12.05.2013 Views

Reglamento Consular - Secretaría de Relaciones Exteriores de ...

Reglamento Consular - Secretaría de Relaciones Exteriores de ...

Reglamento Consular - Secretaría de Relaciones Exteriores de ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES<br />

DE LA REPUBLICA DE HONDURAS<br />

Art. 146.- El Cónsul anotará en cada documento que legalice los <strong>de</strong>rechos consulares<br />

correspondientes, calculando el peso (*) hondureño al dos por uno en relación al dólar americano, y<br />

respecto a las otras monedas extranjeras, al tipo corriente <strong>de</strong>l cambio <strong>de</strong>l dólar en la plaza en que el<br />

Cónsul ejerza sus funciones.<br />

El <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> 2% sobre las facturas consulares, establecido por el Decreto Legislativo No. 78, <strong>de</strong>l<br />

30 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 1920, seguirá cobrándose sobre el valor <strong>de</strong> las merca<strong>de</strong>rías <strong>de</strong>spachadas en el lugar <strong>de</strong> su<br />

expedición, calculado en la moneda que en la factura respectiva se exprese, sin tomar en cuenta los<br />

gastos <strong>de</strong> seguro, comisiones y transporte al lugar <strong>de</strong> <strong>de</strong>stino.<br />

Art. 152.- Los Cónsules enviados <strong>de</strong> la República a naciones extranjeros, gozarán <strong>de</strong>l sueldo que<br />

les fije el Presupuesto General <strong>de</strong> Gastos. Prestarán caución personal o hipotecario ante el Tribunal<br />

Superior <strong>de</strong> Cuentas por un valor igual al duplo <strong>de</strong>l sueldo que <strong>de</strong>venguen en un año, conforme el<br />

presupuesto.<br />

-----------<br />

(*) Veáse la llamada (*) que aparece en la página 50.<br />

Los Consulados pagados <strong>de</strong> la República en el extranjero serán los siguientes:<br />

1.- Consulado General en New York;<br />

2.- Consulado General en New Orleans;<br />

3.- Consulado General en San Francisco <strong>de</strong> California;<br />

4.- Consulado General, encargado <strong>de</strong> negocios en París;<br />

5.- Consulado General en Hamburgo;<br />

6.- Consulado General en Liverpool; y,<br />

7.- Consulado en Belice, Honduras Británica.<br />

Las oficinas <strong>de</strong> estos consulados se organizarán por cuenta <strong>de</strong>l Estado y en el Presupuesto General<br />

<strong>de</strong> Gastos se fijará anualmente la cantidad necesaria para su sostenimiento. Los consulados <strong>de</strong> Nueva<br />

York y <strong>de</strong> Nueva Orleans podrán tener Cancilleres; y el <strong>de</strong> París, un Agregado, todos <strong>de</strong> nombramiento<br />

<strong>de</strong>l Po<strong>de</strong>r Ejecutivo, y sus sueldos se fijarán también en la Ley <strong>de</strong> Presupuesto.<br />

POR QUE TODOS TENEMOS DERECHO A SABER LO QUE SUCEDE EN LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!