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DON FELIX ESTER BUTRAGUEÑO, Secretario del ... - Tecnocom

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INFORMES QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN<br />

DE "TECNOCOM TELECOMUNICACIONES Y ENERGÍA, S.A."<br />

SOBRE LOS PUNTOS 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 12º y 13º<br />

DEL ORDEN DEL DIA DE LA JUNTA GENERAL, EN CUMPLIMIENTO<br />

DE LO QUE DISPONE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL<br />

Informe formulado y aprobado por los Administradores de "TECNOCOM<br />

Telecomunicaciones y Energia, S.A.," sobre el punto CUARTO <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong><br />

Día de la Junta General: 4) Relección y ratificación de Consejeros.<br />

En relación con este punto <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong> Día de la Junta General a celebrar, en<br />

primera convocatoria, el día 27 de Junio de 2012 y, en segunda convocatoria, el<br />

siguiente día 28, el Consejo de Administración hace suyos los informes y propuestas<br />

de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.<br />

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, estimando se cumplían todos los<br />

requisitos que, a este fin, exigen el Reglamento <strong>del</strong> Consejo y el de la propia<br />

Comisión, propuso al Consejo de Administración la ratificación <strong>del</strong> nombramiento<br />

como consejeros independiente de D. Dominique de Riberolles y de D. Carlos Vidal<br />

Amador de los Ríos, nombrados Consejeros por cooptación los días 27 de Octubre y<br />

28 de Noviembre <strong>del</strong> pasado año, respectivamente.<br />

Igualmente, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, estimando se cumplían<br />

todos los requisitos que, a este fin, exigen el Reglamento <strong>del</strong> Consejo y el de la<br />

propia Comisión, propuso al Consejo de Administración relegir en su cargo de<br />

Consejero por el período estatutario de cinco años o, de aprobar la Junta la<br />

modificación de Estatutos sociales, por el nuevo período estatutario de seis años, al<br />

consejero dominical CXG CORPORACION NOVACAIXAGALICIA, S.A. Informa<br />

1


también el Consejo de Administración que D. Carlos Marino Arzúa ha sustituido a D.<br />

José Luis Méndez López como persona física representante <strong>del</strong> Consejero dominical<br />

CXG CORPORACION NOVA CAIXA GALICIA, S.A.<br />

Si la Junta acuerda estas ratificaciones y esta relección, el Consejo de<br />

Administración de TECNOCOM TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA, S.A., estará<br />

compuesto por doce miembros, siendo catorce el número máximo acordado por la<br />

Junta.<br />

Informe formulado y aprobado por los Administradores de "TECNOCOM<br />

Telecomunicaciones y Energia, S.A.," sobre el punto QUINTO <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong> Día<br />

de la Junta General: 5) Fijación de la retribución anual <strong>del</strong> Consejo de<br />

Administración.<br />

Asimismo, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, a la vista de los datos<br />

facilitados por la Sociedad, propuso al Consejo se fijara en UN MILLON<br />

DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (1.250.000 €) la retribución anual<br />

máxima, por todos los conceptos, para el conjunto de los Consejeros, incluida la<br />

retribución máxima <strong>del</strong> Consejero Delegado. De dicho importe la cantidad de<br />

800.000 euros corresponde a dietas retributivas de asistencia a las reuniones <strong>del</strong><br />

Consejo y de sus Comisiones.<br />

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones propone también que la distribución<br />

<strong>del</strong> importe correspondiente a dietas retributivas de asistencia entre el Consejo, las<br />

Comisiones <strong>del</strong> Consejo, los vocales <strong>del</strong> Consejo y los miembros de las Comisiones<br />

la determine el propio Consejo de Administración.<br />

2


Esta propuesta ha sido aceptada por el Consejo en su mencionada reunión <strong>del</strong> día<br />

de hoy, sesión en la que se acordó también presentarla a la Junta General para su<br />

aprobación.<br />

Informe formulado y aprobado por los Administradores de "TECNOCOM<br />

Telecomunicaciones y Energia, S.A.," sobre el punto SEXTO <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong> Día<br />

de la Junta General: 6) Pago parcial de la retribución variable en acciones.<br />

El art. 219.1 de la Ley de Sociedades de Capital ordena, primero, que la retribución<br />

de los administradores que consista en la entrega de acciones o de derechos de<br />

opción sobre las mismas o que esté referenciada al valor de las acciones tiene que<br />

estar prevista en los estatutos sociales, y, segundo, que su aplicación requerirá un<br />

acuerdo de Junta General.<br />

El nº 2 de la citada disposición añade que, en su caso, el acuerdo de la Junta<br />

General ha de expresar el número de acciones a entregar, el precio de ejercicio de<br />

los derechos de opción, el valor de las acciones que se tome de referencia y el plazo<br />

de duración de este sistema de retribución.<br />

Para dar cumplimiento a lo preceptuado en el nº 1, se ha incluido este sistema de<br />

remuneración en la modificación de estatutos sociales que, como nº 2, figura en el<br />

Orden <strong>del</strong> Día de la Junta General.<br />

Aunque el acuerdo de la Junta sólo es preceptivo en la remuneración en acciones de<br />

los administradores, el Consejo de Administración amplía su propuesta a la Junta<br />

incluyendo también el pago parcial de la retribución variable en acciones a los<br />

directivos <strong>del</strong> Grupo.<br />

3


En esta línea, el Consejo propone a la Junta el pago parcial de su retribución<br />

variable en acciones al Consejeros Delegado, D. Javier Martín García, y a otros 40<br />

directivos <strong>del</strong> Grupo. El importe de esta retribución variable en acciones será de<br />

182.845,10 euros, siendo 12.000 euros el importe máximo por persona, una de ellas<br />

el Sr. Martín. El número de acciones se fijará según el cambio <strong>del</strong> día de la entrega.<br />

Informe formulado y aprobado por los Administradores de "TECNOCOM<br />

Telecomunicaciones y Energia, S.A.," sobre el punto SÉPTIMO <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong><br />

Día de la Junta General: 7) Prórroga o, en su caso, nombramiento de auditor de<br />

cuentas para el ejercicio 2012.<br />

La Comisión de Auditoría, en su reunión <strong>del</strong> día 27 de Febrero <strong>del</strong> año en curso,<br />

acordó prorrogar para el ejercicio 2012 el nombramiento de DELOITTE, S.L., como<br />

auditor de TECNOCOM TELECOMUNICACIONES Y ENERGÍA, S.A., y de su Grupo<br />

de Sociedades, acuerdo que, con fecha de hoy, ha sido ratificado por el Consejo de<br />

Administración de TECNOCOM TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA, S.A., por<br />

estimar que esta reelección es lo más conveniente para los intereses de<br />

TECNOCOM.<br />

El Consejo de Administración hace suyo el informe y la propuesta de la Comisión de<br />

Auditoría.<br />

Informe formulado y aprobado por los Administradores de "TECNOCOM<br />

Telecomunicaciones y Energia, S.A.," sobre el punto OCTAVO <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong><br />

Día de la Junta General: 8) Dividendo.<br />

4


El Consejo de Administración ya a<strong>del</strong>antó en las Juntas Generales celebradas en<br />

Junio de 2010 y en Junio de 2011 su propósito de mantener la política de repartir un<br />

dividendo a los accionistas, siempre que los resultados y la tesorería de la sociedad<br />

lo permitiesen y previa consideración de las perspectivas <strong>del</strong> Grupo para los<br />

próximos ejercicios.<br />

En esta línea y como los resultados consolidados <strong>del</strong> Grupo han sido superiores a<br />

los <strong>del</strong> ejercicio 2010, el Consejo considera que el beneficio obtenido y la tesorería<br />

de la sociedad y, así como las perspectivas <strong>del</strong> presente ejercicio y también de los<br />

siguientes, permiten repartir un dividendo de 0,05 euros por acción, lo que, habida<br />

cuenta de la autocartera existente al finalizar la sesión bursátil <strong>del</strong> día anterior al de<br />

la emisión de este informe, equivale a 3.595.984,10 euros.<br />

Por motivos técnicos y legales semejantes a los de los pasados ejercicios, el<br />

Consejo de Administración ha estimado que la forma de reparto de dividendo más<br />

conveniente para los intereses de los accionistas de TECNOCOM es distribuir el<br />

citado dividendo con cargo a la reserva disponible por prima de emisión.<br />

Informe formulado y aprobado por los Administradores de "TECNOCOM<br />

Telecomunicaciones y Energia, S.A.," sobre el punto NOVENO <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong><br />

Día de la Junta General: 9) TECNOCOM NORTE TELECOMUNICACIONES Y<br />

ENERGIA, S.L.U..<br />

Habida cuenta de que TECNOCOM TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA, S.A.,<br />

era titular <strong>del</strong> 100% <strong>del</strong> capital social de TECNOCOM NORTE<br />

TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA, S.L.U.., y ante los ahorros que representaría<br />

la absorción de esta última por la Sociedad matriz, la Junta General de Accionistas<br />

celebrada el día 23 de Junio de 2010 acordó aprobar la fusión por absorción de<br />

5


TECNOCOM NORTE TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA, S.L.U.<br />

Por diversos motivos, surgidos con posterioridad al citado acuerdo, el Consejo de<br />

Administración, en su reunión <strong>del</strong> 22 de Diciembre de 2010, acordó proponer a la<br />

siguiente Junta General de Accionistas la revocación <strong>del</strong> acuerdo de fusión por<br />

absorción de TECNOCOM NORTE adoptado por la Junta General celebrada el 23<br />

de Junio de 2010.<br />

Tras la pertinente propuesta <strong>del</strong> Consejo de Administración, la Junta General de<br />

Accionistas de TECNOCOM celebrada el día 22 de Junio de 2011 acordó revocar el<br />

acuerdo de aprobar la fusión por absorción de TECNOCOM NORTE<br />

TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA, S.L.U., sociedad íntegramente participada<br />

por TECNOCOM TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA, S.A.<br />

Superados los problemas que motivaron la revocación <strong>del</strong> acuerdo de 2010 y<br />

considerando que siguen siendo válidas las razones económicas y de eficiencia que<br />

aconsejaron a la Junta General de 2010 aprobar la mencionada fusión por<br />

absorción, el Consejo de Administración ha acordado proponer de nuevo a la Junta<br />

General la adopción de dicho acuerdo, acuerdo que, como antes se ha indicado, ya<br />

fue adoptado por la Junta en su reunión <strong>del</strong> 23 de Junio de 2010.<br />

Informe formulado y aprobado por los Administradores de "TECNOCOM<br />

Telecomunicaciones y Energia, S.A.," sobre el punto DÉCIMO <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong> Día<br />

de la Junta 10) Página web<br />

De conformidad con lo que dispone el art. 11 bis de la Ley de Sociedades de Capital,<br />

las sociedades cotizadas deben contar con una página web corporativa, cuya<br />

6


creación deberá acordarse por la Junta General de la Sociedad. Esta propuesta<br />

deberá figurar expresamente en el Orden <strong>del</strong> Día de la reunión.<br />

Por ello, y aunque TECNOCOM cuenta desde hace tiempo con página web, el<br />

Consejo propone a la Junta, con carácter formal, la creación de una página web<br />

corporativa, página que será, en principio, la actual.<br />

Informe formulado y aprobado por los Administradores de "TECNOCOM<br />

Telecomunicaciones y Energia, S.A.," sobre el punto UNDÉCIMO <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong><br />

Día de la Junta 11) Votación, con carácter consultivo, <strong>del</strong> Informe anual sobre las<br />

remuneraciones de los Consejeros.<br />

Dando cumplimiento a lo que dispone el artículo 61.ter de la Ley <strong>del</strong> Mercado de<br />

Valores, el Consejo de Administración ha acordado incluir en el Orden <strong>del</strong> Día de la<br />

Junta General de Accionistas la votación, con carácter consultivo, <strong>del</strong> Informe anual<br />

<strong>del</strong> ejercicio 2011 sobre las remuneraciones de los Consejeros, Informe que fue<br />

aprobado por unanimidad por el Consejo en su reunión <strong>del</strong> día 27 de Febrero <strong>del</strong> año<br />

en curso.<br />

Informe formulado y aprobado por los Administradores de "TECNOCOM<br />

Telecomunicaciones y Energia, S.A.," sobre los puntos DUODÉCIMO y<br />

DECIMOTERCERO <strong>del</strong> Orden <strong>del</strong> Día de la Junta General:12) Delegación en el<br />

Consejo de Administración de la facultad de acordar el aumento <strong>del</strong> capital social,<br />

con o sin derecho de suscripción preferente, dejando sin efecto la autorización<br />

acordada en la última Junta General; 13) Delegación en el Consejo de<br />

Administración de la facultad de emitir obligaciones, bonos o cualesquiera otros<br />

7


títulos análogos, con o sin garantía, dejando sin efecto la autorización acordada en la<br />

última Junta General.<br />

En anteriores ocasiones el Consejo propuso a la Junta General, y ésta así lo aceptó,<br />

se <strong>del</strong>egara en el Consejo la facultad de aumentar el capital social en los términos<br />

prevenidos en los artículos 153 y 159 de la entonces vigente Ley de Sociedades<br />

Anónimas. Al amparo ahora de lo dispuesto en los artículos 297 y 503 a 506, ambos<br />

inclusive, de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejo considera conveniente<br />

proponer a la Junta se apruebe una <strong>del</strong>egación como la señalada en el punto octavo<br />

<strong>del</strong> Orden <strong>del</strong> Día, <strong>del</strong>egación que se ajustará a las exigencias de los mencionados<br />

artículos de la Ley de Sociedades de Capital.<br />

Asimismo, el Consejo de Administración ha venido proponiendo en años anteriores<br />

a la Junta General que se <strong>del</strong>egara en el Consejo la facultad de, en una o varias<br />

veces, emitir obligaciones, bonos o cualesquiera otros títulos análogos, simples o<br />

con garantía. Por las mismas razones de rapidez y agilidad en posibles actuaciones<br />

futuras de la Sociedad, el Consejo considera igualmente conveniente se apruebe por<br />

la Junta una <strong>del</strong>egación de esta clase, <strong>del</strong>egación que, de ejercerse por el Consejo,<br />

siempre lo sería con sujeción a lo dispuesto en el artículo 401 y siguientes de la Ley<br />

de Sociedades Capital.<br />

8<br />

Madrid, 26 de Abril de 2012

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