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PROYECTO ESTRATEGICO PARA EL FOMENTO DE LA ... - Firco

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<strong>PROYECTO</strong> <strong>ESTRATEGICO</strong> <strong>PARA</strong> <strong>EL</strong> <strong>FOMENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> PRODUCCION,<br />

<strong>LA</strong> CERTIFICACION Y <strong>LA</strong> COMERCIALIZACION<br />

<strong>DE</strong> PRODUCTOS E INSUMOS ORGANICOS.<br />

Articulo 1.- Motivación.<br />

Artículo 2.- Fundamentación.<br />

Articulo 3.- Objetivos.<br />

LINEAMIENTOS OPERATIVOS<br />

C O N T E N I D O<br />

Artículo 4.- Cobertura y prioridades de atención.<br />

Artículo 5.- Población objetivo.<br />

Articulo 6.- Asignación presupuestal.<br />

Articulo 7.- Componentes, montos y porcentajes de apoyo.<br />

Artículo 8.- Características técnicas de los componentes.<br />

Artículo 9.- Criterios de selección.<br />

Artículo 10.- Instancias de otorgamiento de apoyos y de ejecución.<br />

Artículo 11.- Requisitos de elegibilidad.<br />

Artículo 12.- Proceso operativo.<br />

Articulo 13.- Derechos de los solicitantes.<br />

Artículo 14.- Obligaciones de los solicitantes.<br />

Articulo 15:- Indicadores.<br />

Anexos y formatos.<br />

Septiembre de 2008.


<strong>PROYECTO</strong> <strong>ESTRATEGICO</strong> <strong>PARA</strong> <strong>LA</strong> PRODUCCION,<br />

<strong>LA</strong> CERTIFICACION Y <strong>LA</strong> COMERCIALIZACION<br />

<strong>DE</strong> PRODUCTOS E INSUMOS ORGANICOS 2008.<br />

(<strong>FOMENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> PRODUCCION ORGANICA)<br />

Articulo 1.- Motivación:<br />

LINEAMIENTO OPERATIVOS<br />

La producción orgánica en México es una de las actividades más dinámicas del<br />

sector rural, si se considera que en los últimos doce años ha ocurrido un<br />

acelerado crecimiento de la superficie dedicada a esta actividad, que<br />

actualmente rebasa las 400 mil hectáreas con producción orgánica certificada o<br />

en conversión hacia orgánica. Esta actividad también tiene indicadores de gran<br />

relevancia para el sector agropecuario, como un importante crecimiento en la<br />

diversidad de productos, en las zonas geográficas de producción, en el numero<br />

de empleos rurales generados especialmente en zonas de alta y muy alta<br />

marginación donde predominan grupos indígenas prioritarios, así como en la<br />

generación de divisas, ya que la producción orgánica Mexicana ocupa<br />

importantes segmentos de mercados relevantes, especialmente en Europa,<br />

América del Norte y Japón.<br />

Considerando la importancia creciente de esta actividad agropecuaria, la<br />

Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación<br />

(SAGARPA), en años recientes diseño y puso en marcha una estrategia de<br />

apoyo integral al sector de Orgánicos, incluyendo acciones de fomento directo<br />

para atender las necesidades productivas, impulsar la certificación de<br />

productos y apoyar proyectos de valor agregado, en especifico el acopio,<br />

procesamiento y comercialización de productos orgánicos.<br />

Artículo 2.- Fundamentación.<br />

Con el propósito de dar continuidad al fomento de la producción de productos<br />

orgánicos certificados, la SAGARPA reviso la pertinencia de implementar un<br />

nuevo Programa de Fomento a este subsector agropecuario y acuícola, que<br />

atienda los lineamientos de política nacional y las necesidades de apoyo<br />

expresadas por los diversos actores del sistema de producción orgánica<br />

certificada.<br />

Al respecto, para el ejercicio presupuestal 2008, el programa de trabajo de la<br />

Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,<br />

SAGARPA, esta orientado por el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 que<br />

entre sus estrategias incluye:<br />

1. Lograr una economía competitiva y generadora de empleo y<br />

2. Garantizar la igualdad de oportunidades y la sustentabilidad<br />

ambiental.<br />

También el programa de trabajo 2008 de la SAGARPA esta orientado por el<br />

Programa Sectorial cuyas líneas de acción establecen:<br />

2


1. Mantener normativamente la prioridad de atención presupuestal y<br />

focalización de recursos a las localidades de alta y muy alta<br />

marginalidad y grupos prioritarios, y<br />

2. Promover la integración económica de los grupos y organizaciones de<br />

productores rurales a partir de esquemas de cooperación y<br />

fortalecimiento empresarial para acceder al valor agregado y a los<br />

mercados, buscando su inserción y permanencia efectiva en las redes<br />

de valor.<br />

En congruencia con lo señalado por los instrumentos de planeaciònprogramaciòn<br />

citados y en atención a los planteamientos de los integrantes del<br />

Consejo Nacional de Productos Orgánicos, la SAGARPA determino<br />

implementar un Proyecto Estratégico para el Fomento de la Producción, la<br />

Certificación y la Comercialización de Productos e Insumos Orgánicos, a<br />

continuación el Proyecto para el Fomento de Orgánicos, el cual forma parte de<br />

la Estrategia para el Fomento de la Producción Orgánica que la SAGARPA ha<br />

diseñado y esta poniendo en ejecución en cumplimiento de las atribuciones y<br />

compromisos que le asigna la Ley de Productos Orgánicos.<br />

El Proyecto Estratégico citado se sustenta en el Acuerdo de la Decimo Sexta<br />

Sesión del Comité Técnico Nacional de la SAGARPA, celebrada el 17 de<br />

septiembre de 2008, que con fundamento en los artículos 10, inciso I y Artículo<br />

13, inciso iii.1.2 de las Reglas de Operación de los Programas de la SAGARPA,<br />

tomo el siguiente:<br />

Acuerdo COTEN/60/08: Se autorizan en los términos propuestos el<br />

presupuesto y el esquema de operación del Proyecto Estratégico para el<br />

Fomento de la Producción, la Certificación y la Comercialización de<br />

Productos e Insumos Orgánicos, para cuya instrumentación se instalará una<br />

Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) presidida por la Subsecretaria<br />

de Desarrollo Rural, considerando lo siguiente:<br />

1. Los conceptos elegibles son: i) Apoyo para la Certificación Orgánica de<br />

Productos e Insumos Orgánicos y ii) Apoyo para Infraestructura y<br />

Equipamiento para proyectos de producción, acopio y comercialización<br />

de productos e insumos orgánicos.<br />

2. Se asigna para este Proyecto la cantidad de Veinte Millones de Pesos<br />

del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal<br />

2008, de los cuales Diez Millones de pesos se destinarán a las acciones<br />

de Apoyo para la Certificación Orgánica de Productos e Insumos<br />

Orgánicos, y Diez Millones de Pesos se destinarán a las acciones de<br />

Apoyo para Infraestructura y Equipamiento para proyectos de<br />

producción, acopio y comercialización de productos e insumos<br />

orgánicos.<br />

3. Se designa al Fideicomiso de Riesgo Compartido, como Unidad<br />

Responsable y Operador de este Proyecto.<br />

3


El instrumento normativo específico de este Proyecto Estratégico son los<br />

presentes Lineamientos operativos, y el marco normativo son las Reglas de<br />

Operación de los Programas de la SAGARPA 2008.<br />

Articulo 3.- Objetivo del Proyecto:<br />

Fomentar la producción, certificación y comercialización de productos e<br />

insumos orgánicos.<br />

Objetivos específicos:<br />

1. Impulsar la certificación de productos e insumos orgánicos,<br />

prioritariamente los que se encuentren en transición hacia orgánicos.<br />

2. Fomentar y fortalecer el desarrollo de empresas rurales y agronegocios<br />

dedicados a la producción, procesamiento y comercialización de<br />

productos orgánicos sustentables y certificados<br />

3. Impulsar la competitividad de productos orgánicos certificados<br />

sustentables en el mercado nacional e internacional<br />

4. Promover y diversificar la producción de orgánicos en el país, incluyendo<br />

los insumos orgánicos para minimizar la dependencia de insumos de<br />

origen externo para la producción de orgánicos, y en lo posible contribuir<br />

a atender la demanda de fertilizantes del sector agrícola.<br />

Articulo 4.-Cobertura y Prioridades de atención:<br />

Este Proyecto estratégico se podrá instrumentar en las 31 entidades<br />

federativas y el Distrito Federal, pero se otorgará prioridad a:<br />

1. La asignación de apoyos para la Certificación Orgánica de las<br />

organizaciones o empresas que se encuentren en transición o<br />

conversión hacia orgánicos.<br />

2. La asignación de apoyos para Proyectos de Valor Agregado, en<br />

específico para el concepto de Infraestructura y equipamiento para<br />

acopio y procesamiento de productos orgánicos.<br />

3. En igualdad de condiciones, se atenderá inicialmente a las<br />

organizaciones localizadas en zonas de alta y muy alta marginación,<br />

correspondientes a las regiones occidente, centro, sur y sureste de la<br />

división regional, del área de agronegocios del FIRCO.<br />

4. Se otorgara prioridad adicional a la organización o empresa rural que<br />

cuente con la autorización de apoyos de la componente de Asistencia<br />

Técnica o Capacitación del Programa de Soporte en la modalidad de<br />

Recursos en Coejercicio Federación –Estado, o que demuestre disponer<br />

de recursos propios, o vía crédito o de otros apoyos para estos<br />

conceptos.<br />

Artículo 5.- Población Objetivo:<br />

Organizaciones constituidas mayoritariamente por productores del sector rural<br />

y/o agroempresarios rurales mexicanos, integrados en empresas legalmente<br />

constituidas que se dediquen a la producción, procesamiento y/o<br />

comercialización de productos orgánicos certificados o en conversión hacia<br />

orgánicos, y de insumos orgánicos estratégicos.<br />

4


Artículo 6.- Asignación presupuestal:<br />

Con fundamento en los artículos 9 y 10 de las Reglas de Operación de la<br />

SAGARPA, ésta tiene la facultad de implementar proyectos estratégicos cuyo<br />

presupuesto se integre con la aportación de uno o varios de los programas<br />

definidos en el articulo 1° de dichas Reglas y cuyas características del tipo de<br />

apoyo se relacionen con las componentes de apoyo del proyecto estratégico,<br />

así como también de los recursos que en coejercicio se convengan con las<br />

entidades federativas.<br />

El presupuesto para la implementación del Proyecto Estratégico de Fomento a<br />

la Producción y Comercialización de Orgánicos en el ejercicio 2008 se sustenta<br />

en la articulación de recursos del Programa de Adquisición de Activos<br />

Productivos y del Programa de Soporte, en ambos casos en la modalidad de<br />

Recursos de Ejecución Directa, de acuerdo a las Reglas de Operación de los<br />

Programas de la SAGARPA.<br />

Se realizan las gestiones necesarias para que la Oficialía Mayor de la<br />

SAGARPA analice y autorice la transferencia de recursos, los correspondientes<br />

gastos de operación, evaluación y difusión y las afectaciones presupuestales<br />

respectivas.<br />

La totalidad de los recursos que se autoricen serán transferidos por la<br />

SAGARPA al FIRCO en su carácter de Unidad Responsable y Operador del<br />

Proyecto Estratégico de Fomento a la Producción y Certificación Orgánica, en<br />

lo posible previo al arranque del citado Proyecto Estratégico.<br />

Las cuentas en que se administren estos recursos transferidos por la<br />

SAGARPA al FIRCO deberán tener registros específicos por programa y por<br />

componente, para sustentar una adecuada rendición de cuentas.<br />

Articulo 7.- Componentes, montos y porcentajes de apoyo<br />

Los apoyos de este proyecto estratégico se otorgaran como aportaciones<br />

directas, que consisten en el otorgamiento de recursos destinados a financiar<br />

parcialmente las erogaciones para la implementación del proyecto en los<br />

Conceptos siguientes:<br />

1. Apoyar la totalidad o parte de los costos del Proceso de Certificación e<br />

Productos e Insumos orgánicos, que para este Proyecto Estratégico<br />

abarca dos componentes: a) Diseño e Implementación del Sistema de<br />

Control Interno y/o del Plan de manejo y b) Gastos del Programa de<br />

Inspección y/o pago de la cuota de la Certificación Orgánica.<br />

2. Apoyar las inversiones en activos productivos de la empresa,<br />

específicamente en Infraestructura y Equipamiento para la producción,<br />

acopio y comercialización de productos e insumos orgánicos.<br />

Para cada una de las componentes, el apoyo máximo en porcentaje, el monto<br />

máximo en pesos y la fuente del presupuesto SAGARPA serán los siguientes:<br />

5


Componente Apoyo máximo en Monto máximo Programa<br />

porcentaje<br />

en pesos SAGARPA<br />

Diseño e Hasta 80% del costo total Hasta 800 mil Programa de<br />

Implementación para el primer año, hasta pesos, sin Soporte,<br />

del Sistema de el 60% de ese costo para exceder 1,280 Componente de<br />

Control Interno el segundo año y hasta el pesos por Desarrollo de<br />

y/o del Plan de 40% del mismo costo para hectárea para el Mercados y<br />

manejo<br />

el tercer año<br />

primer año Planeación<br />

participativa<br />

Pago del Hasta 80% del costo total Hasta 800 mil Programa de<br />

Programa de para el primer año, hasta pesos, sin Soporte,<br />

Inspección y/o de el 60% de ese costo para exceder 1,280 Componente de<br />

la cuota de la el segundo año y hasta el pesos por Desarrollo de<br />

Certificación 40% del mismo costo para hectárea para el Mercados y<br />

Orgánica el tercer año<br />

primer año Planeación<br />

participativa<br />

Infraestructura y Hasta 50% del costo total Hasta dos Apoyo para la<br />

Equipamiento del proyecto<br />

millones de adquisición de<br />

pesos por Activos<br />

proyecto productivos.<br />

Artículo 8.- Características técnicas de los Componentes.<br />

Las características técnicas de los procesos para obtener la certificación de<br />

productos orgánicos sugieren apoyar proyectos que podrán considerar<br />

inversiones en un plazo no mayor de tres años; en este caso los apoyos que se<br />

requieran para los siguientes ejercicios anuales se sujetaran a la aprobación<br />

que emita la H. Cámara de Diputados para los Programas de la SAGARPA<br />

que sustentan presupuestalmente este Proyecto estratégico, así como a la<br />

autorización que otorgue la SAGARPA para la continuidad del mismo. En este<br />

contexto, se dará prioridad en los ejercicios subsecuentes a consolidar los<br />

proyectos ya iniciados, atendiendo a las siguientes características de los<br />

conceptos de apoyo autorizados:<br />

1. Diseño o elaboración, actualización e implementación del Sistema de<br />

Control Interno y Planes de manejo, para la certificación de productos<br />

orgánicos: el apoyo será para el reembolso o pago en pari-passu de un<br />

porcentaje de los costos, para que la organización desarrolle procesos y<br />

capacidades que le permitan, mediante un sistema documentado de<br />

control de procesos orientados hacia la calidad y/o de un plan de<br />

manejo, garantizar que las unidades de producción y de procesamiento<br />

que la conforman cumplan satisfactoriamente con las normas nacionales<br />

y/o internacionales exigidas por las empresas certificadoras con quien se<br />

gestiona la certificación que interesa a la organización; este apoyo será<br />

tanto para organizaciones que están en proceso de certificación como<br />

las ya certificadas, con la variación de porcentaje de apoyo que se indica<br />

en este mismo capitulo, y en todo caso la organización solicitante deberá<br />

contar con documentación de una empresa certificadora respecto al<br />

procedimiento en que se encuentra y para el que solicita este concepto<br />

de apoyo.<br />

6


2. Programa de Inspección y Certificación Orgánica: este apoyo será para<br />

el reembolso o pago en pari-passu de un porcentaje de las cuotas de<br />

inspección que efectúa un ente especializado como paso previo al<br />

otorgamiento o revalidación de la certificación orgánica, así como para el<br />

reembolso o pago en pari-passu de un porcentaje de la cuota o costo del<br />

certificado como orgánico o revalidación del mismo que emite la<br />

empresa certificadora; el apoyo para este concepto podrá ser hasta por<br />

tres años para las organizaciones que se encuentran en conversión o<br />

transición hacia la certificación y por única vez para las ya certificadas.<br />

Para hacerse acreedores a los apoyos del segundo y tercer años, los<br />

solicitantes deberán presentar la documentación que acredite las<br />

acciones que se deriven del proceso de certificación, emitida por la<br />

instancia que realice dicho proceso.<br />

3. Infraestructura y Equipamiento para procesamiento y comercialización<br />

de productos orgánicos y para producción de insumos orgánicos: estos<br />

apoyos se otorgaran por única vez y se destinarán a la construcción de<br />

infraestructura y compra de equipo nuevo para el acopio, proceso,<br />

selección, empaque, almacenamiento, transporte y comercialización de<br />

productos y de insumos orgánicos; en el caso de insumos orgánicos<br />

estratégicos, se podrá apoyar por única vez la adquisición de activos<br />

destinados a la producción de dicho insumos.<br />

Conforme a lo establecido en las Reglas de Operación de los Programas de la<br />

SAGARPA, Articulo 13, punto II.3.2., los apoyos no podrán rebasar los<br />

$250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos), a excepción de los productores<br />

de bajos ingresos, por persona física miembro de la organización o socio de la<br />

empresa, beneficiada con los apoyos que se autoricen al proyecto especifico.<br />

Los apoyos otorgados por este Proyecto estratégico serán acumulables<br />

conforme a las necesidades de cada proyecto especifico, sin que se rebase la<br />

cantidad de $2’000,000.00 (dos millones de pesos) por proyecto especifico, en<br />

total, en todos los componentes de apoyo considerados.<br />

Artículo 9.- Criterios de selección.<br />

1. Previo acuerdo de la CRYS, se emitirá una convocatoria dirigida a la<br />

población objetivo invitándola a presentar su solicitud de apoyo de<br />

inmediato.<br />

2. La GERENCIA determinara la elegibilidad de los solicitantes y elaborara<br />

el Dictamen de viabilidad integral del proyecto específico de la<br />

organización, comunicándole por escrito los resultados. La respuesta<br />

sustentada en el dictamen podrá ser positiva o negativa y en ambos<br />

caso deberá estar debidamente fundamentada y motivada.<br />

3. Es responsabilidad de la Gerencia Estatal del FIRCO que emite su<br />

Dictamen, verificar que los apoyos para ese proyecto especifico cumplan<br />

7


con los términos en que se autorizó el “Proyecto para el Fomento de<br />

Orgánicos” según el Acuerdo COTEN 60/08 (que se consignan en estos<br />

Lineamientos operativos específicos), que se integre correctamente el<br />

expediente del caso, y que la aplicación de los recursos autorizados<br />

ocurra en los términos de la normatividad aplicable,<br />

4. Los proyectos específicos con dictamen favorable o positivo se<br />

someterán a la consideración de la CRYS, y en su caso autorizará el<br />

otorgamiento de los apoyos de este Proyecto Estratégico de la<br />

SAGARPA para cada uno de los proyectos específicos citados.<br />

5. La prioridad de tramite de las solicitudes se realizara en primera<br />

instancia conforme a la Prioridad de atención establecida en el Articulo 4<br />

de estos Lineamientos (de la Cobertura y prioridades de atención) y en<br />

segundo termino conforme a los siguientes criterios: a) la ubicación<br />

geográfica del sistema de producción y las condiciones o nivel de<br />

marginación; b) la viabilidad técnica, financiera, ambiental y de mercado<br />

del proyecto; c) la cohesión y fortaleza de la organización y los términos<br />

en que propone sus compromisos, particularmente de<br />

corresponsabilidad; y d) la constancia del proceso de certificación que<br />

sigue o seguirá la organización.<br />

Artículo 10.- Instancias de otorgamiento de apoyos y de ejecución:<br />

En cumplimiento al Acuerdo COTEN 60/08, se constituirá una Comisión de<br />

Regulación y Seguimiento (CRYS), integrada por representantes designados<br />

por la Subsecretaria de Desarrollo Rural, quien presidirá esta Comisión y por el<br />

Fideicomiso de Riesgo Compartido, como Secretaria Técnica o de Actas y<br />

Acuerdos. Cada instancia designará un Representante Titular y un Alterno o<br />

Suplente del mismo. Se podrá invitar a representantes de otras dependencias<br />

de la SAGARPA o de otras instituciones que la CRYS considere que pueden<br />

contribuir a agilizar y/o mejorar la ejecución de este Proyecto Estratégico.<br />

Las funciones y atribuciones básicas de esta CRYS serán:<br />

1. Dar transparencia, analizar y determinar la autorización de los apoyos.<br />

2. Servir como autoridad normativa.<br />

3. Dar seguimiento a la ejecución de este Proyecto Estratégico<br />

4. Resolver cualquier asunto no contemplado en las Reglas de Operación<br />

de los Programas de la SAGARPA o en estos Lineamientos operativos.<br />

La CRYS se reunirá atendiendo a iniciativas de cualquiera de sus partes, y el<br />

quórum de sus sesiones requerirá la presencia de los Representantes Titulares<br />

de la Subsecretaria de Desarrollo Rural y del FIRCO.<br />

El Fideicomiso de Riesgo Compartido queda designado como Unidad<br />

Responsable y Operador de este Proyecto Estratégico, de conformidad con el<br />

respectivo Acuerdo COTEN/60/08 del Comité Técnico Nacional de la<br />

SAGARPA.<br />

8


Con tal designación, el FIRCO se obliga a entregar los informes mensuales,<br />

trimestrales, de cuenta pública y de finiquito como ejecutor del gasto, así como<br />

cumplir con las disposiciones aplicables al ejercicio de los recursos públicos<br />

federales.<br />

Artículo 11.- Requisitos de elegibilidad.<br />

Las organizaciones que se consideren dentro de la población objetivo, tomando<br />

en cuenta el orden de prioridad que establecen estos Lineamientos, podrán<br />

solicitar los apoyos de este Proyecto estratégico para lo cual entregaran a la<br />

GERENCIA los siguientes documentos:<br />

1. Solicitud suscrita por los representantes legales facultados suficientes<br />

por la organización, conforme al formato Anexo 1 de este Lineamiento.<br />

2. Original para fines de cotejo y copia simple o en su caso copia<br />

certificada por Notario publico de su Acta constitutiva y de las<br />

modificaciones que haya tenido y copia simple<br />

3. Registro Federal de Contribuyentes para fines de cotejo y copia simple<br />

de su cedula de identificación fiscal<br />

4. Original con fines de cotejo y copia simple de su domicilio fiscal<br />

5. Acta de la instancia facultada para nombrar a las autoridades vigentes o<br />

poder del representante legal, debidamente protocolizado ante notario<br />

publico.<br />

6. Original para fines de cotejo y copia simple de la identificación oficial de<br />

las autoridades o del representante legal.<br />

7. Los datos de cada integrante de la persona moral u organización,<br />

presentados en medio magnético conforme al formato disponible en la<br />

página electrónica de la SAGARPA.<br />

8. Para el caso de que solicite apoyos de cualquiera de las componentes<br />

elegibles o de una combinación de ellas que excedan los $100,000.00<br />

(cien mil pesos), presentará el Proyecto de Inversión o Plan de negocios<br />

conforme al Anexo 2, (Guión para el Plan de negocios) de estos<br />

Lineamientos operativos.<br />

9. Para el caso de que la solicitud de apoyo para cualquiera de las<br />

componentes elegibles sea de hasta por 100 mil pesos, será suficiente<br />

el denominado Proyecto Simplificado para el Programa de Adquisición<br />

de Activos Productivos, conforme al formato del Anexo 5 de las Reglas<br />

de Operación de los Programas de la SAGARPA 2008.<br />

10. Documentación relativa al proceso de Certificación Orgánica según la<br />

fase en que se encuentre (Sistema de Control interno, Plan de manejo o<br />

Certificación Orgánica) o en su defecto documentación sobre el inicio del<br />

proceso de certificación orgánica otorgado o con acuse de recibo<br />

emitido por una empresa certificadora.<br />

Artículo 12.- Proceso operativo.<br />

1. El FIRCO a través de sus GERENCIAS será la instancia ejecutora del<br />

Proyecto Estratégico, las que se coordinaran en lo correspondiente con<br />

las Delegaciones Estatales de la SAGARPA (las D<strong>EL</strong>EGACIONES) y,<br />

en su caso, con la Secretaria de Desarrollo Agropecuario o equivalente<br />

(el ESTADO) de la entidad donde físicamente se ubique el proyecto.<br />

9


2. La SAGARPA a través de la Subsecretaria de Desarrollo Rural y el<br />

FIRCO promoverán la coordinación institucional en el seno de la CRYS.<br />

3. Todo interesado en participar en los beneficios de este Proyecto<br />

estratégico deberán presentar a la GERENCIA solicitud por escrito<br />

(Anexo 1) acompañada de la documentación señalada en los presentes<br />

Lineamiento Operativos.<br />

4. A cada solicitud debidamente requisitada y recibida por la Gerencia le<br />

será asignado un número de folio, conforme al Anexo 3 de estos<br />

Lineamientos Operativos, siendo la GERENCIA la única instancia<br />

facultada para asignarlo.<br />

5. Toda solicitud debidamente requisitada y recibida por la GERENCIA,<br />

será objeto de un Dictamen sobre su elegibilidad y, en su caso, la<br />

viabilidad del proyecto por parte de la GERENCIA. En el caso de<br />

solicitudes que excedan los 100 mil pesos, el dictamen de elegibilidad<br />

se sustentará en la Ficha técnica del proyecto especifico, (Anexo 7)<br />

6. Para cada proyecto dictaminado, es responsabilidad de la Gerencia<br />

Estatal del FIRCO que emite su Dictamen, verificar que los apoyos para<br />

ese proyecto especifico cumplan con los términos en que se autorizó el<br />

“Proyecto para el Fomento de Orgánicos” según el Acuerdo COTEN<br />

60/08 (que se consignan en los Lineamientos operativos específicos),<br />

que se integre correctamente el expediente del caso, y que la aplicación<br />

de los recursos autorizados ocurra en los términos de la normatividad<br />

aplicable.<br />

7. Las solicitudes con Dictamen favorable de la GERENCIA presentadas<br />

en el Anexo 6 o en su caso en la Ficha técnica que constituye el Anexo<br />

7, serán turnadas a la Oficinas Centrales (OFICINAS CENTRALES) del<br />

FIRCO para su análisis y en su caso presentación ante la CRYS.<br />

8. Con fundamento en el Dictamen elaborado por la GERENCIA, la CRYS<br />

procederá al análisis y, en su caso, autorización del otorgamiento de<br />

apoyos para el proyecto específico, precisando los montos para cada<br />

componente del mismo, y, en su caso, estableciendo las condicionantes<br />

que considere. La determinación de la CRYS será notificada a la<br />

GERENCIA por el Presidente Suplente de la misma Comisión.<br />

9. La GERENCIA comunicara por escrito a los solicitantes la autorización<br />

o rechazo de los apoyos del Proyecto estratégico, indicando las causas<br />

y fundamento que en cada caso corresponda.<br />

10. Una vez notificada la autorización de los apoyos, y en su caso el<br />

cumplimiento de las condicionantes, la GERENCIA suscribirá con los<br />

beneficiarios el Convenio cuyo formato se integra como Anexo 4, para<br />

formalizar la entrega de los recursos conforme al calendario<br />

presupuestal autorizado.<br />

11. Los beneficiarios formularan la solicitud de entrega de los apoyos y<br />

procederán a ejecutar el proyecto autorizado<br />

12. El FIRCO a través de sus GERENCIAS dará seguimiento y verificara la<br />

ejecución de las acciones consideradas en el proyecto específico y la<br />

correcta aplicación de los recursos autorizados. Para estas acciones el<br />

FIRCO podrá contar con el apoyo de consultores o despachos externos,<br />

que en su caso, lleven a cabo el seguimiento y verificación de la<br />

ejecución de las acciones convenidas; podrá realizarse con cargo a la<br />

10


asignación autorizada al Proyecto estratégico o con cargo a otros<br />

recursos autorizados directamente al FIRCO.<br />

13. La GERENCIA formulara mensualmente el reporte de los avances<br />

físicos y financieros de las obras y/o acciones convenidas, que deberá<br />

remitir a la D<strong>EL</strong>EGACION y a OFICINAS CENTRALES, dentro de los 10<br />

días naturales posteriores a la terminación del mes que se reporta.<br />

14. Será responsabilidad de OFICINAS CENTRALES integrar el<br />

consolidado nacional, para la oportuna toma de decisiones, así como<br />

atender los requerimientos de información oficial respecto a la ejecución<br />

del Proyecto Estratégico, que soliciten las áreas competentes y o de<br />

acuerdo con la legislación y/o normatividad aplicable.<br />

Articulo 13.- Derechos de los solicitantes.<br />

1. La organización o empresa solicitante tendrá derecho a que se le reciba<br />

su solicitud y a que en un plazo máximo de 10 días naturales después<br />

de la fecha de recepción, la GERENCIA le comunique por escrito el<br />

resultado sobre su elegibilidad. Dicha notificación deberá contener la<br />

motivación y fundamentación correspondiente. La respuesta favorable<br />

de la GERENCIA a la solicitud no implica que se autoricen los apoyos<br />

solicitados por la organización.<br />

2. Todo solicitante a quien la GERENCIA responda por escrito como<br />

favorable su elegibilidad, tendrá derecho a que a mas tardar 30 días<br />

naturales después de la fecha de recepción de la solicitud, la<br />

GERENCIA le haga de su conocimiento por escrito la autorización o<br />

negación de los apoyos solicitados, en ambos casos dicha notificación<br />

deberá contener la motivación y fundamentación correspondiente.<br />

3. Toda organización o empresa a quien la GERENCIA le haya notificado<br />

la autorización de apoyos, tendrá derecho a suscribir con la GERENCIA<br />

el Convenio de Concertación cuyo formato se presenta en el Anexo 4 de<br />

estos Lineamientos Operativos, dentro de los 15 días naturales<br />

siguientes a la fecha de notificación de la autorización o en cuanto la<br />

organización o empresa cumpla con los requisitos para la celebración<br />

del Convenio, sin que este periodo exceda de los 30 días hábiles<br />

posteriores a la notificación de la autorización.<br />

4. Toda organización recibirá los apoyos requeridos para su proyecto<br />

especifico, siempre y cuando cumpla con los requisitos de este Proyecto<br />

Estratégico, se otorgue la autorización por parte de la instancia<br />

correspondiente, en su caso se solvente plenamente las condicionantes<br />

que se establezcan y se suscriba con la GERENCIA el Convenio de<br />

Concertación a que se refiere el Anexo 6 de estos Lineamientos.<br />

Artículo 14.- Obligaciones de los solicitantes.<br />

1. Contratar los servicios y realizar las adquisiciones necesarias para la<br />

ejecución de los trabajos y acciones previstas en el proyecto especifico<br />

para el que reautorizan los apoyos.<br />

2. Los beneficiarios serán los responsables de la ejecución física de las<br />

acciones que se realicen con los recursos de este Proyecto estratégico.<br />

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3. Suscribir el Convenio de concertación para formalizar la entrega de los<br />

apoyos dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha en que la<br />

GERENCIA les notifique la autorización, prorrogable por causas<br />

justificadas y con la autorización de la GERENCIA hasta por 15 días<br />

naturales adicionales; la GERENCIA emitirá la resolución sobre la<br />

prorroga solicitada en un plazo de 7 días naturales. La GERENCIA no<br />

podrá autorizar plazos para la suscripción de convenios que excedan los<br />

30 días naturales posteriores a la fecha de notificación de la autorización<br />

de los apoyos. De no suscribir el convenio en el plazo señalado o en el<br />

que la GERENCIA autorice, el FIRCO podrá considerar que los<br />

solicitantes han desistido de su solicitud, otorgándoles para atender su<br />

derecho de audiencia, un plazo de 5 días naturales para que expongan<br />

las razones por las que no suscribieron el Convenio de Concertación, y<br />

de no existir respuesta de los solicitantes, el FIRCO podrá proceder a<br />

cancelar la autorización respectiva, informándole al interesado en un<br />

termino no mayor a 15 días naturales.<br />

4. Solicitar y justificar por escrito, y obtener autorización de la GERENCIA,<br />

previamente a la realización de cualquier cambio en el proyecto<br />

autorizado. La GERENCIA dictaminará a mas tardar 15 días naturales<br />

después de recibida la solicitud, la conveniencia de tales cambios y, de<br />

ser procedente, elaborara y suscribirá conjuntamente con los<br />

beneficiarios el Convenio o addedum modificatorio al Convenio de<br />

concertación anteriormente celebrado. El dictamen deberá contener la<br />

motivación y fundamentación correspondientes.<br />

5. Proporcionar a la GERENCIA la información y/o documentación que se<br />

señala en el convenio de concertación, sobre el desarrollo y avance del<br />

proyecto, y sobre la situación financiera de la organización, incluyendo<br />

aquella información que solicite el órgano de control o auditoria, y que<br />

razonablemente deba existir en los archivos de la organización.<br />

Articulo 15:- Indicadores.<br />

Los proyectos específicos deberán orientarse a los objetivos de este Proyecto<br />

estratégico y sus resultados se medirán conforme a los indicadores que la<br />

CRYS del Proyecto estratégico determine, a partir de los criterios que la<br />

Subsecretaria de Desarrollo Rural establezca para el Programa de Adquisición<br />

de Activos Productivos y en su caso del Programa de Soporte, en la modalidad<br />

de ejecución directa bajo la responsabilidad de la citada Subsecretaria.<br />

Ciudad de México, a 29 de septiembre de 2008.<br />

POR <strong>LA</strong> COMISION <strong>DE</strong> REGU<strong>LA</strong>CION Y SEGUIMIENTO:<br />

ANTONIO RUIZ GARCIA RODRIGO DÌEZ <strong>DE</strong> SOL<strong>LA</strong>NO <strong>EL</strong>CORO<br />

V. HORACIO SANTOYO CORTES C<strong>LA</strong>UDIO FERNAN<strong>DE</strong>Z MANCERA<br />

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