Memoria - Idiazabalgo Udala
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IDIAZABALGO<br />
HIRIGINTZAZKO PLANGINTZARAKO<br />
ARAU SUBSIDIARIOEN BERRIKUSPENA<br />
REVISION DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS<br />
DE PLANEAMIENTO URBANISTICO<br />
DE IDIAZABAL<br />
_______________________________________________________<br />
AURRERAKINA<br />
AVANCE<br />
_______________________________________________________<br />
Abuztua 2006 Agosto<br />
TXOSTENA<br />
MEMORIA<br />
SUSTATZAILEA - PROMOTOR:<br />
IDIAZABALGO UDALA<br />
IDAZLEAK - REDACTORES:<br />
MANUEL JIMENEZ, Arkitektoa<br />
IBON ROSALES, Arkitektoa<br />
TEODORO CACHO, Abokatua
IDIAZABALGO UDALA<br />
IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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AYUNTAMIENTO DE IDIAZABAL<br />
REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL - AVANCE<br />
2<br />
INDICE DEL DOCUMEN TO DE AVANCE DE LA R EVISION DE LAS N NSS DE IDIAZABAL<br />
I- MEM ORIA<br />
1. ANTECEDENTES<br />
1.1.- Las N orm as Subsidiaria s de P lanea miento U rban ístico vigen tes en el M unicipio de Idiaza bal.<br />
1.2.- Nec esidad de la revis ión de las NNSS de Idia zaba l.<br />
1.3.- Meto dolog ía y pro ceso de revisió n de la s NN SS d e Idiazaba l.<br />
1.4.- Prim era F ase de la revisió n de la s NN SS de Idiazaba l. El Info rme Urb anístico G eneral.<br />
1.5.- Segunda Fase de la revisión de las NNSS de Idiazabal. Las Bases para la Revisión.<br />
1.5.- Tercera Fase de la revisión de las NNSS de Idiazabal. El Avance de la Revisión.<br />
1.6.- Equipo redactor.<br />
2. EL AV ANCE DE L A REV ISION DE LA S NNSS DE IDIAZA BAL.<br />
2.1.- Con tenido con ceptual.<br />
2.2.- Con tenido forma l.<br />
2.3.- Tramitación y participación pública.<br />
3. ESTADO URBANÍSTICO ACTUAL DEL MUNICIPIO DE IDIAZABAL<br />
4. EL MARCO PARA LA REDACCION DEL AVANCE.<br />
4.1.- Las Bases de la Revisión de las NNSS.<br />
4.2.- El plan eam iento supr am unicipal.<br />
4.3.- La legislación urbanística.<br />
5. OBJETIVOS Y CRITERIOS ADOPTADOS PARA LA REVISION DE LAS NNSS<br />
5.1.- Objetivos y criterios generales.<br />
5.1.1 .- Relativos a la es tructurac ión de l desa rrollo y a la oc upación del su elo<br />
5.1,2 .- Relativos a la ca lificac ión de l suelo<br />
5.2.- Objetivos y criterios sectoriales.<br />
6. ALTERNATIVAS DE ORDENACION<br />
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IDIAZABALGO UDALA<br />
IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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AYUNTAMIENTO DE IDIAZABAL<br />
REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL - AVANCE<br />
3<br />
7. PROPUESTAS DE ORDENACION<br />
7.1.- Estru cturación general del territorio m unicipal.<br />
7.2.- Suelo destinado a usos urbanos.<br />
7.2.1.- Vivienda<br />
7.2.2.- Actividades económicas<br />
7.2.3.- Espacios libres<br />
7.2.4 .- Equ ipam iento com unitario<br />
7.2.5.- Re d viaria y transporte<br />
7.2.6.- Redes de infraestructura<br />
7.2.7.- Otras intervenciones<br />
7.3.- Suelo rura l.<br />
7.4.- Patrimonio cultural y naturalístico<br />
8. PROPUESTAS DE DESARROLLO Y DE EJECUCION<br />
9. PROPUESTA DE FINANCIACION<br />
9.1- Inversiones previstas para la ejecución de la s pro puestas del Av ance del p royec to de desa rrollo<br />
urbano<br />
9.2.- Imputación de costes<br />
9.3.- Sistema de financiación<br />
9.4.-Prop uesta de fórmula de asignación de la propiedad de los nuevos aprovechamientos lucrativos<br />
ordenados por el planeamiento municipal revisado<br />
10. ESTUDIO DE EVALUACION CONJUNTA DE IMPACTO AMBIENTAL<br />
11. EL PROYECTO DE REVISION DEL PLANEAMIENTO URBANISTICO DE IDIAZABAL<br />
12. NOTA FINAL<br />
ANEJOS DE LA MEMORIA DEL AVANCE:<br />
Anejo nº 1: Indice del contenido del Informe Urbanístico general para la Revisión de las NNSS de Idiazabal<br />
(Noviembre 2004)<br />
Anejo nº 2: Análisis del resultado de la encuesta sobre el Informe Urbanístico general para la Revisión de las<br />
NNSS de Idiazabal (Informe de 25 de Mayo de 2005)<br />
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IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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AYUNTAMIENTO DE IDIAZABAL<br />
REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL - AVANCE<br />
4<br />
Anejo nº 3: Texto del acuerdo de Pleno de 30 de Junio de 2005, por el que se aprobaron las Bases Urbanísticas<br />
para la Revisión de las NNSS d e Idiazaba l.<br />
Anejo nº 4: Datos auxiliares para la formulación de la propuesta de asignación de la propiedad de los<br />
aprovechamientos ordenados.<br />
Anejo nº 5: Aclaraciones a las preguntas más comunes sobre el Avance<br />
II- PLANOS<br />
INFORMACION<br />
Nº 1.1.- Idiazabal en el contexto comarcal. (1/ 20.000)<br />
Nº 1.2.- Estado actual del desarrollo urbano en el Municipio de Idiazabal. (1/ 5.000)<br />
Nº 1.3.- Delimitación de ámbitos territoriales en el Casco de Idiazabal. (1/5.000 y 1/ 2.000)<br />
ORDENACION<br />
nº 2.- Propuesta de estructura de la ordenación general. (1/ 10.000)<br />
Nº 3.1.- Propuesta de ordenación de los usos globales del suelo. (1/ 10.000)<br />
Nº 3.2.- Condicionantes superpuestos de la ordenacion del suelo rural. (1/ 10.000)<br />
Nº 4.- Propuesta de ordenación urbana. Usos globales del suelo. (1/ 5.000)<br />
Nº 5.- Esquema explicativo de la ordenación propuesta. (1/ 5.000)<br />
Nº 6.- Imagen orientativa de la propuesta de ordenación. (1/ 2.000)<br />
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IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL - AVANCE<br />
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I - MEMORIA<br />
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IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL - AVANCE<br />
6<br />
1. ANTECEDENTES<br />
1.1.- Las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico vigentes en el Municipio de Idiazabal<br />
En la actualidad , en el municipio de Idiazabal están en vigo r las Norm as Sub sidiarias de Planeam iento<br />
Urbanístico, cuyo Texto Refundido fué aprobado definitivamente por acuerdo del Consejo de Diputados de<br />
Gipúzk oa de 12 de Mayo de 1987, que fué publicado en el BOG, e l 22 de Julio de 1987 .<br />
De las de term inaciones iniciales de las Normas, han quedado anuladas y sustituidas por otras nuevas, las<br />
relativas a los dieciocho expedientes de Modificación de Elementos de las NNSS, que en el momento actual<br />
están definivamente aprobadas, y que corresponden a:<br />
- Area nº 3.2 (Zigor), aprobada definitivamente el 29 de Agosto de 1990. (BOG 31-03-92)<br />
- Area nº 6.1 ( Polideportivo-Zepai), aprobada definitivamente el 8 de Mayo de 1991 (BOG 10-11-<br />
92)<br />
- Area de equipamiento depo rtivo de Arizkorreta en Suelo No urbanizable, aprobada<br />
definitivamente el 4 de Abril de 1995 (BOG 05-05-95)<br />
- Area s de P ilaren ea, Z elá y G oatse, apr obada de finitiva me nte el 2 de Agosto de 1995 (BOG 15-<br />
04-97)<br />
- Area nº 8 (Jaso), aprobada definitivamente el 14 de Octubre de 1997 (BOG 05-11-97)<br />
- Revisión del Régimen Urbanístico del Suelo No Urbanizable, aprobada definitivam ente el 18 de<br />
Noviembre de 1997 (BOG 11-12-97)<br />
- Area de la Ribera de Iñausti (Tecnomod ul), aproba da definitivam ente el 21 de Enero de 1998<br />
(BOG 09-02-98)<br />
- Area residencial de Zigor, aprobada definitivamente el 9 de Junio de 1998 (BOG 16-07-98)<br />
- Sector industrial de Goardia, aprobada definitivamente el 27 de Diciembre de 2000 (BOG 14-02-<br />
01)<br />
- Sector industrial de Aristrain, aprobada definitivamente el 27 de Febrero de 2001 (BOG 23-03-<br />
01)<br />
- Area nº 5 .1 (Kalbario) y zona de Pilarenea, aprobada definitivam ente el 16 de Octubre de 2001<br />
(BOG 13-11-01)<br />
- Sector residencial de Bere Nahia, aprobada definitivamente el 30 de Octubre de 2001 (BOG 20-<br />
11-01)<br />
- Sector industrial de Goardia y parcela colindante, aprobada definitivamente el 23 de Julio de<br />
2002 (BOG 07-08-02)<br />
- Area indus trial de Sagastiberri, aprobada definitivamente el 29 de Julio de 2003 (BOG 08-09-03)<br />
- Area residencial de Errekalde, aprobada definitivamente el 23 de Setiembre de 2003 (BOG 21-<br />
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IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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10-03)<br />
S Solar nº 2 del Are a 7.3, Solar nº 1 de Plaza Nagusia - Area nº 1.1 y a dos parcelas de<br />
equipam iento público en Pilarenea, aprobada definitivamente el 27de Julio de 2004 (BOG 11-<br />
08-04)<br />
S Sector industrial de ampliación de Jaso, aprobada definitivamente el 29 de Noviembre de 2005<br />
(BOG 10-01-06)<br />
S Sector residencial de Zepai, aprobada definitivamente el 21 de Noviembre de 2005 (BOG 11-01-<br />
06).<br />
1.2.- Necesidad de la revisión de las NNSS de Idiazabal<br />
El 13 de Octubre de 2003, por encargo d e la Alc aldía de Idiazabal, el arquitecto asesor municipal emitió el<br />
denominado “INFORME SOBRE NECESIDAD Y PROCEDCENCIA DE INICIAR EL PROCESO DE REVISIÓN<br />
DE LAS NORMAS SIBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO URBANISTICO DEL MUNICIPIO DE IDIAZABAL”. De<br />
dicho informe se desprendía la necesidad y oportunidad de emprender el proceso de revisión de las Normas<br />
Subsidiarias, y proponía, al efecto, una metodología específica para llevar a cabo dicho proceso.<br />
En cualquier caso, las propias Normas Subsidiarias, en su artículo nº 6, explícitamente establecen los<br />
indicadores urbanísticos, de los que se deduce la obligatoriedad de impulsar la citada revisión. Los tres<br />
indicadores mas relevantes son:<br />
- Cuando la ordenación prevista por las Norm as, no resulte opera tiva pa ra da r cau ce al d esarrollo<br />
urbanís tico del Mu nicipio, o para dar res puesta a la problem ática urba nística sobrevenida.<br />
- Cuando se haya ejecutado el 75% de las reservas de vivienda previstas por el Planeam iento Gen eral.<br />
- Cuando se haya ejecutado el 55% de las reservas de suelo industrial previstas por el Planeam iento<br />
Gene ral.<br />
Resulta evidente que tales circunstancia, son de plena aplicación en la situa ción urba nístic a actual de l Mun icipio<br />
de Idiazabal, tal y como ha quedado debidamente acreditado por el análisis-diagnóstico efectuado.<br />
Teniendo en cuenta todo esto, el Ayuntamiento, en sesión plenaria de fecha 30 de Octubre de 2003, acordó<br />
iniciar el aludido proces o de Re visión de las NNSS.<br />
La corrección y op ortun idad d e esta dec isión m unicip al que dó co mp roba da en el INFORME URBANISTICO<br />
GENERAL, redactado en Octubre de 2004 , en el que d entro de la “Síntesis de la situació n actual”, se concluía<br />
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en prim er lugar qu e:<br />
“El Planeamiento General vigente en el Municipio (NNSS) es un instrumento ya agotado en sus<br />
propuestas y determinaciones, y no es además operativo para abordar la ordenación urbana futura del<br />
territo rio municipal. Tanto desde el punto de vista técnico, como legal, es obligada la inm ediata puesta<br />
en marcha del proceso de Revisión de las Normas Subsidiarias.”<br />
La revisión del Planeam iento Mu nicipal de Idiazabal, que actualm ente está en m archa, re sponde así m ismo, a<br />
lo previsto en el artículo 47 de la Ley del Suelo (1976) y 154 y siguientes del Reglamento de Planeamiento<br />
Urbanístico, y a lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley d el Parlam ento Vasco 2/2006 de 3 0 de J unio, de Suelo<br />
y Urbanismo, que entrará en vigor el próximo 20 de Setiembre de 2006 de conformidad con lo dispuesto por<br />
su Disposición Transitoria Segunda.<br />
1.3.- Metodología y proceso de revisión de las NNSS de Idiazabal<br />
La metodología y el proceso adoptados para llevar a cabo la revisión de las NNSS de Idiazabal, son el resultado<br />
directo de unas determinadas reflexiones que han sido asumidas por la Corporación Municipal, con los acuerdos<br />
plenarios, ya citados, de 13 de Octubre y de 18 de Diciembre de 2003. A continuación se aporta una síntesis de<br />
tales reflexiones.<br />
El Avance de Planeamiento tradicionalmente se redacta tras efectuar un levantamiento de la información<br />
- diagnóstico sobre la situación urbanística del municipio. La elaboración de estos documentos es<br />
considerada como tarea de naturaleza técnica, cuyo resultado, tras ser sometido a exposición pública,<br />
y tras la valoración de las propuestas, alternativas, ó sugerencias presentadas en este período, se<br />
sustancia en la adopción, por parte de la Corporación Municipal, de los criterios, objetivos y soluciones<br />
genera les, con los que deb e ser red actado el Proyec to de Re visión del Planeam iento.<br />
Resulta atípico, des de la metodología habitualm ente aplica da, que la elaboración de cualquier tipo de<br />
Proyecto se acometa sin que su promotor proporcione las instrucciones básicas necesarias al equipo<br />
técnico, a cerca de la línea a seguir en tal tarea. En algunos Avan ces, en los que se ha dad o esta<br />
situación, no es infrecuente que la pura autonomía de los criterios técnicos origine dificultades, y<br />
retrasos en la tramitación de las Normas (incluso con repetición de Avance). Sin emb argo, en la mayo ría<br />
de los casos, la experiencia nos informa que ta les ins trucc iones prev ias se dan d e hec ho, por lo que<br />
dichos Avances, a lo largo de su redacción pasan por el filtro de los criterios, urbanísticos, ideológicos,<br />
de gestión, etc., del equipo de gobierno municipal, ó en el mejor de los casos, de la Corporación. De<br />
lo que se desprende una devaluación de los mecanismos de participación pública aplicados en el<br />
proces o de elaboración del planea miento u rbanístico .<br />
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Siguiendo el hilo del discurso anterior, y considerando que la labor de redacción del Avance es la fase<br />
más trascendental del proceso de revis ión de l plane amie nto general de l mun icipio, resu lta inevitable<br />
concluir que, por princip ios bá sicos de r acion alidad meto dológ ica y d e dem ocra cia pa rticipa tiva, es<br />
imprescindible que tal tarea se vea precedida por la adopción formal de lo que se puede denominar<br />
como Bases Urbanísticas para la Revisión de las NNSS . Bases que se constituyen en el marco de<br />
principios teóricos en el que el Ayuntamiento deberá tomar todas las decisiones subsiguientes referentes<br />
a la Revisión de las Normas, y que además, proporciona las instrucciones básicas para la redacción del<br />
Avance de Planeamiento. D ada su importan cia clave en la formulación del nuevo planeam iento<br />
urbanístico del municipio, la adopción de estas Bases, debe conllevar las garantías de una plena<br />
participación ciudadana.<br />
En func ión de estas reflexion es, el Ayuntam iento de Idia zaba l cons ideró nece sario y oportuno adoptar un<br />
proceso de Revisión de las NNSS, que quedaría ordenado en cinco fases consecutivas de redacción y<br />
tramitación:<br />
- Primera Fase. En la que se inscriben las tareas que a continuación se citan.<br />
* Red acción de l INFORME URBANISTICO GENERAL, dirigido a:<br />
- Proporcionar un panorama lo más am plio posible del estado urbanístico actual del Municipio,<br />
a través del análisis y valoración del contenido del documento de las NNSS vigentes, del<br />
desarrollo hasta hoy de sus determinaciones y de la problemática sobrevenida desde su<br />
aprobación.<br />
- Definir las coordenadas socio-urbanísticas, y las derivadas del marco legal y del planeam iento<br />
supramunicipal, en las que se deberá mover la Revisión.<br />
- Formular una Propuesta de Bases Urbanísticas que sirvan de directriz en el proceso de<br />
Revisión y en la formulación de las propuestas de ordenación que deben efectuarse dentro del<br />
mismo.<br />
* Som eter a expo sición púb lica el citado Informe Urbanístico General, promover su difusión entre los<br />
diversos agentes sociales, culturales, económicos, políticos, etc. del Municipio.<br />
* Rec abar el posicionam iento de dic hos agen tes re specto de la propuesta de Bases Urbanísticas para<br />
la Revisión , contenidas en el Informe Urbanístico General.<br />
- Segunda Fase. En la que la Corporación Municipal, a la vista del contenido y de las propuestas del Informe<br />
Urbanístico Gen eral, y del resultado de la participación pública promovida en torno a este d ocum ento, m ediante<br />
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acuerdo form al establecerá las BASES URBANISTICAS DE LA REVISION DE LAS NNSS. Bases que<br />
constituyen de hecho la primera definición del cuadro de objetivos y criterios generales para la Revisión.<br />
- Tercera Fase. A partir de las mencionadas Base Urbanísticas, se redactará el Documento de AVANCE DE<br />
LA REVISION DE LAS NNSS. Que será sometido a exposición pública, adoptando al efecto los medios<br />
necesarios para fomentar su difusión y el posicionamiento de los diversos agentes sociales, culturales,<br />
económicos, políticos, etc. del Municipio.<br />
- Cuarta Fase. En la que la C orporac ión Municipal, a la vista del contenido y de las propuestas del Avance de<br />
la Revisión, del resultado de la participación pública promovida en torno a este documento, y de los informes<br />
técnicos sobre las alegaciones presentadas, mediante acuerdo formal, aprobará los CRITERIOS Y<br />
SOLUCIONES GENERALES DE LA REVISION DE LAS NNSS.<br />
- Quinta Fase. A partir de las directrices dimanantes del citado a cuerdo se redactará el docum ento<br />
correspondien te al PROYECTO DE LAS NNSS REVISADAS. Proyecto que d eberá se r som etido a la tramitación<br />
prevista al efecto en la legislación urbanística vigente.<br />
1.4.- Prim era Fas e de la revisión de las N NSS d e Idiazabal. El Info rme U rbanístico General.<br />
El Pleno del Ayuntamiento de Idiazabal, con fecha 18 de Diciembre de 2003, acordó adjudicar la redacción del<br />
INFORME URBANIST ICO G ENER AL. Una vez redactado este documento fué expuesto al público, po r Decre to<br />
de Alcaldía de 22 de Noviembre de 2004 ( publicado en el BOG el 29-11-2004), por un plazo de tres meses. En<br />
el Anejo nº 1 se adjunta copia del Indice del contenido de dicho Informe.<br />
A fin de propiciar la divulgación del contenido de este Informe General, el Ayuntamiento editó y distribuyó a cada<br />
vivienda del m unicipio un FOLLETO-RESUMEN del mismo, y organizó una jornada informativa de presentación<br />
el 26 de Enero de 2005. En dicha re unión se sugirió al Ayun tamiento la conveniencia de promover una<br />
ENCUESTA sobre la propues ta de Bases Urbanística s par a la Revisión, contenida s en d icho Informe Gen eral,<br />
“a fin de favorecer la participación ciudadana y de conocer las opiniones del mayor número posible de residentes<br />
de Idiazabal.”<br />
La mencionada encuesta se llevó a cabo a lo largo del mes de Marzo de 2005. Plazo en el que fueron<br />
cumplimentados 42 formularios. Posteriormente, el resultado de la misma fué analizado en un informe ( se<br />
adjunta copia en el Anejo nº 2) que concluye, por un lado, “que una mayoría numéricamente muy cualificada<br />
de los encuestados otorga el visto bueno a las Bases de la Revisión de las NNSS, propuestas por el Informe<br />
Urbanístico gene ral”, y por otro , “que de la encuesta surgen determinadas aportaciones valiosas, que<br />
complementan, o matizan dichas Bases, y que deberían ser tenidas en cuenta” .<br />
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Las conc lusion es de la enc uesta fue ron e xpuestas y deb atidas en la sesión pública celebrada el 25 de Junio de<br />
2005.<br />
1.5.- Segunda Fase de la revisión de las NNSS de Idiazabal. Las Bases para la Revisión.<br />
La Corporación Municipal en sesión plenaria de fecha 30 de Junio de 2005, una vez ponderados todos los<br />
antecedentes del proceso de Revisión de las NNSS llevado a cabo hasta el momento, adoptó el acuerdo de:<br />
1º- Aprobar las Bases Urbanísticas para la Revisión de las NNSS de Idiazabal, contenidas en el Informe<br />
Urbanístico General que ha sido expuesto al público.<br />
2º- Aprobar la incorporación a las citadas Bases de los conceptos resu ltante s de la encuesta pública<br />
efectuada. (a continuación se citaban nueve conceptos)<br />
3º- Poner en marcha la adjudicación de la redación de la Revisión de las Normas Subsidiarias, cuyo<br />
primer documento corresponderá al Avance, que desarrolle las Bases Urbanísticas aprobadas en los<br />
puntos 1 y 2 de este acuerdo.”<br />
En el Anejo nº 3 de esta <strong>Memoria</strong>, se adjunta texto literal de este acuerdo aprobatorio.<br />
1.5.- Tercera Fase de la revisión de las NNSS de Idiazabal. El Avance de la Revisión.<br />
El objeto del presente documento es la formulación del Avance de la Revisión de las Normas Subsidiarias de<br />
Planeamiento Urbanístico del Municipio de Idiazabal. Su fin, es el de proponer las líneas básicas de la futura<br />
ordenación del territorio municipal y de su estructuración urbana, con una pers pectiva temp oral d e des arrollo<br />
de 12 años, en la que se pretende dar respuesta tanto a la problemática diagnosticada por los estudios<br />
preparatorios ya redactados, como a las nuevas necesidades que se plantean, en lo referente a vivienda,<br />
actividades económicas, equipamiento y espacios públicos, red viaria, recorridos pea tonales y ciclistas, etc..<br />
Tal propuesta de ordenación, debe adoptarse atendiendo a las Bases Urbanísticas para la Revisión de las<br />
NNSS, ya aprobadas por el Ayuntamiento.<br />
En función de la metodología adoptada para esta Revisión de NNSS, de forma previa a la redacción de este<br />
Avance, ya se cuenta con unas Bases Urbanísticas (directrices fundamentales de todo orden) adoptadas<br />
formalmente tras un proceso de participa ción púb lica. De lo que se deduce que su función no es ya la de un<br />
docume nto plena me nte abierto , destinado al es tudio y lpond erac ión de altern ativas de ordenación y a la<br />
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formulación del cuadro de objetivos y criterios generales, sino la de avanzar en la concreció n inicia l de la<br />
ordenación de territorio municipal, aportando al efecto un conjunto de propuestas que deben quedar inscritas<br />
en el modelo específico de estructura urbanística y en el listado de objetivos y directrices, previamente definidos<br />
por las citadas Ba ses.<br />
1.6.- Equipo redactor.<br />
Este documento de Avance ha sido elaborado con la participación de:<br />
- Por parte de Zubiondo A rkitektoa k E.M,:<br />
Manuel Jiménez, Arquitecto.<br />
Ibon Ro sales, Arquitecto<br />
- Asesoría Jurídica: Teodoro Cacho Etxeberria, Abogado.<br />
- Estudio de Evaluación de Impacto Am biental: Ekos Estu dios Am bientales S.L..<br />
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IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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13<br />
2. EL AVANCE DE LA REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL.<br />
2.1.- Contenid o con ceptu al.<br />
Las Normas Subsidiarias Revisadas de Idiazabal (o en su caso, el nuevo Plan General de Ordenación Urbana),<br />
en primer término, son un Proyecto de ordenación de ámbito municipal, por el que se adopta un modelo de<br />
organización de las redes de infraestructuras y de los diversos usos del suelo, en cajado en el contexto del Area<br />
Funcional del Goierri.<br />
Pero principalm ente constituyen un Proyecto de Desarrollo Urbano, es decir, un Proyecto que además de<br />
atender al CUÁNTO, DÒNDE y CÓM O de las intervenciones urbanísticas previstas (cuantificación,<br />
emplazamiento, definición física y regulación normativa de las mismas), responda también al CUÁNDO y<br />
al CON QUÉ MED IOS van a ser llevadas a cabo tales intervenciones (program ación tem poral, ges tión, y<br />
financiación de su ejecución). Es decir, que su alcance y contenido es asimilable a la de cualquier proyecto<br />
técnico, dirigido a la materialización de determinados objetivos.<br />
Aunque el Avance se sitúa en un nivel preliminar de la redacción del citado Proyecto, que en nuestro caso<br />
propiam ente podría denominarse com o Ante proyec to de la Revisión de las NNSS, se considera oportuno que<br />
form ule no sólo el esbozo de la propuesta de ordenación, sino también, dentro de los límites de concreción que<br />
le son pro pios, los principios básicos de cara a la program ación y ejec ución de la mism a.<br />
Su contenido, aborda exclusivamente los temas más relevantes que se suscitan de cara a la ordenación del<br />
municipio, y que ya han sido señalados por las mencionadas Bases U rban ística s, Por lo que se d ejan para la<br />
posterior fase de redacción del Proyecto de Revisión aquellos de m enor rang o estructu ral, o lo s rela tivos a la<br />
clasificación, calificación y división territorial pormenorizada del suelo, así como al desarrollo, gestión y ejecución<br />
de la ordenación propuesta y a la concreción de las determinaciones normativas del Plan.<br />
2.2.- Contenid o form al.<br />
El Avance de la Revisión de las Norm as Sub sidiarias de Planeam iento urba nístico de l Municipio de Idiazabal<br />
queda integrado por los siguientes documentos:<br />
- Informe Urbanístico General (fechado en Octubre de 2004), al que nos hemos referido en el apartado<br />
1.4 de esta <strong>Memoria</strong>.<br />
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14<br />
- <strong>Memoria</strong> y planos contenidos en el presente documento de Avance.<br />
- Estudio d e Evaluación Conjunta de Impacto Amb iental, redac tado por Ekos Estudios Amb ientales S.L.,<br />
y que acompaña el presente Avance.<br />
2.3.- Tramitación y pa rticipació n púb lica.<br />
Considerando la inmediata entrada en vigor de la Ley del Parlam ento Vasco 2/2006, de Suelo y Urbanism o, y<br />
conforme a lo dispuesto por su Disposición Transitoria Segunda, la presente revisión del planeamiento debe<br />
sujetarse a lo previsto por la misma.<br />
En orden a su tramitación, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 87 y 90 de la nueva Ley 2/2006,<br />
este Avance, conjuntamente con el Informe Urbanístico General y con el Estudio de Evaluación Conjunta de<br />
Impacto Ambiental , referidos en el epígrafe anterior (2.2) de esta <strong>Memoria</strong>, deberán ser expuestos al público,<br />
al menos, por un plazo de dos meses, al objeto de que dura nte el mismo pued an fo rmulars e sug eren cias, y,<br />
en su caso, otras alternativas de ordenación, por corporaciones, asociaciones y particulares.<br />
Simultáneamente, y en cumplimiento de de lo previsto e n el artículo 8.1 del De creto 183/2003 de 2 3 de J ulio<br />
por el que se regula el procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental, procedim iento al que la<br />
Revisión de las NNSS queda sometida según lo estipulado por el art. 46 de la Ley 3/1998 de 27 de Febrero de<br />
Protección del Medio Ambiente del Pais Vasco, el Ayuntamiento remitirá tales docum entos al Organo<br />
Medioambiental de la Diputación Fo ral de Gipúzkoa, solicitando la emisión del inform e preliminar de im pacto<br />
am biental.<br />
Así mismo, si el Ayu ntam iento lo estimara oportuno, podrá evacuar consultas directas con los Departamentos<br />
de Urbanismo, Medio Ambiente, Cultura, Aguas, Carreteras, etc.. del Gobierno Vasco y Diputación Foral, a cerca<br />
de los plan teamientos y prop uestas del Avance.<br />
El proceso de participación pública, correspondiente a la fase que nos ocupa, tendrá por objeto verificar el grado<br />
de correspondencia de las propuestas del Avance con las Bases Urbanísticas adoptadas previamente por el<br />
Ayuntamiento, comprobar la corrección urnasnística de dichas propuestas, y determinar la procedencia de su<br />
confirmación, ó en su ca so, de rec tificac ión. El prog ram a de fom ento de la participación pública, para esta fase<br />
de la Revisió n de la s NN SS, c onsistirá a l menos, en la in clusión en la pág ina web de l Ayuntam iento toda la<br />
documentación técnica del Avance y del EECIA, en la distribución entre los residentes del municipio de un folleto<br />
resumen del contenido del Avance, en la celebración de una sesión explicativa abierta a llevar a cabo por el<br />
equipo reda ctor, y en la puesta en marcha d e un m ecanism o de inform ación directa a los p articu lares a todo lo<br />
largo del período de exposición pública (consulta con cita previa), según horario a determ inar.<br />
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15<br />
Por último, la Corporación, a la vista de los informes sobre los escritos de sugerencia que se puedan presentar<br />
en el período de ex posición p ública y de todas las actuaciones del expediente, acordará formalmente lo que<br />
proceda en cuanto a las directrices urbanísticas (criterios y soluciones generales), con arreglo a las cu ales haya<br />
de culminarse la redacción del Proyecto de Re visión de las NNSS de Idiazabal. A este nivel confirmará, o en su<br />
caso modificará, las Bases Urbanísticas que han servido de marco de redacción del presente Avance.<br />
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3. ESTADO URBANÍSTICO ACTUAL DEL MUNICIPIO DE IDIAZABAL<br />
(ver planos adjuntos nº 1.1, 1.2 y 1.3)<br />
En el llamado “Informe Urbanistico General para la Revisión de las NNSS de Idiazabal” redactado en 2004, se<br />
efectúa una d escripció n, análisis y diagn óstico por menoriza do de la situación urbanística actual del municipio,<br />
así como de la evolución de dicha situación desde 1987, fecha en la que entraron en vigor las actuales Normas<br />
Subsidiarias.<br />
Entendemos innecesario reproducir, ó resumir aquí dicho estudio, y nos remitimos a él por motivos de rigor<br />
técnico. No obstante a efectos de referencia, a continuación aportamos un conjunto de indicadores básicos,<br />
entresacados del citado Inform e General, que caracterizan dicho estado urbanístico (2004):<br />
- Em plazamie nto territoria l del Municipio: Area F uncional d el Go ierri.<br />
- Superficie del Mu nicipio: 2.950 Has.<br />
- Superficie ocupada por el desarrollo urbano: 62,78 H as.(2,12% del T .M.)<br />
- Estructura de usos urbanos globales (suelo desarrollado: Residencial - 13,30 Has. (21,18%); Industrial<br />
- 43,80 Has. (69,77%); Dotaciones Públicas - 5,68 Has. (9,05% ).<br />
- Numero de viviendas urbanas existentes: 725 viv.<br />
- Densidad media del suelo residencial: 54 viv/Ha.<br />
- Estructura tipológica residencial: Unifamiliares - 92 viv. (12,8%); Plurifamiliares - 627 viv. (87,2%).<br />
- Procentaje de viviendas urbanas vacías: 13,5%<br />
- Ocupación m edia de vivienda urbana : 2,10 personas/viv.<br />
- Población del Mu nicipio: 2.149 hat.<br />
- Población residente en el C asco U rbano: 1.4 81 hat.<br />
- Pirámide de edades de la población: 0-19 años = 16,7%; 20-64 años = 64,58%; Más de 64 años =<br />
18,73% .<br />
El estado de las reservas de suelo calificado, aún por ejecutar, a fecha de hoy (Agosto de 2006)es el siguiente:<br />
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17<br />
A- Respecto del uso residencial, la reserva teórica es de 40 viviendas, aunque a la vista de las<br />
circunstancias reales de ge stión que g ravitan sob re los solar es va cantes, podría cons idera rse ya<br />
agotada la cap acidad de crec imie nto re siden cial.<br />
B- En el suelo indus trial la situación de agotamiento es semejante, ya que la reserva para nuevas<br />
empresas se concreta exclusivamente en un solar con destino terciario, ubicado en el sector de<br />
promoción municipal 13.1 (Guardi), y que el resto de las reservas están vinculadas a la expansión de<br />
empresas concretas ya existentes.<br />
C – Res pecto del uso d e equ ipam iento com unitario, sin em barg o, la situación ac tual pe rmite la<br />
construcción de un nuev o edif icio so cio-c ultura l en el A rea d e Pilar enea, asi como la intervención de<br />
acondicionamiento del edificio de las antiguas escuelas, como nuevo Udal Etxea.<br />
Des de el p unto de vis ta grá fico, lo s plan os nº 1.1 y 1.2 y 1.3, de este Ava nce dan referencia del estado actual<br />
del desa rrollo urba no de l Mun icipio de Idiazabal y de s u em plazamie nto en el ter ritorio com arca l. Por otra parte,<br />
y con u n valo r pura me nte de referen cia espacial para la descripción de las propuestas a efectuar por el Avance,<br />
en el plano nº 1.3 se han delimitado y denominado las diversos ámbitos urbanos existentes en el Municipio.<br />
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18<br />
4. EL MARCO PARA LA REDACCION DEL AVANCE.<br />
4.1.- Las Bases de la Revisión de las NNSS.<br />
Tal y com o ya se ha mencionado en un epígrafe 1.5 de esta <strong>Memoria</strong>, la Corporación Municipal, en sesión<br />
plena ria de fecha 30 de Junio de 2005, dejó perfectamente definidas las Bases para la Revisión de las Normas<br />
Subsidiar ias de Pleneam iento Urba nístic o de Idiazabal.<br />
El Pleno, al aprobar dichas Bases, dió po r bue nas las propuestas en e l Informe Urba nístic o Ge nera l y añad ió<br />
un grupo de 9 Bases Complementarias, resultantes del proceso de participación pública organizado en torno al<br />
citado Informe.<br />
Por lo tanto, el contenido de las aludidas Bases ( apartado IV.3 del Informe Urbanístico General para la revisión<br />
de las NNSS de Idiazabal- - Octubre 2004), y el texto del ac uerdo aprobatorio de las m ismas (ver An ejo nº 3 de<br />
esta <strong>Memoria</strong>) constituyen el cuerpo teórico y el panel inicial de objetivos y criterios generales , en los que debe<br />
apoyarse la propuesta de ordenación del Avance.<br />
Estas Bases quedan ordenadas en tres niveles:<br />
A.1- Bases conceptuales del proceso de Revisión de las NNSS.<br />
A.2- Bases para formular el Modelo de Ordenación del municipio.<br />
A.3- Bases para la Ordenación pormenorizada de los diversos ámbitos urbanos consolidados.<br />
4.2.- El planeam iento supram unicipal.<br />
El denominado “Informe Urbanístico General para la Revisión de las NNSS de Planeamiento de Idiazabal”, como<br />
cuerpo de información y de diagnóstico urbanístico, queda unido al presente Avance. En su capítulo III.3, se<br />
analiza la incidencia que se deriva de los diversos instrumentos de ordenación territorial (unos ya en vigor, y<br />
otros en fase de tram itación) de cara a plan tear la nuev a ord enación urba nístic a del m unicipio de Idiaza bal.<br />
A continución quedan enunciados los citados planes, que son una obligada referencia para redacc ión de este<br />
Avance:<br />
- Definitivamente aprobados.<br />
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19<br />
* Directrices de Ordenación del territorio de la CAPV. Aprobadas definitivamente el 11 de<br />
Febrero de 1997.<br />
* Plan Territorial Sectorial de ordenación de ríos y arroyos de la CAPV. Aprobado<br />
definitivamente el 22 de Diciembre de 1998,<br />
* 2º Plan General de Carreteras de la CAPV 1999-2010. Aprobado defin itivam ente el 8 de Junio<br />
de 1999.<br />
* Plan Territorial Sectorial de creación pública de Actividades Económicas y Equipamientos<br />
Com erciales. A probad o definitivam ente el 21 d e Diciem bre de 2004.<br />
- En tram itación:<br />
* Plan Territorial Sectorial de Promoción Pública de Vivienda de la CAPV. Avance expuesto al<br />
público en Octubre de 2003.<br />
* Plan Territorial Sectorial Agroforestal de la CAPV. Aprobación inicial 10 de Enero de 2005.<br />
* Plan Territorial Parcial del Area Funcional Beasain-Zumárraga (Goierri). Aprobación inicial de<br />
14 de Enero de 2003.<br />
De las determinaciones de planes de ordenación territorial aquí no citados, en principio, no se deducen<br />
propuestas que puedan condicionar directamente la formulación del Avance de Revisión de las NNSS de<br />
Idiazabal.<br />
4.3.- La legislación urbanística.<br />
A continuac ión se apor ta un listado de la s principales disposiciones legales, actualmente vigentes, a las que<br />
debe som eters e la redacción de la R evisió n de la s NN SS d e Idiazaba l,<br />
* Legislación estatal plena y básica:<br />
- Ley 6/1998, sobre Régim en del Su elo y Valorac iones.<br />
- RDLeg 1/1992, del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del suelo y Ordenación Urbana (en la<br />
parte no anulada por la STC de 20 de marzo de 1.997).<br />
* Legislación estatal supletoria:<br />
- RD 1346/1976, del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del suelo y Ordenación Urbana.<br />
- RDLey 16/1981, de adaptación de Planes Generales de Ordenación Urbana.<br />
* Legislación auton ómica:<br />
- Ley 4/1990, de Ordenación del Territorio del País Vasco.<br />
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20<br />
- Ley 6/2006 de 30 de Junio, de Suelo y Urbanismo, que será de plena aplicación el próximo 20 de<br />
Setiembre de 2006 , y que deroga la siguiente normativa, aún en vigor en el momento de redacción del<br />
presente Avance. (Agosto 2006):<br />
- Ley 17/1994, de Medidas Urgentes en materia de vivienda y tramitación de instrumentos de<br />
planeamiento y gestión urbanística.<br />
- Ley 3/1997, por la que se establece la participación de la Comunidad en las plusvalías<br />
generadas por la acción urbanística.<br />
- Ley 5/1998, de medidas urgentes en materia de régimen del suelo y ordenación urbana.<br />
- Ley 11/1998, de modificación de la Ley por la que se determina la participación de la<br />
Com unidad en las plusvalías generadas por la acc ión urban ística (en la p arte no anulada por<br />
la STC de 27 de febrero de 2.002).<br />
- Ley 20/1998, de Patrimonios Públicos del Suelo.<br />
* Normativa estatal de desarrollo:<br />
- Reglamentos de desarrollo de la Ley del Suelo de 1.976 (RD 2159/1978, de planeamiento urbanístico;<br />
RD 3288/1978, de gestión urbanística; y RD 2187/1978, de disciplina urbanística)<br />
- RD 1093/1997, sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de naturaleza urbanística.<br />
Además de la normativa de contenido netame nte urban ístico , la labor de planificar y ejecutar lo planifica do está<br />
vinculada por un conjunto enormemente complejo y variado de normas, que conviene relacionar teniendo en<br />
cuenta las peculiaridades d el mun icipio de Idiazabal:<br />
* Norm ativa es tatal sectorial.<br />
- RDLeg. 1/2001, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.<br />
- Ley 19/1995, de modernización de las explotaciones agrarias.<br />
- RD Leg. 1302/1986, de Eva luación de Imp acto Am biental.<br />
- R.D.Leg. 30 de Setiembre de 1998 . Reglamento de evaluación de impacto ambiental de proyectos.<br />
* Norm ativa se ctorial au tonómica y foral:<br />
- Ley 16/1994, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.<br />
- Ley 3/1998, de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.<br />
- Ley 20/1997 para la promoción de la accesibilidad y sus normas técnicas de desarrollo.<br />
- Ley del Patrimonio Cultural Vasco de 4 de Diciembre de 1997.<br />
- Ley 1/2006, de Aguas.<br />
- Dec reto 1 83/2003 que regula el procedim iento de ev aluac ión de impacto am biental.<br />
- Decreto 168/1997, en el que se regulan las Explotaciones Agrarias Prioritarias en la Comunidad<br />
Autónoma del País Vasco y se determinan las unidades mínimas de cultivo en los distintos Territorios<br />
Históricos y Comarcas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.<br />
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21<br />
- Decreto de 30 de Diciembre de 2002, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del pa trimonio<br />
urbanizado y edificado.<br />
- Norma Foral 6/1994, de Montes de Gipuzkoa.<br />
- Norma Foral 17/1994, de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa.<br />
- Norma F oral 11/2005, de modificación de la Norma Foral 17/1994, de Carreteras y Caminos de<br />
Gipuzk oa.<br />
- Orden Foral de 12 de Mayo de 2004 de aprobación del Plan de gestión del visón europeo.<br />
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22<br />
5. OBJETIVOS Y CRITERIOS ADOPTADOS PARA LA REVISION DE LAS NNSS<br />
Como ya hemos indicado en epígrafes anteriores las Bases Urbanísticas apro badas po r el Ple no de 30 de Junio<br />
de 2005 , constituye n las d irectrices en las que d ebe q uedar ap oyada la propuesta de ordenación a adoptar por<br />
este Avan ce de Revisión d e las N NSS de Idiazabal.<br />
A partir del contenido de dichas Bases. se ha procedido a formular el cuadro específico de objetivos y criterios<br />
para la Revisión de las NNSS.<br />
A modo de reflexión prelimina r, se considera oportuno subrayar que la situación urbanística de partida es, hoy<br />
día en Idiazabal, totalme nte diferen te a la que e ntre 1977 y 1987 el Ayuntamiento se tuvo que enfrentar, cuando<br />
se redactaron y tramitaron las Normas que ahora se pretenden revisar. La necesidad de respuesta a unos<br />
problemas diferentes y la evolución de los criterios de actuación municipal obligan ahora a adoptar una filosofía<br />
de planeamiento también diferente.<br />
* El Plan General de Ordenación Urbana que se revisó a partir de 1977 estaba fuerteme nte<br />
condicionado por los derechos de aprovechamiento consolidados por el planeamiento de<br />
desarrollo y su ejecución (aprovechamientos que desbordaban los límites racionales de las<br />
necesidades y expectativas de crecimiento que entonces se planteaban). Lo cual supuso que<br />
las NNSS obligatoriamente mantuvieran dichos aprovechamientos y se centraran en la<br />
optim ización del dis eño urba no, en la mejora del eq uipam iento com unitario y en la<br />
racionalización de los límites de las unidades de gestión. Hoy día, sin em bargo, el cump limiento<br />
casi total de los objetivos y propuestas de las NNSS, y el práctico agotamiento de todas las<br />
reservas de suelo resid encial e ind ustria l, coloca al A yuntamie nto en un “escenario ce ro”, sin<br />
hipoteca previa alguna, que le permite adoptar libremente los criterios cuantitativos y cualitativos<br />
y las reglas de juego de cara a la ordenación y reca lificac ión de l suelo . Esc enario, en princ ipio<br />
cómodo, pero que entraña gran responsabilidad hacia el futuro.<br />
* El concepto limitativo en la calificación de nuevo suelo exterior al tejido del Casco, que<br />
adoptaron las NNSS de 19 87, debe c onsidera rse c om o m uy ace rtado , a la vista de la<br />
experiencia. Ya que por un lado, ha dado lugar a la situación actual de ausencia de pies<br />
forzados para la nueva ordenación, y por otro, ha permitido en los últimos años la adecuación<br />
puntual de la determinaciones de ordenación de las Normas (Modificaciones) y la decisiva<br />
actuación del Ayuntamiento en suelos urbanísticamente idóneos, sobre los que no planeaban<br />
falsas expectativas, o movimientos especulativos.<br />
* Ha quedado comprobado una vez má s, que la en trega incon dicion al a propietarios privados<br />
de nuevos derechos edificatorios , no ha generado en el Casco de Idiazabal una oferta eficaz<br />
de suelo residencial, sino, en la generalidad de los casos, el bloqueo y retención de los solares,<br />
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23<br />
a libre criterio de los particulares.<br />
* La situación urbanística actual de Idiazabal , no es solo el resultado de la variación de la<br />
coyuntura económica del pais, o del mercado inmobiliario, ó bancario, sino principalmente de<br />
la decidida actuación municipal que ha aprovechado las particularidades del municipio para<br />
impulsar una política de:<br />
- Reequipam iento y reurbanización, elevando notáblemente la calidad de vida y el nivel<br />
de bienestar de los residentes.<br />
- Oferta pública de vivienda y de parcelas residenciales urbanizadas a precio tasado,<br />
respondiendo no puntualmente, sino en continuidad,a una dem anda social hasta ahora<br />
no atend ida.<br />
- Oferta pública de suelo urbanizado indu strial, continua y cuantitativamente reseñable,<br />
con vistas a la mejora socio-económica del municipio.<br />
- Recuperación eficaz de las plusvalías generadas por la acción urbanística para<br />
beneficio de toda la C om unida d Mu nicipa l.<br />
- Intervención como agente de gestión urbanística, no solo en promociones propias,<br />
sino también en particulares, lo que ha supuesto un apoyo muy positivo en la ejecución<br />
del planeamiento.<br />
5.1.- Objetivos y criterios generales<br />
5.1.1 . Relativ os a la estuctu ración del desarrollo y a la ocup ación del sue lo.<br />
- Mantenimiento y potenciación del modelo urbano actualm ente conformado en el municipio (esquema<br />
lineal abierto y polinuclear) . Frenando las tendencias de conurbación sin solución de continuidad , para<br />
no desvirtuar las formas y los límites admisibles de ocupación del territorio, que gara ntizan la<br />
perm anencia y operatividad de sus cualidades organizativas del espacio urbano, ambientales,<br />
paisajísticas, etc. Y reforzando la funcionalidad y el significado urbano de los elementos naturales<br />
(cauces), infrae struc turale s y de e quipa miento colectivo, sobre los qu e que da ar ticulado el citado<br />
modelo, mediante las aportaciones necesarias para mantener el equilibrio de usos, la funcionalidad<br />
urbana y el nivel de calidad de vida alcanzados.<br />
- Aprovechar la capacidad autoregenadora y la po tencialidad funcional del tejido urb ano ya existente<br />
(esquema organizativo, accesibilidad rodada y peatonal, redes de infraestructura y sistema de<br />
dotaciones públicas y equipamiento com unitario), moderando así la necesidad de ocupación y<br />
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24<br />
urbanización de nuevo suelo. E n este sentido deben impulsarse las opera ciones d e rehabilitación tanto<br />
de zonas residenciales, como industriales, el estudio del aprovechamiento racional de locales de planta<br />
baja, entreplantas y bajo cubiertas de edificios residenciales ya construidos, el fomento de la reutilización<br />
de la vivienda vacía, la recuperación de zonas industriales que pudieran quedar obsoletas para usos de<br />
actividades económicas más cualificadas, etc.<br />
- Dirigir prioritariamente la ocupación de nuevo suelo al aprovechamiento y rentabilización de uso, de<br />
los intesticios y vacíos urbanos existentes. Vacíos no sólo interiores a la trama a conso lidar, sino<br />
también los resultantes entre ésta y los límites espaciales que imponen las grandes infraestructuras<br />
viarias periféricas (variante de la CN-1), o la orografía del medio físico, ya que poseen capacidad para<br />
acoger nuevos crecimientos, para mejorar la estructuración urbana, o para abordar problemas que<br />
afectan a las áreas colindantes.<br />
- Rec haza r la ocupación, por nuevos crecimientos urbanos, de suelo rústico de especial protección (por<br />
sus valores productivos, naturalísticos, paisajísticos, geomorfologícos, por afección a aguas<br />
subterráneas, zonas inundables, otras zonas de riesgo, etc.). Igualm ente se conside ra urban ísticam ente<br />
inapropiada la interferencia de los nuevos desarrollos con una orografía desfavorable (topografía,<br />
pendientes, etc.), con las barreras urbanísticas y ambientales (variantes, red comarcal, etc.), o con<br />
situaciones de integración dificultosa en la estructura urbana. En este sentido, deben evitarse nuevas<br />
ocupaciones de suelo en la ribera del Oria y limitarse a lo estrictamente necesario, en una zona<br />
inmediata al Casco, en la ribera del Ursuarán.<br />
- Seleccionar las áreas de nuevo desarrollo urbano, entre los suelos más aptos físicamente, que se<br />
integren con normalidad en la lógica estructural de ordenación territorial del m unicipio en gene ral y del<br />
Casco urba no en partic ular y en sus líneas maestras d e crecim iento, que colaboren a completar y<br />
mejorar la ordenación y el equipamiento del tejido existente, y que, en todo caso, no supongan un<br />
mo delo finalista, ni generen situaciones irreversibles, ni hipotecas a futuros planteamientos alternativos<br />
de ordenación. En este sentido se considera com o esp acio estra tégico, tanto el fo ndo de Valle de l Oria<br />
(aguas arriba de Ampo) como el del Ursuarán, entre Maubía y su desembocadura en el Oria, por lo que<br />
debería descartarse su ocupación.<br />
- Impedir la ocupación urbana extensiva hasta el agotamiento último del suelo dispo nible. Des carta r la<br />
adopción de densidades poblacionales, intensidades de uso, tipologias edificatorias, morfologías<br />
urbanas y emplazamientos que conlleven el despilfarro territorial, económico, etc. En función de esta<br />
base, debe limitarse la implantación de nuevas áreas residenciales de tipo ciudad-jardin, las densidades<br />
bajas, las actividades económicas que requieran grandes playas de aparcamiento, o extensos parques<br />
de almacenam iento al aire libre, e tc. y debe propiciarse el modelo de ciudad compacta (no difus a) y la<br />
zonificación com pleja, lo cual no tie ne po r que implicar la sobr eexplotación urbana del suelo, el<br />
infraequipamiento, o un crecimiento inarticulado en forma de marcha de aceite.<br />
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- Cuantificar el desa rrollo urban o y el suelo de nueva ocupac ión nece sario, a partir de hipó tesis<br />
racionales y realistas, que deben form ularse en base fundam entalm ente a las e xpectativas de la prop ia<br />
dinámica de crecimiento municipal (valoración de la experiencia del período 1987-2004), a los límites<br />
temporales adoptados por la Revisión para la ejecución de sus propuestas (máximo 8-12 años), y<br />
principalm ente a la capacidad real del territorio municipal para acoger tal desarrollo, una vez aplicados<br />
los parámetros de selección más arriba enunciados.<br />
- Aplicar los princ ipios d e sos tenibilidad relativos a ocupación de suelo, a emplazamiento y<br />
estructuración de los usos urbanos y a su relación con el territorio, al respeto al medio natural y a los<br />
valores socio-cu lturale s del m unicipio, a la movilidad y transporte , a los están dares d e equipamiento y<br />
de calidad de vida, etc.<br />
5.1.2 . Relativos a la calificación del sue lo<br />
A- Vivienda: Los objetivos y criterios a los que deberá responder la ordenación del suelo residencial<br />
son las siguientes:<br />
- Continuidad y desarrollo de la estructura urbana básica adoptada para el Casco de Idiaza bal,<br />
por las NNSS hasta hoy vigentes. A la que se debería incorporar como eleme nto estructurante<br />
a valorizar, el río Ursuarán en su tramo urbano, que hasta hoy, en las Normas a revisar, apenas<br />
tiene una presencia discreta en la ordenación del Casco.<br />
- Aprovechamiento de la potencialidad de las pocas unidades residenciales aún no ejecutadas,<br />
en su función de elementos de remate y regeneración del tejido urbano consolidado.<br />
Desbloqueo de su gestión. (Areas nº 1-7, 2-3, 4-2 y 4-4)<br />
- Ocupación prioritaria de los suelos con evidente vocación residencial, en función de sus<br />
características físicas (pendientes, accesibilidad, costos de urbanización, etc.), y de su<br />
inmediatez con la zona urbana ya consolidada y con los núcleos de equipamiento. A tal fin, se<br />
propone que a efectos de selección de la ubicación del princ ipal de sarrollo residencial futuro,<br />
se estudien las posibilidades de los “vacíos” que quedan entre el Casco y la Variante de la CN-<br />
1, desde Maubía a Bere Nahia, y el remate por el Sur del tejido existente a partir de Goatze y<br />
Zepai.<br />
- No ocupación de suelos protegibles por sus valores productivos, ambientales, paisajísticos,<br />
etc., o por su funcionalidad estratégica , o por los riesgos que plantean (inundabilidad,<br />
inestabilidad geológica, etc.). No serán objeto de recalificación residencial los terrenos entre<br />
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el Casco y la carretera a Segura, en el fondo del Valle del Ursuarán y los de la ladera ba ja<br />
(orientación Oes te).<br />
- Restricción de las áreas de baja densidad, a los niveles mínimos necesarios para atender a<br />
una oferta residencial proporcionada (en torno al 15% de las previsiones de crecimiento del<br />
parque de viviendas), y destinando mayoritariamente el nuevo suelo a calificar a densidades<br />
medias (entre 35 y 55 viv./ Ha.).<br />
- Previsión normativa de tipologías de vivienda de pequeño tamaño (apartamentos) y estudio<br />
de la necesidad y posibilidad, no ind iscriminada, de utilización como vivienda, sometida a<br />
determinadas condiciones urb anísticas, de ciertos locales de plan ta baja, entreplantas , y<br />
espacios bajocubierta, ubicados en zonas urbanas conso lidadas, qu e urbanísticam ente<br />
admitan ese tipo de uso.<br />
- Dimensionamiento de la reserva de suelo y vivienda, teniendo en cuenta básicam ente un p lazo<br />
de ejecución de 8 años, (ampliable a 12 año s) y la evolución realista de las necesidades de<br />
desarrollo internas del municipio (en 17 viviendas/año se sitúa el ritmo medio de los últimos 19<br />
años, y en 22 viviendas/año en el ú ltimo dece nio ). Con los índices expresados (permiten que<br />
la intensa dínámica de los últimos años pueda mantenerse durante un período prolongado, una<br />
vez que en la actualidad puede considerarse que el parque de vivienda ya se ha adaptado en<br />
gran medida a las nuevas condiciones sociológicas de la demanda ) y con una estretegia de<br />
recalificación en base a programas fiables de ejecución y a convenios con los propietarios<br />
privados del suelo , queda garantizada una oferta suficien te (sin necesidad de a plicar le nuevos<br />
coeficientes de esponjamiento) para responder tanto a las previsibles n ecesidades de de sarrollo<br />
interno del municipio, como a la demanda de índole comarcal que desde el planeam iento<br />
supram unicipal le se ría atribuible a Idiazabal, en el período establecido.<br />
- Form alización de los Convenios Urbanísticos en aquellas nuevas recalificaciones residenciales<br />
a recoger por la Revisión, en las que sea necesario garantízar las pertinentes cesiones de<br />
aprovecham iento urbanístico, de reservas de VPO , ó la aportación de sistemas generales,<br />
equipamiento y/ó u rbaniza ción, etc.<br />
- Con tinuidad de la política municipal de promoción de nuevas viviendas en régimen de prec io<br />
tasado, a destinar a residentes en el municipio, dirigida prioritariamente a adquirientes de<br />
primera vivienda (jóvenes) y a programas residenciales reducidos (apartamentos de uno y dos<br />
dormitorios), utilizando al efecto las cesiones de apro vech am iento previstas en la L ey y las que<br />
se obtengan por los Convenios a formalizar en relación con las recalificaciones a particulares<br />
y especialmente, el patrimonio de suelo gestionado al efecto mediante adquisición directa por<br />
la Sociedad Municipal Guardigain S.A.. Esta intervención municipal no será menor del 25% del<br />
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total de las viviendas a programar (índice de la construcción de viviendas municipales en los<br />
últimos 10 años ).<br />
- Con independencia de que la norm ativa e n vigo r no obliga e n el m unicipio de Idiaza bal a<br />
efectuar reserva de viviendas a dedicar a algún régimen de protección, la aprobación de las<br />
Bases Urbanísticas de la Revisión, ha determinado que se prevea que al menos el 10% de<br />
todas las nuevas viviendas ordenadas quede destinado específicam ente a la construcción de<br />
VPO. Si fuera preciso, por medio de los Convenios Urbanísticos debe asegurarse el destino a<br />
residentes del municipio del cupo de este tipo de viviendas, que deba ser promovido por<br />
particulares.<br />
- El acuerdo de aprobación de las Bases Urbanísticas determina la necesidad de estudio de las<br />
posibilidades legales de construcción de nuevas viviendas en el barrio de Ursuarán, en su<br />
calidad de núcleo rural aislado.<br />
B- Actividades económicas. Los objetivos y criterios a los que deberá responder la ordenación del<br />
suelo para actividades económicas (industrial y terciario) son las siguientes:<br />
- Las actuales reservas (en la práctica agotadas) de suelo disponible y calificado, no permiten<br />
hacer frente a una demanda de crecimiento a plazo inmediato, no ligado a las ampliaciones de<br />
empresas existentes. Las Bases Urbanísticas aprobadas consideran necesario prever nuevas<br />
reca lificaciones de este tipo de suelo para actividades económicas, cuyo dimensionamiento,<br />
teniendo com o referen cia el ritmo de ocupación medio experimentado desde 1987, su pondría<br />
la necesidad de creación de unas 10 Has., de nuevo suelo industrial para un horizonte de 8<br />
años, destinado a la creación de nuevas empresas.<br />
Independientemente, se debe recabar de las gr andes em pres as ya u bicadas en el m unicipio<br />
(que ocupan unidades territoriales independientes) información a cerca de sus posibles planes<br />
de ampliación a plazo m edio, a fin de estudiar una respuesta urbanísticam ente adecuada a<br />
dicha demanda.<br />
- En la recalificación de suelo industrial, deben estudiarse emplazamientos que no afecten a<br />
ámbitos de alto valor produc tivo, funcional ó estratégico, naturalistico, ó paisajístico, ni a zonas<br />
con riesgo potencial de inundaciones, deslizamientos de tierras, contaminación de aguas<br />
subterráneas, etc. tales como los terrenos del fondo del Valle del Oria, aguas arriba de Ampo.<br />
Esto es, se seleccionará aquella ubicación con me nor im pacto m ediam biental y que, además<br />
sea coherente con la ordenación territorial básica del mu nicipio.<br />
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- Se impedirá la descapitalización del tejido industrial heredado, que provoca la necesidad de<br />
nueva ocupación de suelos exteriores. En este sentido, y ante la hipotética desaparición de una<br />
empresa existente, se propondrá la re conversión de u sos necesaria, predom inantem ente<br />
propiciando la diversificación y recualificación de actividades económicas. En este caso<br />
también, con la reordenación del área se ponderará la posibilidad de mantenimiento de una<br />
parcelación que favorezca la implantación de empresas de tamaño medio y grande,<br />
com pletando así la oferta tipológica del m unicipio<br />
- Mantenimiento del régimen de implantación de usos terciarios en las áreas y sectores con<br />
destino genérico industrial, de las que se excluirían las unidades aisladas ligadas a una única<br />
emp resa, o actividad indu strial.<br />
- Consolidación del Area de Servicios del Alto de Etxegára te, y estudio de la c onve nienc ia<br />
urbanística y de la viabilidad física y legal de que esta zona pueda acoger nuevas actividades<br />
relacionadas con la logística d el Trans porte por Carrete ra.<br />
- Continuidad de la política municipal de promoción de su elo industrial urbanizado en régimen<br />
de precio tas ado, utilizando el patrimo nio de suelo gestion ado al efe cto mediante adquisición<br />
directa por la Sociedad Municipal Guard igain S.A.. Lo cual supondría que no menos del 75%<br />
del nuevo s uelo indus trial a programar debería ser gestionado por el Ayuntamien to (porce ntaje<br />
de intervención m unicipal en los últimos 17 años).<br />
- En caso de demanda de ubicación en el municipio de una nueva iniciativa económica<br />
concreta, que no p ueda ser incorpo rada al su elo a reca lificar, inicialme nte previsto, su<br />
aceptación debería quedar sometida al cumplimiento de los siguientes parámetros:<br />
* Interés de atracción de la actividad, por su entidad empresarial, alto valor añadido de<br />
su producción, características medioambientales positivas, generación directa e<br />
indirecta de empleo, etc.<br />
* Selección del emplazam iento de la actividad, acorde con los criterios urbanísticos<br />
aplicables a la creación de nuevo suelo de actividades económicas, según quedan<br />
definidos en estos objetivos y criterios.<br />
* Pacto m ediante Convenio del cumplimiento de las contraprestaciones urbanísticas<br />
que al efecto se puedan establecer por el Ayuntamiento y de las obligaciones legales<br />
de cesión de derechos que correspon dan al m unicipio.<br />
- El acuerd o de a prob ación de la s Bases Urba nístic as de term ina la necesidad de e studiar la<br />
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posibilidad de reservar un solar para la instalación de un hotel que complete los servicios<br />
turísticos d el mun icipio.<br />
C- Espacios Libres Los ob jetivos y cr iterios a los q ue de berá resp onder la orden ación del s uelo<br />
destinad o a esta d otación son las sigu ientes:<br />
- Consolidar los espacios libres (parques, áreas ajardinadas, plazas y zonas de juego) hoy<br />
existentes.<br />
- Prever la ampliación del Sistema General de espacios libres necesaria para equilibrar el futuro<br />
desarrollo residencial, de forma que no se rebaje cuantitativamente el estandar alcanzado hoy<br />
día (20 m2/vivienda en concepto de sistema general en suelo u rbano, m ás el correspondiente<br />
sistema local exigible a las nuevas zonas de desarrollo) . La ubicación de estas nuevas zonas<br />
verdes deberá equilibrar la optimización y ampliación de los parques e xistentes (principalm ente<br />
Txomenane) con e l servicio a los centros de gravedad de las nuevas zonas residenciales a<br />
ordenar. Se tendrá en cuenta, si fuera posible el valor urbano que debe atribuirse al entorno del<br />
rio Ursuarán.<br />
- Estudiar la creación de algún parque rural público, seleccionando su ubicación en función de<br />
su idoneidad (extensión superficial, vistas panorámicas, riqueza botánica, existencia de<br />
elementos del patrimonio cultural, etc.) y de su accesibilidad desde el Casco, entre zonas<br />
alternativas como Agerre, Altunarizti, Cementerio, San Ignacio, u otras.<br />
- Estudiar los mecanismos más adecuados para asegurar la gestión y ejecución de los nuevos<br />
Sistemas Generales a proponer. Bien mediante convenio urbanístico previo con la propiedad<br />
del suelo, bien mediante el sistema de ex prop iación , o de cualq uier o tro recurs o previsto e n la<br />
legislación urbanística vigente (delimitación de unidades de ejecución,etc.), o en las propuestas<br />
propias de la Revisión.<br />
- En lo que se refiere a los Siste ma s Loc ales de es pacios libres se deb erán defin ir en cada uno<br />
de las nuevas áreas y sectores residenciales, la ubicación y el carácter del espacio libre, a fin<br />
de que el planeamiento de desa rrollo c uente con esta dire ctriz previa, a la hora de co ncre tar la<br />
ordena ción de cada ám bito<br />
D- Equipam iento Comunitario. Los objetivos y criterios a los que deberá responder la ordenación del<br />
suelo de stinado a esta dota ción son las siguientes:<br />
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- Consolidación de las parcelas destinadas al uso de equipamiento comunitario por las NNSS<br />
vigentes (incluida la últim a Modificación aprobada ). Con ello quedarían por ejecutar el<br />
acondicionam iento de la nueva Udal Etxea en el edificio de las Escuelas Viejas, y el solar<br />
destinado a equipamiento cultural en la huerta de Pilarenea ( nueva Kultur Extea) .<br />
- La formulación de la ordenación urbana revisada requiere la concreción de un Programa<br />
Municipal de Equipa mie nto C om unitario en el que se contemplen los servicios que se pretendan<br />
ejecutar en el período de vigencia de las nuevas NNSS, se prevea la necesidad de nuevas<br />
dotaciones y la viabilidad de replanteamiento de algunas de las existentes. A estos efectos el<br />
Ayuntamiento ya prevé el dar continuidad a las instalaciones preexistentes, relacionadas con<br />
la prom oción de l queso de Idiazabal y del mundo del pastoreo, como un nuevo motor<br />
socioec onóm ico del m unicipio, y de refuerzo de l sector se rvicios.<br />
- Los objetivos a perseguir son dos. Uno, la no disminución de los estándares ya alcanzados<br />
en el Cas co de Idiaza bal, y otro, la constitución de suelo para futuros equipamientos, unos de<br />
funcionalidad definida, y otros de reserva.<br />
- El planeamiento de desarrollo en suelo urbanizable, qu e se derive de la ord enación propuesta<br />
por la Revisión, aportará los complementos suficientes de equipam iento para las actuales<br />
dotaciones.<br />
E- Red de comunicaciones Los objetivos y criterios a los que deberá respon der la orde nación d e este<br />
sistema estructural son las siguientes<br />
- Red de carreteras: Recoger el estado actual de esta red de carreteras, así como los Proyectos<br />
que puedan afectar a la misma (entre ellos el de mejora de la GI-2637, hoy ya en ejecución),<br />
según se determine por el organismo provincial competente.<br />
- Red viaria urbana:<br />
* Mantenimiento de la necesidad de ejecución de los dos nuevos tramos de calle aún<br />
pendientes (areas 2-3 y 4-2).<br />
* Reurbanización de la red viaria y replanteamiento circulatorio del Barrio de Bikuña<br />
(Ambito 4 com pleto) seg ún las propuestas al efecto reco gidas en el E studo Socio<br />
Urbanístico ya redactado.<br />
* Prolongación del tratam iento reurb anizador d e Kale Na gusia entre Ze lá y Ven ta Tx iki.<br />
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* Actuación sobre la red viaria urbana desde criterios de sostenibildad, en orden a<br />
establecer nuevas propuestas sobre el esquema circulatorio del Casco, sobre las<br />
medidas a adopta r para alca nzar un eficaz “calm ado del tráfico” y mejoras<br />
mediambientales de las zona s residenciales y de equipam iento (entre ellas, las de<br />
peatonalización parcial, las de tráfico restringido a residentes, la de tráfico de<br />
coexistencia, u otras), sobre la potenciación del transporte no mo torizado (p eatonal y<br />
ciclista), sobre el recorrido urbano del transporte público, etc.. En este orden de cosas,<br />
la ejecución de las correspondientes obras, podría podría verse precedida por un<br />
estudio específico, a fin de disponer de un diagnóstico, de unas medidas, y propuestas<br />
especializadas.<br />
* Con las nuevas zonas de expansión que se puedan prever se seguirá completando<br />
la trama viaria urban a en coo rdinación con la preexistente. A estos efectos, las fichas<br />
urbanísticas particulares de cada unidad definirán un esquema viario básico y las<br />
soluciones de interconexión con la trama existente, a fin de que sean tenidas en cuenta<br />
como pauta de ordenación en la formulación del futuro planeamiento de desarrollo.<br />
- Aparcamiento :<br />
* Rac ionalización de la dotac ión de apar cam iento de su perficie en el B arrio de Bikuña<br />
(ámbito 4 entero), segú n los c riterios pre vistos en el E studio Socio U rban ístico ya<br />
redactado. Y estudio de la posibilidad de mejorar la capacidad de aparcamiento del<br />
resto de la red urbana.<br />
* Exigencia de estándares mínimos de aparcamiento a las nuevas edificaciones (de uso<br />
privado) y a la nu eva red via ria ( de uso público), estudiando la conveniencia y<br />
posibilidad de actualizar los estándares mínimos previstos en la Reglamentación<br />
Urbanística.<br />
- Transporte público y no motorizado:<br />
* Reordenación del servicio de autobuses públicos, adaptando el recorrido y las<br />
paradas a las previsiones del desarrollo urbano propuesto.<br />
* Recoger, y en su caso completar, los trazados previstos en los planes de movilidad<br />
ciclista del Goie rri, ya aprob ados por la Diputación Foral.<br />
* Implementar los recorridos peatonales que articulan el Casco de Idiazabal con los<br />
núcleos colindantes: Segura, Iurre y O laberría.<br />
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- Red viaria rural :<br />
* Mejora de sus recorridos y de su articulación con la red de los municipios colindantes,<br />
completando los tramos rodados necesarios al efecto.<br />
* Para facilitar la comunicación rodada directa entre los cascos de idiazabal y Olaberría.<br />
* Para recuperar el tramo de camino entre los caseríos Arizti y Estensoro, de forma que<br />
el acceso a estos pueda hacerse desde la red urbana interior al Casco.<br />
* Para evitar el tráfico de paso por el Casco (Barrio de Bikuña) de camiones que dan<br />
servicio a la Granja Gurutx eta.<br />
F- Otras infraestructuras. Los objetivos y criterios a los que deberá responder la ordenación de estas<br />
otras infraestructuras son las siguientes:<br />
- La Revisión deberá recoger el estado actual de estas redes de infraestructura y de las<br />
intervenciones proyectadas sobre las mismas, así como acondicionar a criterios técnicos<br />
actualizados las ordenanzas que regulan su ejecución y formular las propuestas relativas a su<br />
desarrollo, para dar el servicio adecuado a las nuevas áreas urbanas que se propongan.<br />
- Las actuaciones que recié ntem ente han s ido pr om ovida s para la recuperac ión fu ncional y<br />
medioambiental del tramo urbano del cauce del Ursuarán, han puesto de manifiesto su<br />
imp ortan cia como elemento estructural del futuro desarrollo de la ordenación del Casco de<br />
Idiaza bal, que debería ser tenido en cuenta, bien en la actual, bien en futuras Revisiones de<br />
las NNSS, en función de su implicación en los ámbitos de nuevo desarrollo.<br />
G- Zona rural. En la formulación de la ordenación del su elo no urb anizable de ben tene rse en cuenta<br />
los siguientes factores:<br />
- El análisis, diagnóstico y criterios resultante s del E studio del Medio Físico, que sirvió de base<br />
para la Reforma del Régimen del Suelo No Urbanizable, hoy vigente, así como el contenido del<br />
Diagnóstico Ambiental elaborado por EKOS S.L. elaborado como paso preliminar del Estu dio<br />
de Evaluación C onjunta de Impacto Ambiental, que es anejo de l presente Avance.<br />
- La obligatoriedad de aplicar las determinaciones (categorización sistematizada del suelo, entre<br />
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otras) que se desprenden del planeamiento supramunicipal aprobado (DOT, PTS de Cauces<br />
Fluviales) y la conveniencia de tener en cuenta ya las prop uestas del PT S Ag roforesta l que ya<br />
está en tram itación. En rela ción con este último deben consultarse las propuestas , aún<br />
orientativas, que sobre la aplicación del PTS Agroforestal han sido formuladas por la Diputación<br />
Foral de Gipuzkoa.<br />
- La conveniencia de ordenar el medio rural atendiendo a la protección de sus valores<br />
funcionales, productivos, ecológicos, naturalísticos, de hábitat, sociales, culturales, etc.<br />
H- Patrimonio Cultural y Naturalístico. Partiendo de la información básica (listados) remitidos al<br />
efecto por la Diputación Foral de Gipúzkoa y por el Gobierno Vasco y del Catálogo incorporado a las<br />
NNSS hoy vigentes, la protección de este patrimonio requiere:<br />
- Completar y depurar la relación y descripción de los bienes a proteger.<br />
- Definición de régimen concreto de protección que debe ser aplicado a cada uno de los<br />
elementos que queden incluidos al listado.<br />
- Formalización de un Catálogo del Patrimonio Cultural y Naturalístico del Municipio de Idiazabal<br />
que quedará incorporado en la Revisión de las NNSS, según lo previsto al efecto por las<br />
disposiciones legales vigentes.<br />
5.2.- Objetivos y criterios sectoriales.<br />
Se refiere n a los ám bitos y unidades urb anísticas de las vigen tes NN SS.<br />
Ambito nº 1 - CASCO<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Supresión de aquellas unidades independientes que hayan sido ya ejecutadas y que urbanísticam ente<br />
no requieran una regulación especifica.<br />
Prev isión d e actuaciones dirigidas a la me jora d e la urbanización actual :<br />
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* Rehabilitación de Plaza Nagusia.<br />
* Replanteamiento de la funcionalidad del tramo de Kale Nagusia que da frente a Txomenane<br />
y a la Parroquia, con v istas a con segu ir una mejora ambiental (dando prioridad al uso peatonal<br />
y calmando el tráfico rodado) y una mejor articulación entre los diversos equipamientos públicos<br />
que cons tituyen el núc leo ce ntral d el Casco de Idiazabal.<br />
Previsión de ampliación del Parq ue de Txo menane, dado su em plazamie nto estratégico res pecto a la<br />
trama urbana, aprovechando las buenas cualidades urban ísticas de los terreno s inme diatam ente<br />
colindantes, para ser destinados a Sistema General de Espacios Libres.<br />
Previsión de la incorporación de la finca Txomenane (actualmente de propiedad privada) al Sistema<br />
General de Equipamiento previsto por la Revisión de las NNSS, aprovechando las valiosas cualidades<br />
urbanísticas que concurren en la misma.<br />
Delimitación de una unidad específica que permita recuperar la posibilidad de urbanizar el tramo de<br />
paseo público de borde de río en el Area 1-8, con una anchura mín ima de 3 m..<br />
Ambito nº 2 - IGARONDO<br />
División de este ámbito en dos unidades territoriales independientes, una de Sistema General de<br />
Equipamiento y Espacios Libres, y otra de uso Residencial, en la que se integrarán además las áreas<br />
residenciales de Igarondo ya ejecutadas, a consolidar, y que no precisen regulación urbanística<br />
específica.<br />
En el Area 2-1 se mantendrán las determinaciones básicas de la Ficha Urbanística hasta hoy vigente.<br />
Como resultado de los planes municipales, se recogerá el uso específico administrativo (Casa<br />
Consistorial) para el edificio de las Escue las Viejas.<br />
Reordenación del espacio libre público (con reurbanización) en torno al nuevo Ayuntamiento previsto,<br />
y mejora de la accesibilidad peatonal entre la zona de juego de niños y la de acceso a la piscina.<br />
Se considera un objetivo prioritario desbloquear la ejecución del Area 2-3. Dado que es importante<br />
rematar la ordenación del ámbito de Igarondo, dar acceso rodado a la zona de juego de niños-bolatoki<br />
y unir esta pieza con el Barrio de Zigor. Establecimiento el Sistema de Cooperación de cara a asegurar<br />
su ejecución.<br />
Supresión com o área ind ependiente de la unidad 2-4, e inclusión, como suelo de cesión y urbanización<br />
dentro del área residencial colindante 2-3.<br />
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Ambito nº 3 - ZIGOR<br />
Consolidación de la ordenación p revista en el planeam iento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Supresión de aquellas unidades independientes que hayan sido ya ejecutadas y que urbanísticame nte<br />
no requieran una regulación especifica.<br />
Delimitación de un unidad específica para el Sistema Gen eral d e Equipam iento Sanitario (Con sultorio<br />
Médico).<br />
Ambito nº 4 - BIKUÑA - ERREKALDE<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa. Incorporación a la misma de los criterios de<br />
ordenación, urbanización y gestión que se desprenden del Estudio Socio Urbanístico del Barrio de<br />
Bikuña ya redacta do.<br />
Rediseño funcional y ambiental de la urbanización de este Ambito y ejecución de las obras de<br />
rehabilitación integral del mismo, en las que se debe incluir también la restauracuión de la Ermita del<br />
Kalbario.<br />
Supresión de aquellas unidades independientes que hayan sido ya ejecutadas y que urbanísticam ente<br />
no requieran una regulación especifica.<br />
Aprove cham iento de las Area s aún sin eje cutar (4-2 y 4-4), rees tudiando su ordenación desde<br />
parám etros de sostenibilidad y resolviendo la problemática de gestión que les afecta .<br />
Aplicación de un régimen de consolidación (no sustitución) a las casas nº 7 y 9 de Bikuña Kalea, en<br />
función del régimen de protección del Patrimonio Cultural, que les es aplicable.<br />
Rematar la ordenación del ámbito de Bikuña y construir el tram o de c alle qu e es d e gra n importa ncia<br />
para la estructuración de su red viaria gene ral. Po r lo que es u n objetivo p rioritario de sbloquear la<br />
ejecución del Ar ea 4- 2, estableciendo al efecto el Sistema de Cooperación de cara a asegurar su<br />
ejecución.<br />
Estudiar la reforma de la ordenación de la unidad 4-4, mejorando las condiciones de aprovechamiento<br />
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y previendo la supresión de la casa nº 11 de Bik uña Kalea cuyo solar qued aría incoroprado a este Area.<br />
Establecimiento del Sistema de Cooperación de cara a asegurar su ejecución.<br />
Ambito nº 5 - KAL BARIO<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Supresión de aquellas unidades independientes que hayan sido ya ejec utadas y que urbanísticam ente<br />
no requieran una regulación especifica.<br />
Ambito nº 6 - ZEPAI - GOATSE<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
División de este ámbito en dos unidades territoriales independientes, una de Sistema General de<br />
Equipamiento Escolar, y otra de uso Residencial, en la que se integrarán además las areas<br />
residenciales de Zepai ya ejecutadas, a consolidar, y que no precisen regulación urbanística específica.<br />
Deben acometerse las obras de mejora de la urbanización correspondientes a la sustitución total de la<br />
acera de Kale Nagusia entre el chicane y Casa Zepai, acondicioná ndola a las cara cterísticas ya<br />
establecidas en el resto de la calle. (Sección peatonal y banda de aparcamiento , materiales y diseño,<br />
arbolado, etc.).<br />
Mantenimiento de la ordenación del solar que aún queda por ejecutar (junto al Caserío Muxikarena)<br />
Ambito nº 7 - GAZ TELU - PILAR ENEA - ZELA - B ERE N AHIA<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Supresión de aquellas unidades independientes que hayan sido ya ejec utadas y que urbanísticam ente<br />
no requieran una regulación especifica.<br />
Reajuste de la delimitación correspondiente al estado actual del cierre de Jauregialzoenea.<br />
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Delimitación de un Area específica para el Sistema General de Equipamiento (Aparcamiento de<br />
camiones y central de distribución de gas propano).<br />
Dada su ejecución rea juste de la c lasific ación de su elo (régimen sobrevenido de Suelo Urbano) en las<br />
Unidades 7B-1, 7B-2 y 7B-3 (Bere Nahia)<br />
Ambito nº 8 - JASO<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Unificación en una sola área de las unidades 8 - 0, y 8 -1.<br />
Mantenimiento del sector aún sin ejecutar nº 8-3.<br />
Ambito n º 9 - LIMAS<br />
Recoger el estado actual resultante de las obras de construcción y urbanización reciéntem ente<br />
ejecutadas adaptando la Ficha Urbanística a esta nueva situación.<br />
Reajuste de los límites de la unidad de actuación, a partir de las segregaciones de parcela autorizadas.<br />
Mantenimiento de las determinaciones básicas hoy vigentes, a expensas de los planteamientos de<br />
amp liación que pueda proponer la em presa propietaria.<br />
Ambito nº 10 - AMPO<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Reconsideración de límites de la unidad, excluyendo la parcela colindante en la que se emplaza el<br />
Caserío Kaminpe.<br />
Ambito nº 11 - ARISTRAIN<br />
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Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Unificación en una sola área de suelo urbano las unidades 11 - 0 y 11 -1.1.<br />
Ambito nº 12 - EZOLATZA<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Ambito nº 13 - GOARDI<br />
Consolidación de la ordenación p revista en el planeam iento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Establecimiento de las unidades de ejecución independientes correspondientes al sector 13-1, de cara<br />
a la resolución definitiva de la gestión del mismo.<br />
Ambito nº 14 - ERROTA<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Ambito nº 15 - IÑAUSTI<br />
Consolidación de la o rden ación pre vista e n el pla neamie nto vig ente, sin perjuic io de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Ambito nº 16 - SAGASTI BERRI<br />
Consolidación de la ordenación p revista en el planeam iento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
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Ambito nº 17 - ARIZKORRETA<br />
Consolidación de la ordenación prevista en el planeamiento vigente, sin perjuicio de los reajustes<br />
puntuales que sea preciso efectuar en la normativa.<br />
Estudio de su clasificación como suelo urbano<br />
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6. ALTERNATIVAS DE ORDENACION<br />
La disponibilidad de suelo vacante en torno a las zonas urba nas ya des arrolladas del m unicipio de Idiaza bal,<br />
perm ite ordenar con un amplio grado de libertad el desarrollo urbanístico del territorio municipal. Las riberas y<br />
laderas de los valles de los ríos U rsua ran y O ria ofr ecen en la a ctualidad im porta ntes rese rvas de su elo aú n sin<br />
ocupar. Es por lo que la tarea de dotar al municipio de nueva ordenación urbanística pasa inevitablemente por<br />
la caracterización y valoración de las alternativas que se presentan al efecto.<br />
Dentro del proceso de Revisión de las NNSS tal ejercicio ha sido efectuado, primero a nivel técnico, al formular<br />
la propuesta de las denominadas Bases Urbanísticas de la Revisión , contenida en el Informe General (2004).<br />
En la elaboración de dicha propuesta de Bases, se partió de la existencia de criterios alternativos para llevar a<br />
cabo el desarrollo urbano del municipio, tanto en lo que se refiere a aspectos cuantitativos del programa de usos,<br />
como principalmente a las formas de estructuración espacial de la ordenación a proponer. El modelo urbanístico<br />
resultante de tal propuesta queda definido por los criterios y objetivos que se desprenden de dichas Bases,<br />
principalm ente las relativas al apartado B, esto es, las tituladas como “Bases para formu lar el Modelo de<br />
Ordenación del municipio” .<br />
Con el Modelo Urbanístico seleccionado de hecho por dichas Bases, en síntesis, quedan descartadas aquellas<br />
alternativas no sustentadas en principios de racionalidad y sostenibilidad, referentes a:<br />
* Al aprovechamiento, mejora y potenciación de la estructuración urbana preexistente.<br />
* A un dimensionam iento realista y prudente del programa de desarrollo urbano a adoptar.<br />
* A la optimización del uso del suelo ya urbanizado y a la restricción en el consumo de nuevo suelo.<br />
* A la priorización del desarrollo urbano sobre los espacios más antropizados.<br />
* A la preservación de los valores productivos, naturalísticos, etc., y a la consideración de los diversos<br />
factores de riesgo que condicionan la capacidad de acogida del territorio.<br />
* Al fome nto de la co mp lejidad urb ana en la o rden ación de u sos y de la c om pacidad e struc tural.<br />
* A la garantía d e una movilidad sosten ible.<br />
Esto es, la opción propuesta por las aludidas Bases, opta por un modelo lineal, polinuclear y discontinuo:<br />
* Que consolida los paquetes urbanos existentes, rellenando vacíos y mejorando su ordenación.<br />
* Que comp leta el Casco desa rrollándolo bás icam ente hacia el Sur y hacia el Oeste, en continuidad con<br />
la estructura preex istente, y proponiendo el aprovechamiento de los intersticios que se han originado<br />
entre ésta y la Variante de la CN-1.<br />
* Que protege de la ocupación por nuevos desarrollos urbanos los espacios más valiosos de los Valles<br />
del Ursuarán y del Oria.<br />
Mod elo que tanto conc eptual, como físicamente, no queda agotado con las propuestas de ordenación adoptadas<br />
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por este Avance de Revisión, y que permite una continuidad en su desarrollo, a largo plazo, sin devaluación de<br />
su eficacia.<br />
La valide z de la elección de la alternativa específica de este Modelo Urbanístico-Estructural, ha sido contrastada<br />
por medio de un proceso de participación (exposición pública de las Bases Urbanísticas), en el que incluso se<br />
ha llevado a cabo una encuesta entre residentes del municipio, a través de la que se ha obtenido la confirmación<br />
casi unánime de los presupuestos urbanísticos que conlleva dicha opción urbanística. Tal proceso ha quedado<br />
rematado por la correspondiente aprobación formal del Ayuntamiento. (Pleno de 30 de Junio de 2005).<br />
En consonancia con lo ya dicho, el presente Avance de Revisión de las NNSS de Idiazabal, no se ocupa de<br />
proponer, ó de seleccionar alternativas, sino que se centra en adoptar una concreta solución de ordenación<br />
urbanística para el territorio municipal, desarrollando y pormenorizando el modelo estructural que se deduce<br />
de las Ba ses Urbanística s para la R evisión de las NNS S, previam ente aprobadas por el Ayuntamiento..<br />
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7. PROPUESTAS DE ORDENACION<br />
El presente Avance de Planeamiento tiene como fin concretar una propuesta inicial de ordenación urbanística<br />
del Municipìo de Idiazabal, a partir del panel de objetivos y criterios previamente definidos. En este capítulo de<br />
la <strong>Memoria</strong> se efectúa la descripción y justificación de los pormenores físicos de tal propuesta de ordenación,<br />
teniendo com o base gráfica los planos adjuntos nº 2, 3.1, 3.2, 4, 5 y 6.<br />
7.1.- Estru cturación general del territorio mun icipal.<br />
El conjunto de elem entos caracterizadores d e la ordenación ge neral ado ptada, que comúnmente se denomina<br />
Estructura Orgánica del Territorio,está integrado por:<br />
- Las gran des rede s viarias y de com unicaciones, de fu ncionalida d sup ram unicipal.<br />
- Los elementos principales estructuradores de la red viaria urbana.<br />
- La re d viaria principal que a rticula el territorio ru ral.<br />
- El co njunto de gran des equip am ientos de índole municipal, ó supr am unicipal.<br />
- Los suelos previstos para destinarlos al desarrollo de usos urbanos.<br />
Desde este concepto, la propuesta efectuada por el Avance no ha puesto en cuestión el modelo estructural<br />
preexistente, ya que se considera adaptado y eficaz, sino que se ha apoyado en él, aprovechando y reforzando<br />
su potencialidad de organización del territorio.<br />
En este sentido:<br />
* Las carreteras CN-1 y GI-263 7 con stituye n la red viaria básica de nivel supramunicipal. Las acciones<br />
previstas sobre ellas, son las ya proyectadas por la Diputación Foral de Gipúzkoa (Obras de mejora del<br />
tramo Idiazabal-Segura, actualmente en ejecución).<br />
* El trazado de la travesía urbana de la antigua CN-1, funcional y ambientalmente considerado ya como<br />
Kale Nagusia, queda confirm ado como el principal eje viario articulador de la trama del Casco Urbano<br />
de Idiazabal. Las acciones previstas sobre este eje se refieren a las obras puntuales que completen su<br />
adaptación a un uso plenamente urbano de esta vía y a la regulación de las relaciones de ordenación<br />
que deben establecerse entre este eje y el tejido urbano que deba apoyarse en el mismo.<br />
* La red básica rural queda constituida por los caminos que dan acceso a los caseríos, y que ponen en<br />
comunicación a éstos con el Casco Urbano. Las acciones previstas se refieren a determinadas<br />
propuestas puntuales dirigidas a completar recorridos.<br />
* Los grandes equipam ientos se concre tan en 8 conjuntos, de los que todos, a excepción de tres<br />
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(cementerio, campo de futbol y parque rural de Agerre) quedan emplazados en el ámbito del Casco<br />
Urbano. Las acciones previstas sobre estos elementos van dirigidas a complementar, y en su caso,<br />
ampliar las dotaciones preexistentes, en función de las necesidades derivadas del desarrollo residencial<br />
y del programa municipal propuestos.<br />
* La estructuración urbana polinuclear existente (cinco núcleos independientes: tres implantados en la<br />
vega del Oria de caracter industrial y dos en la del Ursuarán, uno industrial y otro -el Casco- en el que<br />
se concentran los usos de vivienda y de equipamiento) queda consolidada. Las acciones previstas sobre<br />
esta estructura se refieren básicamente a la mejora del tejido urbano existente, a la reconversión puntual<br />
de algunas áreas internas de dicho tejido y a la ampliación, en función estricta de las necesidades de<br />
desarrollo programadas, del núcleo correspondiente al Casco Urbano, a costa de los terrenos<br />
inm ediatos, m anteniénd o el resto de los n úcleo s en s u ocu pación ac tual.<br />
El carácter de la propuesta de ordenación general adoptada por este Avance, puede deducirse de los cuadros<br />
siguientes:<br />
USOS GLOBALES<br />
AVANCE DE LA REVISION<br />
DE LAS NNSS<br />
PLANEAMIENTO VIGENTE<br />
(2006)<br />
Superfic ie (Has.) % Superficie (Has.) %<br />
Residencial 21,98 26,91 15,95 21,85<br />
Actividades Economicas 49,45 60,55 47,47 65,02<br />
Nucleo Servicios de<br />
Etxega rate<br />
4,32 5,3 4,32 5,92<br />
Espacios Libres 1,65 2,02 1,1 1,5<br />
Equipa miento<br />
Com unitario<br />
4,27 5,22 4,17 5,71<br />
TOTAL 81,67 100 73 100<br />
USOS GLOBALES<br />
PROPUESTA DE ORDENACION DEL AVANCE DE REVISION DE LAS NNSS<br />
SUPERFICIE TOTAL<br />
Sup.<br />
Sup. C onso lidada , sin<br />
Sup. Calificada por<br />
Sup. Calificada con<br />
ORD ENA DA (M 2)<br />
Consolidad<br />
ejecutar, ó en ejecución<br />
reorde nació n de su elo<br />
nueva ocupación de<br />
a (m2)<br />
(m2)<br />
ya ocupado (m2)<br />
suelo<br />
Residencial 219822 141295 12922 4300 61305<br />
Actividades Economicas 494529 456102 18541 19886 --<br />
Nucleo Servicios de<br />
Etxega rate<br />
43284 --- 43284 -- --<br />
Espacios Libres 16544 9540 1532 -- 5472<br />
Equip amie nto Co mun itario 42692 39196 2541 955 --<br />
TOTAL 816.871 (100%) 646.133<br />
78.820 (9,65%) 25.141 (3,08%) 66.777 (8,17%)<br />
(79,10%)<br />
En los an teriores da tos se obs erva que e l pape l predom inante que el uso industrial ho y día juega en la<br />
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ordenación urba na de l Mun icipio d e Idiazaba l, experim enta un lige ro de scenso, aún poco signif icativo, y que<br />
emp ieza a apuntarse, aunque de una forma incipiente, una tendencia hacia el crecimiento del peso del uso<br />
residencial en dicha ordenación. Por otra parte, se manifiesta que el conjunto de dotaciones públicas (espacios<br />
libres y equipamiento comunitario) mantiene su estandar actual de servicio. Es decir, que la ordenación general<br />
propuesta, mantiene con ligeros matices, la estructura funcional preexistente.<br />
En otro orden de cosas, la materialización física de la ordenación urbana propuesta, analizada desde el<br />
parámetro de ocupación de suelo, arroja un resultado correcto, en la medida que el nuevo desarrollo programado<br />
afecta a un total de 9,19 Has., de las que 2,51 Has. corresponden a la reordenación de suelos ya desarrollados<br />
actualmente, y 6,67 Ha s a su elos de nu eva o cupación (8,17 % de l suelo total orden ado). Es d ecir, q ue la<br />
ampliación del suelo destinado a usos urbanos prevista supone tan sólo el 9,13% del suelo global ya ordenado<br />
por el plane amiento actua lmente vigente.<br />
Las partic ularid ades estructurale s del m odelo de orden ación pro puesto por este Avance, la disponibilidad de<br />
suelos libres, ó reco nvertibles, ubicados en e mp lazam ientos inm ediatam ente colind antes con los á mb itos ya<br />
ocupados y la utilización del criterio de prudencia en el dimensionamiento de las necesidades de consumo de<br />
nuevo suelo, garantizan la posibilidad de acoger en el futu ro nu evos desa rrollos urb anos en e l Mun icipio, sin<br />
acarrear contradicciones conceptuales con los criterios básicos de ordenación ahora establecidos, y sin devaluar<br />
la operativida d funcional de la es tructura orgánica del territorio adoptada por este Avance.<br />
Así mismo, la propuesta de ordenación general adoptada, es acorde con el esquema definido por el Plan<br />
Territorial Parcial del Area Funcional del Goierri (aún en tramitación).<br />
7.2.- Suelo destinado a usos urbanos.<br />
Los epígrafes de este capítulo se ocupan de pormenorizar las propuestas que componen el programa de<br />
desarrollo urbano adop tado por el pres ente Avan ce de Revisión d e las N NSS de Idiazabal.<br />
7.2.1.- Vivienda<br />
El actual Casco de Idiazabal cuenta con un total de 795 viviendas (725 construidas y 60 en ejecución),<br />
y el pres ente Avan ce or dena el su elo residenc ial para una capacidad m áxima de 1.06 9 viviendas. Esto<br />
es, se propone un desarrollo total de 269 nuevas viviendas, de las que 22 ya estaban contempladas<br />
en las NNSS que ahora se revisan, y que supo ne increm entar el total de viviendas existentes en el<br />
Casco en un 33,8% (que conlleva el aumento del 27% del suelo residencial ocupado actualmente).<br />
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Esta reserva planificada permite mantener un ritmo medio de concesión de licencias de contrucción de<br />
viviendas anual de 22,4 viv./año para un período de 1 2 años, que se a simila al resultante en el d ecenio<br />
precedente (22,08 viv/año).<br />
Con esta propuesta, que se adapta a los criterios y objetivos establecidos para la Revisión de las NNSS,<br />
se estima que queda cubierta cualquier necesidad de desarrollo residencial previsible en el plazo<br />
señalado, sin tener que aplicarle coeficiente de esponjamiento alguno, toda vez que con los mecanismos<br />
de programación y gestión que se pretenden aplicar en esta Revisión, se garantizará debid am ente la<br />
disponibilidad real de estas reservas en los momentos previstos al efecto, y evitarán situaciones de<br />
retención de los solares edificables. Así mism o, y desde criterios de sostenibilidad resulta<br />
desaconsejable el sobred imensionar la previsión de crecim iento adoptad a. Caso de que e n un m ome nto<br />
determinado se presentaran nuevas necesidades justificadas de crecimiento residencial, se deberá<br />
proceder a impulsar el correspondiente expediente de modificación de elementos del planeam iento<br />
genera l, o en su ca so, de revisión del m ismo.<br />
Aunque legalmente al municipio de Idiazabal no le alcanza la obligación de reservar un cupo<br />
determinado de viviendas en régimen de protección, del total de las 269 nuevas viviendas propuestas,<br />
el 41,26%, esto es, 111 viviendas quedarán destinadas a algún Régimen de Protección, ya que al<br />
menos 84 (31,26%) serán de Régimen de Precio Tasado Municipal y 27 (10%) de Régimen General de<br />
Protección Oficial. Con ello se cubre ampliamente el criterio establec ido po r el Ayu ntam iento para la<br />
Revisión de las NNSS, El res to de las nuevas viviendas ordenad as (58,74%), es to es, 158 viviendas,<br />
serán d e precio d e venta libre.<br />
En cuestión de tipologías edificatorias, de las 269 viviendas propuestas, 213 (79,18%) se construirán<br />
en bloques de pisos (que respetarán el perfil máximo de edificación actual de PB+3PP) y el resto, 56<br />
viviendas (20,82%), serán de tipo unifamiliar (aislada, pareada, ó adosada). Este último porcentaje, que<br />
es algo superior al establecido por los criterios de la Revisión aprobados (15%), queda justificado por<br />
la ordenación física de las nuevas viviendas, dado que, como criterio de partida, se han reservado los<br />
bordes externos del suelo rec alificado pa ra emplazar esta tipología de vivienda, como la más adecuada<br />
tanto desde criterios de remate del diseño urbano, como de aprovechamiento de terrenos de mayor<br />
pendiente.<br />
La ordenación física del suelo residencial responde al modelo de estructuración general adoptado por<br />
este Avance. En total, el suelo residencial ordenado ocupa una superficie de 21,98 Has., lo que supone<br />
una densidad media de 48,63 viv/Ha, qu e rebaja sensiblente la que corresponde a la ordenación de las<br />
NNSS que ahora se revisan (57,39 viv/Ha). Mejora cualitativa de la ordenación del Casco que se logra<br />
al disponer las 269 viviendas previstas sobre una superficie global de 6,86 Has, lo que genera una<br />
densidad media de 39,2 viv/Ha.<br />
La propuesta de desarrollo residencial, prevé por un lado, el aprovechamiento de lapotencialidad que<br />
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ofrece la trama urbana existente (0,86 Has), en la que se propone la construcción de 70 viviendas<br />
(donde actualmente se ordenan 40):<br />
* Se p ropo ne la c onsolidac ión de l solar edific able, aún v acante, del Are a nº 6-2 de Zepai.<br />
* Se propone la reforma, mejorando sus parámetros de ordenación, edificabilidad y de gestión,<br />
de las Areas aún vacantes nº 2-3-Igarondo, nº4-2-Bikuña y nº 4-4-Bikuña.<br />
* Se propone la consolidación del solar nº 3 del sector 6-3-Zepai, aún vacante,<br />
Y por otro, se plantea la recalificación de nuevo suelo (un total de 6 Has) destinado a la construcción<br />
de 199 viviendas, en continuidad física y funcional con el tejido urbano preexistente :<br />
* Se propone la creación de un nuevo s ector residenc ial de 3 ,12 H as, destinado a la<br />
construcción de 157 viviendas, ampliando la ordenación actual del barrio de Z epai. Sector con<br />
el que se com plementará la red viaria local y las dotaciones existentes. Esta es la actuación<br />
fundamental de la propuesta residencial del Avance, por cons tituir casi el 60% del de sarrollo<br />
adoptado.<br />
* Se propone la creación en la zona de Bikabi de un pequeño sector (0,98 Has) destinado a<br />
vivienda unifam iliar(12 viviendas) que dará rem ate a trama urbana existente entre la Va riante<br />
de la CN -1 y el río , y aportará además equipamiento complementario al núcleo de servicios<br />
actual de Igarondo y una faja verde de protección paisajística y ambiental a lo largo de un tramo<br />
de la citada Variante.<br />
* Se propone rematar la ordenación del barrio de Zigor, siguiendo las pautas de la ordenación<br />
existente, mediante la ocupación de terrenos vaca ntes localizados entre el te jido urban o ya<br />
desarrollado y la Var iante de la CN-1 (1,87 Has. en las que se pretende construir un total de 30<br />
viviendas). Aportará, asímismo, equipamiento complementario al núcleo de servicios actual de<br />
Igarondo y una faja ve rde d e pro tección pa isajís tica y amb iental a lo largo de un tram o de la<br />
citada Va riante.<br />
Cumpliendo el criterio de la Revisión aprobado, la continuidad de la política municipal de promoción de<br />
vivienda llevada a cabo en los últimos doce años, queda garantizada ya solo con los aprovechamientos<br />
que le son atribuibles en propiedad en la zona de Zepai (en función del actual patrimonio municipal de<br />
suelo), que se pueden cifrar orientativamente en unas 117 viv, esto es en el 43% del total de viviendas<br />
programadas. A estos derechos, se le deben añadir las cesiones de aprovechamiento edificatorio que<br />
corresponderán al Ayuntamiento en función de la legislación urbanística vigente, y de las propuestas<br />
de este Avance que describen en el apartado 9 de esta <strong>Memoria</strong>.<br />
En la propuesta de desarrollo residencial efectuada por este Avance no ha sido tenido en cuenta el<br />
parque existente de viviendas vacías, una vez que en 2005 ha sido llevada a cabo una investigación<br />
exhaustiva y detallada d e este fen óm eno en el C asco de Idiazabal, de la qu e se c oncluye la moderada<br />
relevancia del fenómeno (13,5% de las viviendas existentes- 99 viv-) y sobre todo la escasa entidad del<br />
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número real de viviendas potencialmente disponibles para su incorporación a la oferta inmobiliaria en<br />
régimen de alquiler, ó venta (se cifra en un total máximo de 36 viviendas -5% del parque existente-, de<br />
las que en 15 sus propietarios aún no han decidido su destino y 20 son antiguas y necesitan inversiones<br />
importantes de rehabilitación y 1 está en venta). El resto de las viviendas vacías existentes, 63, sus<br />
propietarios las reservan para sus descendientes, o como inversión fam iliar, y ni siquier a con sideran la<br />
posibilidad de su puesta temporal en el mercado de alquiler.<br />
El resto de los criterios de la Revisión adoptados por el Ayuntamiento, referentes a las características<br />
del tamaño de la vivienda, a la posibilidad de utilización como vivienda de determinados locales de<br />
planta baja, y a la tolerancia del uso residencial de los espacios bajo cubierta, serán tenidos en cuenta<br />
en la redacción de l docu me nto del Pro yecto de la Revisión, ya que son determinaciones de detalle que<br />
desbordan el gra do de de finición urbanística atribuible al Avan ce de Planeam iento.<br />
A continuación se a porta un cu adro en el q ue co nstan los d atos cuan titativos correspondientes a la<br />
ordenación residencial propuesta por este Avance:<br />
AMBITOS<br />
Nº DE VIVIENDAS PROPUESTAS Superficie del<br />
ORDENADOS<br />
En T ipolo gía<br />
de Bloque<br />
En T ipolog ia<br />
Unifamiliar<br />
TOTAL<br />
Reserva<br />
Precio Tasado<br />
Reserva<br />
VPO<br />
Precio<br />
Libre<br />
Amb ito<br />
(m2)<br />
Igarondo 2-3 6 -- 6 (*6) -- -- 6 1222<br />
Bikuñ a 4-2 12 4 16 (*4) -- -- 16 2654<br />
Bikuñ a 4-4 24 -- 24 (*6) -- -- 24 1646<br />
Zepai 6-2 6 -- 6 (*6) -- -- 6 681<br />
Zepai 6-3 18 -- 18 (*18) 18 -- -- 2400<br />
Zigor 18 12 30 -- -- 30 18709<br />
Bikabi -- 12 12 -- -- 12 9802<br />
Zepai-E stensoro 129 28 157 66 27 64 31572<br />
TOTAL 213 56 269 (*40) 84 27 158 68686<br />
(*) Viviendas ya previstas en la ordenación de las NNSS vigentes<br />
7.2.2.- Actividades económicas<br />
La ordenación actualmente vigente del suelo destinado a actividades económicas en el municipio de<br />
Idiazabal ocupa una superficie global de 47,46 Has. Este Avance de la Revisión de las NNSS propone<br />
la cons olidación de este suelo , dentro de l cual s e loca liza un limita do re ma nente de solar es aú n sin<br />
ejecutar, que b ásicam ente perm ite acoger futuras a cciones de am pliació n, ligadas a em pres as ya<br />
existentes, y que son propietarias de los mismos.<br />
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En lo que se refiere a la calificación de nuevos suelos para actividades económicas , el Avance propone<br />
únicam ente la reconversión de uso de 1,98 Has. de terrenos ya ocupados (en ellos se localizan<br />
actualm ente una granja de pollos, un establo y una instalación de almacenaje de materiales de<br />
construcción) ubicados en continuidad con el ámbito industrial de Guardi y que permiten una<br />
optimización de su aprovechamiento y una correcta incorporación a la estructuración urbana de la zona.<br />
Así mismo, el Avance recoge las determinaciones del Plan Especial del Núcleo de Servicio de la CN-1<br />
en el Alto de Etx egárate ya tram itado, que ocup a una supe rficie total de 43.284 m2. De esta forma se<br />
da estatus urbanístico formal y se regula una zona de servicios existente.<br />
Aunque las Bases Urbanísticas aprobadas establecen la previsión de nuevas recalificaciones d e este<br />
tipo de su elo para activid ades económic as, cuyo dimen sionam iento, teniendo com o referencia el ritm o<br />
de ocupación medio experimentado desde 1987, supondría la necesidad de creación de unas 10 Has .,<br />
de nuevo suelo industrial para un horizonte de 8 años, destinado a la creación de nuevas empresas, el<br />
Ayuntam iento en el momento de redacción del presente Avance, ha considerado oportuno, a efectos<br />
de completar la reflexión sobre la necesidad y conveniencia de dicha previsión, establecer un a m orato ria<br />
provisional en el desarrollo del suelo industrial, de forma que dentro del propio proceso de redacción de<br />
esta Revisión, se pued a concluir definitivam ente su levantam iento, ó en s u caso, su m anteniento<br />
durante todo, ó parte de l perío do de vigen cia de la ordenación a adoptar por esta Revisión de las NNSS.<br />
Caso de que finalmente se decida la recalificación de nuevo suelo industrial, su emplazamiento,<br />
dimensión y características se adoptarán siguiendo los criterios urbanísticos que constan en es te<br />
Avance, y que son el desarrolo de las Baes de la Revisión de las NNSS aprobadas por el<br />
Ayuntamiento. Por lo tanto, la continuidad de la política de promoción de suelo urbanizado industrial que<br />
viene llevando a cabo el Ayuntamiento en los últimos 15 años, quedará a expensas de tal decisión.<br />
Así mism o, en el período de e xposición pública de este Avance se podrán proponer por los particulares<br />
acciones conc retas destinada s al de sarrollo de activid ades económic as pr eexistentes, o a la<br />
implantación de otras nuevas, a fin de que el Ayuntamiento, aplicando el modelo de estructuración<br />
territorial y los criterios y objetivos adoptados por el presente Avance, determine la conveniencia y<br />
corrección de su inclusión en la propue sta de ordenación urb anística de Idiazaba l. Entre tales acciones,<br />
debe mencionarse especialmente la que se refiere a la ubicación de un Hotel en el térm ino m unicipal,<br />
que ha sido sugerida por las Base s de la Revisión aprobada s por el Ayuntamiento.<br />
La posibilidad de flexibilización del régimen de usos aplicable a los ámbitos destinados a actividades<br />
económicas (con inclusión del sector servicios y terciario) será objeto de estudio en la redacción del<br />
Proyecto de Revisión de las NNSS.<br />
A continuación se aporta un cuadro en el que constan los datos cuantitativos correspondientes a la<br />
ordena ción del su elo para a ctividades económicas propu esta por este Avance:<br />
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PROPUESTA DE SUELO PARA ACTIVIDADES ECONOMICAS<br />
AMBITO Superficie (m2) AMBITO Superfic ie (m2)<br />
Jaso 78009 Errota 19196<br />
Limas 48460 Iñausti 12246<br />
Ampo 20916 Sagas tiberri 7768<br />
Aristra in 82085 TOTAL 494.529 (*)<br />
Ezolatza 54647 Alto de E txegarate 43284<br />
Guardi 171.202 (*) TOTAL 537813<br />
(*) 19.886 m2 corresponden a suelo recalificado por este Avance<br />
El resto de la superficie ordenada ya dispone de calificación en las NNSS hasta hoy vigentes<br />
7.2.3.- Espacios libres<br />
En la actualidad el Casco de Idiazabal está dotado de 11.072 m2 de Parque Público (Sistema General),<br />
y la ordena ción prop uesta por este Avance de Planeamiento contiene un total de 16.544 m2 destinados<br />
a este uso. Por lo que el incre men to de dotación previsto es de 5.472 m2, lo que supone la aportación<br />
media de 20,34 m2 de Parque por cada nueva vivienda ordenada en el Casco.<br />
La nueva dotación de Parque Público propuesta consiste principalmente en la ampliación (4.841 m2)<br />
del Parque existente de Txomenane, con vistas a reforzar la funcionalidad de é ste, y aprovechando las<br />
condiciones urbanísticas de su emplazam iento central respecto del núcleo de Idiazabal. Así mismo, se<br />
amp lía en 631 m2 el parque ya previsto en la antigua huerta de Pilarenea, por las buenas condiciones<br />
medioambientales y paisajísticas de su ubicación respecto del río Ursuarán y del tramo de paseo de<br />
ribera ya construido.<br />
Fuera ya del ámbito urbano, este Avance propone la delimitación de una pequeña área de descanso,<br />
ó parque rural, en torno a la Ermita de Agerre (unos 1500 m2) a fin de valorar este elemento del<br />
patrim onio cultural, da r servicio al Camino de Santiago y de aprovechar sus condiciones privilegiadas<br />
com o mirador del pa isaje del G oierri..<br />
En lo que se refiere al sistema local de espacios libres,a la vista de la ordenación pormenorizada, de<br />
carácter orientativo, que la Revisión preverá para los tres desarrollos residenciales propuestos (Zigor,<br />
Bikabi y Zepai), el Plan de Ordenación definitivo señalará los criterios de emplazamiento y diseño de los<br />
parques, ó zonas verdes locales, a tener en cuenta en la redacc ión del Planeam iento Pormenorizado<br />
(Planes Parciales ), a fin de que complementen espacial y funcionalmente el sistema de dotaciones del<br />
tejido urbano preexistente.<br />
A continuación se aporta un cuadro en el que constan los d atos cuan titativos correspondientes a la<br />
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ordena ción de la re serva de suelo para espacios libres propuesta por este Avance:<br />
PROPUESTA DE RESERVA DE SUELO PARA ESPACIOS LIBRES (PARQUES)<br />
AMBITO Superficie (m2) AMBITO Superficie (m2)<br />
Txomenane 11.167 (*) Bere Nahia 1141<br />
Pilarenea 2073 TOTAL 16544<br />
Huerta Pilarenea 2.163 (**) Ermita de Age rre 1500<br />
(*) El Parque existente se aumenta en 4.841 m2<br />
(**) El Parque ya calificado se aumenta en 631 m2<br />
7.2.4.- Eq uipam iento comu nitario<br />
El Casco de Idiazabal, hoy día, está dotado de una supeficie total de 41.737 m2 destinada a<br />
Equipamiento Comunitario (de ella 2.541 m2 están aún pendientes de ocupación). La ordenación<br />
urbanística propuesta por este Avance de la Revisión de las NNSS prevé la consolidación de esa<br />
reserva de su elo y su complemento con una nueva parcela destinada a esta clase de uso dotacional de<br />
superficie apr oxim ada 955 m 2. Lo que totaliza 42.692 m 2 de s uelo e quipa me ntal.<br />
Esta propuesta de ordenación del suelo de Equipamiento Comunitario responde al Programa Dotacional<br />
hasta ahora adoptado por el Ayuntamiento, y que tiene como horizonte máximo el período de ejecución<br />
de 12 años, en el que quedan inscritas todas las propuestas del presente Avance. En dicho Programa<br />
quedan incluidas la siguientes operaciones:<br />
* El traslado al actual edificio de Kultur Etxea (Antiguas Escuelas de Igarondo) de la Casa<br />
Con sistorial, mediante la eliminación de sus actuales usos socio/culturales y la rehabilitación<br />
integral del edificio existente.<br />
* Construcción de nuevas instalaciones culturales que sustituyan y mejoren las existentes<br />
actualmente en el edificio de las Antiguas Escuelas de Igarondo.<br />
* Construcción de nuevas instalaciones destinadas a dar continuidad a la política municipal<br />
referente a la promoción del queso de Idiazabal y del mundo del pastoreo.<br />
Para dar respuesta a las nuevas necesidades espaciales derivadas de la ejecución de tal programa de<br />
equipamiento, el Avance prevé la reserva de tres parcelas, dos de ellas que ya son de propiedad<br />
mu nicipa l, y que gozan de la calificación debida en el planeamiento vigente (Antiguas Escuelas de<br />
Igarondo y solar vacante en la Huerta de Pilarenea) y una tercera de nueva creación, y que corresponde<br />
a la parcela en la que se emplaza la Casa Txomenane. La selección de ésta última finca como<br />
Equipamiento de Res erva (pre visiblemente Socio/cultural) queda justificado, tanto en su disponibilidad<br />
actual (edificio no habitado desde hace décadas) como en las cualidades urbanísticas idóneas que<br />
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reúne para la función equipamental atribuida.<br />
En lo que se refiere al sistema local de equipamiento comunitario,a la vista de la ordenación<br />
pormenorizada, de carácter orientativo, que la Revisión preverá para los tres desarrollos residenciales<br />
propuestos (Zigor, Bikabi y Zepai), el Plan de Ordenación definitivo señalará los criterios de<br />
emp lazamiento de las parcelas de reserva legalmente pertinentes, a tener en cuenta en la redacción<br />
del Planeamiento Pormenorizado (Planes Parcia les), a fin de que c om plem enten esp acial y<br />
funcionalmente el sistem a de dota ciones d el tejido urbano preexistente.<br />
A continuación se aporta un cuadro e n el qu e con stan los da tos cuantitativos correspondientes a la<br />
ordena ción de la re serva de suelo para equipamiento com unitario propuesta por este Avance:<br />
PRO PUE STA D E RE SER VA D E SU ELO PAR A EQ UIPA MIEN TO C OM UNIT ARIO<br />
AMBITO Superficie (m2) AMBITO Superficie (m2)<br />
Igarondo<br />
(Deportivo-<br />
Institucio nal)<br />
Parro quia<br />
(Religioso<br />
Txomenane<br />
(Reserva, Socio-<br />
Cultur al)<br />
Zigor<br />
(Sanitario)<br />
Arizkorre ta<br />
(Deportivo)<br />
8439 Huerta Pilarenea<br />
(Socio -Cultu ral)<br />
1011 Pilarenea<br />
(Asiste ncial)<br />
955 (*) Zepai<br />
(Escola r)<br />
355 Bere Nahia<br />
(Servicio I<br />
Infraestructuras)<br />
14194 Otazabal<br />
(Cementerio)<br />
2541 (**)<br />
1435<br />
5572<br />
4019<br />
4171<br />
TOTAL = 42.69<br />
(*) Parcela de nueva creación<br />
(**) Parcela existente pendiente de ejecución<br />
7.2.5.- Red viaria y transporte<br />
La propuesta de ordenación efectuada por este Avance recoge el estado actual de la red de carreteras,<br />
incluido el estado definitivo que adquirirá la GI-2637, entre las rotondas de Geronimonea y de Segura,<br />
tras concluirse las obras de mejora actualmente en ejecución.<br />
En lo que se re fiere a la red viaria urbana, se consolida el modelo estructural existente, y se proponen<br />
únicamente actuaciones puntuales que la completen y mejoren. Tales como:<br />
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* La construcción de dos nuevos tramos de calle en las areas 2-3 (Igarondo) y 4-2 (Bikuña),<br />
necesarios para terminar el esquema circulatorio de estos barrios.<br />
* La reurbanización de la red viaria y el replanteamiento circulatorio integral del Barrio de Bikuña<br />
(Ambito 4 completo), desde un planteamiento de mejora ambiental y de movilidad sostenible.<br />
Obras cuya ejecución ha sido reciéntemente comenzada.<br />
* La conclusión del acondicionamiento funcional y ambiental de Kale Nagusia en el tramo<br />
com pren dido e ntre Z elá y Ve nta T xiki .<br />
* El acondicionamiento del tramo de la calzada de Kale Nag usia entre la Plaza de la Parrokia<br />
y el Parque de Txomenane, con el ob jetivo de alc anza r un eficaz “ calm ado de trá fico” y la<br />
mejora ambiental en esta zona central del núcleo urbano de Idiazabal, en la que se articulan las<br />
dotaciones públicas mas significativas (Parque, Plaza, Parroquia, Ayuntamiento, nuevo<br />
equipam iento Soc io-cultural, etc.)<br />
En cuanto al esquema viario de los nuevos desarrollos previstos el Plan de Ordenación definitivo<br />
señalará los criterios de trazado y de coordinación con la red preex istente, a te ner e n cue nta en la<br />
redacción del Planeam iento Pormenorizado (Planes Parciales).<br />
Respecto de la dotación pública de aparcamiento, además de consolidar la existente el Avance propone<br />
el replanteamiento integral de este servicio en el Barrio de Bikuña (ámbito 4 entero), según los criterios<br />
adoptados por el Proyecto de Reurbanización, actualmente en ejecución.<br />
En el ámbito del transporte público y no motorizado, el Avance prevé:<br />
* La reorde nación de l servicio de autobuses públicos, de forma que su recorrido se prolongue<br />
a lo largo de K ale N agusia ha sta, al menos, hasta Ze pai Etxea, disponiendo dos nuevas<br />
paradas, una frente a Errekarte Etxea (que sustituya a la existente en Bikuña Kalea) y otra a<br />
ubicar entre Zepai y Ber e Na hia, adaptándose así al estado re al del d esarrollo urbano del núcleo<br />
de idiazabal, con el objetivo de proporcionar un servicio cómodo y eficaz a los potenciales<br />
usuarios.<br />
* Recoger los trazados previstos en los planes de movilidad ciclista del Goierri, ya aprobados<br />
por la Diputación Foral, a e xpensas de u n futu ro es tudio que a nalice la necesidad de despliegue<br />
de una red ciclista a nivel urbano municipal.<br />
En lo que s e refiere a la red viaria rural, aunque a nivel de objetivos, sin plazo de ejecución , estarían<br />
la construcción de un tramo que facilitara la comunicación rodada directa entre los cascos de idiazabal<br />
y Olaberría y el acond icionam iento del tramo de camino entre los caseríos Arizti y Estensoro. El Avance<br />
específicamente propone la construcción de un nuevo tramo de vial para tráfico rodado (de unos 400<br />
m de desarrollo) dirigido concretamente a evitar el tráfico de paso por el Casco (Barrio de Bikuña),<br />
genera do por la G ranja G urutxeta.<br />
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7.2.6.- Redes de infraestructura<br />
La ordenación urbana adoptada por este Avance de la Revisión de las NNSS no afecta al esquema<br />
general de las redes de infraestructura existentes en el municipio. Las propuestas de intervención<br />
previstas referentes a la remodelación de urbanizaciones, ó a nuevos desarrollos urbanos quedarán<br />
reguladas en el Plan de Ordenación definitivo, de forma que éste señalará los criterios de trazado y de<br />
coordinación con las re des preexistentes, a tener en cuenta en la redacción d el Planeamiento<br />
Porm enorizado (Planes Parciales), ó en los corres pondien tes Proyectos de Urbanización..<br />
7.2.7.- Otras intervenciones<br />
Las intervenciones se ctoriales que se desprenden del cuadro d e criterios y objetivos expuestos en el<br />
apartado 5.2 de esta Me mo ria, po r su c arác ter pu ntual y por referirse a materias que desbordan el<br />
alcance y grado de pormenorización del planeamiento, atribuibles al documento de Avance, quedarán<br />
debidamente atendidas por el Plan de Ordenación definitivo.<br />
7.3.- Suelo rural<br />
Partiendo del criterio genérico proporcionado por las Bases Urbanísticas de la Revisión de las NNN de Idiazabal<br />
aprobadas, en orden a ordenar el medio rural “ atendiendo a la protección de sus valores funcionales,<br />
productivos, ecológicos, naturalísticos, de hábitat, sociales, culturales, etc.”, este Avance de Planeamiento,<br />
efectúa la ordenación de este territorio en función de dos niveles conceptuales. Un o que corresponde a la<br />
asignación de Categorías de Suelo , y otro a la definición de los Condicionantes Superpuestos a la anterior<br />
zonific ación, siguiend o al efecto las de tem inaciones contenida s en la s DO T y en el PT S Ag roforesta l.<br />
Las Categorías de Suelo (usos globales del suelo rural) han sido adoptadas en función de sus características<br />
funcionales y de los valores propios que deben ser protegidos en cada una de ellas. Tales categorías son:<br />
* Monte - forestal<br />
* Agroganadero y campiña<br />
* Protección de aguas superficiales<br />
Así mismo, los elementos considerados como Condicionantes Superpuestos a la categorización del suelo,<br />
adaptan específicamente el régimen urbanístico general de cada zona a las particularidades de dichos<br />
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elementos (valores protegibles. ó necesidades de recuperación y mejora). El Avance propone los siguientes<br />
condicionantes superpuestos:<br />
* Corredor ecológico Aralar-A itzgorri<br />
* Bosques de interés naturalístico.<br />
* Vegetación de ribera bien conservada.<br />
* Suelo de alto valor agrológico.<br />
* Area de protección del visón europeo.<br />
* Monte de utilidad pública.<br />
* Laderas inestables, ó con procesos activos de erosión.<br />
* Areas de permeabilidad media, vulnerables a la contaminación de acuíferos.<br />
* Fuentes y manantiales.<br />
* Patrim onio cultural (monumentos megalíticos, áreas de presunción arqueológica, elementos<br />
protegibles y trazado del Camino de Santiago) .<br />
En lo que se refiere a la categorización del suelo propuesta:<br />
* La categoría Monte-forestal, com prende la mayor parte del término municipal y afecta a los suelos<br />
más altos y de mayor pendiente (en general superior al 30% con algunas inclusiones de menor<br />
pendien te en fondos de vaguadas, collados y cotas superiores de montes). En ellos el aprovecham iento<br />
es fundamentalmente forestal (robledales, hayedos y repoblaciones), con algunas zonas aisladas de<br />
argo ma l, helechal y prados. En este ámbito la accesibilidad rodada es restringida y los caseríos son muy<br />
escasos. En esta zona quedan integradas las cumbres de los montes del municipio por lo que además<br />
de valores naturalísticos y productivos, posee un gran interés paisajístico y recreativo.<br />
Esta zona com pren de la p arte a lta del valle del río Urusarán y la margen izquierda del valle del río Oria.<br />
El destino preferente de este ámbito territorial es la producción sostenible de las masas forestales (con<br />
fines de explotación en unos casos y de protección del suelo contra los procesos erosivos, en otros) y<br />
la protección y conservación de las masas arbóreas de interés naturalístico incluidas en ella.<br />
El régimen urbanístico a establecer sobre esta zona tendrá como objetivo principal la preservación de<br />
los valores funcionales-productivos, ambientales, naturalísticos, paisajísticos, de ocio, etc,<br />
característicos de la misma, y como criterio de ordenación las determinaciones derivadas de la Matr iz<br />
de Regulación de Uso s y Actividades establecida po r las DO T y reajus tada por el PTS Agroforestal.<br />
* La categoría Agrogan adero y campiña se localiza sobre suelos en los que predominan las pendientes<br />
relativam ente suaves (en general menores al 30%), bajo cotas altimétricas menores a 350 m. (salvo en<br />
el caso excepcional del Barrio de Ursuarán enclavado en torno a los 375 m. de altitud y los terenos del<br />
cordal Zelandieta-Urbizu entre la cota 300 y 350). En este ámbito, que agrupa suelos de diversa<br />
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capacidad agrológica, se concentra la práctica totalidad de los cultivos, huertas, frutales y praderas, del<br />
municipio, esto es, la principal actividad agrícola y ganadera. Esta zona, que constituye el área de<br />
asentamiento de la mayoría de los caseríos existentes en el municipio, está servida por una tupida red<br />
de caminos que estructuran este espacio rural y proporcionan una buena accesibilidad a los usos<br />
productivos y habitacionales existentes.<br />
El régimen urbanístico a establecer sobre esta zona tendrá como objetivos b ásicos el man tenimiento<br />
de la capacidad agrológica de los suelos, la conservación de la superficie agraria útil, la potenciación<br />
de las actividades agropecuarias y de todos aquellos usos compatibles con éstas, que garanticen la<br />
preservación del ecosistema, del paisaje y los valores socio-culturales característicos de esta unidad<br />
am biental, y adoptará como criterio de ordenación las determ inaciones derivadas de la Matriz de<br />
Reg ulación de Uso s y Actividad es es tablecida p or las DOT y rea justa da po r el PT S Ag roforesta l.<br />
* La categoría Protección de aguas superficiales corresponde al ámbito espacial de protección de los<br />
ríos (Oria y Ursuarán) y arroyos, que constituyen el sistema natural de dren aje del territorio d e Idiazaba l.<br />
El régimen urbanístico a establecer sobre esta zona tendrá como objetivo básico la conservación de<br />
la calidad de las aguas, la protección de los cauces y riberas y la minimización de los daños derivados<br />
de riesgos naturales, y adoptará como base de la normativa las determinaciones de carácter<br />
me dioam biental, de carácter hidraúlico y de carácter urbanístico establecidas al efecto por el PTS de<br />
Orden ación de los Marg enes de los Ríos y Arroyos de la CAP V.<br />
En lo que se refiere a los Condicionantes Superpuestos, los elementos incluidos en este concepto provienen<br />
de los datos proporcionados por Estudio del Medio Físico, que sirvió de base para la Reforma del Régimen del<br />
Suelo No Urb anizable, ho y vigente, y por el Diagnóstico Ambiental elaborado por EKOS como paso preliminar<br />
del Estudio d e Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental. El régimen urbanístico a que deben someterse estos<br />
elementos será redactado con el definitivo Plan de Ordenaciónen teniendo encuenta al efecto, la normativa<br />
sectorial que le sea de aplicación.<br />
En otro orden de cosas, merece la pena señalar que la Normativa del Suelo No Urbanizable del Pro yecto<br />
Revisado del Planeam iento Gen eral, a dem ás de incorpora r toda s las d eterm inaciones correspondientes a la<br />
ordenación del suelo rural descritas en los anteriores párrafos, deberá así mismo proponer las regulaciones<br />
pertinentes sobre:<br />
* El régimen de las edificaciones existentes. Caseríos, casas rurales no adscritas a explotación<br />
agropecuaria y construcciones auxiliares.<br />
* El régimen de nueva edificación: Caseríos, construcciones auxiliares, construcciones e instalaciones<br />
de interés públic o y soc ial.<br />
* El régimen de segregación de terrenos.<br />
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Al efecto se efectuará previam ente una reflexión sobre la eficacia y corrección de la normativa hasta ahora<br />
vigente en el municipio y se tendrá como referencia la legislación y el planeamiento sectorial de obligado<br />
cum plimiento .<br />
La posibilidad de plantear algún crecimiento residencial en el Barrio de U rsua rán, n o ligad o dire ctam ente a la<br />
explotación agropecuaria, tal y como se sugería en las Bases Urbanísticas de la Revisión, queda impedida al<br />
no ser factible encua drar esta estructura rural en la definición de ” Núcleo Rural” establecida por la normativa<br />
urbanística vigente.<br />
7.4.- Patrimonio cultural y naturalístico<br />
La referencia de partida para la elaboración del Catálogo del Patrimonio Cultural y Naturalístico del Mun icipio<br />
de Idiazabal, son, por un lado, el listado remitido por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, y por otro,<br />
el listado contenido en el Catálogo del Patrimonio adjunto a las NNSS de Planeamiento Urbanístico del M unicipio<br />
de Idiaza bal, hasta hoy vig entes. El P royec to del Plane am iento Revisado pro pondrá la relación definitiva de los<br />
elementos a proteger y las normas de protección de los mismos. A continuación se da referencia del contenido<br />
de los citados listados:<br />
NOTA: La numeración que precede al nombre del elemento es la de referencia en el listado remitido por el<br />
Gobierno Vas co.<br />
A- Conjuntos Monumentales Declarados por la CAPV. (Camino de Santiago)<br />
1.- Ermita Andra Mari de Gurutzeta (Protección Básica)<br />
2.- Igle sia de San Migu el (Protección Especial)<br />
11.- Ermita de Santa Isabel (Protección media)<br />
21.- Caserio Arimasagasti (Protección media)<br />
23.- Caserio Eztenagatorre (Protección Básica)<br />
B- Bienes Inmuebles propuestos por la Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco para<br />
declarar como Monumentos / Conjuntos Monumentales de la CAPV<br />
30.- Molino Oria<br />
19.- Caserio Olea<br />
25.- Caserio Naparrasagasti Goenekoa<br />
27.- Caserio Iruinbengoa<br />
26.- C aserio Guard ia<br />
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16.- Caserio Oiarbide<br />
18.- Caserio Urbizu Bekoetxe<br />
32.- Ferreria y molino de Ursuaran<br />
46.- Oficinas de la fa brica de L imas de P. Echeverria s .a.<br />
5.- Kultur etxea<br />
7.- Casa solar de M aubía<br />
44.- Iglesia de Santa Engrazia<br />
C- Bienes inmuebles propuestos por la Direc ción del Pa trimonio Cultural del Gobierno Vasco para ser<br />
protegidos a nivel municipal<br />
6.- Casa Bikuña 6<br />
8.- Convento Hermanas de la Providencia<br />
9.- Capilla del Santo Cristo del Calvario<br />
10.- Casa Cural (Elizalde)<br />
13.- Casa Errekarte<br />
14.- Caserío Igarondo<br />
4.- Ermita de San Ignacio<br />
3.- Jauregialzo enea<br />
24.- Caserio Iñausti (derribado)<br />
17.- Caserio Albitxu<br />
20.- Casa Torre<br />
22.- Caserio Beko Kalbario<br />
28.- C aserio Olazagibel<br />
45.- Casa Bikuña<br />
47.- Fuente<br />
33.- Molino Lopaztegi (derribado)<br />
29.- F erreria y m olino d e Arim asagasti<br />
34.- Puente Ojarbide<br />
12.- Pilar enea<br />
49.- Bere-nahia<br />
48.- Toki eder (Lardizabalena)<br />
31.- Ferreria y molino de Iurre<br />
D- Otros elementos listados por la Dirección del Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco y denominados<br />
“sin relevancia”<br />
15.- Casa Nagusia 22<br />
35.- Puente Goikoalde<br />
36.- Puente Lopategi (derribado)<br />
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37.- Puente Zubialde<br />
38.- Puente Larrostegi<br />
39.- Puente Zelakoa<br />
40.- Puente Bikabi (derribado)<br />
41.- P uente Ka lbario<br />
42.- Pue nte Mendiolaza<br />
43.- Puente Azpikolea<br />
E- Patrimonio Arqueológico<br />
E.1- Zonas Arqueológicas inscritas en el Registro de Bienes Culturales Calificados con categoría de<br />
Conjunto Monumental (Decreto 137/2003 de 24 de Junio BOPV nº133 08/07/2003)<br />
40a.- Dolmen de Urrezulko Armurea<br />
41a.- Dolmen de Bidaarte i<br />
42a.- Tumu lo de Praalata<br />
43a.- Tumulo de Unanabi<br />
45a.- Dolmen de Zorroztarri<br />
46a.- Dolmen de Na palatza<br />
47a.- Dolmen de Etxegarate<br />
49a.- Dolmen de Aitxu<br />
E.2- Zonas Arqueológicas declaradas de presunción arqueológica por la CAPV (Resolución de 14 de<br />
Octubre de 1997, del Viceconsejero de CUltura, BOPV nº 221 de 18 de Noviembre de 1997)<br />
1a.- Iglesia de San Miguel<br />
2a.- Ferreria Ursuaran<br />
3a.- Molino Errotagain (derribado)<br />
4a.- Caserio Ondramuño<br />
5a.- Caserio Akutain Garaikoa<br />
6a.- Caserio Akutain Azpikoa<br />
7a.- Caserio Urrutikoetxea<br />
8a.- Caserio Otamendi<br />
9a.- Caserio Guardi<br />
10a.- Casa Pa lacio Arim asagasti<br />
11a.- Fe rreria Arim asagasti<br />
12a.- Caserio Zelandieta Txiki<br />
13a.- Caserio Muzaibar (derribado))<br />
14a.- Caserio M augizelaeta<br />
15a.- Ermita de San Andres<br />
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16a.- Caserio Oria<br />
17a.- caserio Mendiolatza<br />
18a.- Caserio Mitizar<br />
19a.- Caserio Eziolatza Azpikoa<br />
20a.- Caserio Enpajolatza<br />
21a.- Ferreria de Iurre<br />
22a.- Molino Estenaga<br />
23a.- Caserio Atsis iain<br />
24a.- Casa Torre Eztenaga<br />
25a.- Ermita de Santa Isabel<br />
26a.- Caserio Olariaga<br />
27a.- Caserio Oiarbide<br />
28a.- Templo de Ursuaran<br />
29a.- Temp lo de Gu rutzeta<br />
30a.- Caserio Egileor<br />
31a.- Caserio Zugasti<br />
32a.- Caserio Estensoro<br />
33a.- Caserio Arizti<br />
34a.- Caserio Lopategi (derribado)<br />
35a.- Molino Lopategi Goikoa (derribado)<br />
36a.- Molino Lopategi Bekoa (derribado)<br />
37a.- Caserio Soraluze<br />
38a.- Ferreria Loidi<br />
39a.- Tejeria de G oatze<br />
E.3-- Otros elementos listados por la Dirección del Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco y<br />
denominados “otros elementos arqueológicos”<br />
50a.- Estela de Urbizu Erdikoa<br />
51a.- Estela de Ituberri<br />
52a.- Estela de Egileor<br />
F- Otros elem entos incluidos en el Catálogo de las ha sta ahora vigentes NNSS de Idiazabal (el res to<br />
de los catalogados ya han quedado enumerados en el listado del Gobierno Vasco)<br />
- Ermita San Esteban de Agerre<br />
.- Caserio Gaztelu<br />
.- Caserio Lardizabal Txiki<br />
.- Caserio Urbizu Erdikoa<br />
.- Caserio Igarondo<br />
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.- Casa Txomenane<br />
.- Cru ces de Beko Kalbario<br />
.- Parque de Txomenane<br />
.- Parque Pilar enea<br />
- Parque de Jauregialzo enea<br />
.- Cementerio de Idiazabal<br />
- Cementerio de Ursuaran<br />
- Caserío Munoa<br />
- Caserío Mendiolatza<br />
- Cas erío B eko Kalbario<br />
- Colmenar (Ursuarán)<br />
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8. PROPUESTAS DE DESARROLLO Y DE EJECUCION<br />
El contenido del pres ente Ava nce de la Revisión de las NN SS de Idiazabal va dirigido a formular las líneas<br />
maestras de la nueva ordenación propuesta para el territorio municipal, a partir de las Bases Urbanísticas<br />
previam ente aprobadas por el Ayuntamiento. Por lo tanto, corresponderá al proyecto d efinitivo del Plan eam iento<br />
General del Municipio pormenorizar debidamente, en función de lo exigido por la legislación urbanística y por<br />
los criterios m unicipales al efecto, la s determ inaciones relativas al d esarrollo y a la ejecución de la ordenación<br />
urbanística adoptada. En concreto propondrá:<br />
* La zonifica ción, ó calificac ión glo bal de l suelo , desarrollando la propuesta de uso s glob ales del su elo<br />
que resulte de la aprobación del Avance de Planeamiento.<br />
* La ordenación pormenorizada de todo el suelo urbano, a partir de la propuesta orientativa de<br />
ordenación pormenorizada aportada por este Avance de Planeamiento, una vez quede validada por el<br />
Ayuntamiento.<br />
* La necesidad d e planeamiento de des arrollo, en aq uellos casos que legal, ó urb anísticamente, se<br />
estim e necesario, dirigido a completar, ó pormenorizar la ordenación en suelo urbano (Planes<br />
Especiales), suelo urbanizable (Planes Parciales), o en suelo no urbanizable (Planes Especiales).<br />
* La clasificación de la totalidad del suelo del municipio, en alguna de las siguientes clases: urbano<br />
(consolidado y no co nsolidado ), urbanizable y no urba nizable, siguiend o al efecto lo establecido po r la<br />
legislación urbanística vigente.<br />
* La determinación de la división territorial relativa a la ejecución de la ordenación urbanística<br />
adoptada. Al efecto, se procederá a la delimitación de las areas y sectores y de las unidades de<br />
ejecución necesarias, al establecimiento de los sistemas de actuación y a la determinación de los<br />
aprovechamientos atribuibles a cada una de dichas unidades, todo ello seg ún lo p revisto en la<br />
legislación urbanística vigente y en los criterios que resulten de la aprobación del Avance de<br />
Planeamiento.<br />
* La definición del progra ma de de sarrollo y eje cución de la ordenación urbanística propuesta, dentro<br />
del período global fijado con la aprobación del Avance de Planeamiento, y que, en principio, se establece<br />
en 12 años.<br />
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9. PROPUESTA DE FINANCIACION<br />
Como ya se ha dicho en el apartado 2.1 de esta <strong>Memoria</strong>, el nuevo planeam iento urbanístico municipa l, tal y<br />
como conceptualmente se contempla desde el proceso de revisión emprendido, adquiere el carácter de<br />
Proyecto de Desarrollo Urbano, por lo que su formulación conlleva la necesidad de definir, ade má s de la<br />
programación tem pora l de las actuaciones prop uestas, la cuan tificac ión ec onómic a de la s m ism as y el e studio<br />
de los recursos financieros disponibles para acometer su ejecución.<br />
Se haconsiderado fundamental, por lo tanto, que en la aprobación de los criterios y soluciones generales de la<br />
Revisión de las NNSS, queden incluidos también aspectos tan determinantes de la viabilidad de este P royecto<br />
de Desarrollo Urbano, como los planteamientos económicos básicos relacionados con la ejecución de las<br />
propuestas contenidas en el mismo, y que se relacionan con la consecución de los objetivos de interés público<br />
adoptados. Planteam ientos que , según lo e stipulado e n las B ases Urbanística s de la Revisión de las NNSS,<br />
aprobadas por el pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de junio de 2005, quedan obligadamente determinados<br />
por la adopción de una fórmula de participación de la Comunidad Municipal en las plusvalías que se van a<br />
generar por la citada Revisión.<br />
De cara a lograr esa paritipación pública en las plusvalías urbanísticas, es práctica corriente la suscripción de<br />
Convenios Urbanísticos entre Ayuntamientos y propietarios del su elo. Sin em barg o ésto, suele hacerse de una<br />
forma no sistematizada, con criterios no homogéneos de valoración, con desigualdades en el reparto de cargas<br />
y sin un marco global previo de financiación y de ordenación. Lo cual, implica, en no pocos casos, que los<br />
Ayuntamientos caigan en discrecionalidades y abusos, en falta de transparencia y en la supeditación de la<br />
corrección urbanística de la ordenación a criterios puramente mercantilistas.<br />
La estrategia adoptada para la Revisión de las NNS S de Idiaza bal, preten de re solve r de ra íz toda la<br />
problemática aludida. Ya que la posible formalización de Convenios, se hará una vez que se den por buenas,<br />
tras la corresp ondiente partic ipación pú blica, la propuesta de ordenación y de desarrollo urbano y la definición<br />
de la fórm ula de participación pública en las plusvalías generadas p or el planea miento.<br />
A tal fin, se ha estimado necesario y oportuno, dentro del nivel de pormenorización correspòndiente a esta fase<br />
de Avance:<br />
* Definir y evaluar las inversiones derivadas de la ejecución de las acciones y desarrollos urbanísticos<br />
adoptados por este Avance.<br />
* Determinar la forma de financiación de dichas inversiones, en función de la discriminación de los<br />
costes que deben asumirse exclusivamente por la administración municipal, ó por los particulares<br />
beneficiarios de las plusvalías generadas.<br />
* Adoptar la prop uesta de la fórm ula de asign ación de la prop iedad de los nuevos aprovechamientos<br />
lucrativos ordenados por el planeamiento municipal revisado.<br />
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A continuación, se procede según lo enunciado.<br />
9.1- Inversiones previstas para la ejecu ción de las pro puestas del Av ance d el proye cto de desarrollo<br />
urbano.<br />
A.- Evaluación indicativa de costes de adquisición de suelo para dotaciones públicas:<br />
A.1- Parques Urbanos (5.472 m2).........................................................................................396.000 eur.<br />
A.2.- Parque Rural (1.500 m 2)............................................................................................36.000 eur.<br />
A.3- Finca para equipam iento comunitario (9.55 m2).......................................................720.000eur.<br />
B.- Evaluación indicativa de costes de ejecución de dotaciones públicas :<br />
B.1- Urbanización de Parques Urbanos (7.000 m 2)............................................................504.000 eur.<br />
B.2- Urbanización de Parque Rural (1,500 m2).......................................................................60.000 eur.<br />
B.3- Acondicionamiento de edificio de Udal Etxea........................................................1.3000.000 eur.<br />
B.4- Construcción de equipamiento socio-cultural..........................................................3.450.000 eur.<br />
C- Evaluación indicativa de costes de intervenciones de mejora del patrimonio urbanizado y construido:<br />
C.1- Reforma de la urbanización del Barrio de Gurutzeta (Padres de Familia).................780.000 eur.<br />
C.2- Reforma urbanización de Kale Nagusia entre Zelá y Zepai..........................................120.000 eur.<br />
C.3- Reforma de urbanización de Plaza Nagusia y tramo hasta la Parrokia.......................600.000 eur.<br />
C.4- Rehabilitación Ermita del Kalbario..............................................................................60.000 eur.<br />
D- Evaluación indicativa de otros costes:<br />
D.1- Redacción de la Revisión de las NNSS........................................................................132.000 eur.<br />
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------<br />
TOTAL INVERS IONES PR OPUESTAS..........................................................................8.158.000 eur.<br />
Nota 1: No se han tenido en cuenta los gastos correspondientes a la adquisición de las parcelas de parque, o de equipamiento ya gestionadas por<br />
el Ayuntamiento, o a la ejecución de las obras de reforma de la urbanización del Barrio de Bikuña por encontrarse actualmente en marcha.<br />
Nota 2: Tampoco se han valorado los costes de construcción de un tramo nuevo de red viaria rur al, dado que se contem pla com o gasto impu table<br />
(en la proporción que se estime oportuna) a la actividad existente de Granja, que es la que genera e l problem a circulario q ue se pre tende res olver.<br />
Nota 3: La valoración del concepto A.3 corresponde no solo a los derechos de aprovechamiento atribuible a la finca, sino también a la de<br />
indemnización del edificio existente.<br />
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64<br />
Los gastos aquí incluidos se refieren a aquellas acciones de interés público previstas por el Avance y<br />
que van a tener que ser g estionadas por la a dm inistración municipal. No son objeto de este discurso<br />
las cargas de urbanización y de cesión de suelo destinado a sistemas locales, que por ley, deben ser<br />
obligatoriam ente asumidas por los propietarios de suelo dotado de aprovechamiento lucrativo.<br />
9.2.- Imputación de costes<br />
De las inversiones definidas en el anterior epígrafe, a efectos de financiación, unas deben ser atribuidas al 100%<br />
como cargas a los nuevos desarrollos, dado que la necesidad de su ejecución proviene exclusivamente de las<br />
obligaciones urbanísticas generadas por los mismos, tales como la aportación de suelo para parques y<br />
equipamientos de nivel general, ó como la u rbanización de los nuevos parques previstos. Y otras, el resto , solo<br />
deben ser atribuidas proporcionalmente como cargas a los nuevos desarrollos, dado que la necesidad, ó el<br />
beneficio de su ejecución es atribuible a la totalidad del municipio. El factor de proporcionalidad se adopta en<br />
función al núm ero deviviendas nuevas previstas (269) y al núm ero de viviendas total existente hoy día (1069),<br />
en el término municipal. Esto es, el citado factor resulta ser el 20 %.<br />
A tenor de lo dicho, al nuevo desarrollo propuesto se le deberá atribuir la carga de financiación resultante de<br />
aplicar el 100% a los gastos derivados de los conc eptos A.1, A.2, A,3, B.1 y B.2 enumerados en el epígrafe<br />
anterior, y de aplicar el 20% al resto de a los gastos enumerados en el epígrafe anterior. De lo cual se deduce<br />
que el total de dicha carga asciende a 3.004.400 euros.<br />
Por lo tanto, la diferencia respecto al monto total de inversiones previsto, es de 5.153.600 euros, que es la carga<br />
que debe ser asumida enteramente por el Ayuntamiento en la ejecución de las propuestas del Proyecto de<br />
Desarrollo Urba no de Idiazabal.<br />
9.3.- Sistema de financiación<br />
El Ayuntamiento de Idiazabal se constituye en gestor único de las citadas actuaciones, y a tal fin financiará su<br />
ejecución dentro de un plan global de inversiones de 12 años, mediante el siguiente sistema:<br />
* El 36,83 % de la in versión total pre vista ( 3.004.400 eur os) s e deb erá obtener m edian te la<br />
reserva de una parte de la propiedad del nuevo aprovechamiento lucrativo ordenado por el<br />
Planeamiento General Revisado, en concepto de participación pública en las plusvalías<br />
genera das por el planeam iento prom ovido por la Adm inistración M unicipal.<br />
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* El restante 63,17 % de la inversión total prevista (5.153.600 euros) se deberá obtener<br />
med iante la disposición de recursos propios, entre ellos el pago de derechos de licencias de<br />
construcción, ayudas y subvenciones de organismos oficiales, habilitación de créditos , etc. A<br />
estos efectos, y de forma orientativa se puede prever que en co ncepto de der echos de licenc ia<br />
el Ayuntamiento podría recaudar del orden de 1.500.000 euros, como resultado de la ejecución<br />
de las propuestas edificatorias de la Revisión de las NNSS.<br />
9.4.- Propuesta de fórmula de asignación de la propiedad de los nuevos aprovechamientos lucrativos<br />
ordenados por el planeamiento municipal revisado<br />
Esta propuesta es consecuenc ia directa de l planteam iento de fina nciación expuesto en el epígrafe a nterior, y<br />
se concreta en la siguiente fórmula:<br />
- El Ayuntamiento de Idiazabal se reserva la propiedad, libre de cargas de urbanización, del 17 % de<br />
todos los nuevos aprovechamientos lucrativos ordenados por el planeamiento municipal revisado. El<br />
restante aprovechamiento (83 % del total) quedará asignado exclusivamente a los propietarios del<br />
suelo. Esta reserva de aprovechamiento de propiedad municipal tiene un valor global que asciende a<br />
3.004.400 euros, y su destino exclusivo es financiar la ejecución del 36,83 % de la inversión total<br />
derivada de las acciones propuestas por el Proyecto d e Desarrollo Urb ano previsto por el Ayuntam iento<br />
para los próximos 12 años, tal y como se contempla en este Avance de Planeamiento Urbanístico<br />
Gene ral Revisa do del M unicipio de Idiazabal.<br />
- En cada una de las unidades de ejecución que en su momento se delimitarán por el Proyecto del<br />
Planeamiento General Revisado, este porcentaje de reserva del aprovechamiento de propiedad<br />
mu nicipa l, se materializará total, ó parcialmente, según se disponga, en la correspondiente cesión de<br />
solares urbanizados, en la compensación económica del valor equivalente, ó en la cesión de los<br />
sistemas generales que pudiera tener adscritos .<br />
- En la medida que en el proce so de redacción y tramitación del Proyecto de Revisión se modifiquen los<br />
aprovechamientos previstos por este Avance, deberá rehacerse el cálculo del porcentaje de reserva de<br />
aprovecham iento lucrativo aquí pro puesto.<br />
En el Anejo nº 4 de esta <strong>Memoria</strong> se ap ortan los da tos auxiliar es, a partir de los cuale s se ha efectuado la<br />
formulación de la presente propuesta.<br />
Según lo previsto por la legislación vigente el Ayuntamiento solo dispondría del 10% de los nuevos<br />
aprovechamientos ordenados por la Revisión de las NNSS, por lo cual, para poder poner en práctica esta<br />
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66<br />
propue sta de reserva de aprovechamiento, el Ayuntamiento de Idiazabal podrá recurrir a los siguientes<br />
mecanismos, de forma previa a la redacción del nuevo Proyecto de Plan de Ordenación Urbana :<br />
* La formalización de Convenios Urbanísticos a suscribir con los propietarios de ámbitos territoriales<br />
a los que el Avance propone el otorgamiento de aprovechamiento lucrativo.<br />
* La adscripción a determinadas unidades , de carga s propo rcionales a la reserva de aprovechamiento<br />
correspondien te (cesión de sistemas generales), según lo previsto en la legislación urbanística vigente.<br />
* La modificación de las propuestas de ordenación del aprovechamiento contenidas en este Avance<br />
, en las unidades que se estime oportuno, ó incluso incorporación de nuevas unidades en las que<br />
urbanís ticame nte esté justificado el traslado del aprovechamiento disminuido, ó suprimido en los<br />
ámb itos originales .<br />
NOTA: Para el caso en el que en la negociación de algún Convenio se plantee la alternativa de que la reserva<br />
de aprovechamiento municipal sea de suelo, esto es que los gastos de urbanización correspondientes deben<br />
ser asumidos por el Ayuntamiento, se establece el porcentaje del 22,5 %, como el equivalente al 17% del<br />
aprovechamiento exento de cargas de urbanización.<br />
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10. ESTUDIO DE EVAL UACION CONJUN TA DE IM PACTO AMBIENTAL<br />
Como documento complementario de este Avance de la Revisión de las NNSS de Planeamiento Urbanístico<br />
del Mun icipio de Idiazabal se a porta el corresp ondiente Estu dio de Evalu ación Co njunta de Imp acto Am biental,<br />
redactado por Ekos Estudios Ambientales S.L., dando así cum plimiento a lo previsto en el Decreto 183/2003 de<br />
23 de Julio, por el que se regula el procedim iento de evaluación conjunta de imp acto am biental. Proc edimiento<br />
al que la Revisión de las NNSS queda obligadamente sometida, según lo estipulado por el art. 46 de la Ley<br />
3/1998 de 27 de Febrero de Protección del Medio Ambiente del Pais Vasco.<br />
La redacc ión del citado Estudio de Eva luación C onjunta de Im pacto Am biental, ha sido p rece dida p or la<br />
confección del llamado Diagnóstico Ambiental (Octubre de 2005), cuyo contenido ha constituido una valiosa<br />
referencia para la formulación de la propuesta de ordenación objeto del presente Avance de Planeamiento.<br />
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11. EL PROYECTO DE REVISION DEL PLANEAMIENTO URBANISTICO DE IDIAZABAL<br />
En el apartado 2.3 de esta <strong>Memoria</strong>,se exponen las particularidades de la tramitación y del programa de<br />
participación públic a relacionados con el presente documento de Avance de Planeamiento. En el que se<br />
concluye que:<br />
“La Corporación, a la vista de los informes sobre los escritos de sugerencia que se puedan presentar<br />
en el período de exposición pública y de todas las actuaciones d el exped iente, acordará form almente<br />
lo que proceda en cuanto a las directrices urbanísticas (criterios y solu ciones ge nera les), c on ar reglo<br />
a las cuales haya de culminarse la redacción del Proyecto de Revisión de las NNSS de Idiazabal. A es te<br />
nivel confirmará, o en su caso modificará, las Bases Urbanísticas que han servido de marco de<br />
redacción del presente Avance.”<br />
A partir de las directrices dimanantes del citado acuerdo, procederá la pues ta en m archa d e la quinta fase del<br />
proceso de Revisión que consistirá en la redacción de l docu me nto correspondien te al Proyecto de Revisión del<br />
Planeamiento Urb anís tico d el Munic ipio d e Idia zaba l . Ten iendo en cu enta que la Ley 6/2006 de 30 de Junio, de<br />
Suelo y Urbanismo, será de plena aplicación el próximo 20 de Setiembre de 2006, y a tenor de lo previsto en<br />
el artículo 59 de la misma, la figura de planeamiento que corresponderá a tal Proyecto, no podrá ser ya la de<br />
Norma s subsidiarias de Planea mie nto U rban ístico , sino la de PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA,<br />
cuyo contenido documental y tramitación atenderán a las determinaciones de los artículos 61, 90 y 91 del citado<br />
texto legal.<br />
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12. NOT A FINAL<br />
De los múltiples contactos mantenidos entre equipo redactor y corporación municipal, a lo largo del período de<br />
redacción de este Avance, ha surgido la idea de completar la presente documentación mediante la aportación<br />
de un conjunto de aclaraciones a las preguntas, ó dudas más comunes, que previsiblemente se van a plantear<br />
aquellos que consulten, ó analicen las propuestas urbanísticas efectuadas. Con esta aportación se pretende<br />
facilitar la participación pública en el proceso de revisión de las NNSS.<br />
En el Anejo nº 5 de este texto se efectúan las “Aclaraciones a las preguntas más comunes sobre el Avance”<br />
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Agosto de 2006.<br />
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Los redactores:<br />
Manuel Jiménez, Arquitecto.<br />
Ibón Rosales, Arquitecto.<br />
Teodoro Cacho Etxeberría, Abogado.<br />
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ANEJOS<br />
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72<br />
ANEJO Nº 1<br />
Indice d el contenido del Informe U rbanístico General<br />
para la R evisión de las NNSS de Idiazaba l<br />
(Noviembre 2004)<br />
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INDICE DEL INF ORM E URB ANISTICO GENERAL<br />
CAPITULO I.- INTRODUCCIÓN<br />
I.1.- ANTECEDENTES<br />
I.1.1.- Las N orm as Subsidiaria s de P lanea miento U rban ístico del m unicipio de Idiaza bal.<br />
I.1.2.- El estado de vigencia del P lanea mie nto G eneral.<br />
I.2.- OBJETO Y PROCEDENCIA DEL INFORME URBANISTICO GENERAL<br />
I.3- ANEJOS DEL CAPÍTULO I – INTRODUCCIÓN<br />
Anejo nº 1: Resolución del Consejo de Diputados de 22 de Julio de 1987<br />
Anejo nº 2: Informe de 13 de Octubre de 2003 del arquitecto asesor municipal<br />
Anejo nº 3: Acuerdos del Pleno Municipal de 30-Octubre-2003 y 18-Diciembre-2003<br />
CAPITULO II.- ANÁLISIS D E LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES Y DEL DESARROLLO URBANO<br />
ACTU AL DEL MUNIC IPIO<br />
II.1.- CRIT ERIO S Y OB JETIV OS G ENER ALES DE LA ORD ENAC IÓN D EL TE RRIT ORIO<br />
II.2.- ESTRUC TUR A OR GAN ICA DEL TE RRIT ORIO<br />
II.3.- USOS DEL SUELO<br />
II.3.1.-<br />
II.3.2.-<br />
II.3.3.-<br />
II.3.4.-<br />
II.3.5.-<br />
II.3.6.-<br />
II.3.7.-<br />
II.3.8.-<br />
Calificación del suelo.Usos globales<br />
Suelo Residencial<br />
Suelo de Actividades Económicas<br />
Espacios Libres<br />
Equipam iento Com unitario<br />
Red de comunicaciones<br />
Otras infraestructuras<br />
Zona Rural<br />
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II.4.- RÉGIMEN DE DESARROLLO Y EJECUCIÓN<br />
II.4.1.- Clasificación del Suelo y División Territorial<br />
II.4.2.- Planeamiento de desarrollo de las Normas Subsidiarias<br />
A.- Convenios Urbanísticos y Modificaciones de las Normas<br />
B.- Planes Parciales<br />
C.- O tras F igura s de P lanea mie nto de Des arrollo<br />
II.4.3.- Gestión Urbanística<br />
II.4.4.- Programa de actuación<br />
II.5.- NORMATIVA URBANÍSTICA<br />
II.5.1.-<br />
II.5.2.-<br />
Normativa General<br />
Normativa Pormenorizada<br />
II.6.- CATÁLOGO DEL PATRIMONIO CULTURAL Y NATURALÍSTICO<br />
II.7.- ANEJ OS D EL CA PITULO II<br />
Anejo 1: Analisis pormenorizado de las unidades territoriales<br />
Anejo 2: Planos de Desarrollo Urbano de Idiazabal en el periodo 1987-2004 (2 Planos)<br />
Anejo 3: Planos de Localización y grado de ejecución de las unidades territoriales (2 Planos)<br />
Anejo 4: Planos de Planeamiento de Desarrollo de las NNSS (2 planos)<br />
CAPITULO III.- ANÁLISIS DE OTROS FACTORES QUE CONFORMAN EL MARCO DE LA REVISIÓN DE<br />
LAS NNSS<br />
III.1. EL MEDIO FISICO<br />
III.2. LA DE MOG RAFIA<br />
III.3. EL PLANEAMIENTO SUPRAMUNICIPAL<br />
III.4. LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA<br />
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CAPIT ULO IV.- CONCLUS IONES Y PRO PUESTAS<br />
IV.1 SINTESIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL<br />
IV.2 PROPUESTA DE ACTUACIÓN<br />
IV.3 PROPUESTA DE BASES PARA LA REVISIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO<br />
URBANÍSTICO DE IDIAZABAL<br />
A- Bases conceptuales del proceso de Revisión de las NNSS.<br />
B- Bases para formular el Modelo de Ordenación del municipio.<br />
C- Bases para la Ordenación pormenorizada de los diversos ámbitos urbanos.<br />
D- Bas es para la determ inación del contenido del Avance de la Revisión .<br />
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76<br />
ANEJO Nº 2<br />
Análisis d el resulta do de la encu esta so bre el Informe Urban ístico G eneral<br />
para la R evisión de las NNSS de Idiazaba l<br />
(Informe de 25 de Mayo de 2005)<br />
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ANALISIS DEL RESULTADO DE LA ENCUESTA SOBRE EL INFORME URBANISTICO GENERAL PARA LA<br />
REVISION DE LAS NORM AS SUBSIDIARIAS DE IDIAZABAL (Refª. 06/05)<br />
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------<br />
1- ANTECEDENTES<br />
El Ayuntamiento de Idiazabal, como complemento del período de exposición pública del INFORME<br />
URBANISTICO GENERAL PARA LA REVISION DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS, y vistas las sugerencias<br />
planteadas en la sesión de presentación pública del citado Informe (Enero 2005), consideró interesante y<br />
oportuno promover una encuesta sobre los principales temas urbanísticos que se suscitan con la Revisión de<br />
las Norm as, a fin de contar con el mayor número posible de opiniones de cara a que la Corporación Municipal<br />
establezca las BASES que rijan la redacción de las nuevas Normas Subsidiarias de ordenación urbanística del<br />
territo rio de Idiaza bal.<br />
2- PARTICIPACION<br />
Se han completado 42 formularios de la Encuesta, de los que 4 están suscritos por 2 personas, 1 por 3<br />
personas, 2 por sendos grupos políticos del Ayuntamiento, y el resto, esto es 35, a título individual. Además, ha<br />
sido pres entado tamb ién un escrito en el que un pa rticula r , sin s eguir estrictam ente el guió n de la encuesta,<br />
transmite sus opiniones e ideas sobre la Revisión de las Normas.<br />
El resultado , desde el punto de vista num érico, a mi juicio, puede considerarse muy positivo, y denota un grado<br />
notable de participación. Como referencia com parativa tenemos la encuesta realizada en 1978, época en la que<br />
la participación ciudadana estaba mucho más viva qUe hoy día, cuyo contenido de las preguntas era mucho<br />
más sencillo, y que fué contestada por 8 grupos de personas.<br />
3- RESULTADOS<br />
Analizando tema por tema, las respuestas contenidas en las encuestas presentadas, a mi juicio, se pueden<br />
hacer las siguientes observaciones:<br />
- Apartado B. BASES CONCEPTUALES DEL PROCESO DE REVISION DE LAS NNSS.<br />
Una mayoría numéricamente muy cualificada de los encuestados (entre el 78 y el 97%) da el<br />
visto bueno a las Bases propuestas por el Informe Urbanístico General (en Adelante IUG).<br />
No obstante, debe señalarse como dato relevante de la minoría que discrepa, su preocupación<br />
por la existenc ia de vivienda vacía, y por la posibilidad de su pu esta en utilización como<br />
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alternativa a otras hipótesis de crecimiento. Así mismo, hay que señalar que un grupo político<br />
municipal encuestado, se abstiene a la hora de plantear una política de hacer participar a los<br />
particulares, beneficiarios de las plusvalías generadas por las recalificaciones, en la financiación<br />
de los equipamientos y sistemas generales (B.5).<br />
- Apartado C. BASES PARA FORMULAR EL MODELO DE ORDENACION TERRITORIAL DEL<br />
MUNICIPIO.<br />
C.1. BASES RELATIVAS A LA ESTRUCTURACION DEL DESARROLLO Y A LA OCUPACION DEL<br />
SUELO.<br />
Una mayoría numéricamente muy cualificada de los encuestados (entre el 64 y el 92%) da el<br />
visto bueno a las Bases propuestas por el IUG.<br />
Debe señalarse que un grupo m unicipal encuestado manifiesta que es preciso determinar que<br />
significa “limitar a lo estrictamente necesario la ocupación de la Vega del Ursuarán” y que es<br />
preciso examinar la posibilidad de ocupación de la vega del río Oria (C.1.3).<br />
Donde mayor indeterminación se detecta en las respuestas es en lo referente a la ba se po r la<br />
que se prop one el crite rio de referenc ia par a el dim ensionam iento de la o cupación del s uelo a<br />
adoptar por la Revisión (C.1.5), que aunque la mayoría de los encuestados se posiciona a favor<br />
de lo propuesto por el IUG (64%), la abstención es del 23%.<br />
- C.2. BASES RELATIVAS A LA CALIFICACION DEL SUELO.<br />
C.2.1. VIVIENDA<br />
Una mayoría numéricamente muy cualificada de los encuestados (entre el 61 y el 92%) da el<br />
visto bueno a las Bases propuestas por el IUG.<br />
Debe señalarse que un grupo municipal manifiesta oponerse a que se reserve suelo residencial<br />
de baja dens idad, considera que deben reducirse las previsiones de construcción de nuevas<br />
viviendas, a costa de la recuperación de las viviendas vacías existentes, y que la actuación<br />
mu nicipa l, no so lo deb e cen trars e en la construcción de viviendas tasadas, sino en las de VPO,<br />
sociales, de alquiler, etc, según las necesidades del municipio.<br />
Aquí de nuevo la minoría que discr epa, mu estra su pr eocupación por la existencia de vivienda<br />
vacía, y por la posibilidad de su puesta en utilización como alternativa a otras hipótesis de<br />
crecimiento.<br />
Las bases que suscitan más reservas son las que se refieren al dimensionam iento del número<br />
de viviendas a construir (C.2.1.5 y C.2.1.6), en las que su aceptación es del 67 y del 61%.(el<br />
resto está entre el 77 y el 92%)<br />
Las propue stas m ás sinificativas en este tema son: Hacer un plan de análisis y de reutilización<br />
de la vivienda vacía. Reservar en todas las áreas un m ínimo entre el 10 y el 20% de las<br />
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viviendas para VPO , ó VPS. Elevar la altura de alero de los edificios de vivienda de 12 m a<br />
12,50 m. Reservar una parte de las viviendas que promueva el Ayuntamiento para alquiler, y<br />
otra parte para VPO y para viviendas sociales. Dartratamiento de casco urbano a Ursuarán.<br />
C.2.2. ACTIVIDADES ECONOMICAS<br />
Una m ayoría numéricamente muy cualificada de los encuestados (entre el 68 y el 97%) da el<br />
visto bueno a las Bases propuestas por el IUG.<br />
Un grupo político municipal se manifiesta contrario a que se preve a crecim iento para el sue lo<br />
industrial (C.2.2.1), aunque contradictoriamente responde de forma positiva al resto de las<br />
preguntas sobre este tema.<br />
C.2.3. ESPACIOS LIBRES<br />
Una m ayoría numéricamente muy cualificada de los encuestados (entre el 81 y el 93%) da el<br />
visto bueno a las Bases propuestas por el IUG.<br />
Cabe reseñar que un grupo municipal no ve conveniente por el momento la creación de parques<br />
públicos en zona rural (C.2.3 .3.), considerando suficiente el cuidado de los parques urbanos.<br />
Se detecta una propuesta de un ir los parques rurales me diante un bidegorri.<br />
C.2.4. EQ UIPAM IENTO CO MUN ITARIO<br />
Las principales ideas propuestas sobre nuevo equipamiento com unitario a prever, se concretan<br />
en la necesidad de un Hotel (se sugiere en T xomenane), de un local para de porte rural, de un<br />
gazteleku, de un área cubierta para juego de niños y de equipamiento relativo al queso, como<br />
un museo, etc.<br />
Un grupo político municipal reclama que debe cons ultars e al pu eblo s obre la con venie ncia de<br />
cambiar el Ayuntamiento al edificio actual de Kultur Etxea.<br />
C.2.5. RED DECOMUNICACIONES<br />
Una m ayoría numéricamente muy cualificada de los encuestados (entre el 64 y el 97%) da el<br />
visto bueno a las Bases propuestas por el IUG.<br />
Un grupo político municipal manifiesta su desacuerdo con mantener las dos propuestas de<br />
mejora de la red de caminos rurales contenidas en las Normas vigentes (C.2.5.3). Es de señalar<br />
que entre las respuestas positivas a esta pregunta, una de ellas apunta a la necesidad de<br />
reso lver el acce so de cam iones a las G ranja s, sin pasa r por e l Cas co de Idiaza bal.<br />
C.2.6. ZONA RURAL<br />
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Se sugiere una problemática variada a tener en cuenta por la revisión.: Regular la plantación de<br />
pinos y arbolado en áreas próximas al casco. Regular la apertura de nuevas pistas en el monte.<br />
Creación de u na es cuela de p astoreo. T ener en c uenta la importancia de los suelos a la hora<br />
de prever las zonas de expansión urbana. Facilitar la reutilización interior como vivienda de los<br />
caseríos. Impulsar un plan de protección de la actividad del caserío, del queso y del pastoreo.<br />
C.2.7. PATRIMONIO CULTURAL Y NATURALISTICO<br />
Aparte de determinados elementos ya catalogados, se propone tomar en consideración la<br />
prote cción de lo s pue ntes antiguos y del rob ledal d e Altunarizti.<br />
- Apartado D. PROPUESTA DE ACTUACION<br />
Una mayoría numéricamente muy cualificada de los encuestados (entre el 62 y el 95%) da el<br />
visto bueno a la propuesta de actuación adoptada para llevar a cabo la Revisión de las Normas.<br />
Es preciso señalar que un grupo político m unicipal m anifie sta no estar de acue rdo c on la<br />
metodología adop tada para la Revisión , no le p arec e tam poco suf iciente la participación pública<br />
fomentada por el Ayuntamiento, reclama que antes de acordar las bases se debe abrir un nuevo<br />
proceso de discusión a la vista del resultado de la encuesta, y no le parece correcto que<br />
mientras se revisan las normas el Ayuntamiento pueda continuar con su política de promoción<br />
de intervención en m ateria de vivienda y suelo indus trial.<br />
4- CONCLUSIONES<br />
En términos generales, del análisis de la encuesta su rge el resultado evidente de q ue una mayoría<br />
numéricamente muy cualificada de los encuestados otorga el visto bueno a las Bases de la Revisión de las<br />
Normas Subsidiar ias propuestas por el Informe Urb anístico G eneral, qu e ha e stado exp uesto al pú blico a lo<br />
largo de los últimos mes es .<br />
No obstante, es preciso decir que de la encuesta surgen determinadas aportaciones valiosas que<br />
complementan, ó matizan dichas Bases, y que, a mi juicio, deberían ser tenidas en cuenta en el momento en<br />
el que el Ayuntamiento las ap ruebe. Las aludidas aportaciones se concretan en los siguientes tem as:<br />
1- La posibilidad de reservar en todas las nuevas áreas residenciales un porcentaje fijo para viviendas<br />
destinad as a algún régim en de protección .<br />
2- La po sibilida d de reajustar la altura de ale ro de los ed ificios de vivienda sin variación de s u per fil<br />
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IDIAZABALGO UDALA<br />
IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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AYUNTAMIENTO DE IDIAZABAL<br />
REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL - AVANCE<br />
81<br />
actual de planta baja y tres de piso.<br />
3- La posibilidad de estudiar la construcción de viviendas en el núcleo de Ursuarán.<br />
4- La posibilidad de estructurar recorridos entre parques y equipamientos públicos mediante un<br />
bidegorri.<br />
5- La posibilidad de tomar en consideración dentro del programa del nuev o equ ipam iento com unitario<br />
a prever, la creación de: un local para deporte rural, un gazteleku, un área cubierta para juego de niños,<br />
de equipamiento relativo al queso, etc.<br />
6- La posibilidad de reservar un solar para la construcción de un hotel. Estudian do su emplazamiento<br />
más conveniente.<br />
7- La posibilidad de resolver el acceso de camiones a las Granjas, sin pa sar p or el C asco de Idiazabal.<br />
8- La posibilidad de regular: la plantación de pinos y arbolado en áreas próxim as al casco, la apertura<br />
de nuevas pistas en el monte, la reutilización interior como vivienda de los caseríos.<br />
9- La posibilidad de incluir en el catálogo del patrimonio cultural y naturalístico, a efectos de su debida<br />
prote cción: los puen tes antiguos y de l robledal de Altunarizti.<br />
Por otra parte, el resultado de la encuesta pone de manifiesto dos temas importantes, pero que a mi juicio, son<br />
independientes de la redacción de la Revisión, y no interfieren directamente en sus propuestas de ordenación,<br />
ya que están exclusivamente relacionados con la política de vivienda que pretenda llevar a cabo en adelante el<br />
Ayuntamiento. Estos temas son:<br />
A- La preocupac ión ma nifestada por la existencia de vivienda vacía, y la posibilidad de llevar a cabo un<br />
plan de análisis y de reutilización de la misma.<br />
B- La po sibilida d de q ue las viviendas que p rom ueva el Ayun tam iento no so lo sea n de p recio<br />
concertado, sino que puedan destinarse también a otros regímenes de protección, en función de las<br />
neces idades d e la dem anda propia del pu eblo.<br />
El primero de estos temas, el de la vivienda vacía con emplazamiento urbano, a mi juicio, debería ser objeto de<br />
un estudio pormenorizado, por el que se determine su número real, sus características y estado, y se analicen<br />
las causas de su desocupación y las posibilidades de su puesta en el mercado (voluntad de sus propietarios).<br />
Con independencia de la conveniencia e interés de realizar esta investigación, por experiencia propia y teniendo<br />
como referencia los resultados de estudios semejantes efectuados en otros municipios, se puede aventurar que<br />
la dispo nibilida d rea l de es te parque de vivienda s en Id iazabal ser á m uy esc asa, y que las posibilidades de<br />
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IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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AYUNTAMIENTO DE IDIAZABAL<br />
REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL - AVANCE<br />
82<br />
intervención sobre este parque no suelen estar al alcance de municipios pequeños, sino de agencias públicas<br />
com arca les, provinciales , o de escala co mu nitaria . En cualqu ier ca so, a mi ju icio, la influe ncia de este parque<br />
en el planeamiento urbanístico de Idiazabal resulta prácticamente inoperante a la hora de dimensionar las<br />
necesidades de construcción de nuevas viviendas.<br />
El segundo de los temas, no se debe situar en un nivel de discusión técnico, sino en el púramente político de<br />
nivel municipal, dado que se sustenta básicamente sobre el destino que el Ayuntamiento pretenda dar a su<br />
patrim onio e conóm ico e in mo biliario, en fu nción de c riterios de e ficac ia de g estión, ren tabilidad so cial, ju sticia<br />
distributiva y capacidad económica. Esta, por lo tanto , es una cuestión ajena a la Revisión de las Normas, más<br />
aún, cuando no está en discusión que el Ayuntamiento siga gestionando suelo para tener capacidad de hacer<br />
una política pro pia de vivienda, hecho éste, que sí será tenido específicamente en cuenta en la citada Revisión.<br />
5- PROPUESTA<br />
A continuación se aporta propuesta orientativa de actuación, que se formula desde los criterios personales del<br />
técnico que suscribe, a efectos de que la Corporación Municipal pueda decidir lo que estime oportuno.<br />
- Sería, a m i jucio, razonable q ue el A yuntamie nto re mitie ra a to dos los qu e han resp ondido a la<br />
encuesta, copia con el resumen de resultados que ha sido redactado por el Secretario Municipal. Si se<br />
estima oportuno, podría remitir tam bién copia del presente inform e.<br />
- A la vista del contenido del Informe Urbanístico General para la Revisión de las Normas Subsidiarias<br />
de Planeam iento urbanístico de Idiazabal, del resultad o de la exposición pública de l mism o, del presente<br />
informe, del analisis y ponderación del resultado de las encuestas que por su lado pueda efectuar el<br />
prop io Ayuntamiento, es preciso que se adopte un acuerdo formal que de continuidad al proceso de<br />
Revisión de las Normas, que actualmente está en marcha.<br />
Dicho acuerdo, sin perjuicio, de lo que pueda decidir ese Ayuntam iento, podría ir dirigido en la siguiente<br />
dirección:<br />
1º- Aprobar las Bases Urbanísticas para la Revisión de las NNSS de Idiazabal, contenidas en<br />
el Informe Urbanístico General que ha sido expuesto al público.<br />
2º- Aprobar la Incorporación a las citadas Bases de los conc eptos resultantes de la encuesta<br />
pública efectuada, que a continuación se citan:<br />
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83<br />
A- La posibilidad de reservar en todas las nuevas área s residenciales un porce ntaje fijo<br />
para viviendas destinadas a algún régimen de protección.<br />
B- La po sibilida d de reajustar la altura de alero de los edificios de vivienda sin variación<br />
de su perfil actual de planta baja y tres de piso.<br />
C- La posibilidad de estudiar la construcción de viviendas en el núcleo de Ursuarán.<br />
D- La po sibilidad de estructurar recorridos entre parques y equipamientos públicos<br />
med iante un bidegorri.<br />
E- La posibilidad de tomar en consideración dentro del programa del nuevo<br />
equipam iento comunitario a prever, la creación de: un local para deporte rural, un<br />
gazteleku, un área cubierta para juego de niños, de equipamiento relativo al queso, etc.<br />
F- La posibilidad de reservar un so lar pa ra la construcc ión de un ho tel. Estudiando su<br />
emplazamiento más conveniente.<br />
G- La posibilidad de res olver el acceso de cam iones a las Granja s, sin pasar por el<br />
Cas co de Idiaza bal.<br />
H- La po sibilida d de regular: la plantación de pinos y arbolado en áreas próximas al<br />
casco, la apertura de nuevas pistas en el monte, la reutilización interior como vivienda<br />
de los caseríos.<br />
I- La posib ilidad d e inclu ir en el catálogo d el patrimonio cultural y naturalístico, a efectos<br />
de su debid a pro tecc ión: los pue ntes antiguos y del robleda l de Altunarizti.<br />
3º- Poner en marcha la adjudicación de la redacción de la Revisión de las Normas Subsidiarias,<br />
cuyo primer documento corresponderá al Avance, que desarrolle las Bases Urbanísticas<br />
aprobadas en los puntos 1 y 2 de este acuerdo.<br />
4º-Poner en marcha la adjudicación de la redacción de un Estudio sobre la Vivienda Vacía en<br />
el municipio de Idiaza bal.<br />
En Hernani, a 24 de Mayo de 2005.<br />
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IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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AYUNTAMIENTO DE IDIAZABAL<br />
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84<br />
Manuel Jiménez<br />
Arquitecto<br />
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85<br />
ANEJO Nº 3<br />
Texto del acuerdo d e Pleno de 30 d e Junio de 20 05,<br />
por el que se aprobaron<br />
las Bases Urbanísticas para la Revisión de las NNSS de Idiazabal<br />
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86<br />
IÑAKI ELIZEGI MENDIZABAL<br />
IDIAZABALGO UDALEKO IDAZKARIAK<br />
zera EGIAZTATZEN DU:<br />
<strong>Idiazabalgo</strong> <strong>Udala</strong>k, 2005eko ekainaren 30ean egindako Osoko Bilkuran, legezko quorumarekin, ondoko<br />
erabak ia hartu zuela ahobatez:<br />
3.- Arau Subsidiarioak Berrikusteko Hirigintza Oinarrien onarpena.<br />
Indarrean dauden Arau Subsidiarioen berrikuspen lanari ekin dio <strong>Udala</strong>k, honakoak direlarik<br />
aurrekariak.<br />
2003ko urrian Alkatearen eskariari erantzunez, Manuel Jimenez arkitektoak Arau<br />
Subsidiarioen berrikuspenaren komenigarritasunari buruzko txostena ematen du.<br />
2003ko abenduaren 18eko Batzarrean, Zubiondo Arkitektoak, E.M.-ri Hirigintzazko Txosten<br />
Orokorra egiteko enkargua ematen zaioa.<br />
Hirigintzazko Txosten Orokorra 2004ko azaroan aurkezten da eta erakustaldi publikoan<br />
jartzen da hainbat iragarki eta etxe guztietara banatzen den lanaren laburpen baten bidez,<br />
ondoren aurkezpen publikoa ere egiten delarik Pilarreneako ganbaran 2005eko urtarrilaren 26an.<br />
Aurkezpen publiko horren ondorioz inkesta bat banatzen da etxe guztietara, eta honen<br />
emaitzekin beste bilera bat egiten da ekainaren 15ean.<br />
Inkesten emaitzak aztertuz, maiatzeko dataz, beste txoten bat egiten du arkitektoak,<br />
txostenaren azken atalean proposamen batzuk luzatzen dizkiolarik Udal Batzarrari aurrera<br />
jarraitzeko irizpideak emanaz.<br />
Honela dio hitzez-hitz txostenaren azken atal honek:<br />
“5- PROPUESTA<br />
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AYUNTAMIENTO DE IDIAZABAL<br />
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87<br />
A continuación se apor ta pro puesta orienta tiva de actuación, que se formula desde los criterios personales<br />
del técnico que suscribe , a efectos de qu e la Corpo ració n Municipa l pued a dec idir lo que es time oportuno.<br />
- Sería, a mi juicio, razonable que el Ayuntamiento remitiera a todos los que han respondido a la encuesta,<br />
copia con el resumen de resultados que ha sido redactado por el Secretario Municipal. Si se estima<br />
oportuno, podría remitir también cop ia del prese nte inform e.<br />
- A la vista del contenido del Informe Urbanístico General para la Revisión de las Normas Subsidiarias de<br />
Planeamiento urbanístico de Idiazabal, del resultado de la exposición pública del mismo, del presente<br />
informe, del analisis y ponderación del resu ltado de las encu estas que por s u lado pued a efectuar el pro pio<br />
Ayuntamiento, es preciso que se adopte un acuerdo formal que de continuidad al proceso de Revisión de<br />
las Normas, que actualmente está en marcha.<br />
Dicho acuerdo, sin perjuicio, de lo que pueda decidir ese Ayuntamiento, podría ir dirigido en la siguiente<br />
dirección:<br />
1º- Aprobar las Bases Urbanísticas para la Revisión de las NNSS de Idiazabal, contenidas en el Informe<br />
Urbanístico General que ha sido expuesto al público.<br />
2º- Aprobar la Incorporación a las citadas Bases de los conceptos resultantes de la encuesta pública<br />
efectuada, que a continuación se citan:<br />
A- La pos ibilidad de reservar en todas las nuevas áreas residenciales un porcentaje fijo para<br />
viviendas destinadas a algún régim en de pro tección.<br />
B- La posibilidad de reajustar la altura de alero de los edificios de vivien da sin varia ción de su perfil<br />
actual de planta baja y tres de piso.<br />
C- La posibilidad de estudiar la construcción de viviendas en el núcleo de Ursuarán.<br />
D- La posibilidad de estructurar recorridos entre parques y equipamientos púb licos mediante un<br />
bidegorri.<br />
E- La posibilidad de tomar en consideración dentro d el program a del nuevo equipamiento<br />
com unitario a prever, la creación de: un local para deporte rura l, un gazteleku, un área cubierta para<br />
juego de niños, de equipamiento relativo al queso, etc.<br />
F- La posibilidad de reservar un solar para la construcción de un hotel. Estudiando su<br />
emplazamiento más conveniente.<br />
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AYUNTAMIENTO DE IDIAZABAL<br />
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88<br />
G- La posibilidad de resolver el acceso de camiones a las Granjas, sin pasar por el Casco de<br />
Idiaza bal.<br />
H- La posibilidad de regular: la plantación de pinos y arbolado en áreas próximas al casco, la<br />
apertura de nuevas pistas en el monte, la reutilización interior como vivienda de los caseríos.<br />
I- La posibilidad de incluir en el catálogo del patrimonio cultural y naturalístico, a efectos de su<br />
debida pr otección: los puentes antiguos y d el rob ledal d e Altunarizti.<br />
3º- Poner en marcha la adjudicación de la redacción de la Revisión de las Normas Subsidiarias, cuyo primer<br />
docum ento corresponderá al Avance, que desarrolle las Bases Urbanísticas aprobadas en los puntos 1 y<br />
2 de este acuerdo.<br />
4º-Poner en marcha la adju dicación de la redacción de un Estu dio so bre la Vivienda Vacía en el mu nicipio<br />
de Idiazabal.”<br />
Gaia azterturik zera erabakitzen da ahobatez: Zubiondo Arkitektoak 2004ko urriko dataz<br />
emandako Hirigintzazko Txosten Orokorra eta Manuel Jimenez arkitektoak 2005eko maiatzaren<br />
24ko dataz emandako txostenak onartutzat ematea.<br />
izenpetzen dut.<br />
Hala jasota gera dadin eta dagozkion ondorioak izan ditzan, Alkatearen O.E.rekin, egiaztagiri hau<br />
Idiazabal, 2005eko uztailaren 16an.<br />
Alkatearen O.E.Idazkariak<br />
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89<br />
ANEJO Nº 4<br />
Datos auxiliares para la formulación de la propuesta<br />
de asignación de la propiedad de los aprovechamientos ordenados<br />
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90<br />
1. Aprovechamientos ordenados<br />
De las 269 viviendas solo se tienen encuenta 245 ya que 24 (18 + 6) pertenecen a sendas actuaciones (ambas<br />
en Zepai) en las que previamente ya se han efectuado las cesiones y ejecutado la urbanización.<br />
- Viviendas libres: 56 unifa milia res + 96 en bloqu e con venc ional.<br />
- Viviendas protegidas: 66 de p recio tasado m unicipal + 2 7 VP O régim en ge nera l.<br />
- 5.40 0 m 2 (t) industrial.<br />
NOTA: A efectos d valoración, las viviendass unifamiliares se consideran de 180 m2 construidos y las viviendas<br />
convencionales de 90 m2 útiles + 1 plaza de garaje.<br />
2. Valores de repercusión<br />
Tipogia Edificatoria<br />
Precio de venta<br />
Rep ercu sión unitaria de l suelo<br />
Factor de<br />
y Régimen de Protección<br />
Euros<br />
urbanizado<br />
homogenización<br />
Euros /vivienda<br />
Unifamiliar / Libre 408000 105000 1,4<br />
Vivienda en bloque / Libre 246000 75000 1<br />
Vivien da en bloqu e / Pre cio<br />
Tasado Municipal<br />
Vivienda enbloque / VPO<br />
Régimen General<br />
Industrial / Módulo de 100<br />
m2 construidos<br />
186000 39000 52<br />
126000 27000 0,36<br />
78000 27000 0,36<br />
4. Valoración global de la cesión del 10% del suelo urbanizado<br />
U = 56x1,40 + 96x1,00 + 66x0,52 + 27x0,36 + 54x0,36 = 237,88 uds.<br />
V = 237,88 x 0,10 x 75.000 = 1.784.100 euros<br />
5. Cuantificación de la resrva municipal de aprovechamiento<br />
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AYUNTAMIENTO DE IDIAZABAL<br />
REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL - AVANCE<br />
91<br />
La citada reserva asciende a un valor total de 3.004.400 euros, por lo que el porcentaje de reserva de<br />
aprovechamiento se deberá fijar en:<br />
PRAM = 3.004.400 = 16,84 = aprox. = 17% (Diecisiete por ciento)<br />
1.784.100<br />
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92<br />
ANEJO Nº 5<br />
Aclaraciones a las preguntas más comunes sobre el Avance<br />
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93<br />
RESPUEST AS A LAS PREGUNTAS M ÁS COMUNES SOBRE EL AVANCE DE REVISION DE LAS N ORM AS<br />
SUBS IDIARIAS<br />
PREGUNTA 1: ¿Por qué ya no valen las Normas Subsidiarias que se aprobaron en 1987, y por qué no<br />
se puede seguir modificando parcialmente aquellas Normas, sin tener que hacer la Revisión com pleta<br />
de las Normas Subsidiarias?<br />
Para el que quiera profundizar en los motivos legales y urbanísticos en los que se ha basado el Ayuntam iento<br />
para promover la Revisión de las NNSS, ahí están el apartado 1.2 de la <strong>Memoria</strong> de este Avance y el p ropio<br />
Informe General para la Revisión redactado en 2004, y que fué expuesto al público.<br />
Pero, en resumen , lo que ha e mpu jado al Ayuntamiento a redactar un nuevo Planeamiento Urbanístico para el<br />
Municipio, es que las Normas de 1987 no solo están agotadas en cuanto a posibilidades de crecimiento, sino<br />
que principalmente no son válidas para conducir, desde los actuales criterios urbanísticos, el desarrollo urbano<br />
que se pueda dar en los próximos años. Al respecto debe decirse que esas Normas fueron redactadas en una<br />
situación urbanística del municipio de Idiazabal, radicalmente diferente de la actual, y para responder a<br />
problemas que tampoco tienen nada que ver con los actuales. Las modificaciones parciales de aquellas Normas,<br />
tampoco resolverían esa situación problemática, sino que incluso podrían empeorarla, ya que son actuaciones<br />
puntuales con abjetivos muy concretos, que en determinados casos podrían ser contradictorios con los<br />
planteamientos urbanísticos globales en los que se debe apoyar la nueva ordenación del municipio.<br />
PREGUNTA 2: Hasta ahora hemos tenido lo que llamábamos Normas Subsidiarias, ahora parece que<br />
se llamará Plan General de Ordenación Urbana, pero lo que se ha redactado aquí es un Avance de<br />
Planeamiento... ¿Que son todos estos términos tan técnicos?<br />
Estos nombres provienen de los tipos de planes que la ley establece. Pero el nombre es lo de menos, Lo que<br />
tenemos que tener claro es que el nuevo Plan de Ordenación Urbana del Municipio de Idiazabal no es otra cosa<br />
que un Proyecto que la comunidad de Idiazabal redacta para ordenar, programar y controlar las actuaciones<br />
urbanísticas que se pretenden llevar a cabo en los próximos años, para resolver las necesidades de vivienda,<br />
creación de puestos de trabajo, construcción de nuevos equipamientos públicos y servicios, mejora de la calidad<br />
de vida, de la urbanización y del m edioa mb iente del m unicipio, etc. de sde una p ersp ectiva gene ral y con criterios<br />
actualizados.<br />
El Avance, es por lo tanto, una primera definición de ese Proyecto, es lo que se podría denom inar Anteproyecto<br />
de desarrollo urbano. Sus propuestas son de rango gene ral, y no entra n en p orm enores, c om o por ejem plo la<br />
edificabilidad de propiedades particulares concretas.<br />
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IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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REVISION DE LAS NNSS DE IDIAZABAL - AVANCE<br />
94<br />
PREGUNTA 3: El Avance de Revisión propone undesarrollo urbano en un período de doce años ¿esto<br />
significa que dentro de doce años se acaban las posibilidades de crecimiento del municipio?<br />
Ya hemos dicho que el nuevo Plan General de Ordenación Urba na de Idiazabal se contem pla com o un Pro yecto<br />
de desarro llo urbano. Este documento no sería completo, ni eficaz si solo contuviera propuestas concretas de<br />
actuación (construir viviendas, equipamientos, urbanizaciones, etc.). Para ser un Proyecto creible debe<br />
establecer un plazo en el que esas actuacione s deben ejecutarse. Es decir tiene que tener un Programa de<br />
Actuación.<br />
Previam ente a la redacción del Av ance, las Bases de la Revisión de las Normas Subsidiarias que fueron<br />
aprobadas por el Ayuntamiento, tras la encuesta, fijaron el plazo de 12 años como el espacio de tiempo en el<br />
que se deberían desarrollar las acciones urban ísticas a programar por el Plan de Ordenación Urbana de<br />
Idiaza bal.<br />
El Avance solo prop one actuacione s urban ísticas program adas, es decir pe rfectam ente definidas en cuanto al<br />
mom ento de su ejecución y al sistema de financiación de las m ismas. El Avance renuncia, por motivos de<br />
realismo, prudencia y sostenibilidad, a incorp orar prop uestas de actua ción que supere n ese plazo de tiempo.<br />
Se rechaza así la creación de es pectativas y pies forzados que e n el futuro, cuan do ha ya transcurrido ese plazo,<br />
puedan hipotecar la toma libre de decisiones del pueblo de Idiazabal referentes al desarrollo urbanístico del<br />
Municipio.<br />
Por lo que el nuevo Plan de Ordenación Urbana, no solo no agotará definitivamente las posibilidades de<br />
crecim iento del m unicipio, sino que se constituye e n una ga rantía de las posibilidades del futuro crecim iento<br />
de Idiazabal, según los criterios q ue en su momen to se pue dan adoptar.<br />
PREGUNTA 4: ¿ Por que el Avance no califica ahora también otros terrenos que son urbanísticamente<br />
buenos para el desarrollo del municipio ?<br />
En función de la respuesta anterior, se debe decir que el Avance no niega la vocación urbanística de<br />
determinados terrenos, sino que p ropo ne só lo la ordena ción del su elo ne cesario para ejecutar un programa de<br />
desarrollo urbano a plazo fijo, que constituye una fase concreta de la evolución de la estructura urbana del<br />
mun icipio.<br />
En su momento una vez se hayan cumplido los principales objetivos de ese programa y ante la previsión del<br />
agotam iento de las reservas de suelo del Plan de Ordenación Urba na, el Ayuntam iento debe rá pro mo ver la<br />
programación de una nueva fase de desarrollo urbano, en la que se deberán tener en cuenta los terrenos<br />
urbanís ticame nte má s idóneos, para incorporarlos al modelo urbano, o estructura general, que ya ha sido<br />
definida.<br />
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IDIAZABALGO UDALA<br />
IDIAZABALGO AASS-EN BERRIKUSPENA - AURRERAKINA<br />
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PREGUNTA 5: ¿ Como ha establecido el Avance el número de viviendas que son necesarias para los<br />
próximos doce años?<br />
Pronosticar con e xactitud m atem ática la dem anda real de vivienda es prácticamente imposible. Ya que se<br />
relaciona con un montón de factores dificilmente controlables, como los cambios sociológicos y culturales, con<br />
la evolución económica, o con las variaciones del mercado financiero. Por ello sabemos que los resultados de<br />
los estudios teóricos rara vez son fiables.<br />
Para establecer el horizonte del crec imiento residencial contamos con las referencias que provienen de las DOT<br />
(prevén entre 262 y 341 viviendas) y del PTP del Goierri (prevén entre 229 y 343 viviendas). Sin pe rder de vista<br />
estos datos, las Bases de la Revisión de las NNSS, aprobadas por el Ayuntamiento, han optado por tomar como<br />
pauta de es te dim ensionam iento un da to rea l, que es el que corresponde al ritmo del desarrollo residencial del<br />
mu nicipio en el período de los últimos 12 años y que supone un ritmo de 22 viv/año y un total de 264 viviendas<br />
constru idas.<br />
Este planteamiento nos ha llevado a proponer una reserva total de 269 viviendas, que asegura la continuidad<br />
de la citada tendencia de crecimiento, que no es desproporcionada si se tiene en cuenta que las Normas<br />
Subsidiarias de 1987 ya proponían un total de 223 viviendas. En cualquier caso el cumplimiento del programa<br />
de desarrollo que aportará el Plan de Ordenación garantizará la inexistencia de acelerones consumistas, y<br />
prevendrá el ago tamien to prem aturo de las reservas planificadas.<br />
PREGUNTA 6: En la determinación del número de viviendas necesarias ¿Se han tenido en cuenta las<br />
vivien das vacías que existen en el Casc o de Idiazabal?<br />
No se ha tenido en c uenta, dado qu e a la vista del resultado del e studio realizado por el Ayuntamiento de<br />
Idiazabal en el primer trimestre de 2006, el número de viviendas hoy vacías que estarían potencialmente<br />
disponibles para su incorporación en el mercado inmobiliario es de escasa importancia (36). La existencia de<br />
estas pocas viviendas vacías, de las que 20 de ellas se ven afectadas por limitaciones de comercialización dado<br />
su estado deficiente de mantenimiento, no deforman significativamente la oferta prevista por el Avance.<br />
PREGUNTA 7: ¿Que propone el Avance para resolver el problema de la carestía de las viviendas?<br />
El mecado de la vivienda de precio libre es inco ntrolable de sde las propues tas del plan eam iento, ya que se rige<br />
por sus propias reglas de naturaleza no urbanística. Contrariamente a lo que algunos cre en, ó dicen, el aum ento<br />
de la oferta de vivienda libre, ó la construcción de vivienda de protección oficial, no provoca el estancamiento,<br />
ó la disminución de los precios de la vivienda libre. Como comprobación evidente ahí tenemos que Euskadi es<br />
la Comunidad Autónoma del Estado que más VPO promueve, y sin embargo es la que se sitúa en cabeza de<br />
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la lista de las viviendas más caras. Así que los que q uieren volu ntaria me nte, o no tien en m ás re me dio qu e acu dir<br />
al mercado de vivienda libre, que no esperen de este Avance de Plan General de Ordenación Urbana, ni de<br />
ningún otro, una solución real a este nivel del problema de la vivienda. Accidentes en el sistema económico,<br />
como un hipotético reventón en la burbuja inmobiliaria, o crisis profundas del sistema económico-financiero<br />
podrían coyuntura lmente paralizar la trayectoria ascendente de los precios de la vivienda libre, pero no resolver<br />
defin itivam ente el problem a, que req ueriría un cam bio radical, en la estructura económica, en la legislación y<br />
en el reco nocim iento efec tivo del derecho fun dam ental a una vivienda digna para todos.<br />
Las instituciones públicas, entre ellas los Ayuntamientos, solo está capacitadas para intervenir e n el área de la<br />
vivienda de protección pública, esto es, la que va dirigida a cubrir la demanda de vivienda de aquellos segmentos<br />
de la población que tienen limitada capacidad económica para acudir al mercado libre a satisfacer su necesidad<br />
de vivienda. E n este ord en de cosas, el Avan ce ef ectúa una serie de importantes propuestas que permitirán al<br />
Ayuntam iento de Idiazabal form ular y llevar a cabo una p olítica propia de vivienda .<br />
Por una parte el 41,26% de las viviendas programadas, esto es, 111 viviendas deberán quedarándestinadas a<br />
algún Régimen de Protección, ya que al menos 84 (31,26%) serán de Régimen de Prec io Ta sado Mu nicipa l y<br />
27 (10% ) de Régimen de Pro tección O ficial.<br />
Por otra parte, el Avance prevé, que el Ayuntamiento, pueda disponer e n pro pieda d de s olare s par a la<br />
construcción de un total estimado de 14 1 viviendas (entre los a provecham ientos correspondientes a su<br />
patrimonio y los de cesión) que supone el 52% de la capacidad residencial global propuesta.<br />
Todo ello, otorga al Ayuntam iento de Idiazabal uno s medios reales y significativos para intervenir en el campo<br />
de la promoción pública de vivienda. Será la política concreta que al respec to éste adop te, la que de berá dirijir<br />
esos medios hacia las verdaderas necesidades a cubrir en el período de ejecución del nuevo Plan de<br />
Ordenación Urbana. Es importante señalar al respecto, que tal política debe ser bien meditada, tanto en lo que<br />
se refiere a depurar las verdaderas necesidades de vivienda, a priorizar y valorar la demanda, a caracterizar<br />
debidam ente las viviendas a ofrecer, en función de criterios sociales y económ icos y a program ar la pues ta<br />
ordenada en el m ercad o de la s viviendas, a fin de aprovechar lo más eficazmente posible los medios tan<br />
valiosos q ue va a proporcionar este Plan.<br />
PREGUNTA 8: Este Avance, en principio, no propone la creación de ningún nuevo polígono industrial<br />
¿Significa que Idiazabal renuncia al desarrollo industrial y a la gen eración de nuevos puestos de trabajo<br />
?<br />
En la ordenación prop uesta, en lo que se re fiere al sue lo industrial, también llamado de actividades económicas,<br />
el Avance propone la reconversión de 1,9 Has de suelo, pero no la ocupación de terrenos para crear un nuevo<br />
polígono indus trial.<br />
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En Idiazabal existen posibilidades físicas para poder ampliar el suelo industrial. Además, las Bases Urbanísticas<br />
aprobadas establecieron la previsión de ocupación de unas 10 Has., a destinar a la implantación de nuevas<br />
empresas. Sin embargo, el Ayuntamiento ha dejado sin decidir el tema, ya que considera imprescindible, por<br />
motivos de sostenibilidad, completar la reflexión sobre la necesidad y conveniencia de dicha previsión. No<br />
obstante, se pretende aqdoptar la decisión definitiva dentro del propio proceso de redacción de esta Revisión<br />
de las Normas Subsidiarias. En el caso de que se decidiera que el nuevo PLan de Ordenación Urbana no<br />
recalifique nuevo s uelo indus trial, no significa que esa posibilidad quede suprimida para siempre, ya que<br />
posteriormente, si así lo decidiera el Ayuntamiento, se podría efectuar tal recalificación mediante una<br />
Modificación Puntual, sin que ello conllevara la necesidad de promover la Revisión del Plan, visto que tal<br />
actuación no afec taría sustancialm ente a la estructura orgánica de la ord enación del mu nicipio, y que se trataría<br />
de una ampliación en continuidad con el tejido industrial existente.<br />
PREGUNTA 9: Si la ley establece la cesión gratuita al Municipio del 10% de la edificabilidad ¿Por qué<br />
el Avance reserva para el Ayuntamiento el 17% del aprovechamiento ordenado?<br />
Ya hemos dicho que el Plan de Ordenación Urbana no es otra cosa que un Proyecto de Desarrollo que debe<br />
justificar la financiación de su ejecución. En este sentido, el Avance ha formulado la lista de todas las<br />
actuaciones que que dan integradas e n este Proyecto y ha valorado económicame nte su ejecución. Así mismo,<br />
ha propuesto una fórmula para financiar tales actuaciones.<br />
En principio, los recursos económicos con los que dispone el Ayuntamiento para ejecutar el Proyecto serían<br />
básicam ente los que genera el propio Plan de Ordenación, y que se concretan en las cesiones de suelo y<br />
aprovecham iento (10% urbanizado) establecida por la Ley. Del estudio económico de las inversiones requeridas<br />
para ejecutar las previsiones del Plan resulta que con esas cesiones legales no alcanza para financiar la totalidad<br />
de las mismas. Por ello el Ayntamiento, tal y como queda establecido por las Bases Urbanísticas aprobadas,<br />
se reserva un aprovechamiento, algo superior al legal, que permita la ejecución de todas las propue stas<br />
contenidas en el Proyecto Integral. De no hacerlo así, se resignaría a que sólo una parte de las inversiones<br />
públicas pudiera ser materializada, acarreando que el Proyecto no quedara ejecutado com pletam ente, a<br />
expensas de otras fuentes de financiación no garantizadas. Lo que como consecuencia, provocaría déficits en<br />
los estándares de calidad de vida y de equilibrio dotacional. (Se construirían viviendas pero paralelamente no<br />
podría cubrirse todo el programa de actuaciones municipales en el acondicionamiento de parques, en la<br />
construcción de equipamientos y en la rehabilitación de urbanizaciones)<br />
PREGUNTA 10: Con esta medida ¿no se está perjudicando económicamente al propietario de los<br />
terrenos?<br />
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Con esta medida el Ayuntamiento NO ESTÁ QUITANDO NADA a los propietarios privados del suelo, sino que<br />
SE ESTA RESERVANDO para sí una parte del aprovechamiento ordenado. El principio, el propietario de<br />
terrenos tiene solo terreno, pero no derecho a construir. Es el Ayuntam iento (la comunidad de Idiazabal) el que<br />
por medio del Plan de Ordenación otorga a los propietarios de terrenos ese derecho. El Ayuntamiento puede<br />
dar más, ó m enos apr ovec ham iento edific atorio a los te rrenos, o dar ningun o, en func ión de determinados<br />
criterios de ordenación que él mism o establece, sin que el propietario pueda aducir pe rjuicios.<br />
La ley determina como legítimo derecho del Ayuntamiento el adjudicarse en propiedad el 10% del<br />
aprovecham iento ordenado, y eso n adie lo tom a com o un p erjuic io, sino com o “participa ción de la comunidad<br />
en las plusvalías generadas por el planeam iento urbanístico”, Igual discurso filosófico es aplicable en el caso<br />
de proponer el 17%, máxime cu ando el porcenta je adoptado queda debidamente sustentado en la ejecución de<br />
un programa integral de desarrollo urbano.<br />
Los propietarios del suelo, cuando venden sus terrenos, establecen un precio en función exclusivamente del<br />
aprovecham iento que le s atribuye en propiedad el planeamiento municipal, no forma parte de ese precio el<br />
aprovecham iento que se reserva el Ayuntamiento, sea del 10% , ó del 17%, por lo que no es de recibo que con<br />
la propuesta municipal se cause perjuicio alguno. En esta línea, insistimos, los particulares deben tener en<br />
cuenta que al Ayun tamien to le asiste la facultad de determinar si una parcela, hoy rural, mañana le corresponde<br />
ser residencial, ó permanecer como rústica otros doce años, ó de otorgar una capacidad edificatoria de 6<br />
viviendas, ó de 24. El derecho a edificar, por lo tanto, no es consustancial al terreno, ó a su propietario, sino que<br />
emana de la Administración Municipal. Y el Ayuntamiento al atribuir ese derecho a edificar, sea grande ó<br />
pequeño, en ningún caso causa perjuicio, sino que siempre genera beneficio. Perjuicio sería privar a alguien de<br />
algo que es suyo, concepto que no es aplicable al aprovechamiento urbanístico.<br />
PREGUNTA 11: Esta propuesta municipal ¿no acarreará que los precios de las viviendas se encarezcan<br />
aún más?<br />
Los precios de venta de las viviendas de protección pública (VPO, ó tasadas) quedan regulados por leyes y<br />
ordenanzas , y en función de estos precios queda establecido el costo má xim o del s uelo u rnan izado imputable<br />
a las mismas. Por ello, la propuesta de reserva municipal de aprovechamiento efectuada por el Avance, no tiene<br />
repercusión alguna sobre ellos.<br />
Para el caso de las viviendas libres, ya hemos dicho que en el precio de venta del suelo, al estar éste en<br />
proporción a los aprovechamientos reales atribuibles a los propieta rios, el que e l Ayuntam iento se reserve el<br />
10, ó el 17% , no influye ni a la alta ni a la baja. Por lo que esta propuesta del Avance no tiene trascendencia en<br />
el precio de la vivienda.<br />
Debe quedar conceptualmente claro, aunque resulte chocante, que el precio de venta de la vivienda libre no<br />
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es el resultado de la suma de los costos parcia les (suelo + urbanización + construcción + gastos generales +<br />
beneficio de prom oción), sino que se form a a partir de factores totalmente ajenos al urbanismo tales com o la<br />
capacidad de endeudamiento de determinado sector social, del precio del dinero, de las evolución de las<br />
fórmulas hipotecarias, de la coyuntura socioeconómica, etc. Y es a partir de esos precios fijados por el mercado<br />
(fundamentalmente por las entidades bancarias) de donde se deduce el precio que corresponde al suelo. Por<br />
todo lo dich o, sería pu ram ente dem agógico imputar a la propuesta del Avance resp onsabilidad en el aumen to<br />
de los pre cios de venta de viviendas, ó del suelo.<br />
PREGUNTA 12: ¿Que pasará si un propietario se niega a admitir la propuesta de reserva de<br />
aprov echam iento m unicipal ?<br />
Este Avance propone unas reglas de juego que regulan la financiación de la ejecución de este Proyecto de<br />
Des arrollo Urbano. Sin esa s reglas, el Proyecto sería inviable. Si las actuaciones urbanísticas que componen<br />
este Proye cto son ac eptadas por el Ayuntam iento, la forma de su finan ciación de bería , así m ismo, ser<br />
mantenida, ya que es la garantía de la viabilidad económica de las propuestas.<br />
Por ello, el Ayuntam iento pretende y espera llegar a un entendimiento con todos los propietarios de los terrenos<br />
incluidos en la propuesta de ordenación del Avance, y firmar así los Convenios Urbanísticos necesarios. Si eso<br />
no fuera pos ible en algún caso, el Ayuntamie nto dispon e de d os vía s par a afrontar la situ ación. Un a, la de excluir<br />
los terrenos de la ordenación y mantenerlos como rurales, ya que, por suerte Idiazabal dispone de terrenos<br />
alternativos para su recalificación. Y otra, la de mantener los terrenos recalificados, pero disminuyéndoles<br />
proporc ionalmente el aprovechamiento inicialmente previsto, manteniendo, eso sí, sobre dichas parcelas las<br />
obligaciones de cesión que legalmente les correspondan. En uno y otro caso, los aprovechamientos suprimidos,<br />
bien se atribuirían a otra unidad ya propuesta, bien a una nueva unidad que s e cre aría a l efec to, a fin de se guir<br />
cuadrando el resultado financiero del Proyecto.<br />
PREGUNTA 13: El Avance propone una ordenación concreta ¿Significa esto que es un d ocumento<br />
cerrado que no admite ningún cambio, ni otros planteamientos o propuestas ?<br />
El Avan ce, desarrolla las bases Urbanísticas de la Revisión de las Normas Subsidiarias, que fueron aprobadas<br />
por el Pleno de 30 de Junio de 2005, después del correspondiente proceso de participación pública, en el que<br />
incluso se realizó una e ncuesta. Por e so, el objeto prin cipal de de bate en es ta fas e del p lanea mie nto, no es ya<br />
el modelo estructu ral , ó g eneral, de la ordenación urbana de Idiaza bal,<br />
La participación pública en torno al Avance, debe ir dirigida fundamentalmente a analizar y valorar las<br />
propuestas y soluciones de ordenación, contenidas en el documento ahora elaborado, que dan concreción a<br />
dicho modelo y a com probar la corrección urbanística del mism o. Lo cual no quiere decir que en esta fase no<br />
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puedan prop onerse p or los partic ulare s, industria les, etc., su gere ncias sobre detalles por me noriza dos de la<br />
ordenación, referentes a parcelas, ó propiedades . Estas sugerencias serán estudiadas teniendo como<br />
referenc ia las Bases Urbanísticas aprobadas y la ordenación adoptada por el Avance. En la medida que quede<br />
comprobado su en caje y cohe renc ia urbanística con dichas referencias, el Ayuntamiento aceptará su inclusión<br />
en el proyecto definitivo del Plan de Ordenación Urbana a redactar.<br />
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