09.05.2013 Views

CONTRATO DE LINEA DE CREDITO PARA CUENTA ... - Corpbanca

CONTRATO DE LINEA DE CREDITO PARA CUENTA ... - Corpbanca

CONTRATO DE LINEA DE CREDITO PARA CUENTA ... - Corpbanca

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

El pago de dichos intereses deberá efectuarse dentro de los primeros cinco días<br />

hábiles del mes siguiente de aquél en que se han devengado. Este pago se efectuará<br />

mediante el traspaso automático de fondos disponibles en la Cuenta Corriente referida<br />

al inicio del presente instrumento, para cuyo efecto el Comitente autoriza desde ya y en<br />

forma irrevocable a CORPBANCA para efectuar los cargos correspondientes en la<br />

citada cuenta corriente y en su defecto pagarlos con cargo al cupo disponible en la<br />

respectiva Línea de Crédito Automática, si dichos fondos fueren insuficientes.<br />

Asimismo, faculta al Banco, también irrevocablemente, para efectuar traspasos desde<br />

cualquier otra Cuenta Corriente del Comitente y/o desde cualquier saldo acreedor que<br />

mantenga éste último en el Banco.<br />

Los créditos o sobregiros otorgados con cargo a la Línea de Crédito que se conviene<br />

por este instrumento, devengarán intereses desde la fecha en que se otorguen y hasta<br />

su pago efectivo, intereses que se devengarán sobre el saldo diario adeudado en la<br />

línea de crédito.<br />

Si por cualquier motivo no se determinare en tiempo y/o forma, la tasa de interés a que<br />

se refiere esta cláusula y/o si por el obligado al pago se objetare en cualquier tiempo<br />

y/o forma el cálculo de la tasa de interés y/o de los intereses devengados y adeudados<br />

en virtud de este contrato de línea de crédito, incluso durante la cobranza de los<br />

mismos, el Banco tendrá derecho a exigir y el Comitente pagará, el interés máximo<br />

convencional que la ley permite estipular para este tipo de operaciones de crédito de<br />

dinero en moneda nacional no reajustables, por todo el tiempo que transcurriere hasta<br />

el pago efectivo de la obligación.<br />

En caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte del capital y/o de los<br />

intereses, la obligación devengará por todo el lapso que dure la mora o retardo, el<br />

interés máximo convencional que la ley permite estipular para este tipo de operaciones<br />

de crédito de dinero en moneda nacional no reajustables. Los intereses devengados<br />

serán mensualmente capitalizados, por períodos no inferiores a 30 días.<br />

El Comitente acepta desde luego que, para los efectos de demostrar la tasa de interés<br />

aplicada por el Banco a esta obligación, el acreedor se valga y/o utilice cualquier medio<br />

de prueba, tales como certificación notarial y/o certificados y/o declaraciones de<br />

CORPBANCA.<br />

SEXTO: El Banco queda irrevocablemente facultado por el Comitente durante la<br />

vigencia del presente contrato y/o del contrato de cuenta corriente asociado a esta<br />

línea de crédito, para debitar en una o más de las cuentas corrientes, cuentas de<br />

ahorro a la vista o a plazo que el Comitente mantenga en el Banco, toda suma de<br />

dinero por la cual resulte deudor del Banco con motivo de los créditos que se le<br />

otorguen en virtud del presente Contrato, como asimismo, para hacerse pago de<br />

cualesquiera otros depósitos, acreencias o valores que el Comitente mantenga o<br />

pudiere mantener en el Banco.<br />

LSG-GPEA-01

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!