acta de licitacion publica nacional - Tribunal Superior Agrario
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TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO<br />
LICITACIÓN PRESENCIAL PÚBLICA NACIONAL<br />
No. 03121001-009-10<br />
ADQUISICIÓN DE PAPELERÍA, ARTÍCULOS DE OFICINA<br />
Y PAPEL SANITARIO<br />
5. La empresa Grupo EGGAMEX, S. A. <strong>de</strong> C. V., en la partida 39<br />
“perforadora metálica” presenta una muestra que perfora 24 hojas, <strong>de</strong>biendo<br />
ser 30 hojas como se estipula en las especificaciones <strong>de</strong>l Anexo 1, por lo que<br />
no cumple y se <strong>de</strong>scalifica en dicha partida; asimismo, en la partida 67<br />
“Etiqueta adhesiva 5000” presentó una muestra con 72 etiquetas, <strong>de</strong>biendo<br />
ser 84 etiquetas, razón por la que no cumple y se <strong>de</strong>scalifica en esta partida.<br />
6. La empresa Abastecedora <strong>de</strong> Dibujo LA SQUADRA, S. A. <strong>de</strong> C. V., en las<br />
partidas 13 y 14 “Carpetas carta y oficio”, respectivamente, la muestra<br />
presentada tiene media varilla <strong>de</strong>slizable, <strong>de</strong>biendo ser completa como se<br />
requiere en las especificaciones, razón por la que no cumple y se <strong>de</strong>scalifica<br />
en ambas partidas.<br />
7. La firma Verónica Lira Galeana, en la partida 58 “Clips jumbo” presentó<br />
una muestra <strong>de</strong> clips que manchan las hojas, razón por la que no cumple y se<br />
<strong>de</strong>scalifica en esta partida; en la partida 17 “Cinta canela”, en sus<br />
proposiciones técnica y económica cotiza este bien, sin embargo no entregó<br />
la muestra tal como se requiere en las bases, razón por lo que no participa en<br />
dicha partida.<br />
8. La empresa Consultoría, Supervisión y Auditoría, S. A. <strong>de</strong> C. V., en las<br />
partidas en las partidas 6, 7 y 8 “bolígrafo punto mediano azul, negro y rojo”<br />
respectivamente, entregaron muestras a las que se les realizaron pruebas <strong>de</strong><br />
escritura que mancharon el papel, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> trazar líneas no constantes,<br />
razones por las que no cumple y se le <strong>de</strong>scalifica en estas tres partidas,<br />
asimismo, en la partida 30 “Marcador in<strong>de</strong>leble color negro”, presentó<br />
muestra con punta <strong>de</strong> 5 milímetros, <strong>de</strong>biendo ser <strong>de</strong> 6 milímetros, motivo por<br />
el que no cumple y se les <strong>de</strong>scalifica en esta partida; en la partida 71 “Fol<strong>de</strong>r<br />
tamaño carta” entregó una muestra <strong>de</strong> 175 gramos, <strong>de</strong>biendo ser 195 a 202<br />
gramos, razón por la cual no cumple con las especificaciones requeridas y se<br />
<strong>de</strong>scalifica en esta partida.<br />
9. La empresa Súper Papelera, S. A. <strong>de</strong> C. V., en las partidas 13 y 14<br />
“Carpetas carta y oficio”, respectivamente, la muestra presentada tiene media<br />
varilla <strong>de</strong>slizable, <strong>de</strong>biendo ser completa como se requiere en las<br />
especificaciones, razón por la que no cumple y se <strong>de</strong>scalifica en ambas<br />
partidas; adicionalmente, en las partidas 33 y 34 “Papel bond tamaño carta y<br />
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