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1122 PENSION FAM. ESTEBAN MARIO RAMOS MARQUEZ XPE

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DECRETO No.<br />

<strong>1122</strong>/2010 X P.E.<br />

LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO<br />

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN SU DÉCIMO PERÍODO<br />

EXTRAORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DEL TERCER AÑO DE<br />

EJERCICIO CONSTITUCIONAL,<br />

D E C R E T A<br />

ARTÍCULO PRIMERO.- En cumplimiento a lo dispuesto por la fracción<br />

XXXVI, del Artículo 64 de la Constitución Política del Estado, y de<br />

conformidad a lo solicitado por el Titular del Poder Ejecutivo Estatal, se<br />

autoriza a la C. Mara Haydee Lagunes Ávalos, así como a sus menores hijos<br />

de nombres Esteban Guillermo, Blanca Haydee y Valeria Haydee, todos<br />

ellos de apellidos Ramos Lagunes, a partir del día 11 de septiembre del año<br />

2008, una pensión mensual consistente en la cantidad de 7,985.00 (SIETE<br />

MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), equivalente al<br />

100% de las percepciones que recibiera con motivo de sus funciones el C.<br />

Esteban Mario Ramos Márquez, quien fuera Jefe de Grupo E, dependiente


2<br />

DECRETO No.<br />

<strong>1122</strong>/2010 X P.E.<br />

de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Seguridad Pública del<br />

Estado.<br />

La cantidad otorgada será dividida en partes iguales entre los beneficiarios<br />

de la pensión, debiendo ser entregada a los menores por conducto de su<br />

madre, la C. Mara Haydee Lagunes Ávalos, hasta que cumplan la mayoría<br />

de edad.<br />

Así mismo, se concede una beca de estudios para los menores Esteban<br />

Guillermo, Blanca Haydee y Valeria Haydee, todos de apellidos Ramos<br />

Lagunes, en Instituciones de Enseñanza Pública, la que se otorgará hasta<br />

en tanto cumplan la mayoría de edad, o hasta los 25 años, siempre y<br />

cuando se encuentren estudiando de tiempo completo en Instituciones<br />

Públicas el nivel de Educación Superior, por la cantidad que<br />

oportunamente fije la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno<br />

del Estado.<br />

La pensión otorgada aumentará en el mismo porcentaje en que se<br />

incrementen las percepciones del personal activo que desempeñen igual<br />

puesto al que ocupaba el C. Esteban Mario Ramos Márquez.


3<br />

DECRETO No.<br />

<strong>1122</strong>/2010 X P.E.<br />

La C. Mara Haydee Lagunes Ávalos, así como sus hijos de nombres<br />

Esteban Guillermo, Blanca Haydee y Valeria Haydee, todos de apellidos<br />

Ramos Lagunes, tendrán derecho a recibir el servicio médico asistencial<br />

gratuito del Gobierno del Estado, a través del Instituto Chihuahuense de<br />

Salud, mientras sean beneficiarios de la pensión decretada.<br />

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los beneficios de la pensión subsistirán hasta que<br />

los menores Esteban Guillermo, Blanca Haydee y Valeria Haydee, todos de<br />

apellidos Ramos Lagunes, cumplan la mayoría de edad, o hasta los 25<br />

años, siempre y cuando se encuentren estudiando de tiempo completo<br />

para obtener un título que los acredite en algún oficio o profesión, salvo<br />

que exista incapacidad declarada en los términos de la legislación civil del<br />

Estado, en cuyo supuesto, se extenderá durante todo el tiempo que dure<br />

la incapacidad.<br />

En el caso de la C. Mara Haydee Lagunes Ávalos, estos beneficios durarán<br />

mientras no contraiga nuevas nupcias o deje de necesitarlos, por lo que<br />

deberán practicársele anualmente evaluaciones económicas.


4<br />

DECRETO No.<br />

<strong>1122</strong>/2010 X P.E.<br />

ARTÍCULO TERCERO.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado, para que haga<br />

las erogaciones necesarias a fin de otorgar los beneficios contemplados en<br />

este Decreto, a los beneficiarios indicados con anterioridad.<br />

T R A N S I T O R I O<br />

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su<br />

publicación en el Periódico Oficial del Estado.<br />

D A D O en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de<br />

Chihuahua, Chih., a los quince días del mes de julio del año dos mil diez.


SECRETARIA<br />

DIP. MANUELA HERNÁNDEZ COLOMO<br />

PRESIDENTA<br />

DIP. NADIA HANOI AGUILAR GIL<br />

5<br />

SECRETARIA<br />

DECRETO No.<br />

<strong>1122</strong>/2010 X P.E.<br />

DIP. ROSA MARÍA BARAY TRUJILLO

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