Revista Aduanas #22, Gracia navideña - DGA
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Señores Dirección General de <strong>Aduanas</strong>:<br />
Mucho nos gustaría se nos explicaran los términos dumping<br />
y antidumping.<br />
ESTUDIANTES LICEO VÍCTOR ESTRELLA LIZ.<br />
El dumping es el término utilizado en el Comercio<br />
Internacional y consiste en la venta de productos de un<br />
país a otro a precios inferiores a los de exportación<br />
establecidos o por debajo de los costos de producción en el<br />
país de origen. Según Miltiades Chacholiades, en su libro<br />
Economía Internacional, nos dice que el dumping es<br />
“una discriminación de precios internacionales y se presenta<br />
cuando un monopolista (o competidor imperfecto)<br />
cobra un menor precio a los compradores extranjeros<br />
que a los compradores domésticos por un<br />
bien igual (o comparable)”. Para que el dumping<br />
sea condenable debe causar o amenazar<br />
causar un daño relevante a una rama de la producción<br />
nacional existente o retrasar en forma<br />
importante la creación de una rama de producción<br />
nacional. El antidumping por su parte es el derecho<br />
que intenta desalentar o prevenir el dumping; normalmente<br />
el objetivo es el de imponer un derecho que equivalga<br />
a la diferencia entre el precio de venta de los bienes<br />
en el país de origen, y el precio de venta en el país del<br />
importador.<br />
MANUEL MORETA<br />
Enc. Centro de Documentación de la <strong>DGA</strong><br />
m.moreta@dga.gov.do<br />
Fuente:<br />
Glosario de Términos del Comercio Internacional de Vanina Arman<br />
Señores de la Dirección de Aduana:<br />
Podrían decirme el papel de las <strong>Aduanas</strong> ante la presencia<br />
de catástrofes y desastres naturales.<br />
Las gracias anticipadas.<br />
CLARA ASTACIO PEÑA<br />
Podría resumir que la labor de las aduanas, ante la<br />
ocurrencia de Desastres Naturales, se centra principalmente<br />
en establecer y garantizar mecanismos simples,<br />
ágiles, eficientes y seguros de despacho de las mercancías<br />
de importación (en el caso de que sean ayudas recibidas)<br />
o de exportación (en el caso de que sean ayudas que envía<br />
34 ADUANAS www.dga.gov.do<br />
el país al exterior). La asistencia humanitaria debe ser<br />
entregada de manera oportuna y, en el caso dominicano,<br />
están dadas las garantías para ello, como efectivamente<br />
ha debido hacerse en las tantas ocasiones en que la naturaleza<br />
se ha ensañado en contra de nuestra isla.<br />
Incluso, creo que la propia Organización Marítima<br />
Internacional (OMI) dispone de las vías de simplificación<br />
para el transporte de mercancías de ayuda.<br />
La doctrina sobre la materia está sustentada tanto en lo<br />
que se recoge en el Convenio de Kyoto, en el Convenio<br />
A.T.A (Sobre Admisión Temporal) y en el Convenio de<br />
Estambul, elaborados por la OMA, y las Recomendaciones<br />
al respecto del Consejo de Cooperación Aduanera.<br />
Las acciones específicas que ejecuta la Aduana se<br />
pueden resumir de la manera siguiente:<br />
— Despacho por el canal expreso de las ayudas.<br />
Incluyendo la declaración anticipada y hasta la<br />
entrega provisional con la sola tenencia del Bill<br />
of Landing o de la Guía Aérea.<br />
— Establecimiento de horarios extraordinarios<br />
— Exoneración total de derechos e impuestos (Generalmente<br />
atendiendo disposiciones de excepción emanadas<br />
del Poder Ejecutivo).<br />
— Inspección física aleatoria o a destino (Regularmente<br />
se ejecuta a destino).<br />
— En el caso de las exportaciones de ayuda, no se ejecuta<br />
ningún tipo de verificación física. No obstante, se da<br />
cumplimiento a la formalidad del embarque, incluido el<br />
sellado en los casos de mercancías transportadas en contenedores.<br />
— Está establecido por Ley el tránsito de mercancías.<br />
Ejemplifica la cuestión la cantidad de ayuda que llega en<br />
tránsito con destino a Haití.<br />
— El país cuenta con medios legales para la Admisión<br />
Temporal. Cuando se trata de ayudas, se simplifican los<br />
trámites y se exoneran las fianzas y demás.<br />
GREGORIO LORA<br />
Asesor del Director General<br />
g.lora@dga.gov.do<br />
Favor dirigir sus preguntas al Centro<br />
de Docu-mentación de la Dirección General<br />
de <strong>Aduanas</strong> <strong>DGA</strong>.<br />
m.moreta@dga.gov.do