PROYECTO ESTRATEGICO PARA EL FOMENTO DE LA ... - Firco
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<strong>PROYECTO</strong> <strong>ESTRATEGICO</strong> <strong>PARA</strong> <strong>EL</strong> <strong>FOMENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> PRODUCCION,<br />
<strong>LA</strong> CERTIFICACION Y <strong>LA</strong> COMERCIALIZACION<br />
<strong>DE</strong> PRODUCTOS E INSUMOS ORGANICOS.<br />
Articulo 1.- Motivación.<br />
Artículo 2.- Fundamentación.<br />
Articulo 3.- Objetivos.<br />
LINEAMIENTOS OPERATIVOS<br />
C O N T E N I D O<br />
Artículo 4.- Cobertura y prioridades de atención.<br />
Artículo 5.- Población objetivo.<br />
Articulo 6.- Asignación presupuestal.<br />
Articulo 7.- Componentes, montos y porcentajes de apoyo.<br />
Artículo 8.- Características técnicas de los componentes.<br />
Artículo 9.- Criterios de selección.<br />
Artículo 10.- Instancias de otorgamiento de apoyos y de ejecución.<br />
Artículo 11.- Requisitos de elegibilidad.<br />
Artículo 12.- Proceso operativo.<br />
Articulo 13.- Derechos de los solicitantes.<br />
Artículo 14.- Obligaciones de los solicitantes.<br />
Articulo 15:- Indicadores.<br />
Anexos y formatos.<br />
Septiembre de 2008.
<strong>PROYECTO</strong> <strong>ESTRATEGICO</strong> <strong>PARA</strong> <strong>LA</strong> PRODUCCION,<br />
<strong>LA</strong> CERTIFICACION Y <strong>LA</strong> COMERCIALIZACION<br />
<strong>DE</strong> PRODUCTOS E INSUMOS ORGANICOS 2008.<br />
(<strong>FOMENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> PRODUCCION ORGANICA)<br />
Articulo 1.- Motivación:<br />
LINEAMIENTO OPERATIVOS<br />
La producción orgánica en México es una de las actividades más dinámicas del<br />
sector rural, si se considera que en los últimos doce años ha ocurrido un<br />
acelerado crecimiento de la superficie dedicada a esta actividad, que<br />
actualmente rebasa las 400 mil hectáreas con producción orgánica certificada o<br />
en conversión hacia orgánica. Esta actividad también tiene indicadores de gran<br />
relevancia para el sector agropecuario, como un importante crecimiento en la<br />
diversidad de productos, en las zonas geográficas de producción, en el numero<br />
de empleos rurales generados especialmente en zonas de alta y muy alta<br />
marginación donde predominan grupos indígenas prioritarios, así como en la<br />
generación de divisas, ya que la producción orgánica Mexicana ocupa<br />
importantes segmentos de mercados relevantes, especialmente en Europa,<br />
América del Norte y Japón.<br />
Considerando la importancia creciente de esta actividad agropecuaria, la<br />
Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación<br />
(SAGARPA), en años recientes diseño y puso en marcha una estrategia de<br />
apoyo integral al sector de Orgánicos, incluyendo acciones de fomento directo<br />
para atender las necesidades productivas, impulsar la certificación de<br />
productos y apoyar proyectos de valor agregado, en especifico el acopio,<br />
procesamiento y comercialización de productos orgánicos.<br />
Artículo 2.- Fundamentación.<br />
Con el propósito de dar continuidad al fomento de la producción de productos<br />
orgánicos certificados, la SAGARPA reviso la pertinencia de implementar un<br />
nuevo Programa de Fomento a este subsector agropecuario y acuícola, que<br />
atienda los lineamientos de política nacional y las necesidades de apoyo<br />
expresadas por los diversos actores del sistema de producción orgánica<br />
certificada.<br />
Al respecto, para el ejercicio presupuestal 2008, el programa de trabajo de la<br />
Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,<br />
SAGARPA, esta orientado por el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 que<br />
entre sus estrategias incluye:<br />
1. Lograr una economía competitiva y generadora de empleo y<br />
2. Garantizar la igualdad de oportunidades y la sustentabilidad<br />
ambiental.<br />
También el programa de trabajo 2008 de la SAGARPA esta orientado por el<br />
Programa Sectorial cuyas líneas de acción establecen:<br />
2
1. Mantener normativamente la prioridad de atención presupuestal y<br />
focalización de recursos a las localidades de alta y muy alta<br />
marginalidad y grupos prioritarios, y<br />
2. Promover la integración económica de los grupos y organizaciones de<br />
productores rurales a partir de esquemas de cooperación y<br />
fortalecimiento empresarial para acceder al valor agregado y a los<br />
mercados, buscando su inserción y permanencia efectiva en las redes<br />
de valor.<br />
En congruencia con lo señalado por los instrumentos de planeaciònprogramaciòn<br />
citados y en atención a los planteamientos de los integrantes del<br />
Consejo Nacional de Productos Orgánicos, la SAGARPA determino<br />
implementar un Proyecto Estratégico para el Fomento de la Producción, la<br />
Certificación y la Comercialización de Productos e Insumos Orgánicos, a<br />
continuación el Proyecto para el Fomento de Orgánicos, el cual forma parte de<br />
la Estrategia para el Fomento de la Producción Orgánica que la SAGARPA ha<br />
diseñado y esta poniendo en ejecución en cumplimiento de las atribuciones y<br />
compromisos que le asigna la Ley de Productos Orgánicos.<br />
El Proyecto Estratégico citado se sustenta en el Acuerdo de la Decimo Sexta<br />
Sesión del Comité Técnico Nacional de la SAGARPA, celebrada el 17 de<br />
septiembre de 2008, que con fundamento en los artículos 10, inciso I y Artículo<br />
13, inciso iii.1.2 de las Reglas de Operación de los Programas de la SAGARPA,<br />
tomo el siguiente:<br />
Acuerdo COTEN/60/08: Se autorizan en los términos propuestos el<br />
presupuesto y el esquema de operación del Proyecto Estratégico para el<br />
Fomento de la Producción, la Certificación y la Comercialización de<br />
Productos e Insumos Orgánicos, para cuya instrumentación se instalará una<br />
Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) presidida por la Subsecretaria<br />
de Desarrollo Rural, considerando lo siguiente:<br />
1. Los conceptos elegibles son: i) Apoyo para la Certificación Orgánica de<br />
Productos e Insumos Orgánicos y ii) Apoyo para Infraestructura y<br />
Equipamiento para proyectos de producción, acopio y comercialización<br />
de productos e insumos orgánicos.<br />
2. Se asigna para este Proyecto la cantidad de Veinte Millones de Pesos<br />
del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal<br />
2008, de los cuales Diez Millones de pesos se destinarán a las acciones<br />
de Apoyo para la Certificación Orgánica de Productos e Insumos<br />
Orgánicos, y Diez Millones de Pesos se destinarán a las acciones de<br />
Apoyo para Infraestructura y Equipamiento para proyectos de<br />
producción, acopio y comercialización de productos e insumos<br />
orgánicos.<br />
3. Se designa al Fideicomiso de Riesgo Compartido, como Unidad<br />
Responsable y Operador de este Proyecto.<br />
3
El instrumento normativo específico de este Proyecto Estratégico son los<br />
presentes Lineamientos operativos, y el marco normativo son las Reglas de<br />
Operación de los Programas de la SAGARPA 2008.<br />
Articulo 3.- Objetivo del Proyecto:<br />
Fomentar la producción, certificación y comercialización de productos e<br />
insumos orgánicos.<br />
Objetivos específicos:<br />
1. Impulsar la certificación de productos e insumos orgánicos,<br />
prioritariamente los que se encuentren en transición hacia orgánicos.<br />
2. Fomentar y fortalecer el desarrollo de empresas rurales y agronegocios<br />
dedicados a la producción, procesamiento y comercialización de<br />
productos orgánicos sustentables y certificados<br />
3. Impulsar la competitividad de productos orgánicos certificados<br />
sustentables en el mercado nacional e internacional<br />
4. Promover y diversificar la producción de orgánicos en el país, incluyendo<br />
los insumos orgánicos para minimizar la dependencia de insumos de<br />
origen externo para la producción de orgánicos, y en lo posible contribuir<br />
a atender la demanda de fertilizantes del sector agrícola.<br />
Articulo 4.-Cobertura y Prioridades de atención:<br />
Este Proyecto estratégico se podrá instrumentar en las 31 entidades<br />
federativas y el Distrito Federal, pero se otorgará prioridad a:<br />
1. La asignación de apoyos para la Certificación Orgánica de las<br />
organizaciones o empresas que se encuentren en transición o<br />
conversión hacia orgánicos.<br />
2. La asignación de apoyos para Proyectos de Valor Agregado, en<br />
específico para el concepto de Infraestructura y equipamiento para<br />
acopio y procesamiento de productos orgánicos.<br />
3. En igualdad de condiciones, se atenderá inicialmente a las<br />
organizaciones localizadas en zonas de alta y muy alta marginación,<br />
correspondientes a las regiones occidente, centro, sur y sureste de la<br />
división regional, del área de agronegocios del FIRCO.<br />
4. Se otorgara prioridad adicional a la organización o empresa rural que<br />
cuente con la autorización de apoyos de la componente de Asistencia<br />
Técnica o Capacitación del Programa de Soporte en la modalidad de<br />
Recursos en Coejercicio Federación –Estado, o que demuestre disponer<br />
de recursos propios, o vía crédito o de otros apoyos para estos<br />
conceptos.<br />
Artículo 5.- Población Objetivo:<br />
Organizaciones constituidas mayoritariamente por productores del sector rural<br />
y/o agroempresarios rurales mexicanos, integrados en empresas legalmente<br />
constituidas que se dediquen a la producción, procesamiento y/o<br />
comercialización de productos orgánicos certificados o en conversión hacia<br />
orgánicos, y de insumos orgánicos estratégicos.<br />
4
Artículo 6.- Asignación presupuestal:<br />
Con fundamento en los artículos 9 y 10 de las Reglas de Operación de la<br />
SAGARPA, ésta tiene la facultad de implementar proyectos estratégicos cuyo<br />
presupuesto se integre con la aportación de uno o varios de los programas<br />
definidos en el articulo 1° de dichas Reglas y cuyas características del tipo de<br />
apoyo se relacionen con las componentes de apoyo del proyecto estratégico,<br />
así como también de los recursos que en coejercicio se convengan con las<br />
entidades federativas.<br />
El presupuesto para la implementación del Proyecto Estratégico de Fomento a<br />
la Producción y Comercialización de Orgánicos en el ejercicio 2008 se sustenta<br />
en la articulación de recursos del Programa de Adquisición de Activos<br />
Productivos y del Programa de Soporte, en ambos casos en la modalidad de<br />
Recursos de Ejecución Directa, de acuerdo a las Reglas de Operación de los<br />
Programas de la SAGARPA.<br />
Se realizan las gestiones necesarias para que la Oficialía Mayor de la<br />
SAGARPA analice y autorice la transferencia de recursos, los correspondientes<br />
gastos de operación, evaluación y difusión y las afectaciones presupuestales<br />
respectivas.<br />
La totalidad de los recursos que se autoricen serán transferidos por la<br />
SAGARPA al FIRCO en su carácter de Unidad Responsable y Operador del<br />
Proyecto Estratégico de Fomento a la Producción y Certificación Orgánica, en<br />
lo posible previo al arranque del citado Proyecto Estratégico.<br />
Las cuentas en que se administren estos recursos transferidos por la<br />
SAGARPA al FIRCO deberán tener registros específicos por programa y por<br />
componente, para sustentar una adecuada rendición de cuentas.<br />
Articulo 7.- Componentes, montos y porcentajes de apoyo<br />
Los apoyos de este proyecto estratégico se otorgaran como aportaciones<br />
directas, que consisten en el otorgamiento de recursos destinados a financiar<br />
parcialmente las erogaciones para la implementación del proyecto en los<br />
Conceptos siguientes:<br />
1. Apoyar la totalidad o parte de los costos del Proceso de Certificación e<br />
Productos e Insumos orgánicos, que para este Proyecto Estratégico<br />
abarca dos componentes: a) Diseño e Implementación del Sistema de<br />
Control Interno y/o del Plan de manejo y b) Gastos del Programa de<br />
Inspección y/o pago de la cuota de la Certificación Orgánica.<br />
2. Apoyar las inversiones en activos productivos de la empresa,<br />
específicamente en Infraestructura y Equipamiento para la producción,<br />
acopio y comercialización de productos e insumos orgánicos.<br />
Para cada una de las componentes, el apoyo máximo en porcentaje, el monto<br />
máximo en pesos y la fuente del presupuesto SAGARPA serán los siguientes:<br />
5
Componente Apoyo máximo en Monto máximo Programa<br />
porcentaje<br />
en pesos SAGARPA<br />
Diseño e Hasta 80% del costo total Hasta 800 mil Programa de<br />
Implementación para el primer año, hasta pesos, sin Soporte,<br />
del Sistema de el 60% de ese costo para exceder 1,280 Componente de<br />
Control Interno el segundo año y hasta el pesos por Desarrollo de<br />
y/o del Plan de 40% del mismo costo para hectárea para el Mercados y<br />
manejo<br />
el tercer año<br />
primer año Planeación<br />
participativa<br />
Pago del Hasta 80% del costo total Hasta 800 mil Programa de<br />
Programa de para el primer año, hasta pesos, sin Soporte,<br />
Inspección y/o de el 60% de ese costo para exceder 1,280 Componente de<br />
la cuota de la el segundo año y hasta el pesos por Desarrollo de<br />
Certificación 40% del mismo costo para hectárea para el Mercados y<br />
Orgánica el tercer año<br />
primer año Planeación<br />
participativa<br />
Infraestructura y Hasta 50% del costo total Hasta dos Apoyo para la<br />
Equipamiento del proyecto<br />
millones de adquisición de<br />
pesos por Activos<br />
proyecto productivos.<br />
Artículo 8.- Características técnicas de los Componentes.<br />
Las características técnicas de los procesos para obtener la certificación de<br />
productos orgánicos sugieren apoyar proyectos que podrán considerar<br />
inversiones en un plazo no mayor de tres años; en este caso los apoyos que se<br />
requieran para los siguientes ejercicios anuales se sujetaran a la aprobación<br />
que emita la H. Cámara de Diputados para los Programas de la SAGARPA<br />
que sustentan presupuestalmente este Proyecto estratégico, así como a la<br />
autorización que otorgue la SAGARPA para la continuidad del mismo. En este<br />
contexto, se dará prioridad en los ejercicios subsecuentes a consolidar los<br />
proyectos ya iniciados, atendiendo a las siguientes características de los<br />
conceptos de apoyo autorizados:<br />
1. Diseño o elaboración, actualización e implementación del Sistema de<br />
Control Interno y Planes de manejo, para la certificación de productos<br />
orgánicos: el apoyo será para el reembolso o pago en pari-passu de un<br />
porcentaje de los costos, para que la organización desarrolle procesos y<br />
capacidades que le permitan, mediante un sistema documentado de<br />
control de procesos orientados hacia la calidad y/o de un plan de<br />
manejo, garantizar que las unidades de producción y de procesamiento<br />
que la conforman cumplan satisfactoriamente con las normas nacionales<br />
y/o internacionales exigidas por las empresas certificadoras con quien se<br />
gestiona la certificación que interesa a la organización; este apoyo será<br />
tanto para organizaciones que están en proceso de certificación como<br />
las ya certificadas, con la variación de porcentaje de apoyo que se indica<br />
en este mismo capitulo, y en todo caso la organización solicitante deberá<br />
contar con documentación de una empresa certificadora respecto al<br />
procedimiento en que se encuentra y para el que solicita este concepto<br />
de apoyo.<br />
6
2. Programa de Inspección y Certificación Orgánica: este apoyo será para<br />
el reembolso o pago en pari-passu de un porcentaje de las cuotas de<br />
inspección que efectúa un ente especializado como paso previo al<br />
otorgamiento o revalidación de la certificación orgánica, así como para el<br />
reembolso o pago en pari-passu de un porcentaje de la cuota o costo del<br />
certificado como orgánico o revalidación del mismo que emite la<br />
empresa certificadora; el apoyo para este concepto podrá ser hasta por<br />
tres años para las organizaciones que se encuentran en conversión o<br />
transición hacia la certificación y por única vez para las ya certificadas.<br />
Para hacerse acreedores a los apoyos del segundo y tercer años, los<br />
solicitantes deberán presentar la documentación que acredite las<br />
acciones que se deriven del proceso de certificación, emitida por la<br />
instancia que realice dicho proceso.<br />
3. Infraestructura y Equipamiento para procesamiento y comercialización<br />
de productos orgánicos y para producción de insumos orgánicos: estos<br />
apoyos se otorgaran por única vez y se destinarán a la construcción de<br />
infraestructura y compra de equipo nuevo para el acopio, proceso,<br />
selección, empaque, almacenamiento, transporte y comercialización de<br />
productos y de insumos orgánicos; en el caso de insumos orgánicos<br />
estratégicos, se podrá apoyar por única vez la adquisición de activos<br />
destinados a la producción de dicho insumos.<br />
Conforme a lo establecido en las Reglas de Operación de los Programas de la<br />
SAGARPA, Articulo 13, punto II.3.2., los apoyos no podrán rebasar los<br />
$250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos), a excepción de los productores<br />
de bajos ingresos, por persona física miembro de la organización o socio de la<br />
empresa, beneficiada con los apoyos que se autoricen al proyecto especifico.<br />
Los apoyos otorgados por este Proyecto estratégico serán acumulables<br />
conforme a las necesidades de cada proyecto especifico, sin que se rebase la<br />
cantidad de $2’000,000.00 (dos millones de pesos) por proyecto especifico, en<br />
total, en todos los componentes de apoyo considerados.<br />
Artículo 9.- Criterios de selección.<br />
1. Previo acuerdo de la CRYS, se emitirá una convocatoria dirigida a la<br />
población objetivo invitándola a presentar su solicitud de apoyo de<br />
inmediato.<br />
2. La GERENCIA determinara la elegibilidad de los solicitantes y elaborara<br />
el Dictamen de viabilidad integral del proyecto específico de la<br />
organización, comunicándole por escrito los resultados. La respuesta<br />
sustentada en el dictamen podrá ser positiva o negativa y en ambos<br />
caso deberá estar debidamente fundamentada y motivada.<br />
3. Es responsabilidad de la Gerencia Estatal del FIRCO que emite su<br />
Dictamen, verificar que los apoyos para ese proyecto especifico cumplan<br />
7
con los términos en que se autorizó el “Proyecto para el Fomento de<br />
Orgánicos” según el Acuerdo COTEN 60/08 (que se consignan en estos<br />
Lineamientos operativos específicos), que se integre correctamente el<br />
expediente del caso, y que la aplicación de los recursos autorizados<br />
ocurra en los términos de la normatividad aplicable,<br />
4. Los proyectos específicos con dictamen favorable o positivo se<br />
someterán a la consideración de la CRYS, y en su caso autorizará el<br />
otorgamiento de los apoyos de este Proyecto Estratégico de la<br />
SAGARPA para cada uno de los proyectos específicos citados.<br />
5. La prioridad de tramite de las solicitudes se realizara en primera<br />
instancia conforme a la Prioridad de atención establecida en el Articulo 4<br />
de estos Lineamientos (de la Cobertura y prioridades de atención) y en<br />
segundo termino conforme a los siguientes criterios: a) la ubicación<br />
geográfica del sistema de producción y las condiciones o nivel de<br />
marginación; b) la viabilidad técnica, financiera, ambiental y de mercado<br />
del proyecto; c) la cohesión y fortaleza de la organización y los términos<br />
en que propone sus compromisos, particularmente de<br />
corresponsabilidad; y d) la constancia del proceso de certificación que<br />
sigue o seguirá la organización.<br />
Artículo 10.- Instancias de otorgamiento de apoyos y de ejecución:<br />
En cumplimiento al Acuerdo COTEN 60/08, se constituirá una Comisión de<br />
Regulación y Seguimiento (CRYS), integrada por representantes designados<br />
por la Subsecretaria de Desarrollo Rural, quien presidirá esta Comisión y por el<br />
Fideicomiso de Riesgo Compartido, como Secretaria Técnica o de Actas y<br />
Acuerdos. Cada instancia designará un Representante Titular y un Alterno o<br />
Suplente del mismo. Se podrá invitar a representantes de otras dependencias<br />
de la SAGARPA o de otras instituciones que la CRYS considere que pueden<br />
contribuir a agilizar y/o mejorar la ejecución de este Proyecto Estratégico.<br />
Las funciones y atribuciones básicas de esta CRYS serán:<br />
1. Dar transparencia, analizar y determinar la autorización de los apoyos.<br />
2. Servir como autoridad normativa.<br />
3. Dar seguimiento a la ejecución de este Proyecto Estratégico<br />
4. Resolver cualquier asunto no contemplado en las Reglas de Operación<br />
de los Programas de la SAGARPA o en estos Lineamientos operativos.<br />
La CRYS se reunirá atendiendo a iniciativas de cualquiera de sus partes, y el<br />
quórum de sus sesiones requerirá la presencia de los Representantes Titulares<br />
de la Subsecretaria de Desarrollo Rural y del FIRCO.<br />
El Fideicomiso de Riesgo Compartido queda designado como Unidad<br />
Responsable y Operador de este Proyecto Estratégico, de conformidad con el<br />
respectivo Acuerdo COTEN/60/08 del Comité Técnico Nacional de la<br />
SAGARPA.<br />
8
Con tal designación, el FIRCO se obliga a entregar los informes mensuales,<br />
trimestrales, de cuenta pública y de finiquito como ejecutor del gasto, así como<br />
cumplir con las disposiciones aplicables al ejercicio de los recursos públicos<br />
federales.<br />
Artículo 11.- Requisitos de elegibilidad.<br />
Las organizaciones que se consideren dentro de la población objetivo, tomando<br />
en cuenta el orden de prioridad que establecen estos Lineamientos, podrán<br />
solicitar los apoyos de este Proyecto estratégico para lo cual entregaran a la<br />
GERENCIA los siguientes documentos:<br />
1. Solicitud suscrita por los representantes legales facultados suficientes<br />
por la organización, conforme al formato Anexo 1 de este Lineamiento.<br />
2. Original para fines de cotejo y copia simple o en su caso copia<br />
certificada por Notario publico de su Acta constitutiva y de las<br />
modificaciones que haya tenido y copia simple<br />
3. Registro Federal de Contribuyentes para fines de cotejo y copia simple<br />
de su cedula de identificación fiscal<br />
4. Original con fines de cotejo y copia simple de su domicilio fiscal<br />
5. Acta de la instancia facultada para nombrar a las autoridades vigentes o<br />
poder del representante legal, debidamente protocolizado ante notario<br />
publico.<br />
6. Original para fines de cotejo y copia simple de la identificación oficial de<br />
las autoridades o del representante legal.<br />
7. Los datos de cada integrante de la persona moral u organización,<br />
presentados en medio magnético conforme al formato disponible en la<br />
página electrónica de la SAGARPA.<br />
8. Para el caso de que solicite apoyos de cualquiera de las componentes<br />
elegibles o de una combinación de ellas que excedan los $100,000.00<br />
(cien mil pesos), presentará el Proyecto de Inversión o Plan de negocios<br />
conforme al Anexo 2, (Guión para el Plan de negocios) de estos<br />
Lineamientos operativos.<br />
9. Para el caso de que la solicitud de apoyo para cualquiera de las<br />
componentes elegibles sea de hasta por 100 mil pesos, será suficiente<br />
el denominado Proyecto Simplificado para el Programa de Adquisición<br />
de Activos Productivos, conforme al formato del Anexo 5 de las Reglas<br />
de Operación de los Programas de la SAGARPA 2008.<br />
10. Documentación relativa al proceso de Certificación Orgánica según la<br />
fase en que se encuentre (Sistema de Control interno, Plan de manejo o<br />
Certificación Orgánica) o en su defecto documentación sobre el inicio del<br />
proceso de certificación orgánica otorgado o con acuse de recibo<br />
emitido por una empresa certificadora.<br />
Artículo 12.- Proceso operativo.<br />
1. El FIRCO a través de sus GERENCIAS será la instancia ejecutora del<br />
Proyecto Estratégico, las que se coordinaran en lo correspondiente con<br />
las Delegaciones Estatales de la SAGARPA (las D<strong>EL</strong>EGACIONES) y,<br />
en su caso, con la Secretaria de Desarrollo Agropecuario o equivalente<br />
(el ESTADO) de la entidad donde físicamente se ubique el proyecto.<br />
9
2. La SAGARPA a través de la Subsecretaria de Desarrollo Rural y el<br />
FIRCO promoverán la coordinación institucional en el seno de la CRYS.<br />
3. Todo interesado en participar en los beneficios de este Proyecto<br />
estratégico deberán presentar a la GERENCIA solicitud por escrito<br />
(Anexo 1) acompañada de la documentación señalada en los presentes<br />
Lineamiento Operativos.<br />
4. A cada solicitud debidamente requisitada y recibida por la Gerencia le<br />
será asignado un número de folio, conforme al Anexo 3 de estos<br />
Lineamientos Operativos, siendo la GERENCIA la única instancia<br />
facultada para asignarlo.<br />
5. Toda solicitud debidamente requisitada y recibida por la GERENCIA,<br />
será objeto de un Dictamen sobre su elegibilidad y, en su caso, la<br />
viabilidad del proyecto por parte de la GERENCIA. En el caso de<br />
solicitudes que excedan los 100 mil pesos, el dictamen de elegibilidad<br />
se sustentará en la Ficha técnica del proyecto especifico, (Anexo 7)<br />
6. Para cada proyecto dictaminado, es responsabilidad de la Gerencia<br />
Estatal del FIRCO que emite su Dictamen, verificar que los apoyos para<br />
ese proyecto especifico cumplan con los términos en que se autorizó el<br />
“Proyecto para el Fomento de Orgánicos” según el Acuerdo COTEN<br />
60/08 (que se consignan en los Lineamientos operativos específicos),<br />
que se integre correctamente el expediente del caso, y que la aplicación<br />
de los recursos autorizados ocurra en los términos de la normatividad<br />
aplicable.<br />
7. Las solicitudes con Dictamen favorable de la GERENCIA presentadas<br />
en el Anexo 6 o en su caso en la Ficha técnica que constituye el Anexo<br />
7, serán turnadas a la Oficinas Centrales (OFICINAS CENTRALES) del<br />
FIRCO para su análisis y en su caso presentación ante la CRYS.<br />
8. Con fundamento en el Dictamen elaborado por la GERENCIA, la CRYS<br />
procederá al análisis y, en su caso, autorización del otorgamiento de<br />
apoyos para el proyecto específico, precisando los montos para cada<br />
componente del mismo, y, en su caso, estableciendo las condicionantes<br />
que considere. La determinación de la CRYS será notificada a la<br />
GERENCIA por el Presidente Suplente de la misma Comisión.<br />
9. La GERENCIA comunicara por escrito a los solicitantes la autorización<br />
o rechazo de los apoyos del Proyecto estratégico, indicando las causas<br />
y fundamento que en cada caso corresponda.<br />
10. Una vez notificada la autorización de los apoyos, y en su caso el<br />
cumplimiento de las condicionantes, la GERENCIA suscribirá con los<br />
beneficiarios el Convenio cuyo formato se integra como Anexo 4, para<br />
formalizar la entrega de los recursos conforme al calendario<br />
presupuestal autorizado.<br />
11. Los beneficiarios formularan la solicitud de entrega de los apoyos y<br />
procederán a ejecutar el proyecto autorizado<br />
12. El FIRCO a través de sus GERENCIAS dará seguimiento y verificara la<br />
ejecución de las acciones consideradas en el proyecto específico y la<br />
correcta aplicación de los recursos autorizados. Para estas acciones el<br />
FIRCO podrá contar con el apoyo de consultores o despachos externos,<br />
que en su caso, lleven a cabo el seguimiento y verificación de la<br />
ejecución de las acciones convenidas; podrá realizarse con cargo a la<br />
10
asignación autorizada al Proyecto estratégico o con cargo a otros<br />
recursos autorizados directamente al FIRCO.<br />
13. La GERENCIA formulara mensualmente el reporte de los avances<br />
físicos y financieros de las obras y/o acciones convenidas, que deberá<br />
remitir a la D<strong>EL</strong>EGACION y a OFICINAS CENTRALES, dentro de los 10<br />
días naturales posteriores a la terminación del mes que se reporta.<br />
14. Será responsabilidad de OFICINAS CENTRALES integrar el<br />
consolidado nacional, para la oportuna toma de decisiones, así como<br />
atender los requerimientos de información oficial respecto a la ejecución<br />
del Proyecto Estratégico, que soliciten las áreas competentes y o de<br />
acuerdo con la legislación y/o normatividad aplicable.<br />
Articulo 13.- Derechos de los solicitantes.<br />
1. La organización o empresa solicitante tendrá derecho a que se le reciba<br />
su solicitud y a que en un plazo máximo de 10 días naturales después<br />
de la fecha de recepción, la GERENCIA le comunique por escrito el<br />
resultado sobre su elegibilidad. Dicha notificación deberá contener la<br />
motivación y fundamentación correspondiente. La respuesta favorable<br />
de la GERENCIA a la solicitud no implica que se autoricen los apoyos<br />
solicitados por la organización.<br />
2. Todo solicitante a quien la GERENCIA responda por escrito como<br />
favorable su elegibilidad, tendrá derecho a que a mas tardar 30 días<br />
naturales después de la fecha de recepción de la solicitud, la<br />
GERENCIA le haga de su conocimiento por escrito la autorización o<br />
negación de los apoyos solicitados, en ambos casos dicha notificación<br />
deberá contener la motivación y fundamentación correspondiente.<br />
3. Toda organización o empresa a quien la GERENCIA le haya notificado<br />
la autorización de apoyos, tendrá derecho a suscribir con la GERENCIA<br />
el Convenio de Concertación cuyo formato se presenta en el Anexo 4 de<br />
estos Lineamientos Operativos, dentro de los 15 días naturales<br />
siguientes a la fecha de notificación de la autorización o en cuanto la<br />
organización o empresa cumpla con los requisitos para la celebración<br />
del Convenio, sin que este periodo exceda de los 30 días hábiles<br />
posteriores a la notificación de la autorización.<br />
4. Toda organización recibirá los apoyos requeridos para su proyecto<br />
especifico, siempre y cuando cumpla con los requisitos de este Proyecto<br />
Estratégico, se otorgue la autorización por parte de la instancia<br />
correspondiente, en su caso se solvente plenamente las condicionantes<br />
que se establezcan y se suscriba con la GERENCIA el Convenio de<br />
Concertación a que se refiere el Anexo 6 de estos Lineamientos.<br />
Artículo 14.- Obligaciones de los solicitantes.<br />
1. Contratar los servicios y realizar las adquisiciones necesarias para la<br />
ejecución de los trabajos y acciones previstas en el proyecto especifico<br />
para el que reautorizan los apoyos.<br />
2. Los beneficiarios serán los responsables de la ejecución física de las<br />
acciones que se realicen con los recursos de este Proyecto estratégico.<br />
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3. Suscribir el Convenio de concertación para formalizar la entrega de los<br />
apoyos dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha en que la<br />
GERENCIA les notifique la autorización, prorrogable por causas<br />
justificadas y con la autorización de la GERENCIA hasta por 15 días<br />
naturales adicionales; la GERENCIA emitirá la resolución sobre la<br />
prorroga solicitada en un plazo de 7 días naturales. La GERENCIA no<br />
podrá autorizar plazos para la suscripción de convenios que excedan los<br />
30 días naturales posteriores a la fecha de notificación de la autorización<br />
de los apoyos. De no suscribir el convenio en el plazo señalado o en el<br />
que la GERENCIA autorice, el FIRCO podrá considerar que los<br />
solicitantes han desistido de su solicitud, otorgándoles para atender su<br />
derecho de audiencia, un plazo de 5 días naturales para que expongan<br />
las razones por las que no suscribieron el Convenio de Concertación, y<br />
de no existir respuesta de los solicitantes, el FIRCO podrá proceder a<br />
cancelar la autorización respectiva, informándole al interesado en un<br />
termino no mayor a 15 días naturales.<br />
4. Solicitar y justificar por escrito, y obtener autorización de la GERENCIA,<br />
previamente a la realización de cualquier cambio en el proyecto<br />
autorizado. La GERENCIA dictaminará a mas tardar 15 días naturales<br />
después de recibida la solicitud, la conveniencia de tales cambios y, de<br />
ser procedente, elaborara y suscribirá conjuntamente con los<br />
beneficiarios el Convenio o addedum modificatorio al Convenio de<br />
concertación anteriormente celebrado. El dictamen deberá contener la<br />
motivación y fundamentación correspondientes.<br />
5. Proporcionar a la GERENCIA la información y/o documentación que se<br />
señala en el convenio de concertación, sobre el desarrollo y avance del<br />
proyecto, y sobre la situación financiera de la organización, incluyendo<br />
aquella información que solicite el órgano de control o auditoria, y que<br />
razonablemente deba existir en los archivos de la organización.<br />
Articulo 15:- Indicadores.<br />
Los proyectos específicos deberán orientarse a los objetivos de este Proyecto<br />
estratégico y sus resultados se medirán conforme a los indicadores que la<br />
CRYS del Proyecto estratégico determine, a partir de los criterios que la<br />
Subsecretaria de Desarrollo Rural establezca para el Programa de Adquisición<br />
de Activos Productivos y en su caso del Programa de Soporte, en la modalidad<br />
de ejecución directa bajo la responsabilidad de la citada Subsecretaria.<br />
Ciudad de México, a 29 de septiembre de 2008.<br />
POR <strong>LA</strong> COMISION <strong>DE</strong> REGU<strong>LA</strong>CION Y SEGUIMIENTO:<br />
ANTONIO RUIZ GARCIA RODRIGO DÌEZ <strong>DE</strong> SOL<strong>LA</strong>NO <strong>EL</strong>CORO<br />
V. HORACIO SANTOYO CORTES C<strong>LA</strong>UDIO FERNAN<strong>DE</strong>Z MANCERA<br />
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