Descarga - el retorno Joven
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¿Puedes optar a<br />
la nacionalidad<br />
española?<br />
¿Qué plazo<br />
existe para<br />
optar a la<br />
nacionalidad<br />
española?<br />
¿Qué documentación tienes que<br />
presentar para obtener la nacionalidad<br />
española?<br />
¿Cómo puedes<br />
obtener las<br />
certificaciones<br />
literales de<br />
nacimiento?<br />
¿Dónde y cómo<br />
debes presentar<br />
toda la documentación?<br />
//36<br />
¿Dónde puedo<br />
ampliar<br />
información?<br />
Otras cuestionesr<strong>el</strong>acionadas<br />
“leY de lA MeMOriA históricA” (leY 52/2007)<br />
Si te encuentres en una o varias de estas situaciones:<br />
· Tu padre o tu madre son originariamente españoles.<br />
· Tus abu<strong>el</strong>os perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia d<strong>el</strong> exilio.<br />
· Optaste a la nacionalidad española no de origen según <strong>el</strong> artículo 20.1 b) d<strong>el</strong> Código Civil, en la redacción dada por la<br />
Ley 36/2002, de 8 de octubre.<br />
Desde <strong>el</strong> pasado 29 de diciembre de 2008 hasta <strong>el</strong> 29 de diciembre de 2010.<br />
a. Padre y/o madre originariamente español:<br />
· El mod<strong>el</strong>o de solicitud que aparece en <strong>el</strong> ANEXO I de la Ley.<br />
· La certificación literal de nacimiento, expedida por <strong>el</strong> organismo competente.<br />
· La certificación literal de nacimiento de mi padre y/ o madre española expedida por <strong>el</strong> organismo competente.<br />
b. Nietos de exiliados españoles:<br />
· El mod<strong>el</strong>o de solicitud que aparece en <strong>el</strong> ANEXO II de la Ley.<br />
· La certificación literal de nacimiento, expedida por <strong>el</strong> organismo competente.<br />
· La certificación literal de nacimiento de tu padre y/ o madre española expedida por <strong>el</strong> organismo competente.<br />
· La certificación literal de nacimiento o la de bautismo de tu abu<strong>el</strong>o o abu<strong>el</strong>a española.<br />
· Prueba de la condición de exiliado de tu abu<strong>el</strong>o o abu<strong>el</strong>a (documentación r<strong>el</strong>ativa a la percepción de pensiones, a la<br />
condición de exiliado por la ONU, certificaciones emitidas por los partidos políticos o acreditación de salida d<strong>el</strong><br />
territorio español en los años de la guerra civil).<br />
R<strong>el</strong>lenando <strong>el</strong> ANEXO V de la Ley y presentándolo:<br />
· En la Embajada o Consulado General de España más cercano a tu domicilio.<br />
(www.maec.es/es/EYC/Paginas/embajadasyconsulados.aspx)<br />
· Por vía t<strong>el</strong>emática en la web d<strong>el</strong> Ministerio de Justicia de España (www.mjusticia.es)<br />
1º Tienes que pedir cita previa en: citapreviaconsular.maec.es<br />
2º Has de presentarte personalmente en <strong>el</strong> día de la cita con toda la documentación en <strong>el</strong> Registro Civil Consular más<br />
cercano a tu domicilio.<br />
Puedes encontrar toda la información oficial sobre esta Ley, los impresos e instrucciones correspondientes, e incluso solicitar<br />
cita previa, en las siguientes páginas Web d<strong>el</strong> Ministerio de Justicia o d<strong>el</strong> Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación:<br />
· leymemoria.mjusticia.es<br />
· www.maec.es/es/MenuPpal/Consulares/SolicitudNacionalidad/Paginas/SolicitudNacionalidad.aspx<br />
¿Puedes mantener tu nacionalidad actual? Sí<br />
¿Puedes recurrir en caso de que te denieguen la nacionalidad española? Sí<br />
¿Pueden solicitar la nacionalidad española tus hijos? Sí