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Manual del Exportador - Acuerdos Comerciales

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mercado hacerlo, estableciendo las condiciones de rentabilidad y viabilidad<br />

comercial mínima que ofrece ese mercado.<br />

Medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF)<br />

Son medidas que el Estado <strong>del</strong> país importador define para asegurar la<br />

inocuidad de los alimentos e impedir el ingreso y propagación de enfermedades<br />

animal y vegetal.<br />

Montaje <strong>del</strong> negocio exportador<br />

Definir cómo se exportará el producto seleccionado al mercado escogido<br />

identificando los requisitos y procedimientos que ese mercado le exige al<br />

producto.<br />

Obstáculos técnicos al comercio (OTC)<br />

Son medidas distintas a las sanitarias que adoptan la forma de reglamentos<br />

que regulan la certificación de otros requisitos técnicos, de calidad y de<br />

información para el consumidor que debe cumplir el producto importado.<br />

Oficina Internacional de Epizootias, hoy llamada Organización Mundial<br />

de Sanidad Animal<br />

Organismo intergubernamental, integrado por 153 países que se preocupa<br />

de la sanidad animal, informando sobre presencia y propagación de<br />

enfermedades animales en el mundo, coordinando estudios de vigilancia y<br />

control epidemiológico, haciendo recomendaciones técnicas y coordinando<br />

información sobre reglamentaciones nacionales en materia de comercio de<br />

animales vivos y de productos animales.<br />

OMC<br />

Organización Mundial de Comercio, organización sucesora <strong>del</strong> GATT (General<br />

Agreement on Trade and Tariffs).<br />

Preferencia arancelaria<br />

Es el porcentaje de desgravación o liberación que se le concede al país<br />

socio medido sobre el arancel que pagan los demás países exportadores<br />

y que es un índice <strong>del</strong> margen de competitividad ganada por el país socio<br />

para ingresar en ese mercado importador.<br />

ProChile<br />

Dirección de Promoción de Exportaciones.<br />

Reglas de origen<br />

Son aquellas que un país importador define para reconocerle la condición<br />

originaria a la mercancía proveniente <strong>del</strong> país socio exportador, de modo<br />

que se le pueda hacer valer la preferencia arancelaria que le beneficia y<br />

evitar así que terceros países aprovechen esta ventaja haciendo transitar la<br />

mercancía a través <strong>del</strong> territorio <strong>del</strong> país socio.<br />

Restricciones no arancelarias o paraarancelaria<br />

Son aquellas otras restricciones, distintas a las arancelarias, que pueden<br />

dificultar e incluso impedir que una mercancía ingrese al mercado importador,<br />

amparándose en leyes o reglamentos que regulan temas sanitarios, de<br />

inocuidad, medioambientales, de propiedad intelectual, de transportes, etc.<br />

SAG<br />

Servicio Agrícola y Ganadero <strong>del</strong> Ministerio de Agricultura de Chile.<br />

Salto de clasificación arancelaria<br />

Es el cambio de clasificación arancelaria que afecta a un bien al ser procesado<br />

o transformado para producir otro bien.<br />

Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria<br />

(FAO)<br />

Que se preocupa de la protección vegetal, en cuanto a prevenir la diseminación<br />

e introducción de plagas y enfermedades de vegetales y promover<br />

las medidas de su control.<br />

SERNAPESCA<br />

Servicio Nacional de Pesca <strong>del</strong> Ministerio de Economía.<br />

Tratado de Libre Comercio (TLC)<br />

Es un acuerdo bilateral que persigue crear una zona de libre comercio que<br />

garantice la libre circulación de bienes, servicios y capitales, mediante una<br />

armonización de políticas y normas jurídicas pertinentes. Éstas deben asegurar<br />

bases competitivas homologables o comunes en ámbitos no directamente<br />

comerciales, pero que pueden tener una alta incidencia competitiva<br />

(medio ambiente, sanidad y fitosanidad, obstáculos técnicos al comercio,<br />

propiedad intelectual, solución de controversias, seguridad jurídica, etc.).<br />

Trato nacional<br />

Es el reconocimiento que una mercancía importada no puede sometérsele<br />

a exigencias mayores a las que rigen para las mismas mercancías producidas<br />

nacionalmente.<br />

Valor de Contenido Regional (VCR)<br />

Es el valor cuantificado, según fórmulas convenidas bilateralmente, que<br />

le aporta el país socio a su producto exportable al procesar o transformar<br />

materiales, partes o piezas no originarias de su país y cuyo valor lo fija<br />

el país importador para poder hacerle valer la preferencia arancelaria<br />

concedida.<br />

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