Primarias particulares - Profeco
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Prácticas comerciales de las escuelas<br />
Es tanta la diversidad de costos y la manera en que éstos se<br />
aplican en las distintas escuelas, que para proteger a los consumidores<br />
de estos servicios educativos, la Secretaría de Educación<br />
Pública (SEP) y la entonces Secretaría de Comercio y<br />
Fomento Industrial (hoy Secretaría de Economía), establecieron<br />
las “Bases mínimas de información para la comercialización<br />
de los servicios educativos que prestan los <strong>particulares</strong>”,<br />
conocidas como el “Acuerdo del 10 de marzo de 1992”, mismo<br />
que rige en toda la República Mexicana y que es aplicable<br />
Cumplimiento del “Acuerdo del 10 de marzo de 1992”<br />
Principales disposiciones del Acuerdo Opinión de los padres de familia Comentarios<br />
Porcentajes del total de respuestas<br />
◗ Es obligación de las escuelas <strong>particulares</strong><br />
dar a conocer el contenido del Acuerdo<br />
antes de la inscripción en cada ciclo<br />
escolar.<br />
◗ Sólo se puede cobrar de manera<br />
obligatoria la inscripción o<br />
reinscripción, colegiaturas y<br />
derechos por incorporación.<br />
◗ El pago de inscripción o reinscripción,<br />
colegiaturas y derechos por<br />
incorporación debe incluir el uso<br />
de biblioteca, laboratorios, talleres<br />
y demás instalaciones educativas,<br />
así como los materiales y equipo para<br />
laboratorios y talleres.<br />
◗ Las escuelas <strong>particulares</strong> están obligadas<br />
a informar a los padres de familia<br />
cualquier ajuste en sus cobros al menos<br />
60 días antes de la reinscripción.<br />
◗ No se deben incrementar las colegiaturas<br />
durante el ciclo escolar, a menos que<br />
obtengan la aprobación de la mayoría<br />
de los padres.<br />
◗ No se deben establecer cuotas o<br />
aportaciones extraordinarias y cualquier<br />
donativo voluntario debe convenirse<br />
con los padres de familia.<br />
◗ No se debe exigir a los padres de familia<br />
que adquieran en determinados lugares<br />
artículos o servicios que se puedan<br />
obtener en el comercio en general.<br />
◗ Se considera violatorio a la Ley Federal<br />
de Protección al Consumidor exhibir<br />
mediante listas, nombramientos u otra<br />
forma, a los alumnos que no hayan<br />
cumplido con cualquier clase de cobro.<br />
◗ Al 54.1% no se le dio a conocer.<br />
◗ El 7.2% no supo o no recordó si le fue proporcionado.<br />
A los entrevistados se les obligó a pagar lo siguiente:<br />
◗ 42.9% pagó por actividades extracurriculares.<br />
◗ 39.2% pagó por póliza de gastos médicos.<br />
◗ 28.4% pagó por eventos cívicos, sociales y recreativos.<br />
◗ 21.2% pagó por cursos de computación.<br />
◗ 17.0% pagó por clases de algún idioma.<br />
◗ 14.2% pagó por transporte escolar.<br />
◗ 12.9% pagó por actividades deportivas.<br />
◗ Entre 6.1% y 13.5% de los entrevistados manifestó<br />
que su pago de colegiatura no incluía el uso de dichas<br />
instalaciones, mientras que el 30.1% dijo que su pago<br />
no incluyó materiales para laboratorios y talleres.<br />
◗ Sólo 10.9% de los entrevistados respondieron que no<br />
se les informó dentro del periodo señalado.<br />
◗ Sólo al 2.1% les fue incrementada la colegiatura una<br />
vez iniciado el ciclo escolar.<br />
◗ Al 10.7% sí los obligaron a cubrir cuotas extraordinarias<br />
y no se les consultó.<br />
◗ 1.1% sí fue consultado.<br />
◗ Al 44.4% se le obliga a comprar uniformes en un lugar<br />
específico.<br />
◗ 19.4% debe comprar útiles en un lugar determinado.<br />
◗ 0.2% es obligado a comprar libros en ciertos lugares.<br />
◗ 15.6% ha sabido de alumnos que han sido exhibidos o<br />
señalados.<br />
◗ 1.9% dijo que fue el caso de su hijo.<br />
a todos los <strong>particulares</strong> que impartan educación elemental y<br />
media (ya sea con o sin reconocimiento de validez oficial).<br />
El Acuerdo del 10 de marzo de 1992 establece la obligación<br />
de las escuelas de proporcionar a los padres información relativa<br />
a costos, pagos, servicios con costos adicionales, obligaciones<br />
y derechos de las escuelas.<br />
Mediante las respuestas de los padres de familia encuestados<br />
en nuestra sección “Hábitos de consumo” se observó que dicho<br />
Acuerdo no se cumple del todo.<br />
◗ No se les dio a conocer con mayor<br />
frecuencia en escuelas cuya colegiatura<br />
era más alta.<br />
◗ Los tres rubros por los que fueron<br />
obligados a pagar con más frecuencia<br />
no son considerados rigurosamente<br />
académicos.<br />
◗ Esta situación ocurrió con mayor<br />
frecuencia en las escuelas que cobran<br />
colegiaturas más bajas.<br />
◗ Esta situación ocurrió con mayor<br />
frecuencia en escuelas que cobran<br />
colegiaturas más altas.<br />
◗ Esta situación se presentó con mayor<br />
frecuencia en las escuelas que cobran<br />
colegiaturas más bajas.<br />
◗ Cabe señalar que estas situaciones<br />
fueron más frecuentes en los padres<br />
que pagaban una mayor colegiatura.<br />
◗ Aunque fueron relativamente pocos los<br />
casos en que el hijo del entrevistado fue<br />
exhibido, se presentaron con mayor<br />
frecuencia en las escuelas que cobraron<br />
colegiaturas más bajas.<br />
Consumidor 21