted. Para más información sobre cómo
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 45<br />
solicitar una excepción, vea el Capítulo 7 (Qué hacer si tiene algún problema o<br />
queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)).<br />
Una vez más, si un medicamento es retirado de repente porque se ha encontrado no seguro o<br />
por otras razones, el plan removerá inmediatamente el medicamento de la Lista de<br />
Medicamentos. Le dejaremos saber de este cambio de inmediato.<br />
o Su proveedor también sabrá sobre este cambio, y puede coordinar con usted para<br />
encontrar otro medicamento para su condición.<br />
SECCIÓN 7 ¿Qué tipos de medicamentos no están cubiertos por el plan?<br />
Sección 7.1 Tipos de medicamentos que nosotros no cubrimos<br />
Esta sección le informa sobre los tipos de medicamentos que están “excluidos”. Esto significa que<br />
<strong>Medicare</strong> no paga por estos medicamentos.<br />
Si obtiene medicamentos que están excluidos, usted tendrá que pagar por ellos. Nosotros no<br />
pagaremos por los medicamentos que estén incluidos en esta sección (a menos que nuestro plan<br />
cubra ciertos medicamentos excluidos a través de nuestra cubierta ampliada). La única excepción:<br />
Si después de una apelación se determina que un medicamento no está excluido de la Parte D y<br />
nosotros debimos haberlo pagado o cubierto debido a su situación específica. (Para obtener más<br />
información sobre el proceso de apelación cuando hemos decidido no cubrir un medicamento,<br />
refiérase al Capítulo 7, Sección 5.5 de este folleto).<br />
Aquí hay tres reglas generales sobre los medicamentos que los planes de farmacia de <strong>Medicare</strong> no<br />
cubren bajo la Parte D:<br />
La cubierta de farmacia de la Parte D de nuestro plan no puede cubrir un medicamento que<br />
esté cubierto por la Parte A o Parte B de <strong>Medicare</strong>.<br />
Nuestro plan no puede cubrir un medicamento comprado fuera de los Estados Unidos y sus<br />
territorios.<br />
Nuestro plan usualmente no puede cubrir el uso fuera de etiqueta. El “Uso Fuera de<br />
Etiqueta” es cualquier uso de un medicamento que no sea el indicado en la etiqueta del<br />
medicamento según aprobado por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA, por sus<br />
siglas en inglés).<br />
o Por lo general, la cubierta para el “uso fuera de etiqueta” es permitida solamente<br />
cuando el uso está sustentado por ciertos libros de referencia. Estos libros de<br />
referencia son el American Hospital Formulary Service Drug Information, el<br />
Sistema de Información DRUGDEX y el “USPDI” o su sucesor. Si el uso no está
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 46<br />
sustentado por alguno de estos libros de referencia, entonces nuestro plan no puede<br />
cubrir su “uso fuera de etiqueta.”<br />
Medicamentos nuevos en el mercado que no se consideran experimentales o en fase de<br />
investigación no están cubiertos hasta que el Comité de Farmacia y Terapéutica de Triple-<br />
S Salud los evalúe y recomiende su inclusión o exclusión de la cubierta.<br />
Además, por ley, estas categorías de medicamentos no están cubiertas por planes de farmacia de<br />
<strong>Medicare</strong>:<br />
Medicamentos sin leyenda federal (también conocidos como OTC, por sus siglas en<br />
inglés), excepto los que están incluidos en la Lista de Medicamentos<br />
Medicamentos que se utilizan para promover la fertilidad<br />
Medicamentos que se utilizan para el alivio de la tos o síntomas de catarro<br />
Medicamentos que se utilizan para propósitos cosméticos o para promover el crecimiento<br />
del cabello<br />
Vitaminas y productos minerales, excepto vitaminas prenatales y preparaciones de<br />
fluoruro<br />
Medicamentos cuando son usados para el tratamiento de la disfunción sexual o eréctil,<br />
tales como Viagra, Cialis, Levitra y Caverject<br />
Medicamentos que se utilizan para el tratamiento de la anorexia, pérdida de peso o<br />
aumento de peso<br />
Medicamentos ambulatorios para los cuales el manufacturero pretende requerir que se le<br />
compren exclusivamente al fabricante las pruebas correspondientes o servicios de<br />
supervisión como una condición para la venta<br />
Barbitúricos, excepto cuando se utilicen para tratar la epilepsia, el cáncer o un desorden de<br />
salud mental crónico<br />
Nosotros ofrecemos cubierta adicional para algunos medicamentos que normalmente no están<br />
cubiertos en un Plan de Farmacia de <strong>Medicare</strong> (cubierta ampliada). El plan cubre medicamentos<br />
sin leyenda federal (OTC, por sus siglas en inglés) como parte de su programa de manejo de<br />
utilización para el cual no hay un límite en la cubierta. La cantidad que usted paga cuando le<br />
despachen su receta para estos medicamentos no se toma en consideración para calificarle para la<br />
Etapa de Cubierta Catastrófica. (La Etapa de Cubierta Catastrófica se describe en el Capítulo 4,<br />
Sección 7 de este folleto.)
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 47<br />
Además, si usted está recibiendo Ayuda Adicional de <strong>Medicare</strong> para pagar por sus<br />
medicamentos, el programa de Ayuda Adicional no pagará por los medicamentos no cubiertos<br />
normalmente. (Refiérase a su formulario o llame a Servicio al Cliente para obtener más<br />
información. Los números telefónicos de Servicio al Cliente están impresos en la contraportada<br />
de este folleto.) Sin embargo, si usted tiene cubierta de farmacia a través de Medicaid, su<br />
programa estatal de Medicaid puede que le cubra algunos medicamentos que, por lo general, un<br />
plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> no cubre. Comuníquese a su programa estatal de Medicaid para<br />
determinar qué tipo de cubierta de farmacia está disponible para usted. (Usted puede encontrar los<br />
números de teléfono e información de contacto para Medicaid en el Capítulo 2, Sección 6.)<br />
SECCIÓN 8 Presente su tarjeta de asegurado cuando se le despache una<br />
receta<br />
Sección 8.1 Presente su tarjeta de asegurado<br />
Para que se pueda despachar su receta, presente su tarjeta de asegurado del plan en la farmacia<br />
participante que seleccionó. Cuando usted presenta su tarjeta de asegurado del plan, la farmacia<br />
participante facturará automáticamente al plan por nuestra porción del costo de su medicamento<br />
cubierto. Usted tendrá que pagar a la farmacia por su porción del costo cuando recoja sus<br />
medicamentos.<br />
Sección 8.2 ¿Qué sucede si no tiene su tarjeta de asegurado con usted?<br />
Si no tiene su tarjeta de asegurado con usted cuando va a obtener el despacho de su receta, pídale<br />
a la farmacia que llame al plan para obtener la información necesaria.<br />
Si la farmacia no puede conseguir la información necesaria, usted podría tener que pagar el<br />
costo total por la receta al momento de recogerla. (Luego puede solicitar que le reembolsemos<br />
por nuestra porción. Vea el Capítulo 5, Sección 2.1 para información sobre cómo solicitar al plan<br />
un reembolso.)<br />
SECCIÓN 9 Cubierta de farmacia de la Parte D en situaciones especiales<br />
Sección 9.1 ¿Qué sucede si está en un hospital o facilidad de enfermería diestra por<br />
una estadía cubierta por <strong>Medicare</strong> Original?<br />
Si es admitido a un hospital por una estadía cubierta por el plan Original de <strong>Medicare</strong>, la Parte A<br />
por lo general cubrirá el costo por sus medicamentos durante su estadía. Una vez sea dado de alta,<br />
nuestro plan cubrirá sus medicamentos siempre y cuando los mismos cumplan con todas las reglas<br />
de cubierta. Vea las partes anteriores de este capítulo que le hablan sobre las reglas para obtener<br />
cubierta de farmacia.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 48<br />
Si es admitido a una facilidad de enfermería diestra para una estadía cubierta por el plan<br />
Original de <strong>Medicare</strong>, la Parte A de <strong>Medicare</strong> por lo general cubrirá sus medicamentos durante<br />
toda o parte de su estadía. Si todavía está en una facilidad de enfermería diestra, y la Parte A ya no<br />
está cubriendo sus medicamentos, nuestro plan cubrirá sus medicamentos siempre y cuando los<br />
mismos cumplan con todas nuestras reglas de cubierta. Vea las secciones anteriores de este<br />
capítulo que hablan sobre las reglas para obtener cubierta de farmacia.<br />
Por favor note: Cuando usted entra, vive en, o deja una facilidad de enfermería diestra, usted<br />
tiene derecho a un período de suscripción especial. Durante este período, usted puede cambiar de<br />
planes o cambiar su cubierta en cualquier momento. (El Capítulo 8, Cancelando su suscripción al<br />
plan, le indica cómo puede dejar nuestro plan y unirse a un plan de salud de <strong>Medicare</strong> diferente).<br />
Sección 9.2 ¿Qué sucede si es residente de una facilidad de cuidado prolongado?<br />
Usualmente, una facilidad de cuidado prolongado (como un asilo de ancianos) tiene su propia<br />
farmacia o una farmacia que le suple los medicamentos a todos sus residentes. Si usted es<br />
residente en una facilidad de cuidado prolongado, usted puede obtener sus medicamentos a través<br />
de la farmacia de la facilidad siempre y cuando sea parte de nuestra red de farmacias.<br />
Coteje su Directorio de Farmacias para determinar si la farmacia de su facilidad de cuidado<br />
prolongado forma parte de nuestra red. Si no lo es, o si usted necesita más información,<br />
comuníquese con Servicio al Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada<br />
de este folleto).<br />
¿Qué sucede si usted es residente de una facilidad de cuidado prolongado y se convierte en<br />
nuevo asegurado del plan?<br />
Si usted necesita un medicamento que no está en nuestra Lista de Medicamentos o está restringido<br />
de alguna manera, nuestro plan cubrirá un suplido temporero de su medicamento durante los<br />
primeros 90 días de su suscripción. El primer suplido será por un máximo de 31 días, o menos si<br />
su receta está hecha por menos días. Si fuese necesario, nosotros cubriremos suplidos adicionales<br />
durante los primeros 90 días de su suscripción al plan.<br />
Si usted ha sido un asegurado del plan por más de 90 días y necesita un medicamento que no está<br />
en nuestra Lista de Medicamentos o si el plan tiene alguna restricción en la cubierta del<br />
medicamento, nosotros cubriremos un sólo abastecimiento de 31 días, o menos si la receta está<br />
hecha por menos días.<br />
Durante el tiempo que usted esté recibiendo un suplido temporero de medicamentos, usted debe<br />
hablar con su médico para decidir qué hacer cuando su suplido temporero se agote. Quizás existe<br />
un medicamento diferente cubierto por el plan que pueda trabajar con igual efectividad en usted.<br />
O usted y su médico pueden solicitar al plan que haga una excepción para usted y cubra su<br />
medicamento de la manera que a usted le gustaría que se cubriese. Si usted y su médico desean<br />
solicitar una excepción, el Capítulo 7, Sección 5.4 le indica qué hacer.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 49<br />
Sección 9.3 ¿Qué sucede si usted está tomando medicamentos cubiertos por el plan<br />
Original de <strong>Medicare</strong>?<br />
Su suscripción en Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) no afecta su cubierta para medicamentos<br />
cubiertos bajo la Parte A o Parte B de <strong>Medicare</strong>. Si usted cumple con todos los requisitos de<br />
cubierta de <strong>Medicare</strong>, su medicamento seguirá siendo cubierto bajo la Parte A o Parte B de<br />
<strong>Medicare</strong>, a pesar de que está suscrito a este plan. Además, si su medicamento es cubierto por la<br />
Parte A o Parte B de <strong>Medicare</strong>, nuestro plan no puede cubrirlo, aún si usted decide no<br />
suscribirse a la Parte A o Parte B.<br />
Algunos medicamentos pueden ser cubiertos bajo la Parte B de <strong>Medicare</strong> en algunas situaciones<br />
y a través de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) en otras situaciones. Pero los medicamentos nunca<br />
están cubiertos por la Parte B y nuestro plan a la misma vez. Por lo general, su farmacéutico o<br />
proveedor determinará si facturará a <strong>Medicare</strong> Parte B o a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) por<br />
el medicamento.<br />
Sección 9.4 ¿Qué sucede si tiene una póliza de Medigap (Seguro Complementario<br />
de <strong>Medicare</strong>) con cubierta de farmacia?<br />
Si en la actualidad usted posee una póliza de Medigap que incluye cubierta para medicamentos,<br />
debe comunicarse con la compañía que le provee Medigap e informarle que usted se ha suscrito<br />
a nuestro plan. Si decide quedarse con su póliza actual de Medigap, la compañía que le provee<br />
Medigap removerá la cubierta de farmacia de su póliza de Medigap y bajará su prima.<br />
Cada año, su compañía de seguro Medigap debe enviarle una notificación que le indica si su<br />
cubierta de farmacia es “acreditable,” y las opciones que tiene para cubierta de farmacia. (Si la<br />
cubierta de la póliza de Medigap es “acreditable,” significa que se espera que la cubierta pague,<br />
en promedio, por lo menos tanto como la cubierta de farmacia estándar de <strong>Medicare</strong>). La<br />
notificación también le explicará cuánto bajará su prima si remueve la cubierta de farmacia de<br />
su póliza de Medigap. Si no recibió está notificación, o si no la puede encontrar, comuníquese<br />
con su compañía de seguro <strong>Medicare</strong> y solicite una copia.<br />
Sección 9.5 ¿Qué sucede si usted también está recibiendo una cubierta de farmacia<br />
a través de su patrono o plan grupal de pensionados?<br />
¿Tiene al momento otra cubierta de farmacia a través de su patrono o plan grupal de pensionados<br />
(o de su cónyuge)? De tenerla, comuníquese con el administrador de beneficios de ese grupo.<br />
Él o ella le puede ayudar a determinar cómo su actual cubierta de farmacia trabajará con nuestro<br />
plan.<br />
En general, si usted, al momento, está empleado, la cubierta de farmacia que recibe de nosotros<br />
será secundaria a su cubierta patronal o grupal de pensionados. Esto significa que su cubierta<br />
grupal pagará primero.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 50<br />
Una nota especial sobre ‘cubierta acreditable’:<br />
Cada año su patrono o plan grupal de pensionados debe enviarle a usted una notificación que le<br />
indique si su cubierta de farmacia será “acreditable” para el próximo año calendario y las<br />
opciones que tiene de cubierta de farmacia.<br />
Si su cubierta de plan grupal es “acreditable,” esto significa que se espera que la cubierta de<br />
medicamentos del plan pague, en promedio, al menos tanto como la cubierta de farmacia<br />
estándar de <strong>Medicare</strong>.<br />
Guarde estas notificaciones sobre la cubierta acreditable, porque las puede necesitar luego.<br />
Si usted se suscribe en un plan <strong>Medicare</strong> que incluye la cubierta de farmacia de la Parte D, usted<br />
podría necesitar estas notificaciones para demostrar que ha mantenido una cubierta acreditable.<br />
Si no recibió una notificación sobre su cubierta acreditable de su patrono o plan grupal de<br />
pensionados, puede obtener una copia del administrador de beneficios de su plan patronal o del<br />
plan grupal o del patrono o unión.<br />
SECCIÓN 10 Programas sobre la seguridad y el manejo de medicamentos<br />
Sección 10.1 Programas que ayudan a los asegurados a utilizar los medicamentos de<br />
manera segura<br />
Nosotros llevamos a cabo revisiones sobre el uso de medicamentos para asegurarnos que nuestros<br />
asegurados estén recibiendo un cuidado seguro y apropiado. Estas revisiones son especialmente<br />
importantes para los asegurados que tienen más de un proveedor que le receta medicamentos.<br />
Nosotros realizamos una revisión cada vez que se le despacha una receta. También revisamos<br />
nuestros archivos con regularidad. Durante estas revisiones, buscamos posibles problemas tales<br />
como:<br />
Posibles errores de medicación.<br />
Medicamentos que pueden no ser necesarios porque ya está tomando otro medicamento<br />
para tratar la misma condición médica.<br />
Medicamentos que pueden no ser seguros o apropiados debido a su edad o género.<br />
Ciertas combinaciones de medicamentos que le pueden causar daño si las toma a la misma<br />
vez.<br />
Recetas para medicamentos que contienen ingredientes a los que es alérgico.<br />
Posibles errores en la cantidad (dosis) del medicamento que está tomando.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 3: Utilizando la cubierta del plan para sus medicamentos de la Parte D 51<br />
Si nos percatamos de un posible problema en el uso de sus medicamentos, nosotros trabajaremos<br />
con su médico para corregir el problema.<br />
Sección 10.2 Programas que ayudan a los asegurados a manejar sus medicamentos<br />
Tenemos programas que pueden ayudar a nuestros asegurados con situaciones especiales. Por<br />
ejemplo, algunos asegurados tienen varias condiciones médicas complejas o pueden necesitar<br />
tomar muchos medicamentos a la misma vez, o pueden tener altos costos por sus medicamentos.<br />
Estos programas son voluntarios y libre de costo para nuestros asegurados. Un equipo de<br />
farmacéuticos y médicos desarrollaron estos programas para nosotros. Los programas pueden<br />
ayudar a asegurar que nuestros asegurados están utilizando los medicamentos que mejor trabajan<br />
para tratar sus condiciones médicas, y nos ayuda a identificar posibles errores de medicación.<br />
Si tenemos un programa que satisface sus necesidades, le matricularemos automáticamente en el<br />
programa y le enviaremos información. Si usted decide no participar, por favor déjenos saber y le<br />
retiraremos su participación del programa. Si tiene preguntas sobre estos programas, comuníquese<br />
con Servicio al Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada de este<br />
folleto).
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 52<br />
Capítulo 4. Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D<br />
SECCIÓN 1 Introducción .......................................................................................................54<br />
Sección 1.1 Utilice este capítulo junto a otros materiales que le explican su<br />
cubierta de farmacia .........................................................................................54<br />
SECCIÓN 2 Lo que usted paga por un medicamento depende de la "etapa de<br />
pago por medicamento" en que usted se encuentra cuando<br />
obtiene el medicamento .....................................................................................55<br />
Sección 2.1 ¿Cuáles son las etapas de pago por medicamentos para los<br />
asegurados de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)?.............................................55<br />
SECCIÓN 3 Nosotros le enviamos informes que explican sus pagos por<br />
medicamentos y la etapa en la que usted se encuentra ..................................56<br />
Sección 3.1 Nosotros le enviamos un informe mensual conocido como la<br />
“Explicación de Beneficios” (EOB, por sus siglas en inglés) .........................56<br />
Sección 3.2 Ayúdenos a mantener nuestra información sobre sus pagos por<br />
medicamentos al día .........................................................................................56<br />
SECCIÓN 4 Durante la Etapa de Cubierta Inicial, el plan paga una porción<br />
del costo de sus medicamentos y usted paga su porción ................................57<br />
Sección 4.1 Lo que usted paga por un medicamento depende del medicamento<br />
y dónde usted obtiene su receta .......................................................................57<br />
Sección 4.2 Una tabla que muestra sus costos por un abastecimiento de un mes<br />
(30 días) de un medicamento ...........................................................................58<br />
Sección 4.3 Una tabla que muestra sus costos por un suplido extendido de<br />
medicamentos (90 días) ...................................................................................61<br />
Sección 4.4 Usted se mantiene en la Etapa de Cubierta Inicial hasta que sus<br />
costos totales por medicamentos en el año alcancen $2,970.00 ......................62<br />
SECCIÓN 5 Durante la Etapa de Cubierta en la Brecha, usted puede recibir<br />
un descuento en medicamentos de marca y pagar sólo 79% del<br />
costo de medicamentos genéricos, o el plan provee una cubierta<br />
limitada ...............................................................................................................63<br />
Sección 5.1 Usted se mantiene en la Etapa de Cubierta en la Brecha hasta que<br />
sus desembolsos alcancen $4,750.00 ...............................................................63
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 53<br />
Sección 5.2 Cómo <strong>Medicare</strong> calcula sus desembolsos por sus medicamentos ...................64<br />
SECCIÓN 6 Durante la Etapa de Cubierta Catastrófica, el plan paga por la<br />
mayoría de los costos de sus medicamentos ....................................................67<br />
Sección 6.1 Una vez usted se encuentra en la Etapa de Cubierta Catastrófica,<br />
usted se mantendrá en esta etapa durante el resto del año ...............................67<br />
SECCIÓN 7 Lo que usted paga por las vacunas cubiertas por la parte D<br />
depende de cómo y dónde usted las obtiene ....................................................67<br />
Sección 7.1 Nuestro plan tiene una cubierta por separado para las vacunas de<br />
la parte D en sí y para el costo de administrarlas .............................................67<br />
Sección 7.2 Le recomendamos que llame a Servicio al Cliente antes de obtener<br />
su vacuna ..........................................................................................................69<br />
SECCIÓN 8 ¿Tiene que pagar la penalidad por suscripción tardía de la Parte<br />
D? ........................................................................................................................70<br />
Sección 8.1 ¿Qué es la “penalidad por suscripción tardía” de la Parte D? ..........................70<br />
Sección 8.2 ¿Cuánto es la penalidad por suscripción tardía a la Parte D? ..........................70<br />
Sección 8.3 En algunas situaciones, usted puede suscribirse tarde sin tener que<br />
pagar la penalidad ............................................................................................71<br />
Sección 8.4 ¿Qué puede hacer si está en desacuerdo con su penalidad de<br />
suscripción tardía? ...........................................................................................72<br />
SECCIÓN 9 ¿Tiene usted que pagar una cantidad adicional por la Parte D<br />
debido a sus ingresos? .......................................................................................72<br />
Sección 9.1 ¿Quién paga una cantidad adicional por la Parte D debido a sus<br />
ingresos? ..........................................................................................................72<br />
Sección 9.2 ¿Cuánto es la cantidad adicional de la Parte D? ..............................................73<br />
Sección 9.3 ¿Qué puede hacer si no está de acuerdo con pagar una cantidad<br />
adicional por la Parte D? ..................................................................................74<br />
Sección 9.4 ¿Qué sucede si usted no paga la cantidad adicional por la Parte D? ...............74
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 54<br />
?<br />
¿Sabía usted que existen programas que le ayudan a pagar por sus<br />
medicamentos?<br />
Existen programas que ayudan a las personas con recursos limitados a pagar<br />
por sus medicamentos. Estos incluyen el programa de “Ayuda Adicional” y el<br />
Programa Estatal de Asistencia Farmacéutica. Para obtener más información,<br />
refiérase al Capítulo 2, Sección 7<br />
SECCIÓN 1 Introducción<br />
Sección 1.1 Utilice este capítulo junto a otros materiales que le explican su<br />
cubierta de farmacia<br />
Este capítulo se enfoca en lo que usted paga por sus medicamentos de la Parte D. Para mantener<br />
las cosas simples, utilizamos la palabra “medicamento” en este capítulo para referirnos a todo<br />
medicamento de la Parte D. Como explicamos en el Capítulo 3, no todos los medicamentos son<br />
medicamentos de la Parte D –algunos medicamentos están cubiertos por la Parte A o la Parte B<br />
de <strong>Medicare</strong> y otros están excluidos por ley de la cubierta de <strong>Medicare</strong>.<br />
Para entender la información de pago que le ofrecemos en este capítulo, necesita conocer lo<br />
básico sobre los medicamentos que son cubiertos, dónde obtener el despacho de sus recetas y qué<br />
reglas debe seguir cuando obtiene sus medicamentos cubiertos. Los siguientes recursos le<br />
explican esta información básica:<br />
La Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario) del plan. Para ser breves, le<br />
llamamos “Lista de Medicamentos.”<br />
o Esta Lista de Medicamentos le dice qué medicamentos están cubiertos para usted.<br />
o También le dice en cuál de los cuatro (4) “niveles de copago/coaseguro” se<br />
encuenta el medicamento y si existe alguna restricción en su cubierta para el<br />
medicamento.<br />
o Si necesita una copia de la Lista de Medicamentos, llame a Servicio al Cliente<br />
(los números telefónicos están impresos en la contraportada de este folleto).<br />
También puede encontrar la Lista de Medicamentos en nuestro portal en la<br />
Internet en www.ssspr.com. La Lista de Medicamentos que se encuentra en<br />
nuestro portal en Internet es siempre la más actualizada.<br />
Capítulo 3 de este folleto. El Capítulo 3 le da detalles sobre su cubierta de farmacia,<br />
incluidas las reglas que usted necesita seguir cuando obtiene un medicamento cubierto. El<br />
Capítulo 3 también le dice qué tipos de medicamentos no están cubiertos por nuestro<br />
plan.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 55<br />
El Directorio de Farmacias del plan. En la mayoría de las situaciones, usted debe<br />
utilizar una farmacia participante para obtener sus medicamentos cubiertos (refiérase al<br />
Capítulo 3 para los detalles). El Directorio de Farmacias tiene una lista de las farmacias<br />
de la red del plan. También le indica qué farmacias de nuestra red pueden proveerle un<br />
abastecimiento extendido de un medicamento (tal como obtener un abastecimiento para<br />
tres meses).<br />
SECCIÓN 2 Lo que usted paga por un medicamento depende de la<br />
"etapa de pago por medicamento" en que usted se<br />
encuentra cuando obtiene el medicamento<br />
Sección 2.1 ¿Cuáles son las etapas de pago por medicamentos para los<br />
asegurados de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)?<br />
Como se muestra en la tabla a continuación, existen “etapas de pago por medicamento” para su<br />
cubierta de farmacia de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP). La cantidad que usted paga por un<br />
medicamento depende de la etapa en la que usted se encuentre al momento de obtener un<br />
despacho o una repetición de la receta. Recuerde que usted siempre es responsable por el pago de<br />
la prima mensual del plan sin importar la etapa de pago por medicamento en la que se encuentre.<br />
Etapa 1<br />
Etapa de Deducible<br />
Anual<br />
Debido a que no hay<br />
deducible para este<br />
plan, esta etapa de<br />
pago no le aplica a<br />
usted.<br />
Etapa 2<br />
Etapa de Cubierta<br />
Inicial<br />
Usted comienza en<br />
esta etapa de pago<br />
cuando usted recibe el<br />
despacho de su primer<br />
medicamento en el<br />
año.<br />
Durante esta etapa, el<br />
plan paga su parte del<br />
costo por sus<br />
medicamentos y usted<br />
paga su parte.<br />
Usted se mantiene en<br />
esta etapa hasta que el<br />
“costo total de sus<br />
medicamentos” para el<br />
año hasta el presente<br />
(sus pagos) alcancen<br />
$2,970.00.<br />
Etapa 3<br />
Etapa de Cubierta en la<br />
Brecha<br />
Durante esta etapa usted<br />
paga 47.5% del costo<br />
(además del cargo por<br />
despacho) de los<br />
medicamentos de marca<br />
y 79% del costo de los<br />
medicamentos<br />
genéricos.<br />
Usted se queda en esta<br />
etapa hasta que los<br />
“desembolsos” del año<br />
hasta el presente<br />
alcancen el total de<br />
$4,750.00. Esta cantidad<br />
y las reglas que explican<br />
qué costos cuentan para<br />
alcanzar esta cantidad,<br />
han sido establecidas<br />
por <strong>Medicare</strong>.<br />
Etapa 4<br />
Etapa de Cubierta<br />
Catastrófica<br />
Durante esta etapa,<br />
el plan pagará la<br />
mayoría de los<br />
costos de sus<br />
medicamentos por<br />
el resto del año<br />
calendario (hasta el<br />
31 de diciembre de<br />
2013).<br />
(Detalles en la<br />
Sección 7 de este<br />
capítulo.)
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 56<br />
(Detalles en la Sección<br />
5 de este capítulo.)<br />
(Detalles en la Sección 6<br />
de este capítulo.)<br />
SECCIÓN 3 Nosotros le enviamos informes que explican sus pagos por<br />
medicamentos y la etapa en la que usted se encuentra<br />
Sección 3.1 Nosotros le enviamos un informe mensual conocido como la<br />
“Explicación de Beneficios” (EOB, por sus siglas en inglés)<br />
Nuestro plan mantiene un registro de los costos por sus medicamentos y los pagos que usted ha<br />
realizado al obtener sus medicamentos o repeticiones en la farmacia. De esta forma, le podemos<br />
indicar cuándo usted se ha movido de una etapa de pago a la próxima. En particular, existen dos<br />
tipos de costos de los cuales mantenemos registro:<br />
Mantenemos un registro de lo que usted ha gastado. Esto se conoce como sus<br />
“desembolsos”.<br />
Mantenemos un registro de los “costos totales de sus medicamentos”. Esta es la<br />
cantidad que usted paga, o que otros pagan por usted, más la cantidad pagada por el plan.<br />
Nuestro plan prepara un informe escrito conocido como Explicación de Beneficios (a veces se le<br />
llama “EOB”), cuando usted ya ha tenido una o más recetas despachadas a través del plan<br />
durante los meses pasados. El mismo incluye:<br />
Información sobre el mes. Este informe ofrece los detalles de pagos por los medicamentos<br />
que se le han despachado durante el mes anterior. Le presenta los costos totales de los<br />
medicamentos, lo que el plan pagó y lo que usted y otros han pagado por usted.<br />
Los totales para el año desde el 1 de enero. Esto se le conoce como información “del año<br />
hasta el presente.” Le presenta el total de los costos por medicamentos y el total de los pagos<br />
por sus medicamentos desde que comenzó el año.<br />
Sección 3.2 Ayúdenos a mantener nuestra información sobre sus pagos<br />
por medicamentos al día<br />
Para mantener un registro de los costos por sus medicamentos y los pagos que usted realiza por<br />
medicamentos, utilizamos los archivos que recibimos de las farmacias. A continuación le<br />
explicaremos cómo usted nos puede ayudar a mantener su información correcta y actualizada.<br />
Presente su tarjeta de asegurado cuando obtenga el despacho de su receta. Para<br />
asegurar que tengamos conocimiento de las recetas que está obteniendo y de lo que está<br />
pagando, presente su tarjeta de asegurado cada vez que se le despacha su receta.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 57<br />
Asegúrese que tenemos la información que necesitamos. Hay veces que usted podría<br />
pagar por medicamentos cuando nosotros no recibimos automáticamente la información<br />
que necesitamos para llevar la cuenta de sus desembolsos. Para ayudarnos a mantener un<br />
registro de sus desembolsos, usted nos puede suministrar copias de los recibos de los<br />
medicamentos que ha comprado. (Si se le factura por un medicamento cubierto, usted<br />
puede solicitarle al plan que pague por su porción del costo. Para instrucciones sobre<br />
cómo hacer esto, vaya al Capítulo 5, Sección 2 de este folleto.) A continuación hay<br />
algunos tipos de situaciones en las que puede desear enviarnos copia de los recibos de sus<br />
medicamentos para asegurar que tengamos un registro completo de lo que usted ha<br />
gastado por sus medicamentos:<br />
o Cuando compra un medicamento cubierto en una farmacia participante a un<br />
precio especial o utilizando una tarjeta de descuento que no forma parte de los<br />
beneficios del plan.<br />
o Cuando realiza un copago por medicamentos que se proveen a través de un<br />
programa de asistencia al paciente de un manufacturero de medicamentos.<br />
o Cada vez que haya comprado medicamentos cubiertos en farmacias no<br />
participantes o en otras ocasiones cuando ha pagado el precio total de un<br />
medicamento cubierto en circunstancias especiales.<br />
Envíenos información sobre los pagos que otras personas han hecho por usted. Los<br />
pagos hechos por ciertas personas u organizaciones también cuentan para sus<br />
desembolsos y lo ayudan a cualificar para la etapa de cubierta catastrófica. Por ejemplo,<br />
los pagos hechos por un Programa Estatal de Asistencia Farmacéutica (SPAP), un<br />
programa de asistencia para Medicamentos contra el SIDA y la mayoría de las entidades<br />
benéficas cuentan para sus desembolsos. Usted debe mantener un récord de estos pagos y<br />
enviárnoslos para que podamos llevar la cuenta de sus gastos.<br />
Verifique el informe escrito que le enviamos. Cuando recibe una Explicación de<br />
Beneficios (un EOB) por correo, revísela para asegurarse de que la información esté<br />
completa y correcta. Si piensa que falta algo en el informe, o si tiene preguntas, llámenos<br />
a Servicio al Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada de este<br />
folleto). Asegúrese de guardar estos informes. Son un registro importante de sus gastos<br />
médicos.<br />
SECCIÓN 4 Durante la Etapa de Cubierta Inicial, el plan paga una<br />
porción del costo de sus medicamentos y usted paga su<br />
porción<br />
Sección 4.1 Lo que usted paga por un medicamento depende del<br />
medicamento y dónde usted obtiene su receta
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 58<br />
Durante la Etapa de Cubierta Inicial, el plan paga la porción del costo que le corresponde por sus<br />
medicamentos y usted paga por la porción que le corresponde a usted (la cantidad de copago o<br />
coaseguro que le corresponda). Su porción del costo variará según el medicamento y dónde usted<br />
obtiene su receta.<br />
El plan tiene cuatro (4) Niveles de copago/coaseguro<br />
Todo medicamento en la Lista de Medicamentos del plan está en uno de los cuatro niveles de<br />
copago/coaseguro. En general, entre más alto el número del nivel de copago/coaseguro, más alto<br />
será el costo por medicamento:<br />
Nivel 1 incluye medicamentos genéricos; este es el nivel más bajo<br />
Nivel 2 incluye medicamentos de marca preferidos (tanto genéricos como de marca)<br />
Nivel 3 incluye medicamentos de marca no preferidos (incluye tanto genéricos como de<br />
marca)<br />
Nivel 4 incluye medicamentos especializados (incluye tanto genéricos como de marca);<br />
este es el nivel más alto.<br />
Para determinar en qué nivel de copago/coaseguro está su medicamento, busque en la Lista de<br />
Medicamentos del plan.<br />
Sus opciones de farmacia<br />
La cantidad que usted paga por sus medicamentos depende de dónde obtiene sus medicamentos:<br />
Una farmacia al detal que sea participante de nuestra red<br />
Una farmacia no participante en la red del plan<br />
El servicio de envío de medicamentos por correo<br />
Para obtener más información sobre estas opciones de farmacia y de despacho de sus recetas,<br />
refiérase al Capítulo 3 de este folleto y al Directorio de Farmacias del plan.<br />
Sección 4.2 Una tabla que muestra sus costos por un abastecimiento de<br />
un mes (30 días) de un medicamento<br />
Durante la Etapa de Cubierta Inicial, su parte del costo por un medicamento cubierto puede ser<br />
un copago o un coaseguro.<br />
“Copago” significa que usted paga una cantidad fija cada vez que se le despacha una<br />
receta.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 59<br />
“Coaseguro” significa que usted paga un por ciento del costo total del medicamento<br />
cada vez que se le despacha una receta.<br />
Como se muestra en la tabla a continuación, la cantidad de copago o coaseguro depende del<br />
nivel en el que se encuentra su medicamento. Note que:<br />
Si su medicamento cuesta menos que el copago especificado en la tabla, usted pagará el<br />
precio menor por el medicamento. Usted paga o el precio total del medicamento o el<br />
copago; lo que sea menor.<br />
Nosotros cubrimos medicamentos despachados en farmacias no participantes<br />
únicamente en situaciones limitadas. Refiérase al Capítulo 5, Sección 2.5 para obtener<br />
más información acerca de cómo cubrimos un medicamento despachado en una<br />
farmacia no participante.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 60<br />
Su porción del costo cuando usted obtiene un abastecimiento de un mes (o menos) de un<br />
medicamento cubierto de la Parte D de:<br />
Nivel 1 de copago/<br />
coaseguro<br />
Medicamentos Genéricos<br />
Nivel 2 de copago/<br />
coaseguro Medicamentos<br />
de Marca Preferidos<br />
(genéricos y de marca)<br />
Nivel 3 de copago/<br />
coaseguro<br />
Medicamentos de Marca<br />
No Preferidos<br />
(genéricos y de marca)<br />
Nivel 4 de copago/<br />
coaseguro<br />
Medicamentos<br />
Especializados<br />
(medicamentos genéricos y<br />
de marca)<br />
Farmacia<br />
participante<br />
(un<br />
abastecimiento de<br />
30 días)<br />
$8.00 copago<br />
$35.00 copago<br />
$50.00 copago o<br />
25% coaseguro,<br />
lo que sea mayor<br />
Farmacia de<br />
una facilidad de<br />
cuidado<br />
prolongado<br />
dentro de la red<br />
(un<br />
abastecimiento<br />
de 31 días)<br />
$8.00 copago<br />
$35.00 copago<br />
$50.00 copago o<br />
25% coaseguro,<br />
lo que sea mayor<br />
Farmacia no<br />
participante<br />
(Cubierta limitada a<br />
ciertas circunstancias; vea<br />
Capítulo 3 para detalles.)<br />
(un abastecimiento de 30<br />
días)<br />
Usted debe pagar el costo<br />
completo y Triple-S Salud<br />
le rembolsará lo que<br />
hubiera pagado en una<br />
farmacia del plan menos<br />
el copago aplicable.<br />
Usted debe pagar el costo<br />
completo y Triple-S Salud<br />
le rembolsará lo que<br />
hubiera pagado en una<br />
farmacia del plan menos<br />
el copago aplicable.<br />
Usted debe pagar el costo<br />
completo y Triple-S Salud<br />
le rembolsará lo que<br />
hubiera pagado en una<br />
farmacia del plan menos<br />
el copago aplicable.<br />
25% coaseguro 25% coaseguro Usted debe pagar el costo<br />
completo y Triple-S Salud<br />
le rembolsará lo que<br />
hubiera pagado en una<br />
farmacia del plan menos<br />
el copago aplicable.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 61<br />
Sección 4.3 Una tabla que muestra sus costos por un suplido extendido de<br />
medicamentos (90 días)<br />
Para algunos medicamentos, usted puede obtener un abastecimiento de larga duración (también<br />
conocido como “suplido extendido”) cuando obtiene su receta. El suplido extendido puede ser<br />
por 90 días. (Para detalles sobre dónde y cómo obtener un suplido extendido para un<br />
medicamento, vea el Capítulo 3).<br />
La tabla a continuación muestra la cantidad que usted paga cuando obtiene un abastecimiento<br />
extendido por 90 días para un medicamento.<br />
Por favor, note: Si su medicamento cuesta menos que el copago especificado en la<br />
tabla, usted pagará el precio menor por el medicamento. Usted paga o el precio total del<br />
medicamento o el copago; lo que sea menor.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 62<br />
Su parte del costo cuando usted obtiene un suplido extendido de 90 días para un<br />
medicamento cubierto por la Parte D de:<br />
Nivel 1 de copago/<br />
coaseguro<br />
Medicamentos Genéricos<br />
Nivel 2 de copago/<br />
coaseguro<br />
Medicamentos de Marca<br />
Preferidos (genéricos y de<br />
marca)<br />
Nivel 3 de copago/<br />
coaseguro<br />
Medicamentos de Marca<br />
No Preferidos (genéricos y<br />
de marca)<br />
Nivel 4 de copago/<br />
coaseguro<br />
Medicamentos<br />
Especializados<br />
(genéricos y de marca)<br />
Farmacia Participante<br />
(abastecimiento de 90 días)<br />
Servicio de Envío de<br />
Medicamentos por Correo<br />
(abastecimiento de 90 días)<br />
$24.00 copago $24.00 copago<br />
$105.00 copago $105.00 copago<br />
$150.00 copago o 25%<br />
coaseguro, lo que sea mayor<br />
$150.00 copago o 25%<br />
coaseguro, lo que sea mayor<br />
25% coaseguro 25% coaseguro<br />
Sección 4.4 Usted se mantiene en la Etapa de Cubierta Inicial hasta que<br />
sus costos totales por medicamentos en el año alcancen<br />
$2,970.00<br />
Usted se mantiene en la Etapa de Cubierta Inicial hasta que la cantidad total por medicamentos<br />
que le han despachado y sus repeticiones alcancen el límite de $2,970.00 en la Etapa de<br />
Cubierta Inicial.<br />
El costo total por medicamentos está basado en la suma de todo lo que usted ha pagado y todo lo<br />
que el plan de parte D ha pagado:
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 63<br />
Lo que usted ha pagado por todos los medicamentos cubiertos que ha recibido desde<br />
que comenzó con su primera compra de medicamentos del año. (Refiérase a la<br />
Sección 6.2 para obtener más información sobre cómo <strong>Medicare</strong> calcula los<br />
desembolsos). Esto incluye:<br />
o El total que usted paga como su parte del costo de sus medicamentos<br />
durante la Etapa de Cubierta Inicial.<br />
La cantidad que el plan ha pagado como su parte de los costos de sus<br />
medicamentos durante la Etapa de Cubierta Inicial. (Si usted estuvo suscrito a otro<br />
plan de medicamentos de la Parte D en cualquier momento durante el 2013, la<br />
cantidad que ese plan pagó durante la Etapa de Cubierta Inicial también cuenta<br />
hacia su costo total de medicamentos).<br />
Nosotros proporcionamos ciertos medicamentos sin leyenda Federal (Over the Counter/OTC)<br />
exclusivamente para su uso. Estos medicamentos son provistos para usted sin costo alguno. Para<br />
buscar qué medicamentos cubre nuestro plan, consulte su formulario.<br />
La Explicación de Beneficios (EOB) que le enviamos le ayudará a mantener un registro de<br />
cuánto usted y el plan han pagado por sus medicamentos en el año. Muchas personas no alcanzan<br />
el límite de $2,970.00 en un año.<br />
Nosotros le informaremos si alcanza esta cantidad de $2,970.00. Si usted alcanza esta cantidad,<br />
dejará la Etapa de Cubierta Inicial y se moverá a la Etapa de Cubierta en la Brecha.<br />
SECCIÓN 5 Durante la Etapa de Cubierta en la Brecha, usted puede<br />
recibir un descuento en medicamentos de marca y pagar<br />
sólo 79% del costo de medicamentos genéricos, o el plan<br />
provee una cubierta limitada<br />
Sección 5.1 Usted se mantiene en la Etapa de Cubierta en la Brecha hasta<br />
que sus desembolsos alcancen $4,750.00<br />
Cuando usted está en la Etapa de Cubierta en la Brecha, el Programa de Descuento para la Etapa<br />
de Cubierta en la Brecha de <strong>Medicare</strong> provee descuentos de manufacturero en medicamentos de<br />
marca. Usted paga 47.5% del precio negociado (sin incluir el costo por despacho de<br />
medicamentos y por la administración de vacunas, de haber alguna) en medicamentos de marca.<br />
Tanto la cantidad que usted paga como la cantidad descontada por el manufacturero se suman al<br />
desembolso como si fueran pagos que usted ha hecho y cuentan para que usted se mueva dentro<br />
de la cubierta en la brecha.<br />
Usted también tiene una cubierta limitada para medicamentos genéricos. Usted paga hasta un<br />
máximo de 79% del costo del medicamento genérico y el plan paga el resto. Para los<br />
medicamentos genéricos, la cantidad que el plan paga (21%) no cuenta para sus desembolsos.<br />
Solo la cantidad que usted paga cuenta y lo mueven a través de la cubierta en la brecha.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 64<br />
Usted continúa pagando el precio de descuento para los medicamentos de marca y no excederá el<br />
79% del costo de los medicamentos genéricos hasta que la cantidad que paga en desembolsos<br />
durante el año alcance la cantidad máxima estipulada por <strong>Medicare</strong>. Durante el 2013, dicha<br />
cantidad es $4,750.00.<br />
<strong>Medicare</strong> tiene reglas sobre lo que cuenta y lo que no cuenta para sus desembolsos. Cuando<br />
usted alcance un límite de $4,750.00 en desembolsos, usted abandona la Etapa de Brecha de<br />
Cubierta y se mueve hacia la Etapa de Cubierta Catastrófica.<br />
Sección 5.2 Cómo <strong>Medicare</strong> calcula sus desembolsos por sus<br />
medicamentos<br />
A continuación están las reglas de <strong>Medicare</strong> que debemos seguir cuando mantenemos un registro<br />
de sus desembolsos por la compra de sus medicamentos.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 65<br />
Estos pagos están incluidos en sus<br />
desembolsos<br />
Cuando usted suma sus desembolsos, usted puede incluir los pagos enumerados a continuación<br />
(siempre y cuando sean por medicamentos cubiertos de la Parte D y que usted siga las reglas de<br />
la cubierta de farmacia que se explican en el Capítulo 3 de este folleto):<br />
La cantidad que usted paga por medicamentos cuando usted está en cualquiera de<br />
las siguientes etapas de pago por medicamento:<br />
o Etapa de Cubierta Inicial<br />
o Etapa de Cubierta en la Brecha<br />
Todo pago que usted haya realizado durante este año calendario como asegurado de<br />
otro plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> antes de suscribirse a nuestro plan.<br />
Es importante quién paga:<br />
Si usted mismo realiza estos pagos, se incluyen en sus desembolsos.<br />
Estos pagos también están incluidos si ciertas personas u organizaciones los hacen a<br />
nombre de usted. Esto incluye pagos por sus medicamentos realizados por un amigo o<br />
pariente, por la mayoría de las entidades benéficas, por programas de asistencia de<br />
medicamentos para personas con SIDA o por un Programa Estatal de Asistencia<br />
Farmacéutica que esté cualificado por <strong>Medicare</strong>. También se incluyen los pagos<br />
realizados por “Ayuda Adicional” de <strong>Medicare</strong>.<br />
La Transición a la Etapa de Cubierta Catastrófica:<br />
Cuando usted (o aquellos que pagan a nombre suyo) haya gastado un total de $4,750.00 en<br />
desembolsos dentro del año calendario, usted se moverá de la Etapa de Cubierta en la Brecha a<br />
la Etapa de Cubierta Catastrófica.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 66<br />
Estos pagos no están incluidos en sus<br />
desembolsos<br />
Cuando usted suma sus desembolsos, no se permite incluir ninguno de los siguientes tipos de<br />
pagos por sus medicamentos:<br />
La cantidad que usted paga por su prima mensual<br />
Medicamentos que usted compra fuera de Estados Unidos y sus territorios<br />
Medicamentos que no están cubiertos por el plan<br />
Medicamentos que adquiere en una farmacia no participante que no reúnen los requisitos del<br />
plan para cubierta fuera de la red<br />
Medicamentos que no pertenecen a la Parte D, incluido medicamentos cubiertos por la Parte<br />
A o la Parte B y otros medicamentos excluidos de la cubierta por <strong>Medicare</strong>.<br />
Pagos por sus medicamentos que son realizados por planes de salud grupales, incluidos los<br />
planes de salud ofrecidos a través del patrono.<br />
Pagos por sus medicamentos realizados por ciertos planes de seguro y programas de salud<br />
pagados con fondos gubernamentales tales como TRICARE y la Administración de<br />
Veteranos.<br />
Pagos por sus medicamentos realizados por terceros que tienen una obligación legal de pagar<br />
por los costos de los medicamentos (por ejemplo, Compensación por Accidentes en el<br />
Trabajo).<br />
Recordatorio: Si cualquier otra organización, tal como las que se mencionan arriba, paga por<br />
parte o por todos sus desembolsos por medicamentos, usted está obligado a informárselo a<br />
nuestro plan. Llame a Servicio al Cliente para informárnoslo (los números telefónicos están<br />
impresos en la contraportada de este folleto).<br />
¿Cómo puede mantener un registro de sus desembolsos?<br />
Nosotros le ayudaremos. El informe de Explicación de Beneficios que le enviamos le indica<br />
la cantidad actual de sus desembolsos (la Sección 3 le habla de este informe). Cuando usted<br />
alcanza un total de $4,750.00 en desembolsos en el año, este informe le dirá que usted ha<br />
abandonado la etapa de Cubierta en la Brecha y se ha movido hacia la etapa de Cubierta<br />
Catastrófica.<br />
Asegúrese de que tenemos la información que necesitamos. La Sección 3.2 le indica lo<br />
que puede hacer para cerciorarse de que la información referente a lo que usted gasta esté<br />
completa y actualizada en nuestros archivos.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 67<br />
SECCIÓN 6 Durante la Etapa de Cubierta Catastrófica, el plan paga por<br />
la mayoría de los costos de sus medicamentos<br />
Sección 6.1 Una vez usted se encuentra en la Etapa de Cubierta<br />
Catastrófica, usted se mantendrá en esta etapa durante el<br />
resto del año<br />
Usted califica para la Etapa de Cubierta Catastrófica cuando sus desembolsos han alcanzado el<br />
límite de $4,750.00 en el año calendario. Una vez usted se encuentra en la Etapa de Cubierta<br />
Catastrófica, usted se quedará en esta etapa de pago hasta que termine el año calendario.<br />
Durante esta etapa, el plan pagará por la mayoría de los costos de sus medicamentos.<br />
Su porción del costo de un medicamento cubierto será un coaseguro o un copago, la cantidad<br />
que sea mayor:<br />
o – ya sea – un coaseguro de 5% del costo del medicamento<br />
o – o – un copago de $2.65 por un medicamento genérico o un<br />
medicamento que se trate como un genérico. O un copago de $6.60 para<br />
todos los demás medicamentos.<br />
Nuestro plan cubre el resto del costo.<br />
SECCIÓN 7 Lo que usted paga por las vacunas cubiertas por la parte D<br />
depende de cómo y dónde usted las obtiene<br />
Sección 7.1 Nuestro plan tiene una cubierta por separado para las vacunas<br />
de la parte D en sí y para el costo de administrarlas<br />
Nuestro plan provee una cubierta para ciertas vacunas de la parte D. Nuestra cubierta de vacunas<br />
tiene dos partes:<br />
La primera parte de la cubierta es el costo por el medicamento de la vacuna en sí. La<br />
vacuna es un medicamento.<br />
La segunda parte de la cubierta es el costo de administrarle la vacuna. (Esto se conoce a<br />
veces como la “administración” de la vacuna.)<br />
¿Qué paga usted por una vacunación?<br />
Lo que paga por una vacunación depende de tres cosas:<br />
1. El tipo de vacuna (para qué lo están vacunado).
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 68<br />
o Algunas vacunas se consideran medicamentos de la Parte D. Usted puede<br />
encontrar estas vacunas en la Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario)<br />
del plan.<br />
o Otras vacunas se consideran beneficios médicos. Estas están cubiertas bajo<br />
<strong>Medicare</strong> Original.<br />
2. Dónde usted obtiene el medicamento de la vacuna<br />
3. Quién le administra la vacuna.<br />
Lo que usted paga al momento de obtener la vacuna cubierta por la Parte D puede variar según<br />
las circunstancias. Por ejemplo:<br />
A veces, cuando vaya a ponerse la vacuna, usted tendrá que pagar el costo completo<br />
tanto del medicamento (la vacuna) como por la administración del mismo. Usted puede<br />
pedirle a nuestro plan que le reembolsemos por la porción que nos corresponde del<br />
costo.<br />
En otras ocasiones, cuando recibe el medicamento de la vacuna o cuando le administren<br />
la vacuna, usted pagará solamente por su porción del costo.<br />
Para ilustrarle cómo esto funciona, aquí hay tres maneras comunes en las que usted puede recibir<br />
una vacuna de la Parte D. Recuerde que durante la Etapa de Cubierta en la Brecha de su plan<br />
usted es responsable por todos los costos asociados con las vacunas (que incluyen la<br />
administración de de la vacuna).<br />
Situación 1: Usted compra la vacuna de la parte D en la farmacia y le administran la<br />
vacuna en la farmacia participante. (Esta alternativa dependerá de dónde<br />
vive. Algunos estados no permiten que las farmacias administren<br />
vacunas).<br />
Usted le tendrá que pagar a la farmacia la cantidad de copago o<br />
coaseguro por la vacuna y por la administración de la misma.<br />
Situación 2: Usted obtiene la vacuna de la parte D en el consultorio de su médico.<br />
Cuando es vacunado, usted pagará por el costo total de la vacuna y<br />
por la administración de ésta.<br />
Luego, usted puede solicitarle a nuestro plan que paguemos por<br />
nuestra porción del costo mediante los procedimientos que se<br />
describen en el Capítulo 5 de este folleto (Solicitando al plan el
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 69<br />
pago por su porción de una factura que ha recibido por servicios<br />
médicos o medicamentos).<br />
Se le reembolsará la cantidad que pagó menos su copago o<br />
coaseguro normal por la vacuna (incluyendo su administración)<br />
menos cualquier diferencia entre la cantidad que el médico cobra y<br />
lo que normalmente pagamos. (Si usted recibe “Ayuda Adicional”,<br />
le rembolsaremos la diferencia).<br />
Situación 3: Usted compra la vacuna cubierta por la Parte D en su farmacia y luego la<br />
lleva al consultorio de su médico, donde se la administran.<br />
Usted tendrá que pagarle a la farmacia la cantidad de su copago o<br />
coaseguro por la vacuna en sí.<br />
Cuando su médico le administre la vacuna, usted pagará por el<br />
total de los servicios. Luego, usted puede solicitarle a nuestro plan<br />
que paguemos por nuestra porción del costo mediante los<br />
procedimientos que se describen en el Capítulo 5 de este folleto.<br />
Se le reembolsará la cantidad cobrada por el médico por<br />
administrar la vacuna menos cualquier diferencia entre la cantidad<br />
que el médico cobra y lo que normalmente pagamos. (Si usted<br />
recibe “Ayuda Adicional”, le rembolsaremos la diferencia).<br />
Sección 7.2 Le recomendamos que llame a Servicio al Cliente antes de<br />
obtener su vacuna<br />
Las reglas de cubierta de las vacunas son complicadas. Estamos aquí para ayudarle. Le<br />
recomendamos que nos llame primero a Servicio al Cliente cuando esté considerando obtener<br />
una vacuna (los números telefónicos están en la contraportada de este folleto).<br />
Le podemos orientar sobre cómo nuestro plan cubre su vacuna y explicar su porción<br />
del costo.<br />
Le podemos decir cómo minimizar sus costos al usar proveedores y farmacias<br />
participantes.<br />
Si no puede utilizar un proveedor y farmacia participante, le podemos informar<br />
sobre lo que debe hacer para recibir el pago de nuestra porción del costo.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 70<br />
SECCIÓN 8 ¿Tiene que pagar la penalidad por suscripción tardía de la<br />
Parte D?<br />
Sección 8.1 ¿Qué es la “penalidad por suscripción tardía” de la Parte D?<br />
Nota: Si usted recibe “Ayuda Adicional” de <strong>Medicare</strong> para pagar por sus medicamentos, las<br />
reglas de la penalidad por suscripción tardía no le aplican a usted. Usted no pagará una penalidad<br />
por suscripción tardía aunque usted haya estado sin cubierta de medicamentos “acreditable”.<br />
Usted puede pagar una penalidad monetaria si no se suscribió en un plan que ofrece la Cubierta<br />
de Farmacia (Parte D) de <strong>Medicare</strong> cuando por primera vez fue elegible para esta cubierta de<br />
farmacia o cuando usted estuvo un período continuo de 63 días o más donde usted no tuvo<br />
cubierta de farmacia acreditable. (“Cubierta de farmacia acreditable” es una cubierta que<br />
cumple con los requisitos mínimos de <strong>Medicare</strong>, ya que se espera que pague, en promedio, al<br />
menos la misma cantidad que paga la cubierta estándar de farmacia de <strong>Medicare</strong>). La cantidad<br />
de la penalidad depende de cuánto tiempo usted esperó antes de suscribirse a una cubierta de<br />
farmacia acreditable en cualquier momento luego de finalizar su periodo de suscripción inicial,<br />
o cuántos meses calendario usted estuvo sin cubierta de farmacia acreditable. Tendrá que pagar<br />
esta penalidad todo el tiempo que tenga cubierta de la Parte D.<br />
La penalidad se le suma a su prima mensual. Cuando se suscribe por primera vez a Triple-S<br />
<strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) le informamos la cantidad de la penalidad.<br />
Su penalidad por suscripción tardía se considera parte de su prima mensual del plan. Si usted no<br />
paga su penalidad por suscripción tardía, el plan podrá desafiliarlo por falta de pago a su prima<br />
mensual.<br />
Sección 8.2 ¿Cuánto es la penalidad por suscripción tardía a la Parte D?<br />
<strong>Medicare</strong> determina la cantidad de la penalidad. A continuación le indicamos cómo funciona:<br />
Primero cuente la cantidad de meses completos que se retrasó en suscribirse a un plan de<br />
farmacia de <strong>Medicare</strong> luego que fue elegible para suscripción. O cuente la cantidad de<br />
meses completos en los cuales no tuvo una cubierta de farmacia acreditable, si la<br />
interrupción de cubierta fue de 63 días o más. La penalidad es 1% por cada mes que no<br />
tuvo una cubierta acreditable. Por ejemplo, si estuvo 14 meses sin cubierta, la penalidad<br />
será 14%.<br />
Luego, <strong>Medicare</strong> determina la cantidad del promedio de prima mensual para los planes de<br />
farmacia en la nación para el año anterior. Para el 2013, esta cantidad de prima promedio<br />
es $31.17. Esta cantidad puede cambiar para el 2014.<br />
Para calcular su penalidad mensual, multiplique el porciento de la penalidad y la prima<br />
mensual promedio y luego redondee el número a la décima más cercana. En el ejemplo<br />
de arriba esto sería 14% por $31.17, que equivale a $4.36. Esto se redondería a $4.40.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 71<br />
Esta cantidad se sumaría a la prima mensual de una persona con una penalidad de<br />
suscripción tardía.<br />
Hay tres cosas importantes relacionadas con esta penalidad de prima mensual en las que debe<br />
fijarse:<br />
Primero, la penalidad puede cambiar cada año, porque el promedio de prima mensual<br />
puede cambiar cada año. Si aumenta la prima promedio nacional (según la determine<br />
<strong>Medicare</strong>), su penalidad aumentará.<br />
Segundo, usted continuará pagando la penalidad cada mes mientras esté suscrito en un<br />
plan que tiene los beneficios de farmacia de la Parte D de <strong>Medicare</strong>.<br />
Tercero, si es menor de 65 años y en la actualidad está recibiendo beneficios de<br />
<strong>Medicare</strong>, la penalidad por suscripción tardía se reajustará cuando usted alcance los 65<br />
años. Después de los 65 años, su penalidad por suscripción tardía se basará solamente en<br />
los meses durante los cuales usted no tenga cubierta después de su período de suscripción<br />
inicial a <strong>Medicare</strong>.<br />
Sección 8.3 En algunas situaciones, usted puede suscribirse tarde sin<br />
tener que pagar la penalidad<br />
Aún cuando se haya demorado en suscribirse a un plan que ofrece la cubierta de la Parte D de<br />
<strong>Medicare</strong> cuando por primera vez fue elegible, quizás no tenga que pagar la penalidad por<br />
suscripción tardía.<br />
Usted no tendrá que pagar una penalidad por suscripción tardía si usted se encuentra en<br />
cualquiera de estas situaciones:<br />
Usted ya tiene una cubierta de farmacia que se espera que pague, en promedio, al<br />
menos la misma cantidad que paga la cubierta estándar de farmacia de <strong>Medicare</strong>.<br />
<strong>Medicare</strong> le llama a esto “cubierta de farmacia acreditable”. Por favor, note:<br />
o Una cubierta acreditable podría incluir una cubierta de farmacia de un<br />
antiguo patrono o unión, TRICARE o el Departamento de Asuntos de<br />
Veteranos. Su asegurador o el departamento de recursos humanos de su<br />
patrono le informará cada año si su cubierta de farmacia es una cubierta<br />
acreditable. Puede que le envíen esta información en una carta o que se<br />
incluya en un boletín informativo del plan. Conserve esta información, ya<br />
que pudiera necesitarla si se suscribe a un plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> en<br />
un futuro.<br />
Por favor, note: Si usted recibe un “certificado de cubierta<br />
acreditable” cuando su cubierta de salud termine, esto puede que no<br />
signifique que su cubierta de farmacia fue acreditable. La<br />
notificación debe indicar que usted tuvo una cubierta de farmacia
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 72<br />
“acreditable” que se espera que pague al menos la misma cantidad<br />
que la que paga la cubierta estándar de farmacia de <strong>Medicare</strong>.<br />
o Lo siguiente no constituye una cubierta de farmacia acreditable: tarjetas de<br />
descuento de medicamentos, clínicas libre de costo y portales de Internet<br />
que ofrecen descuentos para medicamentos.<br />
o Para obtener más información sobre cubierta acreditable, refiérase a su<br />
manual de <strong>Medicare</strong> y Usted 2013, o llame a <strong>Medicare</strong> al 1-800-<br />
MEDICARE (1-800-633-4227). Los usuarios TTY, llamen al 1-877-486-<br />
2048. Usted puede llamar a estos números libre de cargo, las 24 horas al día,<br />
los 7 días a la semana.<br />
Si usted estuvo sin cubierta acreditable, pero estuvo sin la cubierta por menos de 63<br />
días consecutivos.<br />
Si usted recibe “Ayuda Adicional” de <strong>Medicare</strong>.<br />
Sección 8.4 ¿Qué puede hacer si está en desacuerdo con su penalidad de<br />
suscripción tardía?<br />
Si usted está en desacuerdo con su penalidad por suscripción tardía, usted o su representante<br />
puede pedir una revisión de la decisión sobre su penalidad por suscripción tardía. Por lo general,<br />
usted debe solicitar esta revisión dentro de 60 días a partir de la fecha que aparece en la carta<br />
que usted recibe indicándole que tiene que pagar una penalidad por suscripción tardía. Llame a<br />
Servicio al Cliente para más información (los números telefónicos están impresos en la<br />
contraportada de este folleto).<br />
Importante: No deje de pagar su penalidad de suscripción tardía mientras está esperando que<br />
nosotros revisemos la decisión sobre su penalidad de suscripción tardía. Si deja de pagar, usted<br />
puede ser desafiliado del plan por no pagar las primas del plan.<br />
SECCIÓN 9 ¿Tiene usted que pagar una cantidad adicional por la<br />
Parte D debido a sus ingresos?<br />
Sección 9.1 ¿Quién paga una cantidad adicional por la Parte D debido a<br />
sus ingresos?<br />
La mayoría de los asegurados pagan una prima mensual estándar por la Parte D. Sin embargo,<br />
algunas personas pagan una cantidad adicional debido a su ingreso anual. Si su ingreso es de<br />
$85,000 o más para un individuo (o individuos casados que rindan por separado) o $170,000 o<br />
más para parejas casadas, usted debe pagar una cantidad adicional por su cubierta de <strong>Medicare</strong><br />
Parte D.<br />
Si usted tiene que pagar una cantidad adicional, el Seguro Social, no su plan de <strong>Medicare</strong>, le<br />
enviará una carta indicándole cuánto será esa cantidad adicional y cómo pagarla. Esta cantidad<br />
adicional se le retendrá de su cheque de beneficio de Seguro Social, de la Junta de Retiro de
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 73<br />
Empleados Ferroviarios o de la Oficina de Administración de Personal, sin importar la manera<br />
en que usted usualmente paga su prima mensual, a menos que su cheque mensual de beneficio no<br />
sea suficiente para cubrir la cantidad adicional que usted debe. Si su cheque de beneficio no es<br />
suficiente para cubrir la cantidad adicional, usted recibirá una factura de parte de <strong>Medicare</strong>. La<br />
cantidad adicional debe ser pagada por separado y no se puede pagar junto a su prima mensual<br />
del plan.<br />
Sección 9.2 ¿Cuánto es la cantidad adicional de la Parte D?<br />
Si su ingreso bruto ajustado modificado (MAGI, por sus siglas en inglés) según informado en su<br />
Planilla de Contribución Sobre Ingresos de Individuo es mayor que cierta cantidad, usted pagará<br />
una cantidad adicional además de su prima mensual del plan.<br />
La siguiente tabla muestra la cantidad adicional basada en sus ingresos:<br />
Si usted rindió una<br />
planilla individual y<br />
su ingreso en el<br />
2011 fue:<br />
Igual o menor<br />
que $85,000<br />
Mayor que $85,000<br />
y menor que o igual<br />
a $107,000<br />
Mayor que $107,000<br />
y menor que o igual<br />
a $160,000<br />
Mayor que $160,000<br />
y menor que o igual<br />
a $214,000<br />
Mayor que<br />
$214,000<br />
Si estuvo casado,<br />
pero rindió por<br />
separado y su<br />
ingreso en el<br />
2011 fue:<br />
Igual o menor que<br />
$85,000<br />
Mayor que<br />
$85,000 y menor<br />
que o igual a<br />
$129,000<br />
Mayor que<br />
$129,000<br />
Si usted rindió<br />
una planilla<br />
conjunta y su<br />
ingreso en el 2011<br />
fue:<br />
Igual o menor que<br />
$170,000<br />
Mayor que<br />
$170,000 y menor<br />
que o igual a<br />
$214,000<br />
Mayor que<br />
$214,000 y menor<br />
que o igual a<br />
$320,000<br />
Mayor que<br />
$320,000 y menor<br />
que o igual a<br />
$428,000<br />
Mayor que<br />
$428,000<br />
Este es el costo<br />
mensual de su<br />
cantidad adicional de<br />
la Parte D (que debe<br />
pagarse en adición a<br />
su prima mensual del<br />
plan):<br />
$0<br />
$11.60<br />
$29.90<br />
$48.30<br />
$66.60
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 4: Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D 74<br />
Sección 9.3 ¿Qué puede hacer si no está de acuerdo con pagar una<br />
cantidad adicional por la Parte D?<br />
Si usted no está de acuerdo con pagar una cantidad adicional debido a sus ingresos, usted puede<br />
pedirle al Seguro Social que revise la decisión. Para obtener más información sobre cómo hacer<br />
esto, llame al Seguro Social al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).<br />
Sección 9.4 ¿Qué sucede si usted no paga la cantidad adicional por la<br />
Parte D?<br />
La cantidad adicional se paga directamente al gobierno (no su plan de <strong>Medicare</strong>) por su cubierta<br />
de la Parte D de <strong>Medicare</strong>. Si se le requiere pagar la cantidad adicional y usted no la paga, se<br />
cancelará su suscripción al plan y perderá su cubierta de medicamentos.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 5: Solicitando al plan el pago que le corresponde por los costos de sus medicamentos 75<br />
Capítulo 5. Solicitando al plan el pago que le corresponde por los costos de sus<br />
medicamentos<br />
SECCIÓN 1 Situaciones en las cuales debe solicitarnos que paguemos nuestra<br />
porción del costo de sus medicamentos ...........................................................76<br />
Sección 1.1 Si usted paga por la porción que nos corresponde, usted puede<br />
solicitarnos un reembolso ................................................................................76<br />
SECCIÓN 2 Cómo solicitar que le reembolsemos ................................................................77<br />
Sección 2.1 ¿Cómo y dónde enviarnos su solicitud de reembolso? ....................................77<br />
SECCIÓN 3 Nosotros evaluaremos su solicitud de pago y le contestaremos sí<br />
o no ......................................................................................................................78<br />
Sección 3.1 Nosotros verificamos si debemos cubrir su medicamento y cuánto<br />
debemos pagarle...............................................................................................78<br />
Sección 3.2 Si le notificamos que no pagaremos por todo su medicamento o<br />
por una porción de éste, usted puede solicitar una apelación .........................79<br />
SECCIÓN 4 Otras situaciones en las cuales usted debe guardar sus recibos y<br />
enviar copias al plan ..........................................................................................79<br />
Sección 4.1 En algunos casos, usted debe enviar copias de sus recibos al plan<br />
para ayudarnos a mantener un registro de los desembolsos por sus<br />
medicamentos ..................................................................................................79
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 5: Solicitando al plan el pago que le corresponde por los costos de sus medicamentos 76<br />
SECCIÓN 1 Situaciones en las cuales debe solicitarnos que paguemos<br />
nuestra porción del costo de sus medicamentos<br />
Sección 1.1 Si usted paga por la porción que nos corresponde, usted<br />
puede solicitarnos un reembolso<br />
A veces cuando obtiene un medicamento, podría tener que pagar el costo total de inmediato. En<br />
otros momentos, podría encontrar que ha pagado más de lo que esperaba bajo las reglas de<br />
cubierta del plan. En cualquiera de los casos, puede solicitar a nuestro plan que le paguemos de<br />
vuelta (pagarle de vuelta se conoce a menudo como “reembolsar”).<br />
A continuación le proveemos ejemplos de situaciones donde podría tener la necesidad de<br />
solicitar al plan un reembolso. Todos estos ejemplos son tipos de decisiones de cubierta (para<br />
más información sobre decisiones de cubierta, vaya al Capítulo 7 de este folleto).<br />
1. Cuando usa una farmacia no participante para obtener una receta<br />
Si usted va a una farmacia no participante y trata de usar su tarjeta de asegurado para obtener<br />
una receta, la farmacia puede que no pueda someter la reclamación directamente a nosotros.<br />
Cuando eso sucede, usted tendrá que pagar por el costo total de su receta. (Cubrimos las<br />
recetas que se obtienen en farmacias no participantes sólo en algunas siutaciones especiales.<br />
Refiérase al Capítulo 3, Sección 2.5 para obtener más información).<br />
Guarde su recibo y envíenos una copia al solicitar un reembolso por nuestra porción del<br />
costo.<br />
2. Cuando usted paga el costo total de su receta porque no tiene su tarjeta de asegurado<br />
con usted.<br />
Si usted no lleva su tarjeta de asegurado del plan con usted al obtener una receta en una<br />
farmacia participante, podría necesitar pagar el costo total de la receta usted mismo. La<br />
farmacia usualmente puede llamar al plan para obtener su información de asegurado, pero<br />
puede haber momentos cuando necesite pagar si no tiene su tarjeta de asegurado con usted.<br />
Guarde su recibo y envíenos una copia al solicitar un reembolso por nuestra porción<br />
del costo.<br />
3. Cuando usted paga el costo total de su receta en otras situaciones.<br />
Usted podría pagar el costo total de su receta porque se entera que el medicamento no está<br />
cubierto por alguna razón.<br />
Por ejemplo, el medicamento puede no estar en la Lista de Medicamentos<br />
(Formulario) del plan; o podría tener un requisito o una restricción que usted no
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 5: Solicitando al plan el pago que le corresponde por los costos de sus medicamentos 77<br />
conocía o piensa que no debe aplicar a usted. Si usted decide obtener el medicamento<br />
inmediatamente, podría tener que pagar el costo total del mismo.<br />
Guarde su recibo y envíenos una copia al solicitarnos un reembolso. En algunas<br />
situaciones, podríamos necesitar obtener más información de su médico para poder<br />
darle un reembolso por nuestra porción del costo.<br />
4. Si su suscripción a nuestro plan se hace de forma retroactiva<br />
A veces, la suscripción de un asegurado a nuestro plan sucede de forma retroactiva.<br />
(Retroactivo significa que el primer día de su suscripción ya ha pasado. La fecha de<br />
suscripción hasta pudo haber sido el año pasado).<br />
Si usted fue suscrito de manera retroactiva a nuestro plan y usted hizo algún pago por<br />
desembolso por alguno de sus medicamentos después de su fecha de suscripción, usted<br />
puede solicitarnos que le reembolsemos por nuestra porción de los costos. Usted necesitará<br />
someter la documentación para que nosotros podamos tramitar el reembolso.<br />
Llame a Servicio al Cliente para obtener más información sobre cómo solicitar un<br />
reembolso al plan y las fechas límite que aplican para presentar su solicitud. (Los<br />
números telefónicos de Servicio al Cliente están impresos en la contraportada de este<br />
folleto.)<br />
Todos los ejemplos anteriores son tipos de decisiones de cubierta. Esto significa que si le<br />
denegamos su solicitud de pago, usted puede apelar nuestra decisión. El Capítulo 7 de este<br />
folleto (Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas))<br />
tiene información sobre cómo solicitar una apelación.<br />
SECCIÓN 2 Cómo solicitar que le reembolsemos<br />
Sección 2.1 ¿Cómo y dónde enviarnos su solicitud de reembolso?<br />
Envíenos su solicitud de pago, junto con el recibo de la documentación del pago que ha hecho.<br />
Le recomendamos que guarde una copia de estos recibos para sus registros.<br />
Para asegurarse de que nos está proveyendo toda la información que necesitamos para tomar una<br />
decisión, usted puede llenar nuestro formulario de reclamaciones para solicitar que le paguemos.<br />
Usted no tiene que utilizar nuestro formulario, pero es útil para nuestro plan para que<br />
podamos procesar la información más rápido.<br />
Usted puede descargar una copia de nuestro formulario a través de nuestro portal de<br />
Internet (www.ssspr.com) o llamar a Servicio al Cliente y solicitar una copia del mismo.<br />
Los números de teléfono de Servicio al Cliente están en la contraportada de este folleto.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 5: Solicitando al plan el pago que le corresponde por los costos de sus medicamentos 78<br />
Envíenos su solicitud de pago junto con los recibos a esta dirección:<br />
Triple-S Salud, Inc.<br />
Departamento de Reembolso<br />
PO Box 363628<br />
San Juan, PR 00936-3628<br />
Para solicitar rembolsos de medicamentos, usted debe incluir:<br />
Nombre del medicamento<br />
Dosis diaria<br />
Número de la receta<br />
Cantidad despachada<br />
Código Nacional de Medicamento (NDC, por sus siglas en inglés)<br />
Identificador Nacional del Proveedor (NPI, por sus siglas en inglés) de la farmacia y<br />
del médico que prepara la receta<br />
Usted debe someter su solicitud dentro de un año de haber recibido el servicio, artículo o<br />
medicamento.<br />
Asegúrese de comunicarse a Servicio al Cliente si tiene alguna pregunta. Si usted no sabe lo que<br />
debió haber pagado, le podemos ayudar. Usted también puede llamar si desea proveernos más<br />
información acerca de una solicitud de pago que nos haya enviado. (Los números telefónicos de<br />
Servicio al Cliente están impresos en la contraportada de este folleto.)<br />
SECCIÓN 3 Nosotros evaluaremos su solicitud de pago y le<br />
contestaremos sí o no<br />
Sección 3.1 Nosotros verificamos si debemos cubrir su medicamento y<br />
cuánto debemos pagarle<br />
Cuando recibimos su solicitud de pago, le dejamos saber si necesitamos información adicional de<br />
parte de usted. De lo contrario, evaluaremos su solicitud y tomaremos una decisión de cubierta.<br />
Si decidimos que el medicamento está cubierto y usted siguió todas las reglas para obtener el<br />
medicamento, le pagaremos por nuestra parte del costo. Le enviaremos por correo su<br />
rembolso por la porción que nos corresponde. (El Capítulo 3 le explica las reglas que necesita<br />
seguir para obtener sus medicamentos de la Parte D.) Le enviaremos el pago dentro de 30<br />
días luego de haber recibido su solicitud.<br />
Si decidimos que el medicamento no está cubierto, o si usted no siguió todas las reglas, no<br />
pagaremos por nuestra porción del costo. En su lugar, le enviaremos una carta que explica las<br />
razones por las que no le estamos enviando el pago que ha solicitado y sus derechos de apelar<br />
la decisión.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 5: Solicitando al plan el pago que le corresponde por los costos de sus medicamentos 79<br />
Sección 3.2 Si le notificamos que no pagaremos por todo su medicamento<br />
o por una porción de éste, usted puede solicitar una<br />
apelación<br />
Si usted cree que hemos cometido un error en cuanto a la decisión de denegar su solicitud de<br />
pago o no está de acuerdo con la cantidad que estamos pagando, usted puede presentar una<br />
apelación. Si solicita una apelación, significa que nos está solicitando que cambiemos nuestra<br />
decisión de negar su solicitud de pago. Los siguientes son ejemplos de situaciones donde usted<br />
puede necesitar solicitar al plan un reembolso:<br />
Cuando usted usa una farmacia no participante para obtener una receta<br />
Cuando paga el costo total por una receta porque no tenía su tarjeta de asegurado del plan<br />
con usted<br />
Cuando usted paga el costo total por una receta en otras situaciones<br />
Para detalles sobre cómo solicitar una apelación, vaya al Capítulo 7 de este folleto (Qué hacer si<br />
tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)). El proceso de<br />
apelación es un proceso legal con procedimientos detallados y fechas límites importantes. Si<br />
solicitar una apelación es un proceso nuevo para usted, le resultará útil leer la Sección 4 del<br />
Capítulo 7. La Sección 4 es una sección introductoria que explica el proceso para las decisiones<br />
de cubierta y apelaciones y le provee definiciones de términos tales como “apelación”. Después<br />
de leer la Sección 4, puede ir a la Sección 5.5 del Capítulo 7 para una explicación paso a paso de<br />
cómo solicitar una apelación.<br />
SECCIÓN 4 Otras situaciones en las cuales usted debe guardar sus<br />
recibos y enviar copias al plan<br />
Sección 4.1 En algunos casos, usted debe enviar copias de sus recibos al<br />
plan para ayudarnos a mantener un registro de los<br />
desembolsos por sus medicamentos<br />
Existen algunas situaciones donde debería informarnos sobre pagos que haya realizado por sus<br />
medicamentos. En estos casos, usted no está solicitándonos un reembolso. En su lugar, usted nos<br />
está informando sobre sus pagos para que podamos calcular sus desembolsos en efectivo<br />
correctamente. Esto le podría ayudar a cualificar más rápidamente para la Etapa de Cubierta<br />
Catastrófica.<br />
A continuación hay dos situaciones donde debería enviarnos sus recibos para dejarnos saber<br />
sobre pagos que ha realizado por sus medicamentos.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 5: Solicitando al plan el pago que le corresponde por los costos de sus medicamentos 80<br />
1. Cuando usted compra un medicamento por un precio menor que el precio del plan<br />
A veces cuando usted está en la Etapa de Cubierta en la Brecha usted puede comprar sus<br />
medicamentos en una farmacia participante por un precio menor que el precio del plan.<br />
Por ejemplo, una farmacia puede ofrecer un precio especial para un medicamento. O<br />
usted puede tener una tarjeta de descuento que no es parte de los beneficios del plan, la<br />
cual le ofrece un precio más bajo.<br />
A menos que apliquen condiciones especiales, usted debe utilizar una farmacia<br />
participante en estas situaciones y sus medicamentos deben estar en la Lista de<br />
Medicamentos.<br />
Guarde sus recibos y envíenos copia de tal manera que podamos llevar cuenta de sus<br />
desembolsos en efectivo para que cualifique para la Cubierta Catastrófica.<br />
Por favor, note: Si usted está en la Etapa de Cubierta en la Brecha, el plan no pagará<br />
por los costos de medicamentos. Pero el enviarnos su recibo nos permite calcular sus<br />
desembolsos correctamente y le puede ayudar a cualificar para la Cubierta Catastrófica<br />
más rápidamente.<br />
2. Cuando obtiene un medicamento a través de un programa de asistencia ofrecido por un<br />
manufacturero de medicamentos<br />
Algunos asegurados están matriculados en un programa de asistencia al paciente ofrecido por<br />
un manufacturero de medicamentos que no forma parte de los beneficios del plan. Si usted<br />
obtiene algún medicamento a través de un programa ofrecido por un manufacturero de<br />
medicamentos, usted podría pagar un copago al programa de asistencia al paciente.<br />
Guarde su recibo y envíenos una copia para que podamos estar al tanto de sus<br />
desembolsos y hacerlos contar para cualificarlo para la Etapa de Cubierta<br />
Catastrófica.<br />
Por favor, note: Debido a que está recibiendo su medicamento a través de un<br />
programa de asistencia al paciente y no a través de los beneficios del plan, el plan<br />
no pagará por ninguna porción del costo de medicamentos. No obstante,<br />
enviarnos copias de sus recibos nos permite calcular sus desembolsos<br />
correctamente y puede ayudar a cualificarlo para la Etapa de Cubierta Catastrófica<br />
más rápidamente.<br />
Como usted no está solicitando un pago en los dos casos descritos anteriormente, estas<br />
situaciones no se consideran decisiones de cubierta. Por lo tanto, usted no puede solicitar una<br />
apelación si está en desacuerdo con nuestra decisión.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 81<br />
Capítulo 6. Sus derechos y responsabilidades<br />
SECCIÓN 1 Nuestro plan debe honrar sus derechos como asegurado del plan ...............82<br />
Sección 1.1 Debemos proveerle información de una forma que funcione para<br />
usted (en inglés) ...............................................................................................82<br />
We must provide information in a way that works for you (in Spanish)..................................82<br />
Sección 1.2 Debemos tratarle en todo momento de manera justa y con respeto .................82<br />
Sección 1.3 Debemos asegurarnos que usted reciba acceso a sus medicamentos<br />
dentro de un tiempo razonable .........................................................................83<br />
Sección 1.4 Debemos proteger la privacidad de su información personal de<br />
salud .................................................................................................................83<br />
Sección 1.5 Debemos proveerle información sobre el plan, su red de farmacias<br />
y sus medicamentos cubiertos ..........................................................................84<br />
Sección 1.6 Debemos apoyar su derecho a tomar decisiones sobre su cuidado ..................86<br />
Sección 1.7 Usted tiene derecho a presentar quejas y solicitar<br />
reconsideraciones sobre las decisiones que hayamos tomado .........................87<br />
Sección 1.8 ¿Qué puede hacer si piensa que está siendo tratado injustamente o<br />
que sus derechos no están siendo respetados? .................................................87<br />
Sección 1.9 ¿Cómo obtener más información sobre sus derechos? ....................................88<br />
SECCIÓN 2 Usted tiene ciertas responsabilidades como asegurado de nuestro<br />
plan ......................................................................................................................89<br />
Sección 2.1 ¿Cuáles son sus responsabilidades? .................................................................89
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 82<br />
SECCIÓN 1 Nuestro plan debe honrar sus derechos como asegurado del<br />
plan<br />
Sección 1.1 Debemos proveerle información de una forma que funcione<br />
para usted (en inglés)<br />
We must provide information in a way that works for you (in<br />
Spanish)<br />
Para obtener información de nosotros de manera que funcione para usted, llame a Servicio al<br />
Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada de este folleto).<br />
Le podemos ofrecer información en inglés si usted la necesita. Si usted reúne los requisitos<br />
necesarios para obtener <strong>Medicare</strong> por un impedimento, tenemos la obligación de proveerle<br />
información sobre los beneficios del plan de manera accesible y apropiada para usted.<br />
Si confronta algún problema obteniendo información de nuestro plan por razones relacionadas<br />
con el idioma o una incapacidad, comuníquese con <strong>Medicare</strong> al 1-800-MEDICARE (1-800-633-<br />
4227), 24 horas al día, 7 días de la semana, y dígales que desea presentar una queja. Los usuarios<br />
TTY deben llamar al 1-877-486-2048.<br />
To get information from us in a way that works for you, please call Member Services (phone<br />
numbers are on the back cover of this booklet).<br />
We can give you information in Spanish if you need it. If you are eligible for <strong>Medicare</strong> because<br />
of disability, we are required to give you information about the plan’s benefits that is<br />
accessible and appropriate for you.<br />
If you have any trouble getting information from our plan because of problems related to<br />
language or disability, please call <strong>Medicare</strong> at 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), 24 hours a<br />
day, 7 days a week, and tell them that you want to file a complaint. TTY users call 1-877-486-<br />
2048.<br />
Sección 1.2 Debemos tratarle en todo momento de manera justa y con<br />
respeto<br />
Nuestro plan debe obedecer las leyes que le protegen de la discriminación o trato injusto.<br />
Nosotros no discriminamos debido a raza, etnia, origen nacional, religión, género, edad,<br />
impedimento mental o físico, estado de salud, experiencia en reclamaciones, historial médico,<br />
información genética, evidencia de asegurabilidad o localización geográfica dentro del área de<br />
servicio.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 83<br />
Si desea más información o tiene inquietudes sobre la discriminación o el trato injusto, por favor<br />
llame al Departamento de Servicios de Salud, Oficina para los Derechos Civiles al 1-800-368-<br />
1019 (TTY 1-800-537-7697) o su oficina local de Derechos Civiles.<br />
Si usted tiene un impedimento y necesita ayuda con el acceso al cuidado, llámenos a Servicio al<br />
Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada de este folleto). Si usted<br />
tiene una queja, tal como un problema con acceso de silla de ruedas, Servicio al Cliente le puede<br />
ayudar.<br />
Sección 1.3 Debemos asegurarnos que usted reciba acceso a sus<br />
medicamentos dentro de un tiempo razonable<br />
Como asegurado de nuestro plan, usted también tiene el derecho a que se despachen sus recetas y<br />
repeticiones en en cualquiera de nuestras farmacias participantes sin largas esperas. Si usted<br />
piensa que no está recibiendo sus medicamentos de la Parte D dentro de un periodo de tiempo<br />
razonable, el Capítulo 7, Sección 7 de este folleto le dice qué puede hacer. (Si hemos denegado<br />
la cubierta de sus medicamentos y usted está en desacuerdo con nuestra decisión, el Capítulo 7,<br />
Sección 4 le indica qué debe hacer).<br />
Sección 1.4 Debemos proteger la privacidad de su información personal<br />
de salud<br />
Las leyes Federales y estatales protegen la privacidad de sus expedientes médicos e información<br />
personal de salud. Nosotros protegemos su información personal de salud como lo exige la ley.<br />
Su “información personal de salud” incluye la información personal que usted nos dio<br />
cuando se suscribió a este plan, al igual que sus expedientes médicos y otra información<br />
médica y de salud.<br />
Las leyes que protegen su privacidad le dan derechos relacionados con obtener su<br />
información y controlar cómo su información de salud es usada. Nosotros le proveemos<br />
una notificación escrita que se conoce como “Aviso de Prácticas de Privacidad”, que<br />
explica sus derechos y cómo nosotros protegemos la privacidad de su información de<br />
salud.<br />
¿Cómo protegemos la privacidad de su información de salud?<br />
Nos aseguramos que personas sin autorización no vean o cambien sus expedientes.<br />
En la mayoría de las situaciones, si le damos su información de salud a cualquiera que no<br />
esté proveyéndole cuidado de salud o pagando por su cuidado, tenemos la obligación de<br />
obtener un permiso escrito de usted primero. Un permiso escrito puede ser dado por<br />
usted o por alguien a quien usted le haya dado un poder legal para tomar decisiones por<br />
usted.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 84<br />
Hay ciertas excepciones que no requieren que obtengamos su permiso escrito primero.<br />
Estas excepciones son permitidas o requeridas por ley.<br />
o Por ejemplo, se nos requiere liberar información de salud a agencias gubernamentales<br />
que están cotejando la calidad de cuidado.<br />
o Como usted es un asegurado de nuestro plan a través de <strong>Medicare</strong>, se nos requiere darle<br />
a <strong>Medicare</strong> su información de salud, incluida la información sobre sus medicamentos<br />
de la Parte D. Si <strong>Medicare</strong> divulga su información con propósitos investigativos o de<br />
otros usos, esto será hecho siguiendo los estatutos y reglamentos Federales.<br />
Usted puede ver la información que está en sus expedientes y conocer cómo ha sido<br />
compartida con otros<br />
Usted tiene el derecho de ver los expedientes médicos suyos que son mantenidos en nuestro plan,<br />
y de obtener una copia de todos sus expedientes. Se nos permite cobrarle una tarifa por hacer las<br />
copias. Usted también tiene el derecho de pedir que hagamos correcciones o añadamos<br />
información a sus expedientes médicos. Si usted nos solicita hacer esto, evaluaremos su solicitud<br />
y decidiremos si los cambios se deben hacer.<br />
Usted tiene el derecho a saber cómo su información de salud ha sido compartida con otros con<br />
propósitos no rutinarios.<br />
Si usted tiene preguntas o inquietudes sobre la privacidad de su información personal de salud,<br />
por favor llame a Servicio al Cliente (los números telefónicos están impresos en la<br />
contraportada de este folleto.)<br />
Sección 1.5 Debemos proveerle información sobre el plan, su red de<br />
farmacias y sus medicamentos cubiertos<br />
Como asegurado de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP), usted tiene derecho de obtener ciertos tipos<br />
de información de parte nuestra. (Como explicamos anteriormente en la Sección 1.1, usted tiene<br />
el derecho de obtener información de parte nuestra en formatos que puedan servirle a usted. Esto<br />
incluye obtener la información en inglés o en letra grande.)<br />
Si desea cualquiera de los siguientes tipos de información, favor comuníquese con Servicio al<br />
Cliente (los números telefónicos están en la contraportada de este folleto):<br />
Información sobre nuestro plan. Esto incluye, por ejemplo, información sobre el<br />
estado financiero de la compañía. También incluye información sobre el número de<br />
apelaciones sometidas por asegurados y la clasificación por ejecución del plan, incluido<br />
cómo el plan ha sido clasificado por sus asegurados y cómo compara con otros planes de<br />
farmacia de <strong>Medicare</strong>.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 85<br />
Información sobre nuestras farmacias participantes.<br />
o Por ejemplo, usted tiene el derecho a obtener información nuestra sobre las<br />
farmacias que están en nuestra red.<br />
o Para obtener una lista de las farmacias participantes del plan, refiérase al<br />
Directorio de Farmacias.<br />
o Para obtener información más detallada sobre nuestras farmacias, puede llamar a<br />
Servicio al Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada de<br />
este folleto) o visite nuestro portal de Internet en www.ssspr.com.<br />
Información sobre su cubierta y las reglas que debe seguir al usar su cubierta.<br />
o Para obtener los detalles sobre su cubierta de farmacia de la Parte D, vea los<br />
Capítulos 3 y 4 de este folleto más la Lista de Medicamentos Cubiertos<br />
(Formulario) del plan. Estos capítulos, junto a la Lista de Medicamentos<br />
Cubiertos, le indican qué medicamentos están cubiertos, le explican las reglas que<br />
usted debe seguir y las restricciones de su cubierta para ciertos medicamentos.<br />
o Si tiene preguntas sobre las reglas o restricciones, comuníquese con Servicio al<br />
Cliente (los números telefónicos se encuentran en la contraportada de este<br />
folleto).<br />
Información sobre por qué algo no está cubierto y qué puede hacer al respecto.<br />
o Si un medicamento de la Parte D no lo cubre su cubierta o si su cubierta está<br />
restringida de alguna manera, usted puede solicitar que le enviemos una<br />
explicación por escrito. Usted tiene derecho a esta explicación aún cuando recibió<br />
el medicamento de una farmacia no participante.<br />
o Si no está satisfecho o si no está de acuerdo con alguna decisión que tomamos<br />
sobre qué medicamento de la Parte D cubre su cubierta, usted tiene el derecho a<br />
solicitar que cambiemos nuestra decisión. Para detalles sobre qué hacer si algo no<br />
está en su cubierta de la manera que entiende debe estar cubierto, vea el Capítulo<br />
7 de este folleto. El mismo le ofrece detalles sobre cómo presentar una apelación<br />
si desea que cambiemos nuestra decisión. (El Capítulo 7 también le indica cómo<br />
presentar una queja sobre calidad de cuidado, tiempos de espera y otras<br />
inquietudes.)<br />
o Si quiere solicitarle al plan que pague lo que le corresponde de un medicamento<br />
de la Parte D, vea el Capítulo 5 de este folleto.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 86<br />
Sección 1.6 Debemos apoyar su derecho a tomar decisiones sobre su<br />
cuidado<br />
Usted tiene el derecho a dar instrucciones sobre qué hacer si no le es posible tomar<br />
decisiones médicas por su cuenta<br />
A veces, las personas pueden estar imposibilitadas para tomar decisiones sobre su cuidado de<br />
salud por ellos mismos debido a un accidente o enfermedad grave. Usted tiene el derecho de<br />
escoger lo que usted desee que suceda si se encuentra en esta situación. Esto significa que, si<br />
usted lo desea, usted puede:<br />
Completar un formulario escrito que le otorga a alguien la autoridad legal para tomar<br />
decisiones médicas por usted si en algún momento usted no puede tomar estas<br />
decisiones por sí mismo.<br />
Dar a sus médicos instrucciones escritas sobre cómo usted desea que ellos manejen su<br />
cuidado médico si usted no puede tomar estas decisiones por sí mismo.<br />
Los documentos legales que usted puede usar para dar sus directrices por adelantado en estas<br />
situaciones se llaman “directrices anticipadas”. Hay diferentes tipos de directrices<br />
anticipadas y diferentes nombres para las mismas. Los documentos conocidos como<br />
“testamento en vida” y “poder notarial para el cuidado de la salud” son ejemplos de<br />
directrices anticipadas.<br />
Si desea usar una directriz anticipada para dar instrucciones, a continuación se describe lo<br />
que debe hacer:<br />
Obtenga el formulario. Si desea hacer una directriz anticipada, usted puede obtener<br />
un formulario de su abogado, de un trabajador social o de alguna de las tiendas de<br />
artículos para oficina. A veces, usted puede obtener formularios para directrices<br />
anticipadas de organizaciones que proveen información sobre <strong>Medicare</strong>. Usted<br />
también puede comunicarse con Servicio al Cliente para pedirle un formulario (los<br />
números telefónicos están impresos en la contraportada de este folleto.)<br />
Complételo y Fírmelo. Sin importar de dónde usted obtenga este formulario, tenga<br />
en mente que es un documento legal. Usted debería considerar buscar la ayuda de un<br />
abogado para completar el mismo.<br />
Entregue copias a las personas apropiadas. Usted debe entregarle una copia del<br />
formulario a su médico y a la persona que usted nombra en este formulario como la<br />
que ha de tomar decisiones por usted si usted no puede hacerlo. Tal vez, usted desee<br />
entregar copias también a sus amigos cercanos o a familiares. Asegúrese de guardar<br />
una copia en su hogar.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 87<br />
Si usted sabe con anticipación que va a ser hospitalizado y ha firmado una directriz anticipada,<br />
lleve una copia con usted al hospital.<br />
Si usted es admitido a un hospital, ellos le preguntarán si ha firmado una directriz<br />
anticipada y si la tiene consigo.<br />
Si usted no ha firmado una directriz anticipada, el hospital tiene formularios<br />
disponibles y le preguntarán si desea firmar alguna.<br />
Recuerde que es su decisión si desea llenar una directriz anticipada (incluido si usted desea<br />
firmar este documento mientras se encuentra en el hospital). De acuerdo con la ley, nadie puede<br />
negarle cuidado de salud o discriminar en contra de usted por haber firmado o no una directriz<br />
anticipada.<br />
¿Qué sucede si no se siguen sus instrucciones?<br />
Si usted ha firmado una directriz anticipada y cree que un médico u hospital no ha seguido las<br />
instrucciones que se encuentran ahí, usted puede radicar una querella con el Departamento de<br />
Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Programa de Asistencia Médica de Puerto<br />
Rico.<br />
Sección 1.7 Usted tiene derecho a presentar quejas y solicitar<br />
reconsideraciones sobre las decisiones que hayamos tomado<br />
Si usted tiene algún problema o inquietud acerca de sus servicios cubiertos o cuidado de salud, el<br />
Capítulo 7 de este folleto le indica qué debe hacer. Éste le da detalles sobre cómo manejar todo<br />
tipo de problemas y quejas.<br />
Como explicamos en el Capítulo 7, lo que usted necesita hacer para dar seguimiento a un<br />
problema o inquietud depende de la situación. Puede que usted necesite solicitarle al plan una<br />
decisión de cubierta, presentar una apelación para que cambiemos una decisión de cubierta o<br />
presentar una queja. En cualquiera de los casos –solicitar una decisión de cubierta o apelación o<br />
presentar una queja – tenemos la obligación de tratarlo de forma justa.<br />
Usted tiene el derecho a obtener un resumen de información sobre las apelaciones y quejas que<br />
otros asegurados han presentado contra nuestro plan en el pasado. Para obtener esta información,<br />
llame a Servicio al Cliente (los números telefónicos están en la contraportada de este folleto).<br />
Sección 1.8 ¿Qué puede hacer si piensa que está siendo tratado<br />
injustamente o que sus derechos no están siendo respetados?<br />
Si se trata de discriminación, llame a su Oficina de Derechos Civiles
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 88<br />
Si usted piensa que ha sido tratado injustamente o que sus derechos no han sido respetados<br />
debido a su raza, impedimento, religión, género, salud, etnia, credo (creencias), edad u origen<br />
nacional, usted puede llamar a la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Salud y<br />
Servicios Humanos al 1-800-368-1019 ó TTY 1-800-537-7697, o llame a su Oficina local de<br />
Derechos Civiles.<br />
¿Y si es sobre otro asunto?<br />
Si usted piensa que ha sido tratado injustamente o que sus derechos no han sido respetados, y no<br />
se trata de discriminación, usted puede obtener ayuda para manejar el problema que está<br />
confrontando:<br />
Puede llamar a Servicio al Cliente (los números están impresos en la contraportada de<br />
este folleto).<br />
Puede llamar a la Oficina del Procurador del Ciudadano. Para más detalles sobre esta<br />
organización y cómo comunicarse con ellos, vaya al Capítulo 2, Sección 3.<br />
O puede llamar a <strong>Medicare</strong> al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), 24 horas al día, 7<br />
días a la semana. Usuarios TTY deben llamar al 1-877-486-2048<br />
Sección 1.9 ¿Cómo obtener más información sobre sus derechos?<br />
Hay varios lugares donde puede obtener más información sobre sus derechos:<br />
Puede llamar a Servicio al Cliente (los números están impresos en la contraportada de<br />
este folleto).<br />
Puede llamar a la Oficina del Procurador del Ciudadano. Para más detalles sobre esta<br />
organización y cómo comunicarse con ellos, vaya al Capítulo 2, Sección 3.<br />
Puede comunicarse con <strong>Medicare</strong>.<br />
o Puede visitar el portal de Internet de <strong>Medicare</strong> para leer o imprimir la publicación<br />
“Sus Derechos y Protecciones de <strong>Medicare</strong>”. (Esta publicación está disponible en:<br />
http://www.medicare.gov/Publications/Pubs/pdf/10112_s.pdf.)<br />
o O, puede llamar a 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227) 24 horas al día, 7 días a<br />
la semana. Usuarios TTY deben llamar al 1-877-486-2048.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 89<br />
SECCIÓN 2 Usted tiene ciertas responsabilidades como asegurado de<br />
nuestro plan<br />
Sección 2.1 ¿Cuáles son sus responsabilidades?<br />
Las cosas que usted necesita hacer como asegurado de nuestro plan están enumeradas a<br />
continuación. Si tiene preguntas, llame a Servicio al Cliente (los números telefónicos están en la<br />
contarportada de este folleto). Estamos aquí para ayudarle.<br />
Familiarícese con su cubierta de farmacia y las reglas que debe seguir para obtener<br />
sus medicamentos. Utilice este folleto, la Evidencia de Cubierta, para informarse<br />
sobre su cubierta y las reglas que tiene que seguir para obtener sus medicamentos.<br />
o Los Capítulos 3 y 4 le ofrecen detalles sobre su cubierta de farmacia de la<br />
Parte D<br />
Si usted tiene alguna otra cubierta de farmacia adicional a la nuestra, está<br />
obligado a informárnoslo. Llame a Servicio al Cliente para dejarnos saber (los<br />
números telefónicos están impresos en la contraportada de este folleto).<br />
o Se nos requiere seguir las reglas establecidas por <strong>Medicare</strong> para asegurar<br />
que usted está utilizando todas sus cubiertas en combinación al usted<br />
obtener los medicamentos cubiertos de nuestro plan. A esto se le llama<br />
“coordinación de beneficios” porque conlleva coordinar todos los<br />
beneficios que usted recibe de nuestro plan con cualquier otro beneficio de<br />
farmacia que tiene disponible. Nosotros le ayudaremos con esto. (Para<br />
obtener más información sobre la coordinación de beneficios, refiérase al<br />
Capítulo 1, Sección 7).<br />
Notifíquele a su médico y farmacéutico que usted está suscrito a nuestro plan.<br />
Presente su tarjeta de asegurado del plan al obtener sus medicamentos de la Parte D.<br />
Ayude a que sus médicos y otros proveedores le puedan ayudar dándole<br />
información, haciendo preguntas y siguiendo las directrices sobre su cuidado de<br />
salud.<br />
o Para ayudar a sus médicos y otros proveedores de la salud a que le den el mejor<br />
cuidado, aprenda todo lo que pueda acerca de sus problemas de salud y provéales<br />
la información que necesiten sobre usted y su salud. Siga los planes de<br />
tratamiento e instrucciones que su médico y usted han acordado.<br />
o Asegúrese de que sus médicos tengan conocimiento de todos los medicamentos<br />
que usted esta tomando, incluidos los medicamentos sin leyenda federal (OTC),<br />
vitaminas y otros suplementos.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 90<br />
o Si tiene alguna duda, asegúrese de preguntar. Sus médicos y otros proveedores<br />
de la salud deben explicarle las cosas de forma que usted las pueda entender. Si<br />
usted pregunta algo y no entiende la contestación que se le dio, pregunte otra<br />
vez.<br />
Pague lo que debe. Como asegurado del plan, usted es responsable por estos pagos:<br />
o Debe continuar pagando su prima del plan para mantenerse como miembro<br />
de nuestro plan.<br />
o Para la mayoría de sus medicamentos cubiertos por el plan, usted debe pagar<br />
su porción del costo al recibir el medicamento. Esto será un copago (una<br />
cantidad fija) o un coaseguro (un por ciento del costo total). El Capítulo 4 le<br />
dice lo que debe pagar por sus medicamentos de la Parte D.<br />
o Si obtiene algún medicamento que no está cubierto por el plan o por otro<br />
seguro que posea, usted tiene que pagar el costo total.<br />
Si usted no está de acuerdo con nuestra decisión de denegarle cubierta<br />
por algún medicamento, usted puede presentar una apelación.<br />
Refiérase al Capítulo 7 de este folleto para obtener información sobre<br />
cómo solicitar una apelación.<br />
o Si a usted se le requiere pagar una penalidad por suscripción tardía, usted debe<br />
pagar la penalidad para permanecer como asegurado de nuestro plan.<br />
Infórmenos si se muda. Si se va a mudar, es importante que nos lo diga inmediatamente.<br />
Llame a Servicio al Cliente (los números telefónicos están impresos en la contraportada de<br />
este folleto).<br />
o Si se muda fuera del área de servicio de nuestro plan, no puede seguir como<br />
asegurado de nuestro plan. (El Capítulo 1 le informa sobre nuestra área de<br />
servicio.) Podemos ayudarle a saber si está mudándose fuera de nuestra área de<br />
servicio. Si está saliendo fuera del área de servicio, tendrá un Período Especial de<br />
Suscripción durante el cual podrá afiliarse a cualquier plan de <strong>Medicare</strong><br />
disponible en su área. Podemos informarle si tenemos un plan en su área nueva.<br />
o Si se muda dentro de nuestra área de servicio, aún necesitamos saber para<br />
poder mantener su expediente de asegurado actualizado y saber cómo<br />
comunicarnos con usted.<br />
Llame a Servicio al Cliente para solicitar ayuda si tiene preguntas o inquietudes.<br />
También recibimos con agrado cualquier sugerencia que pueda tener sobre cómo<br />
mejorar nuestro plan.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 6: Sus derechos y responsabilidades 91<br />
o Los números telefónicos y horas de llamada para Servicio al Cliente están<br />
impresos en la contraportada de este folleto.<br />
o Para más información sobre cómo comunicarse con nosotros, incluida<br />
nuestra dirección postal, favor vea el Capítulo 2.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
Capítulo 7. Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de<br />
cubierta, apelaciones, quejas)<br />
TRASFONDO<br />
SECCIÓN 1 Introducción .......................................................................................................94<br />
Sección 1.1 ¿Qué hacer si usted tiene un problema o inquietud? ........................................94<br />
Sección 1.2 ¿Y qué sobre los términos legales? ..................................................................94<br />
SECCIÓN 2 Usted puede obtener ayuda de organizaciones de gobierno que<br />
no están relacionadas con nosotros ..................................................................95<br />
Sección 2.1 ¿Dónde obtener más información y asistencia personalizada? ........................95<br />
SECCIÓN 3 Para resolver su problema, ¿qué proceso debe seguir? .................................95<br />
Sección 3.1 ¿Debe usar el proceso para decisiones de cubierta y apelaciones?<br />
¿O debe usar el proceso para presentar quejas? ...............................................95<br />
SECCIÓN 4 Una guía básica sobre las decisiones de cubierta y apelaciones ....................96<br />
Sección 4.1 Solicitando decisiones de cubierta y apelaciones: el panorama<br />
general ..............................................................................................................96<br />
Sección 4.2 ¿Cómo recibir ayuda cuando está solicitando una decisión de<br />
cubierta o presentando una apelación? ............................................................97<br />
SECCIÓN 5 Sus medicamentos de la Parte D: ¿Cómo solicitar una decisión<br />
de cubierta o presentar una apelación? ...........................................................98<br />
Sección 5.1 Esta sección le informa qué hacer si tiene dificultades obteniendo<br />
un medicamento de la Parte D o si desea un reembolso por un<br />
medicamento de la Parte D ..............................................................................98<br />
Sección 5.2 ¿Qué es una excepción? .................................................................................100<br />
Sección 5.3 Información importante que debe conocer al solicitar una<br />
excepción .......................................................................................................102<br />
Sección 5.4 Paso por paso: ¿Cómo solicitar una decisión de cubierta, lo que<br />
incluye una excepción? ..................................................................................103<br />
92
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
Sección 5.5 Paso por paso: ¿Cómo presentar una Apelación de Nivel 1?<br />
(cómo solicitar una revisión de una decisión de cubierta emitida<br />
por nuestro plan) ............................................................................................107<br />
Sección 5.6 Paso por paso: ¿Cómo presentar una Apelación de Nivel 2? ........................110<br />
SECCIÓN 6 Llevando su apelación al Nivel 3 y más allá ..................................................112<br />
Sección 6.1 Niveles 3, 4, y 5 para las Apelaciones de Medicamentos de la<br />
Parte D ...........................................................................................................112<br />
SECCIÓN 7 ¿Cómo presentar una queja sobre calidad de cuidado, tiempos<br />
de espera, Servicio al Cliente y otras inquietudes? ......................................114<br />
Sección 7.1 ¿Qué tipos de problemas se manejan a través del proceso de<br />
quejas?............................................................................................................114<br />
Sección 7.2 El nombre formal para "presentar una queja" es "radicar una<br />
querella” .........................................................................................................116<br />
Sección 7.3 Paso por paso: Presentar una queja ................................................................117<br />
Sección 7.4 Usted también puede presentar quejas sobre la calidad de cuidado<br />
a la Organización para el Mejoramiento de la Calidad ..................................118<br />
Sección 7.5 También puede informar a <strong>Medicare</strong> acerca de su queja ...............................119<br />
93
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
TRASFONDO<br />
SECCIÓN 1 Introducción<br />
Sección 1.1 ¿Qué hacer si usted tiene un problema o inquietud?<br />
Este capítulo explica dos tipos de procesos para manejar problemas e inquietudes:<br />
Para algunos tipos de problemas, necesita usar el proceso para solicitar decisiones de<br />
cubierta y apelaciones<br />
Para otros tipos de problemas, necesita usar el proceso para presentar quejas<br />
Ambos procesos han sido aprobados por <strong>Medicare</strong>. Para asegurar la imparcialidad y prontitud<br />
del manejo de sus problemas, cada proceso tiene una serie de reglas, procedimientos y fechas<br />
límites que usted y nosotros debemos seguir.<br />
¿Cuál debe usar? Eso depende del tipo de problema que tenga. La guía en la Sección 3 le<br />
ayudará a identificar el proceso correcto a usar.<br />
Sección 1.2 ¿Y qué sobre los términos legales?<br />
Existen términos legales técnicos para algunas reglas, procedimientos y tipos de fechas límites<br />
explicados en este capítulo. Muchos de estos términos no son comunes para la mayoría de las<br />
personas y pueden ser difíciles de entender.<br />
Para mantener las cosas sencillas, este capítulo explica las reglas y procedimientos legales<br />
utilizando palabras más comunes en lugar de ciertos términos legales. Por ejemplo, este capítulo<br />
generalmente dice “presentar una queja” en vez de “radicar una querella”, “decisión de cubierta”<br />
en vez de “determinación de cubierta” y “Organización Independiente de Revisión” en vez de<br />
“Entidad Independiente de Revisión”. También usa abreviaturas lo menos posible.<br />
Sin embargo, podría ser útil – y a veces muy importante – que usted conozca los términos legales<br />
correctos para la situación en la que se encuentra. El conocer qué términos utilizar le ayudará a<br />
que su comunicación sea más clara y exacta cuando esté tratando su problema y a que obtenga la<br />
ayuda o información correctas para su situación. Para ayudarle a conocer qué términos usar,<br />
incluimos los términos legales cuando le damos los detalles sobre cómo manejar tipos<br />
específicos de situaciones.<br />
94
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
SECCIÓN 2 Usted puede obtener ayuda de organizaciones de gobierno<br />
que no están relacionadas con nosotros<br />
Sección 2.1 ¿Dónde obtener más información y asistencia personalizada?<br />
A veces, puede ser confuso comenzar o continuar el proceso para resolver un problema. Esto<br />
puede ser especialmente cierto si usted no se siente bien o si tiene poca energía. Otras veces,<br />
puede que no tenga el conocimiento que necesita para dar el próximo paso.<br />
Obtenga ayuda de una organización de gobierno independiente<br />
Siempre estamos disponibles para ayudarle. Pero en algunas situaciones usted puede desear<br />
ayuda o dirección de alguien que no esté relacionado con nosotros. Usted puede comunicarse en<br />
todo momento con la Oficina del Procurador del Ciudadano. Este programa gubernamental<br />
tiene consejeros calificados en cada estado. El programa no está asociado con nuestro plan o con<br />
ninguna otra compañía de seguros o plan de salud. Los consejeros en este programa pueden<br />
ayudarle a entender el proceso que debe utilizar para tratar el problema que está confrontando.<br />
También pueden contestar sus preguntas, darle más información y aconsejarle sobre qué hacer.<br />
Los servicios de la Oficina del Procurador del Ciudadano son libre de cargos. Encontrará los<br />
números telefónicos en el Capítulo 2, Sección 3 de este folleto.<br />
También puede obtener ayuda e información de <strong>Medicare</strong><br />
Para más información y ayuda manejando su problema, también puede comunicarse con<br />
<strong>Medicare</strong>. A continuación hay dos maneras de obtener información directamente de <strong>Medicare</strong>:<br />
Puede llamar al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), 24 horas del día, 7 días de la<br />
semana. Los usuarios TTY deben llamar al 1-877-486-2048.<br />
Puede visitar el portal de Internet de <strong>Medicare</strong> (www.medicare.gov).<br />
SECCIÓN 3 Para resolver su problema, ¿qué proceso debe seguir?<br />
Sección 3.1 ¿Debe usar el proceso para decisiones de cubierta y<br />
apelaciones? ¿O debe usar el proceso para presentar quejas?<br />
Si tiene un problema o inquietud, sólo tiene que leer las partes de este capítulo que aplican a su<br />
situación. La guía que sigue le ayudará.<br />
95
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
Para determinar qué sección de este capítulo le<br />
ayudará con su problema o inquietud,<br />
EMPIECE AQUÍ<br />
¿Su problema o inquietud se relaciona con sus beneficios y cubierta?<br />
(Esto incluye problemas sobre si un cuidado médico o medicamento en particular están<br />
cubiertos o no están cubiertos, la manera en que están cubiertos y los problemas relacionados<br />
con el pago por cuidado médico o por medicamentos).<br />
Sí.<br />
Mi problema se relaciona con mis<br />
beneficios o cubierta.<br />
Siga a la próxima sección de este capítulo,<br />
Sección 4: “Una guía básica sobre las<br />
decisiones de cubierta y apelaciones”.<br />
DECISIONES DE CUBIERTA Y AP<strong>ELA</strong>CIONES<br />
No.<br />
Mi problema no se relaciona con mis<br />
beneficios o cubierta.<br />
Pase a la Sección 7 al final de este capítulo<br />
“Cómo presentar una queja sobre calidad<br />
de cuidado, tiempos de espera, servicio al<br />
cliente u otras inquietudes.”<br />
SECCIÓN 4 Una guía básica sobre las decisiones de cubierta y<br />
apelaciones<br />
Sección 4.1 Solicitando decisiones de cubierta y apelaciones: el panorama<br />
general<br />
El proceso para solicitar decisiones de cubierta y para presentar apelaciones tiene que ver con los<br />
problemas relacionados con sus beneficios y cubierta de farmacia, incluido los problemas<br />
relacionados con su pago. Este es el proceso que usted utiliza para resolver asuntos tales como si<br />
un medicamento está o no cubierto y la manera en la cual está cubierto.<br />
Solicitando decisiones de cubierta<br />
Una decisión de cubierta es una decisión que tomamos sobre sus beneficios y cubierta o sobre la<br />
cantidad que pagaremos por sus medicamentos.<br />
Emitimos una decisión de cubierta para usted siempre que decidimos lo que le cubrimos y cuánto<br />
pagaremos. En algunos casos, podríamos decidir que un medicamento ya no es cubierto o que ya<br />
96
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
no se lo cubre <strong>Medicare</strong>. Si usted no está de acuerdo con esta decisión de cubierta, usted puede<br />
apelar la decisión.<br />
Presentando una apelación<br />
Si tomamos una decisión de cubierta y usted no está satisfecho con la decisión, usted puede<br />
“apelar” la decisión. Una apelación es una manera formal de pedirnos que revisemos y<br />
cambiemos una decisión de cubierta que hemos tomado.<br />
Cuando usted presenta una apelación, nosotros revisamos la decisión de cubierta que emitimos<br />
para verificar si hemos seguido todas las reglas correctamente. Su apelación es manejada por<br />
otros revisores distintos a los que emitieron la decisión desfavorable original. Cuando<br />
terminamos la revisión, nosotros le informamos nuestra decisión.<br />
Si le negamos toda o parte de su Apelación de Nivel 1, usted puede solicitar una Apelación de<br />
Nivel 2. La Apelación de Nivel 2 es dirigida por una organización independiente que no está<br />
relacionada con nuestro plan. Si no está satisfecho con la decisión en el Nivel 2 de apelaciones,<br />
puede continuar apelando a través de varios niveles.<br />
Sección 4.2 ¿Cómo recibir ayuda cuando está solicitando una decisión de<br />
cubierta o presentando una apelación?<br />
¿Le gustaría recibir ayuda? A continuación hay recursos que podría utilizar si decide solicitar<br />
cualquier clase de decisión de cubierta o apelación a una decisión:<br />
Puede llamarnos a Servicio al Cliente (los números telefónicos aparecen en la<br />
contraportada de este folleto).<br />
Para obtener ayuda gratis de una organización independiente que no está relacionada con<br />
nuestro plan, comuníquese con su Programa Estatal de Asistencia sobre Seguros de Salud<br />
(vea la Sección 2 de este capítulo).<br />
Su médico u otro proveedor puede hacer la solicitud por usted. Su médico u otro<br />
proveedor puede solicitar una decisión de cubierta o una Apelación de Nivel 1 en su nombre.<br />
Para solicitar cualquier apelación luego del Nivel 1, su médico u otro proveedor debe ser<br />
nombrado como su representante.<br />
Puede solicitar que alguien actúe en su nombre. Si desea, puede nombrar a otra persona<br />
que actúe en su nombre como su “representante” para solicitar una decisión de cubierta o<br />
presentar una apelación.<br />
97
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
o Podría haber una persona que ya esté legalmente autorizada para actuar como su<br />
representante bajo la ley Estatal.<br />
o Si usted quiere que un amigo, pariente, su médico u otro proveedor o cualquier<br />
otra persona sea su representante, llame a Servicio al Cliente y solicite el<br />
formulario “Nombramiento de Representante”. Este formulario también está<br />
disponible en el portal de Internet de <strong>Medicare</strong> en:<br />
http://www.cms.gov/<strong>Medicare</strong>/CMS-Forms/CMS-<br />
Forms/Downloads/CMS1696Spanish.pdf. El formulario le da permiso a esa<br />
persona para actuar en su nombre. El formulario deberá estar firmado por usted y<br />
por la persona que está asignando como su representante. Usted deberá<br />
enviarnos una copia firmada al plan.<br />
Usted también tiene el derecho de contratar a un abogado para que actúe en su nombre.<br />
Usted puede comunicarse con su propio abogado, o conseguir el nombre de un abogado del<br />
Colegio de Abogados u otros servicios de referencia. Existen grupos que ofrecen sus<br />
servicios legales libre de costo si usted califica para éstos. Sin embargo, usted no está<br />
obligado a contratar a un abogado para solicitar cualquier tipo de decisión de cubierta o<br />
para apelar la decisión.<br />
SECCIÓN 5 Sus medicamentos de la Parte D: ¿Cómo solicitar una<br />
decisión de cubierta o presentar una apelación?<br />
?<br />
¿Ha leído la Sección 4 de este capítulo? (“Una guía básica sobre<br />
las decisiones de cubierta y apelaciones”) Si no lo ha hecho, le<br />
exhortamos leerla antes de comenzar esta sección.<br />
Sección 5.1 Esta sección le informa qué hacer si tiene dificultades<br />
obteniendo un medicamento de la Parte D o si desea un<br />
reembolso por un medicamento de la Parte D<br />
Sus beneficios como asegurado de nuestro plan incluyen la cubierta de muchos medicamentos.<br />
Por favor refiérase a la Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario) de nuestro plan. Para que<br />
lo cubramos, un medicamento debe usarse para una indicación médicamente aceptada. (Una<br />
“indicación médicamente aceptada” significa que el uso del medicamento tiene la aprobación de<br />
la Administración de Drogas y Alimentos o tiene el apoyo de ciertos libros de referencia.<br />
Refiérase al Capítulo 3, Sección 3 para obtener más información sobre lo que es una indicación<br />
médicamente aceptada).<br />
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Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
Esta sección es solamente sobre sus medicamentos de la Parte D. Para mantener las cosas<br />
sencillas, generalmente decimos “medicamento” en el resto de esta sección, en vez de repetir<br />
cada vez “medicamento cubierto que se obtiene de forma ambulatoria” o “medicamento de la<br />
Parte D”.<br />
Para detalles sobre lo que queremos decir cuando usamos el término medicamentos de la<br />
Parte D, la Lista de Medicamentos Cubiertos, reglas y restricciones de cubierta e información<br />
de costos, refiérase al Capítulo 3 (Utilizar la cubierta del plan para sus medicamentos de la<br />
Parte D) y el Capítulo 4 (Lo que usted paga por los medicamentos de la Parte D).<br />
Decisiones de cubierta y apelaciones de la Parte D<br />
Como discutimos en la Sección 4 de este capítulo, una decisión de cubierta es una decisión que<br />
tomamos sobre sus beneficios y cubierta o sobre la cantidad que pagaremos por sus<br />
medicamentos.<br />
Términos<br />
Legales<br />
Una decisión inicial de cubierta sobre sus<br />
medicamentos de la Parte D se llama<br />
“determinación de cubierta”<br />
A continuación hay ejemplos de decisiones de cubierta que usted nos pudiese pedir sobre sus<br />
medicamentos de la Parte D:<br />
Usted nos puede solicitar una excepción, que incluya:<br />
o Pedirnos que cubramos un medicamento de la Parte D que no esté en la Lista<br />
de Medicamentos Cubiertos (Formulario).<br />
o Pedirnos que obviemos una restricción de la cubierta del plan para un<br />
medicamento (tal como los límites a la cantidad de medicamento que usted<br />
puede obtener).<br />
o Pedirnos que paguemos una cantidad menor de copago/coaseguro para un<br />
medicamento no-preferido cubierto por el plan.<br />
Usted nos puede preguntar si un medicamento está cubierto para usted y si usted<br />
satisface cualquiera de las leyes de cubierta aplicables. (Por ejemplo, cuando su<br />
medicamento está en la Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario), pero le<br />
requerimos que usted obtenga nuestra autorización antes de que lo cubramos para<br />
usted).<br />
o Por favor, note: Si su farmacia le dice que su receta no puede ser despachada<br />
según escrita, usted recibirá una notificación escrita explicándole cómo<br />
comunicarse con nosotros para una determinación de cubierta.<br />
Usted nos puede pedir que paguemos por un medicamento que ya usted compró. Esto<br />
es una solicitud de decisión de cubierta para pago.<br />
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Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
100<br />
Si usted no está de acuerdo con una decisión de cubierta que hemos tomado, usted puede apelar<br />
nuestra decisión.<br />
Esta sección le habla sobre cómo solicitar una decisión de cubierta y cómo solicitar una<br />
apelación. Use esta guía para determinar qué parte tiene información sobre su situación.<br />
¿En cuál de estas situaciones se encuentra<br />
usted?<br />
¿Necesita un<br />
medicamento que<br />
no está en la Lista<br />
de Medicamentos,<br />
o necesita que<br />
obviemos una regla<br />
o restricción sobre<br />
un medicamento<br />
que nosotros<br />
cubrimos?<br />
Puede solicitarnos<br />
una excepción.<br />
(Esto es un tipo de<br />
decisión de<br />
cubierta).<br />
Empiece con la<br />
Sección 5.2 de este<br />
capítulo.<br />
¿Desea que cubramos<br />
un medicamento que<br />
está en nuestra Lista<br />
de Medicamentos y<br />
usted considera que<br />
cumple con toda regla<br />
o restricción (tal<br />
como obtener pre<br />
certificación) por el<br />
medicamento que<br />
usted necesita?<br />
Puede pedirnos una<br />
decisión de cubierta.<br />
Pase a la Sección 5.4<br />
de este capítulo.<br />
Sección 5.2 ¿Qué es una excepción?<br />
¿Desea que le<br />
paguemos por un<br />
medicamento que<br />
usted ya recibió y ya<br />
pagó?<br />
Puede pedirnos que<br />
le reembolsemos.<br />
(Esto es un tipo de<br />
decisión de<br />
cubierta).<br />
Pase a la Sección<br />
5.4 de este capítulo.<br />
¿Le hemos<br />
informado que no<br />
cubrirermo o<br />
pagaremos por un<br />
medicamento de la<br />
forma que usted<br />
desea que se cubra<br />
o pague?<br />
Puede presentar una<br />
apelación. (Esto<br />
significa que nos<br />
está solicitando una<br />
reconsideración).<br />
Pase a la Sección<br />
5.5 de este capítulo.<br />
Si un medicamento no está cubierto de la forma que le gustaría que se cubriese, usted puede<br />
solicitar al plan que haga una “excepción”. Una excepción es un tipo de decisión de cubierta.<br />
Como ocurre con otros tipos de decisiones de cubierta, si le negamos su solicitud para una<br />
excepción, usted puede apelar nuestra decisión.<br />
Cuando usted solicita una excepción, su médico o el médico que receta necesitará explicar las<br />
razones médicas por las cuales usted necesita que se apruebe la excepción. Luego, nosotros
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
101<br />
consideramos su solicitud. A continuación, tres ejemplos de excepciones que usted o su médico o<br />
el médico que receta puede solicitarnos:<br />
1. Cubrir un medicamento de la Parte D que no está en la Lista de Medicamentos Cubiertos<br />
(Formulario) de nuestro plan. (Le llamamos de forma corta “Lista de Medicamentos”.)<br />
Términos<br />
Legales<br />
Pedir cubierta para un medicamento que no está en la<br />
Lista de Medicamentos a menudo se conoce como<br />
“excepción al formulario”.<br />
Si aceptamos hacer la excepción y cubrir el medicamento que no está en la Lista de<br />
Medicamentos, usted tendrá que pagar el copago/coaseguro que le aplique a los<br />
medicamentos en el nivel de Medicamentos No Preferidos de marca. Usted no puede<br />
pedir una excepción para el copago o coaseguro que requerimos que usted pague por el<br />
medicamento.<br />
Usted no puede pedirnos cubierta para un “medicamento excluido” o para otro<br />
medicamento que no esté bajo la Parte D y que <strong>Medicare</strong> no cubre. (Para más<br />
información sobre los medicamentos excluidos, vea el Capítulo 5.)<br />
2. Remover una restricción en la cubierta del plan por un medicamento cubierto. Existen<br />
otras reglas o restricciones que le aplican a ciertos medicamentos en nuestra Lista de<br />
Medicamentos Cubiertos del plan (para más información, vaya al Capítulo 3).<br />
Términos<br />
Legales<br />
Pedir que se remueva una restricción en la cubierta de<br />
un medicamento se llama algunas veces pedir una<br />
“excepción al formulario”.<br />
Las reglas y restricciones adicionales que le aplican a la cubierta de ciertos<br />
medicamentos incluyen:<br />
o Obtener la aprobación del plan por adelantado, antes de que aceptemos cubrir<br />
los medicamentos para usted. (Esto se denomina “precertificación”).<br />
.<br />
o Requerirle que utilice un medicamento diferente primero antes de que aprobemos<br />
cubrir el medicamento que usted está solicitando. (Esto se denomina "terapia<br />
escalonada").<br />
o Límites a la Cantidad. Para algunos medicamentos, existen restricciones sobre la<br />
cantidad del medicamento que puede obtener.
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Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
102<br />
Si nuestro plan acuerda hacer una excepción y obviar una restricción para su caso, puede<br />
pedir una excepción a la cantidad del copago o coaseguro que le requerimos que por ese<br />
medicamento.<br />
3. Cambiar la cubierta de un medicamento a un nivel de copago/coaseguro más bajo. Todo<br />
medicamento en nuestra Lista de Medicamentos está en uno de cuatro (4) niveles de<br />
copago/coaseguro. En general mientras más bajo es el nivel de copago/coaseguro, menos<br />
tendrá usted que pagar por su parte del costo del medicamento.<br />
Términos<br />
Legales<br />
Solicitar pagar un precio más bajo por un<br />
medicamento no preferido a menudo se conoce como<br />
solicitar una “excepción al nivel de copago/<br />
coaseguro”.<br />
Si su medicamento está en el nivel 3 de copago/coaseguro, el nivel de medicamentos no<br />
preferidos, usted puede pedir que lo cubramos al precio que aplica a los medicamentos<br />
del nivel 2 de copago/coaseguro, el nivel de medicamentos preferidos. Esto reducirá la<br />
cantidad que le corresponde a usted pagar por el mdicamento.<br />
Usted no nos puede pedir que cambiemos el nivel de copago/coaseguro de ningún<br />
medicamento del nivel 5 de copago/coaseguro, Medicamentos Especializados.<br />
Sección 5.3 Información importante que debe conocer al solicitar una<br />
excepción<br />
Su médico nos debe indicar las razones médicas<br />
Su médico o el médico que le receta nos debe proveer una declaración escrita explicando las<br />
razones médicas para solicitar una excepción. Para una decisión más rápida, incluya esta<br />
información médica de su médico o el médico que receta al solicitarnos una excepción.<br />
Por lo general, nuestra Lista de Medicamentos incluye más de un medicamento para tratar una<br />
condición en particular. Estas diferentes posibilidades se conocen como medicamentos<br />
“alternos”. Si un medicamento alterno es tan efectivo como el medicamento que nos está<br />
solicitando y no causa más efectos secundarios o problemas de salud, generalmente nosotros no<br />
aprobaremos su solicitud para una excepción.<br />
Nuestro plan puede decir sí o no a su solicitud<br />
Si aprobamos su solicitud para una excepción, nuestra aprobación usualmente será válida<br />
hasta el final del año del plan. Esto será así mientras su médico siga recetándole el
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Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
103<br />
medicamento y que ese medicamento continúe siendo seguro y efectivo para tratar su<br />
condición.<br />
Si denegamos su solicitud para una excepción, usted puede pedir una revisión de nuestra<br />
decisión solicitando una apelación. La Sección 5.5 le indica cómo solicitar una apelación si le<br />
decimos que no.<br />
La próxima sección habla sobre cómo solicitar una decisión de cubierta, lo que incluye una<br />
excepción.<br />
Sección 5.4 Paso por paso: ¿Cómo solicitar una decisión de cubierta, lo<br />
que incluye una excepción?<br />
Paso 1: Puede solicitarle a nuestro plan que tomemos una decisión de cubierta sobre los<br />
medicamentos o el pago que usted necesita. Si debido a su condición de salud, usted<br />
requiere una respuesta rápida, debe solicitar que tomemos una “decisión de cubierta<br />
rápida”. No puede pedir una decisión rápida si está pidiendo que le reembolsemos por un<br />
medicamento que ya usted compró.<br />
Qué hacer<br />
Solicite el tipo de decisión de cubierta que desea. Empiece llamando, escribiendo o<br />
enviando por fax al plan su solicitud. Usted, su representante o su médico (o el médico<br />
que receta) pueden hacer esto. Para los detalles, vaya al Capítulo 2, Sección 1 y busque la<br />
sección titulada, Cómo comunicarse con nosotros cuando está solicitando una<br />
determinación de cubierta, presentando una queja o una apelación sobre los<br />
medicamentos de la Parte D. O si nos está solicitando que le reembolsemos por un<br />
medicamento, vaya a la sección titulada, Dónde enviar una solicitud que solicita el pago<br />
nuestro por parte del costo de un medicamento que usted ha recibido.<br />
Usted o su médico o alguna otra persona que esté actuando en su nombre pueden<br />
solicitar una decisión de cubierta. La Sección 4 de este capítulo le dice cómo puede dar<br />
un permiso por escrito a otra persona para actuar como su representante. Usted también<br />
puede pedirle a un abogado que sea su representante.<br />
Si desea pedir al plan que le rembolsemos por un medicamento, empiece por leer el<br />
Capítulo 5 de este folleto: Solicitando al plan que pague su porción de una factura que<br />
ha recibido por servicios médicos o medicamentos. El Capítulo 5 describe las situaciones<br />
en las cuales puede necesitar solicitarnos un reembolso. También le dice cómo enviarnos<br />
los documentos que nos solicita le rembolsemos por nuestra porción del costo de un<br />
medicamento que usted ya ha pagado.<br />
Si está solicitando una excepción, provea la “declaración de respaldo”. Su médico o<br />
el médico que receta debe darnos las razones médicas para la excepción que está
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
104<br />
solicitando. (Le llamamos a esto “declaración de respaldo”). Su médico o el médico que<br />
le receta puede enviar por fax o por correo la declaración a nuestro plan. O su médico o el<br />
médico que receta puede indicarnos por teléfono y luego enviarnos por fax o por correo<br />
la declaración firmada. Vea las Secciones 5.2 y 5.3 para obtener más información acerca<br />
de las solicitudes de excepción.<br />
Si su salud lo requiere, solicítenos una “decisión de cubierta rápida”<br />
Términos<br />
Legales<br />
Una “decisión de cubierta rápida” también se<br />
conoce como una “determinación de cubierta<br />
expedita”.<br />
Cuando le notifiquemos nuestra decisión, utilizaremos las fechas límites “estándar” a<br />
menos que hayamos acordado usar las fechas límites “rápidas.” Una decisión de<br />
cubierta estándar significa que le daremos una respuesta dentro de 72 horas después<br />
de que hayamos recibido la declaración del médico. Una decisión de cubierta rápida<br />
significa que le responderemos dentro de 24 horas.<br />
Para obtener una decisión de cubierta rápida, usted debe cumplir con dos requisitos:<br />
o Puede obtener una decisión de cubierta rápida solamente si usted está solicitando un<br />
medicamento que todavía no ha recibido. (Usted no puede obtener una decisión de<br />
cubierta rápida si está pidiendo que le reembolsemos por un medicamento que ya<br />
compró).<br />
o Usted puede obtener una decisión de cubierta rápida solamente si al esperar por las<br />
fechas límites estándar pudiese causar daño grave a su salud o afectar su habilidad<br />
para funcionar.<br />
Si su médico o el médico que receta nos indica que su salud requiere una “decisión de<br />
cubierta rápida”, automáticamente consentiremos en dar una decisión de cubierta<br />
rápida.<br />
Si usted solicita una decisión de cubierta rápida por su cuenta (sin el apoyo de su médico<br />
o el médico que receta) nuestro plan decidirá si su salud requiere que le demos una<br />
decisión de cubierta rápida.<br />
o Si decidimos que su condición médica no cumple con los requisitos para una<br />
decisión de cubierta rápida, le enviaremos una carta informándoselo (y usaremos<br />
las fechas límites estándar).<br />
o Esta carta le dirá que si su médico o el médico que receta solicita una decisión de<br />
cubierta rápida, le daremos automáticamente una.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
105<br />
o La carta también le dirá cómo puede presentar una queja sobre nuestra decisión de<br />
darle una decisión de cubierta estándar en vez de la decisión de cubiertarápida que<br />
solicitó. Le dirá cómo presentar una queja “rápida”, lo que significa que tendría la<br />
respuesta a su queja dentro de 24 horas. (El proceso para presentar una queja es<br />
diferente al proceso de decisiones de cubierta y apelaciones. Para más<br />
información sobre el proceso de presentar quejas, refiérase la Sección 7 de este<br />
capítulo).<br />
Paso 2: Nosotros evaluamos su solicitud y le damos una respuesta<br />
Fechas límites para una decisión de cubierta “rápida”<br />
Si estamos utilizando las fechas límites rápidas, debemos dar una respuesta a su solicitud en<br />
24 horas.<br />
o Por lo general, esto significa dentro de 24 horas luego de nosotros recibir su<br />
solicitud. Si usted está solicitando una excepción, le daremos nuestra respuesta<br />
dentro de 24 horas luego de recibir la declaración del médico apoyando su solicitud.<br />
Le daremos nuestra respuesta con más antelación si su salud así nos lo requiere.<br />
o Si no cumplimos con esta fecha límite, estamos obligados a enviar su solicitud al<br />
Nivel 2 del proceso de apelaciones, donde será revisada por una organización<br />
independiente externa. Más adelante en esta sección, le hablamos sobre esta<br />
organización revisora y le explicamos qué sucede en el Nivel 2 de apelaciones.<br />
Si nuestra respuesta es sí a parte o a todo de lo que solicitó, debemos proveerle la cubierta<br />
según la hemos aprobado dentro de 24 horas a partir de que hayamos recibido su solicitud o<br />
la declaración de su médico apoyando su solicitud.<br />
Si nuestra contestación es no a parte o a todo de lo que solicitó, le enviaremos una<br />
declaración por escrito explicando por qué dijimos no.<br />
Fechas límites para una decisión de cubierta “estándar” sobre un medicamento que usted aún<br />
no ha recibido<br />
Si estamos utilizando las fechas límites estándar, le debemos dar una respuesta dentro de<br />
72 horas.<br />
o Por lo general, esto significa dentro de 72 horas luego de que nosotros<br />
recibamos su solicitud. Si usted está solicitando una excepción, le daremos<br />
nuestra respuesta dentro de 72 horas luego de recibir la declaración de su<br />
médico apoyando su solicitud. Le daremos nuestra respuesta con más<br />
antelación si su salud así lo requiere.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
106<br />
o Si no cumplimos con esta fecha límite, estamos obligados a enviar su solicitud<br />
al Nivel 2 del proceso de apelaciones, donde será revisada por una<br />
organización externa independiente. Más adelante en esta sección, le<br />
hablamos sobre esta organización revisora y le explicamos qué sucede en el<br />
Nivel 2 de apelaciones.<br />
Si nuestra respuesta es sí a todo o parte de lo que solicitó –<br />
o Si aprobamos su solicitud de cubierta, debemos proveer la cubierta que<br />
hemos consentido proveer dentro de 72 horas luego de nosotros recibir su<br />
solicitud o la declaración del médico apoyando su solicitud.<br />
Si nuestra contestación es no a parte o a todo lo que solicitó, le enviaremos una<br />
declaración por escrito que le explica por qué le denegamos la solicitud.<br />
Fechas límites para una decisión de cubierta “estándar” sobre el pago de un medicamento que<br />
ya usted compró<br />
Debemos darle nuestra respuesta dentro de 14 días calendario luego de nosotros haber<br />
recibido su solicitud.<br />
o Si no cumplimos con esta fecha límite, se nos requiere que enviemos su solicitud al<br />
Nivel 2 del proceso de apelaciones, donde será revisada por una organización<br />
externa independiente. Más adelante en esta sección, le hablamos sobre esta<br />
organización revisora y le explicamos qué sucede en el Nivel 2 de apelaciones.<br />
Si nuestra respuesta es sí a parte o a todo lo que solicitó, se nos requiere a hacerle un<br />
pago dentro de 14 días calendario luego de nosotros recibir su solicitud.<br />
Si nuestra respuesta es no a parte o a todo lo que solicitó, le enviaremos una<br />
declaración por escrito explicando por qué denegamos su solicitud.<br />
Paso 3 Si le contestamos que no a su solicitud de cubierta, usted decide si desea presentar una<br />
apelación.<br />
Si nuestro plan dice no, usted tiene el derecho de solicitar una apelación. Solicitar<br />
una apelación significa pedirnos que reconsideremos – y posiblemente cambiar – la<br />
decisión que hemos tomado.
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Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
107<br />
Sección 5.5 Paso por paso: ¿Cómo presentar una Apelación de Nivel 1?<br />
(cómo solicitar una revisión de una decisión de cubierta<br />
emitida por nuestro plan)<br />
Términos<br />
Legales<br />
Una apelación al plan sobre una decisión de<br />
cubierta de un medicamento de la Parte D se<br />
llama “reconsideración” del plan.<br />
Paso 1: Usted se comunica con nuestro plan y somete su Apelación de Nivel 1. Si su salud<br />
requiere una respuesta rápida, nos debe solicitar una “apelación rápida.”<br />
Qué hacer<br />
Para comenzar su apelación, usted, su médico o su representante debe<br />
comunicarse con el plan.<br />
o Para obtener más detalles sobre cómo comunicarse con nosotros por teléfono, por<br />
fax o por correo para cualquier propósito relacionado a su apelación, refiérase al<br />
Capítulo 2, Sección 1 y vea la sección llamada, Cómo comunicarse con nosotros<br />
cuando está solicitando una determinación de cubierta, presentando una queja o<br />
una apelación sobre los medicamentos de la Parte D.<br />
Si usted está sometiendo una apelación estándar, comience su apelación<br />
sometiendo una solicitud por escrito. Usted también puede someter una<br />
apelación llamándonos al número telefónico que aparece en el Capítulo 2, Sección<br />
1 (Cómo comunicarse con nosotros cuando está solicitando una determinación de<br />
cubierta, presentando una queja o una apelación sobre los medicamentos de la<br />
Parte D)<br />
Si usted está sometiendo una apelación rápida, usted puede someter su<br />
apelación por escrito o puede llamarnos al número telefónico que aparece en<br />
el Capítulo 2, Sección 1 (Cómo comunicarse con nosotros cuando está<br />
solicitando una determinación de cubierta, presentando una queja o una apelación<br />
sobre los medicamentos de la Parte D.)<br />
Usted debe someter su apelación dentro de los 60 días calendarios siguientes a la<br />
fecha en que recibió la carta que le enviamos informándole de nuestra decisión a su<br />
solicitud de decisión de cubierta. Si deja pasar la fecha límite establecida y tiene una<br />
buena razón para haberla dejado pasar, le podríamos dar más tiempo para someter su<br />
apelación. Algunos ejemplos de una buena razón de haber dejado pasar la fecha limite<br />
pueden incluir el que usted haya tenido una enfermedad grave que le haya impedido<br />
haberse comunicado con nosotros o si nosotros le suministramos información<br />
incorrecta o incompleta acerca de la fecha límite para solicitar una apelación.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
108<br />
Usted puede pedir una copia de la información en su apelación y añadirle más<br />
información.<br />
o Usted tiene derecho a solicitarnos una copia de la información relacionada a<br />
su apelación. Se nos está permitido cobrarle una pequeña cantidad por copiar<br />
y enviarle esta información a usted.<br />
o Si usted desea, usted y su médico o el otro proveedor nos pueden dar más<br />
información para apoyar su apelación.<br />
Si su condición de salud lo requiere, solicite una “apelación rápida”.<br />
Términos<br />
Legales<br />
Una “apelación rápida” también se conoce como<br />
“rederterminación expedita”.<br />
Si usted está apelando una decisión que nuestro plan tomó sobre un medicamento de<br />
la Parte D que usted aún no ha recibido, usted y/o su médico o médico que receta<br />
necesitarán decidir si usted necesita una “apelación rápida”.<br />
Los requisitos para obtener una “apelación rápida” son los mismos que para obtener<br />
una “decisión rápida” en la Sección 5.4 de este capítulo.<br />
Paso 2: Nuestro plan evalúa su apelación y le damos nuestra contestación<br />
Cuando nuestro plan está revisando su apelación, estudiamos más detenidamente la<br />
información relacionada a su solicitud de decisión de cubierta. Cotejamos si hemos<br />
seguido todas las reglas cuando decidimos denegar su solicitud. Puede que nos<br />
comuniquemos con usted o con su médico o con la persona que prescribe para<br />
obtener más información.<br />
Fechas límites para una “apelación rápida”<br />
Si estamos usando las fechas límites para decisiones rápidas, debemos darle nuestra<br />
contestación dentro de las 72 horas siguientes a haber recibido su solicitud de<br />
apelación. Le daremos nuestra contestación mucho antes si su condición de salud así<br />
lo requiere.<br />
o Si no le damos nuestra contestación dentro de 72 horas, se nos requiere que<br />
enviemos su solicitud al Nivel 2 del proceso de apelaciones, donde será revisada<br />
por una organización independiente. (Más adelante en esta sección, le<br />
hablaremos de esta organización y le explicaremos lo que pasa en el Nivel 2 del<br />
proceso de apelación.)
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Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
109<br />
Si nuestra contestación es sí a parte o a todo lo que usted solicitó, debemos<br />
proveer la cubierta que acordamos proveer dentro de 72 horas de haber recibido su<br />
solicitud.<br />
Si nuestra contestación fue que no a parte o a todo lo que usted solicitó le<br />
enviaremos una carta explicando por qué denegamos su solicitud y cómo apelar<br />
nuestra decisión.<br />
Fechas límites para apelaciones “estándar”<br />
Si estamos usando las fechas límite estándar, debemos darle nuestra contestación<br />
dentro de los 7 días calendario después de recibir su apelación. Le informaremos<br />
nuestra decisión mucho antes si usted aún no ha recibido el medicamento y su<br />
condición de salud requiere que lo hagamos. Si usted considera que su salud lo<br />
requiere, usted debe solicitar una apelación “rápida”.<br />
o Si no le damos nuestra contestación en 7 días calendario, se nos requiere que<br />
enviemos su solicitud al Nivel 2 del proceso de apelaciones, donde será<br />
revisada por una Organización de Revisión Independiente. Más adelante en<br />
esta sección damos información sobre esta organización de revisión y le<br />
explicamos lo que sucede en el Nivel 2 del proceso de apelaciones.<br />
Si nuestra contestación es sí a parte o a todo lo que usted solicitó –<br />
o Si aprobamos su solicitud para cubierta, debemos proveer la cubierta que<br />
acordamos tan pronto como su condición de salud lo requiera, pero a más<br />
tardar 7 días calendario después de recibir su solicitud.<br />
o Si aprobamos su solicitud para reembolso por un medicamento que ya usted<br />
compró, se nos requiere que le enviemos el pago dentro de 30 días<br />
calendario después de recibir su solicitud de apelación.<br />
Si nuestra contestación es no a parte o a todo lo que usted solicitó, le enviaremos<br />
una carta explicándole por qué hemos denegado su solicitud y cómo puede apelar<br />
nuestra decisión.<br />
Paso 3: Si le decimos que no a su apelación, usted decide si desea continuar con el proceso<br />
de apelaciones y presentar otra apelación<br />
Si nuestro plan deniega su apelación, usted escoge si acepta esta decisión o continúa<br />
presentando otra apelación.<br />
Si decide presentar otra apelación, significa que su apelación pasará al Nivel 2 del<br />
proceso de apelaciones (ver a continuación).
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
110<br />
Sección 5.6 Paso por paso: ¿Cómo presentar una Apelación de Nivel 2?<br />
Si nuestro plan le deniega su apelación, usted escoge si acepta esta decisión o si continúa a<br />
presentar otra apelación. Si decide continuar al Nivel 2 de apelación, la Organización de<br />
Revisión Independiente revisará la decisión tomada por nuestro plan cuando le dijimos no a su<br />
primera apelación. Esta organización decide si la decisión que tomamos se debe cambiar.<br />
Términos<br />
Legales<br />
El nombre formal de la “Organización de<br />
Revisión Independiente” es “Entidad de<br />
Revisión Independiente” Esto se conoce como<br />
“IRE” (por sus siglas en inglés)<br />
Paso 1: Para presentar una Apelación de Nivel 2, debe comunicarse con la Organización de<br />
Revisión Independiente y pedir una revisión de su caso.<br />
Si nuestro plan le deniega su Apelación de Nivel 1, la notificación escrita que le<br />
enviamos incluirá las instrucciones sobre cómo presentar una Apelación de Nivel<br />
2 con la Organización de Revisión Independiente. Estas instrucciones le dirán quién<br />
puede presentar esta Apelación de Nivel 2, qué fechas límites debe seguir, y cómo<br />
comunicarse con la organización de revisión.<br />
Cuando usted presenta una apelación a la Organización de Revisión Independiente, le<br />
enviaremos la información que tenemos sobre su apelación a esta organización. Esta<br />
información se denomina “expediente de caso”. Usted tiene derecho a pedirnos una<br />
copia de su expediente de caso. Se nos permite cobrarle una pequeña suma por<br />
copiar y enviarle esta información a usted.<br />
Usted tiene el derecho a dar a la Organización de Revisión Independiente información<br />
adicional para apoyar su apelación.<br />
Paso 2: La Organización de Revisión Independiente realiza una revisión de su apelación y<br />
le da una respuesta.<br />
La Organización de Revisión Independiente es una organización independiente<br />
externa contratada por <strong>Medicare</strong>. Esta organización no está asociada con nuestro<br />
plan y no es una agencia de gobierno. Esta organización es una compañía escogida<br />
por <strong>Medicare</strong> para revisar nuestras decisiones sobre sus beneficios de la Parte D con<br />
nuestro plan.<br />
Examinadores en la Organización de Revisión Independiente revisarán<br />
cuidadosamente toda la información relacionada a su apelación. La organización le<br />
informará su decisión por escrito y le explicará las razones por la misma.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
111<br />
Fechas límites para una apelación “rápida” en el Nivel 2<br />
Si su salud lo requiere, pida a la Organización de Revisión Independiente una<br />
“apelación rápida”<br />
Si la organización revisora consiente en darle a usted una “apelación rápida”, la<br />
organización revisora debe darle una respuesta a su Apelación de Nivel 2 dentro de<br />
72 horas luego de recibir la solicitud de apelación<br />
Si la Organización de Revisión Independiente dice sí a parte o todo lo que usted<br />
solicitó, debemos proveer la cubierta de farmacia que fue aprobada por la<br />
organización revisora dentro de 24 horas luego de nosotros recibir la decisión de la<br />
organización revisora<br />
Fechas límites para una apelación “estándar” en el Nivel 2<br />
Si tiene una apelación estándar en el Nivel 2, la organización revisora debe darle una<br />
respuesta a su Apelación de Nivel 2 dentro de 7 días calendario luego que recibe su<br />
apelación<br />
Si la Organización de Revisión Independiente dice sí a parte o todo lo que usted<br />
solicitó<br />
o Si la Organización de Revisión Independiente aprueba su solicitud de cubierta,<br />
debemos proveer la cubierta de farmacia que fue aprobada por la<br />
organización revisora dentro de 72 horas después de recibir la decisión de la<br />
organización revisora.<br />
o Si la Organización de Revisión Independiente aprueba su solicitud de rembolso<br />
por un medicamento que ya compró, estamos obligados a enviarle el pago<br />
dentro de 30 días calendario luego de nosotros recibir la decisión de la<br />
organización revisora<br />
¿Qué sucede si la organización revisora dice no a su apelación?<br />
Si la organización deniega su apelación, significa que la organización está de acuerdo con<br />
nuestra decisión de no aprobar su solicitud. (Esto se llama “sostener una decisión”. También se<br />
llama “rechazar su apelación”.)<br />
Para continuar y presentar otra Apelación de Nivel 3, el valor monetario de la cubierta de<br />
farmacia que está solicitando debe reunir un requisito mínimo. Si el valor monetario de la<br />
cubierta que está solicitando es muy bajo, usted no podrá presentar otra apelación y la decisión<br />
del Nivel 2 es final. La notificación que usted recibe de la Organización de Revisión
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
112<br />
Independiente le dirá si el valor monetario de la cubierta que está solicitando es lo suficiente alto<br />
como para continuar con el proceso de apelaciones.<br />
Paso 3: Si el valor del dólar de la cubierta que está solicitando reúne el requisito, usted<br />
escoge si desea llevar su apelación más adelante.<br />
Existen tres niveles adicionales en el proceso de apelaciones luego del Nivel 2 (para<br />
un total de cinco niveles de apelación).<br />
Si su Apelación de Nivel 2 es rechazada y usted reúne los requisitos para continuar<br />
con el proceso de apelaciones, usted debe decidir si desea continuar al Nivel 3 y<br />
presentar una tercera apelación. Si usted decide presentar una tercera apelación, los<br />
detalles de cómo hacer esto están en la notificación escrita que recibió luego de su<br />
segunda apelación.<br />
• El Nivel de Apelación 3 es manejado por un juez de derecho administrativo. La Sección 6 en<br />
este capítulo le dice más sobre los Niveles 3, 4, y 5 del proceso de apelaciones.<br />
SECCIÓN 6 Llevando su apelación al Nivel 3 y más allá<br />
Sección 6.1 Niveles 3, 4, y 5 para las Apelaciones de Medicamentos de la<br />
Parte D<br />
Esta sección puede ser apropiada para usted si ha presentado una apelación en el Nivel 1 y una<br />
apelación en el Nivel 2, y ambas de sus apelaciones han sido rechazadas.<br />
Si el valor monetario del medicamento que usted ha apelado reúne ciertos niveles mínimos, usted<br />
podría continuar a niveles de apelación adicionales. Si el valor monetario es menos del nivel<br />
mínimo, usted no podrá apelar más. Si el valor monetario es suficientemente alto, la respuesta<br />
por escrito que recibe a su apelación en el Nivel 2 le explicará con quién comunicarse y qué<br />
hacer para solicitar una Apelación en el Nivel 3.<br />
Para la mayoría de las situaciones que involucran apelaciones, los últimos tres niveles de<br />
apelación trabajan de manera muy similar. A continuación, le indicamos quién maneja la<br />
revisión de su apelación en cada uno de estos niveles.<br />
Nivel 3 de<br />
Apelación<br />
Un juez que trabaja para el gobierno Federal revisará su apelación y<br />
le dará una respuesta. Este juez se le conoce como un “Juez de Ley<br />
Administrativa”.<br />
Si el Juez de Ley Adminisrativa le contesta sí, el proceso de apelaciones ha<br />
finalizado. Lo que usted solicitó en la apelación ha sido aprobado. Debemos autorizar o
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
113<br />
Nivel 4 de<br />
Apelación<br />
Nivel 5 de<br />
Apelación<br />
proveer la cubierta de farmacia aprobada por el Juez Administrativo dentro de 72<br />
horas (24 horas para apelaciones expeditas) o efectuar el pago no más tarde de 30<br />
días calendarios luego de nosotros recibir la decisión.<br />
Si el Juez de Ley Administrativa le contesta no, el proceso de apelaciones puede o no<br />
haber finalizado.<br />
o Si usted decide aceptar esta decisión que rechaza su apelación, el proceso de<br />
apelaciones ha finalizado.<br />
o Si usted no desea aceptar la decisión, usted puede continuar al próximo nivel del<br />
proceso de revisión. Si el juez administrativo deniega su apelación, la notificación<br />
que usted recibe le dirá qué hacer si decide continuar con su apelación.<br />
El Consejo de Apelaciones de <strong>Medicare</strong> revisará su apelación y le dará<br />
una respuesta. El Consejo de Apelaciones de <strong>Medicare</strong> trabaja para el<br />
gobierno Federal.<br />
Si la contestación es sí, el proceso de apelación termina. Lo que usted pidió se aprobó.<br />
Debemos autorizar o proveer la cubierta de farmacia aprobada por El Consejo de<br />
Apelaciones de <strong>Medicare</strong> dentro de 72 horas (24 horas para apelaciones expeditas) o<br />
efectuar el pago no más tarde de 30 días calendario luego de nosotros recibir la<br />
decisión.<br />
Si la contestación es no, el proceso de apelaciones puede o no haber finalizado.<br />
o Si usted decide aceptar la decisión que rechaza su apelación, el proceso de<br />
apelación terminó.<br />
o Si usted no acepta la decisión, usted podría continuar al próximo nivel del proceso<br />
de apelaciones. Si el Consejo de Apelaciones de <strong>Medicare</strong> deniega su apelación, la<br />
notificación que usted recibirá le dirá cuales reglas le permiten continuar al Nivel 5<br />
de Apelaciones. Si las reglas no le permiten continuar, la notificación escrita<br />
también le dirá a quién tiene que contactar y qué hacer si desea continuar con su<br />
apelación.<br />
Un juez en el Tribunal Federal de Distrito revisará su apelación.<br />
Esta es la última etapa del proceso administrativo de apelaciones.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
114<br />
PRESENTAR QUEJAS<br />
SECCIÓN 7 ¿Cómo presentar una queja sobre calidad de cuidado,<br />
tiempos de espera, Servicio al Cliente y otras inquietudes?<br />
?<br />
Si su problema es referente a decisiones relacionadas con<br />
beneficios, cubierta o pago, entonces esta sección no es para<br />
usted. En cambio, usted necesita usar el proceso para<br />
decisiones de cubierta y apelaciones. Vaya a la Sección 4 de<br />
este capítulo.<br />
Sección 7.1 ¿Qué tipos de problemas se manejan a través del proceso de<br />
quejas?<br />
Esta sección le explica cómo usar el proceso para presentar una queja. El proceso de quejas es<br />
usado para ciertos tipos de problemas solamente. Esto incluye problemas relacionados a la<br />
calidad del cuidado, tiempos de espera y el servicio al cliente que usted recibe. A continuación<br />
presentamos ejemplos de las clases de problemas que son manejados por el proceso de quejas.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
115<br />
Si usted está confrontando cualquiera de estos<br />
problemas, puede “presentar una queja”<br />
Calidad del cuidado médico<br />
¿Está usted insatisfecho con la calidad del cuidado que ha recibido?<br />
Respeto a su privacidad<br />
¿Cree usted que alguien no ha respetado su derecho a la privacidad o ha compartido<br />
información suya que usted entiende es confidencial?<br />
Falta de respeto, servicio al cliente deficiente u otros comportamientos negativos<br />
¿Se ha comportado alguien de manera descortés o irrespetuosa con usted?<br />
¿Está insatisfecho con la manera en la que el personal de Servicio al Cliente lo ha tratado?<br />
¿Siente usted que le han exhortado a dejar el plan?<br />
Tiempos de Espera<br />
Limpieza<br />
¿Los farmacéuticos, Servicio al Cliente u otro personal de nuestro plan lo han dejado<br />
esperando demasiado tiempo?<br />
o Ejemplos incluyen esperar demasiado en el teléfono o cuando está obteniendo una<br />
una receta.<br />
¿Está insatisfecho con la limpieza o condición de una farmacia?<br />
Información que obtiene de nuestro plan<br />
¿Piensa que no le hemos enviado una notificación que se nos requiere le demos?<br />
¿Piensa que la información escrita que recibe de nosotros es muy difícil de entender?<br />
La próxima página tiene más ejemplos de<br />
posibles razones para presentar una queja.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
116<br />
Posibles quejas<br />
(continuación)<br />
Estos tipos de quejas están todas relacionados con lo oportuno de nuestras acciones al<br />
tratar con las decisiones de cubierta y apelaciones.<br />
El proceso de solicitar una decisión de cubierta y presentar una apelación está explicado en<br />
las secciones 4-6 de este capítulo. Si está solicitando una decisión o presentando una<br />
apelación, use ese proceso, no el proceso de queja.<br />
Sin embargo, si ya ha solicitado una decisión de cubierta o presentado una apelación, y<br />
usted piensa que nuestro plan no está respondiendo con suficiente prontitud, también puede<br />
presentar una queja sobre nuestra lentitud. A continuación ejemplos:<br />
Si nos ha solicitado una “respuesta rápida” por una decisión de cubierta o<br />
apelación, y nosotros hemos dicho que no, usted puede presentar una queja.<br />
Si piensa que nuestro plan no está cumpliendo con las fechas límites al darle una<br />
decisión de cubierta o al contestar una apelación que ha presentado, usted puede<br />
presentar una queja.<br />
Cuando una decisión de cubierta que tomamos es revisada y se le dice a nuestro<br />
plan que tenemos que cubrir o reembolsarle a usted por ciertos servicios médicos,<br />
existen fechas límites que aplican. Si piensa que no estamos cumpliendo con estas<br />
fechas, puede presentar una queja.<br />
Cuando nuestro plan no le da una decisión a tiempo, estamos obligados a pasarle<br />
su caso a la Organización de Revisión Independiente. Si no hacemos esto dentro<br />
de las fechas límites, puede presentar una queja.<br />
Sección 7.2 El nombre formal para "presentar una queja" es "radicar una<br />
querella”<br />
Términos<br />
Legales<br />
Lo que esta sección llama una “queja” es<br />
conocida también como una “querella”.<br />
Otro término para “presentar una queja”<br />
es “radicar una querella”.<br />
Otra manera de decir “usar el proceso<br />
para quejas” es “usar el proceso para<br />
radicar una querella”.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
117<br />
Sección 7.3 Paso por paso: Presentar una queja<br />
Paso 1: Comuníquese de inmediato con nosotros, ya sea por teléfono o por escrito.<br />
Por lo regular, llamar a Servicio al Cliente es el primer paso. Si hay algo más que debe<br />
hacer, Servicio al Cliente se lo dejará saber. Llame al Departamento de Servicio al Cliente al<br />
1-800-510-0722 libre de cargos o al 787-774-6083 en el área metropolitana. Usuarios<br />
TTY/TDD deben llamar al 1-800-383-4457 libre de cargos o al 787-749-4059 en el área<br />
metropolitana. Usted puede llamar de lunes a domingo de 8:00 a.m. a 8:00 p.m.<br />
Si no desea llamar (o llamó y no está satisfecho), usted puede presentar su queja por<br />
escrito y enviarla a nosotros. Si usted rpesenta su queja por escrito, nosotros responderemos<br />
a su queja por escrito.<br />
Escríbale a Servicio al Cliente a la dirección que aparece en el Capítulo 2, Sección 1. Su<br />
queja debe incluir la siguiente información:<br />
a) Su nombre y número de contrato<br />
b) una breve descripción del problema que motiva la queja. Favor de especificar los<br />
nombres de las personas envueltas, fechas, copia de los documentos y cualquier otra<br />
información que pueda contribuir a nuestra investigación.<br />
La querella debe someterse dentro de los 60 días siguientes al evento o incidente. Debemos<br />
atender su querella tan rápido como su caso lo requiere basado en su condición de salud, pero<br />
no más tarde de 30 días después de recibir su queja. Podríamos extender el periodo de tiempo<br />
hasta por 14 días si usted nos solicita una extensión o si justificamos una necesidad de<br />
información adicional y la tardanza es para su mejor interés. Si denegamos la querella en su<br />
totalidad o en parte, nuestra decisión por escrito le explicará por qué la denegamos y le<br />
hablará sobre cualquier opción de resolución de disputa que usted pueda tener.<br />
Ya sea a través de una llamada telefónica o por escrito, debe comunicarse con Servicio<br />
al Cliente de inmediato. La queja debe ser presentada dentro de 60 días a partir de haber<br />
experimentado el problema del que se está quejando.<br />
Si está presentando una queja porque le denegamos su solicitud de una “decisión de<br />
cubierta rápida” o una “apelación rápida”, automáticamente le daremos una queja<br />
“rápida”. Si tiene una queja “rápida”, significa que le daremos una respuesta dentro de 24<br />
horas.<br />
Términos<br />
Legales<br />
Lo que esta sección llama una “queja rápida” se<br />
llama también “querella expedita”.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
118<br />
Paso 2. Evaluaremos su queja y le daremos nuestra contestación.<br />
Si es posible, le contestaremos inmediatamente. Si usted nos llama para quejarse, podríamos<br />
darle una contestación en la misma llamada. Si su condición de salud requiere que le<br />
contestemos rápidamente, lo haremos.<br />
La mayoría de las quejas, se contestan en 30 días calendario. Si necesitamos más<br />
información y esta tardanza es en su mejor interés o si usted nos pide más tiempo, podríamos<br />
tardar hasta 14 días calendario más (44 días en total) para contestarle su queja.<br />
Si no estamos de acuerdo con parte o la totalidad de su queja o no nos hacemos<br />
responsables por el problema por el que usted se está quejando, se lo dejaremos saber.<br />
Nuestra respuesta incluirá las razones para esta contestación. Debemos contestarle ya sea si<br />
estamos o no de acuerdo.<br />
Sección 7.4 Usted también puede presentar quejas sobre la calidad de<br />
cuidado a la Organización para el Mejoramiento de la Calidad<br />
Puede presentar su queja sobre la calidad del cuidado que recibió a nuestro plan utilizando el<br />
proceso de pasos que se delineó anteriormente.<br />
Cuando su queja es sobre calidad del cuidado, tiene dos opciones adicionales:<br />
Usted puede llevar su queja a la Organización Profesional de Investigación para el<br />
Mejoramiento de la Calidad. Si usted lo prefiere, usted puede llevar su queja sobre la<br />
calidad del cuidado directamente a esta organización (sin llevar la queja a nuestro plan).<br />
o La Organización Profesional de Investigación para el Mejoramiento de la<br />
Calidad es un grupo de médicos practicantes y otros expertos de la salud pagados<br />
por el gobierno Federal para verificar y mejorar el cuidado dado a los pacientes<br />
de <strong>Medicare</strong>.<br />
o Para buscar el nombre, la dirección y el número de teléfono de la Organización<br />
Profesional de Investigación para el Mejoramiento de la Calidad de su estado,<br />
vaya al Capítulo 2, Sección 4 de este folleto. Si usted presenta su queja a esta<br />
organización, trabajaremos junto a ellos para resolver su queja.<br />
O usted puede someter su queja a ambos a la vez. Si lo desea, usted presentar su queja<br />
sobre la calidad del servicio a nuestro plan y a la Organización Profesional de Investigación<br />
para el Mejoramiento de la Calidad.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 7: Qué hacer si tiene algún problema o queja (decisiones de cubierta, apelaciones, quejas)<br />
119<br />
Sección 7.5 También puede informar a <strong>Medicare</strong> acerca de su queja<br />
Puede presentar una queja sobre Triple-S <strong>FarmaMed</strong> (PDP) o Triple-S <strong>FarmaMed</strong> Plus (PDP)<br />
directamente a <strong>Medicare</strong>. Para someter una queja a <strong>Medicare</strong>, vaya a<br />
www.medicare.gov/<strong>Medicare</strong>ComplaintForm/home.aspx. <strong>Medicare</strong> toma sus quejas en serio y<br />
usará esta información para ayudar a mejorar la calidad del programa <strong>Medicare</strong>.<br />
Si tiene otros comentarios o inquietudes, o si le parece que el plan no está atentiendo su<br />
problema, por favor llame al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227). Los usuarios de TTY/TDD<br />
pueden llamar al 1-877-486-2048.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 120<br />
Capítulo 8. Cancelando su suscripción al plan<br />
SECCIÓN 1 Introducción .....................................................................................................121<br />
Sección 1.1 Este capítulo se enfoca en la cancelación de su suscripción a<br />
nuestro plan ....................................................................................................121<br />
SECCIÓN 2 ¿Cuándo puede usted cancelar su suscripción a nuestro plan? ..................121<br />
Sección 2.1 Por lo general, usted puede cancelar su suscripción durante el<br />
Periodo de Suscripción Anual ........................................................................121<br />
Sección 2.2 En ciertas situaciones, usted puede cancelar su suscripción durante<br />
un Periodo Especial de Suscripción ...............................................................123<br />
Sección 2.3 ¿Dónde puede obtener más información sobre cuándo puede<br />
cancelar su suscripción? .................................................................................124<br />
SECCIÓN 3 ¿Cómo cancela usted su suscripción a nuestro plan? ...................................125<br />
Sección 3.1 Usualmente, usted cancela su suscricpión al suscribirse en otro<br />
plan .................................................................................................................125<br />
SECCIÓN 4 Hasta que su suscripción termine, usted debe continuar<br />
recibiendo sus medicamentos a través de nuestro plan ...............................128<br />
Sección 4.1 Hasta que finalice su suscripción, usted continúa siendo asegurado<br />
de nuestro plan ...............................................................................................128<br />
SECCIÓN 5 Triple-S Salud puede cancelar su suscripción a nuestro plan en<br />
ciertas situaciones ............................................................................................128<br />
Sección 5.1 ¿Cuándo debemos cancelar su suscripción a nuestro plan? ...........................128<br />
Sección 5.2 Nosotros no podemos solicitarle que deje nuestro plan por<br />
cualquier motivo relacionado con su salud ....................................................129<br />
Sección 5.3 Usted tiene el derecho a presentar una queja si nosotros<br />
cancelamos su suscripción al plan .................................................................129
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 121<br />
SECCIÓN 1 Introducción<br />
Sección 1.1 Este capítulo se enfoca en la cancelación de su suscripción a<br />
nuestro plan<br />
La cancelación de su suscripción a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) puede ser voluntaria (su<br />
elección) o involuntaria (no por su propia elección):<br />
Usted podría cancelar nuestro plan porque haya decidido que desea dejarnos.<br />
o Existen sólo ciertos periodos durante el año, o ciertas situaciones, en las que usted<br />
puede voluntariamente cancelar su suscripción al plan. La Sección 2 le menciona<br />
cuándo usted puede cancelar su suscripción al plan.<br />
o El proceso para cancelar su suscripción voluntariamente va a depender del nuevo<br />
tipo de cubierta que usted vaya a escoger. La Sección 3 le menciona cómo<br />
cancelar su suscripción en cada situación.<br />
También hay situaciones limitadas donde usted no elige cancelar, pero estamos obligados<br />
a cancelar su suscripción. La Sección 5 le habla sobre situaciones cuando debemos<br />
cancelar su suscripción.<br />
Si usted está dejando nuestro plan, usted debe continuar obteniendo sus medicamentos de la<br />
Parte D a través de nuestro plan hasta que su suscripción termine.<br />
SECCIÓN 2 ¿Cuándo puede usted cancelar su suscripción a nuestro<br />
plan?<br />
Usted puede cancelar su suscripción a nuestro plan sólo durante ciertos momentos del año,<br />
conocidos como periodos de suscripción. Todos los asegurados tienen la oportunidad de dejar el<br />
plan durante el Periodo de Suscripción Anual. En ciertas situaciones, usted puede ser elegible<br />
para dejar el plan en otras épocas del año.<br />
Sección 2.1 Por lo general, usted puede cancelar su suscripción durante el<br />
Periodo de Suscripción Anual<br />
Usted puede cancelar su suscripción durante el Periodo de Suscripción Anual (también<br />
conocido como el “Periodo Anual de Elección Coordinado”). Este es el momento cuando usted<br />
debe revisar su cubierta de salud y de farmacia y tomar una decisión sobre su cubierta para el<br />
próximo año.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 122<br />
¿Cuándo es el Periodo de Suscripción Anual? Éste ocurre desde el 15 de octubre<br />
hasta el 7 de diciembre.<br />
¿A qué tipo de plan puede usted cambiar durante el Periodo de Suscripción<br />
Anual?<br />
Durante este periodo, usted puede evaluar su cubierta de salud y cubierta de farmacia.<br />
Usted puede escoger mantener su cubierta actual o realizar cambios para la cubierta<br />
del próximo año. Si usted decide cambiar a un nuevo plan, usted puede escoger<br />
cualquiera de los siguientes tipos de plan:<br />
o Otro plan de farmacia de <strong>Medicare</strong><br />
o <strong>Medicare</strong> Original sin un Plan de Farmacia de <strong>Medicare</strong> por separado.<br />
Si usted recibe Ayuda Adicional de <strong>Medicare</strong> para pagar por sus<br />
medicamentos: Si usted cambia a <strong>Medicare</strong> Original y no se suscribe<br />
a un plan de medicamentos de <strong>Medicare</strong> por separado, <strong>Medicare</strong> puede<br />
que lo suscriba a un plan de medicamentos, a menos que usted haya<br />
optado por no aceptar una suscripción automática.<br />
o – u – Otro plan de salud de <strong>Medicare</strong>. Un plan de salud de <strong>Medicare</strong> es un<br />
plan ofrecido por una empresa privada que tiene contrato con <strong>Medicare</strong> para<br />
ofrecer todos los beneficios de la Parte A (Hospital) y Parte B (Servicios<br />
Médicos) de <strong>Medicare</strong>. Algunos planes de <strong>Medicare</strong> también incluyen la<br />
cubierta de farmacia de (Parte D).<br />
Si usted se suscribe a cualquiera de la mayoría de los planes <strong>Medicare</strong><br />
Advantage, usted será dado de baja de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
cuando la cubierta de su nuevo plan comience. Sin embargo, si usted<br />
elige un Plan Privado de Pago de Tarifa Por-Servicio (Private Fee-for-<br />
Service) sin cubierta de farmacia de la Parte D, un plan Cuenta de<br />
Ahorros Médicos de <strong>Medicare</strong> o un Plan de Costo de <strong>Medicare</strong>, usted<br />
puede suscribirse en este plan, y mantener a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong><br />
(PDP) para su cubierta de farmacia. Si usted no desea mantener<br />
nuestro plan, usted puede optar por suscribirse en otro plan de<br />
farmacia de <strong>Medicare</strong> (Parte D) o dar de baja a su cubierta de farmacia<br />
de <strong>Medicare</strong>.<br />
Nota: Si usted cancela su plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> y no tiene una<br />
cubierta acreditable de farmacia, usted deberá pagar una penalidad por<br />
suscripción tardía si usted ingresa en un plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> luego.<br />
(Cubierta “acreditable” significa que se espera que la cubierta pague, en
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 123<br />
promedio, al menos tanto como una cubierta estándar de farmacia de<br />
<strong>Medicare</strong>).<br />
¿Cuándo finalizará su suscripción? Su suscripción terminará cuando su nueva<br />
cubierta del plan comience el 1 de enero.<br />
Sección 2.2 En ciertas situaciones, usted puede cancelar su suscripción<br />
durante un Periodo Especial de Suscripción<br />
En ciertas situaciones, los asegurados de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) pueden ser elegibles<br />
para terminar su suscripción durante otras épocas del año. Esto se conoce como un Periodo<br />
Especial de Suscripción.<br />
¿Quién es elegible para el Periodo Especial de Suscripción? Si cualquiera de las<br />
siguientes situaciones le aplica a usted, usted es elegible para terminar su suscripción<br />
durante el Periodo Especial de Suscripción. A continuación algunos ejemplos; para la<br />
lista completa puede comunicarse con nuestro plan, llamar a <strong>Medicare</strong>, o visitar el<br />
portal en la Internet de <strong>Medicare</strong> (http://www.medicare.gov):<br />
o Si se ha mudado fuera del área de servicio del plan.<br />
o Si tiene Medicaid.<br />
o Si es elegible para Ayuda Adicional para el pago de sus recetas <strong>Medicare</strong>.<br />
o Si violamos nuestro contrato con usted.<br />
o Si usted obtiene cuidados en una institución tal como un hogar de ancianos o<br />
un hospital de cuidado prolongado.<br />
¿Cuándo son los Periodos Especiales de Suscripción? Los periodos de elección<br />
varían dependiendo de su situación.<br />
¿Qué puede hacer? Para saber si usted es elegible para un Periodo Especial de<br />
Suscripcion, por favor llame a <strong>Medicare</strong> al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), 24<br />
horas al día, 7 días a la semana. Usuarios TTY deben llamar al 1-877-486-2048. Si<br />
usted es elegible para terminar su suscripción debido a una situación especial, usted<br />
puede seleccionar cambiar su cubierta de salud de <strong>Medicare</strong> y su cubierta de<br />
farmacia. Esto significa que usted puede escoger cualquiera de los siguientes tipos de<br />
plan:<br />
o Otro plan de farmacia de <strong>Medicare</strong>.<br />
o <strong>Medicare</strong> Original sin un plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> por separado.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 124<br />
Si usted recibe Ayuda Adicional de <strong>Medicare</strong> para pagar ss<br />
medicamentos: Si usted cambia a <strong>Medicare</strong> Original y no se<br />
suscribe a un plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> por separado,<br />
<strong>Medicare</strong> puede suscribirlo en un plan de farmacia, a menos que<br />
usted haya especificado no participar de la suscripción<br />
automática.<br />
o -o- un plan de salud de <strong>Medicare</strong>. Un plan de salud de <strong>Medicare</strong> es un<br />
plan ofrecido por una compañía privada que tiene un contrato con<br />
<strong>Medicare</strong> para proveer todoslos beneficios de la Parte A (Hospital) y la<br />
Parte B (Servicios Médicos) de <strong>Medicare</strong>. Algunos planes de salud de<br />
<strong>Medicare</strong> también incluyen cubierta de farmacia (Parte D).<br />
Si usted se suscribe a cualquiera de la mayoría de los<br />
planes de salud de <strong>Medicare</strong>, usted automáticamente será<br />
dado de baja de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) cuando la<br />
cubierta de su nuevo plan comience. Sin embargo, si usted<br />
elige un Plan Privado de Pago-de Tarifa Por-Servicio (Feefor-Service)<br />
sin cubierta de farmacia de la Parte D, un plan<br />
de Cuenta de Ahorros Médicos de <strong>Medicare</strong> o un Plan de<br />
Costo de <strong>Medicare</strong>, usted puede suscribirse en ese plan y<br />
mantener a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) para su<br />
cubierta de farmacia. Si usted no desea mantener nuestro<br />
plan, usted puede optar por suscribirse en otro plan de<br />
farmacia de <strong>Medicare</strong> o dar de baja a su cubierta de<br />
farmacia de <strong>Medicare</strong>.<br />
Nota: Si usted se desafilia de un plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> y no tiene una<br />
cubierta acreditable de farmacia, puede que usted tenga que pagar una penalidad<br />
por suscripción tardía si usted ingresa en un plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> en el<br />
futuro. (Cubierta “acreditable” significa que se espera que la cubierta pague, en<br />
promedio, al menos tanto como el plan estándar de farmacia de <strong>Medicare</strong>).<br />
¿Cuándo finalizará su suscripción? Su suscripción usualmente terminará el primer día del mes<br />
luego de nosotros recibir su solicitud de cambio de plan.<br />
Sección 2.3 ¿Dónde puede obtener más información sobre cuándo puede<br />
cancelar su suscripción?<br />
Si tiene preguntas o si desea más información sobre cuándo puede cancelar su suscripción:
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 125<br />
Usted puede llamar a Servicio al Cliente (los números telefónicos están en la<br />
contraportada de este folleto).<br />
Usted puede encontrar la información en el manual de <strong>Medicare</strong> y Usted 2013.<br />
o Toda persona con <strong>Medicare</strong> recibe una copia de <strong>Medicare</strong> y Usted cada<br />
otoño. Aquellos que son nuevos a <strong>Medicare</strong> lo reciben el mes siguiente a su<br />
suscripción inicial.<br />
o Usted también puede descargar una copia desde el portal de Internet de<br />
<strong>Medicare</strong> (http://www.medicare.gov). O, puede ordenar una copia impresa<br />
llamando a <strong>Medicare</strong> al número a continuación.<br />
Puede comunicarse con <strong>Medicare</strong> al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), las 24<br />
horas al día, los 7 días a la semana. Usuarios TTY deben llamar al 1-877-486-2048.<br />
SECCIÓN 3 ¿Cómo cancela usted su suscripción a nuestro plan?<br />
Sección 3.1 Usualmente, usted cancela su suscricpión al suscribirse en<br />
otro plan<br />
Usualmente, para terminar su suscripción a nuestro plan, sencillamente suscríbase en otro plan<br />
<strong>Medicare</strong> durante uno de los periodos de suscripción. (Vea la Sección 2 para información sobre<br />
los periodos de suscripción). Sin embargo, existen dos situaciones en las que usted tendrá que<br />
cancelar su suscripción de manera diferente:<br />
Si usted desea cambiar de nuestro plan al plan Original de <strong>Medicare</strong> sin cubierta de<br />
farmacia de <strong>Medicare</strong>. En esta situación, debe solicitar la desafiliación del plan.<br />
Si se une a un Plan Privado de Pago-de Tarifa Por-Servicio (Fee-for-Service) sin<br />
cubierta de farmacia de la Parte D, un plan Cuenta de Ahorros Médicos de <strong>Medicare</strong><br />
o un Plan de Costo de <strong>Medicare</strong>. En este caso, puede suscribirse en ese plan y<br />
mantener a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) para su cubierta de farmacia. Si no desea<br />
mantener nuestro plan, usted puede escoger suscribirse a otro plan de farmacia de<br />
<strong>Medicare</strong> o solicitar la desafiliación de nuestro plan.<br />
Si usted experimenta una de estas dos situaciones y quiere abandonar el plan, existen dos<br />
maneras para solicitar desafiliarse del mismo:<br />
Usted puede presentar una solicitud por escrito. Comuníquese con Servicio al Cliente<br />
si necesita más información sobre cómo hacer esto (los números telefónicos están<br />
impresos en la contraportada de este folleto).<br />
--o—Puede comunicarse con <strong>Medicare</strong> al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), 24<br />
horas al día, 7 días a la semana. Los usuarios TTY deben llamar al 1-877-486-2048.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 126<br />
Nota: si usted cancela su suscripción a un plan de medicamentos de <strong>Medicare</strong> y permanece sin<br />
una cubierta acreditable de medicamentos, usted puede que tenga que pagar una penalidad por<br />
suscripción tardía si usted ingresa en un plan de farmacia de <strong>Medicare</strong> luego. (“Cubierta<br />
acreditable” significa que la cubierta se espera que pague, en promedio, al menos tanto como una<br />
cubierta estándar de medicamentos de <strong>Medicare</strong>.) Refiérase al Capítulo 6, Sección 10 para más<br />
información sobre la penalidad por suscripción tardía.<br />
La tabla a continuación le explica cómo debe terminar su suscripción en nuestro plan.<br />
Si usted desea cambiar de<br />
nuestro plan a:<br />
Otro plan de farmacia de<br />
<strong>Medicare</strong>.<br />
Un plan de salud de<br />
<strong>Medicare</strong>.<br />
Esto es lo que necesita hacer:<br />
Suscríbase en el nuevo plan de farmacia<br />
de <strong>Medicare</strong>.<br />
Su suscripción a Triple-S <strong>FarmaMed</strong><br />
<strong>ELA</strong> (PDP) será automáticamente<br />
cancelada cuando comience su cubierta<br />
en el nuevo plan.<br />
Suscríbase en un plan de salud de<br />
<strong>Medicare</strong>.<br />
Con la mayoría de los planes de salud de<br />
<strong>Medicare</strong>, usted será automáticamente<br />
desafiliado de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong><br />
(PDP), cuando la cubierta de su nuevo<br />
plan comience.<br />
Sin embargo, si usted elige un Plan<br />
Privado de Pago-de Tarifa Por-Servicio<br />
(Fee-for-Service) sin cubierta de<br />
farmacia de la Parte D, un plan Cuenta<br />
de Ahorros Médicos de <strong>Medicare</strong> o un<br />
Plan de Costo de <strong>Medicare</strong>, puede<br />
suscribirse en ese nuevo plan y mantener<br />
a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) para<br />
su cubierta de farmacia. Si usted desea<br />
dejar nuestro plan, usted debe suscribirse
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 127<br />
Si usted desea cambiar de<br />
nuestro plan a:<br />
Plan Original de<br />
<strong>Medicare</strong> sin una cubierta<br />
de farmacia de <strong>Medicare</strong><br />
por separado.<br />
o Nota: Si usted cancela su<br />
suscripción a un plan de<br />
farmacia de <strong>Medicare</strong> y<br />
permanece sin una<br />
cubierta acreditable de<br />
medicamentos, usted<br />
puede que tenga que<br />
pagar una penalidad por<br />
suscripción tardía si usted<br />
ingresa en un plan de<br />
farmacia de <strong>Medicare</strong> en<br />
el futuro. Refiérase al<br />
Capítulo 4, Sección 10<br />
para más información<br />
sobre la penalidad por<br />
suscripción tardía.<br />
Esto es lo que necesita hacer:<br />
en otro plan de farmacia de <strong>Medicare</strong><br />
(Parte D) o solicitarle al plan que lo<br />
desafilie. Para solicitarle al plan que lo<br />
desafilie, deberá enviarnos una solicitud<br />
por escrito (comuníquese con Servicio al<br />
Cliente (los números telefónicos están<br />
impresos en la contraportada de este<br />
folleto) si necesita más información<br />
sobre cómo hacer esto) o comuníquese<br />
con <strong>Medicare</strong> al 1-800-MEDICARE<br />
(1-800-633-4227), 24 horas al día, 7 días<br />
a la semana (usuarios TTY deben llamar<br />
al 1-877-486-2048).<br />
Envíenos su solicitud de desafiliación<br />
por escrito. Comuníquese con Servicio<br />
al Cliente si necesita información sobre<br />
cómo hacer esto (los números de<br />
teléfono están impresos en la<br />
contraportada de este folleto).<br />
Usted también puede llamar a <strong>Medicare</strong><br />
al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227)<br />
24 horas al día, 7 días a la semana. Los<br />
usuarios TTY deben llamar al 1-877-<br />
486-2048.
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 128<br />
SECCIÓN 4 Hasta que su suscripción termine, usted debe continuar<br />
recibiendo sus medicamentos a través de nuestro plan<br />
Sección 4.1 Hasta que finalice su suscripción, usted continúa siendo<br />
asegurado de nuestro plan<br />
Si usted cancela su suscripción a Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP), podría tomar algún tiempo en<br />
lo que su suscripción termina y su nueva cubierta de <strong>Medicare</strong> entra en efecto. (Vea la Sección 2<br />
para información sobre cuándo comienza su nuevo plan). Durante este tiempo, usted debe<br />
continuar obteniendo sus medicamentos a través de nuestro plan.<br />
Usted debe continuar utilizando nuestras farmacias participantes para obtener sus<br />
recetas hasta que su suscripción en nuestro plan termine. Usualmente, sus<br />
medicamentos son cubiertos solamente si se despachan en una farmacia participante<br />
incluido el servicio de envío de medicamentos por correo de nuestro plan.<br />
SECCIÓN 5 Triple-S Salud puede cancelar su suscripción a nuestro plan<br />
en ciertas situaciones<br />
Sección 5.1 ¿Cuándo debemos cancelar su suscripción a nuestro plan?<br />
Triple-S Salud debe terminar su suscripción en el plan si ocurre lo siguiente:<br />
Si no se mantiene continuamente suscrito en la Parte A o la Parte B (o ambas).<br />
Si se muda fuera de nuestra área de servicio.<br />
Si vive fuera de nuestra área de servicio por más de 12 meses.<br />
o Si se muda o realiza un viaje largo, debe llamar a Servicio al Cliente para<br />
averiguar si el lugar adonde está mudándose o viajando está en el área de<br />
servicio del plan. (Los números telefónicos están impresos en la<br />
contraportada de este folleto.)<br />
Si es encarcelado.<br />
Si usted miente o retiene información sobre otro seguro que tenga que le provee<br />
cubierta de farmacia.<br />
Si usted intencionalmente nos da información incorrecta al suscribirse a nuestro plan<br />
y esa información afecta su elegibilidad para nuestro plan. (No podemos cancelar su<br />
suscripción por esta razón sin antes obtener permiso de <strong>Medicare</strong>.)
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 129<br />
Si usted continuamente se comporta de manera perjudicial y hace que sea difícil para<br />
nosotros proveerle cuidado a usted y a otros asegurados de nuestro plan. (No<br />
podemos cancelar su suscripción por esta razón sin antes obtener permiso de<br />
<strong>Medicare</strong>.<br />
Si permite que otra persona utilice su tarjeta de asegurado para obtener<br />
medicamentos.<br />
o Si terminamos su suscripción por esta razón, <strong>Medicare</strong> podría pedir que su caso<br />
sea investigado por el Inspector General.<br />
Si no paga las primas de su plan por 90 días.<br />
o Debemos notificarle por escrito que tiene 90 días para pagar su prima del plan<br />
antes de que finalicemos su suscripción.<br />
Si se le requiere pagar la cantidad adicional por la Parte D debido a su ingreso y no la<br />
paga, <strong>Medicare</strong> cancelará su suscripción a nuestro plan y perderá su cubierta de<br />
farmacia.<br />
¿Dónde puede obtener más información?<br />
Si tiene preguntas o le gustaría más información sobre cuándo podemos terminar su<br />
suscripción:<br />
Llame a Servicio al Cliente para más información (los numero telefónicos están en la<br />
contraportada de este folleto).<br />
Sección 5.2 Nosotros no podemos solicitarle que deje nuestro plan por<br />
cualquier motivo relacionado con su salud<br />
¿Qué debe hacer usted si esto sucede?<br />
Si siente que se le está pidiendo dejar el plan por razones relacionadas con su salud, usted debe<br />
llamar a <strong>Medicare</strong> al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227). Usuarios TTY deben llamar al 1-<br />
877-486-2048. Puede llamar las 24 horas al día, 7 días de la semana.<br />
Sección 5.3 Usted tiene el derecho a presentar una queja si nosotros<br />
cancelamos su suscripción al plan<br />
Si terminamos su suscripción a nuestro plan, debemos notificarle por escrito nuestras razones<br />
para terminar su suscripción. También debemos explicarle cómo presentar una queja sobre
Evidencia de Cubierta para 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 8: Cancelando su suscripción al plan 130<br />
nuestra decisión de terminar su suscripción. Refiérase al Capítulo 7, Sección 7 para obtener más<br />
información sobre cómo presentar una queja.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 131<br />
Capítulo 9. Notificaciones Legales<br />
SECCIÓN 1 Notificación sobre las leyes que nos regulan .................................................132<br />
SECCIÓN 2 Notificación sobre la no-discriminación ........................................................132<br />
SECCIÓN 3 Notificación sobre los derechos de subrogación al Pagador<br />
Secundario de <strong>Medicare</strong> ..................................................................................132<br />
SECCIÓN 4 Notificación sobre la Carta de Derechos y Responsabilidades del<br />
Paciente .............................................................................................................132<br />
SECCIÓN 5 Notificación Sobre Prácticas de Privacidad de Triple-S Salud,<br />
Inc. .....................................................................................................................135<br />
SECCIÓN 6 Concesionario independiente de la Blue Cross and Blue Shield<br />
Association ........................................................................................................140
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 132<br />
SECCIÓN 1 Notificación sobre las leyes que nos regulan<br />
Hay diferentes leyes que aplican a esta Evidencia de Cubierta y algunas disposiciones<br />
adicionales pueden aplicar porque son requeridas por ley. Esto puede afectar sus derechos y<br />
responsabilidades aunque la ley no esté incluida o explicada en este documento. La ley principal<br />
que aplica a este documento es el Artículo XVIII de la Ley del Seguro Social y los reglamentos<br />
creados bajo la Ley del Seguro Social por los Centros de Servicios de <strong>Medicare</strong> y Medicaid<br />
(CMS por sus siglas en inglés). Además, otras leyes federales pueden aplicar, y bajo ciertas<br />
circunstancias, las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico podrían también aplicar.<br />
SECCIÓN 2 Notificación sobre la no-discriminación<br />
Nosotros no discriminamos por raza, discapacidad, religión, género, salud, origen étnico, credo,<br />
edad u origen nacional. Todas las organizaciones, que proveen planes de farmacia de <strong>Medicare</strong>,<br />
como nuestro plan, tienen que obedecer las leyes federales en contra del discrimen, incluyendo el<br />
Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, la Ley de Rehabilitación de 1973, la Ley de<br />
Discrimen por Edad de 1975, la Ley para los Americanos con Incapacidades, todas las otras<br />
leyes que aplican a las organizaciones que reciben fondos Federales y cualquier otra ley o leyes y<br />
reglamentos que apliquen por cualquier otra razón.<br />
SECCIÓN 3 Notificación sobre los derechos de subrogación al<br />
Pagador Secundario de <strong>Medicare</strong><br />
Tenemos el derecho y la responsabilidad de colectar por los medicamentos cubiertos por<br />
<strong>Medicare</strong> por los cuales <strong>Medicare</strong> no fue el pagador primario. Según las regulaciones de CMS en<br />
42 CFR secciones 422.108 y 423.462, Triple-S <strong>FarmaMed</strong> (PDP) y Triple-S <strong>FarmaMed</strong> Plus<br />
(PDP), como proveedores de planes de farmacia de <strong>Medicare</strong>, ejercerán los mismos derechos de<br />
recuperación que el Secretario ejerce bajo las regulaciones de CMS en las subpartes B a D de la<br />
parte 411 de 42 CFR y las reglas establecidas en esta sección suplantan cualquier ley estatal.<br />
SECCIÓN 4 Notificación sobre la Carta de Derechos y<br />
Responsabilidades del Paciente<br />
La Ley 194 del 25 de agosto de 2000 conocida como la “Carta de Derechos y Responsabilidades<br />
del Paciente”, dispone los derechos y responsabilidades de los usuarios de servicios de salud<br />
médico-hospitalarios en Puerto Rico.<br />
El derecho a una alta calidad de Servicios de Salud<br />
Todo individuo tiene el derecho a recibir la más alta calidad de servicios de salud, consistente<br />
con los principios generalmente aceptados de la práctica de la medicina.<br />
Derechos en cuanto a la obtención y divulgación de información
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 133<br />
Usted tiene el derecho a recibir información cierta, confiable y fácil de entender sobre su plan de<br />
salud tal como:<br />
• Primas y copagos a pagar<br />
• Directorio de proveedores<br />
• Acceso a especialistas y servicios de emergencia<br />
• Proceso de precertificaciones y querellas<br />
El derecho en cuanto a la selección de planes y proveedores<br />
Todo individuo tiene derecho a la libre selección de sus proveedores de servicios de salud de<br />
entre los proveedores contratados por el asegurador. La red de proveedores debe ser adecuada y<br />
suficiente para garantizar acceso, sin demora irrazonable a todos los servicios cubiertos<br />
incluyendo especialistas bajo el plan de salud.<br />
El derecho del paciente a la continuación de servicios de cuidado de salud<br />
En caso de cancelación del proveedor o que el patrono cese de proveer plan de salud, el<br />
asegurado tiene que ser notificado de dicha cancelación con por lo menos 30 días de<br />
anticipación. En caso de cancelación y sujeto al pago de la prima, el asegurado tendrá derecho a<br />
continuar recibiendo los beneficios por un período de transición de 90 días. En caso de una<br />
mujer embarazada y la cancelación ocurre en el segundo trimestre de embarazo, el período de<br />
transición se extenderá hasta la fecha de alta de la madre después del parto o de la fecha de alta<br />
del neonato, la que fuera última. En caso de pacientes terminales el período de transición se<br />
extenderá durante el tiempo restante de la vida del paciente ó 6 meses lo que sea menor.<br />
El derecho en cuanto al acceso a servicios y facilidades de emergencia<br />
• Acceso libre e irrestricto a servicios y facilidades de emergencia cuando y donde surja la<br />
necesidad y sin precertificación ni períodos de espera.<br />
El derecho a participar en la toma de decisiones sobre su tratamiento<br />
• Usted tiene el derecho a participar o que una persona de su plena confianza participe<br />
plenamente de las decisiones sobre su cuidado médico.<br />
• Usted tiene el derecho a recibir toda la información necesaria y las opciones de tratamiento<br />
disponibles, los costos, riesgos y probabilidades de éxito de dichas opciones.<br />
• Su proveedor de servicios de salud deberá respetar y acatar sus decisiones y preferencias de<br />
tratamiento.<br />
• Ningún plan de cuidado de salud puede imponerle cláusulas de mordaza o penales, ni<br />
ningún otro tipo de mecanismo que interfiera con la comunicación médico-paciente.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 134<br />
• Todo profesional de la salud deberá proveerle la orden médica para pruebas de laboratorio,<br />
rayos-x o medicamentos para que usted pueda escoger la facilidad en que recibirá los<br />
servicios.<br />
El derecho en cuanto a respeto y trato equitativo<br />
• Usted tiene el derecho a recibir trato equitativo de parte de cualquier proveedor de servicios<br />
de salud en todo momento, sin importar raza, color, género, edad, religión, origen,<br />
ideología, incapacidad, información médica o genética, condición social, orientación sexual<br />
o capacidad o forma de pago.<br />
El derecho a confidencialidad de información y récords médicos<br />
• Usted tiene el derecho a comunicarse libremente y sin temor con sus proveedores de<br />
servicios médicos.<br />
• Usted tiene el derecho a tener la confianza de que sus récords médicos serán mantenidos en<br />
estricta confidencialidad y no serán divulgados sin su autorización excepto para fines<br />
médicos o de tratamiento, por orden judicial o por autorización específica de la ley.<br />
• Usted tiene el derecho a obtener recibo de los gastos incurridos por concepto del pago total<br />
o parcial, de copagos o coaseguros. El mismo debe especificar la fecha del servicio,<br />
nombre, número de licencia y especialidad del proveedor, nombre del paciente y de la<br />
persona que paga por los servicios, desglose de los servicios, cantidad pagada y firma<br />
oficial autorizada.<br />
Usted tiene el derecho a acceder u obtener copia de su expediente médico. Su médico debe<br />
entregarle copia del expediente médico en un término de 5 días laborales contados desde su<br />
solicitud. Los hospitales tienen un término máximo de 15 días laborales. Pueden cobrarle<br />
hasta $0.75 por página, pero no más de $25.00 por el expediente completo. De romperse la<br />
relación médico-paciente, usted tiene derecho a solicitar el expediente original libre de<br />
costo, sin importar si tiene alguna deuda con el proveedor de servicios de salud.<br />
Derechos en cuanto a quejas y agravios<br />
• Todo proveedor de servicios de salud o asegurador tendrá disponible un procedimiento<br />
para resolver de manera rápida y justa cualquier queja que un asegurado presente y tendrá<br />
mecanismos de apelación para la reconsideración de las determinaciones.<br />
Su responsabilidad como paciente es:<br />
• Proveer la información necesaria sobre planes médicos y el pago de cualquier cuenta.<br />
Conocer las reglas de coordinación de beneficios e informar al asegurador cualquier<br />
instancia o sospecha de fraude contra el seguro de salud. En caso de sospecha de fraude<br />
contra el seguro de salud, usted deberá comunicarse con nuestro Departamento de Servicio<br />
al Cliente al 787-774-6060 o a través de nuestro portal de Internet www.ssspr.com.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 135<br />
• Proveer la información más completa y precisa sobre su condición de salud, incluyendo<br />
enfermedades anteriores, medicamentos, etc. Participar en toda decisión relacionada con<br />
su cuidado médico. Conocer los riesgos y límites de la medicina.<br />
• Conocer la cubierta, opciones, beneficios y otros detalles del plan de salud.<br />
Cumplir con los procedimientos administrativos de su plan de salud.<br />
Adoptar un estilo de vida saludable.<br />
• Informar al médico cambios inesperados en su condición.<br />
• Informar que entiende claramente el curso de acción recomendado por el profesional de la<br />
salud.<br />
• Proveer copia de su declaración previa de voluntad.<br />
• Informar al médico si anticipa problemas con el tratamiento prescrito.<br />
• Reconocer la obligación del proveedor de ser eficiente y equitativo al proveer cuidado a<br />
otros pacientes.<br />
Ser considerado, para que su comportamiento en particular no afecte a otros asegurados y<br />
pacientes.<br />
• Resolver cualquier diferencia a través de los procedimientos establecidos por la<br />
aseguradora.<br />
SECCIÓN 5 Notificación Sobre Prácticas de Privacidad de<br />
Triple-S Salud, Inc.<br />
Este aviso describe cómo su información de salud puede ser usada y divulgada y cómo usted<br />
puede obtener acceso a esta información. Por favor revise este aviso con cuidado. La privacidad<br />
de su información de salud es importante para nosotros.<br />
Nuestra Responsabilidad Legal<br />
Triple-S Salud tiene el firme compromiso de mantener la confidencialidad de su información de<br />
salud. Este aviso le informa sobre nuestras prácticas de privacidad y sus derechos con respecto a<br />
su información de salud. Seguiremos las prácticas de privacidad descritas en este aviso mientras<br />
el mismo esté en vigor.<br />
Este aviso incluye ejemplos de la información que recopilamos y describe los tipos de usos y<br />
divulgaciones que podemos hacer. Los ejemplos son ilustrativos y no deben considerarse un<br />
inventario completo de nuestro manejo de la información.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 136<br />
Nos reservamos el derecho de cambiar nuestras prácticas de privacidad y los términos de este<br />
aviso. Antes de realizar algún cambio significativo en nuestras prácticas de privacidad,<br />
enmendaremos este aviso y lo enviaremos a todos nuestros suscriptores activos a la fecha del<br />
cambio.<br />
Información que Recopilamos<br />
Nuestro compromiso es limitar la información que recopilamos a la estrictamente necesaria para<br />
administrar la cubierta de su seguro o beneficios. Como parte de nuestras funciones de<br />
administración, recopilamos información personal de distintas fuentes, entre las cuales podemos<br />
mencionar:<br />
Información que usted provee en solicitudes y otros documentos para obtener un<br />
producto o servicio.<br />
Información que proviene de transacciones efectuadas con nosotros o con nuestras<br />
afiliadas.<br />
Información que proveen las agencias de crédito.<br />
Información de proveedores de servicios de salud.<br />
Programas de salud gubernamentales.<br />
Usos y Divulgaciones de Información de Salud<br />
Compartimos información con nuestros socios de negocio, los cuales proveen servicios a nombre<br />
nuestro y participan en las funciones de administración del seguro o la coordinación de sus<br />
beneficios. Sólo compartimos la información mínima necesaria y requerimos que cada socio de<br />
negocio firme un contrato obligándose a mantener la confidencialidad de la información<br />
compartida y limitar el uso de la información a los propósitos establecidos en el contrato. Si el<br />
socio de negocio cerrara operaciones, nosotros mantendremos su información para continuar<br />
brindándole servicios.<br />
En nuestras funciones de administración del seguro o beneficio, podremos usar y divulgar<br />
información para actividades relacionadas con su tratamiento médico, pago de servicios médicos<br />
y operaciones de cuidado de salud. Por ejemplo:<br />
Tratamiento: A un proveedor de servicios médicos para que le brinde tratamiento.<br />
Pago: Para pagar por los servicios de salud prestados a usted; determinar la elegibilidad a los<br />
mismos bajo su póliza; coordinar beneficios; cobro de las primas; y otras actividades<br />
relacionadas.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 137<br />
Operaciones de Cuidados de Salud: Para servicios legales y de auditoría, incluyendo<br />
detección de fraude y abuso y cumplimiento, así como la planificación y desarrollo de<br />
negocios y actividades administrativas y de gerencia del negocio.<br />
Podemos usar o divulgar su información de salud a otra entidad relacionada con usted y que<br />
también esté sujeta a las reglas Federales o locales sobre confidencialidad.<br />
Con Su Autorización: Usted nos puede autorizar por escrito a usar o divulgar su<br />
información a otras personas para cualquier propósito. La autorización tiene que estar<br />
firmada y fechada por usted, indicar la persona o entidad autorizada a recibir la información,<br />
breve descripción de la información a divulgarse y fecha de expiración de la autorización, la<br />
cual no excederá de 2 años contados desde la fecha en que se firma la misma. Usted tiene<br />
derecho a revocar la autorización por escrito en cualquier momento, pero su revocación no<br />
afectará los usos o divulgaciones permitidos por su autorización mientras la misma estuvo<br />
vigente. A menos que usted nos remita una autorización escrita, no podremos usar o divulgar<br />
su información médica para ninguna otra razón que no esté descrita en este aviso.<br />
A su Familia y Amigos: A menos que usted solicite una restricción, podemos divulgar de<br />
forma limitada información suya a los miembros de su familia o amistades que estén<br />
involucradas en su cuidado médico o que sean responsables por el pago de los servicios<br />
médicos.<br />
Antes de divulgar su información médica a alguna persona relacionada con su cuidado<br />
médico o con el pago de los servicios de salud, le proveeremos la oportunidad de objetar<br />
dicha divulgación. Si usted no se encuentra presente, está incapacitado(a) o es una situación<br />
de emergencia, utilizaremos nuestro juicio profesional en la divulgación de información que<br />
entendamos resultará en su mejor interés.<br />
Su Patrono u Organización que Auspicia su Seguro Grupal de Salud: Podemos divulgar<br />
su información de salud al patrono u otra organización que auspicie su plan de salud grupal,<br />
con el fin de facilitar la administración del mismo, como las altas y bajas del plan de salud.<br />
También podemos divulgar información de salud resumida. Ésta resume el historial de<br />
reclamaciones, gastos por reclamaciones o cubiertas, o tipos de reclamaciones<br />
experimentadas por los participantes del plan.<br />
Ayudas en Casos de Desastres y situaciones de emergencia<br />
Programas gubernamentales de beneficios<br />
Salud Pública: Podemos usar o divulgar su información de salud según permitido o<br />
requerido por ley para los siguientes propósitos:<br />
• Actividades de salud pública, incluyendo el informe de estadísticas de enfermedades e<br />
información vital, entre otros;
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 138<br />
• Informar abuso o negligencia contra menores o adultos o violencia doméstica;<br />
• Actividades de las agencias reguladoras;<br />
• Respuesta a órdenes judiciales o administrativas;<br />
• A los oficiales del orden público o asuntos de seguridad nacional;<br />
• Para actividades de investigación científica;<br />
• A instituciones correccionales en el caso de personas encarceladas; y<br />
• Según autorizado por las leyes de compensación de accidentes del trabajo.<br />
Servicios Relacionados con su Salud: Podemos usar su información de salud para ofrecerle<br />
información sobre beneficios y servicios relacionados con su salud, o alternativas de<br />
tratamiento que pueden ser de interés.<br />
Terminación de la relación de servicio: No compartimos información de aquellas personas<br />
que ya no mantienen cuentas, pólizas o servicios con nosotros, excepto según lo permita la<br />
ley.<br />
Medidas de seguridad: Hemos implantado medidas de seguridad físicas, técnicas y<br />
administrativas para limitar el acceso a su información. Nuestros empleados y socios de<br />
negocio conocen la responsabilidad de proteger y mantener la confidencialidad de su<br />
información y se han comprometido a seguir los más estrictos estándares de confidencialidad<br />
y seguridad en el manejo de su información.<br />
Derechos Individuales<br />
Acceso: Usted tiene el derecho de examinar y obtener copia de su información personal,<br />
financiera, de seguros o de salud relacionada con suscripción o reclamaciones dentro de los<br />
límites y excepciones que provee la ley. Para ello, usted debe presentarnos su solicitud por<br />
escrito. El primer informe que usted solicite será gratuito. Nos reservamos el derecho de<br />
cobrar por copias subsiguientes. Si usted solicita la información en un formato alterno al que<br />
nosotros hemos establecido para este propósito, podría tener que pagar un cargo adicional por<br />
el informe.<br />
Informe de Divulgaciones: Usted tiene derecho a recibir una lista de las instancias ocurridas<br />
desde el 14 de abril de 2003 en que nosotros o nuestros socios de negocio hayamos divulgado<br />
su información de salud para asuntos no relacionados a tratamiento médico, pago de servicios<br />
de salud, operaciones de cuidado de salud, o según su autorización. El informe indicará la<br />
fecha en que se hizo la divulgación, el nombre de la persona o entidad a la que se divulgó su<br />
información, una descripción de la información divulgada y la razón para la divulgación. Si<br />
usted solicita este informe más de una vez dentro de un período de doce (12) meses,
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 139<br />
podríamos cobrarle los costos de procesar la(s) solicitud(es) adicional(es). El informe sólo<br />
cubre los últimos seis (6) años.<br />
Restricciones: Usted tiene el derecho de solicitar que implementemos restricciones<br />
adicionales en nuestro manejo de su información de salud. Nosotros no tenemos que estar de<br />
acuerdo con su solicitud, pero si la aceptamos, nos regiremos por la misma (excepto en caso<br />
de una emergencia). Su solicitud y nuestro acuerdo de implementar restricciones adicionales<br />
en el manejo de su información de salud debe ser por escrito y firmada por un oficial<br />
autorizado.<br />
Comunicación Confidencial: Usted tiene el derecho de solicitar que nuestras<br />
comunicaciones hacia usted relacionadas con su información de salud sean realizadas por<br />
métodos alternos o dirigidas a direcciones alternas. Debe presentar una solicitud escrita en la<br />
que indique las razones que pueden ponerle en peligro si las comunicaciones no se realizan<br />
de forma confidencial. Podríamos aceptar su solicitud si ésta es razonable, especifica las<br />
formas o localizaciones alternas, y nos permite continuar con el cobro de las primas de su<br />
seguro de salud y el pago de las reclamaciones por los servicios recibidos, incluyendo el<br />
envío de explicaciones de beneficios.<br />
Cierre de Negocio: En la eventualidad de un cierre de negocio nos comunicaremos con<br />
usted para informarle como obtener su historial de reclamaciones y cualquier otra<br />
información necesaria.<br />
Enmienda: Usted tiene el derecho de solicitar que enmendemos su información de salud. Su<br />
solicitud debe ser por escrito, y contener una explicación o evidencia que justifique la<br />
enmienda. Podemos rechazar su solicitud si no originamos la información que usted solicita<br />
que se enmiende y quién la originó se encuentra disponible para recibir su solicitud, o por<br />
otras razones. Si rechazamos su solicitud, le proveeremos una explicación por escrito. Usted<br />
puede solicitar que se incluya una declaración suya indicando su desacuerdo con la<br />
determinación tomada por nosotros. Si aceptamos su solicitud, realizaremos esfuerzos<br />
razonables para informar a otros, incluyendo los socios de negocio, e incluiremos la<br />
enmienda en cualquier divulgación futura de tal información.<br />
Aviso en caso de violaciones de seguridad en que su información esté en riesgo: Usted<br />
tiene derecho a ser notificado por cualquier medio si la violación de seguridad es resultado de<br />
que su información no estuviera protegida por tecnologías o metodologías aprobadas por el<br />
Departamento de Salud de los Estados Unidos.<br />
Aviso por Medios Electrónicos: Si usted recibió este aviso por medio del portal<br />
www.ssspr.com o por correo electrónico (e-mail), usted tiene derecho a recibir una copia<br />
escrita del mismo.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 9: Notificaciones Legales 140<br />
Preguntas y Quejas<br />
Si interesa obtener más información sobre nuestras prácticas de privacidad o tiene preguntas<br />
o dudas, comuníquese con nosotros. Todos los formularios para ejercer sus derechos están<br />
disponibles en www.ssspr.com.<br />
Si entiende que hemos incurrido en alguna infracción de sus derechos de privacidad, o está<br />
en desacuerdo con alguna decisión nuestra sobre el acceso a su información de salud, puede<br />
presentar su queja en la dirección que aparece al final de este aviso. Usted también puede<br />
someter su queja por escrito al Departamento de Salud Federal (DHHS) a la siguiente<br />
dirección: Región II, Office for Civil Rights, US Department of Health and Human Services,<br />
Jacob Javits Federal Building, 26 Federal Plaza – Suite 3312, New York, New York, 10278;<br />
voice phone: (212) 264-3313; fax (212)264-3039; TDD (212)264-2355.<br />
Apoyamos su derecho a la privacidad de su información de salud. No tomaremos ningún tipo<br />
de represalia si usted decide presentar una queja con nosotros o ante el DHHS.<br />
Oficina de Contacto: OFICINA DE CUMPLIMIENTO Y PRIVACIDAD<br />
Teléfono: (787) 277-6686 Fax: (787) 706-4004<br />
E-mail: privacidad@ssspr.com<br />
Dirección: P. O. Box 363628, San Juan, PR 00936-3628<br />
If you would like to receive an English version of this notice, please contact us at the address<br />
above or visit our website at www.ssspr.com.<br />
SECCIÓN 6 Concesionario independiente de la Blue Cross and<br />
Blue Shield Association<br />
El asegurado, por este medio expresamente reconoce y conoce que esta póliza constituye un<br />
contrato únicamente entre el asegurado y Triple-S Salud que es una corporación<br />
independiente y opera bajo una licencia de la Blue Cross and Blue Shield Association, una<br />
asociación de <strong>Planes</strong> independientes afiliados a la Blue Cross and Blue Shield (la Asociación)<br />
permitiendo a Triple-S Salud, Inc. usar la marca de servicio Blue Shield en Puerto Rico y que<br />
Triple-S Salud, Inc. no está contratada como agente de la Asociación.<br />
El asegurado o grupo asegurado y sus miembros además, acuerdan y acceden que no han<br />
adquirido esta póliza basado en representaciones de cualquier persona otra que Triple-S Salud,<br />
Inc. y que ninguna persona, entidad u organización, otra que Triple-S Salud, Inc. podrán ser<br />
responsables por cualquier obligación de Triple-S Salud, Inc. para con el asegurado o grupo<br />
asegurado, creado bajo esta póliza.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 10: Definición de Algunos Términos Importantes 141<br />
Capítulo 10. Definición de Términos Importantes<br />
Apelación – Es algo que usted hace si usted está en desacuerdo con una decisión nuestra de<br />
denegarle la cubierta de un medicamento o el pago de medicamentos que ya usted obtuvo. Por<br />
ejemplo, usted puede solicitar una apelación si nosotros no pagamos por un medicamento que<br />
usted piensa que debería recibir. El Capítulo 7 explica las apelaciones, incluyendo el proceso de<br />
presentar una apelación.<br />
Aportación del Costo – Aportación del costo se refiere a las cantidades que un asegurado tiene<br />
que pagar cuando recibe un medicamento. (Esto es además de la prima mensual del plan.) La<br />
aportación del costo incluye cualquier combinación de los siguientes tres tipos de pagos: (1)<br />
cualquier cantidad de deducible que el plan imponga antes de que se cubran los medicamentos;<br />
(2) cualquier cantidad de “copago” fijo que el plan requiere que se pague cuando se recibe un<br />
medicamento en específico; o (3) cualquier cantidad de “coaseguro”, un porcentaje de la<br />
cantidad total que se paga por un medicamento, que el plan requiere cuando se recibe un<br />
medicamento específico.<br />
Área de Servicio – Es el área geográfica donde un plan de medicamentos acepta asegurados si<br />
es que limita la suscripción basado en donde la vive gente. El plan puede cancelar su suscripción<br />
si usted se muda del área de servicio del plan.<br />
Asegurado (Asegurado de nuestro plan o “Asegurado del Plan”) – Una persona con<br />
<strong>Medicare</strong> que es elegible para obtener servicios cubiertos, quien se suscribió a nuestro plan y<br />
cuya suscripción ha sido confirmada por los Centros de Servicios de <strong>Medicare</strong> y Medicaid<br />
(CMS, por sus siglas en inglés).<br />
Ayuda Adicional – Es un programa de <strong>Medicare</strong> para ayudar a las personas con ingresos y<br />
recursos limitados a pagar por los costos de la cubierta de farmacia de <strong>Medicare</strong> tales como<br />
primas, deducibles y coaseguros.<br />
Blue Card Program – Triple-S Salud, Inc., es un concesionario independiente de la Asociación<br />
Blue Cross y Blue Shield. Al igual que otros <strong>Planes</strong> Blue Cross y Blue Shield, Triple-S Salud<br />
participa en un programa llamado el BlueCard Program. Este Programa beneficia a los<br />
asegurados que reciben servicios cubiertos fuera del área de servicio de Triple-S Salud.<br />
Este beneficio se traduce en ahorros para el asegurado, pues cuando recibe servicios cubiertos<br />
fuera del área geográfica de Puerto Rico y las reclamaciones son procesadas mediante el<br />
Programa BlueCard, la cantidad (coaseguro, copago o deducible) que paga por dichos servicios<br />
se determina a base de lo que sea menor entre:<br />
El cargo facturado por los servicios cubiertos, o
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 10: Definición de Algunos Términos Importantes 142<br />
La cantidad o tarifa negociada que Triple-S Salud recibe del Plan Blue Cross o Blue<br />
Shield del área en que el asegurado recibe el servicio.<br />
A menudo, la tarifa negociada es una cantidad fija. A veces es una cantidad estimada,<br />
equivalente a un ajuste del total de los pagos estimados como consecuencia de los acuerdos u<br />
otros arreglos entre el Plan Blue Cross o Blue Shield del área con sus proveedores participantes.<br />
La tarifa negociada puede ser también un descuento de los cargos facturados, equivalente al<br />
promedio de los ahorros que el Plan Blue Cross o Blue Shield del área espera recibir de todos o<br />
de un grupo específico de sus proveedores participantes.<br />
El Plan Blue Cross o Blue Shield puede ajustar prospectivamente la cantidad estimada o<br />
descuento promedio para corregir las tarifas anteriores de las reclamaciones del Programa<br />
BlueCard, si los pagos fueron subestimados o sobrestimados. Sin embargo, la cantidad que<br />
usted paga es considerada una tarifa final.<br />
No obstante lo anterior, las leyes de algunos estados requieren que los Host Blues donde se<br />
presta el servicio usen una fórmula determinada para calcular el coaseguro, copago o deducible<br />
por los servicios cubiertos, sin considerar los ahorros recibidos o estimados por determinada<br />
reclamación o añadan un recargo. En estos casos la cantidad del coaseguro, copago o deducible<br />
se determinará a base de los métodos que las leyes hayan establecido en dicho estado.<br />
El asegurado participante podrá identificar las facilidades disponibles, como parte del BlueCard<br />
Program, a través de la página cibernética www.bcbsa.com o comunicarse a nuestros centros de<br />
servicios al cliente a los números que aparecen al dorso de la tarjeta de asegurado de Triple-S<br />
Salud.<br />
Centros de Servicio para <strong>Medicare</strong> y Medicaid (CMS, por sus siglas en inglés) – La agencia<br />
Federal que administra el Programa de <strong>Medicare</strong>. El Capítulo 2 le indica cómo comunicarse con<br />
CMS.<br />
Coaseguro – Una cantidad que quizás se le requiera pagar como su porción del costo por<br />
medicamentos después que pague cualquier deducible. Un coaseguro es, por lo general, un<br />
porcentaje (por ejemplo, 20%).<br />
Concesionario independiente de la Blue Cross and Blue Shield Association – El<br />
asegurado, por este medio expresamente reconoce y conoce que esta póliza constituye un<br />
contrato únicamente entre el asegurado y Triple-S Salud que es una corporación<br />
independiente y opera bajo una licencia de la Blue Cross and Blue Shield Association, una<br />
asociación de <strong>Planes</strong> independientes afiliados a la Blue Cross and Blue Shield (la Asociación)<br />
permitiendo a Triple-S Salud, Inc. usar la marca de servicio Blue Shield en Puerto Rico y que<br />
Triple-S Salud, Inc. no está contratada como agente de la Asociación.<br />
El asegurado o grupo asegurado y sus miembros además, acuerdan y acceden que no han<br />
adquirido esta póliza basado en representaciones de cualquier persona otra que Triple-S Salud,<br />
Inc. y que ninguna persona, entidad u organización, otra que Triple-S Salud, Inc. podrán ser
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 10: Definición de Algunos Términos Importantes 143<br />
responsables por cualquier obligación de Triple-S Salud, Inc. para con el asegurado o grupo<br />
asegurado, creado bajo esta póliza.<br />
Copago – Una cantidad que usted quizá se le requiera pagar como su porción del costo por un<br />
medicamento. Un copago es, por lo general, una cantidad de dinero establecida en vez de un<br />
porcentaje de dinero. Por ejemplo, usted quizá pague $10 o $20 por un medicamento.<br />
Cubierta Acreditable de Medicamentos – Cubierta de farmacia, (por ejemplo de un patrono o<br />
unión) que se espera que pague, en promedio, al menos tanto como una cubierta de farmacia<br />
estándar de <strong>Medicare</strong>. Las personas que tienen este tipo de cubierta cuando sean elegibles a<br />
<strong>Medicare</strong> por lo general pueden retenerla sin pagar una penalidad, si deciden suscribirse a una<br />
cubierta de farmacia de <strong>Medicare</strong> más tarde.<br />
Deducible – La cantidad que usted debe pagar por medicamentos antes de que nuestro plan<br />
comience a pagar.<br />
Desafiliar o Desafiliación – El proceso de terminar su membresía en nuestro plan. La<br />
desafiliación puede ser voluntaria (su elección) o involuntaria (no por su propia elección).<br />
Desembolso(s) – Refiérase a la definición de “Aportación del costo” arriba. El requerimiento de<br />
pago por una porción del costo que un asegurado tiene cuando recibe medicamentos también se<br />
conoce como un requerimiento de “desembolso”.<br />
Determinación de Cubierta – Una decisión sobre si un medicamento está cubierto por el plan y<br />
la cantidad, si alguna, que usted tiene que pagar por el mismo. Por lo general, si usted lleva su<br />
receta a una farmacia y la farmacia le indica que el medicamento no está cubierto bajo su plan,<br />
eso no es una determinación de cubierta. Usted necesita llamar o escribir a su plan para solicitar<br />
una decisión formal acerca de la cubierta. Las determinaciones de cubierta también son llamadas<br />
“decisiones de cubierta” en este folleto. El Capítulo 7 explica cómo solicitarnos una decisión de<br />
cubierta.<br />
Emergencia – Una emergencia médica es cuando usted, o cualquier persona prudente con<br />
conocimiento promedio sobre la salud y la medicina, considera que usted tiene síntomas médicos<br />
que requieren atención médica inmediata para prevenir la pérdida de vida, la pérdida de una<br />
extremidad o la pérdida del uso de una extremidad. Los síntomas médicos pueden ser tales como<br />
una enfermedad, una lesión, un dolor fuerte, o una condición médica que está empeorando<br />
rápidamente.<br />
Etapa de Cubierta Catastrófica – Es la etapa en el beneficio de farmacia de la Parte D donde<br />
usted paga un copago o coaseguro más bajo por sus medicamentos luego de que usted u otras<br />
partes calificadas en su nombre hayan gastado $4,750.00 en medicamentos cubiertos durante el<br />
año.<br />
Etapa de Cubierta Inicial – Esta es la etapa antes de que el total de sus gastos por<br />
medicamentos alcance la cantidad de $2,970.00 incluyendo cantidades que usted pagó y que<br />
nuestro plan pagó en su nombre.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 10: Definición de Algunos Términos Importantes 144<br />
Evidencia de Cubierta y Divulgación de Información – Este documento, junto con su solicitud<br />
de ingreso y cualquier tipo de documentos como anejos, endosos y otra cubierta opcional<br />
seleccionada, que explica su cubierta, nuestras obligaciones y sus derechos y responsabilidades<br />
como asegurado de nuestro plan.<br />
Excepción – Un tipo de determinación de cubierta que, de ser aprobada, le permite obtener un<br />
medicamento que no se encuentre en el Formulario del Plan (una excepción a la Lista de<br />
Medicamentos o Formulario) o recibir un medicamento no preferido al costo del medicamento<br />
preferido (una excepción de nivel). Usted puede solicitar también una excepción si le requerimos<br />
probar con otro medicamento antes de recibir el medicamento que está solicitando, o el plan<br />
limita la cantidad de la dosis del medicamento que usted está recibiendo (una excepción a la<br />
Lista de Medicamentos o Formulario).<br />
Farmacia No Participante; Farmacia Fuera de la Red - Una farmacia que no tiene un<br />
contrato con nuestro plan para coordinar o proporcionar medicamentos cubiertos a los<br />
asegurados de nuestro plan. Como se explica en esta Evidencia de Cubierta, la mayoría de los<br />
medicamentos que obtiene fuera de nuestra red de farmacias no están cubiertos por nuestro plan<br />
a menos que ciertas condiciones apliquen.<br />
Farmacia Participante; Farmacia Dentro de la Red – Es una farmacia donde asegurados de<br />
nuestro plan pueden recibir sus beneficios de medicamentos. Le llamamos farmacias<br />
“participantes” o “dentro de la red” porque tiene un contrato con nosotros. En la mayoría de los<br />
casos, sus medicamentos están cubiertos sólo si son despachados en una de nuestras farmacias<br />
participantes.<br />
Indicación Médicamente Aceptada – El uso de un medicamento que es aprobado por la<br />
Administración de Drogas y Alimentos o sustentado por ciertos libros de referencia. Vea el<br />
Capítulo 3, Sección 3 para más información sobre indicaciones medicamente aceptadas.<br />
Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés) – Un beneficio mensual<br />
pagado por la Administración del Seguro Social para personas con ingresos y recursos limitados<br />
que están discapacitados, ciegos, o son mayores de los 65 años de edad. Los beneficios de SSI<br />
no son los mismos que los del Seguro Social.<br />
Límites de Cantidad – Es una herramienta de manejo que está diseñada para limitar el uso de<br />
medicamentos seleccionados por calidad, seguridad, o razones de utilización. Los límites<br />
pueden ser en la cantidad del medicamento que cubrimos por receta o por un periodo tiempo<br />
definido.<br />
Límite de Cubierta Inicial – El límite máximo de cubierta bajo la Etapa de Cubierta Inicial.<br />
Lista de Medicamentos Cubiertos (Formulario o Lista de Medicamentos) – Es la lista de<br />
medicamentos cubiertos por el plan. Los medicamentos en esta lista son seleccionados por el<br />
plan con la ayuda de médicos y farmacéuticos. La Lista incluye medicamentos de marca y<br />
genéricos.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 10: Definición de Algunos Términos Importantes 145<br />
Medicaid (o Asistencia Médica) – Un programa en conjunto Federal y estatal que ayuda con<br />
los costos médicos de personas de recursos e ingresos limitados. Los programas de Medicaid<br />
varían según el estado, pero la mayoría de los costos de cuidado de salud están cubiertos si usted<br />
califica para ambos <strong>Medicare</strong> y Medicaid. Refiérase al Capítulo 2, Sección 6 para información<br />
sobre como contactar la oficina de Medicaid en su estado.<br />
Medicamentos Cubiertos – Es el término que utilizamos para referirnos a todos los<br />
medicamentos cubiertos por nuestro plan.<br />
Medicamento de Marca - Un medicamento que es manufacturado y vendido por la compañía<br />
farmacéutica que originalmente investigó y desarrolló el mismo. Los medicamentos de marca<br />
tienen la misma fórmula de ingrediente activo que la versión genérica del mismo. Sin embargo,<br />
los medicamentos genéricos son manufacturados y vendidos por otros manufactureros de<br />
medicamentos y no están disponibles hasta que la patente del medicamento de marca haya<br />
expirado.<br />
Medicamento Genérico – Un medicamento aprobado por la Administración de Drogas y<br />
Alimentos (FDA) que tiene la misma fórmula de ingredientes activos que un medicamento de<br />
marca. Por lo general, un medicamento genérico funciona de igual manera que uno de marca y<br />
usualmente cuesta menos.<br />
Medicamentos de la Parte D – Medicamentos que pueden estar cubiertos bajo la Parte D.<br />
Nosotros podemos o no ofrecer todos los medicamentos de la Parte D. (Vea su Formulario para<br />
una lista específica de los medicamentos cubiertos). Ciertas categorías de medicamentos fueron<br />
excluidas específicamente por el Congreso de los E.E.U.U. de ser cubiertas como medicamentos<br />
de la Parte D.<br />
<strong>Medicare</strong> – El programa de seguro de salud Federal para personas de 65 años o mayores,<br />
algunas personas menores de 65 con ciertas discapacidades y personas con Enfermedad Renal en<br />
Etapa Terminal (generalmente aquellos con daño renal permanente que necesitan diálisis o<br />
trasplante de riñón). Las personas con <strong>Medicare</strong> pueden obtener su cubierta de salud de <strong>Medicare</strong><br />
a través de <strong>Medicare</strong> Original o de un Plan <strong>Medicare</strong> Advantage.<br />
<strong>Medicare</strong> Original (“<strong>Medicare</strong> Tradicional” o <strong>Medicare</strong> “Pago-por-Servicio”) – <strong>Medicare</strong><br />
Original es ofrecido por el Gobierno y no por un plan privado de salud como lo son los <strong>Planes</strong><br />
<strong>Medicare</strong> Advantage y planes de farmacia. Bajo <strong>Medicare</strong> Original, los servicios de <strong>Medicare</strong><br />
son cubiertos pagando a los médicos, hospitales u otros proveedores de cuidado de salud las<br />
cantidades establecidas por el Congreso. Usted puede ir a cualquier médico, hospital u otro<br />
proveedor de cuidado de salud que acepte <strong>Medicare</strong>. <strong>Medicare</strong> paga la parte que le corresponde<br />
de la cantidad aprobada por <strong>Medicare</strong> y usted paga su parte. <strong>Medicare</strong> Original tiene dos partes:<br />
la Parte A (Seguro de Hospital) y la Parte B (Seguro Médico) y está disponible en todos los<br />
Estados Unidos.<br />
Nivel de Copago/Coaseguro – Todos los medicamentos en la Lista de Medicamentos Cubiertos<br />
se encuentran en uno de cuatro (4) niveles de copago/coaseguro. En general, mientras más alto es<br />
el nivel de copago/coaseguro, mayor será el costo que usted pague por el medicamento.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 10: Definición de Algunos Términos Importantes 146<br />
Organización Profesional de Investigación para el Mejoramiento de la Calidad, Inc.<br />
(QIPRO, por sus siglas en inglés) – Un grupo de médicos practicantes y otros expertos del<br />
cuidado de la salud pagados por el Gobierno Federal para verificar y mejorar el cuidado que se<br />
provee a los pacientes de <strong>Medicare</strong>. Vea el Capítulo 2, Sección 4 para información sobre cómo<br />
comunicarse con QIPRO en Puerto Rico.<br />
Parte C – vea “Plan de <strong>Medicare</strong> Advantage (MA).”<br />
Parte D– El Programa Voluntario de Beneficios de Medicamentos de <strong>Medicare</strong>. (Para fácil<br />
referencia, nos referiremos al programa de beneficios de medicamentos como Parte D).<br />
Penalidad por Suscripción Tardía – Una cantidad que se añade a su prima mensual de la<br />
cubierta de farmacia de <strong>Medicare</strong> si usted no tiene una cubierta de farmacia acreditable (cubierta<br />
que paga en promedio tanto como una cubierta estándar de farmacia de <strong>Medicare</strong>) por un periodo<br />
continuo de 63 días o más. Usted tendrá que pagar la penalidad mientras esté suscrito a una<br />
cubierta de farmacia de <strong>Medicare</strong>. Hay algunas excepciones, por ejemplo, si usted recibe Ayuda<br />
Adicional de <strong>Medicare</strong> para pagar por los costos de sus medicamentos, esta penalidad no le<br />
aplica a usted. Si usted recibe Ayuda Adicional, usted no paga una penalidad, aún si usted estuvo<br />
sin una cubierta “acreditable” de medicamentos.<br />
Periodo de Suscripción Anual – Un periodo dado de tiempo cada otoño cuando los asegurados<br />
pueden cambiar su cubierta de salud o de farmacia, o pueden cambiar a <strong>Medicare</strong> Original. El<br />
Periodo de Suscripción Anual es desde el 15 de octubre hasta el 7 de diciembre de 2011.<br />
Periodo de Suscripción Inicial – Cuando usted es elegible por primera vez para acogerse a<br />
<strong>Medicare</strong>, es el periodo de tiempo cuando usted puede suscribirse a la Parte B de <strong>Medicare</strong>. Por<br />
ejemplo, si usted es elegible para la Parte B cuando cumpla 65 años de edad, su Periodo de<br />
Suscripción Inicial es el periodo de siete (7) meses que comienza tres (3) meses antes de que<br />
usted cumpla 65 años de edad, incluye el mes en que usted cumple 65 años de edad, y termina<br />
tres (3) meses luego de que usted cumpla 65 años de edad.<br />
Periodo Especial de Suscripción – Un periodo dado de tiempo cuando los asegurados pueden<br />
cambiar sus planes de salud o medicamentos o regresar a <strong>Medicare</strong> Original. Situaciones en las<br />
cuales usted puede ser elegible para un Periodo Especial de Suscripción incluyen: si usted se<br />
muda fuera del área de servicio del plan, si usted está recibiendo “Ayuda Adicional” con sus<br />
costos de medicamentos, si usted ingresa a un hogar de cuidado, o si nosotros violentamos<br />
nuestro contrato con usted.<br />
Plan de Farmacia de <strong>Medicare</strong> (Parte D) – Seguro para ayudarle a pagar por los<br />
medicamentos, vacunas, productos biológicos y algunos suplidos que las Partes A o B de<br />
<strong>Medicare</strong> no cubren.<br />
Plan de Salud de <strong>Medicare</strong> – Un plan de salud de <strong>Medicare</strong> que es ofrecido por una compañía<br />
privada que contrata con <strong>Medicare</strong> para proveer beneficios de las Partes A y B a personas con<br />
<strong>Medicare</strong> que se suscriben al plan. Este término incluye todos los <strong>Planes</strong> <strong>Medicare</strong> Advantage,
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 10: Definición de Algunos Términos Importantes 147<br />
los <strong>Planes</strong> <strong>Medicare</strong> de Costo, Programas Piloto o de Demostración, y Programas de Cuidado<br />
Total de Salud para Ancianos (PACE, por sus siglas en inglés).<br />
Plan <strong>Medicare</strong> Advantage (MA) – A veces llamado <strong>Medicare</strong> Parte C. Un plan ofrecido por<br />
una compañía privada que contrata con <strong>Medicare</strong> para proveerle todos los beneficios de la Parte<br />
A y Parte B de <strong>Medicare</strong>. Un Plan <strong>Medicare</strong> Advantage puede ser un HMO, PPO, Plan de Pago<br />
por Servicio (PFFS) o un plan <strong>Medicare</strong> de Cuenta de Ahorros Médicos (MSA). Si usted está<br />
suscrito en un Plan <strong>Medicare</strong> Advantage, los servicios cubiertos de <strong>Medicare</strong> se cubren a través<br />
del plan y no son pagados bajo <strong>Medicare</strong> Original. En la mayoría de los casos, los <strong>Planes</strong><br />
<strong>Medicare</strong> Advantage también ofrecen la Parte D de <strong>Medicare</strong> (cubierta de farmacia). Estos<br />
planes se llaman <strong>Planes</strong> <strong>Medicare</strong> Advantage con Cubierta de Farmacia. Todo el que tenga<br />
las Partes A y B de <strong>Medicare</strong> es elegible para suscribirse a cualquier plan de salud de <strong>Medicare</strong><br />
que se ofrezca en su área, excepto las personas con Fallo Renal en Etapa Terminal (a menos que<br />
ciertas excepciones apliquen).<br />
Póliza “Medigap” (Póliza Complementaria a <strong>Medicare</strong>) – Póliza complementaria de<br />
<strong>Medicare</strong> vendida por compañías privadas para cubrir las brechas en la cubierta del <strong>Medicare</strong><br />
Original. Las pólizas Medigap sólo trabajan con el <strong>Medicare</strong> Original. (Un plan <strong>Medicare</strong><br />
Advantage no es una Póliza de Medigap.)<br />
Precertificación – Es una aprobación antes de recibir ciertos medicamentos que podrían o no<br />
estar en nuestro formulario. Algunos medicamentos están cubiertos sólo si su doctor u otro<br />
proveedor de la red obtienen pre certificación por parte de nosotros. Los medicamentos<br />
cubiertos que requieren pre certificación están identificados en el Formulario.<br />
Prima – El pago periódico hecho a <strong>Medicare</strong>, a una compañía de seguros, o a un plan de salud<br />
por la cubierta de salud o de medicamentos.<br />
Programa de Descuento para la Etapa de Cubierta en la Brecha de <strong>Medicare</strong> – Un<br />
programa que provee descuentos en la mayoría de los medicamentos de marca cubiertos por la<br />
Parte D a asegurados de la Parte D que han alcanzado la Etapa de Cubierta en la Brecha y que no<br />
están recibiendo “Ayuda Adicional”. Los descuentos son basados en acuerdos entre el gobierno<br />
Federal y ciertos manufactureros de medicamentos. Por esta razón la mayoría, pero no todos, los<br />
medicamentos de marca tienen un descuento.<br />
Querella – Un tipo de queja que usted somete sobre nosotros o sobre una de nuestras farmacias<br />
participantes, incluyendo quejas relacionadas a la calidad de su cuidado. Este tipo de queja no<br />
envuelve controversias sobre cubierta o pagos.<br />
Servicio al Cliente – Un departamento dentro de nuestro plan responsable de contestar sus<br />
preguntas sobre su suscripción, beneficios, querellas y apelaciones. Refiérase al Capítulo 2 para<br />
obtener información sobre cómo comunicarse con Servicio al Cliente.<br />
Servicios Cubiertos por <strong>Medicare</strong> – Los servicios cubiertos por la Parte A y la Parte B de<br />
<strong>Medicare</strong>.
Evidencia de Cubierta 2013 de Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP)<br />
Capítulo 10: Definición de Algunos Términos Importantes 148<br />
Subsidio de Bajos Ingresos – Ver “Ayuda Adicional.”<br />
Tarifa por Despacho de Medicamentos – Una tarifa que se cobra cada vez que se prepara un<br />
medicamento para pagar por el costo de despachar una receta. La tarifa por despacho de<br />
medicamentos cubre costos tales como el tiempo que el farmacéutico se toma preparando y<br />
despachando una receta.<br />
Terapia Escalonada – Una herramienta de utilización que requiere que usted utilice otro<br />
medicamento primero para tratar su condición médica antes de que nosotros cubramos el<br />
medicamento que su médico inicialmente le recetó.
Triple-S <strong>FarmaMed</strong> <strong>ELA</strong> (PDP) Servicios al Cliente<br />
LLAME 1-800-510-0722 ó 787-774-6083 en el área metropolitana<br />
Las llamadas a estos números son libre de cargos.<br />
Usted puede llamar de lunes a domingo de 8:00am a 8:00pm.<br />
TTY 1-800-383-4457 ó 787-749-4059 en el área metropolitana<br />
Estos números requieren equipo telefónico especial y son sólo para<br />
personas que tienen dificultades del habla o de audición<br />
FAX<br />
Las llamadas a estos números son libre de cargos. Usted puede llamar<br />
de lunes a domingo de 8:00am a 8:00pm.<br />
787-281-2320 ó 787-281-2327<br />
ESCRIBA Triple-S Salud, Inc., Departamento de Servicio al Cliente,<br />
PO Box 363628, San Juan, PR 00936-3628 o www.ssspr.com<br />
PÁGINA DE www.ssspr.com<br />
INTERNET<br />
Oficina del Procurador del Ciudadano (Puerto Rico SHIP)<br />
La Oficina del Procurador del Ciudadano es un programa estatal que recibe fondos del gobierno<br />
Federal para proveer consejería libre de costo sobre seguros de salud a las personas con<br />
<strong>Medicare</strong>.<br />
Oficina del Procurador del Ciudadano<br />
LLAME (787) 724-7373<br />
ESCRIBA<br />
DIRECCIÓN<br />
FÍSICA<br />
HORARIO<br />
FAX (787) 724-7386<br />
PÁGINA DE<br />
INTERNET<br />
Oficina del Procurador del Ciudadano<br />
Minillas Station<br />
P O BOX 41088<br />
San Juan, PR 00940-1088<br />
Avenida Roberto H. Todd # 5101<br />
Parada 18, Santurce, PR<br />
Lunes a viernes de 8:00 am – 4:30 pm<br />
http://ombudsmanpr.com