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DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN ... - Hueypoxtla

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Artículo 189.- La actividad del comercio establecido, en puestos fijos, semifijos o<br />

ambulantes, requiere de permiso o autorización por la autoridad municipal y únicamente<br />

podrán establecerse en las zonas permitidas y bajo las condiciones que la autoridad<br />

determine. El desacato de las mismas será motivo de aplicación sanciones.<br />

Artículo 190.- En base al artículo anterior se deberá pagar en la Tesorería Municipal el<br />

permiso respectivo, sin que esto exima del pago por el uso de vías públicas por el día o<br />

los días que lo exploten, tal como lo establece el artículo 154, fracción I, del Código<br />

Financiero del Estado de México y Municipios.<br />

Artículo 191.- Los giros del ramo automotriz, deberán contar con un área acondicionada<br />

para realizar sus trabajos dentro del inmueble, tratándose del otorgamiento o renovación,<br />

del permiso correspondiente será necesario cumplir con los requisitos señalados en el<br />

bando municipal.<br />

Artículo 192.- El H. Ayuntamiento está facultado para realizar en todo el tiempo, (las 24<br />

horas del día y los 365 días del año), a través del personal autorizado y debidamente<br />

acreditado, la verificación e inspección para que los establecimientos abiertos al público<br />

cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Protección Civil, en la<br />

Ley de Salud Publica y demás leyes y reglamentos vigentes, todo desacato será<br />

sancionado conforme a los establecido en el presente Bando Municipal.<br />

Artículo 193.- La coordinación municipal de reglamentos tiene facultades para instalar y<br />

otorgar el derecho de piso a los comerciantes que se dediquen a la actividad comercial en<br />

tianguis y ferias, siempre y cuando la organización, asociación, sus representantes o el<br />

particular hagan el pago correspondiente, que la autoridad municipal determine conforme<br />

a las leyes o reglamentos vigentes.<br />

Todo aquel que no cuente con el permiso de la autoridad antes referida será reubicado,<br />

retirado y sancionado ya que ninguna otra autoridad auxiliar podrá dar autorización para<br />

ocupar las plazas y vías públicas de las distintas comunidades de este municipio.

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