Antonio Dugarte Lobo - Avdt
Antonio Dugarte Lobo - Avdt
Antonio Dugarte Lobo - Avdt
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
La Compensación<br />
C.O.T<br />
Artículo 49<br />
“La compensación extingue de pleno derecho y hasta su concurrencia, los<br />
créditos no previstos, líquidos y exigibles del contribuyente, por concepto de<br />
tributos, intereses, multas y costas procesales, con las deudas tributarias por<br />
los mismos conceptos, igualmente liquidas, exigibles y no prescritas,<br />
comenzando por las mas antiguas, aunque provengan de distintos<br />
tributos y accesorios, siempre que se trate del mismo sujeto activo.<br />
Asimismo, se aplicará el orden de imputación establecido en los numerales<br />
1, 2 y 3 del Artículo 44 de este Código.” (Destacado nuestro)