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Resumen Ejecutivo del Proyecto - SPI

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<strong>Resumen</strong> <strong>Ejecutivo</strong><br />

<strong>Proyecto</strong> de Inversión “Implementación Programa de Restitución de Tierras Rurales a las<br />

Víctimas <strong>del</strong> Despojo y/o Abandono Predios Nacionales”<br />

Código BPIN 2011011000377<br />

1. Antecedentes y Justificación<br />

El conflicto en Colombia ha generado el desplazamiento forzado de poblaciones, hecho que se<br />

acentuó entre los años 1998 y 2003, y que a su vez originó una gran descomposición social y<br />

propició el despojo y abandono de tierras. En consecuencia, la violencia trajo como resultado la<br />

expulsión de la población, el abandono de las tierras rurales, la pérdida de la capacidad<br />

productiva <strong>del</strong> campo, el detrimento de los sistemas productivos y una baja significativa en el<br />

desarrollo rural <strong>del</strong> territorio Colombiano.<br />

Desde 1995 el Estado ha venido desarrollando políticas dirigidas a garantizar los derechos de la<br />

población víctima <strong>del</strong> desplazamiento forzado. En 2004 fue declarado por la Corte<br />

Constitucional, el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en la situación de la población víctima<br />

<strong>del</strong> desplazamiento forzado, lo que llevó a implementar acciones para dar respuesta a esta<br />

problemática. A partir de estas políticas se han evidenciado avances importantes en algunos<br />

derechos como salud, educación, identidad, alimentación y reunificación familiar, y se identificó<br />

la necesidad de efectuar acciones de mejora para garantizar los derechos de Subsistencia<br />

Mínima, Vivienda, Generación de Ingresos y Reparación Integral, entre los que se encuentra la<br />

Restitución de Tierras.<br />

Con el anterior panorama, y para contribuir a dar solución definitiva a esta problemática, la Ley<br />

1448 <strong>del</strong> 2011, conocida como la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, estableció un<br />

conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y<br />

colectivas, en beneficio de las víctimas de las violaciones contempladas en el artículo 3º de la<br />

mencionada Ley, dentro de un marco de justicia transicional que posibilite hacer efectivo el goce<br />

de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición, de modo<br />

que se reconozca su condición de víctimas y se dignifique a través de la materialización de sus<br />

derechos constitucionales.<br />

Una vez lograda la expedición de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 de<br />

2011), lo cual constituye un avance fundamental hacia la superación <strong>del</strong> estado de cosas<br />

inconstitucional y el restablecimiento de los derechos de la población víctima <strong>del</strong><br />

desplazamiento forzado, en la actualidad, los esfuerzos <strong>del</strong> Gobierno Nacional, se encuentran<br />

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas – Sede Central<br />

Carrera 10 No. 27-27 Edificio Bachué. Oficina 702. Teléfonos (57 1) 5998227- 5661164 – 5661596. Bogotá – Colombia<br />

www.restituciondetierras.gov.co


enfocados hacia la implementación efectiva de la Ley.<br />

Con la Ley 1448 de 2011 se creó una institucionalidad y se establecieron nuevos objetivos y<br />

competencias para el restablecimiento de los derechos de las víctimas <strong>del</strong> conflicto. El<br />

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) asumió el liderazgo en dos elementos<br />

inherentes a sus competencias: la formulación e implementación de las políticas referentes a<br />

restitución de tierras y territorios a la población despojada a causa <strong>del</strong> desplazamiento forzado,<br />

y el impulso al desarrollo rural.<br />

Frente a estas nuevas condiciones, el MADR integró bajo su estructura interna el ―<strong>Proyecto</strong><br />

Protección de Tierras y Patrimonio de la población desplazada‖ (PPTP), capitalizando la<br />

experiencia acumulada por la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación<br />

Internacional, instancias encargadas de coordinar este tema en el anterior período de<br />

Gobierno. El proyecto se institucionalizó en la Unidad Administrativa Especial de Gestión para<br />

la Restitución de Tierras Despojadas (UAEGRTD), cuya estructura está dada por el Decreto<br />

4801 de 2011, de acuerdo con lo contemplado en el Capítulo III título IV de la Ley 1448 de<br />

2011.<br />

2. Objetivo<br />

Establecer y fortalecer la capacidad institucional para atender los procesos de restitución y<br />

formalización de los derechos sobre la tierra y los territorios de las víctimas e implementar la<br />

política integral de tierras.<br />

Objetivos específicos:<br />

i. Mejorar la coordinación interinstitucional entre las entidades que tienen competencias en la<br />

administración de tierras en Colombia.<br />

ii. Mejorar la capacidad técnica, operativa y administrativa <strong>del</strong> Estado, a través de la creación<br />

y/o adecuación de la(s) entidad(es) requeridas para atender y tramitar las reclamaciones de<br />

despojo y/o abandono de tierras y territorios de las víctimas de la violencia en Colombia.<br />

iii. Desarrollar un marco normativo, que incluya procedimientos de justicia transicional para<br />

atender las reclamaciones de restitución de tierras y territorios presentadas por las víctimas.<br />

iv. Ofrecer acompañamiento a las víctimas con el fin de facilitar el acceso a la justicia durante el<br />

proceso de restitución.<br />

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas – Sede Central<br />

Carrera 10 No. 27-27 Edificio Bachué. Oficina 702. Teléfonos (57 1) 5998227- 5661164 – 5661596. Bogotá – Colombia<br />

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v. Desarrollar estrategias de financiamiento y administración de recursos para compensar a las<br />

víctimas, cuya entrega material <strong>del</strong> predio no sea posible, y/o a los ocupantes secundarios de<br />

buena fe.<br />

vi. Incorporar en el desarrollo de estas políticas un enfoque de atención diferencial poblacional.<br />

vii. Disponer de los mecanismos de protección y prevención para disminuir la ocurrencia <strong>del</strong><br />

abandono y despojo de tierras y territorios, y evitar la extensión de sus efectos nocivos.<br />

viii. Establecer, operar y hacer seguimiento <strong>del</strong> sistema de registro de tierras, territorios y bienes<br />

inmuebles para la restitución y formalización de las víctimas de la violencia y otras poblaciones<br />

rurales vulnerables.<br />

3. Descripción<br />

En el marco de la nueva institucionalidad de la política de tierras, le corresponde a la URT<br />

a<strong>del</strong>antar el Programa de Restitución de Restitución de Tierras Rurales Despojadas, durante el<br />

periodo 2012-2021.<br />

La alternativa de solución de acuerdo con el procedimiento de restitución de tierras establecido<br />

en la Ley 1448 de 2001, contempla dos etapas: una primera etapa de carácter administrativo<br />

que inicia con la recepción y estudio de viabilidad técnica y jurídica de cada una de las<br />

solicitudes, la documentación de los casos, y que culmina con la inscripción en el “Registro de<br />

predios despojados y abandonados forzosamente” y que está a cargo de la Unidad<br />

Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (UAEGRTD); y un<br />

segundo momento de carácter judicial, que se surte ante los jueces y magistrados<br />

especializados en restitución de tierras, quienes deciden de fondo sobre la restitución y/o<br />

formalización de los predios, la Unidad se encargará de la representación jurídica en los casos<br />

en que las víctimas así lo soliciten. Por lo tanto, la decisión definitiva sobre la restitución no está<br />

en cabeza de la UAEGRTD sino de los jueces y magistrados.<br />

El papel de la UAEGRTD en la etapa administrativa se centra en administrar el registro de<br />

tierras despojadas y realizar el acopio de información que permita la identificación física y<br />

jurídica de los predios, de las víctimas y su núcleo familiar y de la situación de despojo y<br />

abandono.<br />

El proyecto de Implementación <strong>del</strong> Programa de restitución de tierras rurales a las víctimas el<br />

despojo y/o abandono predios, contempla las siguientes actividades:<br />

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas – Sede Central<br />

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1. Realización de actividades y trámites administrativos correspondientes a las etapas de<br />

registro, representación judicial y post-fallo: se a<strong>del</strong>antan las actividades y trámites <strong>del</strong><br />

procedimiento previsto para la restitución de tierras en el marco de la Ley 1448 de 2011,<br />

y el Decreto 4829 de 20 Diciembre 2011 que reglamenta el capítulo III <strong>del</strong> título IV de la<br />

Ley 1448/201, de forma tal que se garantice un nivel de respuesta adecuado para el<br />

volumen de solicitudes de restitución que se reciben en la Unidad. El procedimiento<br />

para la restitución inicia con la recepción de solicitudes en las direcciones y oficinas<br />

territoriales, continúa con la determinación de la viabilidad técnica y jurídica de la<br />

solicitud, se procede con el análisis previo, y posteriormente, la Dirección Jurídica de<br />

Restitución determina si se procede a la documentación y coordina los estudios para<br />

definir la inclusión o no dentro <strong>del</strong> Registro; la Dirección Catastral coordina la<br />

identificación física de los predios, se encarga <strong>del</strong> componente geográfico <strong>del</strong> sistema de<br />

información de Registro individualizando físicamente el predio objeto de restitución, y<br />

revisa el estado y uso de los predios que entran al Fondo de Restitución; y la Dirección<br />

Social coordina la inclusión <strong>del</strong> enfoque diferencial dentro <strong>del</strong> procedimiento de<br />

restitución. Durante el procedimiento mencionado se notificará a la víctima sobre la<br />

decisión de iniciar el estudio para su inclusión en el registro, durante el desarrollo de<br />

este proceso los interesados podrán hacer oposiciones y la Unidad estará obligada a<br />

notificar sobre la decisión que se tome sobre cada una de ellas.<br />

Tras el acopio de pruebas y el estudio de cada uno de los casos, se decide su inclusión<br />

o no en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas, cuya implementación se<br />

realiza de manera gradual y progresiva. Una vez sean incluidas la solicitudes dentro <strong>del</strong><br />

Registro, se procede a informar a las partes involucradas y se da opción a las víctimas<br />

de ser representadas judicialmente por la Unidad, en caso de aceptar, se procederá a<br />

interponer la demanda y representar a las víctimas ante los jueces y magistrados,<br />

quienes a su vez decidirán la restitución de tierras y territorios, o las compensaciones a<br />

las que haya lugar.<br />

Cumplidas estas etapas la Unidad tramita ante las autoridades competentes los<br />

procesos de restitución de predios, pagar en nombre <strong>del</strong> Estado compensaciones, y<br />

crear y administrar programas de subsidios a favor de los restituidos o quienes<br />

formalicen predios.<br />

2. Realización de actividades y trámites administrativos para la protección y restitución de<br />

grupos étnicos: se avanza en actividades y trámites <strong>del</strong> procedimiento previsto con<br />

enfoque diferencial para la restitución de tierras en el marco de la Ley 1448 de 2011 y<br />

los Decretos reglamentarios en materia de medidas de asistencia, atención, reparación<br />

integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a grupos<br />

étnicos: Decreto 4633/2011 para las víctimas pertenecientes a los Pueblos y<br />

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comunidades indígenas y Decreto 4635/2011 para las víctimas pertenecientes a<br />

comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.<br />

Los contenidos de los Decretos Ley para las comunidades étnicas contienen medidas en<br />

materia de prevención, protección, formalización y restitución de derechos territoriales.<br />

En protección se establece la ruta étnica y el trámite administrativo en cabeza de la<br />

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas y<br />

determina competencias para otras entidades con el objetivo de salvaguardar y tutelar<br />

los derechos territoriales. En prevención se faculta a la Unidad para que solicite al juez<br />

de restitución decretar medidas cautelares con el propósito de prevenir futuras<br />

afectaciones territoriales. En formalización se contempla que los trámites de<br />

constitución, ampliación y saneamiento de resguardos indígenas y titulación de<br />

territorios colectivos deben a<strong>del</strong>antarse en la etapa de ruta étnica, aclarando que en el<br />

evento de presentarse oposiciones, los trámites serán ordenador por el juez de<br />

sentencia. En restitución, la Unidad caracterizará las afectaciones territoriales y<br />

construirá una demanda para los jueces de restitución de tierras creados en la Ley 1448<br />

de 2011 que restituirán territorios con base en las presunciones especiales<br />

contempladas para las comunidades étnicas.<br />

Los procesos de caracterización en los casos focalizados por la Unidad de Restitución,<br />

resultan ser el principal paso para lograr la restitución de derechos territoriales de las<br />

comunidades étnicas. Este rol estructural de las caracterizaciones se debe a que la<br />

información recolectada tendrá pleno valor probatorio y constituirán en el principal<br />

insumo para construir las pretensiones.<br />

3. Realización de actividades relacionadas con la operación y ejecución <strong>del</strong> Fondo de<br />

Restitución: Esta actividad ejecuta lo descrito en el artículo 111 de la Ley 1448 de 2011<br />

la cual creó el Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de<br />

Tierras Despojadas, como un Fondo sin personería jurídica, adscrito a dicha Unidad<br />

Administrativa Especial, con el objetivo principal de servir de instrumento financiero para<br />

la restitución de tierras de los despojados, pago de compensaciones establecido en los<br />

artículos 97 y 98, y manejo y explotación de proyectos productivos preceptuado en el<br />

artículo 99 de la citada ley.<br />

En los casos en que la restitución al mismo predio objeto <strong>del</strong> despojo o abandono no sea<br />

posible y proceda por tanto la compensación o reubicación en los términos <strong>del</strong> artículo<br />

97 de la Ley, es claro que para poder dar cumplimiento a este mandato legal el Estado<br />

requiere disponer de otras tierras para su entrega a las víctimas, que deberán ser aptas<br />

e idóneas para que aquellas puedan rehacer sus proyectos de vida, por esto se debe<br />

proveer recursos para la compra de bienes para poder cumplirle a las víctimas con la<br />

garantía efectiva de su derecho a la restitución de tierras.<br />

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En conclusión, lo que se busca es el pago de compensaciones dispuesto en los artículos<br />

97 y 98 de la Ley 1448 de 2011; la administración y explotación de proyectos<br />

productivos establecido en el artículo 99 ibídem.; la Administración de recursos y bienes<br />

previstos en los artículos 113 y parágrafo primero <strong>del</strong> articulo 177 ibídem, y la<br />

implementación y operación <strong>del</strong> Fondo a través de un manual operativo regulado por el<br />

artículo 49 <strong>del</strong> Decreto 4829 reglamentario de la Ley 1448 de 2011.<br />

4. Pago de compensaciones a las víctimas <strong>del</strong> despojo o terceros de buena fe por fallo<br />

judicial emitido por jueces: La Ley 1448 de 2011 en sus Artículos 97 y 98 contempla el<br />

Pago por compensación (Medioambiental, Económica y pago en efectivo). Según el<br />

Conpes 3712 de 2011, estima un valor promedio de $15.000.000 por compensación.<br />

5. Adecuación, montaje, mantenimiento y operación de unidades de restitución de tierras<br />

despojadas: Para atender las reclamaciones de las víctimas <strong>del</strong> despojo y abandono de<br />

los predios rurales y garantizar el cumplimiento de las metas de gobierno, la Unidad<br />

Administrativa Especial de Gestión de la Restitución de Tierras Despojadas –<br />

UAEGRTD- se propone la apertura inicial de 21 oficinas regionales, para una cobertura<br />

en 17 departamentos y 221 municipios. La apertura de estas sedes se llevará a cabo de<br />

manera gradual y su acción se focalizará en aquellas zonas donde se presenta la mayor<br />

densidad <strong>del</strong> abandono y el presunto despojo. Con los recursos de inversión de la<br />

vigencia 2012 se financian los gastos de adecuación, montaje y operación de las sedes<br />

regionales.<br />

6. Diseño e implementación planes estratégicos e institucionales: Se a<strong>del</strong>anta el diseño e<br />

implementación parcial de planes y programas estratégicos institucionales para dotar a<br />

la Unidad de Restitución de Tierras de las herramientas transversales operativas<br />

necesarias para ejecutar la política de restitución de tierras de forma efectiva y bajo los<br />

parámetros que contempla la Ley.<br />

7. Realización de convenios interadministrativos relacionados con la gestión de la<br />

restitución de tierras: comprende las actividades de gestión interinstitucional para la<br />

articulación con entidades involucradas en el restablecimiento de los derechos de la<br />

población víctima <strong>del</strong> desplazamiento forzado, se avanza en esta materia que contribuye<br />

en la implementación efectiva <strong>del</strong> componente de restitución de tierras de la Ley de<br />

Víctimas.<br />

8. Implementación de la Infraestructura tecnológica y Sistemas de Información: Mediante<br />

el desarrollo de esta actividad se a<strong>del</strong>anta en la dotación a la Unidad de Restitución de<br />

Tierras Despojadas en la incorporación de la infraestructura de hardware, software y<br />

servicios de conectividad y telecomunicaciones necesarios para operar el sistema de<br />

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egistro de tierras despojadas y abandonadas, en el nivel central y en las distintas<br />

territoriales de la Unidad de Restitución de Tierras.<br />

9. Elaboración de estudios técnicos y consultorías relacionados con la restitución: Las<br />

necesidades identificadas por la Unidad de Restitución de Tierras en cuanto a la<br />

realización de estudios técnicos y consultorías son tendientes a instrumentalizar y<br />

operacionalizar la política de restitución de tierras.<br />

Los beneficiarios directos <strong>del</strong> proyecto son las víctimas atendidas en los procesos orientados a<br />

la restitución y formalización de tierras y territorios.En cumplimiento de la Ley 1448 de 2011<br />

(Art. 3), se consideran víctimas: “… aquellas personas que individual o colectivamente hayan<br />

sufrido un daño por hechos ocurridos a partir <strong>del</strong> 1° de enero de 1985, como consecuencia de<br />

infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las<br />

normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión <strong>del</strong> conflicto armado<br />

interno.<br />

También son víctimas el cónyuge, compañero o compañera permanente, parejas <strong>del</strong> mismo<br />

sexo y familiar en primer grado de consanguinidad, primero civil de la víctima directa, cuando a<br />

esta se le hubiere dado muerte o estuviera desaparecida. A falta de estas, lo serán los que se<br />

encuentren en el segundo grado de consanguinidad ascendente.<br />

De la misma forma, se consideran víctimas las personas que hayan sufrido un daño al intervenir<br />

para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización.‖<br />

4. Esquema de Financiación<br />

El proyecto tiene una apropiación vigente de $20.701.634.670.<br />

Recursos asignados al <strong>Proyecto</strong><br />

(Millones de pesos corrientes)<br />

Año<br />

Recursos /<br />

Asignados 1<br />

Recursos /<br />

Ejecutados 2<br />

Porcentaje Ejecutado<br />

(2) / (1)<br />

2010 0 0 0<br />

2011 0 0 0<br />

2012 3 $20.701.634.670 $2.126.669.189 14,18%<br />

2013<br />

0 0 0<br />

2014 4<br />

0 0 0<br />

1 Apropiación Vigente<br />

2 Compromisos<br />

3 Ejecución a la fecha 30 de septiembre<br />

4 Vigencias Futuras Aprobadas<br />

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5. Logros y Metas<br />

Frente a Indicadores de Producto<br />

1. Porcentaje de casos representados por la Unidad que han sido ingresados al Registro<br />

y en los cuales las víctimas han aceptado la representación, se resalta que las solicitudes<br />

sobre zonas micro focalizadas corresponde a una pequeña proporción <strong>del</strong> total de solicitudes de<br />

restitución recibidas a la fecha, es necesario evaluar la gestión de la Unidad sobre el estudio y<br />

caracterización que se realiza a cada caso que es atendido en las Direcciones Territoriales<br />

cuando se presentan las solicitudes, y sobre los estudios y gestiones que deben a<strong>del</strong>antarse<br />

para identificar zonas de microfocalización y expedir las respectivas resoluciones de<br />

focalización. En consideración de lo anterior se constituye como el avance más significativo de<br />

la URT durante el período abril –septiembre 2012 la expedición de las primeras resoluciones de<br />

micro focalización, y con ello el inicio formal de estudio de casos para ser incluidos en el<br />

registro, requisito para establecer las primeras demandas y restituir de manera afectiva la tierras<br />

a la víctimas <strong>del</strong> despojo y abandono forzado. Es así que con corte a septiembre de 2012, la<br />

URT ha representado judicialmente 207 solicitudes.<br />

Igualmente, se ha identificado que la etapa de recepción de solicitudes, previa al inicio formal<br />

<strong>del</strong> estudio de caso y considerada menor dentro <strong>del</strong> procedimiento administrativo, demanda<br />

recursos significativos en términos de personal que se debe dedicar a realizar las entrevistas y<br />

la identificación preliminar <strong>del</strong> predio para poder radicar la solicitud y dar viabilidad a la<br />

elaboración de los casos. También es necesario anotar que la caracterización de las solicitudes<br />

recibidas permite desarrollar un mayor conocimiento y mejorar los insumos para identificar y<br />

realizar nuevas propuestas de nuevas micro focalización.<br />

En términos operativos la Unidad de Restitución de Tierras continúa fortaleciendo su capacidad<br />

a medida que se vincula al personal que le fue asignado para el cumplimiento de sus funciones.<br />

Por su parte, las Direcciones Territoriales, a su vez que realizan el alistamiento de su<br />

infraestructura física y su equipo profesional, continúan atendiendo la creciente demanda de<br />

solicitudes, y avanzaron significativamente en la propuestas de microfocalización, y con ello en<br />

el procedimiento administrativo para la inclusión de casos en el Registro de Tierras Despojadas<br />

y Abandonadas.<br />

2. Porcentaje de compensaciones ordenadas por los jueces y magistrados pagados,<br />

hasta septiembre de 2012, la URT ha representado 207 solicitudes, que están siendo<br />

estudiadas por los jueces de acuerdo con los tiempos establecidos por la Ley. La Dirección<br />

Jurídica de la URT, ha desarrollado instrumentos con el propósito de apoyar a las Direcciones<br />

Territoriales y a las diferentes dependencias en los trámites administrativos de inclusión en el<br />

Registro y judiciales para la representación ante los jueces.<br />

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El caso de Mampujan ha sido pionero, no sólo en la implementación de cada uno de los pasos<br />

<strong>del</strong> procedimiento administrativo de inclusión en el registro, sino también en el desarrollo de la<br />

primera solicitud de restitución ante los jueces especializados que fueron creados para este<br />

tema. Desde la coordinación <strong>del</strong> Grupo de Gestión y con la participación de equipo territorial<br />

Bolívar se llevó a cabo en la mitad <strong>del</strong> término legal establecido para ello, el primer<br />

procedimiento administrativo de inclusión en el registro que arrojó como resultado la inclusión<br />

de los primeros 17 casos, que luego fueron llevados en solicitud de restitución ante los jueces<br />

competentes, que a la fecha se espera el fallo proferido por los jueces competentes.<br />

3. Porcentaje de solicitudes de reclamaciones de restitución de tierras respondidas,<br />

cuando se hace referencia a las reclamaciones respondidas se están considerando los<br />

siguientes cinco elementos: i) los oficios que responden a las víctimas que tienen sus<br />

solicitudes en zonas no macrofocalizadas; ii) los oficios que responden a las víctimas que sus<br />

solicitudes no han sido microfocalizadas conforme a los contenido en el Decreto 599 de 2012,<br />

en donde se establece que la URT microfocalizará de acuerdo con las recomendaciones <strong>del</strong><br />

CI2RT; iii) las resoluciones de negación de estudio de caso en aquellos eventos donde la<br />

solicitud no esté enmarcada en la Ley 1448; iv) las resoluciones de no inclusión en el Registro<br />

de Tierras Despojadas, y v) las resoluciones de inclusión en el Registro de Tierras Despojadas.<br />

Es de anotar que tal y como se ha manifestado tanto en la formulación SUIFP como en el<br />

resumen <strong>del</strong> proyecto, la plataforma tecnológica que soporta el sistema de información que<br />

contiene el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas se encuentra en fase de desarrollo,<br />

pues el sistema tiene que soportar todas las solicitudes, información de otras entidades, y en<br />

general, dar cuenta de todos los trámites y procedimientos en el marco de la política de<br />

restitución, es así que para el año 2012 se espera tener un avance en el sistema de 40%, para<br />

el 2013 de 80%, y en el año 2014, se espera que esté operando al 100%. Por este motivo, los<br />

niveles de reporte de la URT todavía no pueden dar cuenta de los cinco elementos<br />

mencionados, y sólo se puede evidenciar la información relacionada con las resoluciones de<br />

negación de estudio, exclusión e ingreso al registro de tierras despojadas. Este limitado reporte<br />

da como resultado 1.90% de respuesta de las solicitudes recibidas.<br />

Sin embargo, este indicador no representa el ámbito de acción de la URT, pues ésta<br />

únicamente puede intervenir en zonas macro y micro focalizadas, que tal y como se refleja en el<br />

SISMEG, para septiembre de 2012, corresponde a 1304 solicitudes microfocalizadas, de las<br />

cuales, 439 han tenido respuesta, es decir, un avance <strong>del</strong> 33.7 %, frente aquello sobre lo cual la<br />

URT tiene gobernabilidad por las condiciones de seguridad.<br />

4. Estudios de caracterización de grupos étnicos elaborados, tras realizar el análisis de los<br />

Decretos Ley 4633 y 4635 de Diciembre de 2011, la creación de procesos y de herramientas de<br />

captura de información concertados con las comunidades para la restitución de grupos étnicos;<br />

se construyó una propuesta de casos a focalizar tanto para territorios indígenas como para<br />

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comunidades negras. Los casos de los territorios indígenas fueron acordados con la mesa<br />

técnica establecida en el Decreto 4633 y serán presentados a la Mesa Permanente de<br />

Concertación Indígena –MPCI- , espacio en el cual se aprobarán los casos objeto de restitución.<br />

Con el fin de avanzar en el estudio preliminar <strong>del</strong> que habla el Artículo 149.<br />

La URT no ha realizado estudios de caracterización de las afectaciones territoriales a la fecha,<br />

puesto que no se han focalizado los casos oficialmente como lo exigen los Decretos Ley, la<br />

principal dificultad es el bajo nivel de información de los potenciales casos de restitución que<br />

condiciona la toma de decisiones. La implementación de la política pública en materia étnica<br />

depende de muchos elementos políticos y coyunturales de diversos escenarios de participación,<br />

razón que hace que toda concertación tome largos periodos de tiempo. En este sentido, la<br />

Mesa Permanente de Concertación Indígena, que es el principal escenario de trabajo<br />

coordinado para la Dirección de Asuntos Étnicos, si bien es un escenario muy útil, tuvo que<br />

concentrarse en otros temas como la crisis <strong>del</strong> Cauca, imposibilitando el inicio de las<br />

actividades relacionadas con la restitución.<br />

5. Eventos de Socialización Temáticas Sectoriales Realizados, con el objetivo de desarrollar<br />

competencias suficientes para la implementación de la etapa administrativa por parte de sus<br />

propios funcionarios, la Unidad se dio a la tarea de construir módulos de formación en los temas<br />

más relevantes para la restitución con el apoyo de una entidad con suficiencia académica en el<br />

tema (Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad —De justicia—).<br />

A la fecha la Unidad cuenta con los módulos de Abandono forzado y Despojo de tierras en<br />

Colombia; Restitución para mujeres, niños, niñas y adolescentes; y Técnicas de investigación<br />

Judicial para funcionarios y funcionarias de la Unidad de Restitución de Tierras.<br />

Del mismo modo, bajo la dirección de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, con la asesoría<br />

académica de justicia y el apoyo de la cooperación internacional, la Unidad construyó dos<br />

módulos en Justicia Transicional Civil y Flexibilidad Probatoria y en Restitución de Tierras con el<br />

objetivo de proponer estos temas como parte <strong>del</strong> currículo de formación a los nuevos jueces y<br />

magistrados de Restitución de Tierras.<br />

Para este propósito se elaboraron los módulos de Restitución de Tierras en justicia transicional<br />

civil; Acción judicial de restitución de tierras; y Restitución de Derechos Territoriales para<br />

Pueblos Indígenas, todos ellos orientados a brindar elementos conceptuales y técnicos a los<br />

jueces desde la perspectiva <strong>del</strong> nuevo marco de justicia transicional que propone la ley 1448.<br />

Estos módulos fueron construidos bajo la dirección de la Escuela Judicial, siguiendo las<br />

orientaciones pedagógicas y metodológicas de su mo<strong>del</strong>o educativo.<br />

Como avance se realizó la capacitación de 30 cónsules de países de frontera: Ecuador, Perú,<br />

Venezuela, Argentina, Chile, Panamá y Costa Rica; y la formación conjunta a Jueces,<br />

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Procuradores y funcionarios de la Unidad Justicia Transicional civil, flexibilidad probatoria,<br />

restitución de tierras, enfoque diferencial étnico y género.<br />

A la fecha se han realizado 74 actividades de capacitación, enfocado principalmente a la<br />

atención Psicología – Jurídica, atención y orientación a víctimas, talleres de información sobre<br />

el proceso de restitución de tierras a líderes comunitarios, trabajo con diferentes instituciones<br />

relacionado con la ley 1448 y el decreto 4928, además de dar a conocer el objetivo y las<br />

funciones de La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras<br />

Despojadas - UAEGRTD y el trabajo interinstitucional con las diferente entidades que hacen<br />

parte <strong>del</strong> SNARIV; capacitación sobre las etapas <strong>del</strong> procedimiento de Restitución de Tierras<br />

con los solicitantes y talleres de cartografía social.<br />

6. Estudios Realizados, se evidencia un avance significativo en la recolección, análisis y<br />

procesamiento de información que permitirá estructurar la elaboración de los respectivos<br />

estudios contemplados para la vigencia, hasta la fecha los estudios se encuentran en etapa de<br />

desarrollo, se destacan las consultorías orientadas a la reglamentación <strong>del</strong> Fondo de<br />

Restitución.<br />

7. Sedes intervenidas con mejoramiento y mantenimiento de su infraestructura física, a la<br />

fecha se cuenta con 14 oficinas dispuestas para la atención de la ciudadanía. De acuerdo a la<br />

funcionalidad de la entidad se empezaron a asumir los pagos de nómina, arrendamiento,<br />

servicios públicos, de las oficinas donde funcionan las Direcciones Territoriales, se hace<br />

mención a este punto teniendo en cuenta que durante el gran parte <strong>del</strong> año, estos pagos<br />

estuvieron financiados por Cooperación Internacional quienes apoyaron la puesta en marcha e<br />

implementación de la Entidad. El respectivo alistamiento se hizo en coordinación con la OIM.<br />

8. Planes estratégicos formulados, a partir <strong>del</strong> Plan de Acción general presentado ante el<br />

Consejo Directivo de la URT, y de los avances realizados en los trimestres anteriores en el<br />

mejoramiento <strong>del</strong> mismo, se elaboró la propuesta de plan de acción para las direcciones<br />

territoriales de conformidad con las directrices dadas por cada una de las dependencias <strong>del</strong><br />

nivel central. Se realizó una reunión donde los Directores técnicos <strong>del</strong> nivel nacional<br />

presentaron a las Direcciones Territoriales su estrategia y el enfoque que desde cada área se<br />

debe mantener para las actividades estratégicas y misionales de la Unidad.<br />

Igualmente, se avanzó en acciones tendientes a garantizar la gestión de protección y seguridad<br />

con la Unidad Nacional de Protección, con el Ministerio de Defensa, y se ha contado con los<br />

análisis de riesgos dentro <strong>del</strong> proceso de restitución realizados por la MAPP OEA, la ACNUR y<br />

otra serie de actores con el objeto de estructurar el plan de acción de una manera<br />

comprehensiva, para ello se cuenta con el desarrollo de un primer documento denominado<br />

―Protocolos de seguridad de la Unidad de Administrativa Especial de Gestión de Restitución de<br />

Tierras Despojadas‖, el cual por un lado realiza una serie de recomendaciones sobre el manejo<br />

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de la seguridad por los funcionarios de la URT con vistas a reducir al mínimo los riesgo que<br />

enfrentan, y por otra parte, facilita una cooperación duradera y estable entre los funcionarios de<br />

la Restitución y la Fuerza Pública para que el proceso de devolución de predios a los<br />

propietarios se haga de la forma más segura posible.<br />

Así mismo, se está estructurando el diseño e implementación de un plan estratégico de<br />

comunicaciones con el propósito de difundir la política de restitución de tierras, se realizó un<br />

estudio de mercado para contratar los servicios de plan de medios, así como el diseño,<br />

impresión y producción de material publicitario prioritario para dar a conocer la entidad, sus<br />

funciones y las responsabilidades que tiene con víctimas de abandono y despojo contempladas<br />

en la Ley 1448 de 2011. La idea <strong>del</strong> plan de medios es promocionar la política y presentarla de<br />

manera accesible a las victimas mediante medios de comunicación nacional, regional, emisoras<br />

comunitarias y periódicos regionales.<br />

Frente a Indicadores de Gestión<br />

1. Porcentaje de Disponibilidad de la Plataforma Tecnológica, la Oficina de Tecnologías de<br />

la Información y las Comunicaciones -TIC’s- continua con las actividades tendientes a<br />

implementar y fortalecer la infraestructura tecnológica y los sistemas de información que son<br />

requeridos para realizar el trámite administrativo y el seguimiento <strong>del</strong> proceso de restitución de<br />

tierra, se avanzó en la implementación de la aplicación <strong>del</strong> Registro de Tierras Despojadas y<br />

Abandonadas Forzosamente a través de servicios que permiten el acceso a los funcionarios de<br />

la Unidad y demás entidades competentes de manera estable y permanente, simultáneamente,<br />

se avanzó en la generación de instrumentos temporales para el reporte de información de los<br />

procesos, mientras se desarrolla la primera versión <strong>del</strong> Registro.<br />

En cuanto a la identificación de necesidades e implementación de requerimientos en<br />

tecnologías de la información para soportar la gestión administrativa de la URT, se reconocieron<br />

las necesidades de software, hardware y servicios para las diferentes direcciones de la Unidad,<br />

a partir <strong>del</strong> levantamiento de los requerimientos de las necesidades de las direcciones<br />

territoriales, misionales y oficinas de apoyo transversal para la definición de los servicios, se han<br />

elaborado estudios técnicos para la contratación de: sistema de gestión documental; licencias<br />

de software para soporte de oficina; sistema integrado de gestión administrativa, con los<br />

módulos de nómina, inventarios y almacén; certificados digitales; proceso administrativo de<br />

restitución de tierras; y plataforma para la gestión de incidencias.<br />

2. Reclamaciones de restitución de tierras despojadas y abandonadas recibidas, se<br />

cuenta con el informe semanal de solicitudes de ingreso al registro (consolidado estadístico de<br />

restitución de tierras) a cargo de la oficina TIC’s, que a su vez, se registra en la batería de<br />

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indicadores que se lleva por parte de la oficina de planeación. Para el periodo reportado se<br />

cuenta con 23.199 solicitudes en trámite.<br />

3. Convenios Interadministrativos Suscritos, para la fecha se cuenta con la suscripción de<br />

un convenio que tiene por objeto contratar con la Radio Televisión Nacional de Colombia-RTVC<br />

la infraestructura técnica y humana para la pre-producción, producción, post-producción y<br />

emisión <strong>del</strong> Programa de Documentales sobre Restitución de Tierras, para la Unidad<br />

Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.<br />

Igualmente, la Subdirección General a<strong>del</strong>antó actividades de gestión interinstitucional para la<br />

articulación con las entidades involucradas en el restablecimiento de los derechos de la<br />

población víctima <strong>del</strong> desplazamiento forzado, a partir de la coordinación y cooperación<br />

interinstitucional la URT junto con la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las<br />

Víctimas, se realizaron dos talleres de articulación de procesos para la construcción conjunta de<br />

acciones para hacer efectiva la restitución como medida de reparación integral; se elaboró un<br />

cronograma de compromisos asumidos por ambas entidades; y suscribió un convenio<br />

interadministrativo, como mecanismo de alianza estratégica para fortalecer los recursos<br />

técnicos, económicos, administrativos y financieros para el cumplimiento de las actividades<br />

propias de las funciones que la ley les asigna.<br />

En la Implementación <strong>del</strong> Enfoque de Acción sin Daño – ASD-, con el propósito de realizar la<br />

inclusión <strong>del</strong> enfoque de Acción sin Daño en la Política de Restitución de Tierras, se cuenta con<br />

un Grupo especializado y una profesional experta en el enfoque con asiento en la URT, gracias<br />

al convenio que se formalizó en febrero de 2012 y que es ejecutado en conjunto con la<br />

Universidad Nacional de Colombia, con el aporte financiero de estas entidades y de la Agencia<br />

Suiza para el Desarrollo y la Cooperación-COSUDE.<br />

Así mismo se completan 8 convenios con otras entidades como lo son la Unidad Administrativa<br />

Especial de Organizaciones Solidarias en donde se aúnan esfuerzos para promover<br />

organizaciones solidarias entre las personas solicitantes que fueron sujetos de la restitución de<br />

tierras mediante fallo judicial en firme, con el fin de formular y desarrollar iniciativas productivas<br />

que conduzcan al desarrollo integral de los asociados, como medida preferente de reparación<br />

integral para las víctimas. Instituto Geográfico Agustín Codazzi, que aúnan esfuerzos, recursos,<br />

tecnología, capacidades y metodologías que permitan a acceder a la información disponible en<br />

los archivos y/o bases de datos o sistemas de información necesaria para el cumplimiento de su<br />

objetivo primordial de servir de órgano administrativo <strong>del</strong> Gobierno Nacional para la restitución<br />

de tierras, de acuerdo a las funciones asignadas en la Ley 1448 de 2011 y sus Decretos<br />

Reglamentarios.<br />

Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, donde se suman esfuerzos para<br />

la coordinación y cooperación institucional entre la Unidad para la Atención y Reparación<br />

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Integral a las Víctimas y la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras<br />

Despojadas, con el objeto de aplicar la Ley 1448 de 2011, en especial a lo que se refiere a<br />

medidas de restitución y reparación integral de las víctimas de la violencia bajo los principios<br />

generales consagrados en el capítulo III de la misma normatividad.<br />

Superintendencia de Notariado y Registro, donde se establece el aunar esfuerzos, recursos,<br />

tecnología, capacidades y metodologías entre la Superintendencia de Notariado y Registro y la<br />

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, con el fin de<br />

recaudar la información requerida y necesaria para el cumplimiento de las funciones fijadas en<br />

la ley 1448 de 2011 a la UARGRTD , como órgano administrativo <strong>del</strong> gobierno nacional para la<br />

restitución de Tierras Despojadas.<br />

Por último con las universidades Santiago de Cali (territorial Valle <strong>del</strong> Cauca) y Mariana<br />

(Territorial Nariño), en donde aúnan esfuerzos para permitir la realización de prácticas jurídicas<br />

por parte de los estudiantes adscritos al Consultorio Jurídico y/o que hayan terminado el plan de<br />

estudios y estén interesados en realizar la judicatura en la URT.<br />

4. Planes Institucionales Implementados, con la intención de adquirir el soporte tecnológico<br />

requerido para implementar el plan de prevención y seguridad de la Unidad, se realizaron<br />

gestiones para acordar los estándares conceptuales y técnicos de transferencia de información<br />

con la Unidad Nacional de Protección y la Policía Nacional.<br />

La implementación <strong>del</strong> Plan de gestión en Prevención, Protección y Seguridad ha avanzado de<br />

manera coordinada con: i) la Unidad Nacional de Protección a través de la identificación de<br />

enlaces que han garantizado la prevención de funcionarios y reclamantes en el proceso de<br />

restitución, y de la existencia de un mecanismo expedito para el trámite de las amenazas de<br />

reclamantes; ii) la Unidad Nacional de Protección a través de la identificación de los criterios<br />

técnicos <strong>del</strong> convenio para poner en marcha la protección de los Directores Territoriales; y iii) el<br />

Ministerio de Defensa para coordinar acciones en terreno a través de enlaces con las Fuerzas,<br />

especialmente con Ejército y Policía en cada una de las Direcciones territoriales de la Unidad de<br />

Restitución.<br />

Se cuenta con la estructuración de la información que hará parte integrante de cada uno de los<br />

planes, sin embargo, se resalta que aunque no se cuenta con los planes formulados, se<br />

a<strong>del</strong>antan actividades contempladas en ellas como es el caso <strong>del</strong> plan de capacitaciones.<br />

6. Restricciones y Limitaciones<br />

Con relación a la implementación <strong>del</strong> programa de restitución de tierras y el retraso en el<br />

cubrimiento sobre familias restituidas, se debe señalar que por ser la Unidad de Restitución de<br />

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Tierras una entidad pública completamente nueva, el legislador entendió la necesidad de surtir<br />

un proceso de alistamiento institucional que permitiera su adecuado funcionamiento de cara a<br />

las obligaciones que le fueran otorgadas por vía legal. En ese sentido, el artículo 109 de la<br />

Ley1448 de 2011 le dio un plazo de seis meses al Gobierno Nacional (contados a partir de junio<br />

de 2011) para que estableciera la estructura interna y el régimen de contratación <strong>del</strong> personal<br />

requerido.<br />

En cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, ante el obstáculo<br />

generado por de la falta de recursos destinados para el año 2011 conforme a la ley <strong>del</strong><br />

Presupuesto y el Plan de Inversiones aprobado por el Gobierno anterior, desarrolló una ardua<br />

labor frente a las Agencias de Cooperación Internacional logrando de esta forma contar con el<br />

dinero necesario para a<strong>del</strong>antar durante el año pasado las actividades de la etapa de<br />

alistamiento. No obstante, aun cuando se realizaron satisfactoriamente las gestiones señaladas,<br />

la incorporación <strong>del</strong> presupuesto de inversión a la Unidad se efectuó hasta el 6 de febrero<br />

pasado mediante decreto 305 de 2012. De igual forma, la distribución <strong>del</strong> presupuesto de<br />

gastos y funcionamiento se realizó hasta el 23 de febrero mediante Resolución 461, siendo su<br />

contracrédito aprobado por el Consejo Directivo de la Unidad de Restitución mediante Acuerdo<br />

N° 001/12 el 27 de febrero. Es así que la aprobación de operaciones presupuestales fue emitida<br />

por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público hasta el 6 de marzo pasado.<br />

Lo anterior, evidencia que el proceso de alistamiento institucional ha estado limitado por la<br />

incorporación de recursos, hecho que ha condicionado la vinculación <strong>del</strong> personal aprobado por<br />

decreto 4801, y por tanto, el cumplimiento de metas. En este momento se a<strong>del</strong>antan los<br />

trámites pertinentes debido a que algunos rubros quedaron desfinanciados de acuerdo con la<br />

asignación realizada por el DNP dentro <strong>del</strong> sistema SUIFP.<br />

El Decreto 305 de 2012 contempla unas donaciones por valor de $5.701.634.670 que fueron<br />

incorporadas al presupuesto de inversión nacional de esta vigencia, sin embargo, por efectos de<br />

la tasa de cambio este valor se redujo significativamente cuando se monetizó, luego de ellos se<br />

incorporó al presupuesto de la Unidad. Así las cosas, la Unidad de Restitución de Tierras se ha<br />

financiado mediante recursos provistos por PGN y de la cooperación internacional, todos<br />

aquellos conceptos requeridos para la recepción de solicitudes de restitución por parte de las<br />

víctimas, labor frente a la cual se han obtenido los siguientes resultados:<br />

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Oficina Receptora<br />

N° de solicitudes de<br />

ingreso al registro Área (has)* Participación<br />

Bogotá D.C. 3.795 669.910 16,36%<br />

Dirección Nacional 2.438 62.165 10,51%<br />

Ibagué 1.922 108.058 8,28%<br />

Valledupar 1.706 132.604 7,35%<br />

Cali 1.617 64.190 6,97%<br />

Me<strong>del</strong>lín 1.414 92.265 6,10%<br />

Barrancabermeja 1.374 65.530 5,92%<br />

Monteria 1.323 56.950 5,70%<br />

Cucuta 1.146 60.980 4,94%<br />

Cartagena 1.128 52.646 4,86%<br />

Villavicencio 1.060 216.195 4,57%<br />

Pasto 1.041 18.302 4,49%<br />

Uraba(D) 771 49.020 3,32%<br />

Carmen De Bolivar(D) 690 30.798 2,97%<br />

Mocoa 678 21.465 2,92%<br />

Sincelejo 624 29.604 2,69%<br />

Santa Marta 472 23.594 2,03%<br />

Total general 23.199 1.754.275<br />

Fuente: Unidad de Restitución de Tierras, cifras a 2 de octubre de 2012.<br />

(*) Aclaración: El área reportada se refiere a la denunciada por los solicitantes de ingreso al Registro de Tierras Despojadas, en algunos casos<br />

varias reclamaciones coinciden con el mismo predio, en otros no reportan extensión <strong>del</strong> predio. En consecuencia, es importante destacar que no<br />

se trata de área geográfica.<br />

Uno de los riesgos respecto <strong>del</strong> cumplimiento de las metas <strong>del</strong> programa de restitución de<br />

tierras radica en la estructura mixta <strong>del</strong> proceso de restitución, esto es, la necesidad de surtir<br />

una etapa administrativa a cargo de la Unidad de Restitución de Tierras consistente en: i)<br />

determinar la viabilidad jurídica y técnica de la solicitud, ii) documentar los casos que presenten<br />

dicha viabilidad, iii) ingresar al Registro los casos documentados y que sean objeto de<br />

restitución, y iv) representar judicialmente los casos ingresados al Registro; de otro lado, dentro<br />

<strong>del</strong> proceso de restitución, se surte una etapa judicial, a cargo de los jueces y magistrados, que<br />

tiene como finalidad emitir fallos relacionados con la restitución o compensación de predios.<br />

Igualmente, se resalta otra dificulta en la implementación <strong>del</strong> Registro de Tierras Despojadas y<br />

Abandonadas relacionada con la falta de personal de planta en las diferentes Direcciones<br />

Territoriales <strong>del</strong> país, en algunas zonas la situación de orden público desestimulan la aspiración<br />

a ocupar los cargos. Las labores de atención al público implican que abogados que pueden<br />

estar sustanciando casos dispongan de tiempo para esta labor, se espera superar esta<br />

dificultad a partir de la contratación de abogados mediante contrato de prestación de servicios.<br />

La URT ha dado trámite ante la Unidad de Protección al 100% de las amenazas con soportes<br />

que las Direcciones Territoriales han remitido. Frente a estas solicitudes la UNP ha activado el<br />

trámite de emergencia. Uno de los principales obstáculos para avanzar en el trámite<br />

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administrativo y judicial se relaciona con la situación de inseguridad y presencia de grupos<br />

armados al margen de la ley en zonas macro focalizadas, que impiden efectuar los procesos de<br />

micro focalización y el ingreso a las zonas. En las diferentes Direcciones Territoriales <strong>del</strong> país<br />

se han presentado serios casos de amenazas contra los solicitantes de restitución de tierras, los<br />

cuales han sido incluso publicitados por los medios de comunicación. Particularmente, en<br />

Montería-Córdoba se conoce de un grupo que ha estado contactando a las víctimas con la<br />

finalidad de ofrecerles dinero a cambio de que suscriban un documento en el que manifiestan<br />

que no fueron presionados a vender o ceder sus tierras a terceros.<br />

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