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ACCESO A LA UNIVERSIDAD

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15 / ESTUDIOS UNIVERSITARIOS<br />

ción para el acceso al curso 2005/2006.<br />

2. La carga lectiva está expresada en créditos (1 crédito = 10 horas lectivas), tanto prácticos como<br />

teóricos y en número de cursos para los planes antiguos.<br />

2. Espacio Europeo de Educación Superior<br />

Este apartado incluye información sobre los cambios que progresivamente se van a ir produciendo<br />

en los estudios universitarios de nuestro país, hasta su plena consecución y acorde con el resto<br />

de países de la Unión Europea con el horizonte del año 2010.<br />

Con la Declaración de Bolonia en 1999, se inicia un proceso hacia la concreción de un sistema<br />

flexible de titulaciones, comprensible y comparable, al tiempo que promueve oportunidades de trabajo<br />

para los estudiantes universitarios, junto con una mayor competitividad del sistema de educación<br />

superior europeo.<br />

Los cambios que se promueven en el sistema universitario español, acorde con las directrices<br />

emanadas por las Conferencias de Educación Superior (Praga 2001 y Berlín 2003), establece un<br />

nuevo marco para las titulaciones universitarios, todavía no implantado, pero definido por el R.D.<br />

55/2005, de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se<br />

regulan los estudios universitarios oficiales de Grado y, el R.D. 56/2005, de 21 de enero, por el que<br />

se regulan los estudios universitarios oficiales de Posgrado.<br />

Estructura de las enseñanzas universitarias, estas enseñanzas conducirán a la obtención<br />

de títulos que comprenderán estudios de:<br />

1. Grado.<br />

El primer ciclo de los estudios universitarios comprenderá enseñanzas básicas y de formación<br />

general, junto a otras orientadas a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional.<br />

La superación de este ciclo dará derecho al correspondiente título con la denominación que<br />

se establezca.<br />

2. Posgrado.<br />

El segundo ciclo de los estudios universitarios estará dedicado a la formación avanzada, de carácter<br />

especializada o multidisciplinar, dirigida a una especialización académica o profesional o bien<br />

a promover la iniciación en tareas investigadoras. La superación del ciclo dará derecho a la obtención<br />

del título de Máster.<br />

El tercer ciclo de los estudios universitarios tendrá como finalidad la formación avanzada del estudiante<br />

en las técnicas de investigación, e incluirá la elaboración y presentación de la correspondiente<br />

tesis doctoral, consistente en un trabajo original de investigación. La superación del ciclo dará<br />

derecho a la obtención del título de Doctor.<br />

Definiciones, el nuevo marco para la educación universitaria establece una serie de conceptos<br />

que es conveniente conocer:<br />

a) Título oficial: el expedido por las universidades, acreditativo de la completa superación de un<br />

plan de estudios de carácter oficial, con validez académica y profesional en todo el territorio nacional.<br />

b) Título propio: el expedido por las universidades, acreditativo de la superación de otras enseñanzas<br />

impartidas en uso de su autonomía, carente de los efectos que las disposiciones legales<br />

otorguen a los títulos oficiales.<br />

c) Directrices generales comunes: las establecidas por el Gobierno y que son aplicables a todos<br />

los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial, con validez académica<br />

y profesional en todo el territorio nacional.<br />

d) Directrices generales propias: las establecidas por el Gobierno para cada título universitario<br />

oficial a las cuales deben ajustarse las universidades en la elaboración de los respectivos planes de<br />

estudios, para que estos puedan ser homologados.<br />

e) Plan de estudios: el diseño curricular concreto respecto de unas determinadas enseñanzas<br />

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